Este documento fue presentado por la Comisión de Asuntos de Frontera Norte de la Cámara de Diputados y es en esta misma instancia donde estará en análisis y discusión durante los próximos meses,
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reconoce y garantiza los derechos humanos y los derechos de los pueblos indígenas a la libre determinación y autonomía para decidir sus formas de gobierno, aplicar sus propios sistemas normativos, elegir autoridades, preservar su cultura e identidad, acceder a recursos naturales y tierras, y participar en elecciones locales. También establece que la federación, estados y municipios deben promover la igualdad de oportun
La constitución describe:
1) La constitución reconoce los derechos humanos de todas las personas en México y prohíbe la discriminación.
2) Reconoce la naturaleza pluricultural de México y los derechos de los pueblos indígenas a preservar su cultura, lengua y forma de gobierno.
3) Establece que el gobierno a niveles federal, estatal y municipal deben promover la igualdad de oportunidades para los indígenas y el desarrollo de sus comunidades.
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Incluye notas sobre las reformas realizadas a la constitución, así como el texto de la constitución dividido en títulos, capítulos y artículos. El documento establece los derechos humanos y garantías de los ciudadanos mexicanos, y reconoce la diversidad cultural de México, incluyendo los derechos de los pueblos indígenas a la autonomía y libre determinación.
Constitucion Politica Estados Unidos Mexicanossergio
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce a los pueblos indígenas y sus derechos a la autonomía y libre determinación. También describe los deberes del gobierno federal, estatal y municipal para promover la igualdad de oportunidades para los indígenas y el desarrollo de sus comunidades.
Constitución política de los Estados Unidos Mexicanossabmpio
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce a los pueblos indígenas y sus derechos a la autonomía y libre determinación. También describe los deberes del gobierno federal, estatal y municipal para promover la igualdad de oportunidades para los indígenas y el desarrollo de sus comunidades.
Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanosgonzalezbarcenas
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce a los pueblos indígenas y su derecho a la libre determinación. También garantiza el derecho a la educación laica y gratuita impartida por el Estado.
Constitución Política de los Estados Unidos MexicanosCarlos Silva
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce a los pueblos indígenas y sus derechos a la autonomía y libre determinación. También describe los deberes de las autoridades federales, estatales y municipales para promover el desarrollo integral de los pueblos indígenas y garantizar el respeto a sus derechos culturales y políticos.
La ley organiza la seguridad y defensa integral de la nación venezolana. Establece que la seguridad se basa en el desarrollo integral y protege los derechos de los ciudadanos. Define la defensa integral como el conjunto de sistemas y acciones para salvaguardar la independencia, soberanía y desarrollo del país. Responsabiliza al Estado y la sociedad de trabajar juntos en la seguridad nacional.
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reconoce y garantiza los derechos humanos y los derechos de los pueblos indígenas a la libre determinación y autonomía para decidir sus formas de gobierno, aplicar sus propios sistemas normativos, elegir autoridades, preservar su cultura e identidad, acceder a recursos naturales y tierras, y participar en elecciones locales. También establece que la federación, estados y municipios deben promover la igualdad de oportun
La constitución describe:
1) La constitución reconoce los derechos humanos de todas las personas en México y prohíbe la discriminación.
2) Reconoce la naturaleza pluricultural de México y los derechos de los pueblos indígenas a preservar su cultura, lengua y forma de gobierno.
3) Establece que el gobierno a niveles federal, estatal y municipal deben promover la igualdad de oportunidades para los indígenas y el desarrollo de sus comunidades.
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Incluye notas sobre las reformas realizadas a la constitución, así como el texto de la constitución dividido en títulos, capítulos y artículos. El documento establece los derechos humanos y garantías de los ciudadanos mexicanos, y reconoce la diversidad cultural de México, incluyendo los derechos de los pueblos indígenas a la autonomía y libre determinación.
Constitucion Politica Estados Unidos Mexicanossergio
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce a los pueblos indígenas y sus derechos a la autonomía y libre determinación. También describe los deberes del gobierno federal, estatal y municipal para promover la igualdad de oportunidades para los indígenas y el desarrollo de sus comunidades.
Constitución política de los Estados Unidos Mexicanossabmpio
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce a los pueblos indígenas y sus derechos a la autonomía y libre determinación. También describe los deberes del gobierno federal, estatal y municipal para promover la igualdad de oportunidades para los indígenas y el desarrollo de sus comunidades.
Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanosgonzalezbarcenas
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce a los pueblos indígenas y su derecho a la libre determinación. También garantiza el derecho a la educación laica y gratuita impartida por el Estado.
Constitución Política de los Estados Unidos MexicanosCarlos Silva
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce a los pueblos indígenas y sus derechos a la autonomía y libre determinación. También describe los deberes de las autoridades federales, estatales y municipales para promover el desarrollo integral de los pueblos indígenas y garantizar el respeto a sus derechos culturales y políticos.
La ley organiza la seguridad y defensa integral de la nación venezolana. Establece que la seguridad se basa en el desarrollo integral y protege los derechos de los ciudadanos. Define la defensa integral como el conjunto de sistemas y acciones para salvaguardar la independencia, soberanía y desarrollo del país. Responsabiliza al Estado y la sociedad de trabajar juntos en la seguridad nacional.
Ley organica de seguridad de la nacion_IAFJSRMauri Rojas
Este documento presenta la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación de Venezuela. La ley establece los principios y objetivos fundamentales de la seguridad y defensa integral de la nación, incluyendo el desarrollo integral, la soberanía, la integridad territorial y la participación ciudadana. También define conceptos clave como seguridad de la nación, defensa integral y movilización. Además, describe las responsabilidades de varias instituciones del estado venezolano en materia de seguridad, como la Fuerza Armada Nacional y los sistemas
Ley organica de_seguridad_de_la_nacionSorelis Mora
La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación de Venezuela establece los principios y objetivos fundamentales de la seguridad y defensa integral de la nación. Define conceptos clave como seguridad de la nación, defensa integral y desarrollo integral. También describe las responsabilidades del Estado y la sociedad en materia de seguridad, y los diferentes componentes e instituciones involucradas en la seguridad y defensa del país, incluyendo la Fuerza Armada Nacional y los sistemas de inteligencia y protección civil. Además, establece disposiciones sobre la
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece los derechos humanos y sus garantías, reconociendo la diversidad cultural de México y los derechos de los pueblos indígenas. También declara que la educación preescolar, primaria y secundaria son obligatorias y gratuitas, y que serán laicas, democráticas y fomentarán el amor a la patria y la justicia.
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce a los pueblos indígenas y sus derechos a la autonomía y libre determinación. También describe los deberes del gobierno federal, estatal y municipal para promover la igualdad de oportunidades para los indígenas y el desarrollo de sus comunidades.
Este documento presenta el preámbulo y los primeros 20 artículos de la Constitución Política de la República Dominicana de 2010. Establece que la soberanía reside en el pueblo dominicano y que el Estado es una república unitaria, democrática y social de derecho. Define el territorio nacional, los recursos naturales y la población, incluyendo la nacionalidad, ciudadanía y derechos de los ciudadanos.
Este documento presenta la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. En los primeros artículos establece los principios fundamentales como que Venezuela es un estado democrático y social de derecho, que la soberanía reside en el pueblo, y que se rige por los principios de integridad territorial, cooperación y solidaridad. También define el territorio nacional y su división política en estados, el Distrito Capital y dependencias federales.
Este documento presenta los principios fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. Establece que Venezuela es un estado democrático y social de derecho que se rige por los principios de vida, libertad, justicia e igualdad. Define el territorio de Venezuela y establece que los recursos naturales pertenecen al estado. Divide políticamente el país en estados, el Distrito Capital y dependencias federales.
Este documento presenta la Constitución de la República Dominicana proclamada el 26 de enero de 2010. Se divide en títulos, capítulos y artículos que establecen los principios fundamentales del Estado dominicano como un Estado social y democrático de derecho, la organización de los poderes públicos, la soberanía nacional, los derechos y deberes de la ciudadanía, la división político-administrativa del territorio, y la protección y gestión de los recursos naturales.
El documento describe los tres poderes del Estado mexicano (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) según la Constitución. Explica que el poder Legislativo se deposita en el Congreso de la Unión, conformado por la Cámara de Diputados y de Senadores. El poder Ejecutivo se deposita en el Presidente de México. El poder Judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia y otros tribunales. También describe las funciones de algunas secretarías del gabinete presidencial y el proceso de selección de los Ministros de la
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS-REFORMADA 15-MAYO-2019.pdfkarlaRodriguez138391
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece los derechos humanos y garantías fundamentales de los mexicanos, incluyendo la prohibición de la esclavitud y la discriminación. También reconoce los derechos de los pueblos indígenas a preservar su cultura e identidad y a participar en el gobierno. Define la educación como un derecho de todos los mexicanos y establece que la educación básica y media superior son obligatorias para el Estado.
La constitución describe los derechos humanos fundamentales de los ciudadanos mexicanos y el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas. Reconoce el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación y autonomía para decidir sus asuntos internos y preservar su cultura e identidad. También establece que las autoridades federales, estatales y municipales deben promover políticas para garantizar los derechos de los pueblos indígenas y el desarrollo integral de sus comunidades.
Constitucion politica de los estados unidos mexicanos.pdfalexorozco1403
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece los derechos humanos y sus garantías para todas las personas en México y prohíbe la discriminación. Reconoce la composición pluricultural de México y los derechos de los pueblos indígenas a la libre determinación y autonomía para decidir sus asuntos internos y preservar su cultura e identidad. También establece las obligaciones de los gobiernos federal, estatales y municipales para promover la igualdad de oportunidades para los ind
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reconoce y garantiza los derechos humanos y la libre determinación de los pueblos indígenas. Establece que México es una nación pluricultural compuesta por pueblos indígenas con derecho a decidir sus formas de gobierno interno y aplicar sus propios sistemas normativos. También obliga a las autoridades federales, estatales y municipales a promover políticas para garantizar los derechos de los pueblos indígenas
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. Establece los derechos humanos y garantías fundamentales de los mexicanos, incluyendo la prohibición de la esclavitud y la discriminación. También reconoce la composición pluricultural de México y otorga derechos de autonomía y libre determinación a los pueblos indígenas. Define la educación pública y gratuita como un derecho de todos los mexicanos.
Este documento presenta el texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comienza describiendo el contexto histórico de su promulgación en 1917 y las reformas posteriores. Luego, en sus primeros artículos, establece los derechos humanos que deben gozar todas las personas en México y prohíbe la discriminación. También reconoce la composición pluricultural de México y otorga derechos colectivos a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas para preservar su cultura e
Este documento presenta el texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comienza describiendo el contexto histórico de su promulgación en 1917 y las reformas posteriores. Luego, en su Artículo 2, reconoce la composición pluricultural de México y establece los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a la libre determinación y autonomía, incluyendo el derecho a decidir sus formas de gobierno, aplicar sus propios sistemas normativos, pre
El documento describe los poderes del estado mexicano, incluyendo el poder legislativo, ejecutivo y judicial. Explica que el poder legislativo recae en el Congreso de la Unión, que se divide en la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. El poder ejecutivo se deposita en el Presidente de México. También describe las funciones de las diferentes secretarías que componen el gabinete presidencial, como Gobernación, Hacienda, Relaciones Exteriores y más.
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comienza describiendo cómo fue promulgada por el Congreso Constituyente en 1917 y ha sido reformada desde entonces. Luego establece una serie de derechos humanos y garantías individuales que deben protegerse, incluida la prohibición de la esclavitud y la discriminación. También reconoce la composición pluricultural de México y otorga autonomía y derechos a los pueblos indígenas para preservar su cultura e identidad y participar en el
El documento describe los tres poderes del Estado mexicano (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) según la Constitución. Explica que el Poder Legislativo recae en el Congreso de la Unión, compuesto por la Cámara de Diputados y de Senadores. El Poder Ejecutivo se deposita en el Presidente. El Poder Judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia, Tribunales y Juzgados. También describe las funciones y composición de estas ramas del poder.
El documento describe los tres poderes del Estado mexicano (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y sus características. El poder Legislativo se deposita en el Congreso de la Unión y está conformado por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. El poder Ejecutivo se deposita en el Presidente de México. El poder Judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia y otros tribunales.
Programa Anual De La ComisióN De Asuntos IndíGenasguest3ec6c15
El documento presenta el programa anual de trabajo de la Comisión de Asuntos Indígenas para 2009-2010. La comisión busca actualizar el marco jurídico de los derechos indígenas y lograr una política de estado con y para los pueblos indígenas, para que puedan ejercer sus derechos individuales y colectivos y participar en el desarrollo nacional en igualdad de oportunidades. La comisión trabajará en iniciativas legislativas clave y consultará a organizaciones indígenas para lograr estos objetivos durante el per
Ley organica de seguridad de la nacion_IAFJSRMauri Rojas
Este documento presenta la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación de Venezuela. La ley establece los principios y objetivos fundamentales de la seguridad y defensa integral de la nación, incluyendo el desarrollo integral, la soberanía, la integridad territorial y la participación ciudadana. También define conceptos clave como seguridad de la nación, defensa integral y movilización. Además, describe las responsabilidades de varias instituciones del estado venezolano en materia de seguridad, como la Fuerza Armada Nacional y los sistemas
Ley organica de_seguridad_de_la_nacionSorelis Mora
La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación de Venezuela establece los principios y objetivos fundamentales de la seguridad y defensa integral de la nación. Define conceptos clave como seguridad de la nación, defensa integral y desarrollo integral. También describe las responsabilidades del Estado y la sociedad en materia de seguridad, y los diferentes componentes e instituciones involucradas en la seguridad y defensa del país, incluyendo la Fuerza Armada Nacional y los sistemas de inteligencia y protección civil. Además, establece disposiciones sobre la
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece los derechos humanos y sus garantías, reconociendo la diversidad cultural de México y los derechos de los pueblos indígenas. También declara que la educación preescolar, primaria y secundaria son obligatorias y gratuitas, y que serán laicas, democráticas y fomentarán el amor a la patria y la justicia.
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce a los pueblos indígenas y sus derechos a la autonomía y libre determinación. También describe los deberes del gobierno federal, estatal y municipal para promover la igualdad de oportunidades para los indígenas y el desarrollo de sus comunidades.
Este documento presenta el preámbulo y los primeros 20 artículos de la Constitución Política de la República Dominicana de 2010. Establece que la soberanía reside en el pueblo dominicano y que el Estado es una república unitaria, democrática y social de derecho. Define el territorio nacional, los recursos naturales y la población, incluyendo la nacionalidad, ciudadanía y derechos de los ciudadanos.
Este documento presenta la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. En los primeros artículos establece los principios fundamentales como que Venezuela es un estado democrático y social de derecho, que la soberanía reside en el pueblo, y que se rige por los principios de integridad territorial, cooperación y solidaridad. También define el territorio nacional y su división política en estados, el Distrito Capital y dependencias federales.
Este documento presenta los principios fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. Establece que Venezuela es un estado democrático y social de derecho que se rige por los principios de vida, libertad, justicia e igualdad. Define el territorio de Venezuela y establece que los recursos naturales pertenecen al estado. Divide políticamente el país en estados, el Distrito Capital y dependencias federales.
Este documento presenta la Constitución de la República Dominicana proclamada el 26 de enero de 2010. Se divide en títulos, capítulos y artículos que establecen los principios fundamentales del Estado dominicano como un Estado social y democrático de derecho, la organización de los poderes públicos, la soberanía nacional, los derechos y deberes de la ciudadanía, la división político-administrativa del territorio, y la protección y gestión de los recursos naturales.
El documento describe los tres poderes del Estado mexicano (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) según la Constitución. Explica que el poder Legislativo se deposita en el Congreso de la Unión, conformado por la Cámara de Diputados y de Senadores. El poder Ejecutivo se deposita en el Presidente de México. El poder Judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia y otros tribunales. También describe las funciones de algunas secretarías del gabinete presidencial y el proceso de selección de los Ministros de la
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS-REFORMADA 15-MAYO-2019.pdfkarlaRodriguez138391
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece los derechos humanos y garantías fundamentales de los mexicanos, incluyendo la prohibición de la esclavitud y la discriminación. También reconoce los derechos de los pueblos indígenas a preservar su cultura e identidad y a participar en el gobierno. Define la educación como un derecho de todos los mexicanos y establece que la educación básica y media superior son obligatorias para el Estado.
La constitución describe los derechos humanos fundamentales de los ciudadanos mexicanos y el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas. Reconoce el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación y autonomía para decidir sus asuntos internos y preservar su cultura e identidad. También establece que las autoridades federales, estatales y municipales deben promover políticas para garantizar los derechos de los pueblos indígenas y el desarrollo integral de sus comunidades.
Constitucion politica de los estados unidos mexicanos.pdfalexorozco1403
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece los derechos humanos y sus garantías para todas las personas en México y prohíbe la discriminación. Reconoce la composición pluricultural de México y los derechos de los pueblos indígenas a la libre determinación y autonomía para decidir sus asuntos internos y preservar su cultura e identidad. También establece las obligaciones de los gobiernos federal, estatales y municipales para promover la igualdad de oportunidades para los ind
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reconoce y garantiza los derechos humanos y la libre determinación de los pueblos indígenas. Establece que México es una nación pluricultural compuesta por pueblos indígenas con derecho a decidir sus formas de gobierno interno y aplicar sus propios sistemas normativos. También obliga a las autoridades federales, estatales y municipales a promover políticas para garantizar los derechos de los pueblos indígenas
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. Establece los derechos humanos y garantías fundamentales de los mexicanos, incluyendo la prohibición de la esclavitud y la discriminación. También reconoce la composición pluricultural de México y otorga derechos de autonomía y libre determinación a los pueblos indígenas. Define la educación pública y gratuita como un derecho de todos los mexicanos.
Este documento presenta el texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comienza describiendo el contexto histórico de su promulgación en 1917 y las reformas posteriores. Luego, en sus primeros artículos, establece los derechos humanos que deben gozar todas las personas en México y prohíbe la discriminación. También reconoce la composición pluricultural de México y otorga derechos colectivos a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas para preservar su cultura e
Este documento presenta el texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comienza describiendo el contexto histórico de su promulgación en 1917 y las reformas posteriores. Luego, en su Artículo 2, reconoce la composición pluricultural de México y establece los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a la libre determinación y autonomía, incluyendo el derecho a decidir sus formas de gobierno, aplicar sus propios sistemas normativos, pre
El documento describe los poderes del estado mexicano, incluyendo el poder legislativo, ejecutivo y judicial. Explica que el poder legislativo recae en el Congreso de la Unión, que se divide en la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. El poder ejecutivo se deposita en el Presidente de México. También describe las funciones de las diferentes secretarías que componen el gabinete presidencial, como Gobernación, Hacienda, Relaciones Exteriores y más.
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comienza describiendo cómo fue promulgada por el Congreso Constituyente en 1917 y ha sido reformada desde entonces. Luego establece una serie de derechos humanos y garantías individuales que deben protegerse, incluida la prohibición de la esclavitud y la discriminación. También reconoce la composición pluricultural de México y otorga autonomía y derechos a los pueblos indígenas para preservar su cultura e identidad y participar en el
El documento describe los tres poderes del Estado mexicano (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) según la Constitución. Explica que el Poder Legislativo recae en el Congreso de la Unión, compuesto por la Cámara de Diputados y de Senadores. El Poder Ejecutivo se deposita en el Presidente. El Poder Judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia, Tribunales y Juzgados. También describe las funciones y composición de estas ramas del poder.
El documento describe los tres poderes del Estado mexicano (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y sus características. El poder Legislativo se deposita en el Congreso de la Unión y está conformado por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. El poder Ejecutivo se deposita en el Presidente de México. El poder Judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia y otros tribunales.
Programa Anual De La ComisióN De Asuntos IndíGenasguest3ec6c15
El documento presenta el programa anual de trabajo de la Comisión de Asuntos Indígenas para 2009-2010. La comisión busca actualizar el marco jurídico de los derechos indígenas y lograr una política de estado con y para los pueblos indígenas, para que puedan ejercer sus derechos individuales y colectivos y participar en el desarrollo nacional en igualdad de oportunidades. La comisión trabajará en iniciativas legislativas clave y consultará a organizaciones indígenas para lograr estos objetivos durante el per
Este documento presenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece las garantías individuales de los ciudadanos mexicanos y reconoce los derechos de los pueblos indígenas a decidir sus propias formas de gobierno y preservar su cultura. También garantiza el derecho a la educación laica y gratuita impartida por el Estado.
Poderes de-la-unin-opem20113988-111002235052-phpapp02Re Jau
El documento describe los poderes del estado mexicano, incluyendo el legislativo, ejecutivo y judicial. Explica que el poder legislativo se deposita en el Congreso de la Unión, que consiste en la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. También describe las funciones de varias secretarías federales que forman parte del poder ejecutivo, como la Secretaría de Agricultura, Comunicaciones y Transportes, Educación Pública, Energía, Hacienda y Crédito Público, y Salud.
Poderes de-la-unin-opem20113988-111002235052-phpapp02Re Jau
El documento describe los poderes del estado mexicano, incluyendo el legislativo, ejecutivo y judicial. Explica que el poder legislativo se deposita en el Congreso de la Unión, que consiste en la Cámara de Diputados y el Senado. También describe las funciones y composición de las secretarías federales que forman parte del poder ejecutivo, liderado por el Presidente.
Este documento presenta la parte dogmática de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reconoce y garantiza los derechos humanos de todas las personas, y prohíbe la esclavitud y la discriminación. También reconoce la composición pluricultural de México y garantiza los derechos de los pueblos y comunidades indígenas a la libre determinación y autonomía, así como el derecho a la educación de todas las personas.
DEL DERECHO FISCAL Y MERCANTIL.
ES SU PRIMERA UNIDAD. NOCIONES DE DERECHO FISCAL.
El derecho tributario o fiscal 1 es la disciplina parte del derecho financiero que tiene por objeto de estudio el ordenamiento jurídico que regula el establecimiento y aplicación de los tributos.2 Estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en aras de la consecución del bien común.
Dentro del ordenamiento jurídico de los ingresos públicos se puede acotar un sector correspondiente a los ingresos tributarios, que por su importancia dentro de la actividad financiera del Estado y por la homogeneidad de su regulación, ha adquirido un tratamiento sustantivo.
Explica los Tributos como desembolsos económicos "en dinero y anteriormente en especie" obligatorios que realizan los gobernados para solventar los gastos públicos y el buen funcionamiento estatal.
En este sentido, el derecho fiscal es la rama del derecho que estudia y establece las normas que tienen relación con este procedimiento.
Este documento presenta la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal. Establece los principios, instrumentos y órganos de participación ciudadana, así como los derechos y obligaciones de los habitantes y ciudadanos del Distrito Federal. Designa al Instituto Electoral como la autoridad responsable de organizar los instrumentos de participación ciudadana como plebiscitos y referéndums, así como coordinar las elecciones de los comités ciudadanos y consejos de los pueblos. También establece que las autoridades del Distrito Federal deben promover una cultura de participación
Agenda Legislativa GPPAN / 3er Año / 2o Período.Temo Galindo
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 26, numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, presentamos la Agenda Legislativa en la que trabajaremos durante el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Tercer Año de ejercicio de la LXII Legislatura, febreroabril de 2015.
Ficha técnica sobre pef 2015 aprobado para sonora.Temo Galindo
Este documento presenta el presupuesto de egresos de la federación para el estado de Sonora en México para 2015. Asigna fondos a varias secretarías y proyectos en áreas como agricultura, cultura, educación, infraestructura, deportes y medio ambiente. Los mayores fondos se destinan a educación, con más de 1,800 millones de pesos para subsidios a organismos educativos estatales, y a proyectos de desarrollo regional, con más de 1,000 millones asignados a infraestructura económica, gubern
Presentación de dictamen de ley general de los derechos de niñas, niños y ado...Temo Galindo
La presentación contiene los cambios que se lograron dentro del consenso de los grupos parlamentarios, asimismo encontraran las reservas que presentaremos los Diputados del PAN ante el pleno y que abonaran a una mejor ley.
Presentación Dictamen Ley de Ingresos de la Federación 2015Temo Galindo
El documento presenta los principales cambios incorporados al dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015. Entre los cambios se encuentran ajustes a los pronósticos de ingresos públicos, la continuidad a diversos beneficios fiscales, y medidas para promover la transparencia en las transferencias de recursos federales a estados y municipios.
Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal ...Temo Galindo
Son las fichas por estado elaboradas por el Área Económica de la Fundación Miguel Estrada Iturbide del Grupo Parlamentario del PAN, las cuales incluyen lo propuesto en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 por entidad federativa.
El documento presenta la agenda de gobierno para agosto de 2014, la cual se estructura en torno a cuatro ejes rectores: 1) una economía competitiva y en crecimiento con empleos de calidad, 2) seguridad y justicia con enfoque humanista, 3) bienestar social y combate a la pobreza, y 4) estado de derecho, combate a la corrupción y consolidación de la democracia. Dentro de cada eje, se enumeran diversas iniciativas de ley y políticas públicas que el gobierno busca impulsar
Presentación sobre reforma energética.Temo Galindo
Este documento presenta un resumen de tres oraciones de la legislación secundaria propuesta como parte de la reforma energética de México: 1) Se proponen nueve iniciativas para expedir o reformar 21 leyes relacionadas con el sector energético. 2) Estas iniciativas tratan temas como la exploración y extracción de hidrocarburos, la industria eléctrica, la creación de nuevas agencias reguladoras y empresas productivas del estado. 3) La legislación secundaria tiene como objetivo consolidar el nuevo marco jurídico del sector energético
Minuta Órganos Reguladores en Materia Energética y otras disposiciones.Temo Galindo
Minuta por la que se expide la Ley de los Órganos Reguladores en Materia Energética, se Reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se expide la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
Minuta Ley PEMEX y Ley CFE, y reforma a 3 Leyes.Temo Galindo
Minuta que expide la Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, y se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Minuta Ley de la Industria Eléctrica; Ley de Energía Geotérmica y varias refo...Temo Galindo
Minuta del Senado que expide la Ley de la Industria Eléctrica, la Ley de Energía Geotérmica y se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.
Minuta del Senado que expide Ley Hidrocarburos y se reforman 3 Leyes mas.Temo Galindo
Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera; Ley Minera, y Ley de Asociaciones Público Privadas.
El documento resume las principales reformas a la legislación secundaria en materia de telecomunicaciones en México. Entre los cambios se encuentran una mayor protección de los derechos de los usuarios, como portabilidad numérica gratuita, acceso abierto a internet de banda ancha, y regulaciones para promover la competencia que podrían reducir precios. También se destacan nuevos derechos para usuarios con discapacidad y medidas para garantizar la neutralidad de redes.
Minuta de decreto de telecomunicaciones aprobada por el senadoTemo Galindo
Este documento presenta un proyecto de decreto para expedir una nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en México. El decreto define los términos clave relacionados con las telecomunicaciones y la radiodifusión, y establece que estas son servicios públicos de interés general. Además, otorga al Estado la rectoría sobre estos sectores para garantizar su eficiente operación y la competencia efectiva, al tiempo que mantiene el dominio sobre el espectro radioeléctrico. El decreto busca regular estos sectores
Proyecto de Dictamen de TelecomunicacionesTemo Galindo
DICTAMEN DE LAS COMISIONES UNIDAS DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, DE RADIO,
TELEVISIÓN Y CINEMATOGRAFÍA, Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL
QUE SE EXPIDEN LA LEY FEDERAL DE
TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN, Y LA LEY DEL SISTEMA PÚBLICO DE RADIODIFUSIÓN DEL ESTADO MEXICANO; Y SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN.
Este documento propone reformas a la Ley General de Delitos Electorales de México. Se proponen cambios a varios artículos para corregir errores y definir mejor ciertos delitos electorales. Algunas de las enmiendas incluyen definir mejor el término "documentos electorales", corregir tipos penales relacionados con solicitar votos por pago o amenaza, e impedir la instalación de casillas electorales. El objetivo general es mejorar la legislación para hacerla más clara y precisa.
Leyes secundarias de la reforma energéticaTemo Galindo
Este documento resume los antecedentes y contenido de las principales leyes secundarias relacionadas con la reforma energética que se están discutiendo en el Senado de la República. Explica brevemente las 14 leyes agrupadas en 4 paquetes que se debaten, así como otras leyes adicionales propuestas por el PAN. Asimismo, presenta de manera esquemática los temas clave de las leyes de hidrocarburos, eléctrica y de Pemex.
Narendra Modi obtuvo un tercer mandato, aunque su partido, Bharatiya Janata Party (BJP), perdió la mayoría absoluta que tenía en Cámara Baja del Parlamente, Lok Sabha. De los 543curules solo consiguió 240 (perdió 63 comparado con los asientos que obtuvo en las últimas elecciones del 2019) y gobernara en alianza con dos partidos para una coalición con 292 votos curules. Modi era visto como invencible pues su partido gano dos veces antes, el 2014 y 2019, con mayoría absoluta, y quería en estas elecciones tener unos 400 asientos para su partido. Y muchas encuestadoras aseguraban que iba a tener mayoría por lo menos.
No ha sido así, no es invencible. Sigue siendo el líder más popular, el otro partido con más votos, el Partido del Congreso, de la familia Gandhi, con Rahul Gandhi solo consiguió 99 votos (aunque esto es un gran avance respecto a la última elección que solo consiguió 52 votos).
Modi gobernara por tercera vez, algo que antes solo lo hizo Jawaharlal Nehru.
Narendra Modi es uno de los lideres más populares en la historia de la India (y en el mundo en la actualidad), que consolido su poder desde que fue gobernador de Guyarat donde fue jefe de ese estado del 2001 al 2014. Es miembro también del Rastriya Swayamsevak Sangh, abreviada RSS (en español Asociación de Voluntarios Nacionales o Asociación Patriótica Nacional), una organización paramilitar india de externa derecha y nacionalista hindú, conformada por voluntarios.
1. 1
Primer borrador del proyecto:
Ley General de Fronteras
Iniciativa con Proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Fronteras,
y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera.
Artículo Primero. Se expide la Ley General de Fronteras:
Título Primero
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. La presente ley es de orden público y de interés general, tiene por objeto
establecer las bases de un régimen propicio para el desarrollo económico sustentable,
social, cultural y tecnológico de los habitantes de las regiones fronterizas.
Artículo 2. Para los efectos de la presente ley las regiones fronterizas son dos y se sitúan al
extremo norte y al extremo sur del territorio nacional.
La región fronteriza norte abarca el área geográfica del territorio nacional comprendida
entre la línea divisoria entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de
América, hasta una distancia de 100 kilómetros al sur de dicha línea divisoria.
La región fronteriza sur abarca el área geográfica del territorio nacional comprendida
entre la línea divisoria entre los Estados Unidos Mexicanos con la República de Guatemala
hasta una distancia de 20 kilómetros al norte de dicha línea divisoria y el área geográfica
del territorio nacional comprendida entre la línea divisoria de los Estados Unidos
Mexicanos con Belice hasta una distancia de 50 kilómetros al norte de esta línea divisoria.
Artículo 3. Para los efectos de esta ley se entenderá por:
I. Cohesión social: La cualidad de las personas para construir expectativas y afectos que
las motiven a vivir en una comunidad determinada de manera vinculada con sus pares
bajo principios y valores que al ser respetados generan cooperación leal y sentido de
pertenencia, en un entorno de legitimidad de las instituciones y participación
ciudadana.
II. Comisión: Comisión Nacional de Asuntos Fronterizos;
2. 2
III. Comisionado: El Comisionado de la Comisión Nacional de Asuntos Fronterizos;
IV. Consejo: Consejo Ciudadano de Asuntos Fronterizos;
V. Constitución: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
VI. Desarrollo humano sustentable: proceso de expansión de las capacidades de las
personas dentro de un entorno que les permita ampliar sus opciones y oportunidades
logrando satisfacer sus necesidades actuales sin comprometer la capacidades de las
futuras generaciones para satisfacer las suyas;
VII. Estados fronterizos: en el norte Baja California, Sonora, Coahuila, Chihuahua,
Nuevo León y Tamaulipas. En el sur Chiapas, Tabasco, Campeche y Quintana Roo;
VIII. Franja fronteriza: territorio comprendido entre la línea divisoria y la línea paralela
a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del país;
IX. Habitantes de las regiones fronterizas: los mexicanos y los extranjeros residentes en
las regiones fronterizas. Son mexicanos quienes la Constitución reconoce como tales;
X. Ley: La Ley General de Fronteras;
XI. Línea divisoria: constituye la línea divisoria internacional que establece la
demarcación geopolítica entre uno y otro país;
XII. Municipios fronterizos: aquellos definidos por el artículo 115 constitucional, que
colinden con las líneas divisorias en el norte y en el sur del país;
XIII. Organizaciones de la sociedad civil: agrupaciones u organizaciones mexicanas que
estando legalmente constituidas, realicen alguna o algunas de las actividades
establecidas en la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por
Organizaciones de la Sociedad Civil, sin fines de lucro, proselitismo partidista, político-
electoral o religioso;
XIV. Organizaciones internacionales de carácter regional: las creadas mediante
mecanismos de cooperación internacional entre México y sus países vecinos;
XV. Países vecinos: al norte del país Estados Unidos de América y al sur la República de
Guatemala y Belice;
XVI. Política integral de desarrollo fronterizo: es el conjunto de políticas públicas que
conlleven la coordinación de las instituciones federales, estatales y locales en materia
fronteriza; la generación de condiciones y promoción de la actividad económica local y
regional; la eficiente prestación de los servicios públicos y en general el mejoramiento
3. 3
de la calidad de vida de la población en las regiones fronterizas, así como el
fortalecimiento de las relaciones socioeconómicas con los países vecinos a través de la
cooperación internacional;
XVII. Presidente: El Presidente de la Comisión Nacional de Asuntos Fronterizos;
XVIII. Regiones fronterizas: se refiere en conjunto a la región fronteriza norte y la
región fronteriza sur;
XIX. Región fronteriza norte: comprende el área situada hasta 100 kilómetros hacia el
interior del país de la línea divisoria entre los Estados Unidos Mexicanos y Estados
Unidos de América;
XX. Región fronteriza sur: comprende el área situada hasta 20 kilómetros hacia el
interior del país de la línea divisoria entre los Estados Unidos Mexicanos y la República
de Guatemala junto con la jurisdicción de los municipios de Comitán de Domínguez,
Chiapas y Tenosique, Tabasco, así como hasta 50 kilómetros hacia el interior del país de
la línea divisoria con Belice;
XXI. Reglamento: Reglamento de la Ley General de Fronteras;
XXII. Secciones de la Comisión: Sección Región Fronteriza Norte y Sección Región
Fronteriza Sur;
XXIII. Secretarías: las dependencias de la administración pública federal en sus
respectivos ámbitos de competencia, que para los efectos de esta ley serán las
Secretarías de Gobernación, de Relaciones Exteriores, de Seguridad Pública, de
Hacienda y Crédito Público, de Desarrollo Social, de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, de Energía, de Economía, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca
y Alimentación, de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano de Comunicaciones y
Transportes, de Educación Pública, de Salud, del Trabajo y Previsión Social, y de
Turismo; y
XXIV. Zona económica fronteriza: área geográfica delimitada del territorio nacional,
formada por las regiones fronterizas Comprendidas en las fracciones XIX y XX de la
presente ley, así como municipios colindantes con ellas, sujeta al régimen económico
especial fronterizo que establece esta ley.
Artículo 4. Para el cumplimiento del objetivo de la presente ley, los tres órdenes de
gobierno deberán orientar sus acciones hacia los siguientes objetivos:
I. Establecer mecanismos de coordinación institucional para la ejecución y observancia
de la política integral de desarrollo sustentable en las regiones fronterizas;
4. 4
II. Salvaguardar los derechos humanos de los habitantes de las regiones fronterizas, con
respeto a los usos y costumbres de las comunidades indígenas que no contravengan las
garantías reconocidas en la Constitución y los tratados internacionales sobre derechos
humanos de los que México sea parte.
III. Fortalecer los procesos de cooperación con los países vecinos en aras de eliminar
obstáculos y barreras que impidan la interacción natural entre las comunidades
fronterizas de México y sus países vecinos, bajo el principio de reciprocidad;
IV. Garantizar condiciones para el desarrollo económico sustentable de las regiones
fronterizas;
V. Proteger, preservar, mejorar y aprovechar de manera sustentable el ambiente, la
biodiversidad y los recursos naturales en las regiones fronterizas;
VI. Garantizar la educación pública de calidad hasta el nivel de educación media
superior;
VII. Garantizar el derecho a la protección de la salud de los habitantes de las regiones
fronterizas;
VIII. Salvaguardar la integridad personal y la seguridad jurídica de los habitantes de las
regiones fronterizas.
Para la consecución de los anteriores objetivos, México promoverá mecanismos de
cooperación con sus países vecinos.
Artículo 5. El manejo de la política integral de desarrollo fronterizo será competencia del
Poder Ejecutivo federal, de los poderes ejecutivos estatales y municipales, conforme a las
disposiciones establecidas en la presente ley y demás leyes federales y estatales de las
entidades fronterizas, bajo los principios de coordinación, cooperación,
corresponsabilidad y subsidiariedad.
Capítulo II
De la Comisión Nacional de Asuntos Fronterizos
Artículo 6. Para el cumplimiento del objeto de esta ley se crea la Comisión Nacional de
Asuntos Fronterizos, como órgano intersecretarial, de carácter permanente y presidida
por el titular de la Secretaría de Gobernación.
En ausencia del Secretario de Gobernación las sesiones de la Comisión serán presididas
por su suplente.
5. 5
Cada Secretaría deberá elegir a una de sus unidades administrativas, como la encargada
de coordinar y dar seguimiento permanente a los trabajos de la Comisión.
Artículo 7. La Comisión estará integrada por:
I.- Los titulares de las Secretarías, quienes en caso de ausencia podrán nombrar un
suplente con nivel no inferior al de subsecretario;
II.- Los gobernadores de los estados fronterizos; quienes en caso de ausencia podrán
nombrar un suplente con nivel no inferior al de secretario general de gobierno o su
equivalente;
III.- Un presidente municipal delegado de los municipios fronterizos por cada estado
fronterizo;
IV. – Los Presidentes de las Comisiones de Asuntos Fronterizos de las respectivas
cámaras del poder legislativo del Honorable Congreso de la Unión, en caso de ausencia
podrán nombrar a un legislador perteneciente a la respectiva Comisión; y
V.- Un representante por estado de los consejos ciudadanos;
A propuesta de alguno de los integrantes y con aprobación de la mayoría de los presentes,
la Comisión podrá invitar para asuntos específicos a:
I.- Los titulares de los órganos desconcentrados e instituciones financieras de fomento
de la administración pública federal;
II.- Autoridades de entidades estatales y municipales;
III.- Titulares de entidades paraestatales;
6. 6
IV.- Académicos e investigadores en temas de interés para los trabajos de la Comisión;
IV.- Organismos públicos o privados; e
V.- Integrantes de las comisiones legislativas del Congreso de la Unión.
Articulo 8. A fin de que los trabajos de la Comisión atiendan las necesidades específicas de
cada una de las dos regiones fronterizas esta contara con dos secciones, una será la
sección frontera norte, la otra, la sección frontera sur.
Artículo 9. La Comisión tendrá las siguientes facultades:
I. Coordinar las acciones de la federación, los estados fronterizos y sus municipios, así
como las de la sociedad civil, en el ámbito de sus respectivas competencias, sobre los
asuntos de las regiones fronterizas;
II. Formular la política integral de desarrollo fronterizo, favoreciendo el interés y las
necesidades regionales;
III. Desarrollar los criterios de transversalidad e integralidad de las políticas públicas que
repercutan en las regiones fronterizas, para su aplicación por los tres órdenes de
gobierno;
IV. Propiciar la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas y acciones de
los gobiernos de los estados fronterizos y sus municipios, encaminados al desarrollo
integral de las regiones fronterizas;
V. Propiciar la celebración de acuerdos entre los distintos niveles de gobierno cuyo
objeto sea:
a) Establecer mecanismos de vigilancia migratoria, en materia aduanera y de
protección al ambiente;
b) Desarrollar los diversos campos de la actividad productiva; y
7. 7
c) Fomentar el desarrollo económico sustentable y desarrollo social en las
regiones fronterizas.
VI. Proponer la política hacendaria e incentivos fiscales que incentiven el desarrollo
sustentable en las regiones fronterizas, así como la conservación del ambiente;
VII. Promover y apoyar estudios e investigaciones sobre los asuntos de las regiones
fronterizas, así como difundir los resultados de los mismos;
VIII. Diseñar y promover la creación de polos de desarrollo regional en las regiones
fronterizas que generen las condiciones y oportunidades de trabajo bien remunerado;
IX. Proponer a las Secretarías las adecuaciones para que los programas públicos del
gobierno federal relacionados con el apoyo para el desarrollo económico y los
programas para el desarrollo social se apliquen en las regiones fronterizas atendiendo
a las condiciones particulares de las mismas;
X. A propuesta del Presidente de la Comisión aprobar el nombramiento del
Comisionado;
XI. A propuesta del Presidente de la Comisión aprobar el nombramiento de los
secretarios técnicos, uno por cada sección;
XII. Aprobar el programa de trabajo y los informes de la Comisión;
XIII. Aprobar el reglamento interno de la Comisión; y
XIV. Las demás que señale el reglamento interno de la Comisión.
Artículo 10. El Presidente de la Comisión tendrá las atribuciones siguientes:
I. Dirigir y coordinar los trabajos de la Comisión;
II. Asumir la representación de la Comisión en eventos relacionados a sus actividades;
III. Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Comisión; y
IV. Promover la formulación y adopción de los instrumentos de política pública
necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Comisión.
8. 8
Artículo 11. El Comisionado tendrá las atribuciones siguientes:
I. Bajo instrucciones del Presidente supervisar los trabajos de la Comisión y de los
secretarios técnicos de las secciones;
II. A petición del Presidente y en representación del mismo, asumir la representación de
la Comisión en eventos relacionados a sus actividades;
III. A petición del Presidente convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias de la
Comisión;
IV. Participar con derecho a voz y sin voto en las reuniones ordinarias y extraordinarias
de la Comisión;
V. Promover la formulación y adopción de los instrumentos de política pública
necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Comisión;
VI. Coordinar la elaboración del programa de trabajo y los informes de la Comisión;
VII. Presentar y someter a la aprobación del pleno de la Comisión el programa de
trabajo y los informes de la Comisión; y
VIII. Las demás que señale el reglamento interno de la Comisión.
Artículo 12. La Comisión contará con una secretaría técnica por cada sección, misma que
estará a cargo de un secretario técnico.
Las secretarías técnicas ejercerán las siguientes facultades:
a) Conjuntamente:
I. Elaborar y someter a la aprobación del Comisionado su reglamento interno;
II. Elaborar y someter a la aprobación del Comisionado el informe de la Comisión; y
III. Las demás que señale el reglamento interno de la Comisión.
b) Por sección:
I. Con aprobación del Comisionado emitir las convocatorias para las reuniones de la
respectiva sección de la Comisión que determine el Presidente;
II. Llevar el registro y control de las actas, acuerdos y toda la documentación relativa al
funcionamiento de la respectiva sección de la Comisión; y
9. 9
III. Las demás que señale el reglamento interno de la Comisión.
Artículo 13. La Comisión deberá realizar cuatro reuniones ordinarias por año con cada
sección a efecto de revisar los avances de la política integral de desarrollo fronterizo y el
cumplimiento de sus facultades.
Cada sección podrá llevar a cabo reuniones extraordinarias cuando lo exija la naturaleza
de algún asunto de su competencia, mismas a las que convocará a las instancias
involucradas.
Artículo 14. La Comisión deberá reunirse periódicamente con las secciones mexicanas de
los organismos binacionales para conocer el trabajo que éstas estén realizando en la
materia de su competencia, manteniendo un vínculo de colaboración entre ellas.
Artículo 15. La Comisión deberá elaborar un informe anual que contenga el análisis de la
situación de las regiones fronterizas y los avances de la política integral de desarrollo
fronterizo, que será publicado en el Diario Oficial de la Federación, además de procurarse
su amplia difusión.
Capítulo III
De los Consejos Ciudadanos de Asuntos Fronterizos
Artículo 16. Los Consejos de Asuntos Fronterizos son órganos permanentes de promoción
y gestión social, seguimiento y colaboración de la Comisión, mediante el cual se estimula
la participación ciudadana de los habitantes de las regiones fronterizos. Están integrados
por ciudadanos de diversos sectores de la sociedad civil con conocimientos sobre los
temas relacionados con las regiones fronterizas.
Cada región fronteriza tendrá su Consejo en los términos que establece esta ley y su
reglamento.
Artículo 17. Para la selección de los integrantes de cada Consejo, la sección respectiva
emitirá una convocatoria pública y designará en pleno de la Comisión a los miembros que
lo conformarán.
10. 10
En la integración del Consejo deberá favorecerse la equidad de género, así como, la
representación de miembros de las comunidades indígenas, personas con discapacidad,
académicos e investigadores.
El Consejo deberá contar entre sus integrantes con representación de la sociedad civil
organizada, que realice actividades relacionadas con los asuntos de las regiones
fronterizas.
Artículo 18. Los integrantes del Consejo ejercerán su cargo de manera honorífica, por un
periodo de tres años.
Artículo 19. El Consejo tendrá un representante electo por la mayoría de sus integrantes
para un periodo de tres años.
Artículo 20. Para el cumplimiento de los objetivos de la Comisión, corresponde al Consejo.
I. Dar seguimiento a las políticas públicas de los tres órdenes de gobierno relacionados
con los asuntos de las regiones fronterizas;
II. Analizar y discutir los asuntos de la región fronteriza correspondiente;
III. Recibir propuestas de las organizaciones de la sociedad civil y canalizarlas, a través
de su representante, a la Comisión e instancias competentes;
IV. Proponer a la Comisión estudios sobre temas de competencia e interés para la
región fronteriza correspondiente;
V. Organizar y participar en eventos y foros sobre materias de interés para las regiones
fronterizas;
VI. Presentar a la Comisión, a través de su representante, el informe anual de sus
actividades;
VII. Elaborar su reglamento interno; y
VIII. Las demás que se establezcan en el reglamento interno.
Título Segundo
De la Política Integral de Desarrollo Fronterizo
11. 11
Artículo 21. La política integral de desarrollo fronterizo estará encaminada a la
construcción de cohesión social y desarrollo humano sustentable en las regiones
fronterizas, mediante los siguientes cuatro ejes de acción:
I. Régimen económico fronterizo:
a) Zonas económicas fronterizas;
b) Turismo; y
c) Medio Ambiente;
II. Régimen social fronterizo:
a) Salud; y
b) Educación; y
III. Régimen cultural fronterizo.
IV. Cooperación internacional en las fronteras;
Los objetivos de la política integral de desarrollo fronterizo serán alcanzados de
conformidad con lo establecido en esta ley y demás leyes vigentes, así como a través de
los programas federales, estatales y municipales.
Capítulo I
De la Cooperación Internacional en las Fronteras
Artículo 22. La Comisión Nacional de Asuntos Fronterizos impulsará la cooperación
internacional en las regiones fronterizas para el desarrollo humano sustentable y la
cohesión social mediante la promoción ante las instancias federales competentes de
tratados y acuerdos que contribuyan a reconstruir el tejido social y disminuir las
asimetrías existentes a lo largo de las regiones fronterizas de México con sus países
vecinos.
Artículo 23. Para dar cumplimiento a los fines y objetivos de la cooperación internacional
en las fronteras, la Comisión tendrá las siguientes funciones:
12. 12
I. Presentar observaciones y recomendaciones a la Secretaría de Relaciones Exteriores
sobre los tratados internacionales que suscriba en materia de cooperación
internacional con impacto directo en las regiones fronterizas;
II. Proponer a la Secretaría de Relaciones Exteriores la planeación e implantación de
acciones que fomenten la cooperación internacional en las regiones fronterizas
basadas en convenios y acuerdos entre los gobiernos de las entidades federativas, de
municipios, universidades e instituciones de educación superior e investigación
pertenecientes al sector público;
III. Impulsar la cooperación internacional entre los estados fronterizos y sus países
vecinos en colaboración con la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el
Desarrollo, bajo los lineamientos contenidos en el Programa de Cooperación
Internacional para el Desarrollo; y
IV. Promover, fomentar y dar seguimiento a acuerdos interinstitucionales suscritos por
los estados fronterizos con sus países vecinos.
Capítulo II
Régimen Económico Fronterizo
Zonas Económicas Fronterizas
Artículo 24. Los estados y municipios que deseen albergar una o varias zonas económicas
fronterizas celebrarán el convenio o convenios correspondientes con la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, que deberá ser autorizado o aprobados por la legislatura del
estado donde se encuentre la zona o zonas. Dicho convenio o convenios podrán darse por
terminados por la respectiva legislatura.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el gobierno del estado del que se trate
ordenarán la publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial de la
Entidad, respectivamente, del convenio celebrado por el cual la zona económica fronteriza
se conforme, del acto por el cual se disuelva el convenio, y de los decretos de la legislatura
de los estados por los cuales se autoricen o se aprueben dichos actos, que surtirán efectos
a partir del día siguiente a la publicación que se efectúe en último lugar.
De igual manera, dichos convenios celebrados entre la federación, estados y municipios
deberán contener información relativa a la localización exacta de la zona; las actividades
13. 13
industriales, comerciales y de servicios a realizar en la zona que gozarán de los beneficios
que otorga esta ley; los esquemas de coordinación que mantendrán la Comisión y las
autoridades federales, estatales y municipales en donde se ubique la zona, y la fecha a
partir de la cual comenzarán a aplicarse a la zona los beneficios contenidos en esta ley.
Artículo 25. En caso de que una zona económica fronteriza se localice dentro de los
límites de dos o más municipios, dentro de un mismo estado, los gobiernos municipales
deberán coordinarse entre sí en los términos de la legislación estatal y los reglamentos
municipales correspondientes.
Artículo 26. Si una zona económica fronteriza se localiza dentro de los límites de dos o
más municipios pertenecientes a dos estados, los gobiernos municipales y estatales
involucrados deberán coordinarse entre sí en los términos de las legislaciones estatales y
los reglamentos municipales correspondientes.
Artículo 27. El gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, y los gobiernos estatales y municipales en los que se localicen las zonas
económicas fronterizas establecidas mediante la celebración de los convenios
mencionados en el artículo anterior, podrán acordar otorgar beneficios o estímulos
fiscales y económicos a las personas físicas que se encuentren al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones fiscales federales y estatales.
Artículo 28. Los gobiernos estatales y municipales podrán otorgar, en términos de las
legislaciones estatales y los reglamentos municipales aplicables, beneficios o estímulos
fiscales y económicos por los siguientes conceptos:
I. Impuestos sobre nómina;
II. Impuestos sobre la adquisición de inmuebles;
III. Impuestos prediales estatales y municipales;
IV. Productos, aprovechamientos y contribuciones de mejoras;
V. Impuestos de la tenencia o uso de vehículos;
VI. Servicios públicos municipales;
VII. Servicios de catastro y usos del suelo; y
VIII. Las demás que establecen las leyes estatales y reglamentos municipales.
14. 14
Los beneficios o estímulos fiscales y económicos otorgados por los estados no se
considerarán en contravención con lo estipulado en los artículos 10-A y 10-C de la Ley de
Coordinación Fiscal.
Lo dispuesto en este artículo no se entenderá como una limitación de las facultades de la
federación, estados y municipios para requerir licencias, registros, permisos o
autorizaciones, otorgar concesiones y realizar actos de inspección y vigilancia.
Artículo 29. Cuando en la legislación federal de una entidad o municipio se establezcan
impuestos o derechos que contravengan lo dispuesto en el artículo anterior, las
autoridades que se consideren afectadas harán del conocimiento de la otra parte, a través
de la Comisión, la violación específica, para que en un plazo de cinco días hábiles
manifiesten lo que a su derecho convenga.
Las autoridades afectadas, en los términos del convenio celebrado, podrán modificar o
renegociar los beneficios o estímulos fiscales y económicos otorgados hasta ese
momento.
Las personas físicas y morales establecidas en las zonas económicas fronterizas que
resulten afectadas por la situación descrita en los dos párrafos anteriores podrán
presentar un recurso de inconformidad ante la Comisión dentro de los cuarenta y cinco
días hábiles siguientes al momento en que la situación tuvo efectos.
El recurso de inconformidad al que se refiere el párrafo anterior podrá presentarse
individualmente o por un conjunto de personas físicas y morales establecidas en la zona
económica fronteriza de que se trate, y que cuenten con un representante común. Para
estos efectos, el Consejo podrá fungir como representante.
Las personas físicas y las morales que presenten los recursos de inconformidad podrán
solicitar, individualmente o en conjunto, su salida de la zona económica fronteriza,
renunciando para tal fin de los beneficios que otorga la presente ley. En caso de que la
solicitud de salida no sea otorgada por la Comisión, la resolución podrá ser impugnada por
los promoventes del recurso ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en
los términos establecidos por la legislación aplicable.
En caso de que la solicitud de salida sea otorgada por la Comisión, las entidades que se
consideren afectadas podrán impugnar la resolución ante el Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, en los términos establecidos por la legislación aplicable.
Del Turismo en las Regiones Fronterizas
15. 15
Artículo 30. Para coadyuvar al desarrollo turístico de las regiones fronterizas, el objetivo
de la política integral de desarrollo fronterizo en la materia buscará asegurar la
permanencia competitiva de sus destinos turísticos mediante una constante
diversificación de los productos y servicios ofrecidos, así como la integración de cadenas
productivas.
Artículo 31. Para el logro de los objetivos de esta ley en materia de turismo, la Comisión
promoverá con las instancias correspondientes, en el ámbito de sus competencias, lo
siguiente:
I. Fomentar un trabajo coordinado entre los tres órdenes de gobierno para la adopción
y la ejecución de políticas públicas que impulsen el turismo en las regiones fronterizas;
II. Promover la competitividad de los productos y servicios turísticos ofrecidos en las
regiones fronterizas;
III. Fomentar la inversión pública y privada en el desarrollo de nuevos productos y
servicios turísticos;
IV. Instaurar estrategias que conlleven la consolidación de cadenas productivas
competitivas;
V. Llevar a cabo las acciones necesarias que faciliten el flujo de turistas internacionales
a través de las regiones fronterizas;
VI. Promover la construcción o el mejoramiento de Infraestructura para el eficiente
desplazamiento de turistas en las franjas fronterizas; y
VII. Fomentar la coordinación binacional con los países vecinos para disminuir la
incertidumbre en el flujo de personas a través de las regiones fronterizas para realizar
actividades turísticas, garantizándoles su seguridad.
Artículo 32. La internación, tránsito, estancia regular y salida de los extranjeros que
pretendan visitar el país, serán reguladas de conformidad con lo establecido en la Ley de
Migración.
Artículo 33. La Comisión participará con la Secretaría de Turismo, los estados fronterizos y
los municipios fronterizos, en los términos que establece el artículo 15 de la ley General
de Turismo, en la estimulación y promoción de la iniciativa privada y el sector social, para
la creación y fomento de cadenas productivas y redes de valor en torno a los desarrollos
turísticos en las regiones fronterizas, con el fin de detonar las economías locales y buscar
el desarrollo regional.
16. 16
Artículo 34. La Comisión propondrá, promoverá e impulsará proyectos de zonas de
desarrollo turístico sustentable a las que se refiere la Ley General de Turismo, en las
regiones fronterizas.
Artículo 35. Se impulsará el turismo que promueva la cultura de las regiones fronterizas,
con pleno respeto de los usos, costumbres y especificidades culturales de las comunidades
y pueblos indígenas.
Política Ambiental Fronteriza
Artículo 36. La política ambiental fronteriza tendrá como objetivo coadyuvar en la
conservación, protección y restauración de la diversidad biológica y sus hábitats en las
diferentes zonas de las regiones fronterizas, así como la preservación de los recursos
hídricos y control de elementos nocivos contaminantes que afecten la población de los
estados fronterizos para el logro de un desarrollo sustentable.
Artículo 37. Para contribuir al cumplimiento de los fines establecidos en el artículo
anterior la Comisión deberá:
I. Fomentar la conservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales
enmarcada en una planificación de las regiones fronterizas y la franja fronteriza,
fundamentada en la política integral de desarrollo fronterizo;
II. Impulsar programas encaminados a la protección del ambiente y recursos naturales
de las regiones fronterizas y la franja fronteriza;
III. Analizar, revisar periódicamente y fortalecer los programas de educación ambiental
para el desarrollo sustentable, como un eje transversal curricular de la educación
preescolar, primaria, secundaria y media superior;
IV. Propiciar la participación de los habitantes de las regiones fronterizas en los
programas y acciones destinados a la preservación y mejoramiento del ambiente a
través del Consejo ciudadano, en cuyo diseño podrán participar;
V. Fomentar la colaboración de los sectores productivos en el uso de tecnologías y
procesos que reduzcan emisiones y descargas de contaminantes;
VI. Coadyuvar a la preservación de los ecosistemas acuáticos, marinos y terrestres para
su aprovechamiento sustentable; y
17. 17
VII. Estimular la participación conjunta de los gobiernos estatales, municipales y de los
países vecinos para lograr una participación coordinada cuando se presente alguna
contingencia ambiental que afecte el equilibrio ecológico.
Artículo 38. La Comisión promoverá actividades tendentes a la regulación del
aprovechamiento sustentable de los recursos naturales a través de las siguientes
atribuciones:
I. Fomentar la cooperación entre las secciones fronterizas para la formulación de
acciones de adaptación a los efectos del cambio climático y de mitigación de emisiones
de gases efecto invernadero;
II. Impulsar la creación de áreas naturales protegidas;
III. Coadyuvar en la realización de diagnósticos sobre el estado que guarda el ambiente;
y
IV. Implantar acciones que al reducir o atenuar la contaminación ambiental eleven la
calidad de vida de la población de las regiones fronterizas.
Artículo 39. La Comisión promoverá la difusión de programas orientados a la preservación,
restauración y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y los recursos naturales,
así como a prevenir la contaminación ambiental en las regiones fronterizas, a través del
impulso de las siguientes acciones:
I. Fomentar la coordinación entre los tres órdenes de gobierno en la formulación de
políticas públicas transversales que impulsen la educación ambiental para el desarrollo
sustentable en las regiones fronterizas, mediante el diseño, impulso y difusión de
campañas con contenidos ecológicos que promuevan los conceptos y principios
fundamentales de la ciencia ambiental, el desarrollo sustentable, la prevención del
cambio climático, así como, la valoración de la protección y conservación del medio
ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral del
individuo y la sociedad, motivando la conciencia ambiental de sus habitantes;
II. Promover el desarrollo de la investigación científica y ambiental, así como la difusión
de los resultados de éstas, con el objeto de orientar la toma de decisiones y contribuir a
la preservación del ambiente en las regiones fronterizas; y
III. Propiciar la intervención de la sociedad en la toma de decisiones concernientes a la
preservación y aprovechamiento sustentable del ambiente y los recursos naturales.
18. 18
Artículo 40. La Comisión fomentará la ampliación y rehabilitación de obras necesarias para
el suministro eficiente de agua potable en los asentamientos humanos de las regiones
fronterizas, bajo las siguientes atribuciones:
I. Participar en la prevención y control de la contaminación de aguas bajo la jurisdicción
de los estados fronterizos para mantener el equilibrio hidrológico;
II. Coadyuvar a impulsar el restablecimiento del equilibrio de los ecosistemas de las
regiones fronterizas;
III. Velar por la eficientización de los servicios de agua potable y alcantarillado para
contribuir al desarrollo humano sustentable de los habitantes de las regiones
fronterizas;
IV. Promover la eficaz operación de plantas de tratamiento de aguas residuales que
contribuyan al mejoramiento de dichas aguas en los estados fronterizos; e
V. Impulsar la investigación y el monitoreo constantes de la problemática de las
regiones fronterizas que tengan escasez del recurso.
Capítulo III
Régimen Social Fronterizo
De la Salud en las Fronteras
Artículo 41. La Comisión impulsará el derecho humano a la protección de la salud de los
habitantes de las regiones fronterizas, garantizando su cobertura y el fortalecimiento de
los servicios de salud bajo los principios de universalidad, gratuidad y equidad, en los
términos previstos en la Ley General de Salud, buscando brindar de manera oportuna e
idónea atención médica para lograr el desarrollo humano sustentable que permita la
cohesión social.
Artículo 42. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, la Comisión deberá:
I. Velar por el cumplimiento de los servicios de salud para los habitantes de las regiones
fronterizas, impulsando su calidad para que sean atendidos los problemas sanitarios de
los estados fronterizos, con especial énfasis en acciones preventivas;
19. 19
II. Impulsar acciones necesarias para mantener el control y en lo posible la erradicación
de focos epidemiológicos en las regiones fronterizas;
III. Fomentar controles sanitarios y la prestación de servicios de salud para las
poblaciones migrante;
IV. Coadyuvar a la divulgación oportuna de información sobre patologías y temas
sanitarios de interés para los habitantes de los estados fronterizos;
V. Fomentar acciones conjuntas con las autoridades competentes para incrementar y
mejorar la promoción y participación ciudadana en materia de salud; y
VI. Solicitar diagnósticos acerca de las condiciones y necesidades de salud pública de las
regiones fronterizas.
Artículo 43. La Comisión promoverá la cooperación de especialistas en salud para la
construcción de programas de prevención y detección de enfermedades, particularmente
las epidemiológicas y entomológicas, a través de las siguientes atribuciones:
I. Consultar a organizaciones internacionales de carácter regional, así como de la
sociedad civil relacionadas con los asuntos de salud en las regiones fronterizas, cuando
sea oportuno o lo considere necesario;
II. Impulsar el desarrollo de la investigación científica y tecnológica en materia de salud;
y
III. Promover una red de campañas que sirvan para el eficaz control y vigilancia
epidemiológica y entomológica, con el fin de frenar y erradicar el VIH/sida, la hepatitis
C, la tuberculosis, el paludismo, el dengue y demás enfermedades prevalentes en las
regiones fronterizas.
Artículo 44. La Comisión coadyuvará al intercambio de información patológica, para
fortalecer las actividades de control epidemiológico de enfermedades características de
las regiones fronterizas a través de la búsqueda de casos, reservorios y vectores, así como
la notificación, tratamiento y seguimiento de los pacientes.
Artículo 45. La Comisión impulsará programas temporales de vacunación, especialmente
para la población más vulnerable a contraer alguna enfermedad prevalente en los estados
fronterizos.
Artículo 46. La Comisión impulsará y formulará programas y actividades tendientes a la
prevención del sobrepeso y desnutrición, fomentando hábitos alimentarios adecuados, a
través de las siguientes acciones:
20. 20
I. Proponer la realización de estudios estadísticos para la evaluación nutricional de los
estados fronterizos, con el fin de detectar las carencias y problemas de salud
alimentaria que padecen los habitantes de las regiones fronterizas;
II. Fomentar el intercambio de programas de educación nutricional encaminados a
determinar la situación alimentaria de la población;
III. Promover dietas que establezcan las necesidades mínimas nutricionales para
mantener en óptimas condiciones la salud de la población de los estados fronterizos; y
IV. Difundir en los medios masivos de comunicación social, los resultados y acciones
previstas en las fracciones anteriores.
De la Educación en las Regiones Fronterizas
Artículo 47. En materia educativa la política integral de desarrollo fronterizo tendrá como
prioridad procurar los más altos estándares de calidad de la educación en sus tres tipos y
niveles en las regiones fronterizas, a fin de ampliar los conocimientos, habilidades,
destrezas y competencias de los educandos que les brindarán el acceso a un mayor
bienestar y desarrollo individual, contribuyendo a la vez con el desarrollo humano
sustentable y la cohesión social regional.
La política integral de desarrollo fronterizo, respecto de la educación, se sujetará a las
leyes y demás normas vigentes en la materia.
Artículo 48. Para contribuir al cumplimiento de los fines establecidos en el artículo
anterior, la Comisión deberá:
I. Fomentar en las regiones fronterizas un desarrollo educativo que responda a las
necesidades locales y regionales;
II. Impulsar, apoyar y proponer proyectos educativos innovadores en las regiones
fronterizas;
III. Promover la inversión pública y privada en proyectos de innovación, ciencia y
tecnología en las regiones fronterizas; y
IV. Impulsar la capacitación y orientación especializada de los educandos de las regiones
fronterizas relativa a las industrias.
21. 21
Artículo 49. La Comisión coadyuvará con la autoridad educativa federal en coordinación
con las demás autoridades competentes del Ejecutivo federal, en el fomento de las
relaciones de orden cultural con otros países y la formulación de programas de
cooperación internacional en materia educativa, científica, tecnológica, artística, cultural,
de educación física y deporte, en las regiones fronterizas a través de las acciones
siguientes:
I. Impulsar ante las autoridades educativas federales la creación, desarrollo e
implementación de programas de cooperación educativa entre las regiones fronterizas
y sus países vecinos;
II. Proponer, apoyar y difundir la realización de eventos, foros y otras actividades
educativas y culturales conjuntas entre las regiones fronterizas y sus países vecinos;
III. Orientar a los habitantes de las regiones fronterizas acerca del procedimiento para el
reconocimiento de los certificados, constancias, diplomas, títulos y grados expedidos
por las instituciones del sistema educativo nacional por parte de las instancias
respectivas de sus países vecinos; y
IV. Promover el intercambio de educandos, educadores e investigadores del tipo
educativo superior entre las regiones fronterizas y sus países vecinos en el marco de los
tratados internacionales celebrados entre ellos relativos a la materia.
Artículo 50. De conformidad con lo establecido en la Ley General de Educación, los
hablantes de lenguas indígenas tendrán acceso a la educación obligatoria en su propia
lengua y en español.
Artículo 51. Los gobiernos de los estados fronterizos promoverán la enseñanza del inglés
desde la educación de tipo básico en sus niveles preescolar y primaria.
Capítulo IV
Régimen Cultural Fronterizo
Artículo 52. Para la observancia en las regiones fronterizas del derecho de toda persona al
acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia
así como el ejercicio de sus derechos culturales, consagrado en la Constitución, se deberá
tomar en cuenta la interacción natural de las comunidades fronterizas y sus países vecinos
a fin de procurar el respeto y la conservación de los vínculos culturales y sociales
22. 22
existentes entre ellos, así como, el respeto y protección de los usos, costumbres y
especificidades culturales de las comunidades y pueblos indígenas.
Artículo 53. La Comisión coadyuvará a la difusión y desarrollo de la cultura en todas sus
manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa en las regiones
fronterizas.
Artículo 54. La Comisión buscará el cumplimiento de los tratados internacionales
celebrados en materia cultural y recomendará la celebración de los necesarios para el
logro de los objetivos establecidos en esta ley en lo relativo a la cultura.
Transitorios
Primero. La presente ley entrará en vigor a los noventa días siguiente de su publicación
en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Comisión Nacional de Asuntos Fronterizos deberá instalarse dentro de los
tres meses de la entrada en vigor del presente decreto.
En un término de dos meses a partir de su instalación, la Comisión deberá aprobar su
reglamento interno.
Tercero. El Reglamento de la presente ley deberá ser expedido por el Presidente de la
República dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de este ordenamiento
legal.
Cuarto. En su inicio, la Secretaría de Gobernación emitirá la convocatoria para la
designación de los consejos ciudadanos de asuntos fronterizos en un plazo de un mes a
partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, y a más tardar al siguiente mes
deberá nombrar a los integrantes del primer Consejo.
El Consejo elaborará su reglamento en un término de dos meses a partir de su integración.
Artículo Segundo. Se reforman el párrafo segundo del artículo 22, los párrafos primero y
quinto de la fracción I del artículo 121, el párrafo primero del artículo 137, el párrafo
primero y la fracción I del artículo 138, y la fracción XX del artículo 144; y se adicionan la
fracción IX del artículo 61, recorriéndose las subsecuentes en su orden, y el párrafo
tercero del artículo 136 de la Ley Aduanera, para quedar como sigue:
23. 23
Artículo 22. ...
Igual obligación tiene el remitente de mercancías de procedencia extranjera que las envíe
desde una franja fronteriza, región fronteriza o zona económica fronteriza al resto del
país.
Artículo 61. ...
I. a VIII. ...
IX. Las que importen las personas físicas y morales establecidas en zonas económicas
fronterizas para las actividades industriales, comerciales y de servicios para los que
estén autorizadas en los términos de la Ley General de Fronteras, siempre que sean de
la clase, valor y cantidad que establezca la secretaría mediante reglas.
X. a XVIII. ...
...
...
...
Artículo 121. ...
I. Para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos
internacionales, fronterizos y marítimos de altura, y en zonas económicas fronterizas.
En este caso, las mercancías no se sujetarán al pago de impuesto al comercio exterior y
de cuotas compensatorias, siempre que las ventas se hagan a pasajeros que salgan del
país directamente al extranjero y la entrega de dichas mercancías se realice en los
puntos de salida del territorio nacional, debiendo llevarlas consigo al extranjero.
...
...
...
En el caso de los aeropuertos, se requerirá que los establecimientos se encuentren
ubicados en zonas posteriores al control de acceso de pasajeros internacionales y en el
caso de los puertos marítimos y fronterizos y en zonas económicas fronterizas, deberán
encontrarse en el recinto fiscal o contiguo al mismo. Tratándose de los establecimientos
a que se refiere el segundo párrafo de esta fracción, se requerirá que los
establecimientos se encuentren en la zona reservada para pasajeros internacionales.
Dentro del aeropuerto internacional de que se trate antes de la zona de declaración y
24. 24
revisión aduanal correspondiente. Procederá la autorización de los establecimientos
siempre que se encuentren dentro del recinto fiscal o, en el caso de puertos marítimos
y fronterizos y en zonas económicas fronterizas, contiguo al mismo.
...
...
a) a f) ...
II. a IV. ...
Artículo 136. ...
...
Por zona económica fronteriza se entenderá al territorio que se determine en términos
de la Ley General de Fronteras.
Artículo 137. Con independencia de lo dispuesto en los artículos siguientes, la Secretaría
de Economía, previa opinión de la Secretaría determinará, por medio de disposiciones de
carácter general, las mercancías que estarán total o parcialmente desgravadas de los
impuestos al comercio exterior en la franja fronteriza, región fronteriza o zona económica
fronteriza. La propia Secretaría de Comercio y Fomento Industrial con base en la Ley de
Comercio Exterior, determinará las mercancías cuya importación o exportación a dicha
franja o región quedarán sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias.
...
Artículo 138. Se entiende por reexpedición, la internación al resto del país de mercancías
de procedencia extranjera importadas a la franja fronteriza, región fronteriza o zona
económica fronteriza. Dicha reexpedición podrá realizarse en los siguientes casos:
I. Cuando se trate de mercancías importadas en forma temporal o definitiva a la
franja fronteriza, región fronteriza y zona económicas fronterizas, y en estos dos
últimos casos se hubieren cubierto las contribuciones aplicables al resto del país;
II. y III. ...
Artículo 144. ...
I. a XIX. ...
XX. Establecer marbetes o sellos especiales para las mercancías o sus envases,
destinados a la franja fronteriza, región fronteriza o zona económica fronteriza, que
25. 25
determine la propia secretaría, siempre que hayan sido gravados con un impuesto
general de importación inferior al del resto del país, así como establecer sellos con el
objeto de determinar el origen de las mercancías;
XXI. a XXXII. ...
Transitorio
Primero. El presente decreto entrará en vigor a los treinta días naturales siguientes al de
su publicación en el Diario Oficial de la Federación.