Este documento resume los antecedentes y contenido de las principales leyes secundarias relacionadas con la reforma energética que se están discutiendo en el Senado de la República. Explica brevemente las 14 leyes agrupadas en 4 paquetes que se debaten, así como otras leyes adicionales propuestas por el PAN. Asimismo, presenta de manera esquemática los temas clave de las leyes de hidrocarburos, eléctrica y de Pemex.
Canadá cuenta en la actualidad con un mercado minero maduro producto de siglos dedicados al desarrollo de esta industria. Asimismo, ha diseñado una política y legislación ambiental clara y para algunos inflexible. Pero, ¿será que en el país canadiense se ha logrado una verdadera armonización de las políticas mineras y ambientales? ó ¿en qué medida la irreconciabilidad conlleva a que se realicen concesiones recíprocas, unas veces dando prevalencia al interés natural de los Estados de favorecer la exploración y producción de minerales (dados los beneficios que representa para la economía nacional) y en otras ocasiones otorgando, en razón del interés general, una mayor jerarquía a la protección del medio ambiente?.
Canadá cuenta en la actualidad con un mercado minero maduro producto de siglos dedicados al desarrollo de esta industria. Asimismo, ha diseñado una política y legislación ambiental clara y para algunos inflexible. Pero, ¿será que en el país canadiense se ha logrado una verdadera armonización de las políticas mineras y ambientales? ó ¿en qué medida la irreconciabilidad conlleva a que se realicen concesiones recíprocas, unas veces dando prevalencia al interés natural de los Estados de favorecer la exploración y producción de minerales (dados los beneficios que representa para la economía nacional) y en otras ocasiones otorgando, en razón del interés general, una mayor jerarquía a la protección del medio ambiente?.
Presentamos un análisis de algunos temas claves contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo del gobierno Duque. Concentra el estado, los presupuestos, criminaliza la protesta social, basa su "desarrollo" en la explotación minero energética con supuestos macroecónomicos inciertos, golpea al campesinado, legaliza el salario por debajo del mínimo.
Presentamos un análisis de algunos temas claves contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo del gobierno Duque. Concentra el estado, los presupuestos, criminaliza la protesta social, basa su "desarrollo" en la explotación minero energética con supuestos macroecónomicos inciertos, golpea al campesinado, legaliza el salario por debajo del mínimo.
Presentacion ejecutiva y explicativa de los aspectos mas importantes de la reforma energética en México, tipos de contratos, leys aplicables, controversias, adjudicación, subastas y todo lo relacionados con la nueva forma de contratacion gubernamental en el sector petrolero.
Este mes en Oil & Gas Magazine, entrevista con Juan Carlos Zepeda Molina, Comisionado Presidente de la CNH.
Mariano Hernández Palmeros y el gran papel de Veracruz en el sector energético.
onoce quiénes irán por la Ronda 2.1
Presentación de Felipe Vázquez Leyva, Director General Adjunto de Regulación de Petrolíferos y Petroquímicos, Comisión Reguladora de Energía, en el Taller de capacitación para la elaboración y evaluación de manifestaciones de impacto regulatorio, Cuernavaca, México, 11-12 Noviembre 2014, Sesión 5. Información adicional disponible en http://www.oecd.org/gov/regulatory-policy/
Agenda Legislativa GPPAN / 3er Año / 2o Período.Temo Galindo
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 26, numeral 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados, presentamos la Agenda Legislativa en la que trabajaremos durante el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Tercer Año de ejercicio de la LXII Legislatura, febreroabril de 2015.
Presentación de dictamen de ley general de los derechos de niñas, niños y ado...Temo Galindo
La presentación contiene los cambios que se lograron dentro del consenso de los grupos parlamentarios, asimismo encontraran las reservas que presentaremos los Diputados del PAN ante el pleno y que abonaran a una mejor ley.
Presentación Dictamen Ley de Ingresos de la Federación 2015Temo Galindo
Presentación sobre el Dictamen de la Ley de Ingresos de la Federación para el período fiscal 2015 que fue aprobada en la Comisión de Hacienda y que mañana en la sesión de este jueves 16 de octubre de 2014, será discutida y votada en el Pleno de la Cámara de Diputados.
Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal ...Temo Galindo
Son las fichas por estado elaboradas por el Área Económica de la Fundación Miguel Estrada Iturbide del Grupo Parlamentario del PAN, las cuales incluyen lo propuesto en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 por entidad federativa.
Este documento expone los lineamientos generales con los que habremos de trabajar los Diputados Federales del Partido Acción Nacional, durante el Período Ordinario Agosto - Noviembre de 2014, en la Cámara de Diputados.
Minuta Órganos Reguladores en Materia Energética y otras disposiciones.Temo Galindo
Minuta por la que se expide la Ley de los Órganos Reguladores en Materia Energética, se Reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se expide la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
Minuta Ley PEMEX y Ley CFE, y reforma a 3 Leyes.Temo Galindo
Minuta que expide la Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, y se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Minuta Ley de la Industria Eléctrica; Ley de Energía Geotérmica y varias refo...Temo Galindo
Minuta del Senado que expide la Ley de la Industria Eléctrica, la Ley de Energía Geotérmica y se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.
Minuta del Senado que expide Ley Hidrocarburos y se reforman 3 Leyes mas.Temo Galindo
Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera; Ley Minera, y Ley de Asociaciones Público Privadas.
Proyecto de Dictamen de TelecomunicacionesTemo Galindo
DICTAMEN DE LAS COMISIONES UNIDAS DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, DE RADIO,
TELEVISIÓN Y CINEMATOGRAFÍA, Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL
QUE SE EXPIDEN LA LEY FEDERAL DE
TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN, Y LA LEY DEL SISTEMA PÚBLICO DE RADIODIFUSIÓN DEL ESTADO MEXICANO; Y SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN.
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
2. AGENDA
• PRESENTACION Y METODOLOGIA
• ANTECEDENTES
– LA REFORMA CONSTITUCIONAL
– LEYES SECUNDARIAS ENVIADAS POR EL EJECUTIVO
– EL MODELO ENERGETICO DEL PAN
• 14 LEYES A DEBATE EN EL SENADO (6 PAQUETES
EN 4 DICTAMENES)
• LEYES ADICIONALES PROPUESTA DE AN
• PAQUETE FISCAL (DIPUTADOS)
• PREGUNTAS E INQUIETUDES MÁS FRECUENTES
• CALENDARIO SESIONES EXTRAORDINARIAS
3. ANTECEDENTES (1)
• 3 INICIATIVAS ENERGETICAS
– PAN. REFORMA CONSTITUCIONAL A ART. 25, 27 Y
28
– EJECUTIVO FEDERAL. REFORMA CONSTITUCIONAL
A ART. 27 Y 28 + LEYES SECUNDARIAS
– PRD. REFORMA A LEYES SECUNDARIAS
5. ANTECEDENTES (3)
LAS LEYES SECUNDARIAS ENVIADAS POR EL EJECUTIVO
9 PAQUETEN ENVIADOS POR EL EJECUTIVO, 21 LEYES EN TOTAL.
1 2 3 4 5 6
SENADO DE LA REPÚBLICA
9 nuevas leyes
CREAN MODIFICAN
12 leyes vigentes
CÁMARA DE DIPUTADOS
8 97 10
Iniciativa Pan
Transición Energética
6. ANTECEDENTES (4)
LEYES SECUNDARIAS ENVIADAS POR EL EJECUTIVO
Hidrocarburos
Ley Eléctrica
Geotermia
Ley de la Agencia Nacional de Seguridad
Empresas Productivas del Estado
Reguladores LOAPF
Decreto fiscal
Ley del Fondo Mexicano del Petróleo
Decreto presupuestario
9 PAQUETES DE INICIATIVAS
Ley Transición Energética
7. 14 LEYES A DISCUSION EN EL SENADO
4 PAQUETES PARA DICTAMEN
•LEY DE HIDROCARBUROS
•LEY DE INVERSION EXTRANJERA
•LEY MINERA
•LEY DE ASOCIACIONES PUBLICO PRIVADAS
HIDROCARBUROS
•LEY DE LA INDUSTRIA ELECTRICA
•LEY DE ENERGIA GEOTERMICA
•LEY DE AGUAS
•NACIONALES
ELECTRICO
•LEY DE PEMEX
•LEY DE CFE
•LEY FEDERAL DE ENTIDADES PARAESTATALES
•LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICOY
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
EPE´S
•LEY DE LOS ORGANOS REGULADORES COORDINADOSEN MATERIA ENERGETICA
•LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
•LEY DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCIÓN AL MEDIO
AMBIENTEDEL SECTOR HIDROCARBUROS
REGULADOR
TRANSICIÓN
ENERGÉTICA
•LEY PARA EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA ENERGÍA
•LEY PARA EL APROVECHAMIENTO DE LAS ENERGÍA RENOVABLES Y EL FINANCIAMIENTO
DE LA TRANSICIÓN ENERGÉTICA.
8. SENADO DE LA REPÚBLICA
14 LEYES A DISCUSION EN EL SENADO
4 PAQUETES PARA DICTAMEN
CÁMARA DE DIPUTADOS
6 LEYES A DISCUCIÓN EN DIPUTADOS
3 PAQUETES PARA DICTAMEN
9. 6 LEYES A DISCUSION EN CÁMARA DE DIPUTADOS
3 PAQUETES PARA DICTAMEN
•LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS
•LEY FEDERAL DE DERECHOS
•LEY FEDERAL DE CORDINACIÓN FISCAL
INGRESOS SOBRE
HIDROCARBUROS
•LEY DEL FONDO MEXICANO DEL PETRÓLEO PARA LA ESTABILIZACIÓN Y EL DESARROLLO
FONDO MEXICANO
DEL PETRÓLEO PARA
LA ESTABILIZACIÓN Y
EL DESARROLLO
•LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA
•LEY GENERAL DE DEUDA
PRESUPUESTO Y
DEUDA
10. ANTECEDENTES (5)
EL MODELO ENERGETICO DEL PAN
MODELO
ENERGETICO
DEL PAN
REGLAMETARIO
REGULADOR
EPE´S
VERDE
FISCAL
MISCELANEO
CONFIANZA
EQUILIBRIOS
13. PAN: líder en energías renovables y
eficiencia energética
El PAN ha sentado las bases para el desarrollo de condiciones legales, regulatorias e
institucionales para aumentar la penetración de las energías renovables.
Destaca el liderazgo del partido en la elaboración y aprobación de:
• La Ley de Aprovechamiento Sustentable de la Energía
• La Ley de Aprovechamiento de las Energías Renovables y Financiamiento a la
Transición Energética
• La Ley para la Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos
• Los contenidos en materia de energía limpia en la reforma constitucional del 2013
• Y ahora, de la Ley de Transición Energética
14. ¿Se necesita una la Ley de Transición
Energética?
SI. Se requiere de una ley que instrumente:
• Las prescripciones de la reforma energética que en sus cambios constitucionales
mandata ”en materia de electricidad, la ley establecerá a los participantes de la
industria eléctrica obligaciones de energías limpias y reducción de emisiones
contaminantes” (T. 17)
• La función del Estado de procurar la protección y cuidado del medio ambiente…
mediante la incorporación de criterios… temas de “eficiencia en el uso de energía,
disminución en la generación de gases y compuestos de efecto invernadero, eficiencia
en el uso de recursos naturales, baja generación de residuos y emisiones, así como la
menor huella de carbono en todos sus procesos”(Artículo 25, Transitorio 17)
15. ¿Se necesita una la Ley de Transición
Energética?
SI. Se requiere de una
ley que coloque el
desarrollo de las
energías renovables
del nivel de
promoción (LAERFTE)
a la instrumentación
del mandato de
obligación (LTE) que
permita alcanzar las
metas en la materia.
16. ¿Otras economías también tienen
metas obligatorias?
SI. Gran parte de los estados en EEUU, incluyendo los ejemplares modelos de Texas,
California y Alemania, cuentan con metas obligatorias.
17. ¿Es posible alcanzar la meta
obligatoria del 35%?
SI, pero el cumplimiento de la requiere tres componentes fundamentales: obligación
legal, mercado de certificados de energía limpia para facilitar el cumplimiento y
sanciones para desalentar su incumplimiento.
18. ¿Es posible alcanzar la meta
obligatoria del 35%?
SI, pero también se requiere una hoja de ruta clara que permita alcanzar la meta y
desarrollar los mecanismos legales, regulatorios, financieros, fiscales e institucionales
para su cumplimiento.
19. ¿México tiene el potencial para
alcanzar la meta?
SI. México cuenta con el potencial de instalar hasta 57 GW de capacidad de generación
eléctrica con fuentes renovables al 2020. Actualmente, la capacidad total de generación
eléctrica es de 61 GW.
20. ¿Son más caras las energías
renovables que fósil o gas?
NO. Hoy, en México, el costo nivelado (inversión y operación) de generar electricidad
con energías renovables es económicamente más competitivo que generar con
fuentes fósiles y en el caso de la eólica, es más barato que el gas. Sin incorporar
externalidades.
21. ¿Generar electricidad con renovables
representa un mayor costo para el país?
NO. Los costos de crecimiento tendencial de generación eléctrica con fuente fósil y los
costos para lograr la meta de renovable se encuentran prácticamente en el mismo
rango.
22. ¿Aprovechamos todo el potencial? La
Generación Distribuida ayuda?
NO y SI. No hay una política adecuada que nos permita aprovechar de forma eficiente
el inmenso potencial solar, a diferencia de otros países con políticas claras de
generación distribuida con solar fotovoltaico.
24. Equipo de trabajo
Para este proyecto se conformó un equipo de trabajo que estuvo a cargo del
Dip. Rubén Camarillo Ortega.
Equipo:
Dip. María Isabel Ortiz Mantilla.
Dip. Erik Marte Rivera Villanueva.
Diputados que complementaron el equipo:
Dip. Enrique Reyna Lizárraga.
Dip. Juan Manuel Gastelum Buenrostro.
Dip. Rafael Acosta Croda
25. Asesores técnicos
A solicitud del equipo de trabajo, se contó con la asesoría técnica de:
• Daniel Chacón Anaya (representante de la oficina en México de la Iniciativa
Climática Regional par América Latina de la Fundación ClimateWorks).
• Jorge Villarreal Padilla (consultor especializado de la Iniciativa Climática
Regional par América Latina de la Fundación ClimateWorks).
Además, se recogió la opinión de organizaciones especializadas en la materia
como:
• La Red por la Transición Energética
• La Iniciativa Mexicana para las Energías Renovables
• Greenpeace
• El Centro Mexicano de Derecho Ambiental
• El Grupo de Financiamiento para Cambio Climático
• Entre otros.
28. HIDROCARBUROS
• DISPOSICIONES PRINCIPALES:
– Contempla todas las definiciones, principios, alcance, arquitectura de
mercado y facultades de las instituciones y procesos de todas las
actividades del sector. (Tanto upstream como downstream)
– Niveles contractuales y características de las asignaciones .
– Sanciones
• Eliminar subjetividad y generar mayor certidumbre en detalle de redacción
• Ampliar el margen para la recisión administrativa.
• El paquete fiscal y reguladores contempla el seguimiento y administración de
los contratos.
– Derechos superficiales
– Apertura del Sector
• Apertura de franquicias
• Liberación de precios
• Importacion diferentes a PEMEX
– Factultades (EPE vs. Gobierno vs. Regulador y operadores)
• Equilibrio y fortaleza de reguladores
– Contenido nacional y desarrollo regional de infraestructura
29. Los 11 puntos más relevantes del paquete de Hidrocarburos
1. El Estado, a través de SENER, otorgará asignaciones directas a Petróleos
Mexicanos en las áreas donde éste tiene ya operaciones e inversiones (Ronda
Cero).
2. PEMEX, alianzas PEMEX-empresas privadas o empresas privadas, nacionales y
extranjeras, podrán participar en la exploración y extracción de petróleo y gas
natural, a través de diferentes tipos de contratos celebrados con el Estado
Mexicano.
3. La CNH, como órgano regulador coordinado, realizará las licitaciones de los
contratos de exploración y extracción de hidrocarburos.
4. La información de reconocimiento y exploración superficial es del Estado
Mexicano, quien, a través de la CNH, lo pondrá a disposición de los posibles
licitantes y permitirá el aprovechamiento comercial de su interpretación por
parte de quien realice nuevos estudios geológicos por un plazo dado.
5. Los concesionarios de minas de carbón podrán explotar el gas grisú que se
encuentre en la veta, pero no tendrán derecho al gas natural que se encuentre
en yacimientos no asociados.
30. Los 11 puntos más relevantes de la Ley de Hidrocarburos
6. El Estado otorgará permisos para la instalación de refinerías y complejos
petroquímicos; para la importación y exportación de hidrocarburos,
petrolíferos y petroquímicos; y para el transporte, almacenamiento,
distribución y expendio al público de gas natural, petrolíferos (gasolinas,
diesel, gas L.P., etc.), y petroquímicos.
7. El CENAGAS, organismo descentralizado del Estado, será el gestor
independiente del sistema de transporte y almacenamiento nacional de gas
natural que actuará con transparencia.
8. La CRE garantizará el acceso abierto en el transporte y distribución de
hidrocarburos por medio de ductos bajo el principio de no discriminación.
9. Se otorgará una contraprestación a los dueños de las tierras donde se lleven a
cabo actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.
10. Se creará el Fideicomiso Público para Promover el Desarrollo de Proveedores y
Contratistas Nacionales de la Industria Energética
11. Se establecerá un porcentaje mínimo de contenido nacional, para el desarrollo
de la industria así como se promoverá el desarrollo de infraestructura regional.
31. ELECTRICO
• DISPOSICIONES PRINCIPALES:
– Regular la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional (SEN),
el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica
(T&D) y las demás actividades de la industria eléctrica.
– Generar competencia en los servicios de energía electrica.
– Determina las facultades entre la EPE vs. Gobierno vs. Regulador y
Operador
– Caracteristicas del CENACE
– Energías limpias (Paquete verde)
– Determinación de precios (Paquete fiscal)
– Determinación de usuarios calificados
32. EPE´S (PEMEX)
DISPOSICIONES PRINCIPALES
NATURALEZA: Pemex es una empresa productiva del estado que no forma parte de la APF con
personalidad jurídica y patrimonio propios y gozará de autonomía presupuestal, técnica y de
gestión.
FIN: generar valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano.
RESTRICCIONES: Petróleos Mexicanos no podrá celebrar con terceros Contratos para la
Exploración y Extracción a que se refieren la Ley de Hidrocarburos y la Ley de Ingresos Sobre
Hidrocarburos, salvo con la CNH.
PRINCIPIOS: optimización de los recursos, simplificación de procesos; eficiencia y transparencia y
la adopción de las mejores prácticas corporativas y empresariales a nivel nacional e
internacional.
REGIMEN ESPECIAL: De remuneraciones, adquisiciones, deuda publica y se regirá por su
gobierno corporativo.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: responsable de definir las políticas, lineamientos y visión
estratégica de Petróleos Mexicanos, sus subsidiarias y filiales. (Art.13)
INTEGRACIÓN DEL C.A:
• El titular de la Secretaría de Energía,
• 4 Consejeros del Gobierno Federal designados por el Ejecutivo Federal, y
• 5 Consejeros independientes, designados por el Ejecutivo Federal, y que deberán ser
ratificados por mayoría calificada de la Cámara de Senadores (Art. 14)
TRANSPARENCIA: Principio de máxima difusión (concurso abierto) y comités especiales
(auditoría)
33. EPE´S (CFE)
DISPOSICIONES PRINCIPALES
• El mandato de la CFE será generar valor económico para el Estado Mexicano, procurando el
mejoramiento de la productividad y minimizar los costos de la industria eléctrica, en
beneficio de la población.
• Se deberá procurar el acceso abierto, la operación eficiente del sector eléctrico y la
competencia, manteniendo una estricta separación legal entre sus unidades, conforme a lo
que determine la Secretaría de Energía.
• La Comisión podrá realizar las actividades necesarias para generar, transportar, distribuir,
importar, exportar y comercializar energía eléctrica. Asimismo, podrá importar, exportar,
transportar y almacenar gas natural, carbón y cualquier otro combustible; así como
aprovechar y administrar tanto bienes inmuebles como las tecnologías que le permitan la
prestación o provisión de cualquier servicio adicional, tales como construcción,
arrendamiento y telecomunicaciones.
• Celebración de contratos con particulares en el servicio público de T&D de energía eléctrica,
siempre bajo esquemas que le generen una mayor productividad, pero acotado a la Ley de la
Industria Eléctrica.
Las actividades estratégicas quedarán a cargo de la CFE, en las que no se admite competencia
del sector privado, se establecen atribuciones del Consejo de Administración: a) no podrá fijar
los precios de los bienes y servicios que produzca la empresa, y b) deberá vigilar que los actos
de la empresa no contraríen el acceso abierto, la operación eficiente del sector o la
competencia, principalmente.
34. EPE´S (CFE)
La Comisión contará con empresas productivas subsidiarias y filiales que se dediquen a:
• La prestación del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica;
• Las actividades de generación o comercialización de energía eléctrica,
• Las actividades que no se realicen como complemento, auxilio o apoyo a las actividades principales del
objeto de la Comisión Federal de Electricidad, o con el fin de crear un vehículo para concretar un negocio
específico;
• La generación nucleoeléctrica, y
• Los demás que, en su caso, señale el Reglamento de esta Ley.
Por su parte, serán empresas filiales las que no se encuentren en los supuestos mencionados.
Las empresas subsidiarias y filiales deberán, entre otras:
– Ofrecer energía eléctrica y productos asociados al Mercado Eléctrico Mayorista sin restricción y en
condiciones de competencia;
– Otorgar el acceso abierto a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Transmisión, sin
discriminar indebidamente; operar con la máxima eficiencia posible, reportar sus resultados de forma
fehaciente, y respetar el mandato y objeto de la Comisión Federal de Electricidad.
– Otras disposiciones en este Título especifican que las operaciones que pretenda realizar la Comisión
Federal de Electricidad con alguna de sus empresas filiales, deberán sujetarse a las disposiciones que al efecto
dicte su propio Consejo de Administración.
ORGANIZACIÓN: Las disposiciones relativas a gobierno corporativo y regímenes especiales serán aplicables de
igual forma que a Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias y fliales.
35. REGULADOR (1)
NATURALEZA: Dejan de ser desconcentrados para convertirse en dependencias, lo que significa que ya no tienen
subordinación, por lo que ahora deben coordinarse con la SENER y demás dependencias.
• Cuentan con personalidad jurídica y pueden disponer de los ingresos derivados de las contribuciones y los
aprovechamientos por sus servicios; tienen autonomía técnica, operativa, de gestión y decisión.
• El Ejecutivo Federal ejerce sus facultades de regulación técnica y económica en materia de electricidad e
hidrocarburos a través de ellos.
• Su finalidad es promover el desarrollo eficiente del sector energético.
ATRIBUCIONES:
• Emitir sus actos y resoluciones con autonomía técnica, operativa y de gestión, así como vigilar y supervisar su
cumplimiento;
• Emitir resoluciones, acuerdos, directivas, bases y demás actos administrativos necesarios para el
cumplimiento de sus funciones;
• Imponer las sanciones respecto de los actos u omisiones que den lugar a ello, en el ámbito de su
competencia, y de conformidad con las leyes aplicables;
• Otorgar permisos, autorizaciones y emitir los demás actos administrativos vinculados a las materias
reguladas;
• Realizar las visitas de inspección que le soliciten las Secretarías de Energía, y de SHCP, entregándoles los
informes correspondientes;
• Actuar, si lo considera conveniente, como mediador o árbitro en la solución de controversias respecto de las
actividades reguladas;
36. REGULADOR (2)
• Se integra por siete comisionados, incluido su Presidente y un Secretario Ejecutivo.
• Los Comisionados serán designados por períodos escalonados de siete años de sucesión anual, que iniciarán a
partir del 1 de enero del año correspondiente, con posibilidad de ser designados, nuevamente, por única ocasión
por un período igual.
• El Presidente de la República someterá una terna a consideración de la Cámara de Senadores, la cual,, designará al
Comisionado por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, dentro del improrrogable plazo de
treinta días.
• El Comisionado Presidente de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética será designado por el
Titular del Ejecutivo Federal, por un periodo de 7 años.
Se crea el Consejo de Coordinación del Sector Energético como mecanismo de coordinación entre los Órganos Reguladores
Coordinados en Materia Energética, el cual se integrará por:
– El titular de la Secretaría de Energía;
– Los Comisionados Presidentes de los Órganos Reguladores Coordinados
– Los Subsecretarios de la Secretaría de Energía;
– El Director General del Centro Nacional de Control del Gas Natural, y
– El Director General del Centro Nacional de Control de Energía
El Consejo de Coordinación del Sector Energético tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
– Dar a conocer a los Órganos Reguladores Coordinados la política energética establecida por la Secretaría de Energía;
– Analizar los programas de trabajo anual de los Órganos Reguladores Coordinados, y su ejecución, así como emitir
recomendaciones;
– Implementar sistemas de información compartida y de cooperación institucional,
– Analizar casos específicos que puedan afectar el desarrollo de las políticas públicas del Ejecutivo Federal en materia
energética y proponer mecanismos de coordinación.
37. REGULADORES (3)
ATRIBUCIONES CNH:
• Regular y supervisar el reconocimiento y la exploración superficial, así como la exploración y la extracción
de hidrocarburos, incluyendo su recolección desde los puntos de producción y hasta su integración al
sistema de transporte y almacenamiento;
– Licitar y suscribir los contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos;
– Organizar y llevar a cabo la promoción de los contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos;
– Administrar, en materia técnica, las asignaciones y contratos para la exploración y extracción de
hidrocarburos, y
– Prestar asesoría técnica a la Secretaría de Energía;
– Establecer y administrar el Centro Nacional de Información de Hidrocarburos, entre otras.
ATRIBUCIONES CRE:
Deberá regular y promover el desarrollo eficiente de las siguientes actividades:
• Transporte, almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción y regasificación, así como el expendio
al público de petróleo, gas natural, petrolíferos y petroquímicos;
• Transporte por ducto y el Almacenamiento, que se encuentre vinculados a ductos, de Gas Licuado de
Petróleo;
• Transporte por ductos, almacenamiento, distribución y expendio al público de bioenergéticos;
• La generación de electricidad, los servicios públicos de transmisión y distribución eléctrica, la transmisión
y distribución eléctrica que no forma parte del servicio público y la comercialización de electricidad.
39. 3. Ley Federal de
Presupuesto y
Responsabilidad
Hacendaria
2. Ley del Fondo
Mexicano del
Petróleo para la
Estabilización y
el Desarrollo
1. Ley de
Ingresos Sobre
Hidrocarburos
ice Interactivo
PAQUETE FISCAL
40. LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS
La Ley de Ingresos
sobre
Hidrocarburos
(LISH)
Los ingresos correspondientes al Estado por contratos y
asignaciones deberán depositarse en el Fondo Mexicano del
Petróleo.
Se definen las características de los pagos asociados a las
cuatro distintas modalidades de contratación previstas en la
Constitución.
Los valores específicos de los términos económicos se
determinarán caso por caso, atendiendo a las características
específicas de los campos a licitar.
Para asignaciones, no hay modificaciones substanciales con
respecto al esquema vigente de derechos.
Contiene disposiciones relativas a la transparencia y rendición
de cuentas.
Información Pública de contratos, pagos y licitaciones.
LEY DE INGRESOS SOBRE
HIDROCARBUROS
41. Estimación Carga Fiscal
PEMEX/Utilidad/Producción Compartida/Licencias
Costos reconocidos
Regalía
ISR
Utilidad del contratista
o de Pemex
Porcentaje de la
utilidad para el
Estado
(variable de
adjudicación)
Contratos de
producción/utilidad
compartida
Licencias: tasa al
valor contractual de
los hidrocarburos
Costos reconocidos
Regalía
ISR
Utilidad del contratista
o de Pemex
Sobre-regalía
(variable de
adjudicación)
Costos reconocidos
Regalía
ISR
Utilidad del contratista
o de Pemex
Sobretasa
(variable de
adjudicación)
Licencias: tasa a la
utilidadRégimen PEMEX
Derecho
ordinario
sobre
hidrocarburos
71.5%
Remanente
PEMEX 4%
Costos
reconocidos y no
reconocidos
24.5%
ESTIMACIÓN CARGA FISCAL
PEMEX/Utilidad/Producción Compartida/Licencias
42. Estimación Carga Fiscal
PEMEX/Utilidad/Producción Compartida/Licencias
Costos
Regalía
ISR
Utilidad
Contraprestación
ESTIMACIÓN CARGA FISCAL
POR CAMPO O YACIMIENTO
Campos
Convencionales
(Tierra / Aguas Someras).
10 dls
69 dls
8 dls
10 dls
3 dls
Campos con cierto
grado de complejidad
(Chicontepec).
30 dls
4 dls
58 dls
10 dls
16 dls
Campos de alta
complejidad
(Aguas Profundas de
500 a 3,000 mts).
10 dls
40 dls
5 dls
15 dls
12 dls
43. El régimen fiscal para las Empresas Productivas del Estado (EPE´s) seguirá siendo similar al
actual .
Se plantea la opción de que las EPE´s puedan escoger si se quedan en el régimen actual o
migran a los esquemas de Utilidad o Producción Compartida, o de Licencias.
ESTIMACIÓN CARGA FISCAL
PEMEX/Utilidad/Producción Compartida/Licencias
44. Esquema de Pago de Contraprestaciones
Utilidad y Producción Compartida / Licencias
Contraprestaciones
en los Contratos de
Licencia
Contraprestaciones
en los Contratos de
Utilidad Compartida
y de Producción
Compartida
A favor del Estado:
I. Un bono a la firma;
II. La Cuota Contractual para la Fase Exploratoria;
III. Las Regalías, determinadas conforme al precios de hidrocarburos
sea mayor o menor a 60 usd.
IV. Una Contraprestación que se determinará en los Contratos
considerando la aplicación de una tasa:
a) A la Utilidad Operativa, o
b) Al Valor Contractual de los Hidrocarburos.
A favor del Estado:
a) La Cuota Contractual para la Fase Exploratoria;
b) Las Regalías determinadas conforme al precios de hidrocarburos sea
mayor o menor a 60 usd.
c) Una Contraprestación que se determinará por la aplicación de un
porcentaje a la Utilidad Operativa.
ESQUEMA DE PAGO DE CONTRAPRESTACIONES
Utilidad y Producción Compartida / Licencias
45. LEY DEL FONDO MEXICANO DEL PETRÓLEO
PARA LA ESTABILIZACIÓN Y EL DESARROLLOEL
DESARROLLO.
La Ley del Fondo
Mexicano del
Petróleo para la
Estabilización y el
Desarrollo.
El Fondo es un fideicomiso público, en el que el Banco de
México fungirá como institución fiduciaria.
El Fideicomiso tiene por objeto recibir, administrar y distribuir
los ingresos derivados de las asignaciones y contratos que se
celebren para la exploración y extracción del petróleo.
Los recursos procedentes del petróleo que se obtengan se
destinarán a cubrir parte del gasto público; al ahorro de largo
plazo y en inversiones.
Proyectos petroleros.
Infraestructura productiva.
Becas.
Pensión Universal.
46. Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
Los Ingresos Petroleros se mantendrán en 4.7% del PIB para el
Presupuesto de Egresos.
Define e incluye aportaciones específicas: Fondo de Estabilización
de Ingresos Presupuestarios (FEIP), Fondo de Estabilización de
Ingresos para las Entidades Federativas (FEIEF), Ciencia y
Tecnología, Extracción e Hidrocarburos, Fiscalización Petrolera y
Municipios.
Aumenta los límites de ahorro para FEIP (200,000 mdp) y FEIEF
(100,000 mdp).
Asigna recursos excedentes para pago de pasivos e
infraestructura para Gobierno Federal.
Establece apoyo al sistema de pensiones y pasivos de Gobiernos
Estatales.
La Ley de
Presupuesto y
Responsabilidad,
establece nuevas
reglas para el mejor
aprovechamiento de
la renta petrolera
LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y
RESPONSABILIDAD HACENDARIA
47. Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
Establece las condiciones para generar ahorro de largo plazo
(3% del PIB).
Etiqueta ahorro de largo plazo para Pensión Universal,
Inversión en Ciencia y Tecnología y Formación de Capital
Humano (Becas).
PEMEX y CFE tendrán autonomía presupuestal.
Las Empresas Productivas del Estado se sujetarán únicamente,
al balance financiero y al techo de gasto de los servicios
personales que habrá de aprobar el Congreso de la Unión, no
obstante en la iniciativa se presenta como una atribución de la
SHCP.
La Ley de
Presupuesto y
Responsabilidad,
establece nuevas
reglas para el mejor
aprovechamiento de
la renta petrolera
LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y
RESPONSABILIDAD HACENDARIA
48. Administración de los recursos petroleros
Fondo de Reserva
(3%PIB)
10% Pensiones
10% becas
30% Inversión
Productiva
10% Inversión en CyT
49. Ley General de Deuda.
El Consejo de Administración de las EPE´s habrá de aprobar su
financiamiento, previo envío al Congreso de la Unión.
Las obligaciones que contraten no excedan su capacidad de
pago y que no afecte la deuda de la nación.
Las obligaciones de deuda pública no otorgan a sus tenedores,
derechos sobre la propiedad de las Empresas Productivas del
Estado.
Las obligaciones de deuda pública no constituyen obligaciones
garantizadas por el Estado Mexicano. No obstante, sí se
considera Deuda Pública.
La Ley General de
Deuda, establece las
reglas para que las
Empresas
Productivas del
Estado puedan
contratar deuda de
manera responsable
LEY GENERAL DE DEUDA
51. PROPUESTA DE CAMBIOS
AL RÉGIMEN FISCAL DEL SECTOR HIDROCARBUROS.
Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
Analizar y evaluar la pertinencia de contar con un mecanismo mucho más eficiente en la
determinación de precios.
Acotar y precisar el alcance de las atribuciones de la SHCP con el objeto de lograr los equilibrios en
las facultades de las diferentes dependencias y órganos reguladores.
En la iniciativa de reforma se establece que las utilidades de los Contratistas y Asignatarios no se
repartirán entre sus trabajadores, lo que es una violación a lo dispuesto en nuestra Constitución.
Establecer un nuevo esquema, donde los ciudadanos puedan invertir en proyectos petroleros y
reciban rendimientos.
Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.
Evaluar la posibilidad de que la creación del fideicomiso se constituya por parte de la Comisión
Nacional de Hidrocarburos y no por parte de la SHCP.
Revisar y evaluar cambios en las disposiciones para el nombramiento de los miembros
independientes del Comité, en específico a lo que se refiere al periodo de seis meses de no haber
sido servidor público ni haber ocupado cargos de elección popular.
52. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Evaluar la posibilidad de asignar un porcentaje específico al Fondo de Reserva de Largo Plazo o
bien, re-direccionar los excedentes (una vez llegado a su límite) del FEIEF al ahorro de largo plazo.
Se propone que ante una disminución de Ingresos y que no pueda ser compensada por FEIP se
realicen en primera instancia los ajustes necesarios al Gasto Corriente y en segunda instancia se
haga uso del Fondo de Reserva.
Se debe eliminar la discrecionalidad de SHCP para asignar recursos excedentes al pago de pasivos.
Evaluar el 10% sobre el ahorro de largo plazo excedente (>3% del PIB) que se asigna a la Pensión
Universal). Dado número de años que México debe esperar para alcanzar el tope de 3% y porque
el Fondo de Reserva depende de los Fondos de Estabilización.
PROPUESTA DE CAMBIOS
AL RÉGIMEN FISCAL DEL SECTOR HIDROCARBUROS.
53. Se requiere un artículo transitorio para dar destino a los recursos acumulados en los Fondos que
se derogan (Fondo de Apoyo para Reestructura de Pensiones (FARP) y Fondo de Estabilización
para la Inversión en Infraestructura de Petroleros Mexicanos (FEIPEMEX)).
Se sugiere revisar todo el Título Quinto Bis referente al Régimen Presupuestario de las Empresas
Productivas del Estado pues la SHCP mantiene cierta injerencia en las decisiones de
presupuesto de las empresas productivas del estado.
Evaluar la posibilidad de modificar el factor señalado en el Art. 92 de la Ley para aumentar la
transferencia que hace el Fondo Mexicano del Petróleo a los Municipios.
PROPUESTA DE CAMBIOS
AL RÉGIMEN FISCAL DEL SECTOR HIDROCARBUROS.