Aspectos legales a tener en cuenta a la hora de comunicar en redes sociales e Internet, y cómo utilizar correctamente las imágenes en comunicación online.
3. Introducción
RRSS
• La
legalidad
va
más
lenta
que
la
evolución
del
sector.
• Muchas
normas
llegan
cuando
ya
se
ha
actuado
mal.
• Mucho
ojo
con
los
menores:
si
se
puede,
evitar
hacer
concursos/comunicaciones
con
ellos.
• Cada
red
social
Hene
sus
condiciones:
– Facebook:
al
publicar
cualquier
contenido
otorgamos
una
licencia
transferible,
no
exclusiva,
con
posibilidad
de
ser
subrogada
globalmente.
Esta
termina
al
borrar
el
contenido
o
la
cuenta.
– TwiPer:
al
publicar
cualquier
contenido
le
otorgamos
licencia
mundial
(no
exclusiva)
para
uHlizar,
copiar,
reproducir,
modificar,
publicar
y
distribuir
dicho
contenido
en
cualquier
medio
de
comunicación
o
método
de
distribución.
– Linkedin:
se
le
otorga
un
derecho
no
exclusivo,
irrevocable,
mundial,
perpetuo,
ilimitado
y
sin
canon
para
copiar,
mejorar,
distribuir,
comercializar
y
explotar
cualquier
información
facilitada
a
Likedin.
Sin
compensación
para
H
o
un
tercero.
– Youtube:
al
cargar
contenido
se
le
otorga
una
licencia
mundial,
no
exclusiva,
transferible
para
uHlizar,
reproducir
y
distribuir
ese
contenido.
Al
propietario
del
video
también
se
le
otorga
una
licencia
mundial,
no
exclusiva,
a
realizar
obras
derivadas,
uHlizar,
reproducir,
distribuir
y
mostrar
dicho
contenido
a
través
de
su
servicio.
Estos
derecho
acaban
al
suprimirse
el
contenido.
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
4. Papel
del
Community
Manager
• No
Hene
la
obligación
de
controlar
la
legalidad
del
contenido,
a
no
ser
que
tenga
conocimiento
de
la
vulneración.
• Los
que
Henen
que
poner
en
conocimiento
que
los
contenidos
están
infringiendo
la
normaHva
de
propiedad
industrial
o
copyright,
son
los
Htulares
legíHmos
de
la
obra.
• Es
recomendable
tener
una
línea
editorial
que
revise
la
legalidad
de
los
contenidos.
• No
se
puede
obtener
un
beneficio
económico
con
la
emisión
del
contenido.
(Ya
recibe
una
remuneración
por
parte
de
quién
escribe)
• Excepciones:
– Contenido
no
protegible
por
propiedad
intelectual
(contenido
público
o
libre)
– Parodias,
citas
y
noHcias
de
actualidad.
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
5. ¿Cómo
puedo
dar
a
conocer
mi
página?
• En
la
actualidad
lo
más
lógico
es
hacer
un
concurso,
sorteo
o
rifa
y
que
el
canal
elegido
sea
Facebook:
– Concurso:
• La
parHcipación
no
está
someHda
a
aleatoriedad
o
arbitrariedad.
• No
es
necesaria
su
publicación
ni
el
pago
de
tasas.
– Sorteo:
• Es
una
modalidad
de
juego
aleatoria
por
la
que
una
persona
o
enHdad
sortea
un
premio
con
fines
publicitarios.
Nunca
se
puede
exigir
una
contraprestación.
• No
es
necesario
comunicarlo
a
ONLAE.
• Hay
que
pagar
un
10%
de
tasas
al
cala.
– Rifa:
• Hay
una
contraprestación
con
la
venta
de
papeletas
o
parHcipaciones.
• Hay
que
tener
una
autorización
de
ONLAE.
• Se
debe
realizar
ante
notario.
• Pagar
unas
tasas
del
15%
de
total
de
parHcipaciones
al
canal.
• Dejar
constancia
de
la
parHcipación
a
los
interesados
median
un
número
o
código
por
medios
telemáHcos.
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
6. Aspectos
legales
• Advertencias
legales:
– Si
hay
recopilación
de
datos
de
carácter
personal
para
su
tratamiento,
hay
que
tener
en
cuenta
la
LOPD.
E
indicarlo
debidamente.
– El
consenHmiento
Hene
que
ser
a
raíz
de
su
información.
– Los
menos
de
14
años
necesitan
consenHmiento
de
padres
o
tutores.
– Si
va
a
haber
posteriores
usos
comerciales
se
requiere
consenHmiento
expreso.
• LSSI:
– La
comunicación
electrónica
de
los
concursos
y
juegos
promocionales
Henen
que
estar
claramente
idenHficados.
– Las
condiciones
de
acceso
y
de
parHcipación
Henen
que
estar
expresadas
de
forma
clara
e
inequívoca
y
ser
fácilmente
accesibles.
• Propiedad
Intelectual:
– Si
se
requiere
la
parHcipación
con
la
generación
de
algún
Hpo
de
obra
se
deberá
respetar
la
Ley
de
Propiedad
Intelectual.
• Derechos
de
Imagen:
– Hay
que
obtener
la
autorización
necesaria
para
los
usos
previstos.
– Tener
muy
en
cuenta
la
protección
al
menor
en
caso
de
que
vayamos
a
uHlizar
su
imagen.
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
7. Concursos
• Facebook
prohibe
la
realización
de
promociones
en
su
muro,
hay
que
crear
o
usar
una
aplicación
generada
para
ello.
• Esta
prohibido
condicionar
la
parHcipación
a
que
los
usuarios
suban
contenido
al
muro
o
por
me
gustas.
• Así
mismo
también
está
prohibido
publicar
el
nombre
del
ganador
de
una
promoción
a
través
de
la
página
de
fans.
Se
debe
almacenar
la
información
y
contactar
con
el
ganador
a
través
del
correo
electrónico.
• Bases
de
las
páginas
y
promociones
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
8. Ejemplos
de
Trazada
• Supercars
Rental
• Farketa
56
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
9. Aspectos
legales
en
el
uso
de
imágenes
en
internet
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
10. Protección de los derechos de
propiedad intelectual e industrial."
Antes
de
publicar
contenidos
en
internet
deberíamos
analizar…
• ¿Cuál es el contenido de mi mensaje? "
• ¿Los contenidos / Imágenes son míos? ¿son de otros?"
• ¿Tengo autorización para usarlo?
• Las personas que aparecen, ¿Han dado su
consentimiento?
• ¿Aparecen menores de edad?
• ¿Trato con respeto a las personas de las que hablo?"
• ¿El contenido es de alguna marca o producto regulado
( medicamentos, banca, etc.)?"
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
11. Las
leyes,
para
cumplirlas
NormaHva
aplicable
• Reglamentación sobre contenidos.
• Ley general de publicidad.
• Protección de los derechos de Propiedad Industrial e
Intelectual.
• Ley Orgánica de Derecho al honor, a la intimidad
personal y a la propia imagen.
• Respeto de las políticas de uso de la red social.
• Reserva de derechos: marcas, logotipos, imágenes
de personas, de niños, etc…
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
12. La
importancia
de
ser
legal
Ley
Infracción
Sanción
LGP/LO
En función de lo • Conceder al anunciante un plazo para que suprimir
drcho
al
previsto en la sentencia o rectificar los elementos ilícitos."
honor/LPI
estimatoria de la • Ordenar la cesación o prohibición de la publicidad
demanda. o contenido ilícita."
• Ordenar la publicación total o parcial de la
sentencia en la forma que se estime adecuada."
• Exigir la publicación y difusión de la publicidad o
contenido corrector."
• Indemnización por daños y perjuicios. "
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
13. Las
leyes,
para
cumplirlas…
La
publicación
de
obras
(imágenes,
dibujos,
fotograjas…)
en
Internet
responde
al
derecho
patrimonial
del
autor,
de
comunicación
pública
en
su
modalidad
de
puesta
a
disposición,
del
arkculo
20
de
la
Ley
de
Propiedad
Intelectual.
Por
lo
tanto,
el
autor
está
ejercitando
su
derecho
a
publicar
o
exhibir
su
obra
en
Internet
sin
renunciar
a
todos
los
demás
(reproducción,
distribución,
etc.)
con
lo
que
habrá
que
solicitar
permiso
para
usarla.
Publicar
un
contenido
en
Internet
no
implica
nunca
el
abandono
de
ninguno
de
los
derechos
que
la
ley
reconoce
al
autor
sobre
sus
obras.
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
14. PolíHcas
de
uso
y
menciones
El
que
en
una
página
web
o
servicio/banco
de
imágenes
en
concreto
no
exista
o
no
encontremos
ninguna
mención
sobre
la
políHca
de
uHlización
o
a
la
licencia
de
uso
de
sus
imágenes,
no
significa
que
se
puedan
usar
libremente.
Copyright:
Copyle::
Todos
los
derechos
Algunos
derechos
reservados.
reservados.
Consultar
al
autor
CreaHve
commons
Bancos
de
imágenes
de
pago
Bancos
de
imágenes
gratuitos
(NO
libres
de
derechos).
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
15. Bancos
de
imágenes
de
pago
Variedad.
Alta
Calidad
y
diseño.
Diferentes
tamaños.
Recursos
gráficos
ilustraciones.
Diferentes
formas
de
contratación.
Precio
bajo.
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
16. Las
licencias
de
CC
se
basan
en
4
condiciones
que
pueden
combinarse
en
6
Hpos
de
licencias
diferentes:
Reconocimiento:
El
material
creado
puede
ser
distribuido,
copiado
y
exhibido
por
terceros
si
se
muestra
en
los
créditos.
Reconocimiento
-‐
Sin
obra
derivada:
El
material
creado
puede
ser
distribuido,
copiado
y
exhibido
por
terceros
si
se
muestra
en
los
créditos.
No
se
pueden
realizar
obras
derivadas.
Reconocimiento
-‐
Sin
obra
derivada
-‐
No
comercial:
El
material
creado
puede
ser
distribuido,
copiado
y
exhibido
por
terceros
si
se
muestra
en
los
créditos.
No
se
puede
obtener
ningún
beneficio
comercial.
No
se
pueden
realizar
obras
derivadas.
Reconocimiento
-‐
No
comercial:
El
material
creado
puede
ser
distribuido,
copiado
y
exhibido
por
terceros
si
se
muestra
en
los
créditos.
No
se
puede
obtener
ningún
beneficio
comercial.
Reconocimiento
-‐
No
comercial
-‐
Compar@r
igual:
El
material
creado
puede
ser
distribuido,
copiado
y
exhibido
por
terceros
si
se
muestra
en
los
créditos.
No
se
puede
obtener
ningún
beneficio
comercial
y
las
obras
derivadas
Henen
que
estar
bajo
los
mismos
términos
de
licencia
que
el
trabajo
original.
Reconocimiento
-‐
Compar@r
igual:
El
material
creado
puede
ser
distribuido,
copiado
y
exhibido
por
terceros
si
se
muestra
en
los
créditos.
Las
obras
derivadas
Henen
que
estar
bajo
los
mismos
términos
de
licencia
que
el
trabajo
original.
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
17. Crear
una
cita
1)
U@lizar
la
e@queta
el
“alt”
de
la
imagen:
En
el
Título
de
la
imagen,
podemos
poner
nombre
del
autor
de
la
imagen
(o
su
nombre
de
usuario)
y
la
página
de
donde
viene.
La
información
se
mostrará
cuando
el
usuario
pase
el
puntero
sobre
la
imagen.
También
se
puede
enlazar
la
fotograja
al
lugar
donde
está
publicada
la
original.
2)
Pie
de
foto:
Igual
que
lo
dicho
para
el
alt
en
el
apartado
anterior.
3)
Pie
de
post:
No
es
tan
evidente
como
incluirlo
en
la
misma
foto,
pero
así
los
usuarios
encontrarán
la
página
de
todas
las
fotos
que
has
usado
en
el
en
post.
Una
mención
del
Hpo:
“Las
imágenes
que
aparecen
en
este
post
se
ha
publicado
bajo
licencia
CreaHve
Commons
en
el
Flickr
del
usuario
Mengano”
incluyendo
link
al
álbum
del
autor
o
a
la
foto
en
concreto,
cumple
con
las
exigencias
jurídicas
para
tu
blog
o
página.
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
19. Bancos
de
imágenes
gratuitos
Menos
Variedad.
Baja
Calidad
y
diseño.
Un
sólo
tamaño.
No
están
libres
de
derechos.
Se
necesita
crear
cuenta
con
email.
Gancho
para
bancos
de
pago.
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona
21. Conclusión
•
En
internet
SÍ
hay
derechos
sobre
las
imágenes
aunque
no
estén
especificados.
•
Buscar
cualquier
aviso
legal
o
enlace
sobre
las
condiciones
de
uso.
•
En
caso
de
duda,
siempre
pedir
permiso.
Álvaro
Rosique
Javier
Carmona