ÉTICA
FILOSOFÍA
ÉTICA
• La ética es una disciplina filosófica que se ocupa de estudiar y analizar los
conflictos morales y los principios que guían el comportamiento humano.
• La ética explora estos conflictos y brinda un marco teórico para tomar
decisiones sobre cómo actuar en situaciones éticas. Sin embargo, la ética no
busca discernir entre lo bueno y lo malo, sino pensar cuál es la naturaleza
de esa distinción y ayudar a las personas a formar sus propias opiniones a
través de un ejercicio crítico de la moralidad.
ÉTICA – TEORÍA BÁSICA
PLATÓN
• Platón insiste de un modo especial en la
inmortalidad del alma. Las pruebas de esta
inmortalidad se fundan en su simplicidad e
inmaterialidad y en su adecuación con las
ideas eternas y con la verdad, que es
conocida por el alma. Estas pruebas han
sido utilizadas tradicionalmente por la
filosofía griega y cristiana.
PLATÓN
• El alma tiene tres partes: una
concupiscible o sensual, relacionada con
las necesidades corporales; una segunda
parte irascible, correspondiente a los
impulsos y afectos, y, por último, la parte
racional, mediante la que es posible el
conocimiento de las ideas y la volición en
sentido deliberativo, según la razón.
ÉTICA – TEORÍA BÁSICA
PLATÓN
• La moral platónica muestra un
paralelismo estricto con su teoría del
alma. Las partes de la psique humana
tienen una correspondencia ética
rigurosa. Cada una tiene que tener una
virtud particular, una calidad en que
consiste su funcionamiento perfecto.
PLATÓN
• La parte sensual requiere la moderación,
la templanza.
• La parte afectiva le corresponde la
fortaleza o andría.
• La parte racional, debe estar dotada de la
sabiduría o prudencia.
• En la moralidad, Platón incluirá una cuarta
virtud, la virtud suprema, la justicia.
• Estas son las cuatro virtudes.
ÉTICA – TEORÍA BÁSICA
ARISTÓTELES
• La Ética aristotélica es la ontología del
hombre.
• La exposición fundamental de la moral de
Aristóteles es la Ética. En ella plantea la
cuestión del bien, que es el fin último de
las cosas y, por tanto, de las acciones
humanas. El bien supremo es la felicidad.
SPINOZA
• La metafísica de Spinoza culmina en su
ética. Está dividida en cinco:
• I. De Dios. – II. De la naturaleza. – III. Del
origen y la naturaleza de las pasiones. –
IV. De la servidumbre humana, o de la
fuerza de las pasiones. – V. De la potencia
del intelecto, o de la libertad humana.
ÉTICA – TEORÍA BÁSICA
SPINOZA
• En primer lugar, expone su ontología, la teoría de Dios
o de la sustancia; en segundo lugar, estudia la
estructura de la mente, y aborda el problema del
conocimiento; luego enumera y define las pasiones,
interpretadas de un modo naturalista y geométrico:
quiere hablar de las acciones y apetitos humanos, como
si fuera cuestión de líneas, de planos o de cuerpos; por
último, expone la teoría de la esclavitud humana o de la
libertad, según dominen en el hombre las pasiones o la
razón; en estas últimas partes es donde plantea
propiamente el problema ético, en el que se resume
todo el sentido de su filosofía.
LA ETICIDAD - HEGEL
• La eticidad es la realización del espíritu
subjetivo y del objetivo. Como espíritu
inmediato o natural es la familia; la
totalidad relativa de las relaciones de
los individuos como personas
independientes es la sociedad; y el
espíritu desarrollado en una realidad
orgánica es el estado.
ÉTICA – TEORÍA BÁSICA
• BRENTANO. Hace corresponder a lo bueno lo verdadero, y a la ética, la
lógica. El mandato ético, es muy semejante al mandato lógico. Lo verdadero
se admite como verdadero en un juicio: lo bueno se admite como tal en un
acto de amor. Lo verdadero es creído, afirmado; lo bueno es amado. A la
inversa, lo falso es negado, y lo malo, odiado.
• De la ética de Brentano ha nacido la teoría de los valores.
ÉTICA
ÉTICA POSITIVA O COMÚN
• La ética positiva es un enfoque que se enfoca en
fomentar el bienestar y el crecimiento personal y
social, en lugar de enfocarse en la prevención del
mal. En este sentido, la ética positiva se centra en la
identificación de los valores y comportamientos
que contribuyen a la buena salud y el bienestar, y
en la promoción de prácticas que fomenten la
cooperación y la compasión.
DERECHO COMÚN POSITIVO
• Es el conjunto de normas jurídicas que son
establecidas generalmente por el poder legislativo
de un país y que se conciben como leyes o se
agrupan en códigos normativos.Todo ello de acuerdo
a lo preestablecido en la Constitución nacional del
Estado que sea.
• El derecho positivo está constituido por todo el
compendio normativo escrito que rige el
comportamiento de los ciudadanos, los organismos
públicos y privados, que pueden ser leyes, normas,
decretos, reglamentos.
DESLINDES ENTRE ÉTICA, DERECHO Y
POLÍTICA
• La sociedad actual, poblada por distintos grupos, se halla atravesada por muy diferentes concepciones
de lo justo, por muy diferentes sistemas de valores. Este tipo de sociedad, calificada habitualmente de
“pluralista”, es uno de los datos más característicos del mundo contemporáneo y el Derecho ha de
hacerse cargo de algún modo de la enorme variedad de preferencias individuales conflictivas entre sí
presentes en esta forma social.
• Moral y Derecho. La historia reconoce tres modos básicos de relación entre la moral y el Derecho. El
primer modelo de relación consiste en la indistinción de ambos en un único orden normativo, que sólo
con el paso del tiempo y el aumento de complejidad de la sociedad se ha fragmentado en diferentes
subsistemas: moral, jurídico, religioso, etc. El segundo tipo se caracteriza por la separación entre moral
y Derecho, que también ha mostrado diferentes grados a lo largo de la historia. Por último, se puede
reconocer en la actualidad ciertos vínculos entre ambos sistemas normativos, pero sin que dicho
reconocimiento conlleve sacrificar la identidad de uno a la de otro.
DESLINDES ENTRE ÉTICA, DERECHO Y
POLÍTICA
• La ética pública y el derecho. La distinción entre un ámbito propio de la moral y otro del
Derecho se solapa con la distinción entre una esfera pública y otra privada de la actividad
humana; ámbitos distintos, pero no desvinculados entre sí. Determinar en qué consiste la
ética de la esfera pública requiere advertir su relación con la ética de la esfera privada, cuya
separación no es resultado de un proceso natural y pacífico de desarrollo social, sino
expresión de un programa político consistente en constituir un ámbito en el que los
individuos pueden perseguir su bien individual sin la injerencia del poder público. A
diferencia de la doctrina de la razón de Estado, que pone por encima de cualquier otro valor
la unidad del Estado y su poder en el escenario internacional, el objetivo característico del
poder político visto desde la ética pública consiste precisamente en hacer posible que los
individuos puedan perseguir los fines que consideran valiosos a la luz de su conciencia.
DESLINDES ENTRE ÉTICA, DERECHO Y
POLÍTICA
• El estado de derecho. La forma estatal de la actualidad cuenta entre sus raíces la ética pública,
que se entrelaza con facilidad con otras líneas de pensamiento político como las que conducen
desde las tradicionales valoraciones positivas del gobierno limitado y del gobierno de las
leyes hasta la idea del Estado de Derecho, típica del pensamiento liberal-ilustrado.
• La idea de Estado de Derecho puede incorporarse sin dificultad a las exigencias de la ética
pública, pues el objetivo de aquél no es otro que librar a los individuos del gobierno
arbitrario, que constituye un obstáculo a menudo insalvable para que los individuos puedan
desarrollar un plan de vida autónomo.
• La idea de Estado de Derecho cuenta entre sus raíces la voluntad de asegurar tanto la vida
como la propiedad frente a las arbitrarias decisiones de los monarcas absolutos. Instituciones
típicas:
DESLINDES ENTRE ÉTICA, DERECHO Y
POLÍTICA
• La idea de Estado de Derecho cuenta entre sus raíces la voluntad de asegurar tanto la vida como la propiedad
frente a las arbitrarias decisiones de los monarcas absolutos. Instituciones típicas:
1. Imperio de la ley significa que la acción de los poderes del Estado y los ciudadanos está sometida a la ley. Esta
exigencia resulta de la necesidad de poner coto a la arbitrariedad característica del ejercicio del poder público en
la época absolutista, cuando la norma era expresión de la voluntad del soberano, pero éste era libre de someterse a
ella, libre de actuar conforme a las normas que él mismo promulgaba.
2. La separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial no conlleva la igualdad entre ellos; es innegable la
supremacía del poder legislativo, estrechamente vinculado a la voluntad del pueblo a través de la representación,
que se traduce en la capacidad del legislador para dotar casi de cualquier contenido al sistema jurídico.
3. La protección de los individuos frente a las injerencias del Estado en su esfera de libertad y la facilitación de los
medios jurídicos que hacer efectiva esa libertad son características del Estado de Derecho.
• A la vista de estas exigencias es fácil advertir que no todos los Estados son Estados de Derecho.
DESLINDES ENTRE ÉTICA, DERECHO Y
POLÍTICA
• El Estado liberal de Derecho y el Estado social de Derecho. El Estado liberal encarna por primera vez los
postulados del Estado de Derecho; su entramado legal e institucional elaborado en aras de la protección de la
autonomía de los ciudadanos constituye, sin embargo, una muy pobre realización de tales postulados.
• En primer lugar, porque el Estado liberal se levanta sobre unas instituciones políticas poco representativas, el
derecho al voto está censitariamente limitado a un segmento de población. El Estado liberal requería una
transformación con el fin de hacer efectiva para todos los ciudadanos la promesa de autonomía con la que inicia su
andadura. La extensión de los derechos políticos, así como el establecimiento de los llamados derechos sociales
persiguen esa meta, son funcionales al logro del objetivo de facilitar a todos la posibilidad de desarrollar un plan
de vida autónomo.
• El resultado de esa transformación es el Estado social de Derecho. Una forma estatal en la cual, además, la ausencia
de intervención del Estado en la sociedad no se considera ya un requisito para la prosperidad general, pues el
autogobierno de la sociedad a través de las leyes del mercado ha demostrado ser insuficiente para evitar una
distribución muy desigual de la riqueza.
DESLINDES ENTRE ÉTICA, DERECHO Y
POLÍTICA
• El Estado constitucional. Las constituciones típicas del Estado liberal se
caracterizan por establecer las líneas generales de la organización del poder
público, los órganos, sus competencias y procedimientos de actuación.
• Las constituciones posteriores a la embestida totalitaria contra los sistemas
políticos democrático-liberales incluyen también catálogos de derechos
fundamentales, derechos que conservan la función que les asigna el liberalismo:
asegurar jurídicamente, una vez desarrollados por el legislador, esferas de
libertad individual frente a las injerencias del Estado en ellas.
LA DEFENSA DE LA ÉTICA COMO TEORÍAY
PRÁCTICA POSITIVA
• De la Ética a la deontología. Centramos la atención en el concepto de Deontología y su relación con la ética (modo de ser,
carácter; lo moralmente correcto a través de un saber práctico y reflexión) y con la moral (costumbre).
• Bentham la presenta como una rama de la ética, entendiendo que el objeto de esta son los deberes y las normas morales. Es
decir, las conductas humanas calificables como morales.
• Sin embargo, es una rama particular de la ética que se circunscribe a los deberes y obligaciones morales que tienen las personas
en el ejercicio de una profesión concreta.
• en un primer momento (Bentham) se refería a la aplicación de ética normativa que investigaba los deberes morales de la
conducta de la profesión y se guiaba por la razón práctica. En un segundo momento, se entiende como el conjunto de normas de
carácter prescriptivo, adoptadas para el ejercicio de una profesión según el punto de vista de quienes la practican. En esta
segunda fase no se investiga sobre lo bueno o lo malo sino sobre los criterios comunes sobre deberes morales específicos que
los profesionales creen tener y por los cuales han de responder antes sus colegas de profesión y ante el resto de la sociedad. Se
confía, por consiguiente, a la opinión de los propios profesionales, plasmada en códigos deontológicos o de buenas prácticas
aprobados por los propios colegios y asociaciones profesionales. Sigue siendo un tratado sobre los deberes, pero confiado, no a
la Ética filosófica fuente de la moral racional y crítica, sino a la moral positiva de los grupos profesionales.
DIFERENCIAS ENTRE ÉTICA PROFESIONALY
DEONTOLOGÍA PROFESIONAL
ÉTICA PROFESIONAL
• Su objeto es el estudio del bien o de lo
bueno.
• Es independiente de las normas
deontológicas. No está recogida en
normas ni en códigos. No las necesita,
sino que las dirige e inspira.
• No es exigible a los profesionales.
• Es considerada como una parte de la ética
aplicada.
DEONTOLOGÍA PROFESIONAL
• Su objeto es el estudio del deber o los
Deberes.
• Se recoge en un conjunto de normas de
carácter prescriptivo orientado al ejercicio
de una profesión, que da lugar a los códigos
deontológicos.
• Estas normas son aprobadas por los
profesionales.
• Se ubica entre la Moral y el Derecho.

Capítulo 3 - Ética. .pptx

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    ÉTICA • La éticaes una disciplina filosófica que se ocupa de estudiar y analizar los conflictos morales y los principios que guían el comportamiento humano. • La ética explora estos conflictos y brinda un marco teórico para tomar decisiones sobre cómo actuar en situaciones éticas. Sin embargo, la ética no busca discernir entre lo bueno y lo malo, sino pensar cuál es la naturaleza de esa distinción y ayudar a las personas a formar sus propias opiniones a través de un ejercicio crítico de la moralidad.
  • 3.
    ÉTICA – TEORÍABÁSICA PLATÓN • Platón insiste de un modo especial en la inmortalidad del alma. Las pruebas de esta inmortalidad se fundan en su simplicidad e inmaterialidad y en su adecuación con las ideas eternas y con la verdad, que es conocida por el alma. Estas pruebas han sido utilizadas tradicionalmente por la filosofía griega y cristiana. PLATÓN • El alma tiene tres partes: una concupiscible o sensual, relacionada con las necesidades corporales; una segunda parte irascible, correspondiente a los impulsos y afectos, y, por último, la parte racional, mediante la que es posible el conocimiento de las ideas y la volición en sentido deliberativo, según la razón.
  • 4.
    ÉTICA – TEORÍABÁSICA PLATÓN • La moral platónica muestra un paralelismo estricto con su teoría del alma. Las partes de la psique humana tienen una correspondencia ética rigurosa. Cada una tiene que tener una virtud particular, una calidad en que consiste su funcionamiento perfecto. PLATÓN • La parte sensual requiere la moderación, la templanza. • La parte afectiva le corresponde la fortaleza o andría. • La parte racional, debe estar dotada de la sabiduría o prudencia. • En la moralidad, Platón incluirá una cuarta virtud, la virtud suprema, la justicia. • Estas son las cuatro virtudes.
  • 5.
    ÉTICA – TEORÍABÁSICA ARISTÓTELES • La Ética aristotélica es la ontología del hombre. • La exposición fundamental de la moral de Aristóteles es la Ética. En ella plantea la cuestión del bien, que es el fin último de las cosas y, por tanto, de las acciones humanas. El bien supremo es la felicidad. SPINOZA • La metafísica de Spinoza culmina en su ética. Está dividida en cinco: • I. De Dios. – II. De la naturaleza. – III. Del origen y la naturaleza de las pasiones. – IV. De la servidumbre humana, o de la fuerza de las pasiones. – V. De la potencia del intelecto, o de la libertad humana.
  • 6.
    ÉTICA – TEORÍABÁSICA SPINOZA • En primer lugar, expone su ontología, la teoría de Dios o de la sustancia; en segundo lugar, estudia la estructura de la mente, y aborda el problema del conocimiento; luego enumera y define las pasiones, interpretadas de un modo naturalista y geométrico: quiere hablar de las acciones y apetitos humanos, como si fuera cuestión de líneas, de planos o de cuerpos; por último, expone la teoría de la esclavitud humana o de la libertad, según dominen en el hombre las pasiones o la razón; en estas últimas partes es donde plantea propiamente el problema ético, en el que se resume todo el sentido de su filosofía. LA ETICIDAD - HEGEL • La eticidad es la realización del espíritu subjetivo y del objetivo. Como espíritu inmediato o natural es la familia; la totalidad relativa de las relaciones de los individuos como personas independientes es la sociedad; y el espíritu desarrollado en una realidad orgánica es el estado.
  • 7.
    ÉTICA – TEORÍABÁSICA • BRENTANO. Hace corresponder a lo bueno lo verdadero, y a la ética, la lógica. El mandato ético, es muy semejante al mandato lógico. Lo verdadero se admite como verdadero en un juicio: lo bueno se admite como tal en un acto de amor. Lo verdadero es creído, afirmado; lo bueno es amado. A la inversa, lo falso es negado, y lo malo, odiado. • De la ética de Brentano ha nacido la teoría de los valores.
  • 8.
    ÉTICA ÉTICA POSITIVA OCOMÚN • La ética positiva es un enfoque que se enfoca en fomentar el bienestar y el crecimiento personal y social, en lugar de enfocarse en la prevención del mal. En este sentido, la ética positiva se centra en la identificación de los valores y comportamientos que contribuyen a la buena salud y el bienestar, y en la promoción de prácticas que fomenten la cooperación y la compasión. DERECHO COMÚN POSITIVO • Es el conjunto de normas jurídicas que son establecidas generalmente por el poder legislativo de un país y que se conciben como leyes o se agrupan en códigos normativos.Todo ello de acuerdo a lo preestablecido en la Constitución nacional del Estado que sea. • El derecho positivo está constituido por todo el compendio normativo escrito que rige el comportamiento de los ciudadanos, los organismos públicos y privados, que pueden ser leyes, normas, decretos, reglamentos.
  • 9.
    DESLINDES ENTRE ÉTICA,DERECHO Y POLÍTICA • La sociedad actual, poblada por distintos grupos, se halla atravesada por muy diferentes concepciones de lo justo, por muy diferentes sistemas de valores. Este tipo de sociedad, calificada habitualmente de “pluralista”, es uno de los datos más característicos del mundo contemporáneo y el Derecho ha de hacerse cargo de algún modo de la enorme variedad de preferencias individuales conflictivas entre sí presentes en esta forma social. • Moral y Derecho. La historia reconoce tres modos básicos de relación entre la moral y el Derecho. El primer modelo de relación consiste en la indistinción de ambos en un único orden normativo, que sólo con el paso del tiempo y el aumento de complejidad de la sociedad se ha fragmentado en diferentes subsistemas: moral, jurídico, religioso, etc. El segundo tipo se caracteriza por la separación entre moral y Derecho, que también ha mostrado diferentes grados a lo largo de la historia. Por último, se puede reconocer en la actualidad ciertos vínculos entre ambos sistemas normativos, pero sin que dicho reconocimiento conlleve sacrificar la identidad de uno a la de otro.
  • 10.
    DESLINDES ENTRE ÉTICA,DERECHO Y POLÍTICA • La ética pública y el derecho. La distinción entre un ámbito propio de la moral y otro del Derecho se solapa con la distinción entre una esfera pública y otra privada de la actividad humana; ámbitos distintos, pero no desvinculados entre sí. Determinar en qué consiste la ética de la esfera pública requiere advertir su relación con la ética de la esfera privada, cuya separación no es resultado de un proceso natural y pacífico de desarrollo social, sino expresión de un programa político consistente en constituir un ámbito en el que los individuos pueden perseguir su bien individual sin la injerencia del poder público. A diferencia de la doctrina de la razón de Estado, que pone por encima de cualquier otro valor la unidad del Estado y su poder en el escenario internacional, el objetivo característico del poder político visto desde la ética pública consiste precisamente en hacer posible que los individuos puedan perseguir los fines que consideran valiosos a la luz de su conciencia.
  • 11.
    DESLINDES ENTRE ÉTICA,DERECHO Y POLÍTICA • El estado de derecho. La forma estatal de la actualidad cuenta entre sus raíces la ética pública, que se entrelaza con facilidad con otras líneas de pensamiento político como las que conducen desde las tradicionales valoraciones positivas del gobierno limitado y del gobierno de las leyes hasta la idea del Estado de Derecho, típica del pensamiento liberal-ilustrado. • La idea de Estado de Derecho puede incorporarse sin dificultad a las exigencias de la ética pública, pues el objetivo de aquél no es otro que librar a los individuos del gobierno arbitrario, que constituye un obstáculo a menudo insalvable para que los individuos puedan desarrollar un plan de vida autónomo. • La idea de Estado de Derecho cuenta entre sus raíces la voluntad de asegurar tanto la vida como la propiedad frente a las arbitrarias decisiones de los monarcas absolutos. Instituciones típicas:
  • 12.
    DESLINDES ENTRE ÉTICA,DERECHO Y POLÍTICA • La idea de Estado de Derecho cuenta entre sus raíces la voluntad de asegurar tanto la vida como la propiedad frente a las arbitrarias decisiones de los monarcas absolutos. Instituciones típicas: 1. Imperio de la ley significa que la acción de los poderes del Estado y los ciudadanos está sometida a la ley. Esta exigencia resulta de la necesidad de poner coto a la arbitrariedad característica del ejercicio del poder público en la época absolutista, cuando la norma era expresión de la voluntad del soberano, pero éste era libre de someterse a ella, libre de actuar conforme a las normas que él mismo promulgaba. 2. La separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial no conlleva la igualdad entre ellos; es innegable la supremacía del poder legislativo, estrechamente vinculado a la voluntad del pueblo a través de la representación, que se traduce en la capacidad del legislador para dotar casi de cualquier contenido al sistema jurídico. 3. La protección de los individuos frente a las injerencias del Estado en su esfera de libertad y la facilitación de los medios jurídicos que hacer efectiva esa libertad son características del Estado de Derecho. • A la vista de estas exigencias es fácil advertir que no todos los Estados son Estados de Derecho.
  • 13.
    DESLINDES ENTRE ÉTICA,DERECHO Y POLÍTICA • El Estado liberal de Derecho y el Estado social de Derecho. El Estado liberal encarna por primera vez los postulados del Estado de Derecho; su entramado legal e institucional elaborado en aras de la protección de la autonomía de los ciudadanos constituye, sin embargo, una muy pobre realización de tales postulados. • En primer lugar, porque el Estado liberal se levanta sobre unas instituciones políticas poco representativas, el derecho al voto está censitariamente limitado a un segmento de población. El Estado liberal requería una transformación con el fin de hacer efectiva para todos los ciudadanos la promesa de autonomía con la que inicia su andadura. La extensión de los derechos políticos, así como el establecimiento de los llamados derechos sociales persiguen esa meta, son funcionales al logro del objetivo de facilitar a todos la posibilidad de desarrollar un plan de vida autónomo. • El resultado de esa transformación es el Estado social de Derecho. Una forma estatal en la cual, además, la ausencia de intervención del Estado en la sociedad no se considera ya un requisito para la prosperidad general, pues el autogobierno de la sociedad a través de las leyes del mercado ha demostrado ser insuficiente para evitar una distribución muy desigual de la riqueza.
  • 14.
    DESLINDES ENTRE ÉTICA,DERECHO Y POLÍTICA • El Estado constitucional. Las constituciones típicas del Estado liberal se caracterizan por establecer las líneas generales de la organización del poder público, los órganos, sus competencias y procedimientos de actuación. • Las constituciones posteriores a la embestida totalitaria contra los sistemas políticos democrático-liberales incluyen también catálogos de derechos fundamentales, derechos que conservan la función que les asigna el liberalismo: asegurar jurídicamente, una vez desarrollados por el legislador, esferas de libertad individual frente a las injerencias del Estado en ellas.
  • 15.
    LA DEFENSA DELA ÉTICA COMO TEORÍAY PRÁCTICA POSITIVA • De la Ética a la deontología. Centramos la atención en el concepto de Deontología y su relación con la ética (modo de ser, carácter; lo moralmente correcto a través de un saber práctico y reflexión) y con la moral (costumbre). • Bentham la presenta como una rama de la ética, entendiendo que el objeto de esta son los deberes y las normas morales. Es decir, las conductas humanas calificables como morales. • Sin embargo, es una rama particular de la ética que se circunscribe a los deberes y obligaciones morales que tienen las personas en el ejercicio de una profesión concreta. • en un primer momento (Bentham) se refería a la aplicación de ética normativa que investigaba los deberes morales de la conducta de la profesión y se guiaba por la razón práctica. En un segundo momento, se entiende como el conjunto de normas de carácter prescriptivo, adoptadas para el ejercicio de una profesión según el punto de vista de quienes la practican. En esta segunda fase no se investiga sobre lo bueno o lo malo sino sobre los criterios comunes sobre deberes morales específicos que los profesionales creen tener y por los cuales han de responder antes sus colegas de profesión y ante el resto de la sociedad. Se confía, por consiguiente, a la opinión de los propios profesionales, plasmada en códigos deontológicos o de buenas prácticas aprobados por los propios colegios y asociaciones profesionales. Sigue siendo un tratado sobre los deberes, pero confiado, no a la Ética filosófica fuente de la moral racional y crítica, sino a la moral positiva de los grupos profesionales.
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    DIFERENCIAS ENTRE ÉTICAPROFESIONALY DEONTOLOGÍA PROFESIONAL ÉTICA PROFESIONAL • Su objeto es el estudio del bien o de lo bueno. • Es independiente de las normas deontológicas. No está recogida en normas ni en códigos. No las necesita, sino que las dirige e inspira. • No es exigible a los profesionales. • Es considerada como una parte de la ética aplicada. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL • Su objeto es el estudio del deber o los Deberes. • Se recoge en un conjunto de normas de carácter prescriptivo orientado al ejercicio de una profesión, que da lugar a los códigos deontológicos. • Estas normas son aprobadas por los profesionales. • Se ubica entre la Moral y el Derecho.