El documento resume la respuesta de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a una solicitud para desbloquear dos cuentas bancarias. La Comisión explica que bloqueó las cuentas debido a una orden de embargo precautorio emitida por el Servicio de Administración Tributaria por una deuda fiscal. La Comisión no puede desbloquear las cuentas sin una orden de la autoridad tributaria para levantar el embargo. Se le pide al solicitante que se comunique con dicha autoridad para obtener más información sobre la deuda.
ARRENDAMIENTO: Se muestra como hacer una carta notarial para que le devuelvan su casa dada en arrendamiento cuando los inquilinos actúan afectando las buenas costumbres y el orden público (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
ARRENDAMIENTO: Se muestra como hacer una carta notarial para que le devuelvan su casa dada en arrendamiento cuando los inquilinos actúan afectando las buenas costumbres y el orden público (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Conste por el presente documento privado de contrato de préstamo de dinero con garantía de haberes/rentas y pagos globales, que legalmente tendrá la eficacia y validez de Instrumento Público, con el solo reconocimiento de firmas y/o rubricas, suscrito bajo las clausulas y condiciones siguientes
Como se redacta una solictud para conciliar en materia de indemnizacion por daños y perjuicios.-CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL HANS KENSEL--AV CESAR CANEVARO MZA M-LOTE 13- TELEFONO 2768760---CEL DIRECTOR 917027195---LIMA--PERU
En el informe de la comisión nombrada por el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, se hace una narración de los hechos y la justificación que llevaron a la liquidación forzosa del Banco Continental y se presenta un detalle sobre las devoluciones del dinero a los ahorrantes, lo que se ha hecho en un 85 por ciento.
Conste por el presente documento privado de contrato de préstamo de dinero con garantía de haberes/rentas y pagos globales, que legalmente tendrá la eficacia y validez de Instrumento Público, con el solo reconocimiento de firmas y/o rubricas, suscrito bajo las clausulas y condiciones siguientes
Como se redacta una solictud para conciliar en materia de indemnizacion por daños y perjuicios.-CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL HANS KENSEL--AV CESAR CANEVARO MZA M-LOTE 13- TELEFONO 2768760---CEL DIRECTOR 917027195---LIMA--PERU
En el informe de la comisión nombrada por el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, se hace una narración de los hechos y la justificación que llevaron a la liquidación forzosa del Banco Continental y se presenta un detalle sobre las devoluciones del dinero a los ahorrantes, lo que se ha hecho en un 85 por ciento.
Pierde demanda por más de $7 millones la empresa Rioja Vial SAU
Contestacion
1. “…
Cancún, Quintana Roo, a 13 de diciembre de 2003.
COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES.
VICEPRESIDENCIA JURÍDICA.
AT´ N: LIC. BENJAMIN VIDARGAS ROJAS.
Con fecha 3 de diciembre del presente año fueron bloqueadas las cuentas
de cheques del banco Bital, S.A No. 1828278923729, a nombre de Juanito
y/o Britney Jean Spears y la cuenta 1828278923730 a nombre de Alfredo
Cuéllar Labarthe y/o William Gutiérrez Levy, con el número de oficio 601-I-
293641. Este número me fue proporcionado por el Banco pero
desafortunadamente no tengo conocimiento del motivo por el que se
procedió al bloqueo de estas cuentas.
En atención a ello me dirijo a ustedes para solicitarles de la manera más
atenta se sirvan desbloquear las cuentas citadas y de igual manera me
informen las razones de los bloqueos.
Agradeciendo sus atenciones a la presente espero su pronta respuesta.
A t e n t a m e n t e.
Juanito.
Domicilio: Carretera Cancún-Playa del Carmen, Km. 11.5 Mza. 1 lote 1
SM. 299 C.P. 77565 Cancún, Quintana Roo.
Correo electrónico: cuellar@webtelmex.net.mx
…”
2. Cancún, Quintana Roo, a 2 de mayo de 2004.
C. JUANITO.
DOMICILIO: CARRETERA CANCÚN-PLAYA DEL CARMEN, KM. 11.5
MZA. 1 LOTE 1 SM. 299 C.P. 77565 CANCÚN, QUINTANA ROO.
Me refiero a su escrito de fecha 13 de diciembre de 2010, mediante
el cual solicita se le informe el motivo del bloqueo de sus cuentas
de cheques de la institución de Crédito denominada Banco Bital,
números 1828278923729 y 1828278923730, así como el
desbloqueo de las mismas.
Sobre el particular, me permito manifestarle que esta unidad
administrativa en ejercicio de las facultades que le confiere el
artículo 36 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores, atiende las ordenes de aseguramiento o
desbloqueo de cuentas formuladas por las autoridades judiciales,
hacendarias o administrativas competentes.
En ese sentido, el Servicio de Administración Tributaria,
Administración Local de Auditoría Fiscal del Norte del estado de
Quintana Roo con sede en el Cancún, comunicó a esta Comisión la
imposibilidad de notificar la Orden de Visita No. IPF1300110/10,
contenida en el oficio No. 324-SAT-09-III-E-a-2-69497 de fecha 27
de junio de 2010, por el ejercicio fiscal comprendido del 1 de enero
de 2009 al 31 de diciembre del 2009, como sujeto directo en materia
de Impuesto Sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado, y
atendiendo a las consideraciones formuladas por la Autoridad,
solicitó el embargo precautorio correspondiente, por lo que es
conveniente se dirija a dicha Administración Local para que le
proporcione más información al respecto.
Aunado a lo anterior, y en relación a su petición de que sean
desbloqueadas dichas cuentas bancarias, le manifestamos que este
órgano desconcentrado se encuentra imposibilitado para atender su
solicitud, toda vez que es necesario la notificación del oficio de la
autoridad ejecutora con la orden de levantar el embargo que nos
ocupa.
Sin otro particular, le reitero las seguridades de mi distinguida
consideración.
Atentamente
LIC. IRENE GOMEZ ISLAS
Gerente