1. CARTA NOTARIAL
Lima, 01 de febrero de 2016.
Señor:
JUAN ELEAZAR ZAPATA RAMOS
Jr. Amazonas N° 371
Tarma.
De mi especial consideración:
Por medio de la presente que se le será entregada por conducto notarial; y, en
atención al contrato de arrendamiento de fecha 01 de septiembre de 2015,
referente a la cláusula cuarta, indica que la fecha de pago de la merced
conductiva debe ser abonada dentro del primer día útil de cada mes.
Sin embargo, Ud. ha venido incumpliendo con lo acordado en el presente
contrato, efectuando el pago de la merced conductiva fuera de la fecha
acordada (es decir después de 45 días), sin ni siquiera habérseme comunicado
de ello.
Por lo que lo requiero para que cumpla lo pactado en la cláusula cuarta del
presente contrato, haciéndole saber que su impuntual pago me genera
numeroso perjuicios, indicándole que no tolerare más retrasos. De reiterarse
su incumplimiento tomare las acciones legales pertinentes.
Sin otro particular.
Atentamente,
HILDA GUILLERMINA RASCHIO JORDÁN DE CÓRDOVA
DNI N° 08239694
Jr. Mariscal Agustín Gamarra N° 327
Urb. El Pino, San Luis, Lima.
2. CARTA NOTARIAL
Lima, 01 de febrero de 2016.
Señor:
JOSE LEONCIO BARRETO HUAYNATE
Jr. Dos de Mayo N° 421 -Altos
Tarma.
Ref: Contrato de arrendamiento de fecha 01 de septiembre de 2015.
De mi especial consideración:
Por medio de la presente que se le será entregada por conducto notarial; y, en
atención al contrato de arrendamiento de fecha 01 de septiembre de 2015;
referente a la cláusula cuarta, indica que la fecha de pago de la merced
conductiva debe ser abonada dentro del primer día útil de cada mes.
Sin embargo, Ud. ha venido incumpliendo con lo acordado en el presente
contrato, efectuando el pago de la merced conductiva fuera de la fecha
acordada (es decir después de 45 días), sin ni siquiera habérseme comunicado
de ello.
Por lo que lo requiero para que cumpla lo pactado en la cláusula cuarta. del
presente contrato, haciéndole saber que su impuntual pago me genera
numeroso perjuicios, indicándole que no tolerare más retrasos. De reiterarse
su incumplimiento tomare las acciones legales pertinentes.
Sin otro particular.
Atentamente,
HILDA GUILLERMINA RASCHIO JORDÁN DE CÓRDOVA
DNI N° 08239694
Jr. Mariscal Agustín Gamarra N° 327
Urb. El Pino, San Luis, Lima.
3. CARTA NOTARIAL
Lima, 01 de febrero de 2016.
Señor:
BETTY HERMELINDA MAMANI URBANO
Jr. Dos de Mayo N° 401
Tarma.
Ref: Contrato de arrendamiento de fecha 03 de enero de 2015.
De mi especial consideración:
Por medio de la presente que se le será entregada por conducto notarial; y, en
atención al contrato de arrendamiento de fecha 03 de enero de 2015;
referente a la cláusula cuarta, indica que la fecha de pago de la merced
conductiva debe ser abonada dentro de los cinco primeros días de cada mes.
Sin embargo, Ud. ha venido incumpliendo con lo acordado en el presente
contrato, efectuando el pago de la merced conductiva fuera de la fecha
acordada (es decir después de 45 días), sin ni siquiera habérseme comunicado
de ello.
Por lo que lo requiero para que cumpla lo pactado en la cláusula cuarta. del
presente contrato, haciéndole saber que su impuntual pago me genera
numeroso perjuicios, indicándole que no tolerare más retrasos. De reiterarse
su incumplimiento tomare las acciones legales pertinentes.
Sin otro particular.
Atentamente,
HILDA GUILLERMINA RASCHIO JORDÁN DE CÓRDOVA
DNI N° 08239694
Jr. Mariscal Agustín Gamarra N° 327
Urb. El Pino, San Luis, Lima.
4. CARTA NOTARIAL
Lima, 01 de febrero de 2016.
Señor:
EFRAIN SOLIS AYLAS ESPIRITU
Jr. Amazonas N° 373
Tarma.
Ref: Contrato de arrendamiento de fecha 01 de septiembre de 2015.
De mi especial consideración:
Por medio de la presente que se le será entregada por conducto notarial; y, en
atención al contrato de arrendamiento de fecha 01 de septiembre de 2015;
referente a la cláusula cuarta, indica que la fecha de pago de la merced
conductiva a pagarse es por mes adelantado y debe ser abonada dentro de los
cinco primeros días de cada mes.
Sin embargo, Ud. ha venido incumpliendo con lo acordado en el presente
contrato, efectuando el pago de la merced conductiva fuera de la fecha
acordada (es decir después de 45 días), sin ni siquiera habérseme comunicado
de ello.
Por lo que lo requiero para que cumpla lo pactado en la cláusula cuarta. del
presente contrato, haciéndole saber que su impuntual pago me genera
numeroso perjuicios, indicándole que no tolerare más retrasos. De reiterarse
su incumplimiento tomare las acciones legales pertinentes.
Sin otro particular.
Atentamente,
HILDA GUILLERMINA RASCHIO JORDÁN DE CÓRDOVA
DNI N° 08239694
Jr. Mariscal Agustín Gamarra N° 327
Urb. El Pino, San Luis, Lima.
5. CARTA NOTARIAL
Lima, 01 de febrero de 2016.
Señor:
EFRAIN SOLIS AYLAS ESPIRITU
Jr. Amazonas N° 357
Tarma.
Ref: Contrato de arrendamiento de fecha 01 de marzo de 2015.
De mi especial consideración:
Por medio de la presente que se le será entregada por conducto notarial; y, en
atención al contrato de arrendamiento de fecha 01 de marzo de 2015;
referente a la cláusula cuarta, indica que la fecha de pago de la merced
conductiva a pagarse es por mes adelantado y debe ser abonada dentro de los
cinco primeros días de cada mes.
Sin embargo, Ud. ha venido incumpliendo con lo acordado en el presente
contrato, efectuando el pago de la merced conductiva fuera de la fecha
acordada (es decir después de 45 días), sin ni siquiera habérseme comunicado
de ello.
Por lo que lo requiero para que cumpla lo pactado en la cláusula cuarta. del
presente contrato, haciéndole saber que su impuntual pago me genera
numeroso perjuicios, indicándole que no tolerare más retrasos. De reiterarse
su incumplimiento tomare las acciones legales pertinentes.
Sin otro particular.
Atentamente,
HILDA GUILLERMINA RASCHIO JORDÁN DE CÓRDOVA
DNI N° 08239694
Jr. Mariscal Agustín Gamarra N° 327
Urb. El Pino, San Luis, Lima.
6. CARTA NOTARIAL
Lima, 01 de febrero de 2016.
Señor:
ELADIO MARCIAL VILCHEZ
Jr. Dos de Mayo N° 409
Tarma.
Ref: Contrato de arrendamiento de fecha 01 de septiembre de 2015.
De mi especial consideración:
Por medio de la presente que se le será entregada por conducto notarial; y, en
atención al contrato de arrendamiento de fecha 01 de septiembre de 2015;
referente a la cláusula cuarta, indica que la fecha de pago de la merced
conductiva a pagarse es por mes adelantado y debe ser abonada dentro de los
cinco primeros días de cada mes.
Sin embargo, Ud. ha venido incumpliendo con lo acordado en el presente
contrato, efectuando el pago de la merced conductiva fuera de la fecha
acordada (es decir después de 45 días), sin ni siquiera habérseme comunicado
de ello.
Por lo que lo requiero para que cumpla lo pactado en la cláusula cuarta. del
presente contrato, haciéndole saber que su impuntual pago me genera
numeroso perjuicios, indicándole que no tolerare más retrasos. De reiterarse
su incumplimiento tomare las acciones legales pertinentes.
Sin otro particular.
Atentamente,
HILDA GUILLERMINA RASCHIO JORDÁN DE CÓRDOVA
DNI N° 08239694
Jr. Mariscal Agustín Gamarra N° 327
Urb. El Pino, San Luis, Lima.
7. CARTA NOTARIAL
Lima, 01 de febrero de 2016.
Señor:
FLAVIA FAUSTINA ARELLANO SINCHI
Jr. Amazonas N° 353
Tarma.
Ref: Contrato de arrendamiento de fecha 01 de abril de 2015.
De mi especial consideración:
Por medio de la presente que se le será entregada por conducto notarial; y, en
atención al contrato de arrendamiento de fecha 01 de abril de 2015; referente
a la cláusula cuarta, indica que la fecha de pago de la merced conductiva a
pagarse es por mes adelantado y debe ser abonada dentro de los cinco
primeros días de cada mes.
Sin embargo, Ud. ha venido incumpliendo con lo acordado en el presente
contrato, efectuando el pago de la merced conductiva fuera de la fecha
acordada (es decir después de 45 días), sin ni siquiera habérseme comunicado
de ello.
Por lo que lo requiero para que cumpla lo pactado en la cláusula cuarta. del
presente contrato, haciéndole saber que su impuntual pago me genera
numeroso perjuicios, indicándole que no tolerare más retrasos. De reiterarse
su incumplimiento tomare las acciones legales pertinentes.
Sin otro particular.
Atentamente,
HILDA GUILLERMINA RASCHIO JORDÁN DE CÓRDOVA
DNI N° 08239694
Jr. Mariscal Agustín Gamarra N° 327
Urb. El Pino, San Luis, Lima.
8. CARTA NOTARIAL
Lima, 01 de febrero de 2016.
Señor:
OSCAR PAUL VILCHEZ CAMARGO
Jr. Dos de Mayo N° 415
Tarma.
Ref: Contrato de arrendamiento de fecha 01 de julio de 2015.
De mi especial consideración:
Por medio de la presente que se le será entregada por conducto notarial; y, en
atención al contrato de arrendamiento de fecha 01 de julio de 2015; referente
a la cláusula cuarta, indica que la fecha de pago de la merced conductiva a
pagarse es por mes adelantado y debe ser abonada dentro de los cinco
primeros días de cada mes.
Sin embargo, Ud. ha venido incumpliendo con lo acordado en el presente
contrato, efectuando el pago de la merced conductiva fuera de la fecha
acordada (es decir después de 45 días), sin ni siquiera habérseme comunicado
de ello.
Por lo que lo requiero para que cumpla lo pactado en la cláusula cuarta. del
presente contrato, haciéndole saber que su impuntual pago me genera
numeroso perjuicios, indicándole que no tolerare más retrasos. De reiterarse
su incumplimiento tomare las acciones legales pertinentes.
Sin otro particular.
Atentamente,
HILDA GUILLERMINA RASCHIO JORDÁN DE CÓRDOVA
DNI N° 08239694
Jr. Mariscal Agustín Gamarra N° 327
Urb. El Pino, San Luis, Lima.