1. Historia de la Administración en España
Años siguientes Gobernada por el poder absoluto de un magistrado.
-
a la conquista Sujeta al pago del impuesto provincial.
-
de Sicilia y
Cerdeña
Octavio asume una nueva magistratura vitalicia como Príncipe.
-
Principado de Las provincias de todo el mundo quedan sometidas al poder del
-
Octavio Príncipe.
(Principios del Subsisten las asambleas y magistraturas de la República.
-
siglo I) Superación del Estado-ciudad.
-
PRINCIPADOS Y
MONARQUÍA ABSOLUTA
Poder del príncipe limitado por las leyes
-
Principado Incremento gradual de poder político, militar y financiero del
-
de Augusto Príncipe.
El senado deja de participar en el gobierno y todo el poder se
-
Monarquía concentra en el emperador.
Absoluta de Los habitantes pasan de ser ciudadanos a ser súbditos.
-
Diocleciano (Fines Profunda transformación de la constitución política del mundo
-
de siglo III) romano y del régimen provincial.
Ann Karin Navarro Fernández
1
2. Historia de la Administración en España
Victoria militar de Los romanos consideraron a Hispania como provincia de Roma.
-
escisión sobre los Hispania aún no tiene una organización definida.
-
cartagineses (año Gobernada por dos magistrados con el título de procónsules.
-
206 a.C.)
Se establecen las primeras bases e Hispania qieda dividida en dos
-
provincias: la Hispania Citerior y la Hispania Ulterior. El gobierno de
cada una fue confiado a un Pretor con amplios poderes; algunas
Año 197 a.C. veces éstos quedaron bajo la supervisión de un Cónsul o Procónsul
enviado por Roma como gobernador de ambas provincias.
Aún no se cuenta con una verdadera organización administrativa.
-
Llega la comisión de diez senadores que organizan provincias y
-
Año 133 a.C. regulan su constitución político-administrativa según el estatuto
escrito o Lex Provinciae.
RÉGIMEN y DIVISIÓN
PROVINCIAL EN LA
HISPANIA ROMANA
Augusto procede a una reorganización provincial de Hispania. A la
-
Citerior se le agregó años más tarde el nombre de Tarraconense y
la Ulterior quedó dividida en dos provincias: la provincia Hispania
Ulterior Baetica y la provincia Hispania Ulterior Lusitania.
Con la instauración del Principado el Estado romano adoptó una
-
forma de gobierno dúplice, el poder quedó dividido entre el Príncipe
Comienzos
y el Senado y el gobierno de las provincias se repartió entre ellos.
del
Las provincias Citerior y la Lusitania fueron provincias imperiales,
-
Principado
en las cuales gobernaba y administraba un lugarteniente en
nombre del rey, (atribuciones administrativas, judiciales y militares).
La provincia Bética fue senatorial; el Senado designaba
-
anualmente un procónsul a quien correspondía el gobierno y
administración, mas no el mando militar.
Ann Karin Navarro Fernández
2
3. Historia de la Administración en España
Augusto modificó las fronteras.
-
La provincia Citerior se dividió en distritos administrativos y todas las
-
provincias en circunscripciones judiciales.
La división en las tres provincias de la Tarraconense, la Bética y la
-
Entre el año 7 y
Lusitania persistió hasta el año 284.
el 2 a.C.
Durante el Principado los habitantes de las ciudades de una provincia
-
tuvieron una intervención en el gobierno a través de las Asambleas
provinciales en las que al principio se rendía culto al Emperador y
más tarde sirvieron para dirigir peticiones y reclamaciones al
Emperador o al Senado o acusar al gobernador por una mala admón.
En el Bajo Imperio la Administración quedó fundamentada en una
-
burocracia jerarquizada y el Emperador se rodeó de funcionarios que
formaron su Palatium, centro administrativo del Imperio.
La división en provincias imperiales y senatoriales desapareció por
-
completo.
Dioclesiano y Constantino transformaron radicalmente la estructura
-
política y administrativa del imperio.
RÉGIMEN y DIVISIÓN
Dioclesiano dividió el imperio en dos zonas: Oriente y Occidente.
-
PROVINCIAL EN LA
Cada zona fue dividida en otras dos con el nombre de Prefecturas, al
HISPANIA ROMANA
frente de las cuales estaba un prefecto directamente sometido al
Bajo Imperio Emperador.
Italia y las Galias fueron las prefecturas de Occidente y se dividieron
-
en varias Diócesis gobernadas por Vicarios que nombraba el mismo
emperador. España pasó a ser una de las tres diócesis en que se
dividía la Prefectura de las Galias: La Diócesis de las Españas.
Ésta diócesis quedó bajo la autoridad de un “Vicario de las Españas”
-
que era un delegado del Emperador, sin mando militar y encargado
de la administración civil.
En cada una de las provincias que integraban la Diócesis de las
-
Españas, los procónsules y propetores fueron sustituidos por
gobernadores sin mando ni atribuciones militares.
Finalmente, en el Bajo Imperio la Diócesis de las Españas se dividía
-
en siete provincias: la Tarraconense, la Bética, la Lusitania, la
Cartaginense, la Galletia, la Mauritania-Tingitana y la Baleares.
Ann Karin Navarro Fernández
3
4. Ciudad a la que, por concesión especial del pueblo
-
Historia de la Administración en España y del Senado romanos, se otorgaba una
Municipios constitución político-administrativa análoga a la de
latinos Roma.
Tipos de
Ciudad dominada por Roma en la que se
-
municipio Municipios establecían ciudadanos romanos, podía ser
romanos fundada o no por los romanos.
Se componía de municipes o de coloni en las colonias o municipios
-
romanos, de domiciliados en la ciudad sin ciudadanía en ella y de
Población
huéspedes que residen transitoriamente en la ciudad.
Comprendía ciudadanos y domiciliados y se dividía en
-
agrupaciones, “tribus” en las colonias, y “curiae” en los
Pueblo municipios.
RÉGIMEN MUNICIPAL EN El pueblo elegía a los magistrados de la ciudad y para
-
LA HISPANIA ROMANA Y ello se reunía por tribus y curias en los comicios.
SU ORGANIZACIÓN
POLÍTICO-
ADMINISTRATIVA
Los magistrados duraban un año en su cargoy se
-
agrupaban en “collegia”. No estaban retribuidos, su
cargo era honorífico y tenían que responder con su
patrimonio personal de los perjuicios económicos que su
Gobierno y gestión podía causar y para ello prestaban una fianza.
administración Los magistrados supremos de los Municipios eran los
-
Dunviros que convocaban y presidían los comicios y la
Curia. Tenían jurisdicción civil y criminal y ejercían
Magistrados
algunas funciones militares.
Los Ediles eran funcionarios auxiliares de los dunviros,
-
encargados de la policía, de la ciudad, vigilancia de las
calles, etc. Podían imponer medidas disciplinarias.
Eran elegidos por el pueblo hasta que en el siglo II la
-
designación se hizo en reunión de la Curia y a propuesta
de los magistrados salientes.
Ann Karin Navarro Fernández
4
5. Historia de la Administración en España
Para hacer cada cinco años el censo y el padrón de la
-
riqueza de la ciudad de nombraban en el año
correspondiente unos magistrados especiales (duoviri
quinquennales)
Solía haber también dos quaestores que administraban
-
la hacienda municipal, y los sacerdotes que tenían a su
cargo el culto local, y otros seis (seviros augustales) a
quienes correspondía el culto al Emperador.
Magistrados
Para ser magistrado o funcionario municipal era
-
necesario ser de condición originalmente libre, haber
cumplido una edad determinada y no haber sufrido
condena.
En las ciudades cuyo gobierno era deficiente, el
-
Emperador nombraba un administrador (curator civitatis)
Era una asamblea permanente compuesta de unos cien
-
miembros. Asamblea legislativa, consultiva y deliberate
que conocía asuntos políticos, administrativos, judiciales
y militares de la ciudad y cuyos acuerdos obligaban a los
magistrados.
Los miembros del senado, decuriones, pertenecían a
-
Curia o Senado diversas categorías, en orden de importancia: patrono,
antiguos funcionarios, ciudadanos, e hijos de los
miembros de la Curia.
Para ser decurión era también preciso poseer patrimonio
-
y ser ingenuo. La Curia municipal se renovaba cada cinco
años.
Ann Karin Navarro Fernández
5
6. Historia de la Administración en España
- Mecanismo básico de la Administración
regia.
- Este sistema con el Consejo de Castilla
que posteriormente se va fraccionando
en varios otros.
- Son órganos colegiados cuyo
Presidente es un miembro de la alta
clase.
Características y - En los Consejos de Estado y de Guerra
composición no existe Presidente, por serlo
teóricamente el Rey, pero
efectivamente el poder recae en el
Secretario
- Luego de los miembros del Consejo
está el personal formado por el
Secretario y los Oficiales.
ADMINISTRACIÓN
ESPAÑOLA EN EL Órganos centrales Consejo
ANTIGUO RÉGIMEN,
ÉPOCA DE LOS
- El Secretario actúa como jefe de los
AUSTRIAS.
Oficiales a quienes el Rey nombraba y
cesaba a propuesta suya.
- El Oficial Mayor supervisaba el trabajo
de los demás oficiales.
- Los Consejos ejercen competencias de
Funciones
asesoramiento e informe, además de
ser órganos judiciales y
administrativos.
Ann Karin Navarro Fernández
6
7. Historia de la Administración en España
- La crisis del sistema originada por el poder y
prominencia de los Secretarios de Estado y de
Guerra, quienes conocen de todos los asuntos y
gozan de un poder por encima de los demás
Problemas empleados.
- Prepotencia de los validos que oscurecen el
papel de los Secretarios de Consejo.
- Corrupción de los Consejos y sus Secretarios.
- El régimen general es el de señorío.
- Con el cojunto de señoríos coexiste un pequeño
número de municipios.
- En virtud del municipio, los vecinos de una villa
Características y se autogobiernan, de acuerdo a lo dispuesto en
ADMINISTRACIÓN composición los fueros medievales.
ESPAÑOLA EN EL - Se compone generalmente de regidores y
ANTIGUO RÉGIMEN, alcaldes. Bajo las órdenes de los anteriores
ÉPOCA DE LOS actúan los secretarios, escribanos y alguaciles.
AUSTRIAS.
Municipios
Órganos
- Los principales agentes son los corregidores
territoriales
que gobiernan al mismo tiempo que los
regidores, miembros del órgano colegiado que
es el Ayuntamiento. Son nombrados por el Rey a
propuesta del Consejo de Castilla del que
dependen. Reciben su remuneración del
Funciones
Ayuntamiento. Sus competencias son el
mantenimiento del orden pública y otras
militares, fiscales y de política económica, así
como jurisdiccional.
- Existen corregidores letrados y caballeros.
Ann Karin Navarro Fernández
7
8. Historia de la Administración en España
- Organización pronto afectada por la veta de
oficios.
- La crisis de las Comunidades de Castilla afecta
a la figura de los Corregidores y la vida municpal
va perdiendo vitalidad.
- Los cargos de regidor caen en manos de la
Problemas nobleza dada la escasa movilidad de la
sociedad estamental.
- La venta de oficios provoca el acceso a los
puestos de regidor de personas con capacidad
financiera.
- Los nombramientos se hacen a favor de
personas menos dignas y capaces.
Ann Karin Navarro Fernández
8
9. Historia de la Administración en España
- Tránsito del sistema de los Consejos al
de los Secretarios de Despacho.
- Se realiza una reforma para dividir las
competencias entre dos Secretarios y
posteriormente se dividen en cinco
Secretarios.
Características y
- La reforma no desaparece los
composición
Consejos, esto siguen existiendo salvo
los que ya no tienen sentido después
de la guerra.
- Los Consejos atienen sus
competencias consultivas y
jurisdiccionales, pero al ser privados de
ADMINISTRACIÓN las administrativas pierden poder.
Secretarios
ESPAÑOLA EN EL Órganos centrales - Del Consejo de Castilla dependen los
de
ANTIGUO RÉGIMEN, corregidores y los tribunales de justicia.
Despacho
SIGLO XVIII Funciones - Durante los primeros años las
Secretarías de Despacho coexisten con
el Intendente de Hacienda hasta la
desaparición de éste.
- Los Secretarios no forman un gobierno
en el sentido actual ya que despachan
uno a uno los asuntos con el Rey.
- Crónicos problemas se competencia
entre los Secretarios.
- Preocupación por el régimen de los
funcionarios, por lo que Felipe V llega a
Problemas
dictar una disposición ordenando la
estabilidad de los oficiales de las
Secretarías.
Ann Karin Navarro Fernández
9
10. Historia de la Administración en España
- Carlos III intenta combatir la
decadencia de los municipios y crea los
alcaldes de barrio y generaliza en todos
Características y los Ayuntamientos las figuras de los
composición síndicos personeros y diputados del
común para que representen a los
vecinos.
- Los Intendentes tienen un orden
superior a los Corregidores. Tienen
competencia sobre lo que se llama
entonces una provincia. Ente los
Funciones intendentes hay que distinguir los de
ejército con el mando militar y los de
ADMINISTRACIÓN Municipios provincia que en todo caso tienen
Órganos
ESPAÑOLA EN EL atribuciones que se extienden a la
territoriales
ANTIGUO RÉGIMEN, hacienda.
SIGLO XVIII
- Prosigue la decadencia de la vida
municipal iniciada el siglo anterior.
- La venta de los oficios continúa.
- El control que ejerce el Consejo de
Castilla es completo.
- Los límites de la provincia no son
Problemas claros y se confunden con las
divisiones internas de las mismas
llamadas partidos.
- Existen fricciones entre Corregidores e
Intendentes que dan lugar a reformas
de competencias.
Ann Karin Navarro Fernández
10