1. Recurso: Doel Rivera Santana,
Técnico de OSIATD
Preparada por: Lee Ann Ferrer,
Maestra Bibliotecaria
2. *Es un anglicismo que no forma parte del
diccionario de la Real Academia Española (RAE),
pero cuya utilización es cada vez más habitual en
nuestro idioma.
*El concepto se refiere al acoso escolar y a toda
forma de maltrato físico, verbal o psicológico
que se produce entre escolares, de forma
reiterada y a lo largo del tiempo.
3. *Con las nuevas tecnologías, el “bullying” se
ha extendido al hogar de las víctimas, en lo
que se conoce como “cyberbullying”.
*Los acosadores se encargan de molestar a
través de Internet, con correos
electrónicos intimidatorios, la difusión de
fotografías retocadas, la difamación en
redes sociales y hasta la creación de
páginas web con contenidos agresivos.
4. *El acoso cibernético es diferente al acoso
personal; esto no solo porque Internet funciona
24 horas los siete días de la semana, sino porque
el alcance trasciende mucho más allá del plantel
escolar.
*De acuerdo a la página www.stopbullying.gov,
administrada por el Departamento de Salud y
Servicios Humanos de Estados Unidos, los niños
que sufren de “cyberbullying” se les hace más
difícil librarse de ese comportamiento.
5.
6. *Mejor conocido como el
Ciberacoso o acoso cibernético,
es el uso de información
electrónica y medios de
comunicación, tales como: correo
electrónico, redes sociales, blogs,
mensajería instantánea, mensajes
de texto, teléfonos móviles, y
“websites” difamatorios para
acosar a un individuo o grupo,
mediante ataques personales u
otros medios.
7. *El acoso puede suceder cuando el niño o la
niña están solos a cualquier hora del día o la
noche.
*Los mensajes o imágenes pueden ser
„posteados‟ anónimamente y distribuidos a
una gran audiencia en poco tiempo.
*Es difícil saber la fuente de éstos.
*Es sumamente difícil borrarlos del sistema
luego de que han sido publicados o enviados.
8. *El anonimato, la no percepción directa
e inmediata del daño causado y la
adopción de roles imaginarios en la Red
convierten al ciberacoso en un grave
problema.
9. *Dar de alta, con foto incluida, a la víctima en un web donde se
trata de votar a la persona más fea, a la menos inteligente… y
cargarle de puntos o votos para que aparezca en los primeros
lugares.
*Crear un perfil o espacio falso en nombre de la víctima, en redes
sociales o foros, donde se escriban a modo de confesiones en
primera persona determinados acontecimientos personales…
*Dejar comentarios ofensivos en foros o participar agresivamente en
chats haciéndose pasar por la víctima de manera que las reacciones
vayan posteriormente dirigidas a quien ha sufrido la usurpación de
personalidad.
*Dando de alta la dirección de correo electrónico en determinados
sitios para que luego sea víctima de spam, de contactos con
desconocidos…
*Usurpar su clave de correo electrónico para, además de cambiarla
de forma que su legítimo propietario no lo pueda consultar, leer los
mensajes que a su buzón le llegan violando su intimidad.
10. *
*Provocar a la víctima en servicios web que cuentan con una
persona responsable de vigilar o moderar lo que allí pasa
(chats, juegos online, comunidades virtuales…) para
conseguir una reacción violenta que, una vez denunciada o
evidenciada, le suponga la exclusión de quien realmente
venía siendo la víctima.
*Hacer circular rumores en los cuales a la víctima se le
suponga un comportamiento reprochable, ofensivo o desleal,
de forma que sean otros quienes, sin poner en duda lo que
leen, ejerzan sus propias formas de represalia o acoso.
*Enviar mensajes amenazantes por e-mail o texto, perseguir y
acechar a la víctima en los lugares de Internet en los que se
relaciona de manera habitual provocándole una sensación de
completo agobio.
11. *No contestes a las provocaciones y no reenvíes mensajes de
ciberacoso. Cuenta hasta cien y piensa en otra cosa.
*Compórtate con educación en la Red.
*Si te molestan, abandona la conexión y pide ayuda.
*Bloquea a la persona que realiza el ciberacoso.
*No facilites datos personales. Te sentirás más protegido/a.
*No hagas en la Red lo que no harías a la cara.
*No pienses que estás del todo seguro/a al otro lado de la pantalla.
*Advierte a quien abusa de que está cometiendo un delito.
*Si te acosan, guarda las pruebas, es importante documentar y
denunciar la conducta de forma que pueda resolverse.
*Si hay amenazas graves pide ayuda con urgencia.
12. *El ciberacoso puede crear un entorno conflictivo en la
escuela y a menudo se relaciona con el acoso escolar en
persona. Además, la escuela puede utilizar la
información para ayudar a formar sus estrategias de
prevención y respuesta.
*El ciberacoso puede traer consecuencias, tales como:
suspensión y expulsión de la escuela en donde estudie el
“bully”. También, puede llevar a una acusación de
delincuencia juvenil, si el niño tiene cierta edad.
13. *Se enmienda la Ley Núm. 149 de 1999, conocida como
“Ley Orgánica del Departamento de Educación de
Puerto Rico”, a fin de establecer como política pública
la prohibición de actos de hostigamiento e
intimidación („bullying‟) entre los estudiantes de las
escuelas públicas; disponer un código de conducta de
los estudiantes; presentación de informes sobre los
incidentes de hostigamiento e intimidación
(„bullying‟); originar programas y talleres de
capacitación sobre el hostigamiento e intimidación
(„bullying‟); y la remisión anual al Departamento de
Educación de un informe de incidentes de
hostigamiento e intimidación („bullying‟) en las
escuelas públicas.
14. *
Conocida como la Política Pública para establecer el procedimiento
para la implementación del protocolo de prevención, intervención y
seguimiento de casos de acoso escolar (“bullying”) entre estudiantes
en las escuelas públicas de Puerto Rico
Esta política establece el acoso cibernético
(“cyberbullying”) como una de las 4
modalidades principales de acoso escolar.
Según la página 3, <<se considera como
cualquier tipo de acoso ya identificado o
que surja posteriormente, pero que para
efectuar [el mismo] se utiliza la tecnología.
Una sola acción se considera acoso
cibernético, debido a la capacidad de
réplica del acoso.>>
15. *
*La Ley Federal 47
USC sec. 223 hace
referencia al
ciberacoso en los
Estados Unidos.