La Comisión de la Comunidad Andina aprobó el Reglamento del Fondo para el Desarrollo Rural y la Productividad Agropecuaria. El fondo tiene como objetivo financiar proyectos productivos de interés comunitario que mejoren la eficiencia y sostenibilidad de las unidades productivas rurales. El reglamento establece los procedimientos para la presentación, evaluación, selección y financiamiento de proyectos por parte de instituciones públicas y privadas de los países miembros.
Este documento establece la creación de Zonas de Interés de Desarrollo Rural y Económico para promover proyectos asociativos entre empresas y campesinos. Define criterios para la identificación y delimitación de estas zonas y establece incentivos y condiciones para los proyectos asociativos, incluyendo la entrega de baldíos y adquisición de predios. También incluye restricciones relacionadas con zonas de restitución de tierras y desplazamiento.
Este documento describe las pautas para el Incentivo a la Productividad para el Fortalecimiento de la Asistencia Técnica (IAT) en Colombia. El IAT cubre hasta el 80% del costo de los servicios de asistencia técnica para mejorar la producción agrícola. Los beneficiarios deben tener menos de 500 salarios mínimos en activos y contratar asesoría técnica certificada. El incentivo se otorga a través de créditos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario que cubren al menos el 80
El documento describe 6 programas de apoyo al sector agropecuario y rural implementados por la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, incluyendo: 1) Modernización y Tecnificación de Unidades de Riego, 2) Recuperación Productiva del Suelo y Agua, 3) Mejoramiento Genético (Sementales), 4) Recuperación del Hato (Hembras), 5) Fomento Forestal y Recursos Naturales, y 6) Capacitación y Transferencia Tecnológica. Se detallan los objetivos, población objetivo, conceptos
La Entidad Ejecutora de Conversión a Gas Natural Vehicular (EEC-GNV) convoca a presentar expresiones de interés para la compra de 200 motores dedicados a gas natural vehicular instalados. Los interesados podrán presentar sus propuestas hasta el 23 de septiembre de 2013. Se seleccionará una lista corta de proveedores de la cual se elegirá al contratista para proveer los motores de acuerdo a la normativa vigente.
Este documento establece el reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales. Define términos clave como aptitud de la tierra, degradación, gran presión demográfica, entre otros. Establece reglas generales sobre el cambio de clasificación de suelos rurales y los incentivos para la agricultura familiar campesina. También describe el proceso para evaluar el cumplimiento de la función social y ambiental de las tierras, incluyendo parámetros para evaluar los aspectos productivos, económic
Este documento convoca a personas físicas y morales de los estratos E2, E3 y E4 a solicitar incentivos de riesgo compartido para proyectos agrícolas, pecuarios o acuícolas. Los incentivos apoyarán hasta el 95% de la inversión en activos, con un máximo de $500,000 pesos. Los solicitantes deberán aportar al menos el 5% de la inversión para E2 y E3, y el 10% para E4. Los solicitantes necesitan cumplir con diversos requisitos documentales como proyect
Llamado a licitación pública para adquisición de genética de porcinos proyecto: Salto tecnológico y de gestión en pequeñas granjas porcinas” Préstamo: BIRF 7597/ AR.
Este documento presenta la Ley de Hidrocarburos de Bolivia de 2005. Establece que los hidrocarburos son propiedad del Estado boliviano y crea normas para la ejecución de la política de hidrocarburos del país. También refunda Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) para que participe en toda la cadena de hidrocarburos y convierte los contratos existentes a nuevas modalidades establecidas en la ley.
Este documento establece la creación de Zonas de Interés de Desarrollo Rural y Económico para promover proyectos asociativos entre empresas y campesinos. Define criterios para la identificación y delimitación de estas zonas y establece incentivos y condiciones para los proyectos asociativos, incluyendo la entrega de baldíos y adquisición de predios. También incluye restricciones relacionadas con zonas de restitución de tierras y desplazamiento.
Este documento describe las pautas para el Incentivo a la Productividad para el Fortalecimiento de la Asistencia Técnica (IAT) en Colombia. El IAT cubre hasta el 80% del costo de los servicios de asistencia técnica para mejorar la producción agrícola. Los beneficiarios deben tener menos de 500 salarios mínimos en activos y contratar asesoría técnica certificada. El incentivo se otorga a través de créditos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario que cubren al menos el 80
El documento describe 6 programas de apoyo al sector agropecuario y rural implementados por la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, incluyendo: 1) Modernización y Tecnificación de Unidades de Riego, 2) Recuperación Productiva del Suelo y Agua, 3) Mejoramiento Genético (Sementales), 4) Recuperación del Hato (Hembras), 5) Fomento Forestal y Recursos Naturales, y 6) Capacitación y Transferencia Tecnológica. Se detallan los objetivos, población objetivo, conceptos
La Entidad Ejecutora de Conversión a Gas Natural Vehicular (EEC-GNV) convoca a presentar expresiones de interés para la compra de 200 motores dedicados a gas natural vehicular instalados. Los interesados podrán presentar sus propuestas hasta el 23 de septiembre de 2013. Se seleccionará una lista corta de proveedores de la cual se elegirá al contratista para proveer los motores de acuerdo a la normativa vigente.
Este documento establece el reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales. Define términos clave como aptitud de la tierra, degradación, gran presión demográfica, entre otros. Establece reglas generales sobre el cambio de clasificación de suelos rurales y los incentivos para la agricultura familiar campesina. También describe el proceso para evaluar el cumplimiento de la función social y ambiental de las tierras, incluyendo parámetros para evaluar los aspectos productivos, económic
Este documento convoca a personas físicas y morales de los estratos E2, E3 y E4 a solicitar incentivos de riesgo compartido para proyectos agrícolas, pecuarios o acuícolas. Los incentivos apoyarán hasta el 95% de la inversión en activos, con un máximo de $500,000 pesos. Los solicitantes deberán aportar al menos el 5% de la inversión para E2 y E3, y el 10% para E4. Los solicitantes necesitan cumplir con diversos requisitos documentales como proyect
Llamado a licitación pública para adquisición de genética de porcinos proyecto: Salto tecnológico y de gestión en pequeñas granjas porcinas” Préstamo: BIRF 7597/ AR.
Este documento presenta la Ley de Hidrocarburos de Bolivia de 2005. Establece que los hidrocarburos son propiedad del Estado boliviano y crea normas para la ejecución de la política de hidrocarburos del país. También refunda Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) para que participe en toda la cadena de hidrocarburos y convierte los contratos existentes a nuevas modalidades establecidas en la ley.
Este documento modifica el Reglamento de la Ley No 28585, Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado. Las modificaciones incluyen cambios en las definiciones, principios, estrategias de intervención, requisitos, obligaciones, área de proyectos, elaboración de proyectos, proyectos no comprendidos, ponderación, procedimientos de evaluación y selección, incentivos máximos, entrega de incentivos, proyectos financiados y principios y ejecución del Programa de Riego Tecnificado. El objetivo es
Convocatoria de entrega de plantas a las Entidades Locales de la provincia de Burgos para el desarrollo de la campaña de distribución de plantas ornamentales 2017-2018
Este decreto supremo aprueba nuevos reglamentos para la distribución de gas natural por redes en Bolivia. El decreto cita varios artículos de la constitución boliviana que establecen el derecho al acceso universal a los servicios básicos y la responsabilidad del estado de proveer estos servicios. El decreto también abroga un decreto supremo anterior y aprueba dos nuevos reglamentos relacionados con la distribución de gas natural por redes y el diseño, construcción y operación de estas redes.
La ley tiene como objetivo promover inversiones en proyectos de generación eléctrica a partir de fuentes renovables como hidráulica, geotérmica, eólica y solar. Ofrece incentivos fiscales como exención de aranceles de importación para maquinaria e insumos, exención del impuesto sobre la renta por 5 a 10 años dependiendo del tamaño del proyecto, y exención de impuestos sobre ingresos de certificados de emisiones reducidas. Busca fomentar estas energías para proteger el medio ambiente, usar
Este manual proporciona orientación sobre la formulación, presentación y registro de proyectos para acceder a los recursos del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas (FAZNI) en Colombia. Explica el marco legal del FAZNI y cómo se constituyen sus recursos. Además, describe los procedimientos para la identificación, preparación, evaluación y programación de proyectos elegibles para financiamiento, basados en las metodologías del Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional y el
Dirga Images provides portrait photography services with a portfolio of their work available on their website at www.dirgaimages.com. They can be contacted at 619.933.5436 for portrait photography needs.
Lomba menulis artikel ini bertujuan untuk mensosialisasikan program AKSI (Akhlak Bersih) di Surau Baitul Amin, Depok. Pesertanya adalah jamaah surau di bawah Yayasan Prof. Dr. H. Kadirun Yahya dengan tema kebersihan, peradaban, dan akhlak mulia. Pemenang akan mendapat hadiah seperti netbook dan ponsel multimedia. Artikel harus dikirim sebelum 31 Agustus 2011 dengan memenuhi syarat dan ketentuan yang ditentuk
Evaluation of particle shedding and trace metal extraction from high purity p...litch002
The document summarizes a study that evaluated particle shedding and trace metal extraction from nine high purity pumps from three manufacturers. The pumps included positive displacement pumps and magnetically levitated centrifugal pumps. Particle shedding was measured under various operating conditions. The centrifugal pumps consistently shed the fewest particles, with concentrations often near background levels. Operating conditions had little effect on particle counts from the pumps. Trace metal extraction was also evaluated, finding the lowest surface, bulk, and total contamination in the centrifugal pumps. Extraction rates were lowest for two of the centrifugal pump models.
The document summarizes the history and establishment of the Aquitaine-Basque Country Euro-region, a cooperation between the Aquitaine region of France and the Basque Country region of Spain. It was formed in 2006 with the goal of consolidating cooperation between the two regions to achieve greater influence in Europe. The Euro-region operates through the Aquitaine-Basque Country European Grouping of Territorial Cooperation and focuses on policies around accessibility, inclusive and sustainable growth, and regional identity.
This document discusses a portfolio. A portfolio is a collection of work samples that demonstrate an individual's qualifications, skills, and accomplishments. It allows job applicants and students to showcase their talents and abilities to potential employers or admissions committees in a visual format.
This document is a continuing education activity report from the Wisconsin Department of Public Instruction. It provides instructions for library directors to complete and submit the report annually to their library system validator, along with an annual summation of continuing education activities. The report details a specific continuing education program attended by the library director. The program was titled "MacGyver and Google: Beyond the Search Engine" and was a 2-hour workshop that showed how Google tools can be used beyond just searching, and highlighted applications that allow document sharing and phone calls.
Esta ley crea e implementa el programa "Agro, Ingreso Seguro - AIS" en Colombia para proteger los ingresos de los productores agropecuarios ante distorsiones de mercado y mejorar la competitividad del sector. El programa tiene dos componentes: apoyos económicos directos transitorios para productores y apoyos a la competitividad a través de asistencia técnica, crédito y comercialización. Se establece un comité intersectorial y se asignan al menos $400,000 millones de pesos colombianos inicialmente para
Este documento establece la creación de Zonas de Interés de Desarrollo Rural y Económico para promover el desarrollo económico y social de áreas rurales aisladas con altos índices de pobreza. Define los criterios para identificar estas zonas y aprueba proyectos asociativos entre empresas y campesinos, ofreciendo incentivos como créditos y capacitación. Establece también restricciones para proteger derechos de comunidades y víctimas de desplazamiento.
Este decreto supremo aprueba el reglamento de la Ley No 28585, que crea el Programa de Riego Tecnificado. Se designa al Proyecto Subsectorial de Irrigación como el ejecutor del programa, encargado de promover la tecnificación del riego a nivel nacional. El reglamento establece los lineamientos, principios y procedimientos para la formulación e implementación de proyectos de riego tecnificado por parte de las iniciativas del sector público a nivel nacional, regional y local.
Este documento presenta un proyecto para apoyar la producción de cerdos y la comercialización de carne y derivados en la comunidad Villa Rodeo en Beni, Bolivia. El proyecto busca mejorar las condiciones de vida de 30 familias a través de la intensificación de la producción porcina y la comercialización de los productos resultantes. Se describen los objetivos, componentes, estrategias, resultados e impactos esperados del proyecto de 10 años de duración.
Este documento presenta una guía para la presentación de proyectos o actividades para obtener financiamiento de parte del Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo (FONADAL) de Bolivia, en el marco de la Estrategia Nacional de Desarrollo Integral con Coca (ENDIC) y el Programa de Apoyo Presupuestario Sectorial (PAPS II) de la Unión Europea. La guía describe el proceso de evaluación de proyectos en 3 etapas y los criterios de elegibilidad, presentación y ejecución de proyectos.
Este documento describe los diferentes programas y componentes de apoyo a la agricultura, ganadería, pesca y acuicultura ofrecidos por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación de México. Se detallan 10 programas principales con múltiples componentes de apoyo que incluyen incentivos económicos, proyectos de inversión, infraestructura, equipamiento, capacitación y asistencia técnica. El documento proporciona información sobre los montos y alcances de cada componente de apo
Este documento modifica el Reglamento de la Ley No 28585, Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado. Las modificaciones incluyen cambios en las definiciones, principios, estrategias de intervención, requisitos, obligaciones, área de proyectos, elaboración de proyectos, proyectos no comprendidos, ponderación, procedimientos de evaluación y selección, incentivos máximos, entrega de incentivos, proyectos financiados y principios y ejecución del Programa de Riego Tecnificado. El objetivo es
Convocatoria de entrega de plantas a las Entidades Locales de la provincia de Burgos para el desarrollo de la campaña de distribución de plantas ornamentales 2017-2018
Este decreto supremo aprueba nuevos reglamentos para la distribución de gas natural por redes en Bolivia. El decreto cita varios artículos de la constitución boliviana que establecen el derecho al acceso universal a los servicios básicos y la responsabilidad del estado de proveer estos servicios. El decreto también abroga un decreto supremo anterior y aprueba dos nuevos reglamentos relacionados con la distribución de gas natural por redes y el diseño, construcción y operación de estas redes.
La ley tiene como objetivo promover inversiones en proyectos de generación eléctrica a partir de fuentes renovables como hidráulica, geotérmica, eólica y solar. Ofrece incentivos fiscales como exención de aranceles de importación para maquinaria e insumos, exención del impuesto sobre la renta por 5 a 10 años dependiendo del tamaño del proyecto, y exención de impuestos sobre ingresos de certificados de emisiones reducidas. Busca fomentar estas energías para proteger el medio ambiente, usar
Este manual proporciona orientación sobre la formulación, presentación y registro de proyectos para acceder a los recursos del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas (FAZNI) en Colombia. Explica el marco legal del FAZNI y cómo se constituyen sus recursos. Además, describe los procedimientos para la identificación, preparación, evaluación y programación de proyectos elegibles para financiamiento, basados en las metodologías del Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional y el
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Evaluation of particle shedding and trace metal extraction from high purity p...litch002
The document summarizes a study that evaluated particle shedding and trace metal extraction from nine high purity pumps from three manufacturers. The pumps included positive displacement pumps and magnetically levitated centrifugal pumps. Particle shedding was measured under various operating conditions. The centrifugal pumps consistently shed the fewest particles, with concentrations often near background levels. Operating conditions had little effect on particle counts from the pumps. Trace metal extraction was also evaluated, finding the lowest surface, bulk, and total contamination in the centrifugal pumps. Extraction rates were lowest for two of the centrifugal pump models.
The document summarizes the history and establishment of the Aquitaine-Basque Country Euro-region, a cooperation between the Aquitaine region of France and the Basque Country region of Spain. It was formed in 2006 with the goal of consolidating cooperation between the two regions to achieve greater influence in Europe. The Euro-region operates through the Aquitaine-Basque Country European Grouping of Territorial Cooperation and focuses on policies around accessibility, inclusive and sustainable growth, and regional identity.
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This document is a continuing education activity report from the Wisconsin Department of Public Instruction. It provides instructions for library directors to complete and submit the report annually to their library system validator, along with an annual summation of continuing education activities. The report details a specific continuing education program attended by the library director. The program was titled "MacGyver and Google: Beyond the Search Engine" and was a 2-hour workshop that showed how Google tools can be used beyond just searching, and highlighted applications that allow document sharing and phone calls.
Esta ley crea e implementa el programa "Agro, Ingreso Seguro - AIS" en Colombia para proteger los ingresos de los productores agropecuarios ante distorsiones de mercado y mejorar la competitividad del sector. El programa tiene dos componentes: apoyos económicos directos transitorios para productores y apoyos a la competitividad a través de asistencia técnica, crédito y comercialización. Se establece un comité intersectorial y se asignan al menos $400,000 millones de pesos colombianos inicialmente para
Este documento establece la creación de Zonas de Interés de Desarrollo Rural y Económico para promover el desarrollo económico y social de áreas rurales aisladas con altos índices de pobreza. Define los criterios para identificar estas zonas y aprueba proyectos asociativos entre empresas y campesinos, ofreciendo incentivos como créditos y capacitación. Establece también restricciones para proteger derechos de comunidades y víctimas de desplazamiento.
Este decreto supremo aprueba el reglamento de la Ley No 28585, que crea el Programa de Riego Tecnificado. Se designa al Proyecto Subsectorial de Irrigación como el ejecutor del programa, encargado de promover la tecnificación del riego a nivel nacional. El reglamento establece los lineamientos, principios y procedimientos para la formulación e implementación de proyectos de riego tecnificado por parte de las iniciativas del sector público a nivel nacional, regional y local.
Este documento presenta un proyecto para apoyar la producción de cerdos y la comercialización de carne y derivados en la comunidad Villa Rodeo en Beni, Bolivia. El proyecto busca mejorar las condiciones de vida de 30 familias a través de la intensificación de la producción porcina y la comercialización de los productos resultantes. Se describen los objetivos, componentes, estrategias, resultados e impactos esperados del proyecto de 10 años de duración.
Este documento presenta una guía para la presentación de proyectos o actividades para obtener financiamiento de parte del Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo (FONADAL) de Bolivia, en el marco de la Estrategia Nacional de Desarrollo Integral con Coca (ENDIC) y el Programa de Apoyo Presupuestario Sectorial (PAPS II) de la Unión Europea. La guía describe el proceso de evaluación de proyectos en 3 etapas y los criterios de elegibilidad, presentación y ejecución de proyectos.
Este documento describe los diferentes programas y componentes de apoyo a la agricultura, ganadería, pesca y acuicultura ofrecidos por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación de México. Se detallan 10 programas principales con múltiples componentes de apoyo que incluyen incentivos económicos, proyectos de inversión, infraestructura, equipamiento, capacitación y asistencia técnica. El documento proporciona información sobre los montos y alcances de cada componente de apo
La resolución aprueba las bases del Concurso Público No 20-2023 de la Ley No 18.450, destinado a financiar proyectos de riego en las regiones del Centro-Sur de Chile. El concurso cuenta con un fondo de $6.150.000.000 dividido en grupos por región. Los proyectos deben presentarse de forma electrónica entre el 17 de julio y 7 de noviembre de 2023 y no pueden exceder los $15.000 UF de costo total ni el monto disponible de cada grupo regional.
Planes de reestructuración y reconversión de viñedo de castilla la mancha pre...Jose Martos
Presentación sobre la Orden de 04/12/2013, de la Consejería de Agricultura de la Junta de Castilla-La Mancha, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a los planes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el programa de apoyo 2014-2018 y se convocan para su ejecución en el periodo 2014-2016
Medidas del programa de apoyo 2014 2018 al sector vitivinícola español presen...Jose Martos
Presentación sobre el Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español.
Este documento establece la creación del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura en Colombia. El fondo tiene como objetivo promover el desarrollo integral de Buenaventura a través de la financiación de proyectos en áreas como salud, educación, vivienda y medio ambiente. Se crea una Junta Administradora del Fondo integrada por representantes del gobierno nacional, departamental, distrital y la comunidad para definir las políticas de inversión. El fondo se financiará con recursos del
Este documento aprueba el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios en Perú. El reglamento establece normas para organizar, autorizar, operar y desarrollar ferias y eventos agropecuarios en el país con el objetivo de promover la participación de productores agrarios, intercambio de conocimientos tecnológicos, y comercialización directa de productos. Las direcciones regionales y subregionales de agricultura serán responsables de aplicar el reglamento y aprobar eventos en sus jurisdicciones.
El documento presenta el resumen ejecutivo del proyecto de presupuesto del sector agrario y de riego para el año fiscal 2023. Detalla la visión, misión y objetivos estratégicos del sector, así como los principales resultados obtenidos en años fiscales anteriores relacionados a la gestión de recursos naturales, productividad agraria e inserción al mercado. Finalmente, analiza la asignación presupuestaria propuesta para 2023 y su alineamiento con los objetivos del sector.
Ayudas para la mejora de la producción y comercialización de la miel en la Co...CEDER Merindades
Este documento convoca ayudas para mejorar la producción y comercialización de la miel en Castilla y León en 2015. Las ayudas se concederán a apicultores, cooperativas apícolas y laboratorios, y cubrirán actividades como asistencia técnica, formación, lucha contra la varroasis, racionalización de la trashumancia e información sobre la avispa asiática. El presupuesto total es de 1,5 millones de euros, financiados en un 50% por la UE.
Este documento presenta las bases del Fondo Concursable PROCOMPITE 2013 del Gobierno Regional de Huánuco, Perú. El fondo busca mejorar la competitividad de 19 cadenas productivas a través de proyectos presentados por Agentes Económicos Organizados. Se destina un presupuesto total de S/ 17 millones para ser adjudicado a proyectos en las categorías A (hasta S/ 200,000) y B (hasta S/ 1,000,000). El proceso de selección incluye la presentación, evaluación y sustentación de propuest
Este decreto reglamenta la Ley 89 de 1993 sobre la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero en Colombia. Establece que la cuota será del 0.5% del precio de la leche y de medio salario mínimo por cabeza de ganado sacrificado. Además, designa a los mataderos, compradores de leche y cooperativas lecheras como responsables de recaudar la cuota y depositarlos en el Fondo Nacional del Ganado. Finalmente, crea la Junta Directiva de este fondo encargada de aprobar planes de inversión y
Acuerdo no. 12 de agosto 30 de 2012, fondo municipal de asistencia técnica ruralmannotazs
El documento crea el Fondo Municipal de Asistencia Técnica Directa Rural y Reactivación Agropecuaria del Municipio de Cocorná, Antioquia. El fondo tiene como objetivo financiar programas y proyectos de asistencia técnica y reactivación agropecuaria, así como impulsar el desarrollo económico y social de la zona rural del municipio. El fondo estará dirigido por el Consejo Municipal de Desarrollo Rural y sus beneficiarios serán pequeños y medianos productores agropecuarios.
Este documento modifica la normatividad del Incentivo a la Capitalización Rural (ICR) de Colombia. Se realizan cambios en los requisitos para acceder al ICR, las inversiones objeto del incentivo como la biotecnología y renovación de cafetales, y el procedimiento para solicitarlo. También se incluye un nuevo costo de referencia para ganado bovino puro. La circular entra en vigencia a su publicación y aplica también a operaciones en trámite.
ACTA DE COMPROMISOS MESA REGIONAL AGROPECUARIA. TunjaAurelio Suárez
Este documento resume los acuerdos alcanzados en la Mesa Regional Agropecuaria de Boyacá, Cundinamarca y Nariño para dar solución a la problemática del paro agropecuario. Los principales acuerdos incluyen: 1) Establecer salvaguardias para la importación de ciertos productos agrícolas por 2 años, 2) Compensar a productores por importaciones de papa y leche en polvo, 3) Promover compras públicas de productos agropecuarios nacionales, y 4) Crear una comisión para regular precios
La ley declara de interés provincial el fomento de la fruticultura en San Luis mediante la plantación y manejo de montes frutales. Establece subsidios en efectivo y asistencia técnica para beneficiarios que realicen inversiones frutícolas y cumplan ciertos requisitos. También crea un plan anual de fomento frutícola y una autoridad de aplicación responsable de la evaluación y otorgamiento de beneficios. El régimen de fomento tendrá vigencia de 10 años desde la sanción de la ley.
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LA ACCIÓN CULTURAL P...CEDER Merindades
BPOBUR-2013-087-anuncio-201303644
Esta Convocatoria tiene por objeto subvencionar los programas culturales realizados durante el año 2013 por los municipios de la provincia de Burgos.
Las actividades que podrán ser subvencionadas se referirán a las áreas de música, teatro, danza, artes plásticas, cinematografía, creación literaria, medios de comunicación,cultura tradicional, alquiler de infraestructuras para la realización de actos culturales, circuitos culturales, etc.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar
desde el día siguiente al de la publicación de esta Convocatoria en el «Boletín Oficial» dela provincia
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LA ACCIÓN CULTURAL P...
Dec708
1. SEXTA REUNIÓN DE LA COMISIÓN AMPLIADA
CON MINISTROS DE AGRICULTURA
10 de diciembre de 2008
Videoconferencia
DECISION 708
Reglamento del Fondo para el
Desarrollo Rural y la Productividad
Agropecuaria
LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA, EN REUNIÓN AMPLIADA CON LOS
MINISTROS DE AGRICULTURA,
VISTA: La Decisión 621 de la Comisión Ampliada con Ministros de Agricultura; y,
CONSIDERANDO: Que mediante la Decisión 621 se estableció el Fondo para el
Desarrollo Rural y la Productividad Agropecuaria, para promover de forma integral y
equitativa las zonas rurales, garantizando la seguridad alimentaria y el desarrollo del
sector agropecuario;
Que el artículo 4 de la mencionada Decisión establece que el Reglamento del
Fondo debe ser aprobado por la Comisión en Reunión Ampliada con Ministros de
Agricultura a propuesta de la Secretaría General;
Que es necesario establecer los requisitos y procedimientos para la asignación y
utilización de los recursos del Fondo para el Desarrollo Rural y la Productividad
Agropecuaria de la Comunidad Andina;
Que el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales y la Declaración
de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas destacan el derecho
legítimo de los pueblos indígenas en el marco del derecho jurídico internacional;
Que el Comité Andino Agropecuario ha recomendado la aprobación del Reglamento
del Fondo para el Desarrollo Rural y la Productividad Agropecuaria;
DECIDE:
Aprobar el Reglamento del Fondo para el Desarrollo Rural y la Productividad
Agropecuaria, establecido mediante la Decisión 621.
Artículo 1.- El Fondo para el Desarrollo Rural y la Productividad Agropecuaria,
tiene por objeto facilitar recursos para la ejecución e implementación de proyectos
productivos en la Subregión, de interés comunitario, que mejoren la eficiencia,
sostenibilidad y rentabilidad de las unidades productivas para promover de forma
integral y equitativa las zonas rurales, garantizando la seguridad alimentaria y el
desarrollo del sector agropecuario.
Artículo 2.- El Fondo será de naturaleza concursable. Los recursos, que tendrán
carácter no reembolsable, serán asignados a proyectos que alcancen las mayores
calificaciones, luego de un proceso de evaluación y selección.
Artículo 3.- El Fondo está conformado por:
2. -2-
a) Un aporte inicial de SEISCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS
DÓLARES CON DOCE CENTAVOS (US$ 610.926,12), de acuerdo a lo
establecido en la Decisión 621.
b) Aportes voluntarios de los Países Miembros.
c) Recursos y donaciones de la cooperación técnica internacional.
d) Los intereses generados por el Fondo desde la vigencia de la Decisión 621.
Artículo 4.- La administración del Fondo estará a cargo de la Secretaría General,
quien asumirá los costos de su administración.
Los recursos del Fondo se depositarán en una cuenta bancaria especial.
Artículo 5.- La Secretaría General tendrá el deber fundamental de cautelar el
patrimonio del Fondo y realizar gestiones para captar recursos no reembolsables y
donaciones de la cooperación internacional, en coordinación con los Países Miembros.
Artículo 6.- Los estados financieros de situación del Fondo serán presentados por
la Secretaría General el 30 de junio y el 31 de diciembre de cada año, al Comité Andino
Agropecuario, al Consejo de Ministros de Agricultura y a la Comisión de la Comunidad
Andina.
Artículo 7.- La Secretaría General realizará una convocatoria subregional anual,
por un período máximo de tres meses, para la presentación de proyectos que soliciten
financiamiento con cargo a los recursos del Fondo.
Artículo 8.- Los proyectos deberán ser presentados en forma impresa o en versión
electrónica por los organismos responsables de la integración en coordinación con los
Ministerios de Agricultura de los Países Miembros, siguiendo el modelo que se adjunta
en el Anexo 1 del presente Reglamento.
Las instituciones públicas, asociaciones de productores, comunidades u
organizaciones no gubernamentales podrán presentar proyectos los cuales serán
canalizados a través de los Ministerios de Agricultura correspondientes. Las
asociaciones de productores, comunidades, organizaciones no gubernamentales y
entidades gubernamentales deben estar en funcionamiento y debidamente constituidas
de acuerdo a la legislación correspondiente del País Miembro correspondiente. Cada
organización podrá presentar uno o más proyectos.
El plazo máximo de ejecución de los proyectos financiados por el Fondo será de
dos años.
Artículo 9.- Los proyectos deberán ser enviados a la dirección que se indica en el
artículo 31 del presente Reglamento, dentro del plazo establecido en la convocatoria. La
recepción fuera de plazo será motivo suficiente y automático para descalificar el
proyecto.
Artículo 10.- Los interesados podrán hacer consultas pidiendo aclaraciones sobre
la convocatoria hasta 15 días calendario antes de la fecha definida como plazo final
3. -3-
para la entrega de los proyectos. Las consultas se deben dirigir a la dirección que se
indica en el artículo 31 del presente Reglamento.
Artículo 11.- La calificación de los proyectos será realizada por un Comité
Subregional de Evaluación que estará integrado de la siguiente forma:
- Un representante de cada País Miembro, y
- Un representante de la Secretaría General, designado por el Secretario General,
quien estará encargado de la coordinación del Comité.
Artículo 12.- Los proyectos para ser considerados en la evaluación, deberán
cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
- Estar acorde a los objetivos de los Programas de Desarrollo Agropecuario
contenidos en el Capítulo IX del Acuerdo de Cartagena.
- Ser proyectos productivos que mejoren la eficiencia, sostenibilidad y rentabilidad
de las unidades productivas de las zonas rurales de la Subregión.
- Incluir un aporte de contrapartida financiera, que debe ser como mínimo el 15%
del costo total del proyecto.
- Demostrar que sus actividades no tendrán impacto ambiental negativo.
Artículo 13.- Para efectos de la evaluación y calificación de los proyectos, el
Comité Subregional de Evaluación tendrá en cuenta los siguientes criterios:
a) Proyectos de interés comunitario, que incluya a dos o más Países Miembros,
teniendo en cuenta lo establecido en el Art. 3 de la Decisión 621.
b) Proyectos orientados a la reconversión productiva de ciertos subsectores del
agro a fin de contribuir a la competitividad del sector agropecuario de los Países
Miembros.
c) Proyectos de desarrollo rural y productividad agropecuaria que se ubiquen en el
ámbito de las Zonas de Integración Fronteriza.
d) Proyectos con mayor impacto en lo productivo, económico y social. Que además
contribuyan al desarrollo integral y equitativo de las zonas rurales de la
subregión, que demuestren que sus actividades no tendrán impacto ambiental
negativo.
e) Proyectos que correspondan a países de menor desarrollo y a zonas
económicamente deprimidas de los Países Miembros.
f) Proyectos que consideren de manera especial a los micro y pequeños
productores agrícolas, pueblos indígenas, afrodescendientes y mujeres, entre
otros.
g) Proyectos que contribuyan al mejoramiento de la seguridad alimentaria.
h) Proyectos que promuevan la complementación productiva y la integración entre
los distintos eslabones de las cadenas productivas.
4. -4-
i) Proyectos de desarrollo rural y productividad agropecuaria con efecto
multiplicador.
j) Proyectos relacionados con el desarrollo rural y productividad agropecuaria que
consideren compromiso de contribución financiera de la organización
proponente y de otras fuentes.
Para la aplicación de estos criterios, el Comité Subregional de Evaluación tendrá en
cuenta lo estipulado en el Artículo 3 de la Decisión 621.
Artículo 14.- La escala de valoración para cada criterio es la siguiente:
Excelente. Calificación: 5
Bueno. Calificación: 3
Regular. Calificación: 1
El puntaje en cada criterio de evaluación, será el promedio simple de los puntajes
otorgados por cada evaluador. El puntaje total del proyecto será la suma simple de los
puntajes obtenidos en cada criterio de evaluación.
La metodología de trabajo será definida por el Comité de Evaluación.
El Comité se pronunciará en un plazo máximo de un mes.
Artículo 15.- Los proyectos que hayan logrado la puntuación más alta serán
presentados por la Secretaría General al Comité Andino Agropecuario para que
seleccione los proyectos que se beneficiarán del financiamiento.
Se seleccionará un proyecto por país al año como mínimo y el monto máximo de
asignación por País Miembro no superará los OCHENTA MIL DOLARES (US $ 80.000),
procurando mantener la equidad en la distribución de los recursos entre los Países
Miembros.
Los resultados de la evaluación y selección de proyectos serán informados a la
Comisión y al Consejo de Ministros de Agricultura.
Artículo 16.- En los casos en que se utilicen fondos aportados por organismos
cooperantes, la Secretaría General consultará su opinión, la cual se enmarcará en los
criterios de evaluación definidos en este Reglamento, antes de la aprobación final de los
proyectos seleccionados.
Artículo 17.-. Para la ejecución del Proyecto, se firmará un contrato entre la
Secretaría General y el beneficiario del Proyecto seleccionado, quien será totalmente
responsable del cumplimiento del contrato.
Artículo 18.- La Secretaría General, en coordinación con los Ministerios de
Agricultura de cada País Miembro, se encargará de realizar el seguimiento y evaluación
de los Proyectos y de preparar los informes a las instancias pertinentes.
Artículo 19.- Los desembolsos serán realizados por la Secretaría General al
beneficiario, los cuales estarán supeditados al visto bueno del Ministerio de Agricultura
del país en el que se ejecuta el Proyecto.
5. -5-
Artículo 20.- El beneficiario presentará trimestralmente a los Ministerios de
Agricultura de cada País Miembro y a la Secretaría General los informes de avance y el
detalle de las cuentas en donde se consignen los movimientos y resultados que se
deriven de la aplicación de los recursos asignados del Fondo, para su aprobación.
Artículo 21.- De no ser satisfactoria la información del proyecto, la Secretaría
General solicitará la rectificación hasta los 15 días calendario subsiguientes, caso
contrario, se dará por terminado el proyecto, sin derecho a contar con otro desembolso
pendiente.
Artículo 22.- Al término del Proyecto, el beneficiario o la Unidad Ejecutora, por
intermedio del beneficiario, presentará al Ministerio de Agricultura y a la Secretaría
General un informe final, técnico y financiero, para su aprobación definitiva.
Artículo 23.- Los informes de avance y de conclusión de los Proyectos serán
presentados al Comité Andino Agropecuario, al Consejo de Ministros de Agricultura y a
la Comisión.
Artículo 24.- El monto del financiamiento no sobrepasará los OCHENTA MIL
DOLARES (US $ 80.000) por Proyecto, con recursos del Fondo, el cual podrá ser
revisado por los Países Miembros.
Artículo 25.- El financiamiento podrá abarcar total o parcialmente los rubros que se
indican a continuación:
- Honorarios para servicios de asistencia técnica.
- Gastos de viajes en clase económica de los expertos contratados para la
ejecución de una operación.
- Compra de equipos y maquinarias de apoyo directo al desarrollo del proyecto.
- Adquisición de insumos productivos.
- Capital de inversión para actividades no agropecuarias.
- Capital de operación para procesos comerciales.
- Adquisición de animales, plantas, material genético de propagación.
- Gastos de formación y capacitación.
- Gastos para la realización de encuentros, seminarios u otros eventos.
Artículo 26.- El Fondo no financiará terrenos, edificaciones, vehículos, muebles o
materiales de oficina. Tampoco financiará impuestos, tasas o gravámenes que puedan
afectar el costo del trabajo de asistencia técnica, sueldos o salarios del personal de la
institución beneficiaria o ejecutora, viáticos y pasajes del personal de contraparte,
arriendo de oficinas, gastos de servicios (teléfono, fax, etc.) de la institución beneficiaria
ni gastos secretariales.
Asimismo, los recursos del Fondo no serán utilizados para financiar a los
funcionarios de la Secretaría General.
Artículo 27.- Cualquier discrepancia o controversia surgida entre la Secretaría
General y los beneficiarios de los Proyectos se regirá por lo dispuesto en el presente
6. -6-
Reglamento y de forma supletoria por las normas para la administración de recursos de
cooperación técnica de la Secretaría General.
Artículo 28.- Toda información relativa al Fondo, los proyectos, los informes y
demás documentos relacionados se publicarán en el sitio web de la Secretaría General
de la Comunidad Andina.
Artículo 29.- Los funcionarios de la Secretaría General, así como sus parientes
hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad, no podrán
presentar proyectos vinculados con el Fondo.
Artículo 30.- Las decisiones referentes a la calificación y selección de los proyectos
serán inapelables.
Artículo 31.- Todas las comunicaciones dirigidas al Fondo, incluyendo los
proyectos se deben enviar a:
Secretaría General de la Comunidad Andina
Paseo de la República 3895.
San Isidro. Lima 27. Perú.
fondorural@comunidadandina.org
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diez días del mes de diciembre del año dos
mil ocho.
7. -7-
Anexo 1
FORMATO DE LA SOLICITUD
(Máximo 3 páginas)
1. Título del Proyecto
2. Antecedentes y Justificación (precisar perfil de beneficiarios, área de influencia del
proyecto, evaluación socioeconómica e indicadores de beneficio-costo, impacto y
sostenibilidad)
3. Objetivos (Generales y Específicos)
4. Resultados
5. Actividades
6. Cronograma (Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de dos años)
7. Presupuesto (US$) (por actividades y componentes)
8. Unidad Ejecutora.
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