Este documento establece la creación del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura en Colombia. El fondo tiene como objetivo promover el desarrollo integral de Buenaventura a través de la financiación de proyectos en áreas como salud, educación, vivienda y medio ambiente. Se crea una Junta Administradora del Fondo integrada por representantes del gobierno nacional, departamental, distrital y la comunidad para definir las políticas de inversión. El fondo se financiará con recursos del
Este decreto crea el Fondo Adaptación para la recuperación, construcción y reconstrucción de zonas afectadas por el fenómeno de La Niña en Colombia. El Fondo será administrado por un Consejo Directivo que aprobará proyectos y contratos, y supervisará la inversión de recursos. El decreto establece la estructura y funciones del Consejo Directivo y designa a una Gerencia responsable de la ejecución operativa del Fondo y sus proyectos. El patrimonio del Fondo provendrá de fuentes como el presupuesto n
Este documento presenta el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal de México. Establece disposiciones generales sobre la programación presupuestaria, el ejercicio, la contabilidad y el control del gasto público federal. Asigna responsabilidades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para emitir disposiciones y a las entidades públicas para desarrollar procedimientos de gasto de acuerdo con dichas disposiciones. También define los programas institucionales, sectoriales, multisector
El Ministerio de Economía crea la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "Unidad de Apoyo de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Provincial" con el objetivo de asistir y asesorar al Ministro en temas relacionados con la formulación y ejecución de la estrategia de sostenibilidad de la deuda pública de las provincias argentinas. La unidad estará a cargo de Rafael Brigo y contará con el apoyo de las Secretarías de Hacienda y Finanzas del Ministerio de Economía hasta el 31 de diciemb
Este documento presenta los estudios previos para la suscripción de un convenio interadministrativo entre la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) y un departamento o municipio. El objetivo del convenio es impulsar de manera conjunta los sectores de acuicultura y pesca mediante procesos de fomento, repoblamiento, desarrollo productivo y desarrollo institucional. Se justifica la contratación directa debido a que se trata de un convenio interadministrativo. Finalmente, se describen las obligaciones especí
Este documento establece lineamientos para la formulación y aprobación de planes de contingencia a nivel nacional, sectorial, regional y local. Define qué es un plan de contingencia, su contenido mínimo requerido e indica que deben formularse de acuerdo a la normativa vigente sobre gestión de riesgos de desastres. Además, aprueba estos lineamientos y designa al Instituto Nacional de Defensa Civil como la entidad encargada de promover y supervisar su cumplimiento.
Este documento establece el presupuesto de gastos y recursos de la Administración Pública Provincial de Mendoza para el ejercicio 2017. Fija las erogaciones en $78.004.777.325 y los ingresos en $73.924.860.780. También establece el presupuesto de los entes públicos en $1.302.123.130,95 en recursos y $1.652.123.130,95 en gastos, con $350.000.000 en financiamiento. Además, regula las modificaciones presupuestarias dentro y entre jurisdic
Este decreto tiene como objetivo compilar la normatividad expedida por el Gobierno Nacional en ejercicio de sus facultades reglamentarias para la ejecución de las leyes del Sector Administrativo de Planeación Nacional. Define la estructura del sector, incluyendo el Departamento Nacional de Planeación como cabeza del sector, las entidades adscritas y vinculadas, y establece disposiciones generales sobre el objeto y ámbito de aplicación de la normativa compilada. Incluye también la reglamentación sobre contratación estatal, estableciendo conceptos
Este decreto legislativo crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones para orientar los recursos públicos destinados a inversiones hacia el cierre de brechas de infraestructura y acceso a servicios. Establece principios como la programación multianual basada en diagnósticos de brechas y el ciclo de inversión con fases de programación, formulación, ejecución y funcionamiento. Designa al Ministerio de Economía y Finanzas como ente rector y define los órganos y funciones del nuevo sistema.
Este decreto crea el Fondo Adaptación para la recuperación, construcción y reconstrucción de zonas afectadas por el fenómeno de La Niña en Colombia. El Fondo será administrado por un Consejo Directivo que aprobará proyectos y contratos, y supervisará la inversión de recursos. El decreto establece la estructura y funciones del Consejo Directivo y designa a una Gerencia responsable de la ejecución operativa del Fondo y sus proyectos. El patrimonio del Fondo provendrá de fuentes como el presupuesto n
Este documento presenta el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal de México. Establece disposiciones generales sobre la programación presupuestaria, el ejercicio, la contabilidad y el control del gasto público federal. Asigna responsabilidades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para emitir disposiciones y a las entidades públicas para desarrollar procedimientos de gasto de acuerdo con dichas disposiciones. También define los programas institucionales, sectoriales, multisector
El Ministerio de Economía crea la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "Unidad de Apoyo de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Provincial" con el objetivo de asistir y asesorar al Ministro en temas relacionados con la formulación y ejecución de la estrategia de sostenibilidad de la deuda pública de las provincias argentinas. La unidad estará a cargo de Rafael Brigo y contará con el apoyo de las Secretarías de Hacienda y Finanzas del Ministerio de Economía hasta el 31 de diciemb
Este documento presenta los estudios previos para la suscripción de un convenio interadministrativo entre la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) y un departamento o municipio. El objetivo del convenio es impulsar de manera conjunta los sectores de acuicultura y pesca mediante procesos de fomento, repoblamiento, desarrollo productivo y desarrollo institucional. Se justifica la contratación directa debido a que se trata de un convenio interadministrativo. Finalmente, se describen las obligaciones especí
Este documento establece lineamientos para la formulación y aprobación de planes de contingencia a nivel nacional, sectorial, regional y local. Define qué es un plan de contingencia, su contenido mínimo requerido e indica que deben formularse de acuerdo a la normativa vigente sobre gestión de riesgos de desastres. Además, aprueba estos lineamientos y designa al Instituto Nacional de Defensa Civil como la entidad encargada de promover y supervisar su cumplimiento.
Este documento establece el presupuesto de gastos y recursos de la Administración Pública Provincial de Mendoza para el ejercicio 2017. Fija las erogaciones en $78.004.777.325 y los ingresos en $73.924.860.780. También establece el presupuesto de los entes públicos en $1.302.123.130,95 en recursos y $1.652.123.130,95 en gastos, con $350.000.000 en financiamiento. Además, regula las modificaciones presupuestarias dentro y entre jurisdic
Este decreto tiene como objetivo compilar la normatividad expedida por el Gobierno Nacional en ejercicio de sus facultades reglamentarias para la ejecución de las leyes del Sector Administrativo de Planeación Nacional. Define la estructura del sector, incluyendo el Departamento Nacional de Planeación como cabeza del sector, las entidades adscritas y vinculadas, y establece disposiciones generales sobre el objeto y ámbito de aplicación de la normativa compilada. Incluye también la reglamentación sobre contratación estatal, estableciendo conceptos
Este decreto legislativo crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones para orientar los recursos públicos destinados a inversiones hacia el cierre de brechas de infraestructura y acceso a servicios. Establece principios como la programación multianual basada en diagnósticos de brechas y el ciclo de inversión con fases de programación, formulación, ejecución y funcionamiento. Designa al Ministerio de Economía y Finanzas como ente rector y define los órganos y funciones del nuevo sistema.
OrganizacióN Y Funcionamiento De La Sala TéCnicaparticipacion
Este documento describe la organización y funcionamiento de la Sala Técnica, la cual apoya al Consejo Local de Planificación Pública en el desarrollo de actividades técnicas y administrativas. Explica que la Sala Técnica estará compuesta por tres oficinas (Control, Planes y Proyectos e Informática) y sus respectivas funciones. También detalla el proceso para la selección del personal a través de concursos públicos y el inicio de operaciones de cada oficina una vez seleccionado el personal.
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante Resolución Jefatural N° 073-2017-INDECI, publicada el día de hoy sábado 20 de mayo de 2017 en el Diario Oficial El Peruano, se aprueba la Directiva "Ejecución de simulacros ante peligros asociados a fenómenos de origen natural 2017"
El Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, publicado el 23 de febrero de 2017, aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 que creó el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).
Por el cual se decretan medidas sobre fuentes de financiamiento en virtud del estado de emergencia económica, social, y ecológica declarado mediante el Decreto 4580 de 2010
El documento describe un proyecto para conformar la Sala Técnica de los Consejos Locales de Planificación Pública en la Alcaldía del Municipio Cajigal, Estado Sucre, Venezuela. Actualmente no se ha cumplido con este mandato debido a la falta de recursos financieros. El proyecto propone dotar los recursos tecnológicos y humanos necesarios para que la Sala Técnica pueda proveer información sectorial codificada y garantizar la participación comunitaria. Se consideran dos alternativas, la primera es manejar la información
El documento presenta el proyecto de presupuesto de la Administración Pública Nacional para 2017. Se prevé un déficit del 4,93% del PIB para 2017, menor al objetivo inicial del gobierno de 3,3% del PIB. Los recursos totales estimados ascienden a $1,88 billones, un incremento del 22,3%. Se espera un crecimiento económico del 3,5% basado en la inversión y las exportaciones.
Este documento establece las disposiciones generales de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Define los principales integrantes del sistema como la Dirección Nacional del Presupuesto Público y las Oficinas de Presupuesto de cada entidad. Describe las fases del proceso presupuestario que incluyen la programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación. También define conceptos clave como el presupuesto, los fondos públicos y los gastos públicos, y establece las clasificaciones que los estructuran.
Este documento es el proyecto de ley de presupuesto para el año 2017 del gobierno de Argentina. Establece un presupuesto total de $2.363.619.870.574, asignando fondos a distintas áreas como administración gubernamental, defensa, servicios sociales y económicos. También fija los recursos estimados en $1.882.818.496.302 e incluye artículos sobre gastos, universidades nacionales, fondos fiduciarios y otras asignaciones presupuestarias.
El Banco Nacional de Fomento es una entidad financiera de desarrollo autónoma de derecho privado y finalidad social y pública. Tiene como objetivo estimular y acelerar el desarrollo socioeconómico del país mediante el otorgamiento de crédito a sectores productivos como la agricultura, pesca y pequeña industria. El Banco opera a través de diferentes niveles jerárquicos y ofrece servicios bancarios y financieros sujetos a tasas reguladas por el Banco Central del Ecuador.
Este documento presenta un decreto que compila la normativa reglamentaria vigente en el sector trabajo de Colombia. Describe la estructura del sector, incluyendo el Ministerio del Trabajo como cabeza del sector, y varios órganos sectoriales de asesoría y coordinación como la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales y el Consejo Nacional de Riesgos Laborales. El decreto busca racionalizar las normas de carácter reglamentario del sector y contar con un instrumento jurídico único.
Este decreto establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (FONSECON) y los Fondos de Seguridad de las Entidades Territoriales (FONSET). Define el FONSECON como una cuenta especial administrada por el Ministerio del Interior y de Justicia para financiar programas que garanticen la seguridad, el orden público y la gobernabilidad. También establece que cada municipio y departamento debe crear un FONSET para recaudar recursos de obras públicas destinados a la seguridad local.
Este decreto supremo aprueba la conformación y funciones de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES). La Comisión estará conformada por los Ministros de Economía y Finanzas, Ambiente y Defensa, y será presidida por el Ministro de Economía y Finanzas. La Comisión será responsable de priorizar y determinar los proyectos que recibirán financiamiento del FONDES para mitigación y respuesta a desastres. El decreto también dicta las disposiciones regl
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...Emilio Castillo Aroni
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES (Aprobado por D:S: N° 027-1017-EF, Vigente desde 24.Feb.17)
Este documento contiene información sobre la Ley de Administración y Control Gubernamentales y sus reglamentos. La ley establece los sistemas de administración y control que deben aplicarse en el sector público, incluyendo programación, organización, presupuesto, administración de personal, bienes y servicios, tesorería, contabilidad y control. También define el alcance de su aplicación y las responsabilidades de las diferentes entidades públicas. Los decretos reglamentan aspectos específicos como el control gubernamental y la responsabilidad por la función
Este decreto de urgencia establece medidas económicas y financieras excepcionales para estimular la economía, incluyendo la autorización de un crédito suplementario de S/ 1,736 millones. Los fondos se destinarán a pagar un aguinaldo extraordinario de S/ 200 a empleados públicos, así como pagos atrasados del decreto de urgencia 037-94. También se autorizan gastos en mantenimiento de infraestructura educativa y de salud.
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...Emilio Castillo
Este documento designa nuevos representantes del Ministerio de Defensa ante la Comisión Multisectorial encargada de realizar el seguimiento de las acciones del gobierno frente a la minería ilegal y el proceso de formalización. Deja sin efecto una resolución ministerial anterior y nombra al Contralmirante AP Luis Enrique Martín de la Flor Rivero como representante titular y al Coronel EP Fidel Enrique Bocanegra Burga como representante alterno para el año 2017.
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas
por el artículo 215 de la Constitución Politica, en concordancia con la Ley 137 de 1994 y
en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 4580 de 2010
Este acuerdo crea el Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias en Bogotá. Establece que el fondo será financiado con al menos el 0.5% de los ingresos tributarios de la ciudad y con contribuciones de entidades públicas y privadas. También crea la Oficina Coordinadora para la Prevención y Atención de Emergencias, que será responsable de coordinar las acciones de prevención y atención de desastres. Finalmente, establece una Junta Directiva para administrar el fondo y elaborar su presupuesto.
El documento describe los principales aspectos de las finanzas públicas en Venezuela. Explica que la administración y disposición de recursos públicos se rige por la constitución, la ley de administración financiera del sector público y otras leyes. También resume las funciones y estructura organizativa del Ministerio de Finanzas, incluyendo la formulación y ejecución del presupuesto nacional, y la coordinación de políticas macroeconómicas.
OrganizacióN Y Funcionamiento De La Sala TéCnicaparticipacion
Este documento describe la organización y funcionamiento de la Sala Técnica, la cual apoya al Consejo Local de Planificación Pública en el desarrollo de actividades técnicas y administrativas. Explica que la Sala Técnica estará compuesta por tres oficinas (Control, Planes y Proyectos e Informática) y sus respectivas funciones. También detalla el proceso para la selección del personal a través de concursos públicos y el inicio de operaciones de cada oficina una vez seleccionado el personal.
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante Resolución Jefatural N° 073-2017-INDECI, publicada el día de hoy sábado 20 de mayo de 2017 en el Diario Oficial El Peruano, se aprueba la Directiva "Ejecución de simulacros ante peligros asociados a fenómenos de origen natural 2017"
El Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, publicado el 23 de febrero de 2017, aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 que creó el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).
Por el cual se decretan medidas sobre fuentes de financiamiento en virtud del estado de emergencia económica, social, y ecológica declarado mediante el Decreto 4580 de 2010
El documento describe un proyecto para conformar la Sala Técnica de los Consejos Locales de Planificación Pública en la Alcaldía del Municipio Cajigal, Estado Sucre, Venezuela. Actualmente no se ha cumplido con este mandato debido a la falta de recursos financieros. El proyecto propone dotar los recursos tecnológicos y humanos necesarios para que la Sala Técnica pueda proveer información sectorial codificada y garantizar la participación comunitaria. Se consideran dos alternativas, la primera es manejar la información
El documento presenta el proyecto de presupuesto de la Administración Pública Nacional para 2017. Se prevé un déficit del 4,93% del PIB para 2017, menor al objetivo inicial del gobierno de 3,3% del PIB. Los recursos totales estimados ascienden a $1,88 billones, un incremento del 22,3%. Se espera un crecimiento económico del 3,5% basado en la inversión y las exportaciones.
Este documento establece las disposiciones generales de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Define los principales integrantes del sistema como la Dirección Nacional del Presupuesto Público y las Oficinas de Presupuesto de cada entidad. Describe las fases del proceso presupuestario que incluyen la programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación. También define conceptos clave como el presupuesto, los fondos públicos y los gastos públicos, y establece las clasificaciones que los estructuran.
Este documento es el proyecto de ley de presupuesto para el año 2017 del gobierno de Argentina. Establece un presupuesto total de $2.363.619.870.574, asignando fondos a distintas áreas como administración gubernamental, defensa, servicios sociales y económicos. También fija los recursos estimados en $1.882.818.496.302 e incluye artículos sobre gastos, universidades nacionales, fondos fiduciarios y otras asignaciones presupuestarias.
El Banco Nacional de Fomento es una entidad financiera de desarrollo autónoma de derecho privado y finalidad social y pública. Tiene como objetivo estimular y acelerar el desarrollo socioeconómico del país mediante el otorgamiento de crédito a sectores productivos como la agricultura, pesca y pequeña industria. El Banco opera a través de diferentes niveles jerárquicos y ofrece servicios bancarios y financieros sujetos a tasas reguladas por el Banco Central del Ecuador.
Este documento presenta un decreto que compila la normativa reglamentaria vigente en el sector trabajo de Colombia. Describe la estructura del sector, incluyendo el Ministerio del Trabajo como cabeza del sector, y varios órganos sectoriales de asesoría y coordinación como la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales y el Consejo Nacional de Riesgos Laborales. El decreto busca racionalizar las normas de carácter reglamentario del sector y contar con un instrumento jurídico único.
Este decreto establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (FONSECON) y los Fondos de Seguridad de las Entidades Territoriales (FONSET). Define el FONSECON como una cuenta especial administrada por el Ministerio del Interior y de Justicia para financiar programas que garanticen la seguridad, el orden público y la gobernabilidad. También establece que cada municipio y departamento debe crear un FONSET para recaudar recursos de obras públicas destinados a la seguridad local.
Este decreto supremo aprueba la conformación y funciones de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES). La Comisión estará conformada por los Ministros de Economía y Finanzas, Ambiente y Defensa, y será presidida por el Ministro de Economía y Finanzas. La Comisión será responsable de priorizar y determinar los proyectos que recibirán financiamiento del FONDES para mitigación y respuesta a desastres. El decreto también dicta las disposiciones regl
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...Emilio Castillo Aroni
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES (Aprobado por D:S: N° 027-1017-EF, Vigente desde 24.Feb.17)
Este documento contiene información sobre la Ley de Administración y Control Gubernamentales y sus reglamentos. La ley establece los sistemas de administración y control que deben aplicarse en el sector público, incluyendo programación, organización, presupuesto, administración de personal, bienes y servicios, tesorería, contabilidad y control. También define el alcance de su aplicación y las responsabilidades de las diferentes entidades públicas. Los decretos reglamentan aspectos específicos como el control gubernamental y la responsabilidad por la función
Este decreto de urgencia establece medidas económicas y financieras excepcionales para estimular la economía, incluyendo la autorización de un crédito suplementario de S/ 1,736 millones. Los fondos se destinarán a pagar un aguinaldo extraordinario de S/ 200 a empleados públicos, así como pagos atrasados del decreto de urgencia 037-94. También se autorizan gastos en mantenimiento de infraestructura educativa y de salud.
REGLAMENTO D.L. N° 1252 SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN...Emilio Castillo
Este documento designa nuevos representantes del Ministerio de Defensa ante la Comisión Multisectorial encargada de realizar el seguimiento de las acciones del gobierno frente a la minería ilegal y el proceso de formalización. Deja sin efecto una resolución ministerial anterior y nombra al Contralmirante AP Luis Enrique Martín de la Flor Rivero como representante titular y al Coronel EP Fidel Enrique Bocanegra Burga como representante alterno para el año 2017.
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas
por el artículo 215 de la Constitución Politica, en concordancia con la Ley 137 de 1994 y
en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 4580 de 2010
Este acuerdo crea el Fondo para la Prevención y Atención de Emergencias en Bogotá. Establece que el fondo será financiado con al menos el 0.5% de los ingresos tributarios de la ciudad y con contribuciones de entidades públicas y privadas. También crea la Oficina Coordinadora para la Prevención y Atención de Emergencias, que será responsable de coordinar las acciones de prevención y atención de desastres. Finalmente, establece una Junta Directiva para administrar el fondo y elaborar su presupuesto.
El documento describe los principales aspectos de las finanzas públicas en Venezuela. Explica que la administración y disposición de recursos públicos se rige por la constitución, la ley de administración financiera del sector público y otras leyes. También resume las funciones y estructura organizativa del Ministerio de Finanzas, incluyendo la formulación y ejecución del presupuesto nacional, y la coordinación de políticas macroeconómicas.
El documento describe la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno de Venezuela. El Consejo se encarga de la planificación y coordinación de políticas de descentralización. Está integrado por representantes de los poderes públicos y la sociedad organizada. Sus funciones incluyen establecer lineamientos para la transferencia de competencias a estados y municipios y aprobar el uso de fondos para inversiones que promuevan el desarrollo equilibrado de las regiones.
La ley crea la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación como un organismo que asiste a los senadores y diputados en el análisis y aprobación del presupuesto nacional. La oficina proveerá datos y estudios económicos y presupuestarios para este fin. Estará dirigida por un Director General y contará con analistas seleccionados mediante concurso público. Sus funciones incluyen realizar proyecciones económicas, analizar el impacto de proyectos legislativos en el presupuesto, y realizar el seguimiento
La ley crea la Oficina de Presupuesto del Congreso de la Nación como un organismo que asiste a los senadores y diputados en el análisis y aprobación del presupuesto nacional. La oficina proveerá datos y estudios económicos y presupuestarios para este fin. Estará dirigida por un Director General y contará con tres direcciones adjuntas encargadas de estudios económicos, presupuesto y análisis de la calidad del gasto. La oficina tendrá acceso a la información presupuestaria del Poder E
El documento establece la creación de cuatro fondos para el Sistema General de Regalías y distribuye los ingresos entre estos fondos y otras asignaciones. Asigna funciones a los diferentes fondos y establece órganos colegiados de administración y decisión para definir proyectos financiados. También crea un sistema de monitoreo, seguimiento, control y evaluación de las regalías.
Este decreto establece normas y procedimientos para la gestión y ejecución de recursos externos de donación en Bolivia. Establece que las donaciones deben registrarse, inscribirse en los presupuestos e informarse periódicamente. Además, regula los procesos de gestión, suscripción de convenios, administración y control de donaciones recibidas por entidades públicas y privadas.
El documento define el presupuesto público como una herramienta de política y gestión que asigna recursos para cumplir las funciones del estado y los objetivos de los planes económicos y sociales. Explica que el presupuesto expresa los gastos y ingresos máximos previstos para un ejercicio anual. Además, describe el proceso presupuestario que incluye la elaboración, aprobación, ejecución y control del presupuesto.
Este documento establece la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público en la República Dominicana. Define el sistema de presupuesto y su alcance a todos los organismos del sector público. Designa a la Dirección General de Presupuesto como el órgano rector encargado de dirigir el proceso presupuestario, incluyendo la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del presupuesto. También describe las funciones y responsabilidades de la Dirección General de Presupuesto en relación al presupuesto nacional.
El documento presenta información sobre dos leyes orgánicas en Venezuela: la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y la Ley Orgánica del Poder Popular. La primera ley regula la organización y funcionamiento del Consejo Federal de Gobierno, el cual se encarga de la planificación y coordinación de políticas para el desarrollo descentralizado. La segunda ley tiene como objetivo desarrollar y consolidar el Poder Popular, que es el ejercicio pleno de la soberanía del pueblo a través de sus diversas formas de organización.
Este documento presenta la Ley Orgánica de la Financiera Rural, la cual crea a la Financiera Rural como un organismo descentralizado de la administración pública federal con el objetivo de apoyar el desarrollo de actividades agropecuarias, forestales y pesqueras mediante el otorgamiento de crédito y otros servicios financieros a productores e intermediarios financieros rurales. La ley establece las operaciones que puede realizar la Financiera Rural, su estructura organizacional y las disposiciones para su funcionamiento.
Este documento presenta el Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público de Venezuela sobre el Sistema Presupuestario. Establece disposiciones generales sobre la elaboración, ejecución y control del presupuesto por parte de los órganos y entes públicos. También define la organización del sistema presupuestario, las obligaciones de las autoridades y los responsables de proyectos. Finalmente, presenta el Marco Plurianual del Presupuesto, que establece las reglas y objetivos fiscales de mediano plaz
Este documento presenta el Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público de Venezuela sobre el Sistema Presupuestario. Establece disposiciones generales sobre la elaboración, ejecución y control del presupuesto público, así como la organización del sistema presupuestario y el régimen presupuestario de la República y sus entes descentralizados. También define el Marco Plurianual del Presupuesto, que establece reglas macrofiscales y disciplina fiscal para un período de tres años.
Codigo organico de planificacion y finanzas publicas articulosJuniorjaramillo8
Este documento describe el Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP) de Ecuador. El SINFIP comprende normas, políticas e instrumentos para gestionar los ingresos, gastos y financiamiento públicos de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo. El Ministerio a cargo de las finanzas públicas es el ente rector del SINFIP y tiene la responsabilidad de formular políticas fiscales, coordinar con otras entidades públicas, requerir información sobre el uso de recursos públicos, y dictaminar sobre proyectos de ley y acuer
La ley crea el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia con el objetivo de definir responsabilidades de organismos públicos y privados en la prevención y atención de desastres, integrar esfuerzos públicos y privados, y garantizar la gestión eficiente de recursos. Se establece la Oficina Nacional para la Atención de Desastres y el Fondo Nacional de Calamidades, y se crean comités a nivel nacional, regional y local para la coordinación.
Este documento presenta la Ley General del Sistema Nacional de Tesorería de Perú. Establece los principios de unidad de caja, economicidad, veracidad, oportunidad y programación para la administración de los fondos públicos. Define el Sistema Nacional de Tesorería y sus órganos, incluyendo la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público como rectora a nivel central, y las unidades ejecutoras en cada entidad. Detalla las atribuciones de cada órgano y establece normas para la administración centralizada de los
Este documento presenta tres leyes relacionadas con el presupuesto del sector público para el año fiscal 2021 en Perú. La Ley 31084 aprueba el presupuesto anual de gastos para 2021 de S/ 183,029,770,158. La Ley 31085 establece las normas de equilibrio financiero para dicho presupuesto. Y la Ley 31086 regula el endeudamiento del sector público para 2021. El documento también incluye anexos con detalles sobre la distribución del gasto por diferentes categorías.
La Ley No. 6-06 establece el Sistema de Crédito Público de la República Dominicana. Se crea el Consejo de la Deuda Pública para definir las políticas de endeudamiento público y la Dirección General de Crédito Público para gestionar las operaciones de crédito del sector público no financiero. La ley clasifica la deuda pública en interna y externa, directa e indirecta, y define las operaciones de crédito público.
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Este documento presenta el informe financiero de julio de 2020 de la Unidad Residencial Nuevo Robledo en Medellín, Colombia. Reporta ingresos de COP $2'198.200 e egresos de COP $2'173.478 para el mes. También resume las gestiones pedagógicas, administrativas, legales y de cartera realizadas, incluyendo información sobre apartamentos con deudas y pagos recibidos.
Este documento presenta el informe de administración de la Unidad Residencial Nuevo Robledo para el mes de mayo de 2020. Reporta los ingresos totales de COP $2'338.426 e egresos de COP $2'038.750 para ese mes. Detalla las actividades realizadas como revisiones de techos, reuniones sobre seguros, recuperación de cartera y publicación de informes financieros en el blog de la unidad residencial.
El documento muestra los ingresos y gastos totales mensuales de una empresa durante 2020. Los ingresos totales fueron de $11,049,772 y los gastos totales fueron de $9,664,896, resultando en una diferencia de ingresos sobre gastos de $1,384,876.
Este documento es una póliza de seguro de copropiedades para el Edificio Nuevo Robledo en Medellín, Colombia. La póliza cubre desde el 4 de junio de 2020 hasta el 1 de junio de 2021 y asegura bienes como equipos electrónicos, el edificio, vidrios y responsabilidad civil por $1,409,280,500. El tomador es Jorge Osorio y el asegurado y beneficiario es el Edificio Nuevo Robledo.
Este documento muestra los ingresos y gastos totales mensuales de una empresa durante 2020. Los ingresos totales fueron de $8,711,346 con picos en marzo, abril y mayo, mientras que los gastos totales fueron de $7,626,146 con los mayores gastos en enero, marzo y abril. La diferencia entre ingresos y gastos totales para el año fue de $1,085,200 a favor.
Gestión mes de abril 2020 Administración Unidad Residencial Nuevo Robledo P.H.JUAN DIEGO BARRERA ARIAS
Este documento presenta el resumen de la administración de la Unidad Residencial Nuevo Robledo en Medellín, Colombia durante el mes de abril de 2020. Reporta ingresos totales de $2.981.982 e egresos de $2.752.411 para el mes. También detalla varias gestiones administrativas, operativas y legales realizadas, como respuestas a solicitudes de la Alcaldía, intervenciones en techos, y la recuperación de una deuda de $1'400.000 a través de llamados de cobro.
El documento describe los tres estados de excepción contenidos en la Constitución Política de 1991: la guerra exterior (Artículo 212), la conmoción interior (Artículo 213) y la emergencia ambiental, económica y social (Artículo 215). Señala que los estados de excepción no permiten suspender los derechos humanos fundamentales ni interrumpir el funcionamiento de las ramas del poder público y los órganos del estado, ni suprimir o modificar los organismos o funciones básicas de acusación y juzgamiento
Término de contestación petición - Estado de emergencia sanitaria Covid-19.JUAN DIEGO BARRERA ARIAS
Este documento establece los nuevos términos de respuesta para peticiones de emergencia relacionadas con COVID-19. Los términos generales para responder peticiones son de 15 a 30 días, para solicitar documentos son de 10 a 20 días, y para consultar a otras entidades son de 30 a 35 días.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
el archivo habla sobre la ley penal, ley y normal, el principio de legalidad, la interpretación de la ley, los concursos aparentes de las leyes penalesl la validez temporal y espacial y la extradición
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
1. 1872 18 ole 2017
POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL ¡¡FONDO PARA DESARROLLO
INTEGRAL DEL DISTRITO ESPECIAL DE BUENAVENTURA" Y SE
ADOPTAN MEDIDAS PARA PROMOVER DESARROLLO INTEGRAL DEL
DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL, PORTUARIO, BIODIVERSO y
VENTURA.
CONGRESO COLOMBIA.
DECRETA:
Artículo 10. Objeto. presente ley por objeto
,
medidas
tendientes a promover desarrollo integral del Distrito Industrial,
Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura.
Artículo 2°, Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de
Buenaventura. Fondo para Integral del Especial
Buenaventura (Fonbuenaventura), en el , como un
autónomo, estructura administrativa propia, con domicilio en
Buenaventura y administrado por el Ministerio Hacienda y ito Público.
Parágrafo. La Junta Administradora del Fondo para efectos de operatividad
y funcionamiento del mismo, autorizará al Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, como de la Junta, que a través resolución
la administración del mismo en: (i) una entidad de la
(Entidad Ejecutora) y/o; (ii) en una
y que como vocera
Artículo 3 .oObjeto del Fondo. El Fondo para el Desarrollo del
Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura) tendrá por objeto
promover el desarrollo integral del Distrito Buenaventura,
de un Plan
a de laH-:;>,/C,",
financiación o la en proyectos que las
del Distrito y, principalmente, la
Integral, con a 10 a convertir al Distrito
en un territorio en que se garanticen plenamente condiciones de
y progreso en materia social, económica, institucional y ambiental
sus pobladores urbanos y rurales.
desarrollo de su objeto, el Fondo:
1. Deberá financiar o invertir en los proyectos
con cargo a recursos del Fondo,
y
la política
que
Junta Administradora
celebrar y/o convenios con entidades
organismos multilaterales y particulares a la entidad fid
conformidad con las leyes y reglamentos de contratación aplicables. Junta
Administradora del Fondo establecerá los límites a contratación, los montos
máximos y demás requisitos que deban en materia contractual, según
sea caso.
Podrá gestionar recursos
departamental o
2. que promuevan el desarrollo integral del Distrito.
4. Deberá administrar los recursos que hagan parte de su patrimonio.
5. Deberá establecer el reglamento operativo para la ejecución de
proyectos, teniendo en cuenta los principios de transparencia, celeridad,
publicidad y participación.
6. Deberá crear las subcuentas que se requieran para el desarrollo de su
objeto.
7. Las demás que le sean asignadas por la Junta Administradora o por el
Gobierno nacional, enmarcadas dentro de su objeto legal.
Artículo 4°. Régimen y duración del Fondo. El régimen de los actos,
actuaciones, contratos y administración de los recursos del Fondo para el
Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura)
será de derecho privado, con observancia de los principios de igualdad,
moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad de que trata
el artículo 209 de la Constitución Política.
El Fondo tendrá una duración de diez (10) años contados a partir de la
expedición de la presente ley. Cumplido este plazo, el Ministerio de Hacienda y
Crédito Público podrá prorrogarlo por un plazo máximo igual al inicial de
duración o liquidarlo cuando lo determine la Junta Administradora.
Artículo 5°. Recursos del Fondo. El Fondo para el Desarrollo Integral del
Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura) se constituirá con las
siguientes fuentes de recursos:
1. Las partidas que se le asignen e incorporen en el Presupuesto General
de la Nación o recursos del crédito.
2. El gobierno departamental del Valle del Cauca y el gobierno distrital de
Buenaventura, podrán concurrir y aportar recursos propios y/o de destinación
específica que cumplan con el objeto y la destinación del gasto, para la
cofinanciación de proyectos estratégicos que se encuentren financiados con
recursos del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito de Buenaventura
(Fonbuenaventura).
3. Los recursos derivados de las operaciones de financiamiento con
entidades multilaterales de crédito, entidades de fomento y gobiernos, que
celebre la nación con destino al Patrimonio Autónomo.
4. Las donaciones que reciba, tanto de origen nacional como internacional,
con el propósito de desarrollar su objeto.
5. Los recursos de cooperación nacional o internacional no reembolsables.
6. Los demás recursos que obtenga o se le asignen a cualquier título.
Parágrafo 10. Mientras se implementa el Fondo para el Desarrollo Integral del
Distrito de Buenaventura (Fonbuenaventura), se abrirá una subcuenta especial
en el Patrimonio Autónomo del "Fondo Plan Todos Somos Pazcífico" con
manejo especial y exclusivo de la Junta Directiva del Fondo Fonbuenaventura,
en donde se podrán consignar exclusivamente los recursos priorizados en el
marco de la negociación, y los recursos de que trata este artículo.
Parágrafo 2°. Los recursos que no hayan sido ejecutados de la subcuenta
especial para Buenaventura del "Fondo Plan Todos Somos Pazcífico", al
momento de la sanción de la presente ley, pasarán al patrimonio autónomo que
se llegare a constituir para la administración de los recursos del Fondo para el
Desarrollo Integral del Distrito de Buenaventura (Fonbuenaventura).
Parágrafo 3°. El mecanismo de pago de obras por impuestos aplicará en el
Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de
Buenaventura cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público lo autorice.
3. Para ello, tendrá en cuenta que los recursos correspondientes al impuesto
sobre la renta a cargo de las personas jurídicas de que trata el artículo 238 de
la Ley 1819 de 2016 domiciliadas en ese Distrito, superen el doble de lo
asignado de acuerdo con el numeral 1 del presente artículo.
Parágrafo 4°. En todo caso, las llamadas "Inversiones prioritarias" del
acuerdo firmado entre el Gobierno nacional y el Comité Cívico "para vivir con
dignidad y en paz en el territorio", suscrito el 6 de junio de 2017, tendrán las
asignaciones presupuestales en los términos del artículo 39 del Estatuto
Orgánico de Presupuesto.
Parágrafo 5°. El contenido del Plan Especial para el Desarrollo Integral del
Distrito de Buenaventura se articulará a los planes, programas y proyectos de
los Planes Nacionales y Territoriales de Desarrollo y deberá ser elevado a
política pública, a través de las herramientas legales de planeación y
presupuestación, de tal manera que en el mediano y largo plazo, se cuente con
los recursos requeridos en cada vigencia para su materialización.
Artículo 6°, Órganos del Fondo. El Fondo para el Desarrollo Integral del
Distrito Especial de Buenaventura (Fonbuenaventura), para la ejecución de los
planes, programas y proyectos, así como para su funcionamiento, contará con
los siguientes órganos:
1. Junta Administradora del Fondo (JAF), y
2. Director Ejecutivo.
La Junta Administradora del Fondo (JAF), define las políticas generales de
inversión de los recursos y velará por su adecuado manejo. La Junta contará
con un grupo asesor para la planeación y gestión, se dará su propio reglamento
y estará integrada por:
a) Siete (7) miembros del Gobierno nacional· que se establecerán en el
decreto reglamentario.
b) Cinco (5) miembros de la comunidad en la que el "Comité Cívico para
vivir con dignidad y en paz en el territorio", coordinará, mediante mecanismos
democráticos, la elección de los miembros donde garantizará la participación de
las autoridades indígenas, las autoridades de las comunidades negras y las
Juntas de Acción Comunal en el territorio de Buenaventura.
c) El Gobernador del Valle del Cauca, quien no podrá delegar su
participación.
d) El Alcalde del Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y
Ecoturístico de Buenaventura, quien no podrá delegar su participación.
Los órganos de dirección y operación del Fondo deberán presentar en forma
periódica, por lo menos trimestralmente, informes de gestión pormenorizados,
los cuales se divulgarán en forma masiva a través de los diferentes medios de
comunicación y copia de estos deberá ser remitida a quien ejerza las funciones
de Procurador General de la Nación y Contralor General de la República para
que efectúen las actuaciones de su competencia.
Parágrafo 10. Para que operen los mecanismos previstos en la presente ley,
el "Comité Cívico de Buenaventura para vivir con dignidad y en paz en el
territorio", establecerá su propio reglamento.
Parágrafo 2°. El Director Ejecutivo del Fondo será designado por la Junta
Administradora, quien podrá removerlo cuando lo considere pertinente,
remoción que deberá ser hecha con apego a la normatividad vigente aplicable
en materia laboral y contractual. El Director actuará en cumplimiento de las
políticas generales definidas por la Junta Administradora, para el desarrollo de
los planes, programas y proyectos del Fondo.
Parágrafo 3°. En temas relacionados con el Presupuesto General de la
3
4. Naclon se requema el VOto pOSitiVO ael uOOlerno naCional.
Parágrafo 4°. La aprobación del Plan Especial de Desarrollo y su
presupuestación será por consenso de las partes mayoritarias.
Parágrafo 5°. La elección del Director Ejecutivo se hará por mayoría
calificada.
Parágrafo 6°. En caso de empate sobre decisiones que incidan sobre la
ejecución de los recursos del Presupuesto General de la Nación, el Ministerio
de Hacienda y Crédito Público dirimirá la votación.
Artículo 7°. Plan Especial para el Desarrollo Integral del Distrito de
Buenaventura. La Junta Administradora del Fondo aprobará el Plan y
determinará los programas y proyectos contenidos en dicho Plan para ser
financiados con los recursos del Fondo.
Para la elaboración del Plan, el Gobierno nacional y la Junta Administradora
del Fondo establecerán comités técnicos sectoriales en donde participarán los
Ministerios correspondientes y el Departamento Nacional de Planeación. y cuya
función será presentar a la Junta para su aprobación, previa validación técnica
del documento que contenga el marco del Plan y las propuestas de programas
y proyectos susceptibles de ser financiados con los recursos del Fondo.
La Junta aprobará el Plan Especial para el Desarrollo Integral del Distrito de
Buenaventura con sus correspondientes programas y proyectos. La junta
garantizará la participación efectiva de la comunidad y actores sociales,
económicos e institucionales del territorio en su proceso de formulación.
Este plan tendrá una duración de diez (10) años y contendrá metas con el
objetivo de cerrar las brechas del Distrito de Buenaventura en los sectores de
salud, vivienda, agua potable, saneamiento básico, servicios públicos;
educación, medio ambiente, ordenación, apropiación, y conservación territorial,
cultura, recreación y productividad, acceso a la justicia, Derechos Humanos,
daechos laborales, protección, atención a víctimas del conflicto armado, con
énfasis en la reactivación de las actividades económicas ancestrales, las cuales
deberán articularse con los propósitos, objetivos, metas y prioridades de la
acción estatal, definidos en los respectivos planes nacionales y territoriales de
desarrollo, así como con otros instrumentos de planeación en los términos de la
Ley 152 de 1994, teniendo en cuenta los enfoques diferencial: étnico,
generacional, de género y personas con discapacidad.
En todo caso, el Plan Especial para el Desarrollo Integral del Distrito de
Buenaventura contendrá políticas, estrategias, programas y proyectos que
materialicen la totalidad de los acuerdos logrados entre el Gobierno nacional y
el Comité Cívico para vivir con dignidad yen paz en el territorio.
Parágrafo 10. Los proyectos susceptibles de ser financiados con los recursos
del Fondo deberán cumplir la metodología definida por el Departamento
Nacional de Planeación (DNP) y estar inscritos en el Banco Único de Proyectos
del Sistema Unificado de Inversión Pública (SUIFP), al igual que registrar los
avances físicos y financieros en el mismo.
Parágrafo 2°. La Junta Administradora del Fondo reglamentará los
mecanismos especiales de evaluación, control social y seguimiento periódico
del estado de avance pe los proyectos y programas del Plan Especial para el
Desarrollo Integral del Distrito de Buenaventura.
Parágrafo 3°. Considerando la creación de la Región Administración de
Planeación Pacífico en el marco de los mecanismos de asociatividad entre
entidades dispuestos por la Ley 1454 de 2011 (Ley Orgánica de Ordenamiento
Territorial - LOOT) y sus respectivas competencias en relación a la gestión del
desarrollo de los departamentos que la componen, el Plan Integral Especial
para el Desarrollo del Distrito de Buenaventura estimará instancias y
5. mecanismos de articulación con los objetivos, metas y prioridades de dicha
entidad.
Parágrafo 4°. El Plan Integral Especial para el Desarrollo del Distrito de
Buenaventura se articulará con concepciones, líneas de acción, líneas
estratégicas, programas y proyectos dispuestos en los instrumentos de
planeación y de ordenamiento territorial, en aras de fortalecer los ejercicios de
planificación y ordenamiento en el Distrito.
Artículo 8°. Remuneración y operación. El pago de la remuneración del
Director Ejecutivo y del administrador fiduciario, se atenderá con cargo a los
recursos del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de
Buenaventura (Fonbuenaventura).
Para su operación la Junta Administradora del Fondo determinará lo'
pertinente en su reglamento, de conformidad con los principios establecidos en
el artículo 209 de Constitución Política.
Artículo 9°. Veedurías ciudadanas. Mediante las veedurías ciudadanas de
que trata la Ley 850 de 2003 y en el marco de lo dispuesto en la misma, los
ciudadanos y organizaciones harán vigilancia sobre el desarrollo de las
actividades, inversiones y metas a cargo del Fondo.
Artículo 10. Parte integral y garantías. El acuerdo entre el Gobierno
nacional y el Comité Cívico "para vivir con dignidad yen paz en el territorio", del
Distrito Especial de Buenaventura, suscrito el 6 de junio de 2017, es parte
integral de esta ley y se incorpora como anexo.
Las fases de reglamentación e implementación de la presente ley, se deben
hacer garantizando el cumplimiento del acuerdo.
Artículo 11. Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de su
promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
!;L PRESIDENTE DEL H. SENADO DE LA REPUBLlCA
/RAIN JOSE CEPEDA SARABIA
. /
EL SECRETARIO GENERAL DEL H. SENADO DE LA REPUBLlCA
5
6. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES
RODRIGO LARA RESTREPO
EL SECRETARIO GENERAL DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES
7. LEY No. =.1.=8....:...7....:..::2~______
POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA EL "FONDO PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DEL DISTRITO ESPECIAL DE BUENAVENTURA" Y SE
ADOPTAN MEDIDAS PARA PROMOVER EL DESARROLLO INTEGRAL DEL
DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL, PORTUARIO, BIODIVERSO Y
ECOTURíSTICO DE BUENAVENTURA
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLíQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
18 DIC 2017
EL MINISTRO DEL INTERIOR,
GUILLERMO AB~ERA FLÓREZ
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DE RROt SOSTENIBLE,