Decreto Alcaldía de San José de Cúcuta 0698 de Julio 19 de 2016Jairo Sandoval H
Decreto Alcaldía de San José de Cúcuta 0698 de Julio 19 de 2016
Por medio del cual se reglamenta la circulación de motocicletas, motocarros, tricimotos y cuatrimotos y se dictan otras disposiciones.
UN BANDO DEL ALCALDE PROHÍBE DESDE HOY A LOS PATINETES ELÉCTRICOS ESTACIONAR ...Ayuntamiento de Málaga
La Policía Local ordenará la retirada de los vehículos de movilidad personal estacionados fuera de los espacios establecidos para tal fin, que ya se han señalizado
Nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México 2015Roberto Reyes
17 de agosto de 2015
Las disposiciones de este reglamento son aplicables a peatones, conductores, pasajeros y propietarios de cualquier tipo de vehículo matriculado en el país o el extranjero y que circule en el territorio dela Ciudad de México.
1. Aicaldia de Rion"ro
Depa‐ alenb de Anloq」 旧
DECRETO 1195
30 MAY 2014
POR EL CUAL SE DICttA UNA DISPOSIC10N PARA LA PRESTAC10N DEL
SERVIC10 PUBLICO DE ttRANSPORTE DE PASA」 EROS EN VEHICULOS丁 IPO
AU丁OMOVIL COLECTIVO,EN UNA RUttA DEttERMINADA.
EL ALCALDE DEL MUN:C!P:O DE R:ONEGRO,ANT!OQU:A, en uso de sus
facultades legales y en especial de las conferidas porlos articulos 3 y 6 de la ley
769 de 2002, porlas Leyes 105 de 1993,y336 de 1996,el art.1, literal;;e:;del
Decreto Ley 80 de 1987,Decreto 170 de 2001,y
CONS:DERANDO
Que corresponde a las autoridades distrltales y rnunicipales el control y vig‖ ancia
del transporte pttb‖ co en el radio de acci6n municipal en vehiculos tipo autom6v‖
colectivo,de acuerdo con lo senaladO en las Leyes 105 de 1993,336 de 1996,y
en el Decreto reglamentario 170 de 2001.
Que las Leyes 105 de 1993,y336 de 1996 senalan que!a seguridad,en especial
la de los usuarios, es uno de los principios rectores del servicio pttblico de
transporte.
Que la ley 336 de 1996 en su articulo tercero, senala cOmO funci6n de las
autoridades de transporte exigir y verificar las condiciones de seguridad,
comodidad y accesib‖idad necesarias para garantizar la eficiente prestaci6n del
serv:c:o.
Que con elfin de garantizarla seguridad a los usuarios deltransporte en vehiculos
tipo autom6vil colectivo que cubren la ruta Belё n ―Garrido, es necesario tomar
medidas para identificar los vehiculos autorizados para prestar el servicio en el
Municipio de Rionegro, Antioquia, y para que los usuarios puedan identificarlos
externamente.
Porlo anteriorrnente expuesto,
DECRETA
ART:CULO PR:MERO,AMBITO DE APLICAC:ON:Los vehiculos upo autOm6vil
colectivo de radio de acci6n rnunicipal,que cubren la ruta Belё n― (3arrido,afiliados
a las empresas de transporte pttblico colectivo municipal RAPIDO MEDELLIN
RIONEGRO S.A.Y FLOTA CORDOVA R10NEGRO S.A,deberan cenirse para la
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¨ N日1890.907.317‐ 2.Direcci6n⊂ a‖ e49N° 50-05 PR!5658100′ ⊂Odi9o Postal(Z!P⊂ ODE)054040′
FAX 565 81 42.www.riOnegro.9ov.co COrreo electr6nico:alcaldia@rionegro.90v.cO
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prestacion del servicio a las disposiciones especiales que en el orden Nacional se
dicten o encuentren vigentes, y a las sefraladas en el presente Decreto.
ARTICULO SEGUNDO, DISTINTIVO: A partir del 01 de Mayo de 2014, todo
vehiculo tipo automovil colectivo de radio de accion municipal, que cubre la ruta
Bel6n - Garrido, afiliado a las empresa de transporte p0blico colectivo municipal
RAPIDO MEDELLIN RIONEGRO S.A. Y FLOTA CORDOVA RIONEGRO S.A.,
deber5 llevar el siguiente elemento distintivo para la prestacion del servicio:
DISTINTIVO ESPECIfICO: En las partes laterales de la carrocerla del vehiculo,
deben pintarse franjas alternas de diez (10) centimetros de ancho, en Color Negro,
con inclinacion de 45 grados y una altura mlnima de 60 centimetros.
ARTICULO TERCERO, PROHIBICION : No podr6 ubicarse en los vehiculos tipo
automovil colectivo que cubren la ruta Bel6n - Garrido, en servicio en el Municipio
de Rionegro, ningfn tipo de ornamentacion, adorno o distintivo diferente de los
ordenados en el presente Decreto.
ARTICULO CUARTO: La Secretaria de Gobierno y Tr6nsito por intermedio de la
Direccion Operativa de Movilidad, Transporte y Tr6nsito, sera la encargada de
velar por lo dispuesto en el presente Decreto y sancionar su inobservancia,
siguiendo los procedimientos sefralados en la norma.
ARTICULO QUINTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedicion y publicacion y ser6 ampliamente divulgado a trav6s de los medios de
comunicaciOn para su conocirniento y
Dado en el Municipio de Rionegro, ,alos 3 0 MAY 2014
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nicipal
Proyect6: Luis Eduardo Neira Sdnchez, Director Operativo
Transcribi6: Jairo Alberto Sdenz SepUlveda, Asesor de Tr
Revis6: Mercedes Liana Madrid Castafio, Secretaria Juridica
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