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DECRETO i,94
30 MAY 2014
POR MED10 DEL CUAL SE CAMBIA EL SENTIDO DE CIRCULAC10N VIAL A
UNAS ViAS EN EL AREA URBANA DEL MUNICIP10 DE RIONEGRO
EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE RIONEGRO, ANTIOQUIA, en uso de sus
facultades legales y en especial las conferidas por la Constitucion Politica de
Colombia en los articulos 24, 82, 315, la Ley 769 de 2002 en sus articulos 1 , 3, 6,
68, 101 , 105 y 1 19, la Ley 388 de 1997 y,
CONSIDERANDO:
A. Que al Municipio como entidad fundamental de la division politico administrativa
del Estado, le corresponde prestar los servicios p0blicos que determine la Ley,
construir las obras que demande el progreso local, ordenar el progreso de su
territorio, promover la participacion comunitaria, el mejoramiento social y cultural
de sus habitantes y cumplir con las dem6s funciones que le asigne la
Constitucion y la Ley.
B. Que solo las autoridades de Tr5nsito dentro del territorio de su jurisdiccion,
podr5n ordenar el cierre temporal de vias, la demarcacion de las zonas, la
colocacion o retiro de sefrales, o impedir, limitar o restringir el tr6nsito o
estacionamiento de vehiculos por determinadas vias o espacios p0blicos, seg0n
el Articulo 119 de la Ley 769 de 2002.
C. Que es deber de la Administracion Municipal, velar por la proteccion del espacio
priblico de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial y Plan Vial,
adoptando medidas en desarrollo del postulado donde prevalece el interes
general, en todo momento buscando el bienestar y la seguridad de toda la
Comunidad Rionegrera.
D. Que dentro de las politicas establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial,
para la ocupacion del suelo urbano, se proyecta un nuevo direccionamiento del
sistema vial urbano, donde prime la funcionalidad, el aprovechamiento de la
infraestructura vial existente, acorde con las necesidades vehiculares, y
teniendo en cuenta como factor preponderante el peaton, protagonista del
espacio p0blico.
囲國eN111890.907.317-2.DirecciOn⊂ a‖ e49N° 50-05 PR1565 81 00′ ⊂6di9o Postal(ZIP⊂ODE)054040′
FAX 565 81 42.www.riOnegro.9ov.cO⊂ Orreo electr6nicoi alcaldia@rionegro.90Ⅵ cO箕 筆 〔 φ 藝 ,
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POR MED10 DEL CUAL SE CAMBIA EL SEN丁 IDO DE CIRCULACION VIAL A
UNAS VIAS EN EL AREA URBANA DEL MUNICIP10 DE R10NEGRO
E. Que en la actualidad los tramos de via: Calle 52 entre Carreras 48 y 46 se
encuentra en un sentido de circulacion vial Occidente - Oriente, la Carrera 45
entre Calles 55 y 52 se encuentra en un sentido de circulacion vial Norte - Sur,
la Carrera 43 entre calles 55 y 56 hasta la Carrera 44 se encuentra en doble
sentido de circulacion vial y la Carrera 44 entre Calles 56 y 62 se encuentra en
doble sentido de circulacion vial.
F. Que para darle mejor movilidad y seguridad a los diferentes actores de la via,
se hace necesario dictar un acto administrativo que unifique el direccionamiento
de estos tramos de via.
G. Que es facultad del Alcalde Municipal, como primera autoridad de Tr5nsito
dentro del ente territorial, expedir normas y tomar las medidas necesarias para
el mejor ordenamiento del tr6nsito, las personas, los animales y vehfculos por
las vias pIblicas.
Por lo anterior, 6ste Despacho,
DECRETA:
ARTiCULO PRIMERO: MODIFICAR el sentido de Circulacion Vial en los
siguientes tramos de via: Calle 52 entre Carreras 48 y 46 que se encuentra en un
sentido de circulacion vial Occidente - Oriente, a un sentido unidireccional Oriente
Occidente, la Carrera 45 entre Calles 55 y 52 que se encuentra en un sentido de
circulacion vial Norte - Sur , a un sentido unidireccional Sur - Norte y la Carrera
43 entre Calles 55 y 56 hasta la Carrera 44, que se encuentra en doble sentido de
circulacion vial, a un sentido unidireccional Sur - Norte, y la Carrera 44 entre
Calles 56 y 62 que se encuentra en doble sentido de circulacion vial, a un sentido
unidireccional Norte - Sur.
ARTICULO SEGUNDO: La Secretaria de Gobierno y Trdnsito por intermedio de la
Direccion Operativa de Movilidad, Transporte y Tr6nsito, ser6 la encargada de
delimitar, demarcar y sefralizar todos los cambios de circulaci6n vial en los tramos
de vla mencionados en el Articulo Primero del presente Decreto.
ARTICULO TERCERO: Las autoridades de Transporte y Tr6nsito, ser6n las
encargadas de velar por lo dispuesto en el presente Decreto y sancionar su
:49N° 50-05 PR:5658100′ ⊂6digo POstal(ZIP CODE)054040′
ro.9o■ co cOrreo electr6nico:alcaldia@rionegro.9o■cO
3. 〔
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POR MED10 DEL CUAL SE CAMBIA EL SEN丁 IDO DE CIRCULAC10N VIAL A
UNAS ViAS EN EL AREA URBANA DEL MUNICIP10 DE R10NEGRO
!nobservancia, siguiendo los procedimientos seflalados en la norma.
ARTICULO CUARTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedici6n y publicacion y ser6 ampliamente divulgado a trav6s de los medios de
comunicacion para su conocimiento y acatamiento.
Dado en el Municipio de Rionegro, a ros 3 0 ilAy Z0l{
Y CUMPLASE
HERNAN
Proyect6: Luis Eduardo Neira Sdnchez, Director TrttportetTranJto.
Transcribi6: Jairo Alberto 56enz Sep0lveda, Asesor de
Revis6: Mercedes Liana Madrid Castafio, Secretaria
圏国0NIT 890.907.317-2.Direcci6n⊂ a‖ e49N° 50-05 PR1565 81 00′ C6di9o Postal(ZIP cODE)054040,
FAX 565 81 42.w1/vW.riOnegro.9ov.CO COrreo electr6nico:alcaldia@rionegro.9ov.cO
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