Este documento describe varios tipos de trámites legales que se pueden realizar ante los juzgados de familia y juzgados de paz en Perú. Entre ellos se encuentran demandas de alimentos, desalojos, dispensas de presentación de partidas de nacimiento, y procesos de adopción, sucesión y reconocimiento de sentencias extranjeras. Explica los requisitos y procedimientos de cada uno de estos trámites.
1. Demanda de Alimentos
Es el trámite tendiente a obtener un reconocimiento judicial que disponga el pago de una
pensión alimenticia a favor de un alimentista (cónyuge, hijo, padre, hermano). También
puede solicitarse el aumento, reducción, prorrateo, exoneración, extinción o cambio en la
forma de prestar la pensión alimenticia.
Competencia:
Juez de Paz Letrado: Niños Reconocidos si se tiene prueba documentada que acredite, en forma
indubitable, el vínculo familiar o que acredite el entroncamiento familiar, como partida de
nacimiento con firma de ambos padres.
Juzgado de Familia: Niños No Reconocidos Si no se tiene prueba documentada que acredite de
forma indubitable el vínculo familiar o que acredite el entroncamiento familiar, como partida de
nacimiento con firma de ambos padres.
REQUISITOS:
Procedimientos para:
1 Hijos No Reconocidos, Partida de nacimiento del menor, declarada por la madre.
2 Copia simple del DNI del demandante.
3
Nombre y dirección de 2 ó 3 testigos que sepan de la relación del demandante con el demandado en
el tiempo de la concepción, sus nombres completos, DN
4
Cartas, fotos, regalos, dedicatorias, tarjetas, cassetes, videos entre otros documentos que
evidencien la relación sentimental.
5 Certificado de supervivencia del menor.
6 Constancia de estudio original y/o copia del Control de vacunas.
7 Boletas de venta (5 ultimas) para acreditar los gastos del menor.
8 Acta de conciliación extrajudicial (obligatorio/exigible).
Procedimientos para:
1 Juzgado de Paz Letrado califica la demanda
2 Demanda se traslada al Ministerio Público, donde tendrán 05 días para contestar sobre el particular.
3 El Juzgado cita a Audiencia Ünica a demandante y demandado.
4 Se fija la fecha para dictar sentencia al expediente.
2. DESALOJOS
Proceso que tiene por finalidad obtener la desocupación de una propiedad por haber vencido su
contrato de arriendo, por adeudar dos meses más 15 días de alquiler o por no tener un título que
justifique su posesión.
Competencia:
Juez de Paz Letrado, si la renta no supera los S/. 1,500.00 Juez Especializado en lo Civil, si la renta
supera los S/. 1,500.00 o no existe cuantía.
Requisitos para:
1 Demanda firmada por abogado y por el propietario o arrendador.
2 Copia simple del documento de identidad del solicitante.
3 Documento que acredite la propiedad.
4 Contrato de arriendo que acredite el vencimiento del contrato o sustente la falta de pago.
Procedimientos para:
1 Demanda
2 Espera de 5 días
3 Contestación a la Demanda
4 Espera de 10 días
5 Audiencia Única y Sentencia
3. DISPENSA DE PRESENTACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Siendo requisito para contraer matrimonio civil ante cualquier Concejo Provincial, la presentación
de la Partida de Nacimiento de los contrayentes, si se careciera de este documento por
destrucción del Registro Civil o si resultare imposible su obtención en el breve término por la
lejanía, se puede obtener la dispensa judicial de su presentación.
Competencia:
Juzgados de Familia
Requisitos para:
1 Demanda firmada por abogado.
2 Copia simple del documento de identidad del solicitante.
3 Se deberá expresar los fundamentos.
Procedimientos para:
1 Demanda
2 Espera de 15 días
3 Declaración Judicial
4. INTERDICCIÓN CIVIL
Es la acción judicial por la cual a una persona se le declara incapaz de ejercer sus derechos civiles
por sí misma. Pueden ser objeto de interdicción: Los que, por cualquier causa se encuentran
privados de discernimiento. Los sordomudos, los ciegosordos y los ciegomudos, que no pueden
expresar su voluntad, de una manera indubitable. Los retardados mentales. Los que adolecen de
deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad. Los pródigos. Los que incurren en mala
gestión. Los ebrios habituales. Los toxicómanos.
Competencia:
Juzgados de Familia
Requisitos para:
1 Demanda firmada por abogado, dirigida contra la persona cuya interdicción se pide.
2
No menos de tres testigos y los documentos que acrediten los hechos que se invocan (en el caso de
pródigos y los que incurren en mala gestión).
3
En los demás casos, la certificación médica sobre el estado del presunto interdicto, la que se
extiende expedida bajo juramento o promesas de veracidad, debiendo ser ratificada en la audiencia
respectiva.
Procedimientos para:
1 Demanda
2 Nombramiento de Curador Procesal
3 Contestación de Demanda
4 Audiencia Única
5 Se remite Dictámen a Fiscalía
6 Sentencia
7 Se remite a Sala de Familia
5. Permiso Judicial de Viaje de Menores al Extranjero
Si uno de los padres se encuentra en el extranjero, para que su hijo menor de edad pueda viajar al
extranjero, sólo o en compañía del otro padre, es indispensable autorización del Juez de Familia.
Competencia:
Juzgados de Familia
Requisitos para:
1
Partida de nacimiento del menor original y copia.(Si tuviera partida extranjera traducida al
castellano)
2 En caso el padre desaparecido no responda, en el plazo establecido, el Juzgado concede el permiso.
3 Tasa Judicial de S/. 70.00 por menor.
4 Copia del documento de identidad del solicitante.
5 Si el padre se encuentra ausente del país, deberá enviar un poder consular.
6 El apoderado (madre o padre) que se encuentre en el país, realizará el trámite para el viaje.
7
Si el padre ausente no envía poder consular, un familiar directo debidamente acreditado debe
presentar movimiento migratorio.
8 Padre con paradero desconocido, el Juzgado ordena que se comunique por edictos.
9 Juzgado solicita a Migraciones el movimiento migratorio del desaparecido.
10
El padre tendrá para responder a los edictos, un plazo de 30 días, en caso de encontrarse en el
extranjero y 15 días para el interior de país.
Procedimientos para:
1
El responsable del menor debe presentar toda la documentación en mesa de partes de los Juzgados
de Familia.
2
El mismo día de la presentación del documento, el solicitante pasará una entrevista en compañia del
menor, para la toma de declaraciones.
3 Los Plazos se sujetan al del proceso no contencioso
4
Nota: Sede Notarial Si ambos padres se encuentran de acuerdo, o en caso de fallecimiento de uno
de los padres o de estar reconocido el hijo por uno solo de ellos, la autorización de viaje se tramita
en sede Notarial.
6. PERMISO NOTARIAL DE VIAJE DE MENORES
Siempre y cuando ambos padres se encuentren en el Perú, pueden solicitar al Notario la
autorización de viaje, acompañado de uno de ellos. Madres solteras (niños que no estén
reconocidos por el padre)
Competencia:
Notario Público
Requisitos para:
1 Partida nacimiento original del menor
2 Documento de identidad del padre, si fuera el caso de ambos padres.
3 Presencia del Padre, o de los padres y del menor.
4 La autorización se otorga en el acto.
7. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
Es el derecho a adquirir la propiedad, a través de la posesión continua, pacífica y pública de un
bien, la propiedad inmueble se adquiere mediante la posesión como propietario durante 10 años.
Se adquiere a los 5 años cuando medien justo título y buena fe. Y la adquisición por prescripción
de un bien mueble a los 2 años si hay buena fe, y por 4 si no hay.
Competencia:
Juzgados de Paz Letrados, si el valor del bien es inferior a S/. 15,000.00 Juez Especializado en lo
Civil, si el valor del bien supera el monto de S/. 15,000.00
Requisitos para:
1 Demanda autorizada por abogado.
2 Copia simple del documento de identidad del solicitante.
3 Planos de ubicación y perimétricos del inmueble.
4 Certificación municipal acerca del propietario o poseedor.
5
Copia literal de asiento de inscripción ( últimos 10 años si el predio es urbano y de 5 años si es
rústico.)
6 Certificación de que el bien no se encuentra inscrito.
7 Declaración testimonial de no menos de 3 ni más de 6 personas, mayores de 25 años.
8 Inspección judicial del predio en caso de deslinde.
Consultar Procedimientos >>
Procedimientos para:
1 Demanda autorizada por abogado
2 Espera de 10 días
3 Contestación a la demanda
4 Espera de 15 días
5 Audiencia de Saneamiento y Conciliación
6 Espera de 20 días
7 Audiencia de Pruebas
8 Espera de 50 días
9 Sentencia
8. PROCESO NO CONTENCIOSO DE ADICIÓN DE NOMBRE
Es el trámite que tiene por finalidad incluir un pre-nombre al nombre consignado en la partida de
nacimiento, matrimonio, divorcio o defunción, en la que haya error u omisión.
Competencia:
Jueces Especializados en lo Civil
Requisitos para:
1 Demanda firmada por abogado.
2 Partida de nacimiento, de matrimonio, divorcio o defunción.
3 Copia simple del documento de identidad del solicitante.
4 Documentos que acrediten indubitablemente el nombre correcto.
5 Cédulas de notificación.
Consultar Procedimientos >>
Procedimientos para:
1 Demanda
2 Espera de 15 días
3 Audiencia de Actuación y Declaración Judicial
9. PROCESO DE ADOPCIÓN DE MENORES DE EDAD (POR EXCEPCIÓN)
Es una medida de protección al Niño y Adolescente, dictado por un Juez, bajo la vigilancia del
Estado, se realiza a través del Juzgado de Familia cuando hay un vínculo entre adoptado y
adoptante. Aquí, el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante.
Competencia:
Juzgados de Familia
Requisitos para:
1 Que el adoptante goce de solvencia moral.
2 Certificado Médico- Salud Mental/ Física.
3 Certificado de Antecedentes Penales y Policiales.
4 Fotos (Que acrediten vivencias familiares con el menor).
5
Certificado de estudios u otros documentos que acrediten que el adoptante vela por el bienestar del
menor.Cuando el peticionario sea familiar o haya prohijado al niño o adolescente.
6
Que la edad del adoptante sea, por lo menos, igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por
adoptar.
7 Que cuando el adoptante sea casado, su cónyuge preste su asentimiento.
8 Que el adoptado, dé su consentimiento, si es mayor de 10 años.
9 Que consientan los padres del adoptado, si estuviese bajo su patria potestad.
10 Si el adoptado es incapaz, debe oírse al Tutor o Curador.
11
Que si el adoptante es extranjero y el adoptado menor de edad, aquel debe ratificar, personalmente,
ante el Juez su voluntad de adoptar.
12 Partida de Nacimiento del menor.
13 Partida de Matrimonio de los adoptantes.
Procedimientos para:
1 Contestar la demanda (madre o padre biológico)
2 Audiencias
3
En caso que no contesten la demanda los padres biológicos o familiares, se hacen publicaciones por
edictos.
4 Nombramiento del curador, quién deberá contestar la demanda.
10. PROCESO DE SUCESIÓN INTESTADA NO CONTENCIOSO
Se trata de un trámite que el interesado puede ejercitar a nivel judicial o notarial, que tiene por
objetivo una declaración de quienes constituirían los herederos forzosos del causante o fallecido.
Competencia:
Juez de Paz Letrado, si es por vía judicial Notario Público.
Requisitos para:
1 Demanda firmada por abogado
2 Copia simple del documento de identidad del solicitante.
3 Partida de defunción o copia certificada de la Declaración Judicial de muerte presunta.
4
Partida de nacimiento o documento público que contenga el reconocimiento de los de los presuntos
herederos o la declaración judicial si se trata de hijo extramatrimonial o adoptivo.
5 Partida de matrimonio, si fuera el caso.
6 Relación de bienes conocidos.
7 Certificado registral negativo de testamento.
8 Certificado registral negativo de Declaratoria de Herederos.
Procedimientos para:
1 Solicitud
2 Espera de 15 días
3 Publicaciones - Inscripción Preventiva
4 Espera de 30 días
5 Acta de Declaratoria de Herederos
6 Inscripción de Registro de Sucesión Intestada
7 Demanda autorizada por abogado
8 Califica
9 Juzgado notifique con respuesta que se expidan en el proceso art 759 codigo procesal civil.
11. Reconocimiento y Ejecución de Sentencias Extranjeras Exequátur
Es el proceso tendiente a obtener el reconocimiento por tribunales peruanos de una Resolución
Judicial o laudo arbitral expedido en el extranjero.
Competencia:
Sala de familia
Requisitos para:
1 Demanda firmada por abogado.
2
En divorcio, acreditar que el domicilio conyugal se constituye en el lugar donde se emitió la
sentencia extranjera.
3
Acreditar que se haya citado al demandado conforme a ley; el lugar del proceso; que se le haya
concedido el plazo para comparecer y que se le hayan otorgado las garantías del debido proceso.
4
Acreditar, mediante Resolución o certificación expendida por el Tribunal Extranjero, que la sentencia
tiene la calidad o autoridad de ?Cosa Juzgada?
5
Acreditar que no existe en el país juicio pendiente entre las mismas partes y sobre el mismo objeto
iniciado con anterioridad a la Interposición de la demanda que originó la sentencia, mediante
Certificación o Declaración Jurada de su inexistencia debidamente legalizada o certificada ante la
Secretaria de la Sala.
6 Acreditar que la sentencia, materia de Reconocimiento, no es incompatible con otra
7 Copia simple del documento de identidad del solicitante y el apoderado.
8
Precisar la dirección del demandado, anexando certificación domiciliaria o, si se desconoce, declarar
bajo juramento o promesa de haber agotado las gestiones.
9 Partida de matrimonio celebrado en el Perú o inscrito ante el Consulado Peruano.
10
Sentencia extranjera previamente legalizada por el Cónsul peruano y por el Ministerio de Relaciones
Exteriores
11 Traducción oficial de la sentencia extranjera (Art. 2107 C.C.).
12 Poder, por Escritura Pública o por acta suscrita ante la Secretaría de la Sala.
13 Que la sentencia no resuelva sobre asuntos de competencia exclusiva peruana.
14
Que el Tribunal Extranjero haya sido competente para conocer el asunto, de acuerdo a las normas
de Derecho Internacional.
Procedimientos para:
1 Demanda
2 Audiencia de Actuación y Declaración Judicial
12. RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS
Es la acción judicial o notarial que tiene por objeto corregir errores y/o omisiones de nombres,
apellidos, fecha de nacimiento, de matrimonio o defunción.
Competencia:
Los Juzgados de Paz Letrados del domicilio del solicitante
Requisitos para:
1 Demanda firmada por abogado
2 Documento que acredite el pedido.
3 Partida de materia a rectificar.
4 Copia simple del documento de identidad del solicitante.
5 Documentos que acrediten el pedido.
Procedimientos para:
1 Demanda.
2 Espera de 15 días.
3 Audiencia de actuación y Declaración Judicial
13. SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR
Es el trámite que tiene por finalidad la disolución del vínculo matrimonial, por acuerdo de los
cónyuges.
Competencia:
Juzgados de Familia
Requisitos para:
1 Ambos interponen la Demanda firmada por abogado.
2 Partida de matrimonio.
3 Dos Tasas Judiciales de S/. 35.00 cada una.
4 Copia simple de los documentos de identidad de los cónyuges.
5 Propuesta de convenio sobre alimentos, bienes, patria potestad, tenencia, régimen de visitas.
6 Inventario valorizado de bienes, con firma legalizada de ambos cónyuges.
7 Partida de nacimiento de cada uno de los hijos, en caso de haberlos.
8 Los cónyuges deben tener 2 años de matrimonio.
Procedimientos para:
1 Presenta demanda ante el Juzgado de Familia correspondiente.
2 Juzgado cita audiencia única.
3 Si existe conciliación de las partes, se admite la demanda y se actúan las pruebas.
4 Juzgado: Espera de 30 días en caso de revocar decisión de las partes.
5
Juez emite la primera sentencia a pedido de las partes, a través de ella se suspende el vínculo
conyugal.
6
Despues de Transcurridos 2 meses de notificado con la sentencia de separación de cuerpos, procede
la disolución del Vínculo matrimonial.
14. TENENCIA DE MENORES
Es el trámite tendiente a obtener un reconocimiento judicial del derecho de custodia y tenencia de
un hijo y procede en caso que los padres se encuentren separados y un cónyuge o conviviente le
arrebata al otro un hijo o si estuviera en peligro la identidad física de éste.
Competencia:
Juzgados de Familia
Requisitos para:
1 Demanda firmada por abogado.
2 Partida de nacimiento del menor en original y copia.
3 Copia simple del documento de identidad del Demandante.
4
Documentos como denuncia por abandono de hogar, violencia familiar y otros medios probatorios
que acrediten haber vivido con el menor para solicitar su tenencia.
Procedimientos para:
1 Demanda
2 Contestación de Demanda
3 Audiencia Única
4 Juzgado remite al Ministerio Público para dictámen.
5 Regresa a Juzgado para sentencia
15. BENEFICIOS SOCIALES
Es la acción judicial por la cual un trabajador, con vínculo laboral vigente o roto demanda pago de
derechos económicos..
Competencia:
Juzgados de Trabajo cuando el pago de remuneraciones y beneficios económicos que se
demandan excedan las 10 URP. Proceso Ordinario Laboral. Juzgados de Paz Letrados cuando el
pago de remuneraciones y beneficios económicos que se demandan no excedan las 10 URP.
Proceso Sumarísimo.
Requisitos para:
1 Demanda firmada por abogado.
2
Documento que acredite la relación laboral (Boletas de pago.Carnet de Trabajo, Acta de Inspección,
etc.).
3 Medios probatorios (Todos los que señala el Código Civil).
4 Copia simple del documento de identidad del solicitante.
5 El trabajador se encuentra exonerado del pago de Tasa Judicial si su petitorio no excede las 70 URP.
Procedimientos para:
1 Demanda.
2 Contestación de Demanda.
3 Audiencia única.
4 Sentencia