La novación es un acto jurídico bilateral mediante el cual las partes acuerdan extinguir una obligación preexistente sustituyéndola por una nueva. Para que haya novación, la obligación original debe ser válida, la nueva obligación debe cumplir con los requisitos de validez, y las partes deben mantener su capacidad para obligarse y manifestar su voluntad de cambiar la obligación original. Existen dos tipos de novación: la novación objetiva, donde se sustituye la prestación original por una nueva; y la novación subjetiva, que