SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 10
PAGO CON SUBROGACION
1. Nociones Generales
2. Concepto.
3. Clases de Subrogación.
3.1. Subrogación Legal.
3.2. Subrogación Convencional.
3.3. Subrogación Parcial.
4. Efectos de la Subrogación.
4.1. Efectos de la Subrogación en las obligaciones
Indivisibles o solidarias.
5. Requisitos para configurar una Subrogación.
6. Diferencias entre Subrogación y otras clases de
transmisión de obligaciones.
7. Derecho Comparado.
PAGO CON SUBROGACION
1.-NOCIONES GENERALES:
Al contraerse una obligación, el deudor se compromete a cumplir con una o
varias prestaciones en favor de otra persona, llamada acreedor. Pero no solo se
constituye un mero vínculo de conciencia por parte del deudor – de quedarse en
este estado estaríamos frente a lo que la doctrina denomina como obligación
natural, sino que el acreedor está facultado para exigir del deudor el
cumplimiento efectivo de la prestación convenida. Es por eso que se dice que la
obligación es una relación jurídica1, porque el acreedor goza del respaldo de la
ley para hacer uso de medios coercitivos en procura de satisfacer su crédito2.
La Obligación produce, pues, una situación de restricción de la libertad
individual del deudor con respecto a la realización de determinados actos3 a
favor del acreedor.
Esta relación jurídica obligacional-como resulta obvio-es temporal, en el sentido
de que se extinguirá cuando se haya satisfecho al acreedor en su interés
mediante el cumplimiento de la prestación. Mediante este cumplimiento el
deudor se verá liberado de aquella situación de restricción de su libertad
personal.
Nuestro Código Civil de 1984 señala siete maneras en las que pueden
extinguirse las obligaciones4, El pago es una de ellas, siendo la más común y se
caracteriza por ser la realización de la prestación debida. El profesor Palacios
Pimentel enseña “que el pago el cumplimiento directo y normal del cualquier
obligación por el deudor, es la exacta ejecución de la prestación, cualquiera que
sea ella, por el deudor”5.
1 Es con Savigny que el concepto devínculojurídicodiopasoalde relación jurídica, por el cual se logrócomprenderel otrolado de
la medalla:el derecho delacreedor a exigirsucrédito.
2 Por lo que estamos frentea loquesedenomina una obligacióncivil.
3 Ya sea para realizarlos (prestaciónde dar o hacer) o para abstenersederealizar algo(obligaciónde nohacer).
4 El código Civilperuanoen la secciónsegunda desulibro VI, Las Obligaciones,prevee sieteformas deextinciónde las
obligaciones: elpago,la novación, la compensación, la condonación,la consolidación, la transaccióny el mutuo disenso.
5 PALACIOS PIMENTEL H. Gustavo“Las Obligaciones en elDerechoCivil Peruano”
Ahora bien, lo usual es que sea el deudor quien pague al acreedor, por lo que
mediante este acto jurídico se extinguirá la obligación. Pero no siempre es asi.
Puede ser que un tercero (es decir, alguien que no forme parte directa de la
relación obligacional), con su propio patrimonio, realice el pago al acreedor con
o sin el consentimiento del deudor. En este último caso la ley reconoce a este
tercero el derecho de exigir que el deudor le restituya el importe de lo que pagó,
e incluso bajo ciertas circunstancias. Cuando esto ocurre asi, se dice que ha
ocurrido un pago con subrogación.
ARTICULO 1260º
La Subrogación opera de pleno derecho en favor:
1. De quien paga una deuda a la cual estaba obligado, indivisible o solidariamente, con otro
u otros.
2. De quien por tener legítimo interés cumple con la obligación.
3. Del acreedor que paga la deuda del deudor común a otro acreedor que le es preferente.
2.-CONCEPTO:
Se puede definir a la subrogación como una forma de transmisión de
obligaciones, en la que opera un cambio en el sujeto activo, ya sea por lo que
diga la ley o por la voluntad de la partes (subrogación convencional) a través de
un pago, en los casos en que la misma ley lo indique y sin declaración alguna de
los interesados, estas dos últimas consideraciones se presentan cuando se trata
de la subrogación legal.6
El concepto de subrogación significa con carácter general, la sustitución o
cambio de una persona o cosa por otra en una obligación.
Al hablar de subrogación normalmente nos referimos a supuestos de pago con
subrogación en la obligación. Existe pago con subrogación cuando una persona
efectúa el pago de una deuda ajena, colocándose en el lugar del acreedor en la
obligación satisfecha.
3.-DIFERENTES CLASES DE SUBROGACIÓN:
6 TREVIÑO GARCIARicardo,Teoría Generaldelas obligaciones
3.1.-SUBROGACIÓN LEGAL:
El código de 1984 ha tratado al pago con subrogación en cinco artículos
(1260 al 1264) contenidos en el Capítulo Quinto del Título II de la Sección
Segunda del Libro VI de las obligaciones.
En este artículo, nuestro código Civil ha previsto dos clases de pago con
subrogación. La primera es la subrogación legal, la segunda es la
subrogación convencional. En el artículo 1260 se han previsto las
modalidades de subrogación legal mientras que en el 1261 se preveen las
de subrogación convencional.
La subrogación legal, como su nombre lo indica, opera por imperio de la
ley. Es decir sin que medie acuerdo entre las partes, por el simple hecho
de efectuar el pago.
Supuestos de Subrogación legal:
- Pago efectuado por un deudor solidario o indivisible (art. 1260º, inciso
1)
Este supuesto se presenta cuando un deudor solidario e indivisible
paga la deuda al acreedor. Por mandato de la ley, este simple hecho
de pagar la deuda convierte al ex deudor solidario en el nuevo
acreedor, estando facultado para exigir a sus codeudores (ahora,
deudores) el pago de sus respectivas partes de la deuda.
- Cuando paga quien tiene legítimo interés en el cumplimiento de la
obligación (art. 1260º, inciso 2)7
En este supuesto el pago lo efectúa un tercero interesado en el
cumplimiento de la obligación. Es el típico caso del fiador8. De igual
manera del supuesto anterior, este fiador o garante va a desplazar al
antiguo acreedor que ha visto satisfecho su crédito y perderá interés
en la relación obligacional.
7 Código Civil“Art.1260º.-La subrogaciónopera enplenoderecho en favor 2.De quien por tener legítimo interés cumple la
obligación”
8 Código Civil“Art.1889.- El fiador quepaga la deuda queda subrogadoen los derechos queel acreedor tiene contra eldeudor””
- Cuando un acreedor de una obligación distinta y secundaria paga a
otro preferente (art. 1260º, inciso 3)
Para que se cumpla a cabalidad este tipo de subrogación es necesario
que se presente un deudor que tenga varios acreedores de diferentes
obligaciones, algunas de ellas de carácter preferente con respecto a
las demás
3.2.-SUBROGACIÓN CONVENCIONAL:
ARTICULO 1261º
La subrogación convencional tiene lugar:
1. Cuando el acreedor recibe el pago de un terceroy lo sustituye en sus derechos.
2. Cuando el tercerono interesado en la obligación paga con aprobación expresa o
tácita del deudor.
3. Cuando el deudor paga con una prestación que ha recibido en mutuo y subroga al
mutuante en los derechos del acreedor,siempre que el contrario mutuo se haya
celebrado por documento de fecha cierta, haciendo constar tal propósito en dicho
contrato y expresando su procedencia al tiempo de efectuar el pago.
Como afirman Osterling y Castillo, la subrogación convencional es aquella
que surge de la voluntad humana9, lo que si tenemos que esclarecer es
que si es producto del acuerdo de voluntades entre solvens y deudor, o
entre acreedor y solvens, o entre los tres.
Nuestra legislación admite la posibilidadde subrogación convencional por
acuerdo entre deudor y solvens, además de la que nace en virtud de pacto
entre acreedor y solvens. Y en segundo lugar, no hace indispensable que
se le notifique al deudor para dar validez al pago con subrogación, cuando
ha mediado convenio entre acreedor y solvens. Los supuestos son:
- Pago efectuado por un tercero con la aprobación del deudor (art.
1261º, inciso 2)10
En este caso el solvens va a realizar o efectuar la prestación a la que
está obligado el deudor, con el consentimiento de este. Su peculiar
9 OSTERLING PARODI, Felipey CASTILLO FREYRE, Mario“Tratadodelas obligaciones”. Segunda parte, Tomo VII, p.445.
10 Código Civil–Art. 1261º: La subrogación convencionaltienelugar 2: Cuando el tercero no interesadoen la obligación paga con
aprobación expresa o tácita del deudor (…)”
característica consiste en que quien paga es un tercero no interesado
en el cumplimiento de la obligación. Es por eso que para gozar de los
derechos que otorgue la subrogación – sustituir al acreedor en todas
las acciones y garantías que le corresponden-necesita de la
aprobación expresa o tácita del deudor.
Como decimos debe tratarse de un tercero no interesado, porque de
lo contrario (esto es, que sea un tercero con interés en el cumplimiento
de la obligación) estaríamos frente a un supuesto de subrogación
legal, por lo que no necesitaría del asentimiento del deudor.
- Pago efectuado por el deudor con una prestación que ha recibido en
mutuo de un tercero (art. 1261º, inciso 3)11
En este caso, el pago lo va a efectuar el deudor con los fondos que ha
obtenido en virtud de un contrato de mutuo que se haya celebrado por
documento de fecha cierta con la finalidad de realizar una subrogación
y que se exprese-al momento de producirse el pago-su procedencia.
Ahora bien, para que se presente esta modalidad de subrogación
convencional, se necesita que se presenten los siguientes requisitos:
 Que el contrato de mutuo se celebre con la finalidad de realizar un
pago con subrogación. Mediante este requisito se asegura que el
deseo del prestamista o solvens se cumpla. Es decir, quien provee
una prestación al deudor lo hace con la finalidad de que este
cumpla con satisfacer el interés del acreedor.
 Que al momento de producirse el pago se exprese su procedencia.
“Otro requisito previsto por la ley es que al momento en que el
deudor haga el pago a su acreedor, manifieste que el dinero o
bienes con los que está pagando provienen de un contrato de
mutuo en el cual él es mutuatario, a fin de que tal acreedor puede
conocer que va a operar la subrogación convencional12
11 Código Civil“Artículo1261º: La subrogaciónconvencional tiene lugar 3: Cuandoeldeudorpaga con una prestación queha
recibidoen mutuo y subroga almutuante enlos derechos del acreedor, siemprequeelcontratode mutuo se haya celebrado por
documento defecha cierta,haciendo constartal propósito en dicho contrato y expresando suprocedencia al tiempode efectuar
el pago.”
12 OSTERLING PARODI, Felipey CASTILLO FREYRE, Mario. Ob.cit, p 484.
- Pago efectuado por un tercero sin el consentimiento o conocimiento
del deudor (art. 1261º, inciso 1)13
Esto es cuando paga un tercero no interesado en la obligación
principal sin la aprobación del deudor.
Este tipo de subrogación opera sin el consentimiento del deudor esto
es puede ser sin su consentimiento e, incluso con su disconformidad
o negativa. La ley dispone que la voluntad del deudor en este tipo de
subrogación convencional sea irrelevante para la validez de la misma.
3.3.-SUBROGACIÓN PARCIAL:
ARTICULO 1264º
Si el subrogado en lugar del acreedor lo fuese solo parcialmente, y los bienes del deudor
no alcanzasenpara pagar la parte restante que corresponda al acreedor y la del
subrogado, ambos concurrirán con igual derecho por la porción que respectivamente se
les debiera.
En el pago con subrogación, el solvens puede pagar la totalidad de la
deuda al acreedor primigenio o una parte de ella. En este último caso se
dice que la subrogación es parcial, porque el solvens solo efectúa el pago
de una fracción de la deuda, y adquiere todos los derechos, acciones y
garantías que el antiguo acreedor tuviera frente al deudor, hasta por el
monto de lo que efectivamente hubiese pagado.
De igual manera – y a diferencia de lo que sucede cuando se paga el
integro de la deuda-, en la subrogación parcial el acreedor mantiene su
condición de tal en la relación obligacional, obviamente por el monto que
no se ha cancelado.
En otras palabras, producida la subrogación parcial, el deudor pasa de
tener un solo acreedor (el acreedor primigenio, por el monto que aún no
se le ha cancelado) a tener dos (el solvens, por el importe que pagó al
acreedor primigenio)
4.-EFECTOS DE LA SUBROGACIÓN:
13 Código Civil. “Art. 1261: La subrogaciónconvencionaltiene lugar: 1.Cuando elacreedor recibeelpago deun tercero y lo
sustituyeen sus derechos (...)”
El efecto fundamental del pago con subrogación, sea legal o convencional es el
de sustituir al subrogado en todos los derechos, en las acciones y en las
garantías del antiguo acreedor, pero con una limitación que esa sustitución se
produce hasta por el monto de lo que hubiese pagado realmente.
Según Guillermo Borda enseña que mediante la subrogación se "traspasa al
nuevo acreedor todos los derechos, acciones y garantías del antiguo acreedor,
tanto contra el deudor principal y codeudores como contra los fiadores; y que por
aplicación de esta norma debe admitirse que pasan al nuevo acreedor los
privilegios que favorecen al crédito, las acciones de resolución, las garantías
tales como hipotecas, prendas, fianzas o el derecho de concurrir ante los
tribunales que eran competentes para atender la demanda que tenía derecho a
entablar el acreedor originario contra su deudor"
La subrogación convencional puede quedar limitada a ciertos derechos, lo que
depende de quién acuerda la subrogación, bien sea el acreedor o el deudor.
En el primer caso el primer supuesto de subrogación legal, el subrogado está
autorizado a ejercer los derechos del acreedor, contra sus codeudores invisibles
o solidarios, "solo hasta la concurrencia de la parte por la que cada uno de estos
estaba obligado a contribuir para el pago de la deuda".
Entonces diremos que los efectos de la subrogación tanto legal y convencional
es la transmisión al acreedor subrogado de todos los derechos, acciones y
garantías del antiguo acreedor, pero solo hasta la concurrencia de la suma
pagada realmente.
Entre las restricciones de la subrogación convencional, puede estar limitada a
ciertos derechos; no ocurre igual con la subrogación legal que no puede ser
limitada y finalmente en caso de subrogación parcial, ambos acreedores
concurren con igual derecho, proporcionalmente a la parte que el deudor les
debe.
4.1.-EFECTOS DE LA SUBROGACIÓN EN LAS OBLIGACIONES
INDIVISIBLES O SOLIDARIAS:
El artículo 1263 del código Civil precisa que el solvens, efectivamente, se
encuentra autorizado para exigir el pago de la deuda a sus ex codeudores, pero
solo hasta por el monto por el que cada uno estaba obligado a contribuir para el
pago de la deuda.
Esto significa que efectuado el pago por el solvens, la obligación pierde la
característica de solidaridad o indivisibilidad que detentaba. En consecuencia,
quien pague el integro de la obligación al acreedor primigenio, no gozara del
beneficio de indivisibilidad ni de la solidaridad, por el cual hubiese podido cobrar
el integro de la deuda a cualquiera de codeudores. Todo lo contrario, la
obligación se tomara en una de carácter divisible o mancomunado.
5.-REQUISITOS PARA CONFIGURAR UNA SUBROGACIÓN:
1.- La existencia de una obligación
2.- La participación de la voluntad de un tercero de pago, es decir, que un tercero
pague una deuda
3.- El subrogado debe ser evaluado económicamente
4.- Transmisión de derechos, del acreedor primitivo al nuevo acreedor.
6.-DIFERENCIA ENTRE SUBROGACIÓN Y OTRAS CLASES DE
TRASMISIÓN DE OBLIGACIONES:
DIFERENCIAS
NOVACION SUBROGACIÓN
La novación extingue una obligación
para dar nacimiento a otra distinta
El tercero paga pero queda la misma
obligación sustituyéndose únicamente al
acreedor
En la novación únicamente se cambia la
obligación
En la subrogación se puede cambiar de
acreedor o de deudor
CESIÓN DE DERECHOS SUBROGACIÓN
La cesión de derechos siempre es
convencional salvo la donación
La subrogación puede ser contractual o
legal.
La sesión de derechos puede ser
gratuita u onerosa
La subrogación siempre es onerosa.
En la cesión de derechos el objeto es la
adquisición de un crédito.
En la subrogación el objeto es la
liberación del deudor
DACIÓN SUBROGACIÓN
Capacidad y consentimiento tanto el
deudor como del acreedor
Puede haber o no consentimiento del
deudor
7.-DERECHO COMPARADO:
México:
Según Joaquín Martínez Alfaro, en su obra “TRATADO DE LAS
OBLIGACIONES” define en los sgtes. Términos: subrogación personal en un
modo traslativo de la obligación a título particular y entre vivos que puede ser por
disposición legal (subrogación legal) o por voluntad de las partes (subrogación
convencional) y que se efectúa mediante el cambio del acreedor, quien trasmite
a un tercero, llamado subrogado
Chile:
El CódigoCivil de Chile define subrogación como «la transmisión de los derechos
del acreedor a un tercero, que le paga». Esta definición es criticada por la
doctrina, dado que la transmisión es un concepto referido a la sucesión por causa
de muerte.
Subrogación convencional, cuando el acreedor «recibiendo de un tercero el pago
de la deuda, le subroga voluntariamente en todos los derechos y acciones que
le corresponden como tal acreedor».
España
La subrogación permite cambiar la hipoteca a otra entidad financiera
(subrogación de acreedor) o trasladar la hipoteca de un deudor a otro deudor, al
que se le vende la finca (subrogación de deudor).

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Ys0109
 
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1edgardoquispe
 
Cumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligacionesCumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligacionesitalia rojas
 
Presentacion las obligaciones
Presentacion las obligacionesPresentacion las obligaciones
Presentacion las obligacionesMagnolia Antigua
 
De los albaceas
De los albaceasDe los albaceas
De los albaceasDEL ROJAS
 
Capitulo 7 efectos de las obligaciones - primera parte
Capitulo 7   efectos de las obligaciones - primera  parteCapitulo 7   efectos de las obligaciones - primera  parte
Capitulo 7 efectos de las obligaciones - primera partevglibota
 
Obligaciones (compensación)
Obligaciones (compensación)Obligaciones (compensación)
Obligaciones (compensación)thaliaaaa
 
Fuentes De Las Obligaciones
Fuentes De Las ObligacionesFuentes De Las Obligaciones
Fuentes De Las Obligacionesguest2680d1
 
Diapositivas derecho de contratos. dr. edgardo quispe villanueva
Diapositivas derecho de contratos.  dr. edgardo quispe villanuevaDiapositivas derecho de contratos.  dr. edgardo quispe villanueva
Diapositivas derecho de contratos. dr. edgardo quispe villanuevaedgardoquispe
 
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Marvin Espinal
 
Extinción de las obligaciones por causa distinta de
Extinción de las obligaciones por causa distinta deExtinción de las obligaciones por causa distinta de
Extinción de las obligaciones por causa distinta deLorena González Franco
 
CUADRO COMPARATIVO OBLIGACIONES
CUADRO COMPARATIVO OBLIGACIONESCUADRO COMPARATIVO OBLIGACIONES
CUADRO COMPARATIVO OBLIGACIONESEmily Evies V
 
Transmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligacionesTransmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligacionesBrenda Reis
 
Fuentes de las obligaciones
Fuentes de las obligacionesFuentes de las obligaciones
Fuentes de las obligacionesRogelio Armando
 
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.ARIADNASA
 
OBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVASOBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVASTanniallafer
 

La actualidad más candente (20)

Presentacion de obligaciones de hacer y no hacer
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacerPresentacion de obligaciones de hacer y no hacer
Presentacion de obligaciones de hacer y no hacer
 
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...
 
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
 
Cumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligacionesCumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligaciones
 
Presentacion las obligaciones
Presentacion las obligacionesPresentacion las obligaciones
Presentacion las obligaciones
 
De los albaceas
De los albaceasDe los albaceas
De los albaceas
 
Capitulo 7 efectos de las obligaciones - primera parte
Capitulo 7   efectos de las obligaciones - primera  parteCapitulo 7   efectos de las obligaciones - primera  parte
Capitulo 7 efectos de las obligaciones - primera parte
 
Obligaciones (compensación)
Obligaciones (compensación)Obligaciones (compensación)
Obligaciones (compensación)
 
Fuentes De Las Obligaciones
Fuentes De Las ObligacionesFuentes De Las Obligaciones
Fuentes De Las Obligaciones
 
Diapositivas derecho de contratos. dr. edgardo quispe villanueva
Diapositivas derecho de contratos.  dr. edgardo quispe villanuevaDiapositivas derecho de contratos.  dr. edgardo quispe villanueva
Diapositivas derecho de contratos. dr. edgardo quispe villanueva
 
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
 
Prescripción y caducidad
Prescripción y caducidadPrescripción y caducidad
Prescripción y caducidad
 
Extinción de las obligaciones por causa distinta de
Extinción de las obligaciones por causa distinta deExtinción de las obligaciones por causa distinta de
Extinción de las obligaciones por causa distinta de
 
CUADRO COMPARATIVO OBLIGACIONES
CUADRO COMPARATIVO OBLIGACIONESCUADRO COMPARATIVO OBLIGACIONES
CUADRO COMPARATIVO OBLIGACIONES
 
Transmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligacionesTransmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligaciones
 
Cumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligacionesCumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligaciones
 
Fuentes de las obligaciones
Fuentes de las obligacionesFuentes de las obligaciones
Fuentes de las obligaciones
 
Trabajo final de cesión de derechos
Trabajo final de cesión de derechosTrabajo final de cesión de derechos
Trabajo final de cesión de derechos
 
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
 
OBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVASOBLIGACIONES FACULTATIVAS
OBLIGACIONES FACULTATIVAS
 

Similar a Pago con subrogación: concepto, clases y efectos

LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docxLOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docxBenitaOrtiz
 
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion   Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion Nellys Mercedes Sanabria
 
Extinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptxExtinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptxDiegoOrtiz745986
 
modos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptxmodos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptxcarlosromero606050
 
Revista digital civil obligaciones
Revista digital civil obligaciones Revista digital civil obligaciones
Revista digital civil obligaciones carmenelen17
 
La Resciliacion en los Cttos. Cumplidos.pdf
La Resciliacion en los Cttos. Cumplidos.pdfLa Resciliacion en los Cttos. Cumplidos.pdf
La Resciliacion en los Cttos. Cumplidos.pdfMILTONFREDES
 
Cumplimiento de las obligaciones 2
Cumplimiento de las obligaciones 2Cumplimiento de las obligaciones 2
Cumplimiento de las obligaciones 2DavidStivenGarcia
 
Laminas del pago civil obligaciones
Laminas del pago civil obligacionesLaminas del pago civil obligaciones
Laminas del pago civil obligacionesselvagomez2872
 
tarea VI, Derecho Civil 1 - DANIEL DE GRACIA.docx
tarea VI, Derecho Civil 1 - DANIEL DE GRACIA.docxtarea VI, Derecho Civil 1 - DANIEL DE GRACIA.docx
tarea VI, Derecho Civil 1 - DANIEL DE GRACIA.docxDanielAlbertoDeGraci
 
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089yenny mar g
 
Formas de extinguirse las obligaciones
Formas de extinguirse las obligacionesFormas de extinguirse las obligaciones
Formas de extinguirse las obligacioneseteneuniandesgmailcom
 
Derecho; obligaciones. Apuntes
Derecho; obligaciones. ApuntesDerecho; obligaciones. Apuntes
Derecho; obligaciones. ApuntesMelanie Nogué
 
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.Marlenne Juárez Rodríguez
 

Similar a Pago con subrogación: concepto, clases y efectos (20)

LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docxLOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
LOS MODOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.docx
 
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion   Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
 
Extinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptxExtinción de las obligaciones 484..pptx
Extinción de las obligaciones 484..pptx
 
modos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptxmodos de extinsion de las obligaciones.pptx
modos de extinsion de las obligaciones.pptx
 
PPT SEMANA (2) SEM 4-5.pdf
PPT SEMANA (2) SEM 4-5.pdfPPT SEMANA (2) SEM 4-5.pdf
PPT SEMANA (2) SEM 4-5.pdf
 
Revista digital civil obligaciones
Revista digital civil obligaciones Revista digital civil obligaciones
Revista digital civil obligaciones
 
Extincion de las Obligaciones
Extincion de las ObligacionesExtincion de las Obligaciones
Extincion de las Obligaciones
 
La Resciliacion en los Cttos. Cumplidos.pdf
La Resciliacion en los Cttos. Cumplidos.pdfLa Resciliacion en los Cttos. Cumplidos.pdf
La Resciliacion en los Cttos. Cumplidos.pdf
 
Cesión de derechosAC (1).pdf
Cesión de derechosAC (1).pdfCesión de derechosAC (1).pdf
Cesión de derechosAC (1).pdf
 
Revista digital
Revista digitalRevista digital
Revista digital
 
Las obligaciones
Las obligacionesLas obligaciones
Las obligaciones
 
Cumplimiento de las obligaciones 2
Cumplimiento de las obligaciones 2Cumplimiento de las obligaciones 2
Cumplimiento de las obligaciones 2
 
Laminas del pago civil obligaciones
Laminas del pago civil obligacionesLaminas del pago civil obligaciones
Laminas del pago civil obligaciones
 
tarea VI, Derecho Civil 1 - DANIEL DE GRACIA.docx
tarea VI, Derecho Civil 1 - DANIEL DE GRACIA.docxtarea VI, Derecho Civil 1 - DANIEL DE GRACIA.docx
tarea VI, Derecho Civil 1 - DANIEL DE GRACIA.docx
 
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089
Extinción de las obligaciones danneriz y diaz v v-17.944.089
 
Formas de extinguirse las obligaciones
Formas de extinguirse las obligacionesFormas de extinguirse las obligaciones
Formas de extinguirse las obligaciones
 
Caducidad y prescripcion
Caducidad y prescripcionCaducidad y prescripcion
Caducidad y prescripcion
 
Tema 14
Tema 14Tema 14
Tema 14
 
Derecho; obligaciones. Apuntes
Derecho; obligaciones. ApuntesDerecho; obligaciones. Apuntes
Derecho; obligaciones. Apuntes
 
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.
Contratos Mercantiles. Cuestionario 01. Obligaciones Mercantiles.
 

Último

Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptx
Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptxPresentación La mujer en la Esperanza AC.pptx
Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptxDanielFerreiraDuran1
 
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docx
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docxPLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docx
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docxwilliamzaveltab
 
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-ComunicacionesIMSA
 
fracturas de antebhbunununrazo [II].pptx
fracturas de antebhbunununrazo  [II].pptxfracturas de antebhbunununrazo  [II].pptx
fracturas de antebhbunununrazo [II].pptxkarlagonzalez159945
 
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptxAndreaAlessandraBoli
 
Rendicion de cuentas del Administrador de Condominios
Rendicion de cuentas del Administrador de CondominiosRendicion de cuentas del Administrador de Condominios
Rendicion de cuentas del Administrador de CondominiosCondor Tuyuyo
 
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptx
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptxsistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptx
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptxJaredmoisesCarrillo
 
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdf
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdfPPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdf
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdfihmorales
 
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursosmodelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursosk7v476sp7t
 
Continex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de serviciosContinex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de serviciosFundación YOD YOD
 
gua de docente para el curso de finanzas
gua de docente para el curso de finanzasgua de docente para el curso de finanzas
gua de docente para el curso de finanzassuperamigo2014
 
MANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manuaMANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manuaasesoriam4m
 
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB EmpresasPensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresasanglunal456
 
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdfClima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdfConstructiva
 
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?Michael Rada
 
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptx
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptxAUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptx
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptxMatiasGodoy33
 
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptxCoca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptxJesDavidZeta
 
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...antonellamujica
 
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptx
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptxEGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptx
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptxDr. Edwin Hernandez
 
Trabajo de Sifilisn…………………………………………………..
Trabajo de Sifilisn…………………………………………………..Trabajo de Sifilisn…………………………………………………..
Trabajo de Sifilisn…………………………………………………..JoseRamirez247144
 

Último (20)

Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptx
Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptxPresentación La mujer en la Esperanza AC.pptx
Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptx
 
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docx
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docxPLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docx
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docx
 
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
 
fracturas de antebhbunununrazo [II].pptx
fracturas de antebhbunununrazo  [II].pptxfracturas de antebhbunununrazo  [II].pptx
fracturas de antebhbunununrazo [II].pptx
 
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
 
Rendicion de cuentas del Administrador de Condominios
Rendicion de cuentas del Administrador de CondominiosRendicion de cuentas del Administrador de Condominios
Rendicion de cuentas del Administrador de Condominios
 
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptx
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptxsistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptx
sistemas de produccion de la palta en el peru moises.pptx
 
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdf
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdfPPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdf
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdf
 
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursosmodelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
modelo de flujo maximo unidad 4 en modelos de optimización de recursos
 
Continex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de serviciosContinex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de servicios
 
gua de docente para el curso de finanzas
gua de docente para el curso de finanzasgua de docente para el curso de finanzas
gua de docente para el curso de finanzas
 
MANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manuaMANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manua
 
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB EmpresasPensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
 
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdfClima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
 
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
 
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptx
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptxAUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptx
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptx
 
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptxCoca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
 
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...
 
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptx
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptxEGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptx
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptx
 
Trabajo de Sifilisn…………………………………………………..
Trabajo de Sifilisn…………………………………………………..Trabajo de Sifilisn…………………………………………………..
Trabajo de Sifilisn…………………………………………………..
 

Pago con subrogación: concepto, clases y efectos

  • 1. PAGO CON SUBROGACION 1. Nociones Generales 2. Concepto. 3. Clases de Subrogación. 3.1. Subrogación Legal. 3.2. Subrogación Convencional. 3.3. Subrogación Parcial. 4. Efectos de la Subrogación. 4.1. Efectos de la Subrogación en las obligaciones Indivisibles o solidarias. 5. Requisitos para configurar una Subrogación. 6. Diferencias entre Subrogación y otras clases de transmisión de obligaciones. 7. Derecho Comparado.
  • 2. PAGO CON SUBROGACION 1.-NOCIONES GENERALES: Al contraerse una obligación, el deudor se compromete a cumplir con una o varias prestaciones en favor de otra persona, llamada acreedor. Pero no solo se constituye un mero vínculo de conciencia por parte del deudor – de quedarse en este estado estaríamos frente a lo que la doctrina denomina como obligación natural, sino que el acreedor está facultado para exigir del deudor el cumplimiento efectivo de la prestación convenida. Es por eso que se dice que la obligación es una relación jurídica1, porque el acreedor goza del respaldo de la ley para hacer uso de medios coercitivos en procura de satisfacer su crédito2. La Obligación produce, pues, una situación de restricción de la libertad individual del deudor con respecto a la realización de determinados actos3 a favor del acreedor. Esta relación jurídica obligacional-como resulta obvio-es temporal, en el sentido de que se extinguirá cuando se haya satisfecho al acreedor en su interés mediante el cumplimiento de la prestación. Mediante este cumplimiento el deudor se verá liberado de aquella situación de restricción de su libertad personal. Nuestro Código Civil de 1984 señala siete maneras en las que pueden extinguirse las obligaciones4, El pago es una de ellas, siendo la más común y se caracteriza por ser la realización de la prestación debida. El profesor Palacios Pimentel enseña “que el pago el cumplimiento directo y normal del cualquier obligación por el deudor, es la exacta ejecución de la prestación, cualquiera que sea ella, por el deudor”5. 1 Es con Savigny que el concepto devínculojurídicodiopasoalde relación jurídica, por el cual se logrócomprenderel otrolado de la medalla:el derecho delacreedor a exigirsucrédito. 2 Por lo que estamos frentea loquesedenomina una obligacióncivil. 3 Ya sea para realizarlos (prestaciónde dar o hacer) o para abstenersederealizar algo(obligaciónde nohacer). 4 El código Civilperuanoen la secciónsegunda desulibro VI, Las Obligaciones,prevee sieteformas deextinciónde las obligaciones: elpago,la novación, la compensación, la condonación,la consolidación, la transaccióny el mutuo disenso. 5 PALACIOS PIMENTEL H. Gustavo“Las Obligaciones en elDerechoCivil Peruano”
  • 3. Ahora bien, lo usual es que sea el deudor quien pague al acreedor, por lo que mediante este acto jurídico se extinguirá la obligación. Pero no siempre es asi. Puede ser que un tercero (es decir, alguien que no forme parte directa de la relación obligacional), con su propio patrimonio, realice el pago al acreedor con o sin el consentimiento del deudor. En este último caso la ley reconoce a este tercero el derecho de exigir que el deudor le restituya el importe de lo que pagó, e incluso bajo ciertas circunstancias. Cuando esto ocurre asi, se dice que ha ocurrido un pago con subrogación. ARTICULO 1260º La Subrogación opera de pleno derecho en favor: 1. De quien paga una deuda a la cual estaba obligado, indivisible o solidariamente, con otro u otros. 2. De quien por tener legítimo interés cumple con la obligación. 3. Del acreedor que paga la deuda del deudor común a otro acreedor que le es preferente. 2.-CONCEPTO: Se puede definir a la subrogación como una forma de transmisión de obligaciones, en la que opera un cambio en el sujeto activo, ya sea por lo que diga la ley o por la voluntad de la partes (subrogación convencional) a través de un pago, en los casos en que la misma ley lo indique y sin declaración alguna de los interesados, estas dos últimas consideraciones se presentan cuando se trata de la subrogación legal.6 El concepto de subrogación significa con carácter general, la sustitución o cambio de una persona o cosa por otra en una obligación. Al hablar de subrogación normalmente nos referimos a supuestos de pago con subrogación en la obligación. Existe pago con subrogación cuando una persona efectúa el pago de una deuda ajena, colocándose en el lugar del acreedor en la obligación satisfecha. 3.-DIFERENTES CLASES DE SUBROGACIÓN: 6 TREVIÑO GARCIARicardo,Teoría Generaldelas obligaciones
  • 4. 3.1.-SUBROGACIÓN LEGAL: El código de 1984 ha tratado al pago con subrogación en cinco artículos (1260 al 1264) contenidos en el Capítulo Quinto del Título II de la Sección Segunda del Libro VI de las obligaciones. En este artículo, nuestro código Civil ha previsto dos clases de pago con subrogación. La primera es la subrogación legal, la segunda es la subrogación convencional. En el artículo 1260 se han previsto las modalidades de subrogación legal mientras que en el 1261 se preveen las de subrogación convencional. La subrogación legal, como su nombre lo indica, opera por imperio de la ley. Es decir sin que medie acuerdo entre las partes, por el simple hecho de efectuar el pago. Supuestos de Subrogación legal: - Pago efectuado por un deudor solidario o indivisible (art. 1260º, inciso 1) Este supuesto se presenta cuando un deudor solidario e indivisible paga la deuda al acreedor. Por mandato de la ley, este simple hecho de pagar la deuda convierte al ex deudor solidario en el nuevo acreedor, estando facultado para exigir a sus codeudores (ahora, deudores) el pago de sus respectivas partes de la deuda. - Cuando paga quien tiene legítimo interés en el cumplimiento de la obligación (art. 1260º, inciso 2)7 En este supuesto el pago lo efectúa un tercero interesado en el cumplimiento de la obligación. Es el típico caso del fiador8. De igual manera del supuesto anterior, este fiador o garante va a desplazar al antiguo acreedor que ha visto satisfecho su crédito y perderá interés en la relación obligacional. 7 Código Civil“Art.1260º.-La subrogaciónopera enplenoderecho en favor 2.De quien por tener legítimo interés cumple la obligación” 8 Código Civil“Art.1889.- El fiador quepaga la deuda queda subrogadoen los derechos queel acreedor tiene contra eldeudor””
  • 5. - Cuando un acreedor de una obligación distinta y secundaria paga a otro preferente (art. 1260º, inciso 3) Para que se cumpla a cabalidad este tipo de subrogación es necesario que se presente un deudor que tenga varios acreedores de diferentes obligaciones, algunas de ellas de carácter preferente con respecto a las demás 3.2.-SUBROGACIÓN CONVENCIONAL: ARTICULO 1261º La subrogación convencional tiene lugar: 1. Cuando el acreedor recibe el pago de un terceroy lo sustituye en sus derechos. 2. Cuando el tercerono interesado en la obligación paga con aprobación expresa o tácita del deudor. 3. Cuando el deudor paga con una prestación que ha recibido en mutuo y subroga al mutuante en los derechos del acreedor,siempre que el contrario mutuo se haya celebrado por documento de fecha cierta, haciendo constar tal propósito en dicho contrato y expresando su procedencia al tiempo de efectuar el pago. Como afirman Osterling y Castillo, la subrogación convencional es aquella que surge de la voluntad humana9, lo que si tenemos que esclarecer es que si es producto del acuerdo de voluntades entre solvens y deudor, o entre acreedor y solvens, o entre los tres. Nuestra legislación admite la posibilidadde subrogación convencional por acuerdo entre deudor y solvens, además de la que nace en virtud de pacto entre acreedor y solvens. Y en segundo lugar, no hace indispensable que se le notifique al deudor para dar validez al pago con subrogación, cuando ha mediado convenio entre acreedor y solvens. Los supuestos son: - Pago efectuado por un tercero con la aprobación del deudor (art. 1261º, inciso 2)10 En este caso el solvens va a realizar o efectuar la prestación a la que está obligado el deudor, con el consentimiento de este. Su peculiar 9 OSTERLING PARODI, Felipey CASTILLO FREYRE, Mario“Tratadodelas obligaciones”. Segunda parte, Tomo VII, p.445. 10 Código Civil–Art. 1261º: La subrogación convencionaltienelugar 2: Cuando el tercero no interesadoen la obligación paga con aprobación expresa o tácita del deudor (…)”
  • 6. característica consiste en que quien paga es un tercero no interesado en el cumplimiento de la obligación. Es por eso que para gozar de los derechos que otorgue la subrogación – sustituir al acreedor en todas las acciones y garantías que le corresponden-necesita de la aprobación expresa o tácita del deudor. Como decimos debe tratarse de un tercero no interesado, porque de lo contrario (esto es, que sea un tercero con interés en el cumplimiento de la obligación) estaríamos frente a un supuesto de subrogación legal, por lo que no necesitaría del asentimiento del deudor. - Pago efectuado por el deudor con una prestación que ha recibido en mutuo de un tercero (art. 1261º, inciso 3)11 En este caso, el pago lo va a efectuar el deudor con los fondos que ha obtenido en virtud de un contrato de mutuo que se haya celebrado por documento de fecha cierta con la finalidad de realizar una subrogación y que se exprese-al momento de producirse el pago-su procedencia. Ahora bien, para que se presente esta modalidad de subrogación convencional, se necesita que se presenten los siguientes requisitos:  Que el contrato de mutuo se celebre con la finalidad de realizar un pago con subrogación. Mediante este requisito se asegura que el deseo del prestamista o solvens se cumpla. Es decir, quien provee una prestación al deudor lo hace con la finalidad de que este cumpla con satisfacer el interés del acreedor.  Que al momento de producirse el pago se exprese su procedencia. “Otro requisito previsto por la ley es que al momento en que el deudor haga el pago a su acreedor, manifieste que el dinero o bienes con los que está pagando provienen de un contrato de mutuo en el cual él es mutuatario, a fin de que tal acreedor puede conocer que va a operar la subrogación convencional12 11 Código Civil“Artículo1261º: La subrogaciónconvencional tiene lugar 3: Cuandoeldeudorpaga con una prestación queha recibidoen mutuo y subroga almutuante enlos derechos del acreedor, siemprequeelcontratode mutuo se haya celebrado por documento defecha cierta,haciendo constartal propósito en dicho contrato y expresando suprocedencia al tiempode efectuar el pago.” 12 OSTERLING PARODI, Felipey CASTILLO FREYRE, Mario. Ob.cit, p 484.
  • 7. - Pago efectuado por un tercero sin el consentimiento o conocimiento del deudor (art. 1261º, inciso 1)13 Esto es cuando paga un tercero no interesado en la obligación principal sin la aprobación del deudor. Este tipo de subrogación opera sin el consentimiento del deudor esto es puede ser sin su consentimiento e, incluso con su disconformidad o negativa. La ley dispone que la voluntad del deudor en este tipo de subrogación convencional sea irrelevante para la validez de la misma. 3.3.-SUBROGACIÓN PARCIAL: ARTICULO 1264º Si el subrogado en lugar del acreedor lo fuese solo parcialmente, y los bienes del deudor no alcanzasenpara pagar la parte restante que corresponda al acreedor y la del subrogado, ambos concurrirán con igual derecho por la porción que respectivamente se les debiera. En el pago con subrogación, el solvens puede pagar la totalidad de la deuda al acreedor primigenio o una parte de ella. En este último caso se dice que la subrogación es parcial, porque el solvens solo efectúa el pago de una fracción de la deuda, y adquiere todos los derechos, acciones y garantías que el antiguo acreedor tuviera frente al deudor, hasta por el monto de lo que efectivamente hubiese pagado. De igual manera – y a diferencia de lo que sucede cuando se paga el integro de la deuda-, en la subrogación parcial el acreedor mantiene su condición de tal en la relación obligacional, obviamente por el monto que no se ha cancelado. En otras palabras, producida la subrogación parcial, el deudor pasa de tener un solo acreedor (el acreedor primigenio, por el monto que aún no se le ha cancelado) a tener dos (el solvens, por el importe que pagó al acreedor primigenio) 4.-EFECTOS DE LA SUBROGACIÓN: 13 Código Civil. “Art. 1261: La subrogaciónconvencionaltiene lugar: 1.Cuando elacreedor recibeelpago deun tercero y lo sustituyeen sus derechos (...)”
  • 8. El efecto fundamental del pago con subrogación, sea legal o convencional es el de sustituir al subrogado en todos los derechos, en las acciones y en las garantías del antiguo acreedor, pero con una limitación que esa sustitución se produce hasta por el monto de lo que hubiese pagado realmente. Según Guillermo Borda enseña que mediante la subrogación se "traspasa al nuevo acreedor todos los derechos, acciones y garantías del antiguo acreedor, tanto contra el deudor principal y codeudores como contra los fiadores; y que por aplicación de esta norma debe admitirse que pasan al nuevo acreedor los privilegios que favorecen al crédito, las acciones de resolución, las garantías tales como hipotecas, prendas, fianzas o el derecho de concurrir ante los tribunales que eran competentes para atender la demanda que tenía derecho a entablar el acreedor originario contra su deudor" La subrogación convencional puede quedar limitada a ciertos derechos, lo que depende de quién acuerda la subrogación, bien sea el acreedor o el deudor. En el primer caso el primer supuesto de subrogación legal, el subrogado está autorizado a ejercer los derechos del acreedor, contra sus codeudores invisibles o solidarios, "solo hasta la concurrencia de la parte por la que cada uno de estos estaba obligado a contribuir para el pago de la deuda". Entonces diremos que los efectos de la subrogación tanto legal y convencional es la transmisión al acreedor subrogado de todos los derechos, acciones y garantías del antiguo acreedor, pero solo hasta la concurrencia de la suma pagada realmente. Entre las restricciones de la subrogación convencional, puede estar limitada a ciertos derechos; no ocurre igual con la subrogación legal que no puede ser limitada y finalmente en caso de subrogación parcial, ambos acreedores concurren con igual derecho, proporcionalmente a la parte que el deudor les debe. 4.1.-EFECTOS DE LA SUBROGACIÓN EN LAS OBLIGACIONES INDIVISIBLES O SOLIDARIAS: El artículo 1263 del código Civil precisa que el solvens, efectivamente, se encuentra autorizado para exigir el pago de la deuda a sus ex codeudores, pero solo hasta por el monto por el que cada uno estaba obligado a contribuir para el pago de la deuda.
  • 9. Esto significa que efectuado el pago por el solvens, la obligación pierde la característica de solidaridad o indivisibilidad que detentaba. En consecuencia, quien pague el integro de la obligación al acreedor primigenio, no gozara del beneficio de indivisibilidad ni de la solidaridad, por el cual hubiese podido cobrar el integro de la deuda a cualquiera de codeudores. Todo lo contrario, la obligación se tomara en una de carácter divisible o mancomunado. 5.-REQUISITOS PARA CONFIGURAR UNA SUBROGACIÓN: 1.- La existencia de una obligación 2.- La participación de la voluntad de un tercero de pago, es decir, que un tercero pague una deuda 3.- El subrogado debe ser evaluado económicamente 4.- Transmisión de derechos, del acreedor primitivo al nuevo acreedor. 6.-DIFERENCIA ENTRE SUBROGACIÓN Y OTRAS CLASES DE TRASMISIÓN DE OBLIGACIONES: DIFERENCIAS NOVACION SUBROGACIÓN La novación extingue una obligación para dar nacimiento a otra distinta El tercero paga pero queda la misma obligación sustituyéndose únicamente al acreedor En la novación únicamente se cambia la obligación En la subrogación se puede cambiar de acreedor o de deudor CESIÓN DE DERECHOS SUBROGACIÓN La cesión de derechos siempre es convencional salvo la donación La subrogación puede ser contractual o legal. La sesión de derechos puede ser gratuita u onerosa La subrogación siempre es onerosa. En la cesión de derechos el objeto es la adquisición de un crédito. En la subrogación el objeto es la liberación del deudor DACIÓN SUBROGACIÓN Capacidad y consentimiento tanto el deudor como del acreedor Puede haber o no consentimiento del deudor
  • 10. 7.-DERECHO COMPARADO: México: Según Joaquín Martínez Alfaro, en su obra “TRATADO DE LAS OBLIGACIONES” define en los sgtes. Términos: subrogación personal en un modo traslativo de la obligación a título particular y entre vivos que puede ser por disposición legal (subrogación legal) o por voluntad de las partes (subrogación convencional) y que se efectúa mediante el cambio del acreedor, quien trasmite a un tercero, llamado subrogado Chile: El CódigoCivil de Chile define subrogación como «la transmisión de los derechos del acreedor a un tercero, que le paga». Esta definición es criticada por la doctrina, dado que la transmisión es un concepto referido a la sucesión por causa de muerte. Subrogación convencional, cuando el acreedor «recibiendo de un tercero el pago de la deuda, le subroga voluntariamente en todos los derechos y acciones que le corresponden como tal acreedor». España La subrogación permite cambiar la hipoteca a otra entidad financiera (subrogación de acreedor) o trasladar la hipoteca de un deudor a otro deudor, al que se le vende la finca (subrogación de deudor).