El documento aborda el concepto de acción en el derecho procesal civil, definida como el derecho del gobernado para ejercitar derechos transgredidos mediante la intervención de tribunales. Se clasifica en acciones reales, personales y mixtas, y detalla acciones específicas como la reivindicatoria, pública, confesoria, negatoria, hipotecaria, de división de cosa común, interdictales, de enriquecimiento sin causa y proforma, resaltando los aspectos fundamentales de cada una. Además, se menciona que se deben acreditar ciertos elementos y se detalla el procedimiento y condiciones correspondientes a estas acciones en el contexto del Código de Procedimientos Civiles del estado de Sinaloa.