La Cámara de Diputados de la provincia sancionó una nueva ley que deroga el Título VII de la Ley N° 5.139 y los Artículos 2 y 3 de la Ley N° 7.099. La nueva ley fue presentada por el Bloque Justicialista y promulgada el 15 de febrero de 2007.
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
Ley 8136 deroga artículos de leyes anteriores
1. 8.136
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1°.- Derógase el Título VII° de la Ley N° 5.139, T.O. por Ley N° 7.099.-
ARTICULO 2°.- Deróganse los Artículos 2° y 3° de la Ley N° 7.099.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 121° Período Legislativo, a quince días del mes de febrero del año dos mil siete. Proyecto presentado por el BLOQUE JUSTICIALISTA.-
L E Y N° 8.136.-
FIRMADO:
Dr. LUIS BEDER HERRERA - PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS
RAUL EDUARDO ROMERO – SECRETARIO LEGISLATIVO