Este documento propone modificaciones a la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina y a la Ley de Convertibilidad. Se proponen cambios en 13 artículos de la Carta Orgánica para fortalecer la autonomía del Banco Central, ampliar sus funciones para promover el desarrollo económico con equidad social, y darle mayor capacidad para regular el sistema financiero y la política monetaria. También se propone que el Banco Central informe sus objetivos y planificación anual al Congreso para su aprobación.
Este documento presenta la Ley 31 de 1992, la cual dicta las normas a las que debe sujetarse el Banco de la
República para el ejercicio de sus funciones como banco central de Colombia. La ley establece que el Banco de la
República es la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia del país y define sus funciones como emisor de la moneda
legal, banquero y prestamista de última instancia, y en su relación con el gobierno. Además, la ley determina que el
Banco debe presentar informes perió
Acción de Amparo por DNU Reservas BCRA - Dip. PinedoLaura Alonso
El documento solicita una medida cautelar para suspender la vigencia del Decreto 2010/09 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional hasta que se reúna el Congreso de la Nación. También solicita amparo contra el decreto y declarar su inconstitucionalidad por lesionar los derechos de los ciudadanos y provincias relacionados con el Banco Central. Se deja introducida la cuestión federal y se pide habilitación de feria debido a la gravedad institucional del asunto y para su inmediata consideración.
Este documento resume la Ley 24.144, también conocida como la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina. La ley establece el marco legal para el Banco Central, incluyendo su naturaleza autárquica, objetivos de preservar el valor de la moneda, composición y funciones de su directorio, y atribuciones como regulador del sistema monetario y financiero del país. La ley ha sido actualizada a través de varios decretos y leyes para modificar aspectos como la designación de los miembros del directorio y las obligaciones de
La Corte Constitucional está revisando la demanda de inexequibilidad parcial del artículo 16 de la Ley 31 de 1992, el cual establece que la Junta Directiva del Banco de la República debe fijar la metodología para determinar el valor de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC) teniendo en cuenta los movimientos de la tasa de interés. Varios ciudadanos intervinieron argumentando que esto vulnera los derechos a la vivienda digna y al mantenimiento del poder adquisitivo de la moneda. La Corte
Los diputados Federico Pinedo, Alfonso Prat Gay, Patricia Bullrich y Juan Carlos Vega solicitan una medida cautelar para suspender la vigencia del Decreto 2010/09 del Poder Ejecutivo Nacional hasta que el Congreso de la Nación lo trate, y posteriormente solicitan amparo contra dicho decreto por considerarlo inconstitucional al alterar las facultades que la Constitución otorga al Congreso y al Banco Central respecto a establecer y defender el valor de la moneda.
Este documento presenta la Ley No. 561, también conocida como la Ley General de Bancos de Nicaragua. La ley regula las actividades de intermediación financiera y prestación de servicios financieros con recursos del público. Establece que los bancos deben organizarse como sociedades anónimas y requieren autorización de la Superintendencia de Bancos. También regula los requisitos para solicitar la autorización de un nuevo banco, incluyendo la presentación de documentos como el estudio de factibilidad y antecedentes de los accionistas principales.
Este documento es la Ley 51 de 1990 que autoriza operaciones de endeudamiento interno y externo de Colombia. La ley amplía los cupos de endeudamiento interno e introduce los Títulos de Tesorería para reestructurar la deuda interna. También amplía los cupos de endeudamiento externo y autoriza la emisión de bonos para el saneamiento fiscal. Además, la ley permite compensaciones entre deudas de entidades públicas para sanear sus obligaciones financieras.
Este documento presenta la Ley 31 de 1992, la cual dicta las normas a las que debe sujetarse el Banco de la
República para el ejercicio de sus funciones como banco central de Colombia. La ley establece que el Banco de la
República es la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia del país y define sus funciones como emisor de la moneda
legal, banquero y prestamista de última instancia, y en su relación con el gobierno. Además, la ley determina que el
Banco debe presentar informes perió
Acción de Amparo por DNU Reservas BCRA - Dip. PinedoLaura Alonso
El documento solicita una medida cautelar para suspender la vigencia del Decreto 2010/09 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional hasta que se reúna el Congreso de la Nación. También solicita amparo contra el decreto y declarar su inconstitucionalidad por lesionar los derechos de los ciudadanos y provincias relacionados con el Banco Central. Se deja introducida la cuestión federal y se pide habilitación de feria debido a la gravedad institucional del asunto y para su inmediata consideración.
Este documento resume la Ley 24.144, también conocida como la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina. La ley establece el marco legal para el Banco Central, incluyendo su naturaleza autárquica, objetivos de preservar el valor de la moneda, composición y funciones de su directorio, y atribuciones como regulador del sistema monetario y financiero del país. La ley ha sido actualizada a través de varios decretos y leyes para modificar aspectos como la designación de los miembros del directorio y las obligaciones de
La Corte Constitucional está revisando la demanda de inexequibilidad parcial del artículo 16 de la Ley 31 de 1992, el cual establece que la Junta Directiva del Banco de la República debe fijar la metodología para determinar el valor de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC) teniendo en cuenta los movimientos de la tasa de interés. Varios ciudadanos intervinieron argumentando que esto vulnera los derechos a la vivienda digna y al mantenimiento del poder adquisitivo de la moneda. La Corte
Los diputados Federico Pinedo, Alfonso Prat Gay, Patricia Bullrich y Juan Carlos Vega solicitan una medida cautelar para suspender la vigencia del Decreto 2010/09 del Poder Ejecutivo Nacional hasta que el Congreso de la Nación lo trate, y posteriormente solicitan amparo contra dicho decreto por considerarlo inconstitucional al alterar las facultades que la Constitución otorga al Congreso y al Banco Central respecto a establecer y defender el valor de la moneda.
Este documento presenta la Ley No. 561, también conocida como la Ley General de Bancos de Nicaragua. La ley regula las actividades de intermediación financiera y prestación de servicios financieros con recursos del público. Establece que los bancos deben organizarse como sociedades anónimas y requieren autorización de la Superintendencia de Bancos. También regula los requisitos para solicitar la autorización de un nuevo banco, incluyendo la presentación de documentos como el estudio de factibilidad y antecedentes de los accionistas principales.
Este documento es la Ley 51 de 1990 que autoriza operaciones de endeudamiento interno y externo de Colombia. La ley amplía los cupos de endeudamiento interno e introduce los Títulos de Tesorería para reestructurar la deuda interna. También amplía los cupos de endeudamiento externo y autoriza la emisión de bonos para el saneamiento fiscal. Además, la ley permite compensaciones entre deudas de entidades públicas para sanear sus obligaciones financieras.
La Ley de Instituciones de Crédito establece las regulaciones para las instituciones financieras en México. Define qué es un servicio de banca y crédito y qué tipo de instituciones pueden proveer estos servicios. Establece que el Estado ejercerá rectoría sobre el Sistema Bancario Mexicano para apoyar el desarrollo económico del país y el crecimiento de la economía nacional. También describe las funciones de regulación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre las instituciones financieras.
El Banco del Estado de Ecuador se dedica a financiar proyectos públicos, de inversión e infraestructura a través de préstamos. Tiene autonomía y personería jurídica para administrar sus recursos de forma independiente, con el objetivo de impulsar el desarrollo sostenible del país y mejorar la calidad de vida de la población a través de soluciones financieras y asistencia técnica.
Este documento presenta una introducción al Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). Explica el origen y marco legal del BCRP, incluyendo su misión de preservar la estabilidad monetaria y su autonomía garantizada por la Constitución. También describe las funciones clave del BCRP como regulador del sistema monetario y financiero, administrador de reservas internacionales, emisor de billetes y monedas, y difusor de información económica. Finalmente, presenta un breve resumen de la implementación de la política
Este documento presenta una iniciativa para reformar las leyes que rigen a la banca de desarrollo en México. La propuesta busca flexibilizar el marco normativo para permitir que la banca de desarrollo amplíe el crédito a sectores estratégicos, fomente la inclusión financiera, la innovación y la perspectiva de género. También pretende darle más autonomía a la banca de desarrollo para la administración de recursos humanos a fin de retener y contratar personal calificado.
El documento describe el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) en Venezuela. FOGADE garantiza los depósitos bancarios para proteger a los ahorradores si un banco quiebra. Sus funciones incluyen garantizar depósitos, dar préstamos a bancos con problemas de liquidez, y pagar a los ahorradores si un banco quiebra. FOGADE cubre depósitos de hasta 9 millones de bolívares y garantiza depósitos en bancos, cooperativas de ahorro
Instituciones del sistema financiero mexicanoShin Rosales
El documento proporciona información sobre varias instituciones financieras mexicanas. Brevemente describe las funciones del Banco de México como banco central, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para supervisar entidades financieras, y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro para regular los sistemas de ahorro para el retiro.
1) La Ley de Instituciones de Crédito regula el servicio bancario y de crédito en México, así como la organización y operación de instituciones de crédito. 2) El Estado ejercerá rectoría sobre el Sistema Bancario Mexicano para apoyar el desarrollo económico del país. 3) La Secretaría de Hacienda y Crédito Público interpretará la ley y regulará el funcionamiento de las instituciones de crédito.
La asamblea general anual ordinaria de accionistas de Yuca 84, S.A. de C.V. aprobó (1) los informes del administrador único y del comisario, (2) los estados financieros de los ejercicios 2008 y 2009, (3) la ratificación del administrador único Carlos Ysita del Hoyo, y (4) la presentación de la nueva accionista Jimena Ysita León Portilla.
La Ley No. 6-06 establece el Sistema de Crédito Público de la República Dominicana. Se crea el Consejo de la Deuda Pública para definir las políticas de endeudamiento público y la Dirección General de Crédito Público para gestionar las operaciones de crédito del sector público no financiero. La ley clasifica la deuda pública en interna y externa, directa e indirecta, y define las operaciones de crédito público.
Este documento presenta un resumen de 10 lecciones sobre conceptos, principios y normas generales del derecho tributario. Explica los conceptos de derecho financiero y tributario, el poder financiero del estado y otras entidades públicas, los principios constitucionales del ordenamiento financiero como la capacidad económica y la reserva de ley, y las fuentes del derecho financiero como tratados, leyes y reglamentos. También cubre temas como la aplicación de normas financieras, el derecho presupuestario, el crédito público y el derecho tributario en
Este documento proporciona información sobre el Banco Central de Venezuela. Explica que el Banco Central es la institución encargada de emitir dinero y regular el crédito en Venezuela de acuerdo con la Constitución. Describe las funciones del Banco Central como formular la política monetaria, participar en la política cambiaria y regular la moneda, el crédito y las tasas de interés. También resume los cambios realizados a la Ley del Banco Central de Venezuela en 2009 y 2010 que fortalecieron la supervisión del Banco Central sobre el sistema financiero.
El documento describe la estructura y operaciones del Banco del Estado ecuatoriano. Está dividido en títulos que cubren su naturaleza jurídica, objetivos, recursos, operaciones con el sector público y privado, y su gobierno y administración. El Banco del Estado es una institución financiera pública que provee servicios bancarios y financiamiento a programas y proyectos estatales, así como al sector privado. Su capital es propiedad mayoritaria del Estado y es administrado por un Directorio y una Comisión Ejecutiva presid
La asamblea general ordinaria de accionistas de "Destilería Huasteca", S.A. de C.V. se reunió el 4 de marzo de 1994 para tratar tres puntos: 1) aprobar cambios en el consejo de administración, nombrando nuevos miembros y ratificando a otros; 2) otorgar amplias facultades y poderes a los miembros del consejo; 3) nombrar a Roberto Edgar Montes Almanza como delegado especial para formalizar los acuerdos de la asamblea.
Este documento establece la creación de comités de coordinación a nivel nacional y departamental para fortalecer la Jurisdicción de Paz en Colombia. Los comités buscan mejorar la coordinación entre entidades estatales y solucionar necesidades de los jueces de paz. Se describen las funciones de los comités y el proceso de elección de representantes de jueces de paz ante estos comités.
Foe 2013 acta asamblea ordinaria de 28 de abril de 2013Aviario Pio Pio
Este documento es el acta de la asamblea general ordinaria de la Federación Ornitológica Española celebrada el 28 de abril de 2013. La asamblea trató 14 puntos del orden del día, incluyendo la aprobación del acta de la asamblea anterior, los informes de actividades y estados financieros, la admisión y baja de asociados, y la elección del comité electoral para las próximas elecciones de la junta directiva. Se tomaron varias decisiones importantes como la aceptación de una invitación de una asociación orn
Presentación inducción adp gabriel celis contraloríaSSMN
Este documento describe las funciones de la Contraloría General de la República de Chile según la Constitución chilena. Estas funciones incluyen ejercer control de legalidad sobre los actos de la administración, fiscalizar los fondos públicos, examinar y juzgar las cuentas de entidades públicas, llevar la contabilidad general de la nación, y otras funciones establecidas en la ley orgánica constitucional respectiva.
La iniciativa propone fortalecer a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) otorgándole mayores facultades de regulación, supervisión y sanción sobre las instituciones financieras. También busca mejorar la protección de los usuarios al prohibir ventas atadas, facilitar la portabilidad de créditos y cuentas bancarias, y establecer un sistema arbitral para resolver controversias financieras. Finalmente, ordena investigaciones sobre competencia en el sistema financiero y emis
Ley sobre el banco ecuatoriano de la viviendadiana
Este documento presenta la codificación de la Ley sobre el Banco Ecuatoriano de la Vivienda y de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Crédito para la Vivienda. Establece el Banco Ecuatoriano de la Vivienda como institución financiera y crediticia para resolver el problema de la vivienda en Ecuador. Detalla las operaciones y funciones del Banco, incluyendo conceder préstamos hipotecarios, obtener fondos, recibir depósitos y emitir bonos. También faculta al Banco a otorgar préstamos
Non Violent Ways Of Resolving Conflict Situationsguest608aa76
This document outlines nonviolent ways to resolve conflicts, including using open dialogue and communication between parties to discuss facts and find a resolution, recognizing impulsive behavior in others without trying to change their personality, compromising, collaborating, brainstorming solutions, accommodating other viewpoints, and asking others to explain their perspective.
El documento discute el aprendizaje significativo, contrastándolo con el aprendizaje conductista. El aprendizaje significativo implica un cambio en el significado de la experiencia de una persona a través del pensamiento y la afectividad. Para entender el proceso educativo, se debe considerar los profesores, la estructura del currículo y el contexto social. David Ausubel describe el aprendizaje significativo como la incorporación sustantiva de nuevos conocimientos en la estructura cognitiva a través de la relación con conocimientos previos y la implicación a
Christmas is a time for sending cards to friends and family to spread holiday cheer. There are many options for Christmas cards from traditional religious scenes to more lighthearted winter or family portraits. Choosing a design that reflects your personal style and wishes for the season allows you to connect with loved ones from afar during the holidays.
La Ley de Instituciones de Crédito establece las regulaciones para las instituciones financieras en México. Define qué es un servicio de banca y crédito y qué tipo de instituciones pueden proveer estos servicios. Establece que el Estado ejercerá rectoría sobre el Sistema Bancario Mexicano para apoyar el desarrollo económico del país y el crecimiento de la economía nacional. También describe las funciones de regulación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre las instituciones financieras.
El Banco del Estado de Ecuador se dedica a financiar proyectos públicos, de inversión e infraestructura a través de préstamos. Tiene autonomía y personería jurídica para administrar sus recursos de forma independiente, con el objetivo de impulsar el desarrollo sostenible del país y mejorar la calidad de vida de la población a través de soluciones financieras y asistencia técnica.
Este documento presenta una introducción al Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). Explica el origen y marco legal del BCRP, incluyendo su misión de preservar la estabilidad monetaria y su autonomía garantizada por la Constitución. También describe las funciones clave del BCRP como regulador del sistema monetario y financiero, administrador de reservas internacionales, emisor de billetes y monedas, y difusor de información económica. Finalmente, presenta un breve resumen de la implementación de la política
Este documento presenta una iniciativa para reformar las leyes que rigen a la banca de desarrollo en México. La propuesta busca flexibilizar el marco normativo para permitir que la banca de desarrollo amplíe el crédito a sectores estratégicos, fomente la inclusión financiera, la innovación y la perspectiva de género. También pretende darle más autonomía a la banca de desarrollo para la administración de recursos humanos a fin de retener y contratar personal calificado.
El documento describe el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) en Venezuela. FOGADE garantiza los depósitos bancarios para proteger a los ahorradores si un banco quiebra. Sus funciones incluyen garantizar depósitos, dar préstamos a bancos con problemas de liquidez, y pagar a los ahorradores si un banco quiebra. FOGADE cubre depósitos de hasta 9 millones de bolívares y garantiza depósitos en bancos, cooperativas de ahorro
Instituciones del sistema financiero mexicanoShin Rosales
El documento proporciona información sobre varias instituciones financieras mexicanas. Brevemente describe las funciones del Banco de México como banco central, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para supervisar entidades financieras, y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro para regular los sistemas de ahorro para el retiro.
1) La Ley de Instituciones de Crédito regula el servicio bancario y de crédito en México, así como la organización y operación de instituciones de crédito. 2) El Estado ejercerá rectoría sobre el Sistema Bancario Mexicano para apoyar el desarrollo económico del país. 3) La Secretaría de Hacienda y Crédito Público interpretará la ley y regulará el funcionamiento de las instituciones de crédito.
La asamblea general anual ordinaria de accionistas de Yuca 84, S.A. de C.V. aprobó (1) los informes del administrador único y del comisario, (2) los estados financieros de los ejercicios 2008 y 2009, (3) la ratificación del administrador único Carlos Ysita del Hoyo, y (4) la presentación de la nueva accionista Jimena Ysita León Portilla.
La Ley No. 6-06 establece el Sistema de Crédito Público de la República Dominicana. Se crea el Consejo de la Deuda Pública para definir las políticas de endeudamiento público y la Dirección General de Crédito Público para gestionar las operaciones de crédito del sector público no financiero. La ley clasifica la deuda pública en interna y externa, directa e indirecta, y define las operaciones de crédito público.
Este documento presenta un resumen de 10 lecciones sobre conceptos, principios y normas generales del derecho tributario. Explica los conceptos de derecho financiero y tributario, el poder financiero del estado y otras entidades públicas, los principios constitucionales del ordenamiento financiero como la capacidad económica y la reserva de ley, y las fuentes del derecho financiero como tratados, leyes y reglamentos. También cubre temas como la aplicación de normas financieras, el derecho presupuestario, el crédito público y el derecho tributario en
Este documento proporciona información sobre el Banco Central de Venezuela. Explica que el Banco Central es la institución encargada de emitir dinero y regular el crédito en Venezuela de acuerdo con la Constitución. Describe las funciones del Banco Central como formular la política monetaria, participar en la política cambiaria y regular la moneda, el crédito y las tasas de interés. También resume los cambios realizados a la Ley del Banco Central de Venezuela en 2009 y 2010 que fortalecieron la supervisión del Banco Central sobre el sistema financiero.
El documento describe la estructura y operaciones del Banco del Estado ecuatoriano. Está dividido en títulos que cubren su naturaleza jurídica, objetivos, recursos, operaciones con el sector público y privado, y su gobierno y administración. El Banco del Estado es una institución financiera pública que provee servicios bancarios y financiamiento a programas y proyectos estatales, así como al sector privado. Su capital es propiedad mayoritaria del Estado y es administrado por un Directorio y una Comisión Ejecutiva presid
La asamblea general ordinaria de accionistas de "Destilería Huasteca", S.A. de C.V. se reunió el 4 de marzo de 1994 para tratar tres puntos: 1) aprobar cambios en el consejo de administración, nombrando nuevos miembros y ratificando a otros; 2) otorgar amplias facultades y poderes a los miembros del consejo; 3) nombrar a Roberto Edgar Montes Almanza como delegado especial para formalizar los acuerdos de la asamblea.
Este documento establece la creación de comités de coordinación a nivel nacional y departamental para fortalecer la Jurisdicción de Paz en Colombia. Los comités buscan mejorar la coordinación entre entidades estatales y solucionar necesidades de los jueces de paz. Se describen las funciones de los comités y el proceso de elección de representantes de jueces de paz ante estos comités.
Foe 2013 acta asamblea ordinaria de 28 de abril de 2013Aviario Pio Pio
Este documento es el acta de la asamblea general ordinaria de la Federación Ornitológica Española celebrada el 28 de abril de 2013. La asamblea trató 14 puntos del orden del día, incluyendo la aprobación del acta de la asamblea anterior, los informes de actividades y estados financieros, la admisión y baja de asociados, y la elección del comité electoral para las próximas elecciones de la junta directiva. Se tomaron varias decisiones importantes como la aceptación de una invitación de una asociación orn
Presentación inducción adp gabriel celis contraloríaSSMN
Este documento describe las funciones de la Contraloría General de la República de Chile según la Constitución chilena. Estas funciones incluyen ejercer control de legalidad sobre los actos de la administración, fiscalizar los fondos públicos, examinar y juzgar las cuentas de entidades públicas, llevar la contabilidad general de la nación, y otras funciones establecidas en la ley orgánica constitucional respectiva.
La iniciativa propone fortalecer a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) otorgándole mayores facultades de regulación, supervisión y sanción sobre las instituciones financieras. También busca mejorar la protección de los usuarios al prohibir ventas atadas, facilitar la portabilidad de créditos y cuentas bancarias, y establecer un sistema arbitral para resolver controversias financieras. Finalmente, ordena investigaciones sobre competencia en el sistema financiero y emis
Ley sobre el banco ecuatoriano de la viviendadiana
Este documento presenta la codificación de la Ley sobre el Banco Ecuatoriano de la Vivienda y de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Crédito para la Vivienda. Establece el Banco Ecuatoriano de la Vivienda como institución financiera y crediticia para resolver el problema de la vivienda en Ecuador. Detalla las operaciones y funciones del Banco, incluyendo conceder préstamos hipotecarios, obtener fondos, recibir depósitos y emitir bonos. También faculta al Banco a otorgar préstamos
Non Violent Ways Of Resolving Conflict Situationsguest608aa76
This document outlines nonviolent ways to resolve conflicts, including using open dialogue and communication between parties to discuss facts and find a resolution, recognizing impulsive behavior in others without trying to change their personality, compromising, collaborating, brainstorming solutions, accommodating other viewpoints, and asking others to explain their perspective.
El documento discute el aprendizaje significativo, contrastándolo con el aprendizaje conductista. El aprendizaje significativo implica un cambio en el significado de la experiencia de una persona a través del pensamiento y la afectividad. Para entender el proceso educativo, se debe considerar los profesores, la estructura del currículo y el contexto social. David Ausubel describe el aprendizaje significativo como la incorporación sustantiva de nuevos conocimientos en la estructura cognitiva a través de la relación con conocimientos previos y la implicación a
Christmas is a time for sending cards to friends and family to spread holiday cheer. There are many options for Christmas cards from traditional religious scenes to more lighthearted winter or family portraits. Choosing a design that reflects your personal style and wishes for the season allows you to connect with loved ones from afar during the holidays.
Los colores primarios son el amarillo, rojo y azul. Los colores secundarios como el verde, violeta y naranja se obtienen al mezclar dos colores primarios. La colorimetría estudia el color mediante métodos ópticos y matemáticos. Existen colores cálidos como el amarillo, naranja y rojo, y colores fríos como el verde, azul y violeta.
Ud1 2009 formas en la naturaleza lam 4º esoHERODES
Este documento presenta varios ejercicios prácticos sobre estructuras vegetales como hojas, frutos, flores y árboles. También incluye ejercicios sobre la interpretación artística de animales y paisajes. Los estudiantes deben completar los ejercicios usando diferentes técnicas como dibujo, collage y pintura.
El documento propone modificaciones a la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina y a la Ley de Convertibilidad. Se proponen cambios en la misión y funciones del Banco Central, su directorio y procesos de designación, requisitos de transparencia y rendición de cuentas. También se modifican atribuciones sobre regulación monetaria, cambiaria, crediticia y financiera.
Este documento presenta la Ley 9 de 1991 de Colombia, la cual establece normas generales sobre regulación de cambios internacionales. La ley define objetivos como promover el comercio exterior y la inversión extranjera, aplicar controles adecuados a movimientos de capital, y coordinar políticas cambiarias con otras políticas macroeconómicas. Asigna funciones de regulación cambiaria al Gobierno Nacional y a la Junta Monetaria.
Este documento establece la Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú. Define al Banco Central como una entidad autónoma con el objetivo de preservar la estabilidad monetaria del país. Describe la estructura de gobierno del Banco Central, conformada por un Directorio de siete miembros responsables de establecer las políticas monetarias. También especifica las funciones y atribuciones del Directorio, como regular la cantidad de dinero en circulación, administrar las reservas internacionales y emitir billetes y monedas.
Este documento presenta el índice del Código Monetario y Financiero de la República Dominicana. Incluye cuatro títulos principales que regulan el marco regulatorio e institucional, el sistema monetario, el sistema financiero y disposiciones adicionales, finales y transitorias. Cada título contiene varias secciones que tratan aspectos específicos como principios de regulación, organización de la administración monetaria, funciones de la junta monetaria y el banco central, y regulación de entidades financieras.
El documento describe el marco institucional del comercio exterior colombiano. La política de comercio exterior es definida por la Constitución Política de 1991 y las leyes expedidas por el Congreso Nacional y decretos expedidos por la Presidencia de la República. El CONPES y el Consejo Superior de Comercio Exterior formulan las políticas de comercio exterior, mientras que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ejecuta dichas políticas y planes de comercio exterior.
Resolucion del-banco-central-de-boliviaErbol Digital
El Banco Central de Bolivia emitió una resolución que prohíbe el uso de monedas no emitidas o reguladas por estados o zonas económicas, así como denominaciones monetarias no autorizadas por el Banco Central, en el ámbito del sistema de pagos nacional. La resolución busca evitar pérdidas a los tenedores de monedas virtuales no reguladas y garantizar que solo se utilicen medios de pago autorizados en Bolivia.
Reglamento nº 3 sobre el sist de tesoreriayulimarbalza
El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar los principios y disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema de Tesorería, a los fines de establecer las normas y los procesos aplicables al Servicio de Tesorería.
Este documento regula las leyes sobre bancos y grupos financieros en Guatemala. Establece que la Superintendencia de Bancos supervisa la creación, operaciones y liquidación de bancos y grupos financieros. También regula la intermediación financiera que realizan, como la captación de depósitos y colocación de títulos. Además, establece requisitos para la autorización de bancos extranjeros, y regula aspectos como el capital social de los bancos, grupos financieros, empresas de apoyo bancario y
Este documento establece las regulaciones para los bancos, entidades financieras y casas de cambio en Venezuela. Define la intermediación financiera y establece que sólo los bancos y entidades financieras reguladas pueden realizar esta actividad. Sujetan a estas instituciones a la supervisión de la Superintendencia de Bancos y establece disposiciones sobre la promoción, constitución y funcionamiento de bancos y entidades financieras.
Este documento presenta una reforma parcial de la ordenanza sobre la organización y funcionamiento de la estructura administrativa del Concejo Municipal Libertador del Estado Mérida. Se modifican y suprimen varios artículos relacionados con la dirección de administración y sus funciones y deberes. También se reforman artículos sobre el presupuesto del concejo municipal y su publicación.
Este documento es un decreto que establece la Ley de Bancos y Grupos Financieros en Guatemala. El decreto busca regular la creación, organización, fusiones, actividades y operaciones de bancos y grupos financieros en el país, así como el establecimiento de sucursales bancarias extranjeras. El decreto establece los requisitos y procedimientos para la constitución y autorización de bancos, así como las regulaciones que deben seguir bancos, grupos financieros y sucursales bancarias extranjeras.
Este documento establece el reglamento de organización y funcionamiento del gobierno y la administración del Ayuntamiento de Ribarroja del Túria. Define los órganos de gobierno como el Alcalde, los Tenientes de Alcalde, la Junta de Gobierno Local y el Pleno. Detalla las competencias y funciones del Alcalde como presidente de la corporación, representante del Ayuntamiento, convocante de sesiones y órganos, responsable de servicios, personal, policía local y más. También explica el nombramiento y funciones
El documento describe las funciones y estructura del Banco de la República de Colombia, que actúa como banco central. El Banco regulará la moneda, crédito y cambios internacionales, emitirá la moneda legal, administrará reservas internacionales y servirá como prestamista y banquero de los bancos comerciales. La Junta Directiva del Banco, compuesta por 7 miembros incluyendo al Ministro de Hacienda, es la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia. El Banco velará por mantener el poder adquisitivo de la
LeyBCH banco central de Honduras ley .pdfbadabubinhn
Este documento presenta un resumen de la Ley del Banco Central de Honduras. Establece que el Banco Central de Honduras es la institución responsable de formular y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país con el objetivo de mantener el valor interno y externo de la moneda nacional y promover el funcionamiento del sistema de pagos. El banco estará dirigido por un Directorio de 5 miembros nombrados por el Presidente de la República que tendrán la responsabilidad de determinar y dirigir la política monetaria. Se describ
La Junta Monetaria ha dictado su Sexta Resolución el 12 de octubre de 2006 para aprobar una versión definitiva del Reglamento Cambiario tras recibir propuestas de modificación y someterlas a consulta pública. El nuevo Reglamento establece normas y procedimientos para regular las operaciones de divisas en el mercado cambiario dominicano con el objetivo de contribuir a su correcto funcionamiento.
Este documento presenta una reforma parcial del reglamento de interior y debates del concejo municipal de Libertador, Estado Carabobo, Venezuela. Se modifican varios artículos para adecuar el reglamento a la constitución venezolana y a la ley orgánica del poder público municipal. Entre los cambios se incluyen ajustes a los procedimientos de instalación del concejo, elección de la junta directiva, y funciones del presidente del concejo.
La ley dicta normas para modernizar la organización y funcionamiento de los municipios colombianos. Establece que los municipios gozan de autonomía para gestionar sus intereses dentro de la Constitución y la ley. Define competencias obligatorias y voluntarias de los municipios y establece factores para la delegación y asignación de atribuciones y funciones a los municipios. También modifica requisitos para la creación de municipios y normas sobre concejos municipales.
MARCO LEGAL DEL RÉGIMEN DE CONTROL DE CAMBIOS: El Decreto – Ley 444 de 1967 y...mis2015
Este documento describe el marco legal del régimen de control de cambios en Colombia desde 1967 hasta 1991. Explica que entre 1967 y 1991 Colombia tuvo un régimen de control de cambios total basado en el Decreto-Ley 444 de 1967. Sin embargo, la apertura económica de los años 90 determinó la necesidad de introducir modificaciones, dando lugar a la Ley 9a. de 1991 y otras resoluciones que permitieron regular con más flexibilidad el ingreso y salida de capitales extranjeros. El documento procede a detallar algunas de las disposiciones clave de
Material didáctico para la guía de Derecho Fiscal II, elaborada por la Mtra. Alicia Rendón López, de la División de Universidad Abierta de la Facultad de Derecho, UNAM.
Sistema de auto-aprendizaje utilizando Internet Valeria Esposito
Este documento se propone demostrar que hoy “el aula” entendida como lugar de aprendizaje se encuentra en cada uno de los hogares que poseen computadora y conexión a Internet. Por tal motivo proponemos un sistema de autoaprendizaje guiado y socialmente validado a través de la invención de los Centros de Conectividad que serán usinas de promoción de conocimiento en la población argentina a fin de lograr alfabetizarla y obtener la mayor cantidad de trabajadores del conocimiento en un futuro cercano. Así mismo proponemos un nuevo método de aprendizaje basado en guías que orientan la investigación de temas específicos y una guía sobre el la técnica mayéutica GWY que explica el uso pedagógico de Google, Wikipedia y Youtube.
La lógica estudia la validez de los razonamientos, determinando si la conclusión se desprende lógicamente de las premisas independientemente de su contenido. El documento presenta dos ejemplos de razonamientos, uno válido donde la conclusión se sigue de las premisas, y otro inválido donde la conclusión no se sigue lógicamente. La lógica se enfoca en la forma del razonamiento más que en su contenido o procesos mentales subyacentes.
II Jornadas de Investigación en Epistemología - Cátedra Rivera - UBAValeria Esposito
Este documento presenta el cronograma de las Jornadas de Investigación en Epistemología que se llevarán a cabo los días 23 y 24 de octubre de 2015. El cronograma incluye paneles y conferencias sobre temas como la ciencia, el discurso, la subjetividad, los medios audiovisuales y la relación entre ciencia, ética y universidad. También incluye talleres de actualización sobre bioética y el uso de herramientas tecnológicas en el aula.
The document discusses the results of a study on the effects of a new drug on memory and cognitive function in older adults. The double-blind study involved 100 participants aged 65-80 who were given either the drug or a placebo daily for 6 months. Researchers found that those who received the drug performed significantly better on memory and problem-solving tests at the end of the study compared to those who received the placebo.
Catalogo de invitaciones y precios de la linea ahorro de @RenataCelestina. Bodas, quince, bat-bar mitzvah, babysower, 1er año bebé, aniversarios, cumpleaños
La Unión Europea ha acordado un paquete de sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen restricciones a las transacciones con bancos rusos clave y la prohibición de la venta de aviones y equipos a Rusia. Los líderes de la UE esperan que las sanciones aumenten la presión económica sobre Rusia y la disuadan de continuar su agresión contra Ucrania.
La Unión Europea ha acordado un embargo petrolero contra Rusia en respuesta a la invasión de Ucrania. El embargo prohibirá las importaciones marítimas de petróleo ruso a la UE y pondrá fin a las entregas a través de oleoductos dentro de seis meses. Esta medida forma parte de un sexto paquete de sanciones de la UE destinadas a aumentar la presión económica sobre Moscú y privar al Kremlin de fondos para financiar su guerra.
La Unión Europea ha acordado un embargo petrolero contra Rusia en respuesta a la invasión de Ucrania. El embargo prohibirá las importaciones marítimas de petróleo ruso a la UE y pondrá fin a las entregas a través de oleoductos dentro de seis meses. Esta medida se suma a las sanciones anteriores de la UE contra Rusia y se espera que debilite aún más la economía rusa.
The document discusses the benefits of exercise for mental health. Regular physical activity can help reduce anxiety and depression and improve mood and cognitive function. Exercise causes chemical changes in the brain that may help protect against mental illness and improve symptoms.
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Valeria Esposito es una licenciada en Ciencias de la Comunicación de la UBA que actualmente se desempeña como profesora e investigadora en la Universidad de Buenos Aires. Ha escrito un libro sobre mensajería instantánea y es especialista en investigaciones semióticas sobre tecnologías de información y comunicación. También ha ocupado varios cargos relacionados con la comunicación, como asesora, profesora y coordinadora.
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Dictámen final bcra
1. EXPTE.
DICTAMEN DE MINORÍA
Honorable Cámara:
La Comisión de Presupuesto y Hacienda…….. ha tomado en
consideración el Mensaje 291 del 29 de febrero de 2012 por el que se propicia la
modificación de las leyes Nº 24.144 y Nº 23.928 por el cual se modifica la Carta
Orgánica del Banco Central de la República Argentina, y la Ley de Convertibilidad, y,
por las razones expuestas en el informe que se acompaña y las que dará el miembro
informante, aconseja la sanción del siguiente:
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO…
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
DEL PRESUPUESTO DE GASTOS Y RECURSOS DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL
TITULO I
MODIFICACIONES A LA CARTA ORGANICA DEL BANCO CENTRAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA
Artículo 1º: Sustitúyese el artículo 1º de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 1º: "El Banco Central de la República Argentina es una entidad autárquica del Estado
Nacional regida por las disposiciones de la presente Carta Orgánica y las demás normas
legales concordantes.
El Estado Nacional garantiza las obligaciones asumidas por el Banco.
Salvo expresas disposiciones en contrario establecidas por ley, no serán de aplicación al
Banco las normas, cualquiera sea su naturaleza, que con alcance general hayan sido dictadas
o se dicten para organismos de la Administración Pública Nacional, de las cuales resulten
limitaciones a la capacidad o facultades que le reconoce esta Carta Orgánica.
Artículo 2º: Sustitúyese el artículo 3º de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.414 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 3º: "El Banco tiene por finalidad promover, en la medida de sus facultades y en el
marco de las políticas establecidas por el Gobierno Nacional, la estabilidad monetaria, la
estabilidad financiera, y el desarrollo económico con equidad social. El Banco Central de la
República Argentina deberá publicar antes del inicio de cada ejercicio anual sus objetivos y
2. planificación respecto al desarrollo de la política monetaria, financiera, crediticia y cambiaria, a
los efectos de ser aprobados por el Honorable Congreso de la Nación.“
Artículo 3º: Sustitúyese el artículo 4º de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.414 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 4º: Son funciones y facultades del Banco:
a) Regular el funcionamiento del sistema financiero y aplicar la Ley de Entidades Financieras y
las normas que, en su consecuencia, se dicten.
b) Regular la cantidad de dinero y regular y orientar el crédito.
c) Actuar como agente financiero del Estado Nacional y depositario y agente del país ante las
instituciones monetarias, bancarias y financieras internacionales a las cuales la Nación haya
adherido, así como desempeñar un papel activo en la integración y cooperación internacional.
d) Concentrar y administrar sus reservas de oro, divisas y otros activos externos.
e) Contribuir al buen funcionamiento del mercado de capitales.
f) Ejecutar la política cambiaria en un todo de acuerdo con la legislación que sancione el
Honorable Congreso de la Nación.
g) Regular, en la medida de sus facultades, los sistemas de pago, las cámaras liquidadoras y
compensadoras, las remesadoras de fondos, y las empresas transportadoras de caudales, así
como toda otra actividad que guarde relación con la actividad financiera y cambiaria.
h) Proveer a la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros y a la
defensa de la competencia, coordinando su actuación con las autoridades públicas
competentes en estas cuestiones. En el ejercicio de sus funciones y facultades el Banco no
estará sujeto a órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional, ni podrá
asumir obligaciones de cualquier naturaleza que impliquen condicionarlas, restringirlas o
delegarlas sin autorización expresa del Congreso de la Nación".
Artículo 4º: Modificase el inciso b del artículo 8º de la Carta Orgánica del Banco Central de la
República Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.414 y sus modificaciones, por el
siguiente texto:
b) "Los accionistas o los que formen parte de la dirección, administración, sindicatura o presten
servicios en el sistema financiero al momento de su designación".
Artículo 5º: Sustitúyese el artículo 10º de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.414 y sus modificaciones, por el siguiente.
Artículo 10º: "El presidente es la primera autoridad ejecutiva del Banco y, en tal carácter:
a) Ejerce la administración del Banco
b) Actúa en representación del directorio y convoca y preside sus reuniones.
c) Vela por el fiel cumplimiento de esa Carta Orgánica y demás leyes nacionales y de las
resoluciones del directorio.
d) Ejerce la representación legal del Banco en sus relaciones con terceros.
e) Dirige la actuación de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.
3. f) Propone al Poder Ejecutivo Nacional la designación del superintendente y vice
superintendente de entidades financieras y cambiarias, los que deberán ser miembros del
directorio.
g) Nombra, promueve y separa al personal del Banco, de acuerdo con las normas que dicte el
directorio, dándole posterior cuentas de las resoluciones adoptadas.
h) Dispone la substanciación de sumarios al personal, cualquiera sea su jerarquía, por
intermedio de la dependencia competente.
i) Deberá presentar un informe anual sobre las operaciones del Banco al Honorable Congreso
de la Nación. A su vez deberá comparecer ante las Comisiones de Presupuesto y Hacienda de
ambas Cámaras; de Economía del Senado de la Nación, y de Finanzas de la Cámara de
Diputados, en sesiones públicas y conjuntas de las mismas, por cada una de las Cámaras, al
menos una vez durante el período ordinario o cuando estas Comisiones lo convoquen, a los
efectos de informar sobre los alcances de la políticas monetarias, cambiarias y financieras en
ejecución, y
j) Opera en los mercados monetarios y cambiarios.
Artículo 6º: Sustitúyese el artículo 11º de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.414 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 11º: "Cuando razones de urgencia fundadas así lo exijan, el presidente podrá,
asimismo, resolver asuntos reservados al directorio, en consulta con el vicepresidente, o quien
haga sus veces y un director, o, en caso de ausencia, impedimento o vacancia del
vicepresidente, con dos directores, debiendo dar cuenta a ese cuerpo en la primera
oportunidad en que se reúna, de las resoluciones adoptadas en esta forma. De la misma
facultad gozará quien lo reemplace.
Artículo 7º: Sustitúyese el artículo 14º de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.414 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 14º: "Corresponde al directorio":
a) Intervenir en las decisiones que afecten al mercado monetario y cambiario.
b) Prescribir requisitos de encaje, sujeto a las condiciones establecidas en el artículo 28.
c) Fijar las tasas de interés y demás condiciones generales de las operaciones crediticias del
Banco.
d) Establecer relaciones técnicas de liquidez y solvencia para las entidades financieras.
e) Establecer el régimen informativo y contable para las entidades sujetas a la supervisión del
Banco.
f) Determinar las sumas que corresponde destinar a capital y reservas de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 38.
g) Fijar políticas generales que hacen al ordenamiento económico y a la expansión del sistema
financiero.
h) Revocar la autorización para operar de las entidades financieras y cambiarias, por sí o a
pedido del superintendente.
i) Ejercer las facultades poderes que asigna al Banco esta ley y sus normas concordantes.
4. j) Reglamentar la creación y funcionamiento de cámaras compensadoras de cheques y de
otros valores que organicen las entidades financieras.
k) Establecer las denominaciones y características de los billetes y monedas.
l) Disponer la desmonetización de los billetes y monedas en circulación y fijar los plazos en que
se producirá su encaje.
m) Establecer las normas para la organización y gestión del Banco, tomar conocimiento de las
operaciones decididas con arreglo a dichas normas e intervenir, según la reglamentación que
dicte, en la resolución de los casos no previstos.
n) Resolver sobre todos los asuntos que, no estando explícitamente reservados a otros
órganos, el presidente del Banco someta a su consideración.
ñ) Autorizar la apertura de nuevas entidades financieras o cambiarias, y la de filiales o
sucursales de entidades financieras extranjeras.
o) Autorizar la apertura de sucursales de entidades financieras y los proyectos de fusión de
estas.
p) Aprobar las transferencias de acciones que según la Ley de Entidades Financieras requieran
autorización del Banco.
q) Determinar el nivel de reservas de oro, divisas y otros activos externos necesarios para la
ejecución de la política cambiaria, tomando en consideración la evolución de las cuentas
externas. Dicho nivel no deberá ser inferrior a la suma de los últimos ocho meses de las
importaciones totales del país.
r) Regular las condiciones del crédito en términos de plazos, tasas de interés, comisiones y
cargos de cualquier naturaleza, así como orientar su destino por medio de exigencias de
reservas, encajes diferenciales u otros medios apropiados.
s) Dictar normas aplicables a las actividades mencionadas en el inciso g) del artículo 4º.
t) Dictar normas que preserven la competencia en el sistema financiero.
u) Dictar normas para la obtención, por parte de las entidades financieras, de recursos en
moneda extranjera y a través de la emisión de bonos, obligaciones y otros títulos, tanto en el
mercado local como en el externo.
v) Declarar la extensión de la aplicación de la Ley de Entidades Financieras a personas no
comprendidas en ella cuando así lo aconsejen el volumen de sus operaciones o razones de
política monetaria, cambiaria o crediticia.
Artículo 8º: Modificase el inciso e) del artículo 15 de la Carta Orgánica del Banco Central de la
República Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones, por el
siguiente texto:
e) Elaborar y remitir para su aprobación antes del 30 de septiembre de cada año, el
presupuesto anual de gastos, el cálculo de recursos y los sueldos del personal del Banco, y
Artículo 9º: Modificase el inciso f) del artículo 17 de la Carta Orgánica del Banco Central de la
República Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones, por el
siguiente texto:
5. f) Otorgar adelantos a las entidades financieras con caución, cesión en garantía, prenda o
afectación especial de I) créditos u otros activos financieros cuyo deudor o garante sea el
Estado Nacional, o II) títulos de deuda o certificado de participación emitidos por fideicomisos
financieros cuyo activo esté compuesto por créditos u otros activos financieros cuyo deudor o
garante sea el Estado Nacional para promover la oferta de crédito a mediano y largo plazo
destinada a la inversión productiva. En el caso de los adelantos para inversión productiva el
directorio podrá aceptar que, del total de las garantías exigidas, hasta un Veinticinco por Ciento
(25 %) se integre mediante los activos mencionados en el primer párrafo del inciso c) de este
artículo, tomando en consideración para ello el plazo de la operatoria. En los casos previstos
en este inciso no regirán las restricciones establecidas en los incisos b) y c) precedentes”.
Artículo 10º: Modificase el inciso a) del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Central de la
República Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones, por el
siguiente texto, y derogase el inciso g) de dicho artículo.
a) Comprar y vender a precios de mercado, en operaciones de contado y a término, títulos
públicos, divisas, y otros activos financieros con fines de regulación monetaria, cambiaria,
financiera y crediticia.
Artículo 11º: Sustituyese el artículo 26 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 26º: El Banco deberá informar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, sobre la
situación monetaria, financiera, cambiaria y crediticia.
Artículo 12º: Sustituyese el artículo 28º de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 28º: El Banco Central de la República Argentina puede exigir que las entidades
financieras mantengan disponibles determinadas proporciones de los diferentes depósitos y
otros pasivos, expresados en moneda nacional o extranjera. La integración de los requisitos de
reservas no podrá constituirse sino en depósitos a la vista en el Banco Central de la República
Argentina, en moneda nacional o en cuenta en divisa, según se trate de pasivos de entidades
financieras denominadas en moneda nacional o extranjera, respectiva.
Atendiendo a circunstancias generales, el Banco Central de la República Argentina podrá
disponer que la integración de los requisitos de reserva se realice parcialmente con títulos
públicos valuados a precios de mercado”.
Artículo 13: Sustituyese el artículo 34 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 34: El ejercicio financiero del Banco durará un año (1) y se cerrará el 31 de diciembre.
Los estados contables del Banco deberán ser elaborados de acuerdo con normas
generalmente aceptadas.
Artículo 14: Derogase el segundo párrafo del artículo 36 de la Carta Orgánica del Banco
Central de la República Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus
modificaciones.
Artículo 15: Modificase el segundo párrafo del artículo 38 de la Carta Orgánica del Banco
Central de la República Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus
modificaciones, por el siguiente texto.
6. “Las pérdidas que experimente el Banco en un ejercicio determinado, se imputarán a las
reservas que se hayan constituido en ejercicios precedentes y si ello no fuera posible afectarán
al capital de la Institución. En estos casos, el Directorio del Banco podrá afectar las utilidades
que se generen en ejercicios siguientes a la recomposición de los niveles de capital y reservas
anteriores a la pérdida”.
Artículo 16: Sustituyese el artículo 42 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 42: “El Banco Central de la República Argentina deberá publicar antes del inicio de
cada ejercicio anual sus objetivos y planificación respecto al desarrollo de la política monetaria,
financiera, crediticia y cambiaria, a los efectos de ser aprobados por el Honorable Congreso de
la Nación. El Banco podrá realizar investigaciones y promover la educación financiera y
actividades sobre temas de interés relacionados con la finalidad que le asigna esta Carta
Orgánica.
Artículo 17: Modificase el primer párrafo del artículo 44 de la Carta Orgánica del Banco Central
de la República Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones,
por el siguiente:
Artículo 44: La administración de Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias
será ejercida por un superintendente, y un vicesuperintendente, quienes serán asistidos por los
subgerentes de las áreas que la integren.
Artículo 18: Sustituyese el artículo 47 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 47: Son facultades del superintendente:
a) Vigilar el cumplimiento del régimen informativo y contable para las entidades financieras y
cambiarias.
b) Disponer la publicación de los balances mensuales de las entidades financieras, estados de
deudores, y demás informaciones que sirvan para el análisis de la situación del sistema.
c) Ordenar a las entidades que cesen o desistan de llevar a cabo políticas de préstamos o de
asistencia financiera que pongan en peligro la solvencia de las mismas.
d) Aplicar las sanciones que establece la Ley de Entidades Financieras por infracciones
cometidas por las personas o entidades, o ambas a la vez, a sus disposiciones, las que, sin
perjuicio de la facultad de avocación del presidente, solo serán impugnables por las vías
contempladas en su artículo 42.
e) Ejercer las demás facultades que las leyes otorgan al Banco relativas a la superintendencia,
con excepción de las expresamente atribuidas por esta ley al directorio del Banco, y
f) Aplicar las disposiciones legales que sobre el funcionamiento de las denominadas tarjetas de
crédito, tarjetas de compra, dinero electrónico u otras similares, dicte el Honorable Congreso
de la Nación y las reglamentaciones que en uso de sus facultades dicte el Banco Central de la
República Argentina.
Artículo 19: Sustituyese el artículo 48 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República
Argentina, aprobada por el artículo 1º de la Ley 24.144 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 48: En su carácter de administrador, corresponde al superintendente establecer las
normas para la organización y gestión de la superintendencia.
7. Título II
Modificaciones a la Ley de Convertibilidad Nº 23.928
Artículo 20: Derogase los artículos 4º y 5º de la Ley Nº 23.928 y sus modificaciones.
Artículo 21: Sustituyese el artículo 6º de la Ley 23.928 y sus modificaciones por el siguiente:
Artículo 6º: Los bienes que integran las reservas del Banco Central de la República Argentina
son inembargables. Hasta el nivel que determine su directorio, se aplicarán exclusivamente al
fin contemplado en el inciso q) del artículo 14 de la Carta Orgánica de dicha institución. Las
reservas excedentes se denominarán de libre disponibilidad.
En el caso que las cuentas externas presenten un superávit del balance de divisas y que
resulte de efecto monetario neutro, las reservas de libre disponibilidad podrán aplicarse
prioritariamente a inversiones productivas.
Cuando las reservas se inviertan en depósitos u otras operaciones a interés, o en títulos
públicos nacionales o extranjeros pagaderos en oro, metales preciosos, dólares
estadounidenses u otras divisas de similar solvencia, su cómputo a los fines de esta ley se
efectuará a valores de mercado.
Título III
Modificación a la Ley de Entidades Financieras Nº 21526
Artículo 22: Sustitúyase el primer párrafo del Artículo 40 de la Ley de Entidades Financieras por
el siguiente: “las informaciones que el Banco Central de la República Argentina y la
Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias reciba o recoja en ejercicio de
sus funciones, vinculadas a operaciones pasivas, tendrán carácter estrictamente
confidencial. Este carácter no regirá para la Auditoría General de la Nación en su rol de
control externo definido en el Artículo 40 de la Carta Orgánica del Banco Central.
Artículo 23: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Sala de la comisión, 7 de marzo de 2012 (ver si es la fecha de hoy que se
presenta)
8. INFORME
En mérito al análisis detallado y concienzudo realizado al proyecto del Poder Ejecutivo
que modifica la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina y la Ley
de Convertibilidad, el Bloque Unidad Popular, presenta un dictamen propio que en
buena medida reproduce el dictamen del Poder Ejecutivo, pero a la vez, en puntos
centrales del proyecto nos oponemos ya que no podemos acompañar estrategias
irresponsables que puedan devenir en iguales o mayores problemas inflacionarios, ni
tampoco el culto a las reglas y una ortodoxia neoliberal que sólo ha producido
desarticulación productiva y desigualdad social.
Más allá de compartir que el BCRA tenga entre sus prioridades, además de la
estabilidad monetaria, la financiera y el desarrollo económico con equidad social, no
puede ignorarse el contexto y la coyuntura en las cuales se plantea la reforma. Un bienio
(2010-2011) con una inflación acumulada de más del 50% que licua los ingresos
populares y con políticas monetaria y fiscal fuertemente expansivas. No queda claro en
el proyecto oficial la forma con la que se diseñará la política monetaria en este contexto,
ni que mecanismos antiinflacionarios se deben instrumentar. Los tres objetivos
mencionados en el art. 3 pueden no ser consistentes en un contexto como el actual.
Además, la instrumentación del pago al FMI y de los pagos operados por los Fondos de
Desendeudamiento han degradado la calidad de los activos del BCRA. Las letras
indisponibles a 10 años emitidas a tasa Libor menos 1% (cero) están valuadas a su valor
técnico y representan una parte importante de los activos (unos U$S 25,7 miles de
millones). Si se valuaran esas letras a un supuesto valor de realización (como el resto de
los títulos públicos en poder del BCRA) la pérdida contable alcanzaría como mínimo a
unos U$S 12.000 millones. Con un patrimonio neto actual de casi U$S 10.000
millones, el patrimonio neto del BCRA REAL sería NEGATIVO en unos U$S 2000
millones.
Respecto a las reservas de libre disponibilidad –tal como están definidas en la ley de
convertibilidad vigente- al 23/2/12 hay un déficit de 0,5 millón U$S (reservas por U$S
46900 millones contra una base monetaria de U$S 47400 millones). Esto se agrava si
consideramos que las reservas apalancadas con el BIS y con otros bancos centrales no
son menores a U$S 4000 millones. Y que dentro de las reservas se computan encajes en
dólares –un activo contingente- por U$S 6700 millones. Si estos rubros se detraen las
reservas netas serían de U$S 36200 millones y las de libre disponibilidad presentarían
un déficit de U$S 11200 millones.
Sobre esta base se pretende en el proyecto oficial habilitar pagos a Organismos
Internacionales y Bilaterales y mantener el Fondo de Desendeudamiento por U$S 5700
millones para el 2012. Suponiendo conservadoramente que un supuesto arreglo con el
Club de París se intente instrumentar a cinco años, no menos de U$S 2.000 millones se
pagarían en el 2012. Si estas hipótesis son correctas las reservas netas descenderían a
U$S 28500 millones. Menos de 5 meses de importaciones, más allá de cualquier
desfasaje con pasivos monetarios y no monetarios del BCRA.
Este ejercicio prospectivo (que parece bastante probable) muestra que es necesario
replantear y definir estrictamente el criterio para cuantificar las RESERVAS
NECESARIAS tal como se definen en el art. 14 q). Y dada la estructura productiva de
9. la Argentina actual, creemos que las RESERVAS NETAS no deben ser inferiores a 8
meses de importaciones.
Por otra parte, si bien consideramos pertinente romper con la relación base monetaria-
reservas derogando los art. 4 y 5 de la Ley 23928 (artículo 20 del proyecto oficial), sólo
creemos apropiado contemplar la existencia de reservas de libre disponibilidad en tanto
y en cuanto exista superávit del balance de divisas para el país en un lapso anual.
Dadas las modificaciones establecidas y al contrario de lo que realiza el proyecto
oficial, en nuestro dictamen rechazamos la continuidad del Fondo de Desendeudamiento
Argentino. Al mismo tiempo, establecemos que deexistir reservas de libre
disponibilidad, estas se destinarán prioritariamente a financiar proyectos de inversión
productiva.
Respecto al objeto del BCRA, coincidimos en definir como finalidades la estabilidad
monetaria, la financiera y el desarrollo económico con equidad social. Si bien con estos
múltiples objetivos el programa monetario de la actual Carta pierde entidad, creemos
necesario que el informe sobre objetivos y planes respecto del desarrollo de la política
monetaria, financiera, crediticia y cambiaria contemplado en el art. 42 del proyecto
oficial se presente ante el Honorable Congreso de la Nación al inicio de cada ejercicio
anual a los efectos de su aprobación. Mantenemos que el BCRA no podrá asumir
obligaciones que impliquen condicionar, restringir o delegar el ejercicio de sus
facultades legales sin autorización expresa del Congreso.
Respecto a las atribuciones del Presidente, entendemos razonable que dirija la actuación
de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. Y respecto de las del
Directorio, entendemos razonables los cambios al art. 14 salvo en la determinación de
reservas necesarias para la ejecución de la política cambiaria. Esas reservas no podrán
ser inferiores a la suma acumulada de los últimos 8 meses de importaciones del país.
Por otro lado, consideramos en nuestro dictamen, que el balance del BCRA deberá ser
elaborado de acuerdo con normas generalmente aceptadas para el sistema financiero
(art. 34), agregamos la necesidad que el BCRA deberá publicar, antes del inicio de cada
ejercicio anual sus objetivos y planes respecto del desarrollo de la política monetaria,
financiera, crediticia y cambiaria, a los efectos de aprobación por parte del Congreso.
Por último nos parece relevante la necesidad de un control adicional sobre el sistema
financiero puede ser cumplido eficientemente por al Auditoría General de la Nación.
Pero muchas veces aparece vedada por la figura del secreto bancario. Nuestro dictamen
plantea exceptuar a la AGN de las limitaciones de aquel y además modificar el art. 40
de la Ley de Entidades Financieras en el mismo sentido.
Los elementos expuestos indican que si bien compartimos la necesidad de terminar con
la actual Carta Orgánica del Banco Central, así como con la propia Ley de
Convertibilidad, entendemos que solo puede hacerse en un marco de políticas que
coloquen al Estado y su capacidad regulatoria en el centro del proceso de inversión
estableciendo en qué debe desarrollarse nuestro esquema productivo y a la vez
definiendo quienes son los actores principales de dicho proceso.
10. Los problemas que tiene la Argentina con su moneda no son independientes del tipo de
patrón productivo y del carácter que ha adoptado la trasnacionalización y sus sujetos
principales en nuestro país durante los últimos 36 años.
En este sentido nos preocupa un proyecto oficial que deja en manos del Directorio del
Banco Central la definición (sin criterios claros a respetar) del nivel óptimo que
debieran tener las reservas (casualmente en el momento donde en función de las reglas
vigentes, las misma parecieran haberse agotado para el uso de cancelación de deuda
estipulado por el oficialismo). A la vez, parece contradictorio con los propios
postulados del oficialismo que el único uso establecido en el proyecto para las reservas
sea el pago de deuda, ya no solo a los Organismos Internacionales, sino también
expresamente al propio Club de París. Nada se dice de la posibilidad de utilizar reservas
con el objeto de financiar el desarrollo productivo (Proyecto de Ley presentado por el
diputado Claudio Lozano en el año 2010).
Por último, parece poco seria dejar abierta la posibilidad de emitir moneda y la mayor
injerencia crediticia del Banco Central, sin que se especifique mínimamente la
orientación que en esta materia se seguirá. Ni irresponsabilidad, ni ortodoxia neoliberal.
Cambio productivo para un nuevo modelo de desarrollo.
Por estos motivos, y lo que expondrá los diputados firmantes, la Comisión de
Presupuesto y Hacienda (ver si tambien no va la de Finanzas) aconsejan la sanción del
presente Proyecto de Ley.
Sala de la comisión, 7 de marzo de 2012 (ver si es la fecha de hoy que se presenta)