Los Estados Unidos presentaron una queja ante la OMC contra China por cuatro medidas relacionadas con la protección de la propiedad intelectual. Un grupo especial determinó que una ley china y medidas aduaneras violaban el acuerdo ADPIC de la OMC. China acordó modificar su ley y reglamentos dentro de un plazo de un año, pero los Estados Unidos no estuvieron satisfechos con los cambios.
Estados Unidos y Australia presentaron quejas ante la OMC alegando que el Reglamento de la UE sobre indicaciones geográficas no otorgaba trato nacional a los productores de otros países ni protegía adecuadamente las marcas comerciales preexistentes. El Grupo Especial de la OMC estuvo de acuerdo en que el Reglamento no otorgaba trato nacional y permitía el registro de indicaciones geográficas que entraban en conflicto con marcas preexistentes. La UE adoptó un nuevo reglamento antes de la fecha límite acordada, pero
The document is a scanned image of a receipt from a restaurant called "The Coffee Bean & Tea Leaf" dated March 12, 2022. It lists items purchased including a latte, chai tea latte and banana bread for a total of $15.78 including tax. The receipt provides details of the purchase for record keeping and returns/exchanges if needed.
El documento describe el Entendimiento de la Ronda Uruguay relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias. El Entendimiento reforzará el sistema existente haciendo que la adopción de conclusiones de grupos especiales y del Órgano de Apelación sea más automática. Establecerá un sistema integrado que permita basar reclamaciones en cualquier acuerdo comercial multilateral. En caso de diferencias no resueltas mediante consultas, se establecerá un grupo especial a menos que el OSD decida lo contrario.
El documento describe las indicaciones geográficas y su protección en virtud del Acuerdo sobre los ADPIC de la OMC. Explica que existen dos niveles de protección, uno normalizado en el Artículo 22 y uno más elevado en el Artículo 23 para vinos y bebidas espirituosas. Actualmente se debaten dos cuestiones relacionadas con el Artículo 23: la creación de un registro multilateral para vinos y bebidas espirituosas, y la extensión del nivel más elevado de protección a otros productos. Los países tienen opiniones divididas sobre
Este documento describe los principales aspectos del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de la OMC. El ADPIC establece normas mínimas de protección de la propiedad intelectual en áreas como derechos de autor, marcas, patentes e indicaciones geográficas. También aborda cuestiones como la aplicación de los derechos y la resolución de disputas entre países miembros.
Este documento define las indicaciones geográficas como designaciones de procedencia, apelaciones de origen e indicaciones geográficas que indican el país, región o lugar de origen de un bien o servicio. Una denominación de origen implica que un producto es originario de un lugar específico, lo que indica sus cualidades debido al medio ambiente de esa región. El documento también lista varias leyes y normas internacionales relacionadas con las indicaciones geográficas, así como dos ejemplos de indicaciones geográficas registradas en Argentina.
Estados Unidos y Australia presentaron quejas ante la OMC alegando que el Reglamento de la UE sobre indicaciones geográficas no otorgaba trato nacional a los productores de otros países ni protegía adecuadamente las marcas comerciales preexistentes. El Grupo Especial de la OMC estuvo de acuerdo en que el Reglamento no otorgaba trato nacional y permitía el registro de indicaciones geográficas que entraban en conflicto con marcas preexistentes. La UE adoptó un nuevo reglamento antes de la fecha límite acordada, pero
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El documento describe el Entendimiento de la Ronda Uruguay relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias. El Entendimiento reforzará el sistema existente haciendo que la adopción de conclusiones de grupos especiales y del Órgano de Apelación sea más automática. Establecerá un sistema integrado que permita basar reclamaciones en cualquier acuerdo comercial multilateral. En caso de diferencias no resueltas mediante consultas, se establecerá un grupo especial a menos que el OSD decida lo contrario.
El documento describe las indicaciones geográficas y su protección en virtud del Acuerdo sobre los ADPIC de la OMC. Explica que existen dos niveles de protección, uno normalizado en el Artículo 22 y uno más elevado en el Artículo 23 para vinos y bebidas espirituosas. Actualmente se debaten dos cuestiones relacionadas con el Artículo 23: la creación de un registro multilateral para vinos y bebidas espirituosas, y la extensión del nivel más elevado de protección a otros productos. Los países tienen opiniones divididas sobre
Este documento describe los principales aspectos del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de la OMC. El ADPIC establece normas mínimas de protección de la propiedad intelectual en áreas como derechos de autor, marcas, patentes e indicaciones geográficas. También aborda cuestiones como la aplicación de los derechos y la resolución de disputas entre países miembros.
Este documento define las indicaciones geográficas como designaciones de procedencia, apelaciones de origen e indicaciones geográficas que indican el país, región o lugar de origen de un bien o servicio. Una denominación de origen implica que un producto es originario de un lugar específico, lo que indica sus cualidades debido al medio ambiente de esa región. El documento también lista varias leyes y normas internacionales relacionadas con las indicaciones geográficas, así como dos ejemplos de indicaciones geográficas registradas en Argentina.
El documento presenta una introducción al derecho de autor y derechos conexos. Explica que el derecho de autor protege expresiones creativas pero no ideas en sí mismas. Los requisitos para protección son que la obra sea original y no una copia. El derecho de autor otorga derechos morales y patrimoniales a los autores. Los derechos morales permiten a los autores reivindicar la autoría de sus obras y oponerse a distorsiones. Los derechos patrimoniales permiten obtener una remuneración por el uso de las
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo ruso. El embargo se aplicaría gradualmente durante seis meses para el petróleo crudo y ocho meses para los productos refinados. Este paquete de sanciones requiere la aprobación unánime de los 27 estados miembros de la UE.
Este documento introduce los conceptos básicos de la propiedad intelectual. Define la propiedad intelectual como las creaciones de la mente humana y la divide en dos sectores: derecho de autor y derechos conexos, y propiedad industrial. Explica las características de los bienes inmateriales protegidos por la propiedad intelectual, como su tipicidad y temporalidad. También discute diferentes perspectivas sobre si los derechos de propiedad intelectual siempre promueven la innovación y el progreso tecnológico.
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo ruso. El embargo se aplicaría gradualmente durante seis meses para el petróleo crudo y ocho meses para los productos refinados. Este paquete de sanciones requiere la aprobación unánime de los 27 estados miembros de la UE.
El documento presenta una serie de temas relacionados con el régimen del comercio internacional y la propiedad intelectual en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Introduce la OMC y su plexo normativo surgido de la Ronda de Uruguay. Luego, describe el principio de no discriminación en la OMC y el sistema de solución de diferencias. Posteriormente, aborda cuestiones relacionadas con patentes de invención, derechos de autor, signos distintivos, e indicaciones geográficas según el Acuer
El Organo de Apelación de la OMC falló a favor de Argentina en el caso DS473, determinando que la Unión Europea actuó en forma incompatible con el Acuerdo Antidumping al rechazar los costos registrados por los productores argentinos de biodiesel e imponer en su lugar un costo hipotético basado en precios de terceros países. El Organo de Apelación estableció que la UE no justificó adecuadamente su decisión de descartar los registros contables de los productores y que el precio sustituto utilizado no representaba realmente los costos
Este documento describe la evolución del sistema de solución de controversias de la OMC. Comenzó como un proceso de negociación diplomática bajo el GATT 1947, pero se fue judicializando a través de paneles ad hoc y decisiones que crearon un proceso obligatorio. El Entendimiento sobre Solución de Diferencias de 1995 estableció un mecanismo formal con etapas que van desde consultas entre las partes hasta la implementación de las recomendaciones a través de compensación o retiro de concesiones si es necesario. El sistema ha manejado cientos de casos
Este documento resume los desafíos actuales de la Organización Mundial del Comercio, incluyendo su capacidad de adaptación, el estado de las negociaciones de la Ronda de Doha y las divergencias entre los miembros. La Conferencia Ministerial de Nairobi en 2015 mostró diferencias sobre la agenda y el proceso, con algunos miembros apoyando enfoques nuevos. El sistema comercial multilateral se está volviendo más circular y fragmentado, planteando desafíos para mantener el enfoque multilateral y encontrar formas de satisfacer intereses vari
El documento resume los logros y desafíos actuales de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Aunque la OMC ha tenido éxito administrando acuerdos comerciales y resolviendo controversias, la Ronda de Doha fracasó en lograr nuevos acuerdos en 2001-2015. Mientras tanto, los países están negociando más acuerdos comerciales bilaterales y regionales fuera de la OMC. El documento argumenta que abandonar el principio del "todo único", que requiere acuerdos en todos los temas, podría permitir modernizar
El documento resume la evolución de la jurisprudencia de la OMC en 4 puntos principales: 1) El debate sobre si la jurisprudencia es vinculante o no, a pesar de que no lo sea formalmente, se usan precedentes de forma extendida. 2) El método de interpretación técnica ha sido criticado por ocultar cierto activismo judicial. 3) Algunas decisiones han favorecido la liberalización comercial sobre otras políticas, atrayendo críticas. 4) Los casos tienen impacto en las negociaciones y viceversa.
Este documento presenta las instrucciones para un trabajo práctico individual que consiste en la elaboración de un artículo periodístico sobre la Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio. El artículo deberá tener tres secciones y no más de seis páginas. Se especifican los requisitos de formato y contenido, incluida la investigación de antecedentes, el análisis y las conclusiones personales del autor. El trabajo busca que los estudiantes asuman el rol de periodista y produzcan un artículo original sobre el tem
Este documento establece disposiciones sobre derechos de propiedad intelectual. Requiere que las partes ratifiquen varios tratados internacionales sobre propiedad intelectual y establece normas para marcas, indicaciones geográficas, transparencia y aplicación a materia existente. Entre otras cosas, exige trato nacional para titulares de derechos de propiedad intelectual, sistemas de registro electrónico para marcas y protección para marcas notoriamente conocidas.
El Convenio de París establece las normas fundamentales de la propiedad industrial a nivel internacional. Incluye disposiciones sobre trato nacional, derecho de prioridad y normas comunes para patentes, marcas, diseños industriales y otros. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es el organismo de las Naciones Unidas encargado de promover y proteger la propiedad intelectual a nivel global.
convenio de paris para la proteccion de la propiedad industrial.pdfEduardoCArce
El documento aprueba el Convenio de París para la protección de la propiedad industrial de 1883 y sus revisiones posteriores. Establece la protección de patentes de invención, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas comerciales y otras formas de propiedad intelectual e industrial. Describe los derechos de prioridad para solicitudes presentadas en diferentes países de acuerdo con el convenio.
La ley modifica el Código Penal, la Ley sobre el Derecho de Autor y otras leyes para implementar el Acuerdo de Promoción Comercial entre Perú y Estados Unidos. Se incorporan nuevos artículos al Código Penal para penalizar delitos relacionados a señales de satélite y cohecho transnacional. También se modifican artículos de la Ley sobre el Derecho de Autor para fortalecer la protección de derechos de autor y derechos conexos. Finalmente, la ley realiza cambios a otras normas para concordar
Propuesta de ASBORA para la renovación de licencias Erbol Digital
La Asociación Boliviana de Radiodifusoras (ASBORA) presentó una propuesta de Decreto Supremo para facilitar la renovación de licencias. Advierte que 500 radios están en riesgo de cerrarse.
La resolución aprueba un texto sobre el impacto de la urbanización extensiva en España en los derechos de los ciudadanos europeos, el medio ambiente y la aplicación del derecho comunitario. Reconoce el derecho a la propiedad privada pero también su función social. Considera que la aplicación de la Ley de Costas de 1988 en España ha vulnerado derechos al afectar desproporcionadamente a propietarios y no lo suficiente a los responsables de la destrucción costera. Pide que se respeten los derechos de los ciudadanos de la UE y se a
El documento presenta una introducción al derecho de autor y derechos conexos. Explica que el derecho de autor protege expresiones creativas pero no ideas en sí mismas. Los requisitos para protección son que la obra sea original y no una copia. El derecho de autor otorga derechos morales y patrimoniales a los autores. Los derechos morales permiten a los autores reivindicar la autoría de sus obras y oponerse a distorsiones. Los derechos patrimoniales permiten obtener una remuneración por el uso de las
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Este documento introduce los conceptos básicos de la propiedad intelectual. Define la propiedad intelectual como las creaciones de la mente humana y la divide en dos sectores: derecho de autor y derechos conexos, y propiedad industrial. Explica las características de los bienes inmateriales protegidos por la propiedad intelectual, como su tipicidad y temporalidad. También discute diferentes perspectivas sobre si los derechos de propiedad intelectual siempre promueven la innovación y el progreso tecnológico.
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Este documento describe la evolución del sistema de solución de controversias de la OMC. Comenzó como un proceso de negociación diplomática bajo el GATT 1947, pero se fue judicializando a través de paneles ad hoc y decisiones que crearon un proceso obligatorio. El Entendimiento sobre Solución de Diferencias de 1995 estableció un mecanismo formal con etapas que van desde consultas entre las partes hasta la implementación de las recomendaciones a través de compensación o retiro de concesiones si es necesario. El sistema ha manejado cientos de casos
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La ley modifica el Código Penal, la Ley sobre el Derecho de Autor y otras leyes para implementar el Acuerdo de Promoción Comercial entre Perú y Estados Unidos. Se incorporan nuevos artículos al Código Penal para penalizar delitos relacionados a señales de satélite y cohecho transnacional. También se modifican artículos de la Ley sobre el Derecho de Autor para fortalecer la protección de derechos de autor y derechos conexos. Finalmente, la ley realiza cambios a otras normas para concordar
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José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
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Ds362
1. DS362: China— Medidas que afectan a la protección y observancia de
los derechos de propiedad intelectual
Consultas
Reclamación presentada por los Estados Unidos.
El 10 de abril de 2007, los Estados Unidos solicitaron la celebración de consultas con China
en relación con determinadas medidas relativas a la protección y observancia de los derechos
de propiedad intelectual en China.
Las cuatro cuestiones sobre las que los Estados Unidos solicitan la celebración de consultas
son las siguientes:
los umbrales que deben alcanzarse para que determinados actos de falsificación de
marcas de fábrica o de comercio y de piratería lesiva del derecho de autor sean objeto
de procedimientos y sanciones penales;
las mercancías infractoras de derechos de propiedad intelectual que son decomisadas
por las autoridades aduaneras chinas, en particular la eliminación de dichas
mercancías una vez suprimidos los rasgos infractores;
el alcance y ámbito de aplicación de los procedimientos y sanciones penales previstos
para la reproducción o distribución no autorizadas de obras protegidas por el derecho
de autor; y
la denegación de la protección y observancia del derecho de autor y los derechos
conexos respecto de las obras creativas de autor, las grabaciones de sonido y las
interpretaciones o ejecuciones cuya publicación o distribución en China no ha sido
autorizada.
Los Estados Unidos alegan que, en relación con las cuatro cuestiones mencionadas supra, se
plantean posibles incompatibilidades con el Acuerdo sobre los ADPIC en los siguientes
aspectos:
La falta de procedimientos y sanciones penales para la falsificación y la piratería a
escala comercial en China a consecuencia de los umbrales parece ser incompatible
con las obligaciones que corresponden a China en virtud del párrafo 1 del artículo 41
y del artículo 61 del Acuerdo sobre los ADPIC.
La prescripción que prevé el ingreso de las mercancías infractoras en los circuitos
comerciales en las circunstancias previstas en las medidas en litigio parece ser
incompatible con las obligaciones que corresponden a China en virtud de los artículos
46 y 59 del Acuerdo sobre los ADPIC.
Los autores de obras cuya publicación o distribución no ha sido autorizada (y cuya
publicación o distribución está, por tanto, prohibida) no parecen beneficiarse de las
normas mínimas de protección especialmente establecidas por el Convenio de Berna
2. respecto de esas obras (y puede que nunca gocen de esa protección si la obra no se
autoriza, o no se autoriza su distribución o publicación en la forma en que se presentó
para su examen). Además, los derechos de los autores de obras para cuya publicación
o distribución se requiere un examen previo parecen estar subordinados a la
formalidad de la superación de ese examen. Lo expuesto parece ser incompatible con
las obligaciones que incumben a China en virtud del párrafo 1 del artículo 9 del
Acuerdo sobre los ADPIC.
Asimismo, en la medida en que el artículo 4 de la Ley de Derecho de Autor hace que
los autores extranjeros de obras cuya publicación o distribución no ha sido autorizada
no gocen de los derechos concedidos a los autores chinos, las medidas en cuestión
parecen ser incompatibles con las obligaciones que corresponden a China en virtud
del párrafo 1 del artículo 9 del Acuerdo sobre los ADPIC (al menos en lo que respecta
a la obligación de China de observar el artículo 5, párrafos 1) y 2) del Convenio de
Berna). Además, en la medida en que el artículo 4 de la Ley de Derecho de Autor
impide a los titulares de los derechos hacer respetar sus derechos de autor o derechos
conexos respecto de obras, interpretaciones o ejecuciones o grabaciones de sonido
cuya publicación o distribución no ha sido autorizada, China parece actuar de manera
incompatible con las obligaciones que le incumben en virtud del párrafo 1 del artículo
41 del Acuerdo sobre los ADPIC.
En la medida en que la piratería dolosa lesiva del derecho de autor a escala comercial
que consiste en la reproducción no autorizada — pero no en la distribución no
autorizada — de obras protegidas por el derecho de autor, y viceversa, no puede ser
objeto de procedimientos y sanciones penales con arreglo a la legislación china, esto
parecería ser incompatible con las obligaciones que incumben a China en virtud del
párrafo 1 del artículo 41 y el artículo 61 del Acuerdo sobre los ADPIC.
El 13 de agosto de 2007, los Estados Unidos solicitaron el establecimiento de un grupo
especial. En su reunión de 31 de agosto de 2007, el OSD aplazó el establecimiento del grupo
especial.
Actuaciones del Grupo Especial
En su reunión de 25 de septiembre de 2007, el OSD estableció el Grupo Especial. La
Argentina, las Comunidades Europeas, el Japón, México y el Taipei Chino se reservaron sus
derechos como terceros. Posteriormente, Australia, el Brasil, el Canadá, Corea, la India,
Tailandia y Turquía se reservaron sus derechos como terceros. El 3 de diciembre de 2007,
los Estados Unidos solicitaron al Director General que estableciera la composición del Grupo
Especial. El Director General estableció la composición del Grupo Especial el 13 de
diciembre de 2007.
El 26 de enero de 2009 se distribuyó a los Miembros el informe del Grupo Especial. El
Grupo Especial llegó a la conclusión de que la Ley de Derecho de Autor, específicamente la
primera frase del artículo 4, es incompatible con las obligaciones de China con arreglo al
párrafo 1) del artículo 5 del Convenio de Berna (1971), incorporado en virtud del párrafo 1
del artículo 9 del Acuerdo sobre los ADPIC, y con el párrafo 1 del artículo 41 de dicho
Acuerdo.
Por lo que respecta a las medidas aduaneras, el Grupo Especial determinó que el artículo 59
del Acuerdo sobre los ADPIC no es aplicable a estas medidas en tanto en cuanto éstas se
3. aplican a mercancías destinadas a la exportación y que los Estados Unidos no han establecido
que estas medidas sean incompatibles con el artículo 59 del Acuerdo sobre los ADPIC en
tanto en cuanto incorpora los principios establecidos en la primera frase del artículo 46 de
dicho Acuerdo. El Grupo Especial determinó también que las medidas aduaneras son
incompatibles con el artículo 59 del Acuerdo sobre los ADPIC en tanto en cuanto incorpora
el principio establecido en la cuarta frase del artículo 46 del Acuerdo, y que los Estados
Unidos no han demostrado que los umbrales penales sean incompatibles con las obligaciones
que corresponden a China en virtud de la primera frase del artículo 61 del Acuerdo sobre los
ADPIC.
El Grupo Especial aplicó el principio de economía procesal con respecto a la alegación
formulada al amparo del párrafo 2) del artículo 5 del Convenio de Berna (1971), incorporado
en virtud del párrafo 1 del artículo 9 del Acuerdo sobre los ADPIC, con respecto a las
alegaciones basadas en el artículo 61 del Acuerdo sobre los ADPIC (en lo relativo a la Ley de
Derecho de Autor) y las alegaciones referentes al párrafo 1 del artículo 41 del Acuerdo sobre
los ADPIC y a la segunda frase del artículo 61 del mismo Acuerdo (con respecto a los
umbrales penales).
El Grupo Especial llegó a la conclusión de que la Ley de Derecho de Autor y las medidas
aduaneras, en tanto en cuanto son en sí mismas incompatibles con el Acuerdo sobre los
ADPIC, anulan o menoscaban ventajas resultantes de ese Acuerdo para los Estados Unidos y
recomendó que China pusiera la Ley de Derecho de Autor y las medidas aduaneras en
conformidad con las obligaciones que le corresponden en virtud del Acuerdo sobre los
ADPIC.
El OSD adoptó el informe del Grupo Especial en la reunión que celebró el 20 de marzo de
2009.
Aplicación de los informes adoptados
El 15 de abril de 2009, China informó al OSD de que se proponía aplicar las
recomendaciones y resoluciones del OSD y de que necesitaría un plazo prudencial para
hacerlo. El 29 de junio de 2009, China y los Estados Unidos informaron al OSD de que
habían acordado que el plazo prudencial para que China aplicara las recomendaciones y
resoluciones del OSD sería de 12 meses contados a partir de la fecha de adopción del
informe. Por consiguiente, el plazo prudencial expiró el 20 de marzo de 2010. El 19 de
marzo de 2010, China notificó que el 26 de febrero de 2010 el Comité Permanente del
Undécimo Congreso Nacional del Pueblo había aprobado las modificaciones de la Ley de
derecho de autor de China, y que el 17 de marzo de 2010 el Consejo de Estado había
adoptado la decisión de revisar el Reglamento sobre protección en aduana de los derechos de
propiedad intelectual. En consecuencia, China había completado todos los procedimientos
legislativos internos necesarios para aplicar las recomendaciones y resoluciones
del OSD. Los Estados Unidos dijeron que no estaban aún en condiciones de aceptar la
afirmación de China de que había aplicado las recomendaciones y resoluciones del OSD.
El 8 de abril de 2010, China y los Estados Unidos notificaron al OSD el Procedimiento
acordado en virtud de los artículos 21 y 22 del ESD.