El documento define el espacio público como el conjunto de inmuebles y elementos públicos y privados destinados al uso colectivo de la ciudadanía. Explica que el espacio público está conformado por elementos constitutivos naturales como áreas verdes y hídricas, y elementos artificiales como vías, plazas y obras públicas. También incluye elementos complementarios como mobiliario urbano, señalización y vegetación. Finalmente, señala que el espacio público debe planearse de forma accesible y que es un elemento fundamental en los Planes de Orden