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ESTATUTO




fundada el 14 de Agosto de 1995
artículo 1 BOCA MEJOR”, fundada el 14 de agosto de 1996 en esta
La Agrupación “POR UN
Ciudad de Buenos Aires, donde fija su domicilio legal, cuya finalidad está determi-
na-da por su participación como Agrupación Política dentro del Club Atlético BOCA
JUNIORS, con las facultades y atributos que los Estatutos de dicha Asociación Civil
acuerdan a las fracciones reconocidas oficialmente, pudiendo establecer filiales o
de-signar representantes en el interior, según lo resuelva la Comisión Directiva. Con
preexistencia de toda actividad de carácter Político, Religioso y Racial y sin fin de
lucro.



artículo Agrupación está constituido por el conjunto de sus bienes, cuyo
                    2
El Patrimonio de la
uso y movilización, con los recursos sociales, configurarán los medios materiales
para el cumplimiento de sus propósitos.



artículo 3 sus gastos e inversiones con los siguientes recursos:
La Agrupación solventará
a) Las cuotas mensuales y demás cotizaciones ordinarias y extraordinarias impues-
tas a los asociados;
b) el producto y en su caso el porcentaje que le corresponda, de la venta de entra-
das a los espectáculos públicos;
c) las rentas de inversiones y de concesiones de publicidad de cualquier otro carác-
ter, en las dependencias de sus locales;
d) las donaciones, legados y subvenciones que ocasionalmente pueda recibir,
e) todo otro ingreso obtenido mediante actos o medidas que permitan las leyes y se
acomoden a las exigencias estatutarias.



artículo 4se•compondrá de veintidósdirectivasaber: Presidente, Vi-
                      de la comisión
La Comisión Directiva                miembros a
cepresidente primero, Vicepresidente segundo, Vicepresidente tercero, Secretario,
Pro-secretario, Secretario de Actas, Tesorero, Protesorero, diez vocales titulares, seis
su-plentes, dos apoderados titulares y dos apoderados suplentes.
artículode5 Comisión Directiva se requiere: a) ser adherente inscripto
Para ser miembro la
hasta la promulgación de este Estatuto y posterior-mente tendrán que tener como
mínimo un año de antigüedad como tales; b) ser mayor de veinticinco años de
edad; c) no ser miembro de otros órganos de gobierno de agrupaciones similares.



artículo 6se reunirá en sesión ordinaria, cada 30 días, y en extraordina-
La Comisión Directiva
ria, cuando el Presidente o su reemplazante la convoque por sí, o cuando lo soliciten
por los menos once miembros directivos, debiendo en estos casos, ser convocada la
reunión, dentro de las cuarenta y ocho horas de formulada la petición. Siempre que
lo estime conveniente, aparte de los casos obligados, podrá reunirse y deliberar en
folina secreta.



artículo 7 a la hora de su citación a reunión, sea ordinaria o extraordi-
La C.D. formará quórum,
naria, con la asistencia de la mitad mas uno de sus miembros. Sus resoluciones se
tomarán por mayoría absoluta de votos presentes, decidiendo el Presidente con
doble voto en caso de empate.



artículo 8 de cuatro arios y como se dirá mas adelante, desde la
La C.D. tiene un mandato
fecha de posesión, siendo ésta diez días después de los comicios.- La duración de
cuatro años es por única vez a partir de la promulgación de éste Estatuto, y poste-
riormente los sucesivos mandatos serán por dos arios.



artículo 9 cargos directivos en el Club Atlético BOCA JUNIOS (Co-mi-
La elección para ocupar
sión Directiva, Comisión Fiscalizadora y Asamblea de Representantes) son resor-tes
exclusivos de la Comisión Directiva.
artículo 10 como asimismo ATRIBUCIONES de la Comi-sión Di-
Son OBLIGACIONES Y DEBERES
rectiva:
   a) Dirigir y encauzar la vida y obra de “Por Un Boca Mejor”
   b) Administrar los bienes sociales, debiendo poner en conocimiento de los aso-
   cia-dos, con diez días de anticipación a las Asambleas una memoria y balance
   anual detallado de la Tesorería, con obligaciones del Tesorero de presentar asi-
   mismo a la CD. estados de cuentas mensuales;
   c) Dar cumplimiento y hacer cumplir los Estatutos y Reglamentos y resolver por
   si cualquier eventualidad y todo aquello que no se oponga o no esté previsto en
   el presente Estatuto debiendo dar cuenta de las resoluciones que se realicen en
   este último caracteres a la primera Asamblea Ordinaria que se efectúe;
   d) Resolver la admisión o rechazo de los asociados otorgando la ficha de indivi-
   dualización;
   e) Convocar a las Asambleas siempre que lo estime conveniente para la marcha
   de “Por Un Boca Mejor”;
   f ) Autorizar los gastos ordinarios y extraordinarios que considere indispensables
   para el normal desenvolvimiento de “Por Un Boca Mejor”;
   g) Convocar a elecciones ordinarias y extraordinarias que considere de acuerdo a
   la reglamentación respectiva;
   h) Dictar en su oportunidad un reglamento interno;
   i) Podrá gestionar recursos extraordinarios para aumentar los fondos sociales;
   j) Nombrar las subcomisiones permanentes y las que se creen con posterioridad;
   k) Nombrar y remover los Apoderados de la Agrupación.-
   l) Aprobar los estados de cuentas.



artículo 11 y enajenar bienes inmuebles por intermedio de
La C.D. podrá comprar, hipotecar
sus apoderados, ad-referendum de la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria.



artículo 12 a 1/3 de sus miembros, deberá convocar a Asamblea
Cuando la C.D. quede reducida
dentro de los 15 días a fin de llenar los cargos vacantes.
creyeran oportunas, debiendo dar cuenta a la C.D.. en la primera reunión que ésta
realice.
artículo 13 • de la mesa directiva
Estará integrada por el Presidente, Vicepresidente primero, Vicepresidente segundo,
Vicepresidente tercero, Secretario, Prosecretario, Secretario de Actas, Tesorero y Pro-
tesorero, quienes podrán resolver los casos de urgencia, tomando las medidas que
creyeran oportunas, debiendo dar cuenta a la C.D.. en la primera reunión que ésta
realice.



artículo 14 • delpresidente:   presidente
Son DEBERES y ATRIBUCIONES del
a) ejercer la representación de la agrupación;
b) está facultado para adoptar cualquier medida y resolver todo asunto que consi-
dere urgente, con cargo de dar cuenta a la C.D. en la primer sesión que realice;
c) convocar a la C.D., presidir sus deliberaciones y las de la asamblea, con voto en
caso de empate únicamente;
d) firmar las actas y todo otro documento que se expida en nombre de la Agrupa-
ción;
e) Jefe superior del Personal de la Agrupación;



artículo 15 transitoriamente en caso de ausencia, impedimento o
                         • de los vicepresidentes
Reemplazar al presidente
dele-gación espontánea cuando éste resuelva tomar parte en alguna discusión y
definiti-vamente por renuncia, fallecimiento o separación.



artículo 16 • del Secretario General:
                               secretario general
Son DEBERES Y ATRIBUCIONES del
  a) refrendar la firma del presidente, salvo en lo referente a movimientos financie-
  ros y patrimoniales en que debe intervenir el tesorero;
  b) hacer fijar en los tableros de la sede, y demás locales, copias de las resolucio-
  nes de interés general que adopte la C.D.; c) supervisar la administración de la
  agrupación;
  d) controlar que se lleve correctamente el registro de asociados;
  e) convocar a la C.D. para los días y horas que ésta fijare y en casos excepciona-les
  cuando lo determine la orden expresa del Presidente.
artículo 17 • del Secretario de Actas: actas
                               secretario de
Son DEBERES Y ATRIBUCIONES del
  a) Llevar el libro de Actas de la C.D.;
  b) Llevar el libro de Actas de las Asambleas;
  c) Llevar el libro de asistencia a C.D. y a las Asambleas, firmando los tres libros
  conjuntamente con el Presidente.
  artículo 18 • del tesorero
  Son DEBERES del Tesorero:
  a) Percibir las cuotas mensuales de los asociados, firmando los recibos y llevando
  los libros correspondientes, como asimismo percibir toda otra entrada de cual-
  quier índole;
  b) Formular mensualmente una planilla para pago de los gastos autorizados por
  la C D .;
  c) Efectuar el pago de las cuentas detalladas en la planilla mensual que tenga el
  conforme de la CD., visto bueno del Secretario y orden de pago del Presidente;
  d) No abonar bajo ningún concepto cuenta o gastos que no estén autorizados
  por la CD.;
  e) Llevar los libros de contabilidad necesarios;
  f ) Firmar con el Presidente o Secretario, los cheques de extracción de fondos;
  g) Mensualmente presentará a la CD. el estado de cuentas para su aprobación,
  anualmente en la sede de “POR UN BOCA MEJOR” exhibirá el balance que se so-
  meterá a la Asamblea para su aprobación.



artículo 19 • de los vocales: los vocales
Son DEBERES Y ATRIBUCIONES de
a) asistir puntualmente a las reuniones de C D ., en las que interviene con voz y voto;
b) formar parte de los departamentos y subcomisiones que designe la C .D. y reali-
zar las tareas especiales que el mismo cuerpo le encomienda.



artículo 20 • de los Apoderados:
                              los apoderados
Son DEBERES Y ATRIBUCIONES de
  a) asistir puntualmente a las reuniones de CD., en las que interviene con voz y
  voto;
  b) son los encargados de otorgar los poderes públicos y privados necesarios en
  los casos que se requieran;
  c) son los representantes de la AGRUPACION POR UN BOCA MEJOR ante el CLUB
  ATLETICO BOCA JUNIORS y demás agrupaciones.
artículo 21 • de lasEXTRAORDINARIAS y tendrán voz y voto en
                                 asambleas
Las ASAMBLEAS serán ORDINARIAS Y
ellas los asociados que estén inscriptos hasta la promulgación de este ESTA-TUTO y
posteriormente todos los asociados. Será condición indispensable para con-currir a
las asambleas la presentación del carnet de asociado y la ficha de individualización.



artículo 22 tendrá validez a la primera citación, con la asistencia de
La ASAMBLEA ORDINARIA
la mitad más uno de los delegados de filiales y en segunda citación después de una
hora fijada la reunión con el número de los delegados presentes.



artículo 23 tiene como finalidad:
La ASAMBLEA ORDINARIA
  a) Considerar la memoria que presente la C .D . por el ejercicio realizado;
  b) Considerar el balance de los fondos sociales;
  c) Orden del día; d) Elegir los miembros de la C .D .;



artículo 24 día serán indicados por la C.D., incluyéndose además
Los asuntos del Orden del
aquellos que vinieren propuestos por la firma de 50 asociados y sean recibidos por
Secretaría con 15 días de anticipación.



artículo 25
Las resoluciones de las Asambleas, serán sancionados por simple mayoría de votos
presentes. La reconsideración de un asunto ya votado, requiere los 2/3 de votos.



artículoa votación, si resultare empatado, se realizará una segunda vota-
                 26
Puesto un asunto
ción y si esta resultare empatada, el Presidente lo resolverá con su voto.



artículo 27
En caso de ausencia del Presidente, la Asamblea nombrará un Presidente ad-hoc.
artículo 28 • derealizarán:      las asambleas extraordinarias
Las Asambleas extraordinarias se
  a) Cuando lo disponga la C.D.;
  b) Cuando lo soliciten por escrito a la C.D. un número de asociados no menor de
  116 parte de los que tenga fichados la agrupación, debiendo hacer constar los
  puntos a tratarse;
  c) Para considerar la lista de candidatos;



artículo 29disposiciones que las ORDINARIAS.
Se regirá por las mismas



articulode30ASAMBLEA:
Son atribuciones esta
  a) Separar a los miembros de la C.D. por faltas graves o mal desempeño de sus
  funciones;
  b) Modificar los estatutos;
  c) Para considerar la lista de pro candidatos que “POR UN BOCA MEJOR” sostenga
  en las elecciones anuales de BOCA JUNIORS;
  d) Disolver la agrupación POR UN BOCA MEJOR, siempre y cuando no haya cin-
  cuenta asociados dispuestos a sostenerla.



artículo 31indicados en los inc. a) y b) del art. 29 se requiere el voto
Para resolver en los casos
de los 2/3 presentes y para el caso de c) la simple mayoría de votos.



artículo 32 • de lostoda persona que aspire a ingresar a la Agru-
                                       asociados
El número de asociados es ilimitado, y
pación, deberá solicitarlo por escrito y cumplir los requisitos que exija la reglamen-
tación respectiva. La Comisión Directiva aceptará o denegará el ingreso sin obliga-
ción de expresar las causas de su decisión en éste último caso.
artículo 33
Son derechos de los Asociados:
a) peticionar ante las Autoridades de la Agrupación;
b) votar en los comicios de renovación de autoridades, a la fecha en que la Comi-
sión Directiva decida el llamado a elecciones;
c) ser electos para los distintos cargos de la Agrupación, bajo las condiciones estatu-
tarias;
d) asistir con voz y sin voto, a las reuniones de la Comisión Directiva, salvo las que
tengan carácter de secretas;
e) pedir Asamblea Extraordinaria con la firma de 1/6 parte de asociados.



artículo 134 • delalas subcomisiones de su función es-
Son las ASESORAS E,CNICAS de Comisión Directiva, dentro
pecífica y las EJECUTORAS directas de las decisiones tomadas por la misma, siendo
designadas por la Comisión Directiva, correspondiendo a la Comisión Directiva
nom-brar todas las Sub-Comisiones que creyera convenientes.



artículoórganos delegados que se dan su reglamento, administración
                     35 • de las filiales
Las filiales son los
y constitución a semejanza de la Comisión Directiva, sujetas a las declaraciones y
prin-cipios de este Estatuto y a las resoluciones de la misma. En los actos elecciona-
rios de las filiales, estará presente un veedor de la Comisión Directiva, toda vez que
se estimare conveniente.



artículo 36reunir para ser reconocidas como tales, los siguientes re-
Todas las filiales deberán
quisitos:
  a) Dictar su reglamento y presentarlo a la Comisión Directiva;
  b) Nombrar sus autoridades.
artículoelegir delegados ante la Asamblea Ordinaria a los efectos del art.
                   37
Cada filial deberá
20.



artículo 38 su condición de tales con una carta poder otorgada por
Los delegados acreditarán
el Presidente y Secretario de la respectiva filial.



artículo 39
Cuando en una filial se encuentren subvertidos los principios y declaraciones de
estos Estatutos, la Comisión Directiva nombrará un veedor, quién luego informará
a esa Comisión Directiva, la que tomará las medidas que crea oportunas, pudiendo
interve-nir la Filial.



artículo 40 • que asegure en todos los casos, el derecho de la defen-
                            sanciones disciplinarias
Bajo procedimiento especial
sa y el secreto del sumario, los asociados serán amonestados, suspendidos, declara-
dos cesantes o expulsados, por las causales y en la forma que se especifican en los
siguien-tes artículos.



artículo 41 o suspensión o expulsión:
Son causales de amonestación
   a) desacato a las resoluciones de Comisión Directiva;
   b) transgresiones de las obligaciones y prohibiciones estatutarias;
   c) difamación, por cualquier medio, a las Autoridades de la Agrupación, a cual-
   quiera de sus asociados como tales, o a la Institución misma;
   d) atentado contra intereses patrimoniales o financieros de la Agrupación;
   e) condena por Autoridad Penal competente;
   f ) reincidencia en nuevas faltas disciplinarias.
artículo 42de Derecho de Asociado: a) el atraso en el pago de cinco
Son causales de pérdida
cuotas mensuales; b) resistencia al pago por resarcimiento de daños o pérdidas.-



artículo 43 todos los casos por la Comisión Directiva, por iniciativa
El sumario será iniciado en
propia o en base a denuncia foi mal que presente un grupo de (30) treinta asocia-
dos. Siendo ésta la facultada para la resolución de los sumarios.



artículovez, aprobado por ASAMBLEA convocada al efecto, entrará en
                  44 • de la comisión directiva
Este Estatuto una
vigencia a los treinta días de la misma, no podrá ser reformado sino por ASAMBLEA
convocada especialmente a iniciativa de la Comisión Directiva, reunida en pleno, o
por un número de asociados igual a las 2/3 partes de los que tenga “POR UN BOCA
MEJOR” en la fecha del pedido, debiéndose especificar la reforma que debe consi-
derarse.



artículo 45“POR UN BOCA MEJOR” sus bienes y fondos serán entrega-
En caso de disolución de
dos al CLUB ATLETICO BOCA JUNIORS.-

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Actacontitutiva
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Estatuto

  • 1. ESTATUTO fundada el 14 de Agosto de 1995
  • 2. artículo 1 BOCA MEJOR”, fundada el 14 de agosto de 1996 en esta La Agrupación “POR UN Ciudad de Buenos Aires, donde fija su domicilio legal, cuya finalidad está determi- na-da por su participación como Agrupación Política dentro del Club Atlético BOCA JUNIORS, con las facultades y atributos que los Estatutos de dicha Asociación Civil acuerdan a las fracciones reconocidas oficialmente, pudiendo establecer filiales o de-signar representantes en el interior, según lo resuelva la Comisión Directiva. Con preexistencia de toda actividad de carácter Político, Religioso y Racial y sin fin de lucro. artículo Agrupación está constituido por el conjunto de sus bienes, cuyo 2 El Patrimonio de la uso y movilización, con los recursos sociales, configurarán los medios materiales para el cumplimiento de sus propósitos. artículo 3 sus gastos e inversiones con los siguientes recursos: La Agrupación solventará a) Las cuotas mensuales y demás cotizaciones ordinarias y extraordinarias impues- tas a los asociados; b) el producto y en su caso el porcentaje que le corresponda, de la venta de entra- das a los espectáculos públicos; c) las rentas de inversiones y de concesiones de publicidad de cualquier otro carác- ter, en las dependencias de sus locales; d) las donaciones, legados y subvenciones que ocasionalmente pueda recibir, e) todo otro ingreso obtenido mediante actos o medidas que permitan las leyes y se acomoden a las exigencias estatutarias. artículo 4se•compondrá de veintidósdirectivasaber: Presidente, Vi- de la comisión La Comisión Directiva miembros a cepresidente primero, Vicepresidente segundo, Vicepresidente tercero, Secretario, Pro-secretario, Secretario de Actas, Tesorero, Protesorero, diez vocales titulares, seis su-plentes, dos apoderados titulares y dos apoderados suplentes.
  • 3. artículode5 Comisión Directiva se requiere: a) ser adherente inscripto Para ser miembro la hasta la promulgación de este Estatuto y posterior-mente tendrán que tener como mínimo un año de antigüedad como tales; b) ser mayor de veinticinco años de edad; c) no ser miembro de otros órganos de gobierno de agrupaciones similares. artículo 6se reunirá en sesión ordinaria, cada 30 días, y en extraordina- La Comisión Directiva ria, cuando el Presidente o su reemplazante la convoque por sí, o cuando lo soliciten por los menos once miembros directivos, debiendo en estos casos, ser convocada la reunión, dentro de las cuarenta y ocho horas de formulada la petición. Siempre que lo estime conveniente, aparte de los casos obligados, podrá reunirse y deliberar en folina secreta. artículo 7 a la hora de su citación a reunión, sea ordinaria o extraordi- La C.D. formará quórum, naria, con la asistencia de la mitad mas uno de sus miembros. Sus resoluciones se tomarán por mayoría absoluta de votos presentes, decidiendo el Presidente con doble voto en caso de empate. artículo 8 de cuatro arios y como se dirá mas adelante, desde la La C.D. tiene un mandato fecha de posesión, siendo ésta diez días después de los comicios.- La duración de cuatro años es por única vez a partir de la promulgación de éste Estatuto, y poste- riormente los sucesivos mandatos serán por dos arios. artículo 9 cargos directivos en el Club Atlético BOCA JUNIOS (Co-mi- La elección para ocupar sión Directiva, Comisión Fiscalizadora y Asamblea de Representantes) son resor-tes exclusivos de la Comisión Directiva.
  • 4. artículo 10 como asimismo ATRIBUCIONES de la Comi-sión Di- Son OBLIGACIONES Y DEBERES rectiva: a) Dirigir y encauzar la vida y obra de “Por Un Boca Mejor” b) Administrar los bienes sociales, debiendo poner en conocimiento de los aso- cia-dos, con diez días de anticipación a las Asambleas una memoria y balance anual detallado de la Tesorería, con obligaciones del Tesorero de presentar asi- mismo a la CD. estados de cuentas mensuales; c) Dar cumplimiento y hacer cumplir los Estatutos y Reglamentos y resolver por si cualquier eventualidad y todo aquello que no se oponga o no esté previsto en el presente Estatuto debiendo dar cuenta de las resoluciones que se realicen en este último caracteres a la primera Asamblea Ordinaria que se efectúe; d) Resolver la admisión o rechazo de los asociados otorgando la ficha de indivi- dualización; e) Convocar a las Asambleas siempre que lo estime conveniente para la marcha de “Por Un Boca Mejor”; f ) Autorizar los gastos ordinarios y extraordinarios que considere indispensables para el normal desenvolvimiento de “Por Un Boca Mejor”; g) Convocar a elecciones ordinarias y extraordinarias que considere de acuerdo a la reglamentación respectiva; h) Dictar en su oportunidad un reglamento interno; i) Podrá gestionar recursos extraordinarios para aumentar los fondos sociales; j) Nombrar las subcomisiones permanentes y las que se creen con posterioridad; k) Nombrar y remover los Apoderados de la Agrupación.- l) Aprobar los estados de cuentas. artículo 11 y enajenar bienes inmuebles por intermedio de La C.D. podrá comprar, hipotecar sus apoderados, ad-referendum de la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria. artículo 12 a 1/3 de sus miembros, deberá convocar a Asamblea Cuando la C.D. quede reducida dentro de los 15 días a fin de llenar los cargos vacantes. creyeran oportunas, debiendo dar cuenta a la C.D.. en la primera reunión que ésta realice.
  • 5. artículo 13 • de la mesa directiva Estará integrada por el Presidente, Vicepresidente primero, Vicepresidente segundo, Vicepresidente tercero, Secretario, Prosecretario, Secretario de Actas, Tesorero y Pro- tesorero, quienes podrán resolver los casos de urgencia, tomando las medidas que creyeran oportunas, debiendo dar cuenta a la C.D.. en la primera reunión que ésta realice. artículo 14 • delpresidente: presidente Son DEBERES y ATRIBUCIONES del a) ejercer la representación de la agrupación; b) está facultado para adoptar cualquier medida y resolver todo asunto que consi- dere urgente, con cargo de dar cuenta a la C.D. en la primer sesión que realice; c) convocar a la C.D., presidir sus deliberaciones y las de la asamblea, con voto en caso de empate únicamente; d) firmar las actas y todo otro documento que se expida en nombre de la Agrupa- ción; e) Jefe superior del Personal de la Agrupación; artículo 15 transitoriamente en caso de ausencia, impedimento o • de los vicepresidentes Reemplazar al presidente dele-gación espontánea cuando éste resuelva tomar parte en alguna discusión y definiti-vamente por renuncia, fallecimiento o separación. artículo 16 • del Secretario General: secretario general Son DEBERES Y ATRIBUCIONES del a) refrendar la firma del presidente, salvo en lo referente a movimientos financie- ros y patrimoniales en que debe intervenir el tesorero; b) hacer fijar en los tableros de la sede, y demás locales, copias de las resolucio- nes de interés general que adopte la C.D.; c) supervisar la administración de la agrupación; d) controlar que se lleve correctamente el registro de asociados; e) convocar a la C.D. para los días y horas que ésta fijare y en casos excepciona-les cuando lo determine la orden expresa del Presidente.
  • 6. artículo 17 • del Secretario de Actas: actas secretario de Son DEBERES Y ATRIBUCIONES del a) Llevar el libro de Actas de la C.D.; b) Llevar el libro de Actas de las Asambleas; c) Llevar el libro de asistencia a C.D. y a las Asambleas, firmando los tres libros conjuntamente con el Presidente. artículo 18 • del tesorero Son DEBERES del Tesorero: a) Percibir las cuotas mensuales de los asociados, firmando los recibos y llevando los libros correspondientes, como asimismo percibir toda otra entrada de cual- quier índole; b) Formular mensualmente una planilla para pago de los gastos autorizados por la C D .; c) Efectuar el pago de las cuentas detalladas en la planilla mensual que tenga el conforme de la CD., visto bueno del Secretario y orden de pago del Presidente; d) No abonar bajo ningún concepto cuenta o gastos que no estén autorizados por la CD.; e) Llevar los libros de contabilidad necesarios; f ) Firmar con el Presidente o Secretario, los cheques de extracción de fondos; g) Mensualmente presentará a la CD. el estado de cuentas para su aprobación, anualmente en la sede de “POR UN BOCA MEJOR” exhibirá el balance que se so- meterá a la Asamblea para su aprobación. artículo 19 • de los vocales: los vocales Son DEBERES Y ATRIBUCIONES de a) asistir puntualmente a las reuniones de C D ., en las que interviene con voz y voto; b) formar parte de los departamentos y subcomisiones que designe la C .D. y reali- zar las tareas especiales que el mismo cuerpo le encomienda. artículo 20 • de los Apoderados: los apoderados Son DEBERES Y ATRIBUCIONES de a) asistir puntualmente a las reuniones de CD., en las que interviene con voz y voto; b) son los encargados de otorgar los poderes públicos y privados necesarios en los casos que se requieran; c) son los representantes de la AGRUPACION POR UN BOCA MEJOR ante el CLUB ATLETICO BOCA JUNIORS y demás agrupaciones.
  • 7. artículo 21 • de lasEXTRAORDINARIAS y tendrán voz y voto en asambleas Las ASAMBLEAS serán ORDINARIAS Y ellas los asociados que estén inscriptos hasta la promulgación de este ESTA-TUTO y posteriormente todos los asociados. Será condición indispensable para con-currir a las asambleas la presentación del carnet de asociado y la ficha de individualización. artículo 22 tendrá validez a la primera citación, con la asistencia de La ASAMBLEA ORDINARIA la mitad más uno de los delegados de filiales y en segunda citación después de una hora fijada la reunión con el número de los delegados presentes. artículo 23 tiene como finalidad: La ASAMBLEA ORDINARIA a) Considerar la memoria que presente la C .D . por el ejercicio realizado; b) Considerar el balance de los fondos sociales; c) Orden del día; d) Elegir los miembros de la C .D .; artículo 24 día serán indicados por la C.D., incluyéndose además Los asuntos del Orden del aquellos que vinieren propuestos por la firma de 50 asociados y sean recibidos por Secretaría con 15 días de anticipación. artículo 25 Las resoluciones de las Asambleas, serán sancionados por simple mayoría de votos presentes. La reconsideración de un asunto ya votado, requiere los 2/3 de votos. artículoa votación, si resultare empatado, se realizará una segunda vota- 26 Puesto un asunto ción y si esta resultare empatada, el Presidente lo resolverá con su voto. artículo 27 En caso de ausencia del Presidente, la Asamblea nombrará un Presidente ad-hoc.
  • 8. artículo 28 • derealizarán: las asambleas extraordinarias Las Asambleas extraordinarias se a) Cuando lo disponga la C.D.; b) Cuando lo soliciten por escrito a la C.D. un número de asociados no menor de 116 parte de los que tenga fichados la agrupación, debiendo hacer constar los puntos a tratarse; c) Para considerar la lista de candidatos; artículo 29disposiciones que las ORDINARIAS. Se regirá por las mismas articulode30ASAMBLEA: Son atribuciones esta a) Separar a los miembros de la C.D. por faltas graves o mal desempeño de sus funciones; b) Modificar los estatutos; c) Para considerar la lista de pro candidatos que “POR UN BOCA MEJOR” sostenga en las elecciones anuales de BOCA JUNIORS; d) Disolver la agrupación POR UN BOCA MEJOR, siempre y cuando no haya cin- cuenta asociados dispuestos a sostenerla. artículo 31indicados en los inc. a) y b) del art. 29 se requiere el voto Para resolver en los casos de los 2/3 presentes y para el caso de c) la simple mayoría de votos. artículo 32 • de lostoda persona que aspire a ingresar a la Agru- asociados El número de asociados es ilimitado, y pación, deberá solicitarlo por escrito y cumplir los requisitos que exija la reglamen- tación respectiva. La Comisión Directiva aceptará o denegará el ingreso sin obliga- ción de expresar las causas de su decisión en éste último caso.
  • 9. artículo 33 Son derechos de los Asociados: a) peticionar ante las Autoridades de la Agrupación; b) votar en los comicios de renovación de autoridades, a la fecha en que la Comi- sión Directiva decida el llamado a elecciones; c) ser electos para los distintos cargos de la Agrupación, bajo las condiciones estatu- tarias; d) asistir con voz y sin voto, a las reuniones de la Comisión Directiva, salvo las que tengan carácter de secretas; e) pedir Asamblea Extraordinaria con la firma de 1/6 parte de asociados. artículo 134 • delalas subcomisiones de su función es- Son las ASESORAS E,CNICAS de Comisión Directiva, dentro pecífica y las EJECUTORAS directas de las decisiones tomadas por la misma, siendo designadas por la Comisión Directiva, correspondiendo a la Comisión Directiva nom-brar todas las Sub-Comisiones que creyera convenientes. artículoórganos delegados que se dan su reglamento, administración 35 • de las filiales Las filiales son los y constitución a semejanza de la Comisión Directiva, sujetas a las declaraciones y prin-cipios de este Estatuto y a las resoluciones de la misma. En los actos elecciona- rios de las filiales, estará presente un veedor de la Comisión Directiva, toda vez que se estimare conveniente. artículo 36reunir para ser reconocidas como tales, los siguientes re- Todas las filiales deberán quisitos: a) Dictar su reglamento y presentarlo a la Comisión Directiva; b) Nombrar sus autoridades.
  • 10. artículoelegir delegados ante la Asamblea Ordinaria a los efectos del art. 37 Cada filial deberá 20. artículo 38 su condición de tales con una carta poder otorgada por Los delegados acreditarán el Presidente y Secretario de la respectiva filial. artículo 39 Cuando en una filial se encuentren subvertidos los principios y declaraciones de estos Estatutos, la Comisión Directiva nombrará un veedor, quién luego informará a esa Comisión Directiva, la que tomará las medidas que crea oportunas, pudiendo interve-nir la Filial. artículo 40 • que asegure en todos los casos, el derecho de la defen- sanciones disciplinarias Bajo procedimiento especial sa y el secreto del sumario, los asociados serán amonestados, suspendidos, declara- dos cesantes o expulsados, por las causales y en la forma que se especifican en los siguien-tes artículos. artículo 41 o suspensión o expulsión: Son causales de amonestación a) desacato a las resoluciones de Comisión Directiva; b) transgresiones de las obligaciones y prohibiciones estatutarias; c) difamación, por cualquier medio, a las Autoridades de la Agrupación, a cual- quiera de sus asociados como tales, o a la Institución misma; d) atentado contra intereses patrimoniales o financieros de la Agrupación; e) condena por Autoridad Penal competente; f ) reincidencia en nuevas faltas disciplinarias.
  • 11. artículo 42de Derecho de Asociado: a) el atraso en el pago de cinco Son causales de pérdida cuotas mensuales; b) resistencia al pago por resarcimiento de daños o pérdidas.- artículo 43 todos los casos por la Comisión Directiva, por iniciativa El sumario será iniciado en propia o en base a denuncia foi mal que presente un grupo de (30) treinta asocia- dos. Siendo ésta la facultada para la resolución de los sumarios. artículovez, aprobado por ASAMBLEA convocada al efecto, entrará en 44 • de la comisión directiva Este Estatuto una vigencia a los treinta días de la misma, no podrá ser reformado sino por ASAMBLEA convocada especialmente a iniciativa de la Comisión Directiva, reunida en pleno, o por un número de asociados igual a las 2/3 partes de los que tenga “POR UN BOCA MEJOR” en la fecha del pedido, debiéndose especificar la reforma que debe consi- derarse. artículo 45“POR UN BOCA MEJOR” sus bienes y fondos serán entrega- En caso de disolución de dos al CLUB ATLETICO BOCA JUNIORS.-