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TRABAJO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL
EDWIN OVANI CAICEDO GUZMAN
CAMILA YURANI ORTIZ CAICEDO
HANNER ESTEBAN LUGO SANTOS
JULIO CÉSAR RODRÍGUEZ BARRERO
Docente:
ING CIVIL FREDY GENEY CORTES
INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR “ITFIP”
FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS AGROINDUSTRIALES
TECNOLOGIA EN GESTIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN
VIENDA DE INTERÉS SOCIAL – SEMESTRE VI
ESPINAL-TOLIMA
2018
Nombre de la Asociación: SANTA SOFIA
Domicilio: Entre Calle 4 y 5, y entre las carreras 3 y 4 del municipio de San Luis
Tolima
Área del lote: 4.848,64 m²
Lotes : 21 Lotes (21 soluciones de vivienda)
21 Lotes de 72 m² 21*72 m² = 1512 m²
AREA CONSTRUIDA 40,55 m² *21 = 853,65 m²
Modalidad de Construcción: por delegación
Derechos:
-Ser beneficiarios de los programas de capacitación y de las ofertas laborales
que la asociación posea.
- Acceder y participar con prelación, en los diferentes planes y programas de la
asociación.
- Acceder como beneficiarios privilegiados, a los diferentes servicios que
ofrezca la asociación.
Deberes:
- Cumplir con los presentes estatutos y con las resoluciones, reglamentos, y
políticas institucionales expedidas por los órganos de gobierno y control.
- Asumir las funciones y responsabilidades que le sean asignadas por la
asociación.
- Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General, y
a los demás eventos para los que sea convocado y/o elegido.
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA SANTA SOFIA
CAPITULO I
DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO:
Artículo 1. Con la denominación SANTA SOFIA, se constituye
Una ASOCIACION al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y
normas
Complementarias, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar,
careciendo de Ánimo de lucro.
Artículo 2. Esta asociación se constituye por tiempo indefinido.
Artículo 3. La existencia de esta asociación tiene como fines:
Artículo 4. Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes
actividades:
Artículo 5. La Asociación establece su domicilio social entre Calle 4 y 5, y entre
las carreras 3 y 4 municipio de San Luis Departamento Tolima, y su ámbito
territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades es todo el
territorio del Estado.
CAPITULO II
ÓRGANO DE REPRESENTACIÓN
Artículo 6. La Asociación será gestionada y representada por una Junta
Directiva formada por: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario (un
tesorero y… vocales, en su caso).Todos los cargos que componen la Junta
Directiva serán gratuitos. Éstos serán designados y revocados por la Asamblea
General Extraordinaria y su mandato tendrá
Una duración de 6 años
.
Artículo 7. Estos podrán causar baja por renuncia voluntaria comunicada por
escrito a la Junta Directiva, por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran
encomendadas y por expiración del mandato.
Artículo 8. Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado el plazo
para el cual fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos hasta el
momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan.
Artículo 9. La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su
Presidente y a iniciativa o petición de La Asamblea General de sus miembros.
Quedará Constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para
que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En
caso de empate, el voto del Presidente será de calidad.
Artículo 10. Facultades de la Junta Directiva: Las facultades de la Junta
Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos propios de las
finalidades de la asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos,
autorización expresa de la Asamblea General.
Son facultades particulares de la Junta Directiva:
a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa
de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
c) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los Balances y
Las Cuentas anuales.
d) Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.
e) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación.
f) Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la
Asamblea General de socios.
Artículo 11. El Presidente tendrá las siguientes atribuciones: Representar
legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados;
convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la
Junta Directiva, así como dirigir las deliberaciones de una y otra; ordenar pagos
y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia; adoptar
cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en
el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de
dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.
Artículo 12. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en ausencia de éste,
motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendrá las mismas
atribuciones que él.
Artículo 13. El Secretario tendrá a cargo la dirección de los trabajos puramente
administrativos de la Asociación, expedirá certificaciones, llevará los libros de la
asociación legalmente establecidos y el fichero de asociados, y custodiará la
documentación de la entidad, haciendo que se cursen a las comunicaciones
sobre designación de Juntas Directivas y demás acuerdos sociales inscribibles
a los Registro correspondientes, así como la presentación de las cuentas
anuales y el cumplimiento de las obligaciones documentales en los términos que
legalmente correspondan.
Artículo 14. El Tesorero recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la
Asociacióny dará cumplimiento a las órdenes de pago que expida el Presidente.
Artículo 15. Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como
miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones
o comisiones de trabajo que la propia Junta las encomiende.
Artículo 16. Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de
cualquiera de los miembros de la Junta Directiva serán cubiertas
provisionalmente entre dichos miembros hasta la elección definitiva por la
Asamblea General Extraordinaria.
CAPITULO III
ASAMBLEA GENERAL
Artículo 17. La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno la
Asociación y estará integrada por todos los asociados.
Artículo 18. Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y
extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año dentro de los cuatro
meses siguientes al cierre del ejercicio; las extraordinarias se celebrarán cuando
las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Junta Directiva
lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de los asociados.
Artículo 19. Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por
escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día
con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el día
señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de
mediar al menos quince días, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera
la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que
entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora.
Artículo 20. Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias,
quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a
ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria
cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto.
Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes o
representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo
computables a estos efectos los votos en blanco ni las abstenciones.
Será necesario mayoría cualificada de las personas presentes o representadas,
que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad de éstas, para:
a) Nombramiento de las Juntas directivas y administradores.
b) Acuerdo para constituir una Federación de asociaciones o integrarse en ellas.
c) Disposición o enajenación de bienes integrantes del inmovilizado.
d) Modificación de estatutos.
e) Disolución de la entidad.
Artículo 21. Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:
a) Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
b) Examinar y aprobar las Cuentas anuales.
c) Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las
Actividades de la Asociación.
d) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.
e) Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea
Extraordinaria.
f) Acordar la remuneración, en su caso, de los miembros de los órganos de
representación.
.
Artículo 22. Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria:
a) Nombramiento de los miembros de la Junta Directiva.
b) Modificación de los Estatutos.
c) Disolución de la Asociación.
d) Expulsión de socios, a propuesta de la Junta Directiva.
e) Constitución de Federaciones o integración en ellas.
CAPITULO IV
SOCIOS
Artículo 23. Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas con
capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la
Asociación.
Artículo 24. Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios:
a) Socios fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de
constitución
de la Asociación.su aporte mensual para sostenimiento es de $ 30000
mensuales
b) Socios de número, que serán los que ingresen después de la constitución de
la
Asociación.
c) Socios de honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo
relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a
tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la (Junta
Directiva o Asamblea General).
Artículo 25. Los socios causarán baja por alguna de las causas siguientes:
a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer…
Cuotas periódicas.
Artículo 26. Los socios de número y fundadores tendrán los siguientes
derechos:
a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento
de
sus fines.
b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
c) Participar en las Asambleas con voz y voto.
d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos.
e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la
Asociación.
f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor
Cumplimiento de los fines de la Asociación.
Artículo 27. Los socios fundadores y de número tendrán las siguientes
obligaciones:
a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la
Junta Directiva.
b) Abonar las cuotas que se fijen.
c) Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
d) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
Artículo 28. Los socios de honor tendrán las mismas obligaciones que los
fundadores
y de número a excepción de las previstas en los apartados b) y d), del artículo
anterior.
Asimismo, tendrán los mismos derechos a excepción de los que figuran en los
apartados
c) y d) del artículo 23, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto.
Artículo 29. Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y
actividades de la Asociación serán los siguientes:
a) Las cuotas de socios, periódicas o extraordinarias.
b) Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por
parte de los asociados o de terceras personas.
c) Cualquier otro recurso lícito.
Artículo 30. El patrimonio inicial o Fondo Social de la Asociación es de 30 000
000 (treinta millones de pesos)
Artículo 31. El ejercicio asociativo y económico será anual y su cierre tendrá
lugar el
31 de diciembre de cada año.
CAPITULO VI
DISOLUCIÓN
Artículo 32. Se disolverá voluntariamente cuando así lo acuerde la Asamblea
General
Extraordinaria, convocada al efecto, por una mayoría de 2/3 de los asociados.
Artículo 33. En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora la
cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante liquido lo destinará
para fines que no desvirtúen su naturaleza no lucrativa (concretamente a la
Asociación).
DISPOSICION ADICIONAL
En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la vigente
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y
las Disposiciones complementarias.
En Espinal a los 8 días del mes de Septiembre del 2019
(FIRMAS de los que figuren como otorgantes del Acta Fundacional. Deberán
firmar también en el margen de cada una de las hojas de los Estatutos).
__________________ __________________
Presidente Secretaria
C.C 132 476 845 C.C 456 789 678
ESTABLECIMIENTO DE PROYECTO
MUNICIPIO DE SAN LUIS-TOLIMA
AREA DEL LOTE: 36.700.77 METROS CUADRADOS CONVERSIÓN A HECT.
3,67 Has
LOTES: 21 LOTES
21 Lotes de 72 m²
NUESTRA ASOCIACION ESTA CONSTITUIDA
Nuestros lotes van a hacer de 72 M2 (metros cuadrados) y de 40,65 M2 (metros
Cuadrados construidos)
¿QUIENES SON MIS ASOCIACIADOS?
 Mis asociadosson las personas que sean trabajadores y que ganen como
mínimo 1 SMLV y 2 SML.
 Ser colombiano de nacimiento.
 Mayores de 18 años-
 Pertenecer a los estratos 1 y 2.
Tabla de contenido|
1 12
1.1 12
1.2 13
2 13
2.1 14
2.2 15
3 15
4 16
5 16
5.1 16
5.2 16
6 17
6.1 17
6.1.1 17
7 19
7.1 E19
7.2 19
7.2.1 19
7.2.2 Error! Bookmark not defined.
7.2.3 21
7.2.4 Error! Bookmark not defined.
8 Error! Bookmark not defined.4
ESTUDIO DE FACTIBILIDAD
1 DESCRIPCIONDE LA UBICACIÓN DEL MUNICIPIO
El Municipio de San Luis del departamento del Tolima, localizado en la parte
central del departamento del Tolima en el borde Oriental de la cordillera Central
en el valle cálido del alto Magdalena; con las siguientes coordenadas planas con
origen en Bogotá Norte X=970123 m.N., Sur X=926043 m.N., Este Y=897917
m.E. y Oeste Y=873188 m.E.; coordenadas geográficas: Norte 4° 19’ 41” latitud
Norte; Sur 3° 55’ 47” latitud Norte; Este 75° 00’ 01” longitud Oeste; Oeste 75° 13’
22” longitud Oeste, altitud de la cabecera municipal 500 metros sobre el nivel del
mar y temperatura de 27 a 28°C.
1.1 AREA DEL SUELO URBANO
El área del suelo urbano está constituido por 74.6 hectáreas
1.2 ZONA O ÁREA DONDE SE UBICA LA POBLACION
OBJETIVO.
LOCALIZACIÓN
ALTURA SOBRE EL
NIVEL DEL MAR
(ML)
TEMPERATURA
MEDIA (0C)
DISTANCIA A LA
CAPITAL (KM)
Latitud Norte-sur 3°55' 47”
500 27 40Longitud Norte este 75°00'
01”
2 DESCRIPCIONDE LA NECESIDAD
Un sector representativo de la población del municipio de San Luis Tolima cuenta
con viviendas en deficientes condiciones ocupando predios que no cuentan con
las condiciones básicas de habita, en los que no existe el adecuado acceso a la
cobertura para prestación de servicios públicos domiciliarios, hacinamiento por
el alto número de familias que residen en una misma vivienda e inestabilidad en
los terrenos lo que genera un alto riesgo para la población a tal punto que el
municipio tiene radicadas 750 solicitudes de vivienda a la fecha. Es por esto que
se requiere de una oportuna intervención por parte de los entes públicos a través
de las gestiones administrativas que permitan realizar y ejecutar un proyecto de
vivienda digna para la población del Municipio.
2.1 DEFICIT DE VIVIENDA
El Municipio presenta una propuesta encaminada a facilitar el acceso de la
población de una vivienda digna, con el propósito de mitigar y coadyuvara los
hogares más vulnerables, de ingresos bajos, donde se mantiene un déficit
habitacional cualitativo y cuantitativo. No ajeno a esta realidad, en el municipio
se presentan casos donde las familias que cuentan con los recursos suficientes
para adquirir vivienda y muchas veces salen doblemente beneficiados.
En el Municipio se presentó una singular situación en donde el gobierno local
propuso la construcción de vivienda y de inmediato las solicitudes se
incrementaron por encima de las 600, lo que desvirtuando las estadísticas
contenidas inicialmente dentro del plan de desarrollo. Es así, que de una
estadística de las necesidades de vivienda de 102 unidades, pasa a mayor de
600, esto se produjo por el hacinamiento e incremento del número de habitantes
por unidad habitacional.
2.2 TIPO DE VIVIENDA.
Se observa que las casas predominan en el tipo de vivienda tanto a nivel urbano
como en el sector rural.
Ilustración 1. Tipo de vivienda utilizada.
Las estadísticas indican que la tendencia a utilizar la vivienda tipo casa o
apartamento ha decrecido en 19,48% lo cual es un indicador negativo en cuanto
al mejoramiento de las condiciones de vida de la población. Lo anterior significa
que en 2007, de los 6.093 hogares existentes un 88,28% residían en casa o
apartamento a diferencia de 2010, año en el cual de los 6.146 hogares, el 70,47%
moraba en este tipo de vivienda.
En este mismo periodo, el número de hogares que residían en cuarto u otro tipo
de vivienda, muestra una tendencia positiva del 170,60 y -95,45%
respectivamente.
3 POBLACIÓNAFECTADAPOR EL PROBLEMA
2800 habitantes pertenecientes a los niveles socioeconómicos 1 y 2.
4 POBLACIÓNOBJETIVO.
El proyecto está dirigido a solucionar el déficit de vivienda a una población de
84 habitantes en especial los niveles 1, 2. Es necesidad de orden prioritario para
el Municipio de San Luis, disminuir el déficit habitacional existente en la
actualidad, ofreciendo soluciones de vivienda a las familias menos favorecidas
del municipio atendiendo eficientemente sus solicitudes y contribuyendo así a
mejorar su calidad de vida.
Los núcleos familiares lo conforman en promedio 4 personas.
5 PROBLEMACENTRAL
Aumento con el número de familias que viven en una misma vivienda.
5.1 CAUSAS
Directas
● Oferta de vivienda digna y al alcance de la población niveles 1 y 2 del
Sisben se encuentra por debajo de la demanda.
Indirectas
● Dificultad de la población con escasos recursos niveles 1 y 2 del Sisben
para cumplir los requisitos de acceso a crédito o subsidios de vivienda.
● Crecimiento demográfico y migraciones.
● Altos costos de los materiales para la construcción de vivienda.
5.2 EFECTOS.
Directos
● Hacinamiento.
● Proliferación de asentamientos informales.
● Incremento en el costo de vida por costos en el arrendamiento.
Indirectos
● Alta vulnerabilidad de riesgos naturales.
● Baja calidad de vida.
6 OBJETIVO DELPROYECTO.
Disminuir el déficit de vivienda existente en el municipio de San Luis.
6.1 METAS
Disminuir el déficit de vivienda en un 6 %.
Ofrecer 21 soluciones de vivienda social.
6.1.1.Objetivos del plan de desarrollo a los que apunta el
objetivo del proyecto.
Por tal motivo la Alcaldía en su Plan de Desarrollo AHORA SI SAN LUIS 2016 -
2019, propone unos objetivos para subsanar la falta de vivienda de interés social,
las cuales se mencionan a continuación:
● Incrementar la oferta de vivienda nueva
● Habilitar suelo para vivienda de interés social
● Reducir el déficit cualitativo de vivienda
● Aumentar el espacio público efectivo por habitante
7 ALTERNATIVA
7.1 ESTRATEGIAS VIVIENDA
En este sector se adelantarán procesos integrales de construcción de vivienda y
su entorno, en aras de reducir las carencias básicas de la vivienda urbana y
rural. Se trabajará con especial énfasis en el cumplimiento de la normatividad
vigente en materia de salubridad, sismo resistencia, ventilación, iluminación,
manejo y disposiciónde aguas servidas, y mejoramiento espacial de la vivienda.
7.2 ALTERNATIVA. CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS DE
INTERÉS SOCIAL PRIORITARIA DEL MUNICIPIO DE SAN
LUIS TOLIMA
Se construirán 21 soluciones de vivienda de interés social, además de las obras
de urbanismo correspondientes, para habitantes de los niveles I y II.
El proyecto se desarrollara en el casco urbano del municipio, cada vivienda tendrá un
área de 72 m2, y un área construida de 40,65 m2, cada vivienda consta de un
salón comedor cocina, dos habitaciones, baño, zona de lavado de ropas y patio;
se construirán en sistema estructural de muros confinados con columnetas y
vigas de concreto reforzado 3000 Psi y tabiques en ladrillo dos huecos cara vista,
y cubierta en teja de asbesto cemento. Las zonas comunes y urbanas cumplen
con los requerimientos del EOT vigente, así como las normas de construcción y
urbanismo, los andenes tendrán zona de protección ambiental. Las Instalaciones
en general (Eléctricas, Hidráulicas, sanitarias, lluvias, etc.) cumplirán con todos
y cada uno de los requerimientos vigentes para cada una de ellas.
7.2.1.OBJETIVO VIVIENDA.
En cumplimiento a las metas expuestas y un análisis en el cual se describe la situación
actual sobre el déficit de vivienda que presenta el Municipio de San Luis, y en
cumplimiento al Plan de Desarrollo “AHORA SI, SAN LUIS 2016 - 2019”,
presenta un análisis de tipo descriptivo, sobre un predio de Terreno localizado
en el Casco Urbano del Municipio el casco urbano del Municipio de San Luis en
la zona Residencial de Consolidación Urbana (ZRC) según el EOT, en un terreno
de área 4848.64 m2, conformando un conjunto residencial de 21 lotes de 72 m2
y un área construida de 40,65 m2 (modulo tipo) cada uno.
7.2.1.1 EXTENSION.
4848.64 (metros cuadrados.)
7.2.2 ESTUDIO TECNICO
7.2.2.1 Presupuesto.
● Ver anexo detallado.
7.2.2.2 Resumen.
Valor proyecto
$ 1.500.240.879,00
● Ver anexos.
7.2.2.3Cronograma De Ejecución.
● Tiempo de ejecución doce meses ver cronograma anexo.
7.2.3 ESTUDIO FINANCIERO
• El valor total del proyecto es de $ 1.500.240.879,00 y los indicadores
financieros y económicos son los siguientes:
7.2.4 ESTUDIO SOCIAL y LEGAL
Conpes 3583. (28 de abril de 2009) Renovación Urbana. Lineamientos de
política y consolidación de los instrumentos para la habilitación de suelo y
generación de oferta de vivienda.
Conpes 3283. Programa de subsidio familiar de vivienda en especie en lotes de
la nación.
DECRETOS RELACIONADOS CON VIVIENDA
NÚMERO DESCRIPCIÓN FECHA
926
Por el cual se establecen los requisitos de carácter técnico y científico
para construcciones sismo resistentes NSR-10.
19 de marzo
de 2010
798
Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 1083 de 2006,
sobre los estándares urbanísticos básicos para el desarrollo de la
vivienda.
11 de marzo
de 2010
740
Por medio del cual se reglamentan los artículos 42, 5° y 6° de la Ley
1148 de 2007.
11 de marzo
de 2008
270
Por el cual se establece la modalidad de Subsidio Familiar de Vivienda
Saludable, sede terminan los criterios para su asignación y aplicación,
se subroga el artículo 8 del Decreto, modificado por el artículo 2
del Decreto 3702 de 2006, y se dictan otras disposiciones.
05 de febrero
2008
170
Por el cual se establece el criterio especial de atención prioritaria al
que se sujetará el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda de
Interés Social con cargo a los recursos para población en situación de
desplazamiento.
24 de Enero
2008
4466
Por el cual se reglamentan la Ley 3ª de 1991, los artículos 83 y 86 de
la Ley 1151 de 2007 y se dictan otras disposiciones.
20 de
Noviembre
2007
4260
Por el cual se reglamentan los artículos 79 y 82 de la Ley 1151 de
2007
2 de
Noviembre
2007
4259 Por el cual se reglamenta el artículo 78 de la Ley 1151 de 2007.
2 de
Noviembre
2007
2831 Por el cual se modifica el Decreto 3702 del 20 de octubre de 2006.
26 de Julio
2007
1650 Por medio del cual se modifican parcialmente los artículos 49 y 50
del Decreto 975 de 2004.
14 de Mayo de
2007
3702
Por el cual se modifican los Decreto 975 de 2004 y 4429 de 2005 y se
establecen los criterios para el desarrollo de proyectos de
mejoramiento de vivienda a través de la Bolsa Única Nacional.
20 de Octubre
de 2006
4429
Por el cual se modifican los Decreto 975 de 2004, 3169 de 2004, 3111
de 2004, y 1526 de 2005, y se establecen los criterios especiales a
los que se sujetará el otorgamiento de subsidios familiares de vivienda
28 de
Noviembre de
2005
973
Por medio del cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de
1990, 3ª de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 812 de
2003 en lo relacionado con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés
Social Rural.
31 de Marzo
de 2005
2083 Por el cual se modifica el Decreto 2060 del 24 de junio de 2004.
28 de Junio de
2004
2060
Por el cual se establecen normas mínimas para vivienda de interés
social urbana.
24 de Junio de
2004
975
Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de
1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 812 de 2003 en
relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en
dinero para áreas urbanas.
31 de Marzo
de 2004
Otras reglamentaciones y lineamientos de política a la que apunta el proyecto.
NÚMERO DESCRIPCIÓN FECHA
3491 Política de estado para el Pacífico Colombiano.
01 de Octubre
de 2007
3400
Metas y priorización de recursos presupuestales para atender a la
población desplazada por la violencia en Colombia.
28 de
Noviembre de
2005
91
Metas y estrategias de Colombia para el logro de los objetivos de
desarrollo del milenio – 2015
14 de Marzo
de 2005
3287
Programa de subsidio familiar de vivienda en especie en lotes de la
nación.
17 de Mayo
de 2004
3269
Bases para la optimización del programa de subsidio familiar de
vivienda y lineamientos para dinamizar la oferta de crédito de vivienda
de interés social.
16 de Febrero
de 2004
8 EVALUACIÓN ALTERNATIVAS
La alternativa muestra la pertinencia de la solución al problema habitacional
presente en el municipio de San Luis (Tolima).
La alternativa en su conjunto cumple con los indicadores financieros y
económicos, que permiten concluir la viabilidad económica de la propuesta.
Cumple asimismo con todos los estudios legales y técnicos necesarios.

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  • 1. TRABAJO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL EDWIN OVANI CAICEDO GUZMAN CAMILA YURANI ORTIZ CAICEDO HANNER ESTEBAN LUGO SANTOS JULIO CÉSAR RODRÍGUEZ BARRERO Docente: ING CIVIL FREDY GENEY CORTES INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR “ITFIP” FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS AGROINDUSTRIALES TECNOLOGIA EN GESTIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN VIENDA DE INTERÉS SOCIAL – SEMESTRE VI ESPINAL-TOLIMA 2018
  • 2. Nombre de la Asociación: SANTA SOFIA Domicilio: Entre Calle 4 y 5, y entre las carreras 3 y 4 del municipio de San Luis Tolima Área del lote: 4.848,64 m² Lotes : 21 Lotes (21 soluciones de vivienda) 21 Lotes de 72 m² 21*72 m² = 1512 m² AREA CONSTRUIDA 40,55 m² *21 = 853,65 m² Modalidad de Construcción: por delegación Derechos: -Ser beneficiarios de los programas de capacitación y de las ofertas laborales que la asociación posea. - Acceder y participar con prelación, en los diferentes planes y programas de la asociación. - Acceder como beneficiarios privilegiados, a los diferentes servicios que ofrezca la asociación. Deberes: - Cumplir con los presentes estatutos y con las resoluciones, reglamentos, y políticas institucionales expedidas por los órganos de gobierno y control. - Asumir las funciones y responsabilidades que le sean asignadas por la asociación. - Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General, y a los demás eventos para los que sea convocado y/o elegido. ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE VIVIENDA SANTA SOFIA CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: Artículo 1. Con la denominación SANTA SOFIA, se constituye
  • 3. Una ASOCIACION al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas Complementarias, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de Ánimo de lucro. Artículo 2. Esta asociación se constituye por tiempo indefinido. Artículo 3. La existencia de esta asociación tiene como fines: Artículo 4. Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades: Artículo 5. La Asociación establece su domicilio social entre Calle 4 y 5, y entre las carreras 3 y 4 municipio de San Luis Departamento Tolima, y su ámbito territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades es todo el territorio del Estado. CAPITULO II ÓRGANO DE REPRESENTACIÓN Artículo 6. La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva formada por: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario (un tesorero y… vocales, en su caso).Todos los cargos que componen la Junta
  • 4. Directiva serán gratuitos. Éstos serán designados y revocados por la Asamblea General Extraordinaria y su mandato tendrá Una duración de 6 años . Artículo 7. Estos podrán causar baja por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva, por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas y por expiración del mandato. Artículo 8. Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan. Artículo 9. La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente y a iniciativa o petición de La Asamblea General de sus miembros. Quedará Constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad. Artículo 10. Facultades de la Junta Directiva: Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos propios de las finalidades de la asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General. Son facultades particulares de la Junta Directiva: a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos. b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General. c) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los Balances y Las Cuentas anuales. d) Resolver sobre la admisión de nuevos asociados. e) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación. f) Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General de socios. Artículo 11. El Presidente tendrá las siguientes atribuciones: Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados;
  • 5. convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva, así como dirigir las deliberaciones de una y otra; ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia; adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva. Artículo 12. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en ausencia de éste, motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendrá las mismas atribuciones que él. Artículo 13. El Secretario tendrá a cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos de la Asociación, expedirá certificaciones, llevará los libros de la asociación legalmente establecidos y el fichero de asociados, y custodiará la documentación de la entidad, haciendo que se cursen a las comunicaciones sobre designación de Juntas Directivas y demás acuerdos sociales inscribibles a los Registro correspondientes, así como la presentación de las cuentas anuales y el cumplimiento de las obligaciones documentales en los términos que legalmente correspondan. Artículo 14. El Tesorero recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociacióny dará cumplimiento a las órdenes de pago que expida el Presidente. Artículo 15. Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta las encomiende. Artículo 16. Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva serán cubiertas provisionalmente entre dichos miembros hasta la elección definitiva por la Asamblea General Extraordinaria. CAPITULO III ASAMBLEA GENERAL Artículo 17. La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno la Asociación y estará integrada por todos los asociados.
  • 6. Artículo 18. Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio; las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de los asociados. Artículo 19. Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos quince días, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora. Artículo 20. Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos en blanco ni las abstenciones. Será necesario mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad de éstas, para: a) Nombramiento de las Juntas directivas y administradores. b) Acuerdo para constituir una Federación de asociaciones o integrarse en ellas. c) Disposición o enajenación de bienes integrantes del inmovilizado. d) Modificación de estatutos. e) Disolución de la entidad. Artículo 21. Son facultades de la Asamblea General Ordinaria: a) Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva. b) Examinar y aprobar las Cuentas anuales. c) Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las Actividades de la Asociación.
  • 7. d) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias. e) Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea Extraordinaria. f) Acordar la remuneración, en su caso, de los miembros de los órganos de representación. . Artículo 22. Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria: a) Nombramiento de los miembros de la Junta Directiva. b) Modificación de los Estatutos. c) Disolución de la Asociación. d) Expulsión de socios, a propuesta de la Junta Directiva. e) Constitución de Federaciones o integración en ellas. CAPITULO IV SOCIOS Artículo 23. Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación. Artículo 24. Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios: a) Socios fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.su aporte mensual para sostenimiento es de $ 30000 mensuales b) Socios de número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación. c) Socios de honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la (Junta Directiva o Asamblea General). Artículo 25. Los socios causarán baja por alguna de las causas siguientes: a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
  • 8. b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer… Cuotas periódicas. Artículo 26. Los socios de número y fundadores tendrán los siguientes derechos: a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines. b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener. c) Participar en las Asambleas con voz y voto. d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos. e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación. f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor Cumplimiento de los fines de la Asociación. Artículo 27. Los socios fundadores y de número tendrán las siguientes obligaciones: a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva. b) Abonar las cuotas que se fijen. c) Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen. d) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen. Artículo 28. Los socios de honor tendrán las mismas obligaciones que los fundadores y de número a excepción de las previstas en los apartados b) y d), del artículo anterior. Asimismo, tendrán los mismos derechos a excepción de los que figuran en los apartados c) y d) del artículo 23, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto. Artículo 29. Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes: a) Las cuotas de socios, periódicas o extraordinarias.
  • 9. b) Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas. c) Cualquier otro recurso lícito. Artículo 30. El patrimonio inicial o Fondo Social de la Asociación es de 30 000 000 (treinta millones de pesos) Artículo 31. El ejercicio asociativo y económico será anual y su cierre tendrá lugar el 31 de diciembre de cada año. CAPITULO VI DISOLUCIÓN Artículo 32. Se disolverá voluntariamente cuando así lo acuerde la Asamblea General Extraordinaria, convocada al efecto, por una mayoría de 2/3 de los asociados. Artículo 33. En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante liquido lo destinará para fines que no desvirtúen su naturaleza no lucrativa (concretamente a la Asociación). DISPOSICION ADICIONAL En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la vigente Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y las Disposiciones complementarias. En Espinal a los 8 días del mes de Septiembre del 2019 (FIRMAS de los que figuren como otorgantes del Acta Fundacional. Deberán firmar también en el margen de cada una de las hojas de los Estatutos). __________________ __________________ Presidente Secretaria C.C 132 476 845 C.C 456 789 678
  • 10. ESTABLECIMIENTO DE PROYECTO MUNICIPIO DE SAN LUIS-TOLIMA AREA DEL LOTE: 36.700.77 METROS CUADRADOS CONVERSIÓN A HECT. 3,67 Has LOTES: 21 LOTES 21 Lotes de 72 m² NUESTRA ASOCIACION ESTA CONSTITUIDA Nuestros lotes van a hacer de 72 M2 (metros cuadrados) y de 40,65 M2 (metros Cuadrados construidos) ¿QUIENES SON MIS ASOCIACIADOS?  Mis asociadosson las personas que sean trabajadores y que ganen como mínimo 1 SMLV y 2 SML.  Ser colombiano de nacimiento.  Mayores de 18 años-  Pertenecer a los estratos 1 y 2.
  • 11. Tabla de contenido| 1 12 1.1 12 1.2 13 2 13 2.1 14 2.2 15 3 15 4 16 5 16 5.1 16 5.2 16 6 17 6.1 17 6.1.1 17 7 19 7.1 E19 7.2 19 7.2.1 19 7.2.2 Error! Bookmark not defined. 7.2.3 21 7.2.4 Error! Bookmark not defined. 8 Error! Bookmark not defined.4 ESTUDIO DE FACTIBILIDAD
  • 12. 1 DESCRIPCIONDE LA UBICACIÓN DEL MUNICIPIO El Municipio de San Luis del departamento del Tolima, localizado en la parte central del departamento del Tolima en el borde Oriental de la cordillera Central en el valle cálido del alto Magdalena; con las siguientes coordenadas planas con origen en Bogotá Norte X=970123 m.N., Sur X=926043 m.N., Este Y=897917 m.E. y Oeste Y=873188 m.E.; coordenadas geográficas: Norte 4° 19’ 41” latitud Norte; Sur 3° 55’ 47” latitud Norte; Este 75° 00’ 01” longitud Oeste; Oeste 75° 13’ 22” longitud Oeste, altitud de la cabecera municipal 500 metros sobre el nivel del mar y temperatura de 27 a 28°C. 1.1 AREA DEL SUELO URBANO El área del suelo urbano está constituido por 74.6 hectáreas 1.2 ZONA O ÁREA DONDE SE UBICA LA POBLACION OBJETIVO.
  • 13. LOCALIZACIÓN ALTURA SOBRE EL NIVEL DEL MAR (ML) TEMPERATURA MEDIA (0C) DISTANCIA A LA CAPITAL (KM) Latitud Norte-sur 3°55' 47” 500 27 40Longitud Norte este 75°00' 01” 2 DESCRIPCIONDE LA NECESIDAD Un sector representativo de la población del municipio de San Luis Tolima cuenta con viviendas en deficientes condiciones ocupando predios que no cuentan con las condiciones básicas de habita, en los que no existe el adecuado acceso a la cobertura para prestación de servicios públicos domiciliarios, hacinamiento por el alto número de familias que residen en una misma vivienda e inestabilidad en los terrenos lo que genera un alto riesgo para la población a tal punto que el municipio tiene radicadas 750 solicitudes de vivienda a la fecha. Es por esto que se requiere de una oportuna intervención por parte de los entes públicos a través de las gestiones administrativas que permitan realizar y ejecutar un proyecto de vivienda digna para la población del Municipio.
  • 14. 2.1 DEFICIT DE VIVIENDA El Municipio presenta una propuesta encaminada a facilitar el acceso de la población de una vivienda digna, con el propósito de mitigar y coadyuvara los hogares más vulnerables, de ingresos bajos, donde se mantiene un déficit habitacional cualitativo y cuantitativo. No ajeno a esta realidad, en el municipio se presentan casos donde las familias que cuentan con los recursos suficientes para adquirir vivienda y muchas veces salen doblemente beneficiados. En el Municipio se presentó una singular situación en donde el gobierno local propuso la construcción de vivienda y de inmediato las solicitudes se incrementaron por encima de las 600, lo que desvirtuando las estadísticas contenidas inicialmente dentro del plan de desarrollo. Es así, que de una estadística de las necesidades de vivienda de 102 unidades, pasa a mayor de 600, esto se produjo por el hacinamiento e incremento del número de habitantes por unidad habitacional. 2.2 TIPO DE VIVIENDA. Se observa que las casas predominan en el tipo de vivienda tanto a nivel urbano como en el sector rural.
  • 15. Ilustración 1. Tipo de vivienda utilizada. Las estadísticas indican que la tendencia a utilizar la vivienda tipo casa o apartamento ha decrecido en 19,48% lo cual es un indicador negativo en cuanto al mejoramiento de las condiciones de vida de la población. Lo anterior significa que en 2007, de los 6.093 hogares existentes un 88,28% residían en casa o apartamento a diferencia de 2010, año en el cual de los 6.146 hogares, el 70,47% moraba en este tipo de vivienda. En este mismo periodo, el número de hogares que residían en cuarto u otro tipo de vivienda, muestra una tendencia positiva del 170,60 y -95,45% respectivamente. 3 POBLACIÓNAFECTADAPOR EL PROBLEMA 2800 habitantes pertenecientes a los niveles socioeconómicos 1 y 2. 4 POBLACIÓNOBJETIVO. El proyecto está dirigido a solucionar el déficit de vivienda a una población de 84 habitantes en especial los niveles 1, 2. Es necesidad de orden prioritario para el Municipio de San Luis, disminuir el déficit habitacional existente en la actualidad, ofreciendo soluciones de vivienda a las familias menos favorecidas
  • 16. del municipio atendiendo eficientemente sus solicitudes y contribuyendo así a mejorar su calidad de vida. Los núcleos familiares lo conforman en promedio 4 personas. 5 PROBLEMACENTRAL Aumento con el número de familias que viven en una misma vivienda. 5.1 CAUSAS Directas ● Oferta de vivienda digna y al alcance de la población niveles 1 y 2 del Sisben se encuentra por debajo de la demanda. Indirectas ● Dificultad de la población con escasos recursos niveles 1 y 2 del Sisben para cumplir los requisitos de acceso a crédito o subsidios de vivienda. ● Crecimiento demográfico y migraciones. ● Altos costos de los materiales para la construcción de vivienda. 5.2 EFECTOS. Directos ● Hacinamiento. ● Proliferación de asentamientos informales. ● Incremento en el costo de vida por costos en el arrendamiento. Indirectos ● Alta vulnerabilidad de riesgos naturales. ● Baja calidad de vida.
  • 17. 6 OBJETIVO DELPROYECTO. Disminuir el déficit de vivienda existente en el municipio de San Luis. 6.1 METAS Disminuir el déficit de vivienda en un 6 %. Ofrecer 21 soluciones de vivienda social. 6.1.1.Objetivos del plan de desarrollo a los que apunta el objetivo del proyecto. Por tal motivo la Alcaldía en su Plan de Desarrollo AHORA SI SAN LUIS 2016 - 2019, propone unos objetivos para subsanar la falta de vivienda de interés social, las cuales se mencionan a continuación: ● Incrementar la oferta de vivienda nueva ● Habilitar suelo para vivienda de interés social ● Reducir el déficit cualitativo de vivienda ● Aumentar el espacio público efectivo por habitante
  • 18.
  • 19. 7 ALTERNATIVA 7.1 ESTRATEGIAS VIVIENDA En este sector se adelantarán procesos integrales de construcción de vivienda y su entorno, en aras de reducir las carencias básicas de la vivienda urbana y rural. Se trabajará con especial énfasis en el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de salubridad, sismo resistencia, ventilación, iluminación, manejo y disposiciónde aguas servidas, y mejoramiento espacial de la vivienda. 7.2 ALTERNATIVA. CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS DE INTERÉS SOCIAL PRIORITARIA DEL MUNICIPIO DE SAN LUIS TOLIMA Se construirán 21 soluciones de vivienda de interés social, además de las obras de urbanismo correspondientes, para habitantes de los niveles I y II. El proyecto se desarrollara en el casco urbano del municipio, cada vivienda tendrá un área de 72 m2, y un área construida de 40,65 m2, cada vivienda consta de un salón comedor cocina, dos habitaciones, baño, zona de lavado de ropas y patio; se construirán en sistema estructural de muros confinados con columnetas y vigas de concreto reforzado 3000 Psi y tabiques en ladrillo dos huecos cara vista, y cubierta en teja de asbesto cemento. Las zonas comunes y urbanas cumplen con los requerimientos del EOT vigente, así como las normas de construcción y urbanismo, los andenes tendrán zona de protección ambiental. Las Instalaciones en general (Eléctricas, Hidráulicas, sanitarias, lluvias, etc.) cumplirán con todos y cada uno de los requerimientos vigentes para cada una de ellas. 7.2.1.OBJETIVO VIVIENDA. En cumplimiento a las metas expuestas y un análisis en el cual se describe la situación actual sobre el déficit de vivienda que presenta el Municipio de San Luis, y en
  • 20. cumplimiento al Plan de Desarrollo “AHORA SI, SAN LUIS 2016 - 2019”, presenta un análisis de tipo descriptivo, sobre un predio de Terreno localizado en el Casco Urbano del Municipio el casco urbano del Municipio de San Luis en la zona Residencial de Consolidación Urbana (ZRC) según el EOT, en un terreno de área 4848.64 m2, conformando un conjunto residencial de 21 lotes de 72 m2 y un área construida de 40,65 m2 (modulo tipo) cada uno. 7.2.1.1 EXTENSION. 4848.64 (metros cuadrados.) 7.2.2 ESTUDIO TECNICO 7.2.2.1 Presupuesto. ● Ver anexo detallado. 7.2.2.2 Resumen. Valor proyecto $ 1.500.240.879,00 ● Ver anexos.
  • 21. 7.2.2.3Cronograma De Ejecución. ● Tiempo de ejecución doce meses ver cronograma anexo. 7.2.3 ESTUDIO FINANCIERO • El valor total del proyecto es de $ 1.500.240.879,00 y los indicadores financieros y económicos son los siguientes: 7.2.4 ESTUDIO SOCIAL y LEGAL Conpes 3583. (28 de abril de 2009) Renovación Urbana. Lineamientos de política y consolidación de los instrumentos para la habilitación de suelo y generación de oferta de vivienda. Conpes 3283. Programa de subsidio familiar de vivienda en especie en lotes de la nación. DECRETOS RELACIONADOS CON VIVIENDA NÚMERO DESCRIPCIÓN FECHA 926 Por el cual se establecen los requisitos de carácter técnico y científico para construcciones sismo resistentes NSR-10. 19 de marzo de 2010 798 Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 1083 de 2006, sobre los estándares urbanísticos básicos para el desarrollo de la vivienda. 11 de marzo de 2010
  • 22. 740 Por medio del cual se reglamentan los artículos 42, 5° y 6° de la Ley 1148 de 2007. 11 de marzo de 2008 270 Por el cual se establece la modalidad de Subsidio Familiar de Vivienda Saludable, sede terminan los criterios para su asignación y aplicación, se subroga el artículo 8 del Decreto, modificado por el artículo 2 del Decreto 3702 de 2006, y se dictan otras disposiciones. 05 de febrero 2008 170 Por el cual se establece el criterio especial de atención prioritaria al que se sujetará el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social con cargo a los recursos para población en situación de desplazamiento. 24 de Enero 2008 4466 Por el cual se reglamentan la Ley 3ª de 1991, los artículos 83 y 86 de la Ley 1151 de 2007 y se dictan otras disposiciones. 20 de Noviembre 2007 4260 Por el cual se reglamentan los artículos 79 y 82 de la Ley 1151 de 2007 2 de Noviembre 2007 4259 Por el cual se reglamenta el artículo 78 de la Ley 1151 de 2007. 2 de Noviembre 2007 2831 Por el cual se modifica el Decreto 3702 del 20 de octubre de 2006. 26 de Julio 2007 1650 Por medio del cual se modifican parcialmente los artículos 49 y 50 del Decreto 975 de 2004. 14 de Mayo de 2007 3702 Por el cual se modifican los Decreto 975 de 2004 y 4429 de 2005 y se establecen los criterios para el desarrollo de proyectos de mejoramiento de vivienda a través de la Bolsa Única Nacional. 20 de Octubre de 2006 4429 Por el cual se modifican los Decreto 975 de 2004, 3169 de 2004, 3111 de 2004, y 1526 de 2005, y se establecen los criterios especiales a los que se sujetará el otorgamiento de subsidios familiares de vivienda 28 de Noviembre de 2005 973 Por medio del cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 812 de 2003 en lo relacionado con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural. 31 de Marzo de 2005 2083 Por el cual se modifica el Decreto 2060 del 24 de junio de 2004. 28 de Junio de 2004 2060 Por el cual se establecen normas mínimas para vivienda de interés social urbana. 24 de Junio de 2004 975 Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 812 de 2003 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en dinero para áreas urbanas. 31 de Marzo de 2004 Otras reglamentaciones y lineamientos de política a la que apunta el proyecto.
  • 23. NÚMERO DESCRIPCIÓN FECHA 3491 Política de estado para el Pacífico Colombiano. 01 de Octubre de 2007 3400 Metas y priorización de recursos presupuestales para atender a la población desplazada por la violencia en Colombia. 28 de Noviembre de 2005 91 Metas y estrategias de Colombia para el logro de los objetivos de desarrollo del milenio – 2015 14 de Marzo de 2005 3287 Programa de subsidio familiar de vivienda en especie en lotes de la nación. 17 de Mayo de 2004 3269 Bases para la optimización del programa de subsidio familiar de vivienda y lineamientos para dinamizar la oferta de crédito de vivienda de interés social. 16 de Febrero de 2004 8 EVALUACIÓN ALTERNATIVAS La alternativa muestra la pertinencia de la solución al problema habitacional presente en el municipio de San Luis (Tolima). La alternativa en su conjunto cumple con los indicadores financieros y económicos, que permiten concluir la viabilidad económica de la propuesta. Cumple asimismo con todos los estudios legales y técnicos necesarios.