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JORNADAS SOBRE
                               TENDENCIAS DE LA JUSTICIA PENAL DE MENORES
                                                            Huelva, 25, 26 y 27 de marzo de 2010
                                     Aula Magna “Antonio Jacobo del Barco”. Campus del Carmen

        IMPORTANTE: La propuesta que se presente debe reflejar del mejor modo posible los conocimientos adquiridos por
   el alumno en las sesiones presenciales así como la consulta de los materiales recogidos en la Web de las jornadas/Campus
   Virtual.
        Para la elaboración de la propuesta debe utilizar la tabla que se incorpora a continuación, que servirá de formulario. El
   formulario debidamente cumplimentado con la propuesta debe ser remitido a través del Campus Virtual, en ningún caso a
   través del correo electrónico, y aunque se trate obviamente del mismo formulario debe ser remitido POR TODOS Y CADA
   UNO DE LOS MIEMBROS DEL GRUPO. Es recomendable que el formulario no ocupe más de dos páginas.

                                            Apellidos y nombre                   DNI                       Email



       INTEGRANTES DEL GRUPO



                                         Toscano Carmona, Mariano                              mariano_tc1988@hotmail.com

                                       Las medidas que pueden imponer los Jueces de Menores, ordenadas
                                       según la restricción de derechos que suponen, son las siguientes:
                                         • Internamiento en régimen cerrado.
                                         • Internamiento en régimen semiabierto.
                                         • Internamiento en régimen abierto.
                                         • Internamiento terapéutico en régimen cerrado, semiabierto o
                                             abierto.
                                         • Tratamiento ambulatorio.
 ¿Qué medidas puede imponer              • Asistencia a un centro de día.
el/la Juez/a de Menores a los/las        • Permanencia de fin de semana.
     menores infractores/as?             • Libertad vigilada.
                                         • Prohibición de aproximación o comunicación.
                                         • Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo.
                                         • Prestaciones en beneficio de la comunidad.
                                         • Realización de tareas socioeducativas.
                                         • Inhabilitación absoluta.
                                         • Privación en permiso vario o licencia de armas.
                                         • Amonestación

             Selecciona dos               1.- Tratamiento ambulatorio.
             de esas medidas              2.- Libertad vigilada.
           Ejemplo de una situación en Un menor que tiene problemas con el consumo de drogas.
             la que aplicar la medida
             Breve explicación de la  Esta persona tendrá que asistir al centro designado con la periodicidad
Medida 1




           adecuación de la medida al requerida por los facultativos que lo atiendan, debiendo seguir las pautas
                supuesto citado       fijadas para el adecuado tratamiento a su adicción al consumo de drogas.
             ¿Con qué instituciones o •Con la Cruz Roja.
           recursos de Huelva contaría •Proyecto Joven.
              para la aplicación de la
                     medida?
Ejemplo de una situación en Un menor que agrede a un profesor mientras éste ejerce sus funciones
              la que aplicar la medida docentes en un instituto de Huelva.
               Breve explicación de la  El agresor tendrá que someterse a un seguimiento regular de sus
Medida 2


            adecuación de la medida al actividades y de sus pautas socioeducativas por un periodo determinado
                  supuesto citado       por el juzgado de menores de Huelva.
              ¿Con qué instituciones o Como el menor está obligado a asistir con regularidad al centro docente
            recursos de Huelva contaría correspondiente, ya que está en edad de escolarización obligatoria, deberá
               para la aplicación de la asistir al IES en el que esté matriculado. Por ejemplo IES Las Marismas.
                      medida?
                                No encontramos ningún inconveniente para esta medida, ya que nos
                                parece una medida muy acertada ya que es muy cómoda para la persona
  Inconvenientes del uso de las por no tener unos horarios fijos y marcados y no te priva de libertad.
      medidas seleccionadas     El inconveniente de la libertad vigilada, que hay veces que los
                                funcionarios tienen a su cargo el vigilar hasta 32 personas bajo control, y
                                eso es un poco complicado de llevar.
                                Se puede entender que existe una opción preferentemente educativa en la
                                ejecución de las medidas dictadas por los juzgados de menores,
    Esquema acta resumen de     encaminados hacia un trabajo multidisciplinar con Igualdad de
         deliberaciones.        oportunidades. Pero existen muy escasos medios para aplicar unas
 Especial mención de opiniones medidas eficaces basadas en una metodología inductiva, es decir, partir de
   discrepantes o particulares  la experiencia vital del menor y de su concepción de la realidad para
                                desarrollar metodologías donde sea éste cuestionado mediante contraste
                                con la concepción presente en nuestra actual estructura social.
                                         •   Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la
                                             responsabilidad penal de los menores.
              Fuentes utilizadas         •   Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el
                                             Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora
                                             de la responsabilidad penal de los menores.
                                         •   Apuntes del Profesor Dr. Enrique Anarte.
           Aclaraciones (en su caso)

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  • 1. JORNADAS SOBRE TENDENCIAS DE LA JUSTICIA PENAL DE MENORES Huelva, 25, 26 y 27 de marzo de 2010 Aula Magna “Antonio Jacobo del Barco”. Campus del Carmen IMPORTANTE: La propuesta que se presente debe reflejar del mejor modo posible los conocimientos adquiridos por el alumno en las sesiones presenciales así como la consulta de los materiales recogidos en la Web de las jornadas/Campus Virtual. Para la elaboración de la propuesta debe utilizar la tabla que se incorpora a continuación, que servirá de formulario. El formulario debidamente cumplimentado con la propuesta debe ser remitido a través del Campus Virtual, en ningún caso a través del correo electrónico, y aunque se trate obviamente del mismo formulario debe ser remitido POR TODOS Y CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL GRUPO. Es recomendable que el formulario no ocupe más de dos páginas. Apellidos y nombre DNI Email INTEGRANTES DEL GRUPO Toscano Carmona, Mariano mariano_tc1988@hotmail.com Las medidas que pueden imponer los Jueces de Menores, ordenadas según la restricción de derechos que suponen, son las siguientes: • Internamiento en régimen cerrado. • Internamiento en régimen semiabierto. • Internamiento en régimen abierto. • Internamiento terapéutico en régimen cerrado, semiabierto o abierto. • Tratamiento ambulatorio. ¿Qué medidas puede imponer • Asistencia a un centro de día. el/la Juez/a de Menores a los/las • Permanencia de fin de semana. menores infractores/as? • Libertad vigilada. • Prohibición de aproximación o comunicación. • Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo. • Prestaciones en beneficio de la comunidad. • Realización de tareas socioeducativas. • Inhabilitación absoluta. • Privación en permiso vario o licencia de armas. • Amonestación Selecciona dos 1.- Tratamiento ambulatorio. de esas medidas 2.- Libertad vigilada. Ejemplo de una situación en Un menor que tiene problemas con el consumo de drogas. la que aplicar la medida Breve explicación de la Esta persona tendrá que asistir al centro designado con la periodicidad Medida 1 adecuación de la medida al requerida por los facultativos que lo atiendan, debiendo seguir las pautas supuesto citado fijadas para el adecuado tratamiento a su adicción al consumo de drogas. ¿Con qué instituciones o •Con la Cruz Roja. recursos de Huelva contaría •Proyecto Joven. para la aplicación de la medida?
  • 2. Ejemplo de una situación en Un menor que agrede a un profesor mientras éste ejerce sus funciones la que aplicar la medida docentes en un instituto de Huelva. Breve explicación de la El agresor tendrá que someterse a un seguimiento regular de sus Medida 2 adecuación de la medida al actividades y de sus pautas socioeducativas por un periodo determinado supuesto citado por el juzgado de menores de Huelva. ¿Con qué instituciones o Como el menor está obligado a asistir con regularidad al centro docente recursos de Huelva contaría correspondiente, ya que está en edad de escolarización obligatoria, deberá para la aplicación de la asistir al IES en el que esté matriculado. Por ejemplo IES Las Marismas. medida? No encontramos ningún inconveniente para esta medida, ya que nos parece una medida muy acertada ya que es muy cómoda para la persona Inconvenientes del uso de las por no tener unos horarios fijos y marcados y no te priva de libertad. medidas seleccionadas El inconveniente de la libertad vigilada, que hay veces que los funcionarios tienen a su cargo el vigilar hasta 32 personas bajo control, y eso es un poco complicado de llevar. Se puede entender que existe una opción preferentemente educativa en la ejecución de las medidas dictadas por los juzgados de menores, Esquema acta resumen de encaminados hacia un trabajo multidisciplinar con Igualdad de deliberaciones. oportunidades. Pero existen muy escasos medios para aplicar unas Especial mención de opiniones medidas eficaces basadas en una metodología inductiva, es decir, partir de discrepantes o particulares la experiencia vital del menor y de su concepción de la realidad para desarrollar metodologías donde sea éste cuestionado mediante contraste con la concepción presente en nuestra actual estructura social. • Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Fuentes utilizadas • Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. • Apuntes del Profesor Dr. Enrique Anarte. Aclaraciones (en su caso)