Este documento describe los pasos para constituir una asociación sin fines de lucro en Perú. En primer lugar, se debe elegir un nombre, elaborar un estatuto y nombrar al consejo directivo. Luego, se solicita una escritura pública ante un notario, adjuntando el estatuto y el consejo directivo. Finalmente, se solicita el registro de la constitución de la asociación ante la Sunarp. La asociación queda formalmente constituida una vez completado el registro.
Lo mínimo a conocer para constituir una fundación. Lo más importante, una buena redacción de los estatutos y saber buscar el traje jurídico apropiado a la actividad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
2. ¿Qué es una fundación?
Es una organización no lucrativa por la cual las
personas deciden afectar uno o más bienes
como casas vehículos dinero acciones de una
empresa etcétera con la finalidad de realizar
objetivos altruistas que sean de interés social
religiosos culturales asistenciales entre otros.
ser una organización no lucrativa significa que
todas las ganancias obtenidas como
consecuencia de las actividades económicas
que se puedan realizar sólo podrán destinarse
a la fundación y al fin que ésta persigue esto
quiere decir que nunca se reparten entre los
miembros que administran la fundación
4. ¿Cuáles son los elementos
esenciales que no pueden faltar en
la constitución de una fundación?
Para constituir una fundación se debe tener
en claro su finalidad ya sea religiosa
asistencial cultural u otra de interés social así
como el bien o bienes que se utilizarán para
lograr dicha finalidad y que formarán parte de
la fundación
5. Otros elementos en la
constitución de una fundación
Luego de definir esto el fundador podrá ir
pensando en la denominación de la fundación
su domicilio quiénes podrían ser los
potenciales administradores su régimen
económico entre otros aspectos que permitan
su funcionamiento
6. ¿Cómo se constituye y se solicita el
registro de una fundación en la
Sunarp?
Existen dos
formas de
constituir una
fundación a
través de
escritura pública
o testamento
veamos cómo se
constituye y se
solicita el registro
de una fundación
a través de
escritura pública
para ello el
fundador debe
seguir dos pasos
primero ir a la
notaría para
tramitar la
escritura pública
de constitución
de la fundación y
luego solicitar
ante la Sunarp su
registro veamos
más detalle de
cada uno de
estos pasos
Antes de ir a la
notaría se sugiere
elegir un nombre
para la fundación
como persona
jurídica al igual que
las personas
naturales el nombre
permitirá identificar
la fundación y
diferenciar la de las
demás personas
jurídicas que ya
estén inscritas para
verificar la
disponibilidad del
nombre podremos
ingresar al directorio
nacional de personas
jurídicas que se ubica
en Sunarp servicios,
se recomienda que si
el nombre elegido
está disponible se
realice el trámite de
reserva de
denominación o
razón social ante la
Sunarp esto
garantizará que
nadie más utilice la
denominación que se
ha elegido por el
lapso de 30 días
útiles mientras se
realizan los trámites
ante la notaría
El segundo paso es
solicitar el registro
de la constitución de
la fundación en la
Sunarp para ello el
notario su
dependiente o un
tercero debidamente
autorizado por el
notario que otorga la
escritura pública
deberá acudir al
registro para la
presentación del
parte notarial de la
respectiva escritura
pública acompañada
del formulario de
solicitud de
inscripción que se le
entrega en la Sunarp
del mismo modo
deberá abonar el
pago de los derechos
registrales
pertinentes para su
respectiva
calificación y
posterior inscripción
se debe tener en
cuenta que la
persona jurídica nace
desde el registro en
la Sunarp
7. Recuerda una vez inscrita la fundación en la Sunarp no
te podrás arrepentir de haberla constituido pues ello
no está permitido
Si la fundación se constituye a través de un testamento
la voluntad de constituir la se hará efectiva una vez
fallecido el fundador aquí el estado se encargará de
hacer cumplir su voluntad a diferencia de la
constitución por escritura pública en este caso si es
posible que el fundador en vida cambie de parecer y
decida no afectar sus bienes ni constituir fundación
alguna otro
Dato importante es que en el testamento debe estar a
finalidad y el bien o los bienes que se van a afectar y
siempre se debe tener cuidado de no afectar a los
herederos forzosos como son los hijos o cónyuges
8. ¿Qué es el
consejo de
supervigilancia de
fundaciones?
Dada la importancia de los
fines de la fundación el estado
representado por el consejo de
supervigilancia de fundaciones
dependiente del ministerio de
justicia y derechos humanos
supervisa su funcionamiento
revisando no solo las cuentas e
ingresos de la fundación sino
también el actuar de los
administradores pues ellos
deben realizar un buen trabajo
para alcanzar los objetivos de
la fundación dentro de las
funciones del consejo de
supervigilancia de fundaciones
tenemos supervisar que los
bienes y rentas se utilicen para
lograr el objetivo propuesto
por la fundación autorizar los
actos de disposición como
transferencias donaciones y
gravámenes como las
hipotecas que no sean objetivo
de las operaciones ordinarias
de la fundación y otras
funciones que están contenidas
en el artículo 104° del código
civil peruano
9. ¿Qué normas
regulan la
vida de las
fundaciones?
ES IMPORTANTE
MENCIONAR QUE
ADEMÁS DEL ESTATUTO
LAS FUNDACIONES SON
REGULADAS A TRAVÉS
DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL PERÚ EN
DONDE SE ESTABLECE EL
DERECHO A CONSTITUIR
UNA FUNDACIÓN EL
CÓDIGO CIVIL, EL
REGLAMENTO DE
INSCRIPCIONES DEL
REGISTRO DE PERSONAS
JURÍDICAS DONDE SE
ENCUENTRAN LOS
REQUISITOS PARA SU
INSCRIPCIÓN.
11. Cómo constituir una asociación
Para crear una asociación se necesitan al menos tres socios comprometidos con
un objetivo altruista.
Una asociación es una entidad sin ánimo de lucro que se constituye para
conseguir un objetivo social. Según el tipo de actividad tienen unas
peculiaridades, pero todas funcionan como una persona jurídica cuyo beneficio
no puede repartirse entre los miembros sino que debe utilizarse para alcanzar el
bien perseguido
12. TODA CONSTITUCIÓN DEBE CONTAR CON TRES LIBROS
• LIBRO DE ASOCIADOS
• LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAS
• LIBRO DE CONSEJO DIRECTIVO O JUNTA DIRECTIVA
13. COMO SE CONSTITUYE Y SE SOLICITA EL REGISTRO DE UNA ASOCIACIÓN
1) elegir un nombre
2) Elaborar un estatuto y nombrar el consejo directivo
3) Solicitar una escritura publica en la notaria
4) Solicitar el registro de la constitución de la asociación en la Sunarp
14. • ELEGIR UN NOMBRE LA CUAL NOS PERMITIRÁ IDENTIFICAR LA ASOCIACIÓN
Verificamos en la Sunarp (www.Sunarp.Gob.pe) si el nombre elegido esta disponible, se
debe solicitar la reserva de dicha denominación o razón social , cabe precisar que solo
estará disponible solo 30 días hábiles
15. ELABORAR UN ESTATUTO Y REALIZAR EL NOMBRAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO.
Indicar lo siguiente :
Denominación
Domicilio
Duración
Finalidad
Composición de sus órganos
Patrimonio …Y el destino de este en caso de disolución
16. • SOLICITAR LA ESCRITURA PUBLICA ANTE EL NOTARIO ADJUNTANDO
el estatuto Miembro del primer consejo directivo
17. • Existe dos formas para solicitar la escritura publica
• Con acta constitutiva
• Sin acta constitutiva
Para ello un dependiente del notario enviara la solicitud de inscripción del titulo de la
asociación junto con el parte notarial de la escritura publica al registro de personas
jurídicas.