2. Facultades
Las facultades atribuidas a la Procuraduría General de la Nación se
amparan en los artículos 275, 276, 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283
y 284 de la Constitución de 1991 y sus funciones están reguladas por el
Código Único Disciplinario (Ley 734 del 2002).
Función Disciplinaria
Ante las irregularidades de los servidores públicos, la Procuraduría es
autónoma en el ejercicio de sus investigaciones y en la ejecución de sus
3. determinaciones. Su máximo representante es el Procurador General de
la Nación, que es elegido por el Senado por un periodo de cuatro años a
partir de un terna integrada por candidatos postulados por el Presidente
de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, con
posibilidad de reelección indefinida y contando con el apoyo de al
menos uno de los tres postulantes.4
Función de Intervención
En su calidad de sujeto procesal la Procuraduría General de la Nación
interviene ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa,
Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones
penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral,
ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades
administrativas y de policía. Su facultad de intervención no es
facultativa sino imperativa y se desarrolla de forma selectiva cuando el
Procurador General de la Nación lo considere necesario y cobra
trascendencia siempre que se desarrolle en defensa de los derechos y las
garantías fundamentales.
Dependencias
La Procuraduría General, la Defensoría del Pueblo y las Personerías
conforman el Ministerio Público, cuya principal función es la de vigilar
el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y
los actos administrativos por parte de los servidores públicos, para
defender los derechos colectivos y los intereses de la sociedad civil. Los
agentes del Ministerio Público tienen las mismas calidades, categoría,
remuneración, derechos y prestaciones de los magistrados y jueces de
mayor jerarquía ante quienes ejercen sus cargos. Para el cumplimiento de
sus funciones la Procuraduría tiene atribuciones de Policía Judicial.
4. Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo creada por la Constitución de Colombia de
1991, es uno de los organismos de control del Estado Colombiano. Su
función es garantizar, promover, divulgar, defender, amparar y proteger
los derechos humanos dentro del Estado social de derecho, "democrático,
participativo y pluralista", así como la divulgación y promoción del
Derecho Internacional Humanitario. Administrativamente, la Defensoría
depende de la Procuraduría General de la Nación. El Defensor del
Pueblo es elegido cada cuatro años por la Cámara de Representantes a
partir de una terna enviada por el Presidente de la República. La
creación de la Defensoría del Pueblo fue inspirada por la institución
sueca del Ombudsman, antigua palabra escandinava que significa
"representante del pueblo". La defnsoria del pueblo recibe las quejas de
los ciudadanos de lo inconforme que se sienten
Personerías
Las personerías municipales y las personerías distritales son las entidades
encargadas de ejercer el control administrativo en los municipios. Les
corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la
protección del interés público y la vigilancia de la conducta de quienes
desempeñan funciones públicas en las municipalidades. Los personeros
son elegidos por el Concejo Municipal o Distrital, para períodos de cuatro
años.
5. Ministerio
de
educación
El Departamento Nacional de Planeación creó el Plan Nacional de
Desarrollo 2006-2015, aprobado por el Congreso de Colombia, que
podría implicar la privatización de las universidades públicas: como
dice el texto del Plan, se "reducirá la tasa de analfabetismo, se
aumentará la cobertura bruta en educación superior, principalmente a
través de la expansión de la matrícula técnica y tecnológica, y la
creación de un fondo para la financiación de la educación superior, que
podrá contar con recursos provenientes de la contribución de los egresados
de universidades públicas..." Eso significa que los egresados de las
universidades públicas estarían obligados a pagar una contribución con
el propósito de apoyar el financiamiento de la educación superior en
estos establecimientos. El Ministerio de Educación aún no tiene definido
cómo se cobraría, ni con qué tarifa, como tampoco sobre qué base
gravable. El estudio del CID señala que podría cobrarse una tarifa del
6. 4,9 por ciento por 15 años. En contra del Plan Nacional de Desarrollo
había manifestaciones estudiantiles en la Universidad de Antioquia y en
la Universidad Nacional de Colombia. Con la expedición del decreto
5012 de 28 de diciembre de 2009 y el decreto 854 de marzo 23 de
2011, fueron aprobados los cambios en la planta de personal del
Ministerio de Educación.
BIENESTAR FAMILIAR
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o ICBF, es una entidad
vinculada al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social
de Colombia. La entidad fue establecida en 1968 en respuesta a
problemáticas que afectan a la sociedad colombiana, como lo son la falta
7. de nutrición, la división e inestabilidad del núcleo familiar, la pérdida
de valores y la niñez desválida.
El ICBF cuenta con 200 centros zonales, los cuales son puntos de servicio
para atender a la población de todos los municipios de Colombia. En la
actualidad cerca de 10 millones de colombianos son asistidos por el ICBF.
Fue creado mediante la Ley 75 de 1968. La Ley 7 de 1979 en el
Capítulo II, el artículo veinte establece que "El Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar tendrá por objeto fortalecer la familia y proteger al
menor de edad.
MINISTERIO DE
DEFNSA
8. “Información de interés al personal Retirado de la Fuerza Pública”
Se informa al personal retirado de la Fuerza Pública, que para realizar
el registro de las asociaciones de Personal Retirado de la Fuerza Pública,
deberán presentarse en el GRUPO DE BIENESTAR SECTORIAL de la
Dirección de Veteranos y Bienestar Sectorial del MINISTERIO DE
DEFENSA NACIONAL, ubicado en la Carrera 10 No. 27-00 Oficina 607
Centro Internacional Tequendama, Edificio Bachué, presentando los
siguientes requisitos:
9. · Solicitud de Registro debidamente firmada por el representante legal
· Fotocopia del documento que acredite su experiencia y representación
legal
· Certificación en la que conste el número de miembros pertenecientes a
la asociación
Retirados eligieron Representante para equipo de trabajo del Ministerio
de Defensa
Luego de concluir el trabajo realizado por la Comisión Escrutadora de
las elecciones para Representante del personal retirado de la Fuerza
Pública, que se llevaron a cabo el pasado 23 de septiembre, se determinó
que las siguientes personas harán parte del equipo de trabajo del
Ministerio.
CATEGORIA REPRESENTACION
Representante Oficiales Retirados de las FFMM CR® DIEGO GANTIVA
ARIAS
Representante Suboficiales Retirados de las FFMM SM® HUGO DE
JESUS PEREZ SERNA
Representante Soldados Profesionales e Infantes de Marina Retirados de
las FFMM SL® EDIL MAURICIO BELTRAN PARDO
Representante Agentes Retirados de la POLICIA NACIONAL DG® JOSE
ABIGAIL ROJAS SALAZAR
10. Boletín Digital Bienestar en Acción
Usted como Oficial, Suboficial o Soldado de las Fuerzas Militares,
personal de la Policía Nacional, Veterano, Reservista de Honor,
pensionado y civil activo entre otros, podrá mantenerse informado y
actualizado de las actividades y aspectos de interés enfocados en el área
de Bienestar como: promociones y descuentos en comidas, entretenimiento,
almacenes y otros, oportunidades educativas, créditos y mucho más, a
través del Boletín Digital BIENESTAR EN ACCIÓN, una publicación
trimestral creada por la Dirección de Veteranos y Bienestar Sectorial del
Ministerio de Defensa Nacional.
Edición No. 009 Ago-Dic 2011
ESTIMADO VETERANO O RESERVISTA DE HONOR:
Estamos empeñados en mejorar nuestra base de datos con una
información sencilla que nos permita gradualmente apoyarlo para efectos
de capacitación y oportunidades de empleo. Por este motivo solicitamos su
colaboración imprimiendo y diligenciando el formato que encontrara a
continuacion. El cual, podrá hacer llegar en una de las siguientes
formas:
a. Envío por fax al número 2862497.
b. Envío a la Cra 13 No. 27-00 Of. 627 Edificio Bochica, Bogotá
11. c. Escanear y enviar por mail a veteranos@mindefensa.gov.co
RECONOCIMIENTO RESERVISTA DE HONOR
Considérense Reservistas de Honor, los oficiales, suboficiales y los
soldados, grumetes e infantes de las Fuerzas Militares y agentes auxiliares
de la Policía Nacional, heridos en combate o como consecuencia de la
acción del enemigo y que hayan perdido el 25 % de la capacidad
psicofísica o a quienes se les haya otorgado la Orden Militar de San
Mateo o la Medalla de Servicios distinguidos en orden publico o su
equivalente en la Policía Nacional por acciones distinguidas de valor.
Ver servicio
CONVENIO CUENTA PENSIONAL BBVA:
El Ministerio de Defensa Nacional firmó un convenio con BBVA para
pagarle a sus pensionados por medio de la Cuenta Pensional, esta es una
cuenta de AHORROS en la que los pensionados reciben las mesadas
pensionales de forma ágil, fácil y segura, permitiendo el manejo de otros
recursos.
12. MINISTERIO DE
TRABAJO
El Ministerio del Trabajo fue creado en 1938 mediante la Ley de ese año,
el cual se denominó Ministerio del Trabajo, Higiene y Previsión
Social;sin embargo solo 40 años después se revisó a fondo su organización
interna y competencias, luego durante la década de los ochenta la
estructura prácticamente no se modificó sino en una forma parcial, como
cuando se organizo como departamento administrativo la antigua
superintendencia de cooperativas en 1981.
La estructura del sector administrativo del trabajo y seguridad social se
mantuvo simplificada y sufrió pocas modificaciones entre 1940, finales
de los años 70's y en el transcurso de los años 80's se diversifican sus
organismos adscritos; después en 1992 se reformulan los propósitos y
orientación de la gran mayoría de sus organismos adscritos y vinculados.
Debido a los grandes cambios de concepción y énfasis de al intervención
del Estado y el nuevo marco de la políticas públicas sectoriales.
13. Posteriormente en el primer mandato de Álvaro Uribe Vélez(2002-2006)
mediante facultades extraordinarias por parte del Congreso de la
República de Colombia para renovar la administración pública,2 decide
fusionar el Ministerio del Trabajo junto con el Ministerio de Salud
dando paso al Ministerio de la Protección Social.
En el año 2011 el Congreso de la República otorga facultades
extraordinarias para modificar la estructura de la administración
pública al presidente de la República Juan Manuel Santos Calderon,
quien mediante la ley 1444 de 2011 decide escindir y reorganizar el
Ministerio de la Protección Social, dando paso nuevamente a un
Ministerio del Trabajo y un Ministerio de Salud y Protección Social.3 El
presidente Juan Manuel Santos Calderon establece una modificación a
los objetivos del Ministerio del Trabajo e integra el Sector Administrativo
del Trabajo.4 Es así como para el 2012 el Ministerio del Trabajo es el
octavo ministerio (en orden de precedencia) de los 16 ministerios que
existen actualmente en Colombia5
Misión y Visión 6
Formular, adoptar y orientar la política pública en materia laboral que
contribuya a mejorar la calidad de vida de los colombianos, para
garantizar el derecho al trabajo decente, mediante la identificación e
implementación de estrategias de generación y formalización del empleo;
respeto a los derechos fundamentales del trabajo y la promoción del
diálogo social y el aseguramiento para la vejez.7 8
Para 2014 el sector del trabajo contará con resultados de cumplimiento
de metas y compromisos consignados en el Plan Nacional de Desarrollo,
en materia de generación de empleo estable, formalización laboral,
14. protección a los desempleados, formación de los trabajadores, y con un
sistema pensional sostenible, universal y equitativo.9
Objetivos y Funciones del Sector
Los objetivos y funciones del Ministerio son, la formulación y adopción
de las políticas, planes generales, programas y proyectos para el trabajo,
el respeto por los derechos fundamentales, las garantías de los
trabajadores, el fortalecimiento, promoción y protección de las
actividades de la economía solidaria y el trabajo decente, a través un
sistema efectivo de vigilancia, información, registro, inspección y control;
así como del entendimiento y diálogo social para el buen desarrollo de
las relaciones laborales. El Ministerio del Trabajo fomenta políticas y
estrategias para la generación de empleo estable, la formalización
laboral, la protección a los desempleados, la formación de los
trabajadores, la movilidad laboral, las pensiones y otras prestaciones.10
El Ministerio de Trabajo trazó 5 objetivos para el Sector Administrativo
del Trabajo
Los objetivos sectoriales:
1. Crear condiciones que contribuyan a fomentar la generación de
empleo, la formalización laboral, mejorar las condiciones de movilidad
laboral, y la formación y capacitación del recurso humano dentro del
marco de trabajo decente.
15. 2. Promover la protección de los derechos fundamentales del trabajo y la
promoción del diálogo social, la concertación y la conciliación.
3. Fortalecer el Sistema de Protección Social, mediante la promoción y
aumento de cobertura de afiliación en pensiones y riesgos profesionales, y
el reconocimiento de servicios sociales complementarios.
4. Fortalecer el Sistema de Prevención, Inspección, Vigilancia y Control
del Sector Trabajo.
5. Fortalecer las instituciones del sector trabajo y la rendición de cuentas
en ejercicio del Buen Gobierno, en búsqueda de la modernización,
eficiencia y eficacia.