 IDEAS RELEVANTES: 
 Podemos resaltar que las copias digitales tienen la misma calidad que el original y 
permiten hacer muchas más sin perder demasiada calidad. Nuestro régimen de 
propiedad intelectual está pensado para un mundo analógico, de obras impresas y 
tangibles, y la tecnología digital hace chirriar esta estructura. 
 Otro punto de vista que nos llamo la atención es que con Internet, el autor pierde el 
control de la explotación de su obra. No es que nunca hubiera tenido un control 
absoluto sobre el uso que se hacía de los ejemplares de su obra, que es lo que se 
denomina first sale en los Estados Unidos y que aquí conocemos como distinción 
entre la obra y los soportes tangibles que la incorporan. 
 Una compensación que la sociedad y los titulares aceptaban como justa: los cánones 
por fotocopias, cintas de vídeo y casete. Sí que tenía un control absoluto de los actos 
de explotación, como por ejemplo la edición o la radiodifusión, que requerían una 
inversión económica que minimizaba los supuestos de infracción — porque ya había 
piratas, pero eran más fáciles de identificar y hacían menos daño. 
 Para hacer frente al nuevo reto tecnológico y asegurar que el derecho de autor 
sobreviviera también en el mundo digital, se acordaron dos tratados de la 
Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI, www.wipo.int/index.html.es), 
en diciembre de 1996 —uno sobre derecho de autor 
(www.wipo.org/treaties/ip/performances/index-es.html) y otro sobre derechos 
conexos (www.wipo.org/treaties/ip/performances/index-es.html)—, conocidos como 
"Tratados Internet", que ya han obtenido el número de ratificaciones necesarias para 
entrar en vigor, aunque los estados de la Unión Europea todavía no los han 
ratificado. 
 todos somos piratas": ¡quizás no lo somos tanto como creemos! Me parece que por 
el hecho de reaccionar contra el "peligro" de la tecnología digital, ponemos en peligro 
la "bondad" intrínseca del derecho de autor. Estamos llegando al otro extremo. Nos 
hemos tomado tan seriamente el lema "Sé original, no piratees" —que debo añadir 
que me parece genial— que estoy convencida de que muchos tenéis mala conciencia 
cuando grabáis el último CD que habéis comprado de "Operación Triunfo", para 
poder escucharlo en el coche, porque pensáis que es un acto de piratería. ¡Pues no! 
De momento, todavía está permitida una copia privada. 
 La tecnología no es mala per se. El sistema de compartir archivos de Napster y 
KaZaA es genial, es un avance tecnológico, y de momento sólo lo vemos como un 
peligro demoníaco, el culpable de que el pobre autor se muera de hambre. 
Posiblemente, ésta era la forma más rápida y efectiva de frenar la desaparición del 
derecho de autor en el mundo digital, como primera embestida, para evitar que los 
usuarios se acostumbraran a un mundo sin derecho de autor. Pero ahora sería el 
momento de desarrollar un buen debate y buscar la forma en que todos saliéramos.

Ideas relevantes

  • 1.
     IDEAS RELEVANTES:  Podemos resaltar que las copias digitales tienen la misma calidad que el original y permiten hacer muchas más sin perder demasiada calidad. Nuestro régimen de propiedad intelectual está pensado para un mundo analógico, de obras impresas y tangibles, y la tecnología digital hace chirriar esta estructura.  Otro punto de vista que nos llamo la atención es que con Internet, el autor pierde el control de la explotación de su obra. No es que nunca hubiera tenido un control absoluto sobre el uso que se hacía de los ejemplares de su obra, que es lo que se denomina first sale en los Estados Unidos y que aquí conocemos como distinción entre la obra y los soportes tangibles que la incorporan.  Una compensación que la sociedad y los titulares aceptaban como justa: los cánones por fotocopias, cintas de vídeo y casete. Sí que tenía un control absoluto de los actos de explotación, como por ejemplo la edición o la radiodifusión, que requerían una inversión económica que minimizaba los supuestos de infracción — porque ya había piratas, pero eran más fáciles de identificar y hacían menos daño.  Para hacer frente al nuevo reto tecnológico y asegurar que el derecho de autor sobreviviera también en el mundo digital, se acordaron dos tratados de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI, www.wipo.int/index.html.es), en diciembre de 1996 —uno sobre derecho de autor (www.wipo.org/treaties/ip/performances/index-es.html) y otro sobre derechos conexos (www.wipo.org/treaties/ip/performances/index-es.html)—, conocidos como "Tratados Internet", que ya han obtenido el número de ratificaciones necesarias para entrar en vigor, aunque los estados de la Unión Europea todavía no los han ratificado.  todos somos piratas": ¡quizás no lo somos tanto como creemos! Me parece que por el hecho de reaccionar contra el "peligro" de la tecnología digital, ponemos en peligro la "bondad" intrínseca del derecho de autor. Estamos llegando al otro extremo. Nos hemos tomado tan seriamente el lema "Sé original, no piratees" —que debo añadir que me parece genial— que estoy convencida de que muchos tenéis mala conciencia cuando grabáis el último CD que habéis comprado de "Operación Triunfo", para poder escucharlo en el coche, porque pensáis que es un acto de piratería. ¡Pues no! De momento, todavía está permitida una copia privada.  La tecnología no es mala per se. El sistema de compartir archivos de Napster y KaZaA es genial, es un avance tecnológico, y de momento sólo lo vemos como un peligro demoníaco, el culpable de que el pobre autor se muera de hambre. Posiblemente, ésta era la forma más rápida y efectiva de frenar la desaparición del derecho de autor en el mundo digital, como primera embestida, para evitar que los usuarios se acostumbraran a un mundo sin derecho de autor. Pero ahora sería el momento de desarrollar un buen debate y buscar la forma en que todos saliéramos.