1. LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LASMUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA ...
2. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO PARA LA EDUCACIÓN POPULAR UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA MISIÓN SUCRE ALDEA CONCEPCIÓN JUÁREZ MUNICIPIO IRIBARREN Revolución Bolivariana y Mujeres LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LASMUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Pernia Oscar Garrido Ernesto Colmenarez Magda León Napoleón Agüero Yamileth Peraza Orangel Sección: N502 Facilitador: Marla Martínez
3. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007Definiciones de las Formas de Violencia contra las Mujeres Revolución Bolivariana y Mujeres Artículo 14.-La violencia contra las mujeres a que se refiere la presente Ley, comprende todo acto de violencia sexista basado en la discriminación y en las relaciones de desigualdad y en las relaciones de poder asimétricas entre los sexos que subordinan a la mujer, que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, emocional, económico o patrimonial para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública o privada, y que abarca sin limitarse a estos actos, la violencia domestica, la violencia laboral, la violencia en los espacios de estudio, violencia obstétrica, violencia ginecológica, la violencia mediática, la violencia simbólica, el acoso sexual, el hostigamiento, el acceso carnal violento, la trata de mujeres, la pornografía, la violencia contra las empleadas domésticas, la prostitución forzada, la explotación sexual comercial, la explotación económica, el feminicidio y cualquier otra forma de violencia en contra de las mujeres
4. . sexual o patrimonial Integridad física Psicológica Revolución Bolivariana y Mujeres agresión violencia contra la mujer y la familia amenaza que perjudique u ofensa concubinos ejercida otro integrante de la familia sobre la mujer cónyuges
5. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007Definición de Violencia Física Revolución Bolivariana y Mujeres Artículo 15.-Es toda acción u omisión que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a la mujer, tales como: Lesiones internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o cualquier otro maltrato que afecte su integridad física.
6. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007Definición de Violencia Psicológica Revolución Bolivariana y Mujeres Artículo 15.-Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio
7. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007Definición de Violencia Sexual Revolución Bolivariana y Mujeres Artículo 15.-Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha
8. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007 patrimonial y económica Revolución Bolivariana y Mujeres Esclavitud sexual obstétrica Esterilización forzada Prostitución forzada sexual mediática doméstica Formas de Violencia Institucional Amenaza Acoso u hostigamiento Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes Psicológica Acoso sexual Acceso carnal violento Laboral Simbólica
9. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007 Revolución Bolivariana y Mujeres Garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia Creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, Impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, Para favorecer la construcción de una sociedad democrática, participativa, paritaria y protagónica. Objeto de la Ley
10. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007Derechos protegidos Revolución Bolivariana y Mujeres Artículo 3. Esta Ley abarca la protección de los siguientes derechos: 1. El derecho a la vida. 2. La protección a la dignidad e integridad física, psicológica, sexual, patrimonial y jurídica de las mujeres víctimas de violencia, en los ámbitos público y privado. 3. La igualdad de derechos entre el hombre y la mujer. 4. La protección de las mujeres particularmente vulnerables a la violencia basada en género.
11. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007 Revolución Bolivariana y Mujeres Derecho a la Vida Derechos Protegidos Protección Igualdad De las mujeres vulnerables a la violencia Dignidad integridad física, psicológica sexual Patrimonial
12. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007Principios Procesales Revolución Bolivariana y Mujeres
13. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007 Revolución Bolivariana y Mujeres
22. INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER MISIÓN Ejercer, como ente rector, las funciones de formulación, ejecución, dirección, coordinación, supervisión y evaluación de las políticas públicas con perspectiva de género, garantizando la igualdad de oportunidades de las mujeres y promoviendo su participación protagónica en los ámbitos político, económico, social, territorial e internacional. VISIÓN Ser garante de la igualdad jurídica y real de las mujeres como instancia rectora de las políticas públicas con perspectiva de género. Revolución Bolivariana y Mujeres
23. ATRIBUCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER Formular, orientar, ejecutar, coordinar e instrumentar las políticas públicas de prevención y atención para ser implementadas en los diferentes órganos del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal Diseñar, planes y programas de capacitación conjuntamente con el ministerio con competencia en materia del interior y justicia y el Tribunal Supremo de Justicia Diseñar, planes, proyectos y programas de capacitación conjuntamente con los ministerios con competencia en materia de Salud y de Participación Popular y Desarrollo Social Promover la participación activa y protagónica de las organizaciones públicas y privadas dedicadas a la atención de la violencia contra las mujeres, así como de los Consejos Comunales y organizaciones sociales de base Revolución Bolivariana y Mujeres
24. FUNCIÓN DE LAS UNIDADES DE ATENCIÓN Y TRATAMIENTO DE HECHOS DE VIOLENCIA HACIA LA MUJER Y LA FAMILIA. Revolución Bolivariana y Mujeres Instituto Nacional de la Mujer Instituto Nacional de Estadística Con los organismos de los Poderes Públicos coordinará los censos Estadísticas Estudio, permanente o no permita recoger datos desagregados de la violencia
25. FUNCIÓN DE LAS UNIDADES DE ATENCIÓN Y TRATAMIENTO DE HECHOS DE VIOLENCIA HACIA LA MUJER Y LA FAMILIA Revolución Bolivariana y Mujeres Unidades de atención y tratamiento de hechos de violencia hacia la mujer y la familia. El Instituto Nacional de la Mujer conjuntamente con el Ministerio de la Familia y los municipios crearán en cada municipio unidades de atención y tratamiento de hechos de violencia contra la mujer y la familia, destinados a la atención, prevención y tratamiento de los hechos previstos en esta Ley.
26. FUNCIÓN DE LAS UNIDADES DE ATENCIÓN Y TRATAMIENTO DE HECHOS DE VIOLENCIA HACIA LA MUJER Y LA FAMILIA. Revolución Bolivariana y Mujeres naturaleza pública o privada Los programas conjunto articulado acciones desarrolladas Detectar Prevenir personas naturales o jurídicas Monitorear atender fines Erradicar
29. LEY ORGÁNICA POR EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, MARZO 2007 Revolución Bolivariana y Mujeres Planificación Familiar conjunto de prácticas Educación de la Sexualidad utilizadas por Mujer Hombre orientadas control de la reproducción
30. Salud Sexual y Reproductiva La salud reproductiva es un estado general de bienestar físico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades y dolencias en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos Revolución Bolivariana y Mujeres Salud Sexual y Reproductiva según OMS La Organización mundial de la Salud (OMS) define Salud Reproductiva como una condición de bienestar físico, mental y social en los aspectos relativos al sistema reproductivo en todas las etapas de la vida. La salud reproductiva implica que las personas puedan tener una vida sexual satisfactoria y segura, la capacidad de tener hijos y la libertad de decidir si quieren tenerlos, cuándo y con qué frecuencia
31. Marco Jurídico Nacional de la Salud y los Derechos Sexuales y Reproductivos Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,1999 (Artículos 3, 76, 86, 87, 88 y otros). Ley para la protección de las familias, la maternidad y la paternidad. 2007 Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, 2004 Norma Oficial para la atención integral de la salud sexual y reproductiva, Noviembre 2003. Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes.1999. Reforma 2007. Ley de Igualdad de oportunidades, 1993. Reforma de 2000 y actualmente en revisión. Revolución Bolivariana y Mujeres