187 Años de la Declaratoria de la
        Independencia




             1825-2012
Declaratoria de la
Independencia Leyes de la
        Florida
Ley de Independencia

    “Declara írritos, nulos, disueltos y de
ningún valor para siempre, todos los actos
      de incorporación, aclamaciones y
juramentos arrancados a los pueblos de la
 Provincia Oriental por la violencia de la
 fuerza unida a la perfidia de los intrusos
poderes de Portugal y el Brasil, que la han
  tiranizado y usurpado sus inalienables
  derechos, desde el año de 1817 hasta el
             presente de 1825.”
“En consecuencia de la antecedente
   declaración, reasumiendo la Provincia
    Oriental la plenitud de los derechos,
libertades y prerrogativas inherentes a los
  demás pueblos de la tierra se declara de
 hecho y de derecho, libre e independiente
   del Rey de Portugal, del Emperador del
  Brasil y de cualquier otro del universo, y
  con amplio y pleno poder para darse las
     formas que en uso y ejercicio de su
       soberanía estime convenientes”.
Ley de Unión
 “Queda la Provincia Oriental del Rio de la
Plata, unida a las demás de este nombre en
el territorio de Sud América, por ser libre y
 espontánea voluntad de los pueblos que la
   componen, manifestada en testimonios
irrefragables y esfuerzos heroicos desde el
 primer período de la regeneración política
            de dichas provincias”.
Ley de Pabellón

   Se establece el uso del
pabellón que tiene tres franjas
horizontales celeste, blanca y
punzó, hasta que se elabore el
  pabellón definitivo de las
      Provincias Unidas.

Independencia

  • 1.
    187 Años dela Declaratoria de la Independencia 1825-2012
  • 2.
  • 3.
    Ley de Independencia “Declara írritos, nulos, disueltos y de ningún valor para siempre, todos los actos de incorporación, aclamaciones y juramentos arrancados a los pueblos de la Provincia Oriental por la violencia de la fuerza unida a la perfidia de los intrusos poderes de Portugal y el Brasil, que la han tiranizado y usurpado sus inalienables derechos, desde el año de 1817 hasta el presente de 1825.”
  • 4.
    “En consecuencia dela antecedente declaración, reasumiendo la Provincia Oriental la plenitud de los derechos, libertades y prerrogativas inherentes a los demás pueblos de la tierra se declara de hecho y de derecho, libre e independiente del Rey de Portugal, del Emperador del Brasil y de cualquier otro del universo, y con amplio y pleno poder para darse las formas que en uso y ejercicio de su soberanía estime convenientes”.
  • 5.
    Ley de Unión “Queda la Provincia Oriental del Rio de la Plata, unida a las demás de este nombre en el territorio de Sud América, por ser libre y espontánea voluntad de los pueblos que la componen, manifestada en testimonios irrefragables y esfuerzos heroicos desde el primer período de la regeneración política de dichas provincias”.
  • 6.
    Ley de Pabellón Se establece el uso del pabellón que tiene tres franjas horizontales celeste, blanca y punzó, hasta que se elabore el pabellón definitivo de las Provincias Unidas.