Este documento proporciona información sobre las elecciones presidenciales y legislativas que tendrán lugar el 5 de octubre de 2014 en Brasil. Se elegirán 1.628 cargos a nivel federal y estatal, incluidos el presidente, vicepresidente, gobernadores, senadores y diputados. La campaña electoral comenzó el 6 de junio y terminará el 1 de octubre. Se espera una participación electoral del 81,88% de los 142,8 millones de electores habilitados.
2. BRASIL – Elecciones Presidenciales y Legislativas – 05/10/2014
Presidente: Dilma Rousseff (Partido de los Trabajadores)
Forma de elección: Voto directo
Mandato: 4 años.
Cargos a elegir: 1.628
• 1 Presidente
• 1 Vicepresidente
• 27 gobernadores
• 27 senadores
• 513 diputados federales
• 1.059 diputados estatales.
• Día y horario de Elecciones: 5 de Octubre de 2014, 8 a 17hs.
Candidatos:26.169
Eventual Segunda Vuelta: 26 de octubre de 2014
Campaña Electoral: La campaña electoral inició el 6 de junio de 2014 y tendrá
vigencia hasta las 23:59 hs. del día miércoles 1 de octubre del 2014.
ELECTORES HÁBILES Y TASA DE PARTICIPACIÓN ELECTORAL
Electores: 142.822.046
Participación Electoral: 81,88% (Presidencial y Legislativas 2010)
ORGANISMO ELECTORAL
TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORAL
• Es el responsable de organizar, administrar y ejecutar los procesos electorales
y proclamar sus resultados.
• Garantizar el pleno desarrollo de la ejecución de los derechos políticos.
• Organizar y administrar el Registro Civil y el Padrón Electoral.
Presidente del Tribunal: Ministro José Antonio DiasToffoli
Sitio Oficial: http://www.tse.jus.br/
3. CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD
El artículo 14 de la Constitución reglamenta las condiciones de elegibilidad.
Son condiciones de elegibilidad, en la forma de la ley: la nacionalidad brasileña; el
pleno ejercicio de los derechos políticos; el alistamiento electoral; el domicilio electoral
en la circunscripción y la afiliación a un partido político.
Edad mínima para ser elegido:
• 35 años para Presidente y Vicepresidente de la República y Senador.
• 35 años para Gobernador y Vicegobernador de Estado y del Distrito Federal.
• 21 años para Diputado Federal, Diputado Estatal o de Distrito, Prefecto, Vice-prefecto
y Juez de Paz.
ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE
El artículo 77 de la Constitución establece la forma de elección del Ejecutivo Nacional.
La elección del Presidente y Vicepresidente de la República se llevará a cabo
simultáneamente en el primer domingo de octubre, en la primera ronda, y el último
domingo de octubre, en la segunda ronda, en su caso, del ejercicio anterior a la
expiración del actual mandato presidencial (modificado por la Enmienda Constitucional
Nº 16.1997).
Se considerará electo Presidente, el candidato que haya sido registrado por el partido
político que obtenga la mayoría absoluta de votos, sin contar en blanco o nulo.
Si ningún candidato logra la mayoría absoluta en la primera votación, se realizará una
nueva elección dentro de los 20 días siguientes a la proclamación de los resultados,
en la que competirán los candidatos de los dos partidos que hayan obtenido el mayor
número de votos.
PODER LEGISLATIVO
El artículo 44 de la Constitución Federal establece que el Poder Legislativo es
integrado por la Cámara de Diputados y por el Senado Federal.
La Cámara de los Diputados se compone de representantes del pueblo, elegidos por
el sistema proporcional, en cada Estado, en cada Territorio y en el Distrito Federal.
El número total de Diputados, así como la representación por cada Estado y por el
Distrito Federal serán establecidos por ley complementaria, proporcionalmente a la
población, procediéndose a los ajustes necesarios en el año anterior a las elecciones,
para que ninguna de aquellas unidades de la Federación tenga menos de 8 ni más de
60 Diputados. Cada Territorio elegirá 4 Diputados.
El artículo 46 de la Constitución marca que el Senado Federal se compone de
representantes de los Estados y del Distrito Federal, elegidos según el sistema
mayoritario.
4. Cada Estado y el Distrito Federal elegirán 3 Senadores, con un mandato de 8 años. La
representación de cada Estado y del Distrito Federal será renovada cada 4 años, en
uno y dos tercios alternativamente. Cada Senador será elegido con 2 suplentes.
SISTEMAS ELECTORALES
• Elecciones para Presidente y Vice-Presidente, Gobernador y Vicegobernador
de los Estados y del Distrito Federal, y Senador de la República obedecen el
principio de la mayoría consagrado en el artículo 77 de Constitución Federal y
el reiterado en el artículo 83 del Código Electoral.
• Si ninguno de los candidatos para los cargos de Presidente y Gobernador del
Estado y del Distrito Federal logra la mayoría absoluta en la primera votación,
se realizará una segunda vuelta de elecciones el 26 de octubre 2.014, en la
que competirán los dos primeros (Constitución Federal, artículo 77 y 9.504/97,
artículo 2).
• El artículo 45 de la Constitución Federal establece que para las elecciones para
Diputado Federal, Estatal y del Distrito se deberá cumplir con el principio de la
representación proporcional.
• Para la elección presidencial se considera el país como distrito único. En tanto,
en las elecciones federales, estatales y de distrito será el Estado respectivo o
el Distrito Federal (Código Electoral, artículo 86).
DERECHO DE PARTICIPACIÓN
Características del sufragio:
La soberanía popular se ejerce mediante el sufragio universal y por voto directo y
secreto, con un valor igual a todo el mundo, y, según la ley, a través de: plebiscito,
referéndum e iniciativa popular (Constitución Federal, Art. 14; Código Electoral,
artículos 82 y 85 y 9.504/97, artículo 1, párrafo I).
La inscripción electoral y el voto son obligatorios para personas mayores de 18 años; y
opcional para los analfabetos; las personas con más de 70 años; los mayores de 16
años y menores de 18 años.
ELECTORES EN EL EXTERIOR
En las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República, el votante puede
sufragar en el exterior, siempre que haya solicitado al Juez Electoral dicha posibilidad
antes del 7 de Mayo (9.504/97, Código Electoral, Arts. 91 y 225).
5068 electores brasileños residentes en Ciudad de Buenos Aires podrán
sufragar en el Consulado General, ubicado en Av. Belgrano 552, de 8 a 17hs.
Web Consulado: www.conbrasil.org.ar
5. ACCESIBILIDAD ELECTORAL
Para aquellos electores con discapacidad visual, el artículo 150 del Código Electoral
dispone las siguientes medidas para votar, entre otras:
• Sistema común del alfabeto Braille,
• Uso de cualquier instrumento mecánico que suministre el receptor de la oficina,
• Uso del sistema de audio (cuando esté disponible en la urna).
VOTACIÓN ELECTRÓNICA
Identificación del elector:
El votante deberá presentar su documento de identidad al llegar a la mesa de
votación. En caso de sufragar en una de las 25 ciudades que contarán con
identificación biométrica (captación de la huella digital), en lugar de chequear los datos
en un cuaderno electoral, el elector usará una máquina con el dispositivo que le
permitirá constatar su identidad.
Registro biométrico:
En los municipios que se utilice la biometría como forma de identificación de los
votantes se aplicará el siguiente procedimiento:
• El miembro de la junta debe introducir el número del elector.
• Una vez aceptado el número de título por el sistema, el miembro de la junta va
a pedir al votante que coloque el dedo pulgar en el sensor biométrico para la
identificación.
• Vista la identificación de los votantes a través de la biometría, el miembro de la
junta deberá autorizar el voto.
• En las elecciones, más de 22 millones de electores serán identificados por las
huellas dactilares.
Votación:
La máquina brasileña dispone de una pequeña pantalla y un teclado numérico en el
que cada elector debe marcar el número asignado al candidato de su preferencia. Una
vez hecha la selección, aparecerá la fotografía del aspirante, su nombre y siglas del
partido político, lo que permite verificar el voto. De ser correcto, se debe presionar la
tecla “confirmar” para ejecutar el sufragio o el botón de corrección para realizar
cambios. Si no se desea sufragar por ninguno de los aspirantes, se puede pulsar la
tecla “blanco”, o se tiene la alternativa de anular el sufragio, tecleando números al azar
y apretando “confirmar”. Este proceso debe cumplirse para cada cargo en disputa, y
tras el registro de todos los votos, la urna emitirá un pitido y la palabra FIN aparecerá
en la pantalla.
La votación electrónica muestra a los votantes, en primer lugar, los paneles relativos a
las elecciones proporcionales y luego los relacionados con las elecciones mayoritarias,
en este orden (Ley N° 9.504/97 el artículo 59):
6. • Representante del Estado o Distrito;
• Congresista;
• Senador y suplentes
• Gobernador y Vicegobernador
• Presidente de la República y Vicepresidente
Escrutinio:
Los votos emitidos por los sufragantes son almacenados, en formato cifrado y con
firma digital, en dos tarjetas de memoria (flash cards) y un disco magnético. Al cierre
del proceso, las selecciones son escrutadas y los resultados se imprimen en varias
actas. El disco magnético es entregado al Tribunal Superior Electoral.
Transmisión:
Completado el proceso de totalización e impresas las actas de escrutinio, la
información del disco magnético es transmitida a través de una red segura y exclusiva
para cumplir con la totalización de todos los votos en las computadoras de las oficinas
regionales y del Tribunal Superior Electoral.
La legislación brasileña permite que el ente publique en tiempo real los resultados en
la WEB del organismo. Los resultados electorales estarán disponibles en:
http://divulga.tse.jus.br/oficial/index.html
NORMATIVA ELECTORAL E INFORMACIÓN OFICIAL
Constitución Federal
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/Constituicao/Constituicao.htm
Código Electoral
http://www.tse.jus.br/legislacao/codigo-eleitoral-anotado/codigo-eleitoral
Partidos políticos reconocidos por TSE
http://www.tse.jus.br/partidos/partidos-politicos/registrados-no-tse
Composición Senado (actual)
http://www.senado.gov.br/senadores/
Composición Cámara de Diputados
(actual)http://www.camara.gov.br/Internet/Deputado/bancada.asp
Calendario Electoral
http://www.tse.jus.br/eleicoes/eleicoes-2014/calendario-eleitoral#3_10_2014
7. TOTAL DE CANDIDATOS POR CATEGORÍA DE CARGO A ELEGIR
CANDIDATOS A PRESIDENTE
APELLIDO Y NOMBRE Nº PARTIDO POLÍTICO COALICIÓN
AÉCIO NEVES DA
CUNHA
AÉCIO NEVES 45 PSDB MUDA BRASIL
DILMA VANA
ROUSSEFF
DILMA 13 PT COLIGAÇÃO
COM A FORÇA DO
POVO
8. EDUARDO JORGE
MARTINS ALVES
SOBRINHO
EDUARDO JORGE 43 PV PV
EVERALDO DIAS
PEREIRA
PASTOR
EVERALDO 20 PSC PSC
JOSÉ LEVY FIDELIX DA
CRUZ
LEVY FIDELIX 28 PRTB PRTB
JOSE
DE ALMEIDA
ZÉ MARIA 16 PSTU PSTU
9. JOSE MARIA EYMAEL
EYMAEL 27 PSDC PSDC
LUCIANA KREBS
GENRO
LUCIANA GENRO 50 PSOL PSOL
MARIA OSMARINA
MARINA DA SILVA VAZ
DE LIMA
MARINA SILVA 40 PSB UNIDOS
10. ELECTORES, DIPUTADOS FEDERALES Y ESTADUALES Y SENADORES A ELEGIR POR ESTADO
ESTADO ELECTORES DIPUTADOS
FEDERALES
DIPUTADOS
ESTADUALES
SENADORES
SAO PABLO 31.979.717 70 94 1
MINAS GERAIS 15.236.578 56 77 1
RIO DE JANEIRO 12.134.413 46 70 1
BAHIA 10.179.390 39 63 1
RIO GRANDE DO SUL 8.385.229 31 55 1
PARANÁ 7.861.171 30 54 1
PERNANBUCO 6.353.859 25 49 1
CEARÁ 6.268.909 22 46 1
MARANHAO 4.495.864 18 42 1
PARÁ 5.185.950 17 41 1
GOIÁS 4.329.834 17 41 1
SANTA CATARINA 299.411 16 40 1
PARAÍBA 2.834.782 12 36 1
ESPÍRITO SANTO 2.651.621 10 30 1
PIAUÍ 2.344.776 10 30 1
ALAGOAS 1.995.153 9 27 1
RIO GRANDE DO NORTE 2.326.583 8 24 1
AMAZONAS 2.225.630 8 24 1
MATO GROSSO 2.188.283 8 24 1
MATO GROSSO DO SOUL 1.817.511 8 24 1
DISTRITO FEDERAL 1.895.697 8 24 1
SERGIPE 1.453.601 8 24 1
RONDONIA 1.126.502 8 24 1
TOCANTINS 996.379 8 24 1
ACRÉ 506.520 8 24 1
AMAPÁ 455.368 8 24 1
RORAIMA 299.411 8 24 1
TOTAL 142.822.046 513 1059 27