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INFORMÁTICA 
JURÍDICA
¿POR QUÉ SE DICE QUE EL 
DERECHO ES UN SISTEMA? 
• La idea de sistema como sistema formal está directamente 
relacionada con los tres significados que según Bobbio3 tiene la 
noción de sistema en el ámbito del derecho. El primero es el de 
sistema como sistema deductivo, según el cual un ordenamiento 
jurídico es un sistema si las normas que lo componen son deducibles 
de algunos principios generales. Históricamente este es el método 
propuesto por los iusnaturalistas racionalistas, tomando como 
referente la geometría euclideana y las reglas de la lógica. una 
segunda acepción es la de sistema inductivo: los romanistas alemanes 
-dice Bobbio- llamaban sistema a un ordenamiento de la materia 
realizado a través del procedimiento inductivo, es decir, partiendo del 
contenido de las singulares normas a fin de construir conceptos 
siempre más generales, clasificaciones y partes en el interior de la 
materia. En tercer lugar, sistema equivale a validez del principio que 
excluye la incompatibilidad entre normas.
¿QUÉ SE ENTIENDE POR 
SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO? 
• Desde los años 1990, el concepto de la ‘sociedad del 
conocimiento’ ha resurgido tanto en la política como en las 
ciencias sociales (véase por ejemplo Reich 1992, Drucker 
1994, Lundvall & Johnson 1994, Stehr 1994, OECD 1996, Krohn 
1997, Knorr-Cetina 1998, Willke 1998 y Weingart 2001). Al 
contrario que el concepto de la ‘sociedad de la información’, 
este término no hace referencia solamente a la base 
tecnológica para caracterizar la sociedad actual y para resaltar 
las diferencias con la ‘sociedad industrial’. Pero queda menos 
claro qué se entiende por ‘sociedad del conocimiento’. 
Heidenreich distingue, en primera instancia, cuatro 
definiciones:
• 1. Similar al término ‘sociedad de la información’, la noción 
‘sociedad de conocimiento’ indica la importancia de las tecnologías 
de la información y la comunicación (TIC) y su utilización en los 
procesos económicos. 
• 2. La noción resalta las nuevas formas de producir conocimiento. El 
conocimiento es considerado como uno de los principales causantes 
del crecimiento junto con los factores capital y trabajo. En este 
sentido, se concede una relevancia crucial a la producción de 
productos intensivos en conocimiento y a los servicios basados en el 
conocimiento[7] 
• 3. Se resalta la creciente importancia de los procesos educativos y 
formativos, tanto en su vertiente de educación y formación inicial 
como a lo largo de la vida. 
• 4. Se destaca la creciente importancia de los servicios intensivos en 
conocimiento y comunicación, que generalmente se denominan 
trabajo de conocimiento (véase OECD 2001 y Reich 1992)
• El concepto actual de la ‘sociedad del conocimiento’ no está 
centrado en el progreso tecnológico, sino que lo considera 
como un factor del cambio social entre otros, como, por 
ejemplo, la expansión de la educación. Según este enfoque, el 
conocimiento será cada vez más la base de los procesos 
sociales en diversos ámbitos funcionales de las sociedades. 
Crece la importancia del conocimiento como recurso 
económico, lo que conlleva la necesidad de aprender a lo 
largo de toda la vida. Pero igualmente crece la conciencia del 
no-saber y la conciencia de los riesgos de la sociedad 
moderna.
¿CUÁL ES LA RELACIÓN QUE UD. ENCUENTRA ENTRE EL 
DERECHO Y LOS AVANCES DE LA TECNOLOGÍA DE LA 
INFORMACIÓN Y CONOCIMIENTO? (TICS) 
• La globalización mundial, polarizadora de la riqueza y el poder, sería 
impensable sin el avance de las fuerzas productivas que la ciencia y 
la tecnología han hecho posible. El impetuoso desarrollo científico y 
tecnológico, desde mediados del siglo pasado, es uno de los factores 
más influyentes en la sociedad contemporánea., lo cual ha influido 
en cambios de concepciones y puntos de vista referentes a la 
ciencia, la tecnología y la sociedad. 
• El desarrollo e incidencia de las nuevas tecnologías en el mundo 
cultural actual, especialmente de aquellas que se vinculan a la 
información y comunicación, propicia y a la vez hace necesaria una 
reacción que desde el campo de la educación provoque un reajuste 
en las funciones que tanto los medios, como la educación tengan 
que cumplir en la sociedad. 
• A estos reajustes están vinculados los problemas generados por el 
desarrollo sostenido del potencial tecnológico en la mayoría de los 
países del mundo, los cuales tienen que ver con las características 
generales de la sociedad y el tipo de relaciones político-económicas 
existentes.
• Son precisos cambios urgentes en los ámbitos educativo, 
tecnológico, político.... Cambios que permitan avanzar hacia el 
logro de una vida digna para el conjunto de los seres 
humanos, sin hambrunas, sin guerras, sin dejar herencias 
envenenadas a las futuras generaciones. Ésa es la apuesta de 
la Década: convertir a los ciudadanos y ciudadanas en 
impulsores y sujetos activos de unos cambios que hagan 
posible la supervivencia de la especie y la plena 
universalización de los Derechos Humanos
DEFINICIÓN DE LAS TICS 
• Las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), a veces 
denominadas nuevas tecnologías de la información y la 
comunicación (NTIC) son un concepto muy asociado al 
de informática. Si se entiende esta última como el conjunto de 
recursos, procedimientos y técnicas usadas en el procesamiento, 
almacenamiento y transmisión de información, esta definición se ha 
matizado de la mano de las TIC, pues en la actualidad no basta con 
hablar de una computadora cuando se hace referencia al 
procesamiento de la información. Internet puede formar parte de 
ese procesamiento que, quizás, se realice de manera distribuida y 
remota. Y al hablar de procesamiento remoto, además de incorporar 
el concepto de telecomunicación, se puede estar haciendo 
referencia a un dispositivo muy distinto a lo que tradicionalmente se 
entiende por computadora pues podría llevarse a cabo, por ejemplo, 
con un teléfono móvil o una computadora ultra-portátil, con 
capacidad de operar en red mediante Comunicación inalámbrica y 
con cada vez más prestaciones, facilidades y rendimiento.
IMPORTANCIA DE LAS TICS 
EN EL DERECHO 
• Las TICS, Tecnologías de la información y de la comunicación, 
aplicadas en el derecho informático tienen relevancia pues se 
habla del impacto de las mismas en la correspondencia que se 
da entre los medios tecnológicos de información y 
comunicación y los aplicadores del derecho, en qué medida 
estos son empleados para su utilización, es por ello que hoy 
en día en el mundo globalizado en el que vivimos se necesita 
de esta tecnología como apoyo, base y sustento en la 
aplicación del derecho.
SEGÚN SU CRITERIO, ¿CUÁL ES EL ROL DEL GOBIERNO 
EN RELACIÓN AL USO DE LAS TICS (SECTOR PÚBLICO)? 
• El impetuoso desarrollo tecnológico, genera un importante impacto 
en todos los ámbitos y niveles de la economía, de la sociedad y del 
ser humano, desencadena posiciones a favor de los que poseen y 
usan las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) y en 
contra de los que no, ocasionando con ello cambios que condicionan 
y determinan la vida ciudadana. Así, el desarrollo de las TIC trae la 
incorporación de nuevas formas de interacción en la sociedad, a 
través del gobierno electrónico y por ende, la transformación de la 
Administración Pública 
• El uso de las TIC cambia radicalmente la forma en que los gobiernos 
administran y ejecutan sus procesos internos, y abre la posibilidad 
de mejorar e incrementar los canales de comunicación con los 
ciudadanos. Las TIC como recurso de la gestión pública, hacen del 
gobierno un prestador de servicios accesible que cumpla con las 
nuevas demandas de la ciudadanía, con bajos costos, mayor 
transparencia, eficiencia y eficacia.

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  • 2. ¿POR QUÉ SE DICE QUE EL DERECHO ES UN SISTEMA? • La idea de sistema como sistema formal está directamente relacionada con los tres significados que según Bobbio3 tiene la noción de sistema en el ámbito del derecho. El primero es el de sistema como sistema deductivo, según el cual un ordenamiento jurídico es un sistema si las normas que lo componen son deducibles de algunos principios generales. Históricamente este es el método propuesto por los iusnaturalistas racionalistas, tomando como referente la geometría euclideana y las reglas de la lógica. una segunda acepción es la de sistema inductivo: los romanistas alemanes -dice Bobbio- llamaban sistema a un ordenamiento de la materia realizado a través del procedimiento inductivo, es decir, partiendo del contenido de las singulares normas a fin de construir conceptos siempre más generales, clasificaciones y partes en el interior de la materia. En tercer lugar, sistema equivale a validez del principio que excluye la incompatibilidad entre normas.
  • 3. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO? • Desde los años 1990, el concepto de la ‘sociedad del conocimiento’ ha resurgido tanto en la política como en las ciencias sociales (véase por ejemplo Reich 1992, Drucker 1994, Lundvall & Johnson 1994, Stehr 1994, OECD 1996, Krohn 1997, Knorr-Cetina 1998, Willke 1998 y Weingart 2001). Al contrario que el concepto de la ‘sociedad de la información’, este término no hace referencia solamente a la base tecnológica para caracterizar la sociedad actual y para resaltar las diferencias con la ‘sociedad industrial’. Pero queda menos claro qué se entiende por ‘sociedad del conocimiento’. Heidenreich distingue, en primera instancia, cuatro definiciones:
  • 4. • 1. Similar al término ‘sociedad de la información’, la noción ‘sociedad de conocimiento’ indica la importancia de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y su utilización en los procesos económicos. • 2. La noción resalta las nuevas formas de producir conocimiento. El conocimiento es considerado como uno de los principales causantes del crecimiento junto con los factores capital y trabajo. En este sentido, se concede una relevancia crucial a la producción de productos intensivos en conocimiento y a los servicios basados en el conocimiento[7] • 3. Se resalta la creciente importancia de los procesos educativos y formativos, tanto en su vertiente de educación y formación inicial como a lo largo de la vida. • 4. Se destaca la creciente importancia de los servicios intensivos en conocimiento y comunicación, que generalmente se denominan trabajo de conocimiento (véase OECD 2001 y Reich 1992)
  • 5. • El concepto actual de la ‘sociedad del conocimiento’ no está centrado en el progreso tecnológico, sino que lo considera como un factor del cambio social entre otros, como, por ejemplo, la expansión de la educación. Según este enfoque, el conocimiento será cada vez más la base de los procesos sociales en diversos ámbitos funcionales de las sociedades. Crece la importancia del conocimiento como recurso económico, lo que conlleva la necesidad de aprender a lo largo de toda la vida. Pero igualmente crece la conciencia del no-saber y la conciencia de los riesgos de la sociedad moderna.
  • 6. ¿CUÁL ES LA RELACIÓN QUE UD. ENCUENTRA ENTRE EL DERECHO Y LOS AVANCES DE LA TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y CONOCIMIENTO? (TICS) • La globalización mundial, polarizadora de la riqueza y el poder, sería impensable sin el avance de las fuerzas productivas que la ciencia y la tecnología han hecho posible. El impetuoso desarrollo científico y tecnológico, desde mediados del siglo pasado, es uno de los factores más influyentes en la sociedad contemporánea., lo cual ha influido en cambios de concepciones y puntos de vista referentes a la ciencia, la tecnología y la sociedad. • El desarrollo e incidencia de las nuevas tecnologías en el mundo cultural actual, especialmente de aquellas que se vinculan a la información y comunicación, propicia y a la vez hace necesaria una reacción que desde el campo de la educación provoque un reajuste en las funciones que tanto los medios, como la educación tengan que cumplir en la sociedad. • A estos reajustes están vinculados los problemas generados por el desarrollo sostenido del potencial tecnológico en la mayoría de los países del mundo, los cuales tienen que ver con las características generales de la sociedad y el tipo de relaciones político-económicas existentes.
  • 7. • Son precisos cambios urgentes en los ámbitos educativo, tecnológico, político.... Cambios que permitan avanzar hacia el logro de una vida digna para el conjunto de los seres humanos, sin hambrunas, sin guerras, sin dejar herencias envenenadas a las futuras generaciones. Ésa es la apuesta de la Década: convertir a los ciudadanos y ciudadanas en impulsores y sujetos activos de unos cambios que hagan posible la supervivencia de la especie y la plena universalización de los Derechos Humanos
  • 8. DEFINICIÓN DE LAS TICS • Las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), a veces denominadas nuevas tecnologías de la información y la comunicación (NTIC) son un concepto muy asociado al de informática. Si se entiende esta última como el conjunto de recursos, procedimientos y técnicas usadas en el procesamiento, almacenamiento y transmisión de información, esta definición se ha matizado de la mano de las TIC, pues en la actualidad no basta con hablar de una computadora cuando se hace referencia al procesamiento de la información. Internet puede formar parte de ese procesamiento que, quizás, se realice de manera distribuida y remota. Y al hablar de procesamiento remoto, además de incorporar el concepto de telecomunicación, se puede estar haciendo referencia a un dispositivo muy distinto a lo que tradicionalmente se entiende por computadora pues podría llevarse a cabo, por ejemplo, con un teléfono móvil o una computadora ultra-portátil, con capacidad de operar en red mediante Comunicación inalámbrica y con cada vez más prestaciones, facilidades y rendimiento.
  • 9. IMPORTANCIA DE LAS TICS EN EL DERECHO • Las TICS, Tecnologías de la información y de la comunicación, aplicadas en el derecho informático tienen relevancia pues se habla del impacto de las mismas en la correspondencia que se da entre los medios tecnológicos de información y comunicación y los aplicadores del derecho, en qué medida estos son empleados para su utilización, es por ello que hoy en día en el mundo globalizado en el que vivimos se necesita de esta tecnología como apoyo, base y sustento en la aplicación del derecho.
  • 10. SEGÚN SU CRITERIO, ¿CUÁL ES EL ROL DEL GOBIERNO EN RELACIÓN AL USO DE LAS TICS (SECTOR PÚBLICO)? • El impetuoso desarrollo tecnológico, genera un importante impacto en todos los ámbitos y niveles de la economía, de la sociedad y del ser humano, desencadena posiciones a favor de los que poseen y usan las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) y en contra de los que no, ocasionando con ello cambios que condicionan y determinan la vida ciudadana. Así, el desarrollo de las TIC trae la incorporación de nuevas formas de interacción en la sociedad, a través del gobierno electrónico y por ende, la transformación de la Administración Pública • El uso de las TIC cambia radicalmente la forma en que los gobiernos administran y ejecutan sus procesos internos, y abre la posibilidad de mejorar e incrementar los canales de comunicación con los ciudadanos. Las TIC como recurso de la gestión pública, hacen del gobierno un prestador de servicios accesible que cumpla con las nuevas demandas de la ciudadanía, con bajos costos, mayor transparencia, eficiencia y eficacia.