Infracciones Migratorias Ley de Migración
Casos de Deportación Ingreso al país sin sujetarse a la inspección migratoria. Extranjeros comprendidos en las cláusulas de exclusión de esta ley. Extranjeros sentenciados por cometer delitos. Delincuentes comunes imposibilitados de ser sancionados por falta de jurisdicción territorial.
Procedimiento Autoridad Competente: Intendente General de Policía de la provincia del lugar de la detención. Arresto provisional por parte de los agentes de la Policía de Migración. Procedimiento de oficio en base al informe o parte policial respectivo.
Procedimiento Citación dentro de las 24 horas de iniciada la acción de deportación.  Audiencia en presencia del fiscal, del infractor y su defensor. En la audiencia se exhibirán las pruebas de hecho y de derecho que fundamenten la acción; y se receptará la declaración y alegatos en defensa del extranjero. Acta de la Audiencia de Deportación.
Procedimiento El Intendente expedirá su resolución en las 24 horas siguientes, ordenando o negando la deportación. En caso de negativa, obligatoriamente deberá pasar a consulta al Ministro de Gobierno, dentro de los 3 días siguientes. El Ministro de Gobierno podrá revocar o confirmar la resolución dentro de los cinco días siguientes a la recepción del expediente. Se podrá impugnar la orden de deportación ante el órgano competente de la función judicial.
Delitos, contravenciones y penas. La acción penal se ejercerá en la forma prevista del Código de Procedimiento Penal. Sanción de seis meses a tres años y multa de USD400,oo a USD4000,oo Delitos tipificados en art. 37 L.M.

Infracciones Migratorias

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    Casos de DeportaciónIngreso al país sin sujetarse a la inspección migratoria. Extranjeros comprendidos en las cláusulas de exclusión de esta ley. Extranjeros sentenciados por cometer delitos. Delincuentes comunes imposibilitados de ser sancionados por falta de jurisdicción territorial.
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    Procedimiento Autoridad Competente:Intendente General de Policía de la provincia del lugar de la detención. Arresto provisional por parte de los agentes de la Policía de Migración. Procedimiento de oficio en base al informe o parte policial respectivo.
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    Procedimiento Citación dentrode las 24 horas de iniciada la acción de deportación. Audiencia en presencia del fiscal, del infractor y su defensor. En la audiencia se exhibirán las pruebas de hecho y de derecho que fundamenten la acción; y se receptará la declaración y alegatos en defensa del extranjero. Acta de la Audiencia de Deportación.
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    Procedimiento El Intendenteexpedirá su resolución en las 24 horas siguientes, ordenando o negando la deportación. En caso de negativa, obligatoriamente deberá pasar a consulta al Ministro de Gobierno, dentro de los 3 días siguientes. El Ministro de Gobierno podrá revocar o confirmar la resolución dentro de los cinco días siguientes a la recepción del expediente. Se podrá impugnar la orden de deportación ante el órgano competente de la función judicial.
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    Delitos, contravenciones ypenas. La acción penal se ejercerá en la forma prevista del Código de Procedimiento Penal. Sanción de seis meses a tres años y multa de USD400,oo a USD4000,oo Delitos tipificados en art. 37 L.M.