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INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL Y DE CAMPO
INFORME FINAL
ANÁLISIS JURÍDICO DE LA AMNISTÍA EN
MÉXICO
MIGUEL ÁNGEL CARRANZA ROSALES
04 DE JUNIO DE 2018
Miguel Ángel Carranza Rosales
1
ÍNDICE
ANÁLISIS JURÍDICO DE LA AMNISTÍA EN MÉXICO............................................................................. 2
INTRODUCCIÓN................................................................................................................................... 2
OBJETIVOS:.......................................................................................................................................... 2
PROPÓSITOS:....................................................................................................................................... 2
METODOLOGÍA: .................................................................................................................................. 2
RESULTADOS: ...................................................................................................................................... 5
Conceptualización de la amnistía en México.................................................................................. 5
La amnistía en la doctrina y la normatividad: Código Penal y legislaciones en la materia............. 5
La Amnistía implementada en otros países. ................................................................................... 6
Aplicación de la amnistía en México............................................................................................... 8
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:............................................................................................. 9
REFERENCIAS Y FUENTES DE CONSULTA........................................................................................... 10
ANEXOS: ............................................................................................................................................ 11
Miguel Ángel Carranza Rosales
2
ANÁLISIS JURÍDICO DE LA AMNISTÍA EN MÉXICO
INTRODUCCIÓN
El motivo de la elección del tema de la amnistía para mi proyecto de investigación, es darme cuenta
que es muy poco conocido y carece de interés para la mayoría de las personas, sin embargo, el
significado y la aplicación de la “amnistía” han trascendido a lo largo de nuestra historia, en la
actualidad ha generado ruido y especulaciones, al grado ser un tema para someterse a discusión
pública, por el hecho de no tener clara su intención, mucho se dice sobre la amnistía llegando a
hacer pensar que es un tema tabú, despertando miedos entre la población, creyendo que si se aplica
una amnistía en México se le otorgará el perdón a todos los delincuentes, se tendrán más
secuestros, se llegara al grado de convertir el país en una fuente de narcotráfico sin límites ni
precedentes y que el resultado de esto, sería una catástrofe económico/social, para nuestro país.
Por lo tanto, a continuación, analizaremos los objetivos y propósitos de la investigación.
OBJETIVOS:
 Estudiar la amnistía para poder saber en qué consiste (se buscó e investigó la amnistía en la
doctrina y en el mayor número de fuentes que así se permitiere)
 Saber que antecedentes históricos comprenden a la amnistía (se profundizó en las fuentes
que permiten empaparse de la historia en donde se mencionó y aplicó la amnistía,
conociendo también las causas que la rodearon)
 Observar las aplicaciones y consecuencias que ha tenido en otros países (se estudió el caso
de dos países que han aplicado la amnistía y la finalidad de su implementación)
 Entender las diferencias de la amnistía y el indulto (se estudió la conceptualización de
ambos y que particularidades les distinguen)
PROPÓSITOS:
 Proporcionar una opinión de la población sobre la amnistía (en base al método de
indagación se llegó al resultado de la opinión popular)
 Analizar la opinión de un profesional en la materia (se realizó una entrevista para tomar en
cuenta un punto de vista profesional y personal)
 Generar conciencia sobre la conceptualización de la amnistía (las fuentes que se
investigaron y estudiaron dieron resultados que generaron un concepto diferente al que la
mayoría de las personas tienen o simplemente desconocen)
METODOLOGÍA:
Como primer paso me introduciré a la realización de un “proyecto de investigación”, al verificar los
diferentes tipos de investigación, para dar una visión de cómo se utilizan las diversas herramientas
como la deducción, recopilación de información, observación, entrevistas, entre otras, para poder
llegar a la conclusión de su investigación (como lo ocurrido en Estudio en Escarlata); posteriormente
elegí el tema que se delimito y se realizó el plan de trabajo, tomando en cuenta el tiempo que se
tiene para su ejecución, este plan se presenta a continuación con el tema “Análisis jurídico de la
Amnistía en México”.
Miguel Ángel Carranza Rosales
3
Se organizaron los objetivos generales y específicos del tema que se eligió, con lo cual se profundizó
una búsqueda y selección de información, para esta tarea se consultaron fuentes de mayor
veracidad y credibilidad en los buscadores de internet que tuvieran relación con el tema, por
mencionar algunos: diccionario jurídico, cámara de diputados, amnistía internacional, Google
académico, biblioteca virtual de la UNAM, Scielo, entre otros; los resultados fueron desde artículos
de revista, tesis, leyes, reportajes, definiciones, publicaciones, por mencionar algunos, de los cuales
se analizó la información recabada y se recopilo lo más importante.
Como un pilar para aportar información a la investigación, se realizó un DIARIO DE CAMPO el cual
contiene actividades, fecha y hora de su realización, objetivos, registro de resultados y su
interpretación (ANEXO 1).
También se planificó una ENTREVISTA con una persona clave que nos ayudó a comprender más
sobre la amnistía, ésta se programó el día 24 de mayo de 2018 y se realizó el día 25 de mayo, con el
Licenciado Pedro Alberto González Santillán quien es Secretario Técnico de la Comisión de Salud de
la Cámara de Diputados; a quien se le cuestionó lo siguiente (ANEXO 2):
 Para usted qué es la amnistía
 Cuál ley de amnistía conoce
 Considera que amnistía e indulto son lo mismo, siendo que el indulto es un perdón de la
pena impuesta
 En qué situación considera que pudiera aplicarse la amnistía, para salvaguardar los derechos
humanos.
Miguel Ángel Carranza Rosales
4
Como resultado de esta entrevista, se obtuvo la opinión de un profesional en la materia, abarcando
el punto de vista de un ciudadano con respecto a la aplicación de una amnistía en México.
Por último, se estructuró otra lista de preguntas que dieron paso a la realización de una ENCUESTA
enfocada a ciudadanos comunes, con el objetivo de saber qué porcentaje de las personas
encuestadas sabe lo que es la amnistía y poder darnos una idea de lo que la población piensa sobre
este tema (ANEXO 3). Las siguientes gráficas, resumen el resultado alcanzado con la aplicación de la
encuesta.
Miguel Ángel Carranza Rosales
5
RESULTADOS:
Conceptualización de la amnistía en México
En México se ha concebido la amnistía como una manera de otorgar perdón a delitos cometidos en
pro de una lucha político/social, como en la década de los 70’s, donde se tuvo conocimiento que a
los perseguidos políticos por tener ideales o pensamientos contrarios a los del gobierno en turno,
se les perseguía, torturaba y privaba de la libertad.
El concepto que se tiene de la amnistía en nuestro país es dividido entre el concepto que tienen las
personas comunes y el significado que le otorga el gobierno; en la actualidad las personas
conceptualizan a la amnistía como el perdón a la delincuencia organizada a cambio de que dejen de
cometer ciertos delitos.
Por su parte el gobierno identifica a la amnistía como una ley, que figura entre las causas de la
extinción de la responsabilidad penal y las sanciones impuestas, excepto la reparación del daño.
No obstante, una definición más general de la amnistía es el olvido de los delitos políticos, otorgado
por la ley ordinariamente a cuantos reos tengan responsabilidades análogas entre sí. Por lo tanto,
la amnistía en México sugiere el perdón de los delitos no graves a cambio de reparar algún daño
provocado a terceros, y con el objetivo de reconciliar a la sociedad derivadas de causas y luchas
políticas y sociales.
Por otra parte, es importante diferencia el concepto de “indulto”, que se puede decir que va de la
mano con la amnistía, ya que ambos se pueden aplicar como leyes, esto es lo que ha provocado que
incluso se refiera a que son prácticamente lo mismo, cosa que no es así, ambos cuentan con pocas
pero importantes diferencias; el indulto por una parte es el perdón de la pena impuesta (aunque
sigue siendo culpable), es decir, se perdona el castigo impuesto para la compensación o pago del
delito que se haya cometido; y la amnistía extingue toda acción penal y hace cesar la condena y sus
efectos (aunque la acción civil permanece, con el objeto de reparar el daño causado a terceros), es
decir, es el olvido del delito sin llegar a ser condenado, ni imponer alguna sanción penal,
exceptuando la reparación del daño.
La amnistía en la doctrina y la normatividad: Código Penal y legislaciones en la materia
La amnistía dentro de su estudio se describe siendo un vocablo griego con el significado de olvido,
olvido del pasado, aplicado en casos excepcionales, estudiando y determinando cierto tipo de
delitos; es cuando la amnistía cubre con un manto de olvido lo ocurrido, o como otros comentaristas
indican se borra la existencia del delito y sus consecuencias. Jurídicamente la amnistía comprende
los efectos penales derivados de un hecho que merece castigo, en el cual se dan todas las
características que conforman al delito. Es por esto que la amnistía también suprime cierto tipo de
delitos, la amnistía comprende los efectos jurídicos y es por eso que las legislaciones penales de casi
todos los países la incluyen como una de las formas de extinguir el ejercicio de la acción y de la
ejecución de la pena.1
La normatividad de la amnistía debe de cumplir con ciertas características que abarquen delitos no
graves, donde las sanciones se vuelven más flexibles normalmente.
1
Galindo I. (2018). Amnistía. Enciclopedia Jurídica Omeba. Consultado en mayo 15 de 2018, Recuperado de:
web:http://mexico.leyderecho.org/amnistia/
Miguel Ángel Carranza Rosales
6
Dentro de las características de una amnistía se comprende que:
 Se limita la conducta de olvido a un periodo determinado de tiempo, que implica un hecho
o circunstancia específica, como un conflicto determinado.
 Algunos tipos de amnistías son acompañadas de medidas de reparación.
 Es una norma general que tiende a beneficiar un grupo de personas.
 Puede dejar sin efectos consecuencias jurídicas tratándose de violaciones a los derechos
humanos, siempre y cuando estas no sean graves.
 Es una ley de olvido, que tiene el propósito olvidar ciertas infracciones, que se den por
terminados los procesos y en caso de que estos ya fueron fallados, queden sin efecto las
condenas impuestas por motivo de la amnistía decretada.
De manera que los delitos graves que atenten contra los derechos humanos, quedan totalmente
excluidos de una amnistía, tales como:
 Trata de personas: Las personas que sean utilizadas en contra de su voluntad con fines de
lucro, ya sea para esclavitud laboral, mental, explotación sexual, extracción de órganos,
trabajos forzados, o cualquier tipo de actividad que atente contra su vida, salud, integridad
y bienestar.
 Genocidio: Se comprende que son los actos perpetrados con el fin de aniquilar parcial o
totalmente a un grupo de personas por el hecho de pertenecer a un grupo religioso, político
o etnia.
 Violencia contra las mujeres: Se propicia por la condición de genero incurriendo en actos de
discriminación que van desde el menosprecio, actos de violencia tanto física, sexual, verbal,
psicológica y el asesinato.
 Desaparición forzada: Desaparición involuntaria, esto también comprende la violación de
múltiples derechos humanos.
 Embarazo forzado: Comúnmente se propicia por el producto de una violación sexual,
aunque también se puede generar actuando de manera voluntaria aparente, teniendo a la
víctima bajo la influencia de algún tipo de amenaza.
La amnistía está presente en el Código Penal Federal,2
en el capítulo II “AMNISTÍA”, cuyo artículo 92
establece: La amnistía extingue la acción penal y las sanciones impuestas, excepto la reparación del
daño, en los términos de la ley que se dictare concediéndola, y si no se expresaren, se entenderá
que la acción penal y las sanciones impuestas con todos sus efectos, con relación a todos los
responsables del delito.
La Amnistía implementada en otros países.
Colombia
Me he dado a la tarea de comparar como en otros países se ha implementado una amnistía, por
mencionar en Colombia se ha aplicado desde que comenzó el conflicto armado, mencionaremos un
periodo histórico desde 1965 hasta el año 2012, que es del que se tiene información. En una
sociedad como la colombiana, que atraviesa un largo conflicto interno armado, la amnistía puede
verse como una necesidad por múltiples razones, sin tomar en cuenta que las consecuencias de
estos actos arrasen con víctimas inocentes llamándole a esto efectos colaterales inevitables y
2
Código Penal Federal. (2013). H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, en leyes federales vigentes. Última reforma
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013. Consultado en junio 04 de 2018. Recuperado
de:https://www.conacyt.gob.mx/cibiogem/images/cibiogem/normatividad/vigente/CODIGO_PENAL_FEDERAL.pdf
Miguel Ángel Carranza Rosales
7
secundarios, se entiende que es una fórmula utilizada reiteradamente sin respeto a los límites
constitucionales, el papel de las amnistías y los indultos se conceden de manera excepcional pues
son, en esencia, una suspensión de la aplicación de la ley penal para determinados hechos en aras
de facilitar la reconciliación nacional, la desmovilización de grupos o miembros de grupos armados,
o en última instancia la estabilidad de un régimen, se considera que la aplicación de una amnistía es
una manera irresponsable de combatir atrocidades generadas por un conflicto armado y que en ese
hecho se cubra con un manto de impunidad y olvido los actos cometidos por los actores
involucrados, especialmente contra los no combatientes; es cuando la amnistía carece de
legitimidad al ignorar el sufrimiento ocasionado; en Colombia es muy doloroso el despojo del
derecho a la justicia dada la cantidad preocupante de víctimas mortales y sobrevivientes.3
Comprendiendo que en Colombia desde hace ya unos años se han aplicado amnistías con el afán de
conciliar con grupos delictivos, esto ha mantenido al país en un conflicto, al estar dentro de esta
lucha se ha afectado a muchas personas, se habla incluso del despojó a muchas personas de sus
tierras, heridos y la perdida de muchas vidas inocentes, sin embargo, el gobierno se ha hecho de
oídos sordos y de ninguna manera se a resarcido el daño, la falta de confianza en las en las
instituciones ha llevado al país a tomar justicia por mano propia como una forma de reivindicación.
España
En España se presentó una amnistía en la que no se hizo partícipe a la sociedad, en 1977 se aprobó
por el Congreso de los Diputados, la Ley 46/1977, es una norma con rango de ley promulgada y
aprobada en España el 15 de octubre de 1977; tuvo un precedente cuando el 30 de julio de 1976 se
proclamó una amnistía parcial para algunos presos encarcelados por delitos políticos, en este
decreto se indultaron los delitos y faltas de intencionalidad política y opinión que no hubieran
puesto en peligro la vida de nadie, con el objetivo inicial de promover la reconciliación de todos los
miembros de la nación y entre las medidas propuestas destaca la reintegración de los derechos
pasivos a los militares.4
Esta Ley incluía a los presos políticos y una amplia gama de delitos como la rebelión, sedición, delitos
cometidos a causa de ambas y denegación de auxilio cometido antes del día 15 de diciembre de
1976, el cometido era borrar algunos efectos jurídicos que pusieran en peligro la consolidación de
una nueva forma de gobierno, pero un par de décadas después debido a múltiples denuncias que
se realizaron por delitos de Iesa humanidad como desaparición forzada y genocidio, cometidos
dentro del periodo de la guerra civil y la dictadura, se encontraron con la infranqueable ley impuesta
y que impedía juzgar delitos de aquella época del franquismo.
Esto llevo a desatar una lucha por parte de diferentes organizaciones defensoras de los derechos
humanos entre ellos “Amnistía Internacional”, para que se derogara dicha ley al considerarla
incompatible con el derecho internacional y a si pudieran ser juzgados quienes resultaran
participantes de dichos delitos.
3
Chaparro N. (2013). Amnistía e Indulto en Colombia. Universidad Nacional de Colombia, Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas. Colombia. Consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de:
https://s3.amazonaws.com/academia.edu.documents/39034210/amnistias.pdf?AWSAccessKeyId=AKIAIWOWYYGZ2Y53
UL3A&Expires=1526455422&Signature=Z6z%2Fr%2BpN%2Fmx0N%2BfAbQvny4QUZk0%3D&response-content-
disposition=inline%3B%20filename%3DAmnistias.pdf
4
Cuesta. J. (2008). Recuerdo, Silencio y Amnistía en la transición y en la democracia españolas (1975-2006), Universidad
de Salamanca. España. Consultado en mayo 21, 2018. Recuperado de:
https://gredos.usal.es/jspui/bitstream/10366/80218/1/Recuerdo%2c_silencio_y_amnistia_en_la_tran.pdf
Miguel Ángel Carranza Rosales
8
Aplicación de la amnistía en México
En diversos capítulos de la historia de México se ha utilizado la amnistía, conforme lo siguiente:5
En 1870 el Presidente Benito Juárez concedió una ley de amnistía, a favor de conservadores presos,
quienes habían conspirado de la mano de Maximiliano de Habsburgo quien fuera “Emperador de
México” y único monarca del denominado “segundo imperio mexicano”.
El 27 de julio de 1872 el Presidente Sebastián Lerdo de Tejada, extiende la ley de amnistía de Benito
Juárez, por delitos políticos cometidos hasta ese momento “sin excepción de persona alguna” como
medida precautoria y una forma de hacer prevalecer la armonía en la sociedad.
En 1878, Manuel González con motivo de una rebelión en Chiapas y en 1889 por Porfirio Díaz a
causa de un levantamiento en Zacatecas; el Constituyente de 1917 inscribió una prerrogativa del
Congreso de la Unión para conceder la amnistía mediante una ley especial para los delitos que
deban ser conocidos por los tribunales de la federación, esta facultad debió ser ejercida por ambas
cámaras funcionando en forma separada y sucesiva; pese a la claridad de esta disposición, en ese
mismo año Venustiano Carranza, “Jefe del Poder Ejecutivo” emite un ordenamiento favoreciendo a
quienes se levantaron en armas contra el ejército constitucionalista, ejerciendo una facultad que no
le correspondía, la facultad que le competía era la de conceder indulto a los reos sentenciados por
delitos de competencia de los tribunales federales y a los sentenciados por delitos del orden común
en el Distrito Federal.
En 1922 nuevamente se aplicó la ley de amnistía dictada por Carranza para amnistiar a quienes
habían cometido los delitos de rebelión y sedición, así como actos conexos.
En 1937 el General Lázaro Cárdenas mientras fue presidente, decretó una ley de amnistía a favor de
militares y civiles que en años anteriores hubieran incurrido en el delito de motín o rebelión misma
que se propicia por parte de Saturnino Cedillo (de origen revolucionario) quien presuntamente
contaba con el apoyo de compañías extranjeras que fueron despojadas de sus terrenos, diez mil
personas fueron beneficiadas con el fin de mantener la estabilidad de la sociedad.
Manuel Ávila Camacho el 31 de diciembre de 1940 otorgó amnistía a militares y civiles responsables
de delitos políticos generados de la rebelión contra Juan Andrew Almazán; Luis Echeverría con el
movimiento estudiantil del 68.
En el periodo del 15 se septiembre de 1980 al 14 de septiembre de 1986, Cuauhtémoc Cárdenas
Solórzano fungió como Gobernador del Estado de Michoacán, mediante una Ley de Amnistía6
la cual
se otorgó a los campesinos que fueron acusados de sembrar marihuana en sus tierras, sin saber qué
es lo que cultivaban; el presidente José López Portillo con la guerrilla de Lucio Cabañas.
Carlos Salinas de Gortari en 1994, a través de una Ley de Amnistía7
se benefició a todos los
guerrilleros del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) que se sublevaron con el
movimiento zapatista en Chiapas.8
5
Jardí, M. (1986). La amnistía. Revista Alegatos. México. Consultado en mayo 21, 2018, Recuperado de:
https://www.azc.uam.mx/publicaciones/alegatos/pdfs/3/3-07.pdf
6
Ley de Amnistía. (2015). H. Congreso de la Unión, en el apartado de leyes abrogadas. Publicada en el Diario Oficial de la
Federación en septiembre 28, 1978. Consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/lamn78.htm
7
Ley de Amnistía. (1994). H. Congreso de la Unión, en el apartado de leyes vigentes. Ultima reforma publicada en el Diario
Oficial de la Federación en enero 22, 1994. consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/19.pdf
8
El presidente Salinas anuncia una amnistía para los zapatistas. (1994). El País, en la sección de noticias Internacionales.
Consultado en mayo 22, 2018. Recuperado de:
https://elpais.com/diario/1994/01/17/internacional/758761218_850215.html
Miguel Ángel Carranza Rosales
9
Por lo que aplicar en la actualidad una amnistía, no sería una novedad legislativa y debiera analizarse
a profundidad su implementación.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:
Al analizar la amnistía, se puede concluir que no es un simple perdón que sólo beneficiaría a
políticos; si bien es cierto que la amnistía en la mayoría de los casos se implementó para delitos
políticos, no siempre fue de esta manera.
Como se pudo verificar, la amnistía coexiste con el indulto, sin embargo, las diferencias son mínimas,
siendo que la amnistía que no se trata de un perdón, como lo hemos escuchado o leído en diversos
medios de comunicación (como lo manifestado dentro del proceso electoral 2018 en México), y que
sin duda alguna nos deja un concepto erróneo de una palabra al grado de sentirla amenazante,
además de analizar que la mayoría de las personas desconoce por completo el tema.
Es recomendable que para poder profundizar en el tema de la amnistía se investigue sobre las
causas y efectos que conllevaría su existencia, por tal motivo es importante el análisis de las leyes
vigentes y abrogadas, las aportaciones de la doctrina para poder comprender e investigar, así como
el apoyo de esquemas y mapas mentales, los cuales ayudaron en el presente análisis para entender
de manera sintetizada el tema que se estudió, además de investigaciones realizadas a base de
entrevistas y encuestas que produjeron un argumento crítico sobre la materia en cuestión; el
análisis de los resultados obtenidos dieron paso a la estructuración de gráficas que mostraron los
porcentajes que me dieron una idea de lo que la población sabe con respecto a la amnistía.
La amnistía se ha llegado a aplicar para olvidar aquellas acciones sociales contrapuestas al Estado
por no estar de acuerdo con la manera de gobernar, actuando en contra de las normas y
oponiendose a los criterios de los gobernantes, denominados delitos politicos. Una ley de amnistía
aplicada de la manera correcta y enfocada a las personas adecuadas, no debe de afectar los
derechos humanos, se trata de recoinciliar a la sociedad y al Estado, es por eso que la amnistía esta
en contra de olvidar actos que atenten contra la vida y la dignidad. Hay claros ejemplos de que la
amnistia se ha aplicado de manera incorrecta al utilizarse en favor de un regimen en el poder,
olvidando que por encima de todo está el resguardo y bienestar de la sociedad.
Por mencionar un obstáculo dentro de mi investigación, fue que para la realización de una
investigación de campo es sumamente difícil encontrar instituciones que refieran información
detallada del tema y la falta de información que tiene la sociedad con respecto a la amnistía.
Como acierto, se realizó una entrevista con una persona que proporcionó un punto de vista
profesional, lo cual se logró de manera satisfactoria y rebasó expectativas.
Miguel Ángel Carranza Rosales
10
REFERENCIAS Y FUENTES DE CONSULTA
Anichiarico, A. (2015). Universidad Carlos III de Madrid. España. Recuperado de:
https://www.academia.edu/33161028/Amnist%C3%ADas_condicionadas_y_cr%C3%ADmenes_internaci
onales_una_visi%C3%B3n_desde_la_justicia_transicional
Chaparro N. (2013). Amnistía e Indulto en Colombia. Universidad Nacional de Colombia, Facultad de Derecho
y Ciencias Políticas. Colombia. Consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de:
https://s3.amazonaws.com/academia.edu.documents/39034210/amnistias.pdf?AWSAccessKeyId=AKIAI
WOWYYGZ2Y53UL3A&Expires=1526455422&Signature=Z6z%2Fr%2BpN%2Fmx0N%2BfAbQvny4QUZk0%
3D&response-content-disposition=inline%3B%20filename%3DAmnistias.pdf
Código Penal Federal. (2013). H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, en leyes federales vigentes.
Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013. Consultado en
junio 04 de 2018. Recuperado
de:https://www.conacyt.gob.mx/cibiogem/images/cibiogem/normatividad/vigente/CODIGO_PENAL_FE
DERAL.pdf
Cuesta. J. (2008). Recuerdo, Silencio y Amnistía en la transición y en la democracia españolas (1975-2006),
Universidad de Salamanca. España. Consultado en mayo 21, 2018. Recuperado de:
https://gredos.usal.es/jspui/bitstream/10366/80218/1/Recuerdo%2c_silencio_y_amnistia_en_la_tran.p
df
El presidente Salinas anuncia una amnistía para los zapatistas. (1994). El País, en la sección de noticias
Internacionales. Consultado en mayo 22, 2018. Recuperado de:
https://elpais.com/diario/1994/01/17/internacional/758761218_850215.html
Jardí, M. (1986). La amnistía. Revista Alegatos. México. Consultado en mayo 21, 2018, Recuperado de:
https://www.azc.uam.mx/publicaciones/alegatos/pdfs/3/3-07.pdf
Galindo I. (2018). Amnistía. Enciclopedia Jurídica Omeba. Consultado en mayo 15 de 2018, Recuperado de:
web: http://mexico.leyderecho.org/amnistia/
Ley de Amnistía. (1994). H. Congreso de la Unión, en el apartado de leyes vigentes. Ultima reforma publicada
en el Diario Oficial de la Federación en enero 22, 1994. consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/19.pdf
Ley de Amnistía. (2015). H. Congreso de la Unión, en el apartado de leyes abrogadas. Publicada en el Diario
Oficial de la Federación en septiembre 28, 1978. Consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/lamn78.htm
Miguel Ángel Carranza Rosales
11
ANEXOS:
ANEXO 1: Diario de campo:
Miguel Ángel Carranza Rosales
12
ANEXO 2: Guion de la entrevista aplicada
En el siguiente link pertenece al audio de la entrevista realzada: https://soundcloud.com/miky-
angell/entrevista
Miguel Ángel Carranza Rosales
13
ANEXO 3: Estructura de la encuesta aplicada:

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  • 1. INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL Y DE CAMPO INFORME FINAL ANÁLISIS JURÍDICO DE LA AMNISTÍA EN MÉXICO MIGUEL ÁNGEL CARRANZA ROSALES 04 DE JUNIO DE 2018
  • 2. Miguel Ángel Carranza Rosales 1 ÍNDICE ANÁLISIS JURÍDICO DE LA AMNISTÍA EN MÉXICO............................................................................. 2 INTRODUCCIÓN................................................................................................................................... 2 OBJETIVOS:.......................................................................................................................................... 2 PROPÓSITOS:....................................................................................................................................... 2 METODOLOGÍA: .................................................................................................................................. 2 RESULTADOS: ...................................................................................................................................... 5 Conceptualización de la amnistía en México.................................................................................. 5 La amnistía en la doctrina y la normatividad: Código Penal y legislaciones en la materia............. 5 La Amnistía implementada en otros países. ................................................................................... 6 Aplicación de la amnistía en México............................................................................................... 8 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:............................................................................................. 9 REFERENCIAS Y FUENTES DE CONSULTA........................................................................................... 10 ANEXOS: ............................................................................................................................................ 11
  • 3. Miguel Ángel Carranza Rosales 2 ANÁLISIS JURÍDICO DE LA AMNISTÍA EN MÉXICO INTRODUCCIÓN El motivo de la elección del tema de la amnistía para mi proyecto de investigación, es darme cuenta que es muy poco conocido y carece de interés para la mayoría de las personas, sin embargo, el significado y la aplicación de la “amnistía” han trascendido a lo largo de nuestra historia, en la actualidad ha generado ruido y especulaciones, al grado ser un tema para someterse a discusión pública, por el hecho de no tener clara su intención, mucho se dice sobre la amnistía llegando a hacer pensar que es un tema tabú, despertando miedos entre la población, creyendo que si se aplica una amnistía en México se le otorgará el perdón a todos los delincuentes, se tendrán más secuestros, se llegara al grado de convertir el país en una fuente de narcotráfico sin límites ni precedentes y que el resultado de esto, sería una catástrofe económico/social, para nuestro país. Por lo tanto, a continuación, analizaremos los objetivos y propósitos de la investigación. OBJETIVOS:  Estudiar la amnistía para poder saber en qué consiste (se buscó e investigó la amnistía en la doctrina y en el mayor número de fuentes que así se permitiere)  Saber que antecedentes históricos comprenden a la amnistía (se profundizó en las fuentes que permiten empaparse de la historia en donde se mencionó y aplicó la amnistía, conociendo también las causas que la rodearon)  Observar las aplicaciones y consecuencias que ha tenido en otros países (se estudió el caso de dos países que han aplicado la amnistía y la finalidad de su implementación)  Entender las diferencias de la amnistía y el indulto (se estudió la conceptualización de ambos y que particularidades les distinguen) PROPÓSITOS:  Proporcionar una opinión de la población sobre la amnistía (en base al método de indagación se llegó al resultado de la opinión popular)  Analizar la opinión de un profesional en la materia (se realizó una entrevista para tomar en cuenta un punto de vista profesional y personal)  Generar conciencia sobre la conceptualización de la amnistía (las fuentes que se investigaron y estudiaron dieron resultados que generaron un concepto diferente al que la mayoría de las personas tienen o simplemente desconocen) METODOLOGÍA: Como primer paso me introduciré a la realización de un “proyecto de investigación”, al verificar los diferentes tipos de investigación, para dar una visión de cómo se utilizan las diversas herramientas como la deducción, recopilación de información, observación, entrevistas, entre otras, para poder llegar a la conclusión de su investigación (como lo ocurrido en Estudio en Escarlata); posteriormente elegí el tema que se delimito y se realizó el plan de trabajo, tomando en cuenta el tiempo que se tiene para su ejecución, este plan se presenta a continuación con el tema “Análisis jurídico de la Amnistía en México”.
  • 4. Miguel Ángel Carranza Rosales 3 Se organizaron los objetivos generales y específicos del tema que se eligió, con lo cual se profundizó una búsqueda y selección de información, para esta tarea se consultaron fuentes de mayor veracidad y credibilidad en los buscadores de internet que tuvieran relación con el tema, por mencionar algunos: diccionario jurídico, cámara de diputados, amnistía internacional, Google académico, biblioteca virtual de la UNAM, Scielo, entre otros; los resultados fueron desde artículos de revista, tesis, leyes, reportajes, definiciones, publicaciones, por mencionar algunos, de los cuales se analizó la información recabada y se recopilo lo más importante. Como un pilar para aportar información a la investigación, se realizó un DIARIO DE CAMPO el cual contiene actividades, fecha y hora de su realización, objetivos, registro de resultados y su interpretación (ANEXO 1). También se planificó una ENTREVISTA con una persona clave que nos ayudó a comprender más sobre la amnistía, ésta se programó el día 24 de mayo de 2018 y se realizó el día 25 de mayo, con el Licenciado Pedro Alberto González Santillán quien es Secretario Técnico de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados; a quien se le cuestionó lo siguiente (ANEXO 2):  Para usted qué es la amnistía  Cuál ley de amnistía conoce  Considera que amnistía e indulto son lo mismo, siendo que el indulto es un perdón de la pena impuesta  En qué situación considera que pudiera aplicarse la amnistía, para salvaguardar los derechos humanos.
  • 5. Miguel Ángel Carranza Rosales 4 Como resultado de esta entrevista, se obtuvo la opinión de un profesional en la materia, abarcando el punto de vista de un ciudadano con respecto a la aplicación de una amnistía en México. Por último, se estructuró otra lista de preguntas que dieron paso a la realización de una ENCUESTA enfocada a ciudadanos comunes, con el objetivo de saber qué porcentaje de las personas encuestadas sabe lo que es la amnistía y poder darnos una idea de lo que la población piensa sobre este tema (ANEXO 3). Las siguientes gráficas, resumen el resultado alcanzado con la aplicación de la encuesta.
  • 6. Miguel Ángel Carranza Rosales 5 RESULTADOS: Conceptualización de la amnistía en México En México se ha concebido la amnistía como una manera de otorgar perdón a delitos cometidos en pro de una lucha político/social, como en la década de los 70’s, donde se tuvo conocimiento que a los perseguidos políticos por tener ideales o pensamientos contrarios a los del gobierno en turno, se les perseguía, torturaba y privaba de la libertad. El concepto que se tiene de la amnistía en nuestro país es dividido entre el concepto que tienen las personas comunes y el significado que le otorga el gobierno; en la actualidad las personas conceptualizan a la amnistía como el perdón a la delincuencia organizada a cambio de que dejen de cometer ciertos delitos. Por su parte el gobierno identifica a la amnistía como una ley, que figura entre las causas de la extinción de la responsabilidad penal y las sanciones impuestas, excepto la reparación del daño. No obstante, una definición más general de la amnistía es el olvido de los delitos políticos, otorgado por la ley ordinariamente a cuantos reos tengan responsabilidades análogas entre sí. Por lo tanto, la amnistía en México sugiere el perdón de los delitos no graves a cambio de reparar algún daño provocado a terceros, y con el objetivo de reconciliar a la sociedad derivadas de causas y luchas políticas y sociales. Por otra parte, es importante diferencia el concepto de “indulto”, que se puede decir que va de la mano con la amnistía, ya que ambos se pueden aplicar como leyes, esto es lo que ha provocado que incluso se refiera a que son prácticamente lo mismo, cosa que no es así, ambos cuentan con pocas pero importantes diferencias; el indulto por una parte es el perdón de la pena impuesta (aunque sigue siendo culpable), es decir, se perdona el castigo impuesto para la compensación o pago del delito que se haya cometido; y la amnistía extingue toda acción penal y hace cesar la condena y sus efectos (aunque la acción civil permanece, con el objeto de reparar el daño causado a terceros), es decir, es el olvido del delito sin llegar a ser condenado, ni imponer alguna sanción penal, exceptuando la reparación del daño. La amnistía en la doctrina y la normatividad: Código Penal y legislaciones en la materia La amnistía dentro de su estudio se describe siendo un vocablo griego con el significado de olvido, olvido del pasado, aplicado en casos excepcionales, estudiando y determinando cierto tipo de delitos; es cuando la amnistía cubre con un manto de olvido lo ocurrido, o como otros comentaristas indican se borra la existencia del delito y sus consecuencias. Jurídicamente la amnistía comprende los efectos penales derivados de un hecho que merece castigo, en el cual se dan todas las características que conforman al delito. Es por esto que la amnistía también suprime cierto tipo de delitos, la amnistía comprende los efectos jurídicos y es por eso que las legislaciones penales de casi todos los países la incluyen como una de las formas de extinguir el ejercicio de la acción y de la ejecución de la pena.1 La normatividad de la amnistía debe de cumplir con ciertas características que abarquen delitos no graves, donde las sanciones se vuelven más flexibles normalmente. 1 Galindo I. (2018). Amnistía. Enciclopedia Jurídica Omeba. Consultado en mayo 15 de 2018, Recuperado de: web:http://mexico.leyderecho.org/amnistia/
  • 7. Miguel Ángel Carranza Rosales 6 Dentro de las características de una amnistía se comprende que:  Se limita la conducta de olvido a un periodo determinado de tiempo, que implica un hecho o circunstancia específica, como un conflicto determinado.  Algunos tipos de amnistías son acompañadas de medidas de reparación.  Es una norma general que tiende a beneficiar un grupo de personas.  Puede dejar sin efectos consecuencias jurídicas tratándose de violaciones a los derechos humanos, siempre y cuando estas no sean graves.  Es una ley de olvido, que tiene el propósito olvidar ciertas infracciones, que se den por terminados los procesos y en caso de que estos ya fueron fallados, queden sin efecto las condenas impuestas por motivo de la amnistía decretada. De manera que los delitos graves que atenten contra los derechos humanos, quedan totalmente excluidos de una amnistía, tales como:  Trata de personas: Las personas que sean utilizadas en contra de su voluntad con fines de lucro, ya sea para esclavitud laboral, mental, explotación sexual, extracción de órganos, trabajos forzados, o cualquier tipo de actividad que atente contra su vida, salud, integridad y bienestar.  Genocidio: Se comprende que son los actos perpetrados con el fin de aniquilar parcial o totalmente a un grupo de personas por el hecho de pertenecer a un grupo religioso, político o etnia.  Violencia contra las mujeres: Se propicia por la condición de genero incurriendo en actos de discriminación que van desde el menosprecio, actos de violencia tanto física, sexual, verbal, psicológica y el asesinato.  Desaparición forzada: Desaparición involuntaria, esto también comprende la violación de múltiples derechos humanos.  Embarazo forzado: Comúnmente se propicia por el producto de una violación sexual, aunque también se puede generar actuando de manera voluntaria aparente, teniendo a la víctima bajo la influencia de algún tipo de amenaza. La amnistía está presente en el Código Penal Federal,2 en el capítulo II “AMNISTÍA”, cuyo artículo 92 establece: La amnistía extingue la acción penal y las sanciones impuestas, excepto la reparación del daño, en los términos de la ley que se dictare concediéndola, y si no se expresaren, se entenderá que la acción penal y las sanciones impuestas con todos sus efectos, con relación a todos los responsables del delito. La Amnistía implementada en otros países. Colombia Me he dado a la tarea de comparar como en otros países se ha implementado una amnistía, por mencionar en Colombia se ha aplicado desde que comenzó el conflicto armado, mencionaremos un periodo histórico desde 1965 hasta el año 2012, que es del que se tiene información. En una sociedad como la colombiana, que atraviesa un largo conflicto interno armado, la amnistía puede verse como una necesidad por múltiples razones, sin tomar en cuenta que las consecuencias de estos actos arrasen con víctimas inocentes llamándole a esto efectos colaterales inevitables y 2 Código Penal Federal. (2013). H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, en leyes federales vigentes. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013. Consultado en junio 04 de 2018. Recuperado de:https://www.conacyt.gob.mx/cibiogem/images/cibiogem/normatividad/vigente/CODIGO_PENAL_FEDERAL.pdf
  • 8. Miguel Ángel Carranza Rosales 7 secundarios, se entiende que es una fórmula utilizada reiteradamente sin respeto a los límites constitucionales, el papel de las amnistías y los indultos se conceden de manera excepcional pues son, en esencia, una suspensión de la aplicación de la ley penal para determinados hechos en aras de facilitar la reconciliación nacional, la desmovilización de grupos o miembros de grupos armados, o en última instancia la estabilidad de un régimen, se considera que la aplicación de una amnistía es una manera irresponsable de combatir atrocidades generadas por un conflicto armado y que en ese hecho se cubra con un manto de impunidad y olvido los actos cometidos por los actores involucrados, especialmente contra los no combatientes; es cuando la amnistía carece de legitimidad al ignorar el sufrimiento ocasionado; en Colombia es muy doloroso el despojo del derecho a la justicia dada la cantidad preocupante de víctimas mortales y sobrevivientes.3 Comprendiendo que en Colombia desde hace ya unos años se han aplicado amnistías con el afán de conciliar con grupos delictivos, esto ha mantenido al país en un conflicto, al estar dentro de esta lucha se ha afectado a muchas personas, se habla incluso del despojó a muchas personas de sus tierras, heridos y la perdida de muchas vidas inocentes, sin embargo, el gobierno se ha hecho de oídos sordos y de ninguna manera se a resarcido el daño, la falta de confianza en las en las instituciones ha llevado al país a tomar justicia por mano propia como una forma de reivindicación. España En España se presentó una amnistía en la que no se hizo partícipe a la sociedad, en 1977 se aprobó por el Congreso de los Diputados, la Ley 46/1977, es una norma con rango de ley promulgada y aprobada en España el 15 de octubre de 1977; tuvo un precedente cuando el 30 de julio de 1976 se proclamó una amnistía parcial para algunos presos encarcelados por delitos políticos, en este decreto se indultaron los delitos y faltas de intencionalidad política y opinión que no hubieran puesto en peligro la vida de nadie, con el objetivo inicial de promover la reconciliación de todos los miembros de la nación y entre las medidas propuestas destaca la reintegración de los derechos pasivos a los militares.4 Esta Ley incluía a los presos políticos y una amplia gama de delitos como la rebelión, sedición, delitos cometidos a causa de ambas y denegación de auxilio cometido antes del día 15 de diciembre de 1976, el cometido era borrar algunos efectos jurídicos que pusieran en peligro la consolidación de una nueva forma de gobierno, pero un par de décadas después debido a múltiples denuncias que se realizaron por delitos de Iesa humanidad como desaparición forzada y genocidio, cometidos dentro del periodo de la guerra civil y la dictadura, se encontraron con la infranqueable ley impuesta y que impedía juzgar delitos de aquella época del franquismo. Esto llevo a desatar una lucha por parte de diferentes organizaciones defensoras de los derechos humanos entre ellos “Amnistía Internacional”, para que se derogara dicha ley al considerarla incompatible con el derecho internacional y a si pudieran ser juzgados quienes resultaran participantes de dichos delitos. 3 Chaparro N. (2013). Amnistía e Indulto en Colombia. Universidad Nacional de Colombia, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Colombia. Consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de: https://s3.amazonaws.com/academia.edu.documents/39034210/amnistias.pdf?AWSAccessKeyId=AKIAIWOWYYGZ2Y53 UL3A&Expires=1526455422&Signature=Z6z%2Fr%2BpN%2Fmx0N%2BfAbQvny4QUZk0%3D&response-content- disposition=inline%3B%20filename%3DAmnistias.pdf 4 Cuesta. J. (2008). Recuerdo, Silencio y Amnistía en la transición y en la democracia españolas (1975-2006), Universidad de Salamanca. España. Consultado en mayo 21, 2018. Recuperado de: https://gredos.usal.es/jspui/bitstream/10366/80218/1/Recuerdo%2c_silencio_y_amnistia_en_la_tran.pdf
  • 9. Miguel Ángel Carranza Rosales 8 Aplicación de la amnistía en México En diversos capítulos de la historia de México se ha utilizado la amnistía, conforme lo siguiente:5 En 1870 el Presidente Benito Juárez concedió una ley de amnistía, a favor de conservadores presos, quienes habían conspirado de la mano de Maximiliano de Habsburgo quien fuera “Emperador de México” y único monarca del denominado “segundo imperio mexicano”. El 27 de julio de 1872 el Presidente Sebastián Lerdo de Tejada, extiende la ley de amnistía de Benito Juárez, por delitos políticos cometidos hasta ese momento “sin excepción de persona alguna” como medida precautoria y una forma de hacer prevalecer la armonía en la sociedad. En 1878, Manuel González con motivo de una rebelión en Chiapas y en 1889 por Porfirio Díaz a causa de un levantamiento en Zacatecas; el Constituyente de 1917 inscribió una prerrogativa del Congreso de la Unión para conceder la amnistía mediante una ley especial para los delitos que deban ser conocidos por los tribunales de la federación, esta facultad debió ser ejercida por ambas cámaras funcionando en forma separada y sucesiva; pese a la claridad de esta disposición, en ese mismo año Venustiano Carranza, “Jefe del Poder Ejecutivo” emite un ordenamiento favoreciendo a quienes se levantaron en armas contra el ejército constitucionalista, ejerciendo una facultad que no le correspondía, la facultad que le competía era la de conceder indulto a los reos sentenciados por delitos de competencia de los tribunales federales y a los sentenciados por delitos del orden común en el Distrito Federal. En 1922 nuevamente se aplicó la ley de amnistía dictada por Carranza para amnistiar a quienes habían cometido los delitos de rebelión y sedición, así como actos conexos. En 1937 el General Lázaro Cárdenas mientras fue presidente, decretó una ley de amnistía a favor de militares y civiles que en años anteriores hubieran incurrido en el delito de motín o rebelión misma que se propicia por parte de Saturnino Cedillo (de origen revolucionario) quien presuntamente contaba con el apoyo de compañías extranjeras que fueron despojadas de sus terrenos, diez mil personas fueron beneficiadas con el fin de mantener la estabilidad de la sociedad. Manuel Ávila Camacho el 31 de diciembre de 1940 otorgó amnistía a militares y civiles responsables de delitos políticos generados de la rebelión contra Juan Andrew Almazán; Luis Echeverría con el movimiento estudiantil del 68. En el periodo del 15 se septiembre de 1980 al 14 de septiembre de 1986, Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano fungió como Gobernador del Estado de Michoacán, mediante una Ley de Amnistía6 la cual se otorgó a los campesinos que fueron acusados de sembrar marihuana en sus tierras, sin saber qué es lo que cultivaban; el presidente José López Portillo con la guerrilla de Lucio Cabañas. Carlos Salinas de Gortari en 1994, a través de una Ley de Amnistía7 se benefició a todos los guerrilleros del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) que se sublevaron con el movimiento zapatista en Chiapas.8 5 Jardí, M. (1986). La amnistía. Revista Alegatos. México. Consultado en mayo 21, 2018, Recuperado de: https://www.azc.uam.mx/publicaciones/alegatos/pdfs/3/3-07.pdf 6 Ley de Amnistía. (2015). H. Congreso de la Unión, en el apartado de leyes abrogadas. Publicada en el Diario Oficial de la Federación en septiembre 28, 1978. Consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/lamn78.htm 7 Ley de Amnistía. (1994). H. Congreso de la Unión, en el apartado de leyes vigentes. Ultima reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación en enero 22, 1994. consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/19.pdf 8 El presidente Salinas anuncia una amnistía para los zapatistas. (1994). El País, en la sección de noticias Internacionales. Consultado en mayo 22, 2018. Recuperado de: https://elpais.com/diario/1994/01/17/internacional/758761218_850215.html
  • 10. Miguel Ángel Carranza Rosales 9 Por lo que aplicar en la actualidad una amnistía, no sería una novedad legislativa y debiera analizarse a profundidad su implementación. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: Al analizar la amnistía, se puede concluir que no es un simple perdón que sólo beneficiaría a políticos; si bien es cierto que la amnistía en la mayoría de los casos se implementó para delitos políticos, no siempre fue de esta manera. Como se pudo verificar, la amnistía coexiste con el indulto, sin embargo, las diferencias son mínimas, siendo que la amnistía que no se trata de un perdón, como lo hemos escuchado o leído en diversos medios de comunicación (como lo manifestado dentro del proceso electoral 2018 en México), y que sin duda alguna nos deja un concepto erróneo de una palabra al grado de sentirla amenazante, además de analizar que la mayoría de las personas desconoce por completo el tema. Es recomendable que para poder profundizar en el tema de la amnistía se investigue sobre las causas y efectos que conllevaría su existencia, por tal motivo es importante el análisis de las leyes vigentes y abrogadas, las aportaciones de la doctrina para poder comprender e investigar, así como el apoyo de esquemas y mapas mentales, los cuales ayudaron en el presente análisis para entender de manera sintetizada el tema que se estudió, además de investigaciones realizadas a base de entrevistas y encuestas que produjeron un argumento crítico sobre la materia en cuestión; el análisis de los resultados obtenidos dieron paso a la estructuración de gráficas que mostraron los porcentajes que me dieron una idea de lo que la población sabe con respecto a la amnistía. La amnistía se ha llegado a aplicar para olvidar aquellas acciones sociales contrapuestas al Estado por no estar de acuerdo con la manera de gobernar, actuando en contra de las normas y oponiendose a los criterios de los gobernantes, denominados delitos politicos. Una ley de amnistía aplicada de la manera correcta y enfocada a las personas adecuadas, no debe de afectar los derechos humanos, se trata de recoinciliar a la sociedad y al Estado, es por eso que la amnistía esta en contra de olvidar actos que atenten contra la vida y la dignidad. Hay claros ejemplos de que la amnistia se ha aplicado de manera incorrecta al utilizarse en favor de un regimen en el poder, olvidando que por encima de todo está el resguardo y bienestar de la sociedad. Por mencionar un obstáculo dentro de mi investigación, fue que para la realización de una investigación de campo es sumamente difícil encontrar instituciones que refieran información detallada del tema y la falta de información que tiene la sociedad con respecto a la amnistía. Como acierto, se realizó una entrevista con una persona que proporcionó un punto de vista profesional, lo cual se logró de manera satisfactoria y rebasó expectativas.
  • 11. Miguel Ángel Carranza Rosales 10 REFERENCIAS Y FUENTES DE CONSULTA Anichiarico, A. (2015). Universidad Carlos III de Madrid. España. Recuperado de: https://www.academia.edu/33161028/Amnist%C3%ADas_condicionadas_y_cr%C3%ADmenes_internaci onales_una_visi%C3%B3n_desde_la_justicia_transicional Chaparro N. (2013). Amnistía e Indulto en Colombia. Universidad Nacional de Colombia, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Colombia. Consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de: https://s3.amazonaws.com/academia.edu.documents/39034210/amnistias.pdf?AWSAccessKeyId=AKIAI WOWYYGZ2Y53UL3A&Expires=1526455422&Signature=Z6z%2Fr%2BpN%2Fmx0N%2BfAbQvny4QUZk0% 3D&response-content-disposition=inline%3B%20filename%3DAmnistias.pdf Código Penal Federal. (2013). H. Congreso de la Unión, Cámara de Diputados, en leyes federales vigentes. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013. Consultado en junio 04 de 2018. Recuperado de:https://www.conacyt.gob.mx/cibiogem/images/cibiogem/normatividad/vigente/CODIGO_PENAL_FE DERAL.pdf Cuesta. J. (2008). Recuerdo, Silencio y Amnistía en la transición y en la democracia españolas (1975-2006), Universidad de Salamanca. España. Consultado en mayo 21, 2018. Recuperado de: https://gredos.usal.es/jspui/bitstream/10366/80218/1/Recuerdo%2c_silencio_y_amnistia_en_la_tran.p df El presidente Salinas anuncia una amnistía para los zapatistas. (1994). El País, en la sección de noticias Internacionales. Consultado en mayo 22, 2018. Recuperado de: https://elpais.com/diario/1994/01/17/internacional/758761218_850215.html Jardí, M. (1986). La amnistía. Revista Alegatos. México. Consultado en mayo 21, 2018, Recuperado de: https://www.azc.uam.mx/publicaciones/alegatos/pdfs/3/3-07.pdf Galindo I. (2018). Amnistía. Enciclopedia Jurídica Omeba. Consultado en mayo 15 de 2018, Recuperado de: web: http://mexico.leyderecho.org/amnistia/ Ley de Amnistía. (1994). H. Congreso de la Unión, en el apartado de leyes vigentes. Ultima reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación en enero 22, 1994. consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/19.pdf Ley de Amnistía. (2015). H. Congreso de la Unión, en el apartado de leyes abrogadas. Publicada en el Diario Oficial de la Federación en septiembre 28, 1978. Consultado en mayo 15, 2018. Recuperado de: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/lamn78.htm
  • 12. Miguel Ángel Carranza Rosales 11 ANEXOS: ANEXO 1: Diario de campo:
  • 13. Miguel Ángel Carranza Rosales 12 ANEXO 2: Guion de la entrevista aplicada En el siguiente link pertenece al audio de la entrevista realzada: https://soundcloud.com/miky- angell/entrevista
  • 14. Miguel Ángel Carranza Rosales 13 ANEXO 3: Estructura de la encuesta aplicada: