Esta ley regula los mensajes de datos, las firmas electrónicas y el comercio electrónico, reconociendo la validez jurídica de los mensajes de datos y firmas electrónicas. Establece los requisitos para que una firma electrónica sea válida, como que sea individual, vincule exclusivamente a su titular, permita verificar la identidad del firmante y que sus datos estén bajo control exclusivo del mismo. También regula los certificados de firmas electrónicas, el uso de la firma electrónica en contratos y notificaciones
Ley de comercio electrónico y firmas digitales en Ecuador
1.
2. COMERCIO ELECTRONICO Y
FIRMAS ELECTRONICAS,
MENSAJES DE DATOS
Esta ley regula mensajes de datos firma electrónica, y el
comercio electrónico y la protección de los usuarios de estos
sistemas.
3. • Reconocimiento Jurídico
• Propiedad intelectual
• Confiabilidad y reserva
• Conservación de datos
• Protección de datos
• Duplicación de mensaje de datos
4. • Firma electrónica
• Requisitos para la firma electrónica:
• a) Ser individual y estar vinculada exclusivamente a su
titular;
• b) Que permita verificar inequívocamente la autoría e
identidad del signatario,
• c) Que su método de creación y verificación sea
confiable
• d) Que al momento de creación de la firma electrónica,
los datos con los que se creare
• se hallen bajo control exclusivo del signatario
• e) Que la firma sea controlada por la persona a quien
pertenece.
5. • Certificado de la firma electrónica
• Uso de la firma electrónica
• Terminación contractual
• Notificación de cesación de actividades
6. • Consentimiento de aceptar mensajes de datos
Se reconoce la validez jurídica de mensajes de datos
otorgados conferidos y autorizados.
• Instrumentos públicos electrónicos
7. • MEDIOS DE PRUEBA
cualquiera sea su procedencia o generación, serán
considerados medios de prueba.
• VALORACION DE LA PRUEBA
Se someterá al libre criterio judicial, según las
circunstancias en que hayan sido producidos.
• NOTIFICACIONES ELECTRONICAS
8. • SE CONSIDERA INFRACCIONES INFORMATICAS LO
QUE ESTE TIPIFICADO EN EL CODIGO PENAL
ACTUALMENTE EN EL COIP
9. • Certificados de firmas electrónicas
• Se reconoce el derecho de las partes
para optar libremente por el uso de la
tecnología
• La presentación de servicios de
certificación de información, se
requiere la autorización previa y
registro
•
10. • Glosario de términos Para efectos, los términos serán
entendidos conforme se definen en la ley.
• Para la fijación de la pena en los delitos tipificados
mediante el nuevo código orgánico integral penal ) COIP
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