Artículo legal sobre los derechos de terceros en las fotografías. Podemos realizar una fotografía y publicarla sin consentimiento de la persona cuya imagen se muestra? ¿está protegida por la Ley de Propiedad Intelectual?
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para que se ordene su reposición en el puesto de trabajo que tenía en el Gobierno Regional de Moquegua. Argumenta que fue despedido arbitrariamente luego de prestar servicios por más de un año de forma ininterrumpida, lo que viola la ley. Solicita la medida de forma urgente para evitar un perjuicio irreparable, ya que desde su despido no tiene ingresos para subsistir. Presenta como pruebas una sentencia favorable de primera instancia y documentos relacionados a su demanda laboral original.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para que se ordene su reposición en el puesto de trabajo que tenía en el Gobierno Regional de Moquegua. Argumenta que fue despedido arbitrariamente luego de prestar servicios por más de un año de forma ininterrumpida, por lo que tenía protección contra el despido sin justa causa. Alega peligro en la demora ya que desde su despido no tiene ingresos para subsistir. Adjunta documentos que acreditan sus argumentos. Pide que se declare fundada su solicitud de acuerdo a ley.
1. El demandante solicita una medida cautelar innovativa para que se ordene su reposición en el puesto de trabajo del que fue despedido arbitrariamente.
2. Alega que trabajó para la demandada por más de un año de forma ininterrumpida y que fue despedido sin causa justa.
3. Sostiene que de no obtener la medida cautelar solicita se verá irreparablemente perjudicado al perder su sustento económico de forma indefinida.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para ordenar su reposición en el puesto de trabajo que tenía en el Gobierno Regional de Moquegua del que fue despedido arbitrariamente. Argumenta que trabajó allí por más de un año de forma ininterrumpida y que la ley lo protege contra despidos arbitrarios. Solicita la medida de forma urgente para evitar un perjuicio irreparable por la pérdida de ingresos. Adjunta documentos que respaldan haber ganado un juicio previo por despido injustificado.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para ordenar su reposición en el puesto de trabajo que tenía, alegando que fue despedido arbitrariamente sin causa justa. Argumenta que tiene derecho a protección contra despidos arbitrarios luego de haber laborado de forma ininterrumpida por más de un año. Solicita la medida de forma urgente para evitar un perjuicio irreparable, ya que depende económicamente de su trabajo. Adjunta documentos que respaldan sus alegatos.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para ordenar su reposición en el puesto de trabajo del que fue despedido arbitrariamente. Argumenta que existen sentencia favorable que establece que trabajó por más de un año de forma ininterrumpida, por lo que no podía ser cesado sin causa justa. Alega peligro en la demora dado que no percibe ingresos desde su despido y se pone en riesgo su subsistencia. Sostiene que la medida es adecuada para evitar un perjuicio irreparable y es excepcional
Un trabajador ha sido declarado en situación de incapacidad permanente total por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. El trabajador no está de acuerdo y presenta una reclamación que es rechazada, por lo que decide acudir a la vía judicial. El resumen proporciona ejemplos de cómo redactar la reclamación previa y la demanda judicial.
Medida cautelar de reposicion en contencioso administrativojorkaeliana
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para que se ordene su reposición en el puesto de trabajo que tenía como secretaria de gerencia de inversiones. Argumenta que fue despedida arbitrariamente luego de prestar servicios por más de un año, por lo que tenía protección contra el despido injustificado. Solicita la medida debido al peligro de daño irreparable por la demora y porque su reposición en el trabajo es el estado de hecho cuya alteración sustenta su demanda. Adjunta documentos que acreditan la sentencia favorable de primera instancia y los detalles
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para que se ordene su reposición en el puesto de trabajo que tenía en el Gobierno Regional de Moquegua. Argumenta que fue despedido arbitrariamente luego de prestar servicios por más de un año de forma ininterrumpida, lo que viola la ley. Solicita la medida de forma urgente para evitar un perjuicio irreparable, ya que desde su despido no tiene ingresos para subsistir. Presenta como pruebas una sentencia favorable de primera instancia y documentos relacionados a su demanda laboral original.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para que se ordene su reposición en el puesto de trabajo que tenía en el Gobierno Regional de Moquegua. Argumenta que fue despedido arbitrariamente luego de prestar servicios por más de un año de forma ininterrumpida, por lo que tenía protección contra el despido sin justa causa. Alega peligro en la demora ya que desde su despido no tiene ingresos para subsistir. Adjunta documentos que acreditan sus argumentos. Pide que se declare fundada su solicitud de acuerdo a ley.
1. El demandante solicita una medida cautelar innovativa para que se ordene su reposición en el puesto de trabajo del que fue despedido arbitrariamente.
2. Alega que trabajó para la demandada por más de un año de forma ininterrumpida y que fue despedido sin causa justa.
3. Sostiene que de no obtener la medida cautelar solicita se verá irreparablemente perjudicado al perder su sustento económico de forma indefinida.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para ordenar su reposición en el puesto de trabajo que tenía en el Gobierno Regional de Moquegua del que fue despedido arbitrariamente. Argumenta que trabajó allí por más de un año de forma ininterrumpida y que la ley lo protege contra despidos arbitrarios. Solicita la medida de forma urgente para evitar un perjuicio irreparable por la pérdida de ingresos. Adjunta documentos que respaldan haber ganado un juicio previo por despido injustificado.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para ordenar su reposición en el puesto de trabajo que tenía, alegando que fue despedido arbitrariamente sin causa justa. Argumenta que tiene derecho a protección contra despidos arbitrarios luego de haber laborado de forma ininterrumpida por más de un año. Solicita la medida de forma urgente para evitar un perjuicio irreparable, ya que depende económicamente de su trabajo. Adjunta documentos que respaldan sus alegatos.
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para ordenar su reposición en el puesto de trabajo del que fue despedido arbitrariamente. Argumenta que existen sentencia favorable que establece que trabajó por más de un año de forma ininterrumpida, por lo que no podía ser cesado sin causa justa. Alega peligro en la demora dado que no percibe ingresos desde su despido y se pone en riesgo su subsistencia. Sostiene que la medida es adecuada para evitar un perjuicio irreparable y es excepcional
Un trabajador ha sido declarado en situación de incapacidad permanente total por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. El trabajador no está de acuerdo y presenta una reclamación que es rechazada, por lo que decide acudir a la vía judicial. El resumen proporciona ejemplos de cómo redactar la reclamación previa y la demanda judicial.
Medida cautelar de reposicion en contencioso administrativojorkaeliana
El demandante solicita una medida cautelar innovativa para que se ordene su reposición en el puesto de trabajo que tenía como secretaria de gerencia de inversiones. Argumenta que fue despedida arbitrariamente luego de prestar servicios por más de un año, por lo que tenía protección contra el despido injustificado. Solicita la medida debido al peligro de daño irreparable por la demora y porque su reposición en el trabajo es el estado de hecho cuya alteración sustenta su demanda. Adjunta documentos que acreditan la sentencia favorable de primera instancia y los detalles
Este documento describe el derecho a la intimidad según la Constitución Española. Explica que la intimidad se refiere tanto al ámbito privado de una persona como al control sobre su propia información. Revisa la evolución histórica del concepto y su reconocimiento en declaraciones internacionales. Luego define la intimidad y otros derechos relacionados en la CE, así como conductas legítimas e ilegítimas según la ley. Finalmente, discute el conflicto entre la libertad de información y la intimidad/honor, señalando que ambos
Esta rama de la informática jurídica se encarga de organizar y controlar la información jurídica como documentos y expedientes para su uso en tribunales, despachos y notarías. Se utiliza para hacer un seguimiento de trámites y procesos y mantener la información actualizada y bien controlada. También facilita la actualización de datos en oficinas relacionadas con el derecho de manera pública o privada mediante el uso de modelos predefinidos para casos específicos.
El documento trata sobre la importancia del respeto en diferentes ámbitos. Explica que el respeto implica tratar a los demás con dignidad y que la falta de respeto es una injusticia. A continuación, destaca la necesidad de respetar a la mujer, a la vida, a los padres, al planeta, a los animales y a uno mismo. Finalmente, enfatiza la importancia del respeto hacia los demás y hacia los maestros.
La protección de datos personales en redes sociales depende de si la información publicada se refiere a personas identificables o no. Los usuarios con un perfil público de elevado número de seguidores podrían ser considerados responsables del tratamiento de datos. Compartir fotos robadas de otras personas sin su consentimiento podría ser considerado un delito, aunque la legislación sobre este tema aún está cambiando.
El documento define el concepto de honor, distinguiendo entre honor subjetivo (la autoestima de una persona) y honor objetivo (la estimación o reputación que otros tienen de una persona). Explica que el derecho al honor protege tanto la dignidad personal como la buena fama. También describe los delitos contra el honor reconocidos por la ley: la injuria, la calumnia y la difamación.
Este documento habla sobre los delitos contra el honor como la injuria, calumnia y difamación. Explica que estos delitos protegen el bien inmaterial de la honra y reputación de una persona. También cubre temas como la prueba de la verdad, exclusión de delito, publicación de ofensas, y delitos contra personas jurídicas.
Este documento discute los derechos al honor, la intimidad y la imagen en Internet. Explica que la Constitución Española y la Ley Orgánica de 1982 protegen estos derechos. También analiza conceptos como el honor, la intimidad, la imagen y la vigilancia en Internet, y los límites y casos relevantes de estos derechos. El documento concluye instando a la protección preventiva y reactiva de estos derechos fundamentales en el entorno digital.
Derecho al honor y a la buena reputacion vs la libre libertad de expresionxdanielx
Este documento discute la tensión entre la libertad de expresión y el derecho al honor y buena reputación. Explica que aunque la libertad de expresión es importante, también deben respetarse los derechos de las personas a no ser difamadas ni tener su privacidad violada sin fundamentos. Usa el ejemplo de un caso entre la conductora Magaly Medina y el jugador de fútbol Paolo Guerrero para ilustrar cómo la difamación puede afectar el honor y reputación de alguien. Concluye que aunque se debe proteger la libertad de expresión,
El documento trata sobre el origen y propósito del Día Internacional de la Mujer, que se celebra el 8 de marzo para promover la igualdad de derechos entre hombres y mujeres. El día conmemora las luchas de mujeres destacadas a lo largo de la historia por los derechos de la mujer y el sufragio femenino.
Cuida tu imagen online - Recurso educativo iberoamericanoPantallasAmigas
Recurso educativo online sobre manejo de la imagen y la privacidad en Internet y con la telefonía celular por parte de niños, niñas y adolescentes. Promovido por PantallasAmigas con el apoyo de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) y otras entidades de diversos países.
Este documento proporciona instrucciones en 13 pasos para diseñar el fondo de las diapositivas en PowerPoint. Explica cómo seleccionar colores estándar o personalizados, aplicar efectos como degradados, texturas e imágenes, y previsualizar los cambios antes de aceptarlos. Recomienda que el fondo esté en armonía con el contenido y no distraiga, y que lo más importante es transmitir un mensaje claro.
Formared ofrece cursos y asesoría en mantenimiento, confiabilidad e integridad. Ofrece una variedad de cursos en estas áreas y en seguridad industrial, representando a empresas como Noria, Ingerencia y R2A Consultoría. Los cursos se pueden tomar de forma abierta u privada en sus instalaciones o en las empresas.
Artículo legal sobre la protección que la Ley de Propiedad Intelectual otorga a las fotografías, según se consideren obra fotográfica o mera fotografía.
Este documento resume los principales aspectos del derecho a la imagen en España. Explica que la imagen es un derecho de la personalidad distinto del derecho al honor y a la intimidad. Detalla los límites legales de la captación y publicación de imágenes, incluyendo personas públicas, fallecidas y menores. También cubre la penalización por infracciones y la posibilidad de solicitar una indemnización por daños morales.
El documento discute el derecho a la imagen como un derecho humano fundamental protegido por varios instrumentos internacionales. Explica que el derecho a la imagen es un derecho personalísimo que otorga al titular amplias potestades sobre el uso y transmisión de su imagen. Asimismo, analiza los requisitos y condiciones para la transmisión del derecho a la imagen entre vivos o por causa de muerte.
10. aclaración sobre la posibilidad de tomar fotos a policíasTxema Fuente
Este documento discute los derechos de los ciudadanos a tomar fotografías de policías en lugares públicos y durante actos públicos. Explica que, aunque los policías tienen derecho a la intimidad, el derecho de los ciudadanos a la información prima en estos casos. Sin embargo, la policía puede intervenir la cámara o borrar fotos si cree que ponen en peligro su seguridad o pueden usarse para cometer delitos. Solo un juez puede ordenar destruir la propiedad o fotos de alguien. El documento proporciona
Este documento presenta la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo sobre la protección civil del derecho al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen en España. En 3 oraciones o menos:
La ley establece la protección civil de los derechos fundamentales al honor, intimidad y propia imagen frente a intromisiones ilegítimas de acuerdo con la Constitución española. Define las esferas protegidas por estos derechos y los casos en que se permiten limitaciones o consentimientos. Además, determina los legitimados para e
Este documento describe los derechos de la personalidad en España. Estos derechos incluyen el derecho a la vida, integridad física, libertad, honor, intimidad, imagen y nombre. El documento explica que estos derechos se derivan de la dignidad inherente a toda persona y deben ser protegidos por el ordenamiento jurídico. También define las diferentes clases de derechos de la personalidad y las leyes que los regulan, como la Constitución española y el Código Penal.
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo sobre la protección civil del derecho al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen en España. Establece que estos derechos fundamentales serán protegidos frente a intromisiones ilegítimas de acuerdo con la ley. También define el ámbito de protección de estos derechos y establece los procedimientos para su defensa.
Este documento analiza dos vertientes del derecho a la intimidad protegidas por la Constitución Española: el derecho a la inviolabilidad del domicilio y el derecho al olvido. Examina el marco legal de estos derechos y los límites que pueden tener, como registros del domicilio con orden judicial o la intervención de los poderes públicos en ciertos ámbitos familiares. También explora controversias actuales relacionadas con empresas de comunicaciones y el derecho al olvido.
Reflexionando sobre el uso de cámaras ocultas en Periodismo de IJosé María Costa
Este documento analiza el uso de cámaras ocultas en el periodismo de investigación desde una perspectiva legal y ética. Explora los límites constitucionales a la libertad de expresión como el derecho a la intimidad y privacidad, así como las leyes penales relevantes. También resume los principios éticos establecidos en los códigos de la Federación Internacional de Periodistas y el Sindicato de Periodistas del Paraguay sobre la veracidad de la información y el respeto a las personas.
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Esta rama de la informática jurídica se encarga de organizar y controlar la información jurídica como documentos y expedientes para su uso en tribunales, despachos y notarías. Se utiliza para hacer un seguimiento de trámites y procesos y mantener la información actualizada y bien controlada. También facilita la actualización de datos en oficinas relacionadas con el derecho de manera pública o privada mediante el uso de modelos predefinidos para casos específicos.
El documento trata sobre la importancia del respeto en diferentes ámbitos. Explica que el respeto implica tratar a los demás con dignidad y que la falta de respeto es una injusticia. A continuación, destaca la necesidad de respetar a la mujer, a la vida, a los padres, al planeta, a los animales y a uno mismo. Finalmente, enfatiza la importancia del respeto hacia los demás y hacia los maestros.
La protección de datos personales en redes sociales depende de si la información publicada se refiere a personas identificables o no. Los usuarios con un perfil público de elevado número de seguidores podrían ser considerados responsables del tratamiento de datos. Compartir fotos robadas de otras personas sin su consentimiento podría ser considerado un delito, aunque la legislación sobre este tema aún está cambiando.
El documento define el concepto de honor, distinguiendo entre honor subjetivo (la autoestima de una persona) y honor objetivo (la estimación o reputación que otros tienen de una persona). Explica que el derecho al honor protege tanto la dignidad personal como la buena fama. También describe los delitos contra el honor reconocidos por la ley: la injuria, la calumnia y la difamación.
Este documento habla sobre los delitos contra el honor como la injuria, calumnia y difamación. Explica que estos delitos protegen el bien inmaterial de la honra y reputación de una persona. También cubre temas como la prueba de la verdad, exclusión de delito, publicación de ofensas, y delitos contra personas jurídicas.
Este documento discute los derechos al honor, la intimidad y la imagen en Internet. Explica que la Constitución Española y la Ley Orgánica de 1982 protegen estos derechos. También analiza conceptos como el honor, la intimidad, la imagen y la vigilancia en Internet, y los límites y casos relevantes de estos derechos. El documento concluye instando a la protección preventiva y reactiva de estos derechos fundamentales en el entorno digital.
Derecho al honor y a la buena reputacion vs la libre libertad de expresionxdanielx
Este documento discute la tensión entre la libertad de expresión y el derecho al honor y buena reputación. Explica que aunque la libertad de expresión es importante, también deben respetarse los derechos de las personas a no ser difamadas ni tener su privacidad violada sin fundamentos. Usa el ejemplo de un caso entre la conductora Magaly Medina y el jugador de fútbol Paolo Guerrero para ilustrar cómo la difamación puede afectar el honor y reputación de alguien. Concluye que aunque se debe proteger la libertad de expresión,
El documento trata sobre el origen y propósito del Día Internacional de la Mujer, que se celebra el 8 de marzo para promover la igualdad de derechos entre hombres y mujeres. El día conmemora las luchas de mujeres destacadas a lo largo de la historia por los derechos de la mujer y el sufragio femenino.
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Este documento discute los derechos de los ciudadanos a tomar fotografías de policías en lugares públicos y durante actos públicos. Explica que, aunque los policías tienen derecho a la intimidad, el derecho de los ciudadanos a la información prima en estos casos. Sin embargo, la policía puede intervenir la cámara o borrar fotos si cree que ponen en peligro su seguridad o pueden usarse para cometer delitos. Solo un juez puede ordenar destruir la propiedad o fotos de alguien. El documento proporciona
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Este documento describe los derechos de la personalidad en España. Estos derechos incluyen el derecho a la vida, integridad física, libertad, honor, intimidad, imagen y nombre. El documento explica que estos derechos se derivan de la dignidad inherente a toda persona y deben ser protegidos por el ordenamiento jurídico. También define las diferentes clases de derechos de la personalidad y las leyes que los regulan, como la Constitución española y el Código Penal.
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo sobre la protección civil del derecho al honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen en España. Establece que estos derechos fundamentales serán protegidos frente a intromisiones ilegítimas de acuerdo con la ley. También define el ámbito de protección de estos derechos y establece los procedimientos para su defensa.
Este documento analiza dos vertientes del derecho a la intimidad protegidas por la Constitución Española: el derecho a la inviolabilidad del domicilio y el derecho al olvido. Examina el marco legal de estos derechos y los límites que pueden tener, como registros del domicilio con orden judicial o la intervención de los poderes públicos en ciertos ámbitos familiares. También explora controversias actuales relacionadas con empresas de comunicaciones y el derecho al olvido.
Reflexionando sobre el uso de cámaras ocultas en Periodismo de IJosé María Costa
Este documento analiza el uso de cámaras ocultas en el periodismo de investigación desde una perspectiva legal y ética. Explora los límites constitucionales a la libertad de expresión como el derecho a la intimidad y privacidad, así como las leyes penales relevantes. También resume los principios éticos establecidos en los códigos de la Federación Internacional de Periodistas y el Sindicato de Periodistas del Paraguay sobre la veracidad de la información y el respeto a las personas.
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El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Triptico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
La fotografía y los derechos de terceros
1. La fotografía y los derechos de terceros, en particular, el derecho de imagen y
el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal.
Cuando una fotografía incluye la imagen de una persona, están implicados los
derechos de la persona fotografiada. Los dos derechos que tiene una persona
para disponer de su imagen son el derecho fundamental a la imagen y el
derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal.ç
El derecho de imagen
El derecho fundamental a la imagen, reconocido por la Constitución Española
y por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, es el derecho que tiene una
persona de decidir sobre el uso de su imagen.
Por tanto, y conforme la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección
civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia
imagen, para que un fotógrafo puede fotografiar a una persona requiere del
consentimiento expreso de la persona fotografiada, correspondiendo la carga
de la prueba sobre su existencia a quien publica la fotografía, la demandada.
De acuerdo con la doctrina jurisprudencial, el derecho a la propia imagen es
el derecho que cada individuo tiene a que los demás no reproduzcan los
caracteres esenciales de su figura sin consentimiento del sujeto, de tal manera
que todo acto de captación, reproducción o publicación por fotografía, filme
u otro procedimiento de la imagen de una persona en momentos de su vida
2. privada o fuera de ellos supone una vulneración o ataque al derecho
fundamental a la imagen.
El art. 7.5 de la LO 1/1982, califica de una intromisión ilegítima “la captación,
reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro
procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su
vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el art. 8.2".
Precisamente, lo que el artículo 8.2 de la L.O. 1/1982 nos viene a decir es que el
derecho a la propia imagen no es un derecho absoluto, sino que puede
encontrarse limitado por el derecho de expresión y de información; de hecho
es frecuente la colisión entre ambos derechos, debiendo atenderse para su
resolución a la ponderación del caso concreto.
Así, el referido artículo 8.2 establece que la propia imagen no impedirá:
a) La captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se
trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad
o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en
lugares abiertos al público.
c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la
imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.
En todo caso, y como conclusión señalamos que,
- la libertad de expresión no puede justificar la atribución a una
persona, identificada con su nombre y apellidos, o de alguna
forma cuya identificación no deje lugar a dudas, de hechos que
la hagan desmerecer del público aprecio y respeto, y
reprobables a todas luces, sean cuales fueren los usos sociales del
momento.
- El uso que se haga de una fotografía en la que aparezca la
imagen de una persona determinada debe estar en conexión
con la información ofrecida.
El derecho a la protección de datos de carácter personal
El derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal,
reconocido legislativamente y por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional,
es el derecho que tiene cualquier persona para decidir el uso de sus datos de
carácter personal, entendiendo por dato personal cualquier información
concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
3. En este sentido, la imagen es un dato de carácter personal y el fotógrafo que
fotografía a una persona, si es autónomo o trabaja por cuenta ajena,
conforme el Derecho, necesita el consentimiento inequívoco de la persona
fotografiada y el fotógrafo debe cumplir con la normativa de protección de
datos de carácter personal, en concreto, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto
1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
desarrollo de la LOPD.
Así pues, el fotógrafo ha de obtener el consentimiento expreso e inequívoco
de una persona para fotografiarla y hacer uso de su imagen y dato de
carácter personal dentro del contenido de la fotografía. La persona
fotografiada tiene que saber el uso que hará el fotógrafo de la fotografía.
Internet
La exhibición de una fotografía en Internet requiere de los derechos de
explotación de reproducción y comunicación pública de la fotografía. Por
ello, los términos y condiciones legales de las redes sociales que permiten subir,
exhibir una fotografía o bien compartirla con terceros solicita a la persona que
sube la fotografía los derechos sobre dicha fotografía.
También debe señalarse que, para subir, exhibir o compartir una fotografía que
contiene la imagen de una persona, se requiere del consentimiento expreso e
inequívoco de la persona fotografiada.
Ana José Ganga
Abogada
https://anajosegangaabogada.wordpress.com/
Imagen: espacio 0147, de Antonio Alonso.