Este documento describe la existencia de una "mafia judicial" en Colombia que corrompe el sistema de justicia a cambio de dinero. Un juez anónimo explica cómo los delincuentes pueden sobornar a policías, fiscales, jueces y otros funcionarios judiciales a diferentes niveles del sistema para evitar condenas, obtener beneficios como arresto domiciliario y ganar casos judiciales, dependiendo de la cantidad de dinero ofrecida. El juez también critica el sistema penal acusatorio colombiano por ser propenso a la corrupción debido a la falta de jurados.
Este documento contiene varios párrafos sobre las ideas de Cesare Beccaria sobre el derecho penal. Explica que Beccaria aboga por que las penas sean proporcionales a los delitos y se apliquen de manera pronta. También se oponía a la pena de muerte y creía que penas más largas pero menos severas podrían disuadir mejor de cometer crímenes. El documento analiza diferentes tipos de delitos y las consecuencias de las penas según Beccaria.
Este documento resume los 27 capítulos del libro "De los delitos y las penas" de Cesare Beccaria. Cada capítulo explora un tema diferente relacionado con el origen, propósito y aplicación adecuada de las leyes y las penas. El documento resume brevemente cada capítulo, cubriendo temas como la proporcionalidad entre delitos y penas, la interpretación de las leyes, el uso de la tortura, y más.
Este documento es un ensayo sobre el libro "De los Delitos y las Penas" de Cesare Beccaria. Resume los principales puntos del libro, incluyendo la proporcionalidad entre delitos y penas, la igualdad ante la ley, la legalidad de los delitos y penas, la presunción de inocencia, y la prevención de delitos como objetivo principal de la legislación penal. Critica el sistema de justicia de la época y celebra que los principios de Beccaria continúen vigentes en los sistemas legales modernos.
El documento resume el Tratado de los delitos y de las penas de Cesare Beccaria. En él, Beccaria argumenta que los crímenes son violaciones del contrato social y que la sociedad tiene derecho a defenderse con penas proporcionales a los delitos. Además, establece que ningún hombre puede disponer de la vida de otro. El tratado propone una reforma del sistema penal basada en principios de legalidad, proporcionalidad y humanidad.
El documento explica el nuevo sistema de justicia penal en México, el cual se divide en tres etapas principales: 1) investigación, 2) etapa intermedia, y 3) juicio oral. También describe las salidas alternas como el criterio de oportunidad, justicia alternativa, y proceso abreviado. Finalmente, critica algunos aspectos como la fragmentación de decisiones al dividir a los jueces en diferentes etapas y el riesgo de que el proceso abreviado aumente la cantidad de inocentes en prisión.
Este documento resume un trabajo sobre el tratado de los delitos y las penas de Cesare Beccaria. El trabajo analiza varios capítulos clave del tratado, incluyendo la proporción entre delitos y penas, la graduación de las penas, las pruebas y testigos requeridos, y la prontitud de la aplicación de las penas. El objetivo general del tratado, según se resume, es establecer un sistema penal justo y proporcional basado en los principios de la ilustración.
De los delitos y penas de Cesare Beccaria Maria Olidem
Beccaria critica las leyes penales de su época en su ensayo "De los Delitos y las Penas". Propone que las leyes deben ser claras y simples, las penas proporcionales a los delitos y no crueles, y que el objetivo de las penas es prevenir futuros delitos mediante castigos eficaces y la certeza de su aplicación, no causar sufrimiento por sí mismos. También aboga por limitar el poder discrecional de los jueces y la tortura, y restringir la pena de muerte a delitos que
Este documento contiene varios párrafos sobre las ideas de Cesare Beccaria sobre el derecho penal. Explica que Beccaria aboga por que las penas sean proporcionales a los delitos y se apliquen de manera pronta. También se oponía a la pena de muerte y creía que penas más largas pero menos severas podrían disuadir mejor de cometer crímenes. El documento analiza diferentes tipos de delitos y las consecuencias de las penas según Beccaria.
Este documento resume los 27 capítulos del libro "De los delitos y las penas" de Cesare Beccaria. Cada capítulo explora un tema diferente relacionado con el origen, propósito y aplicación adecuada de las leyes y las penas. El documento resume brevemente cada capítulo, cubriendo temas como la proporcionalidad entre delitos y penas, la interpretación de las leyes, el uso de la tortura, y más.
Este documento es un ensayo sobre el libro "De los Delitos y las Penas" de Cesare Beccaria. Resume los principales puntos del libro, incluyendo la proporcionalidad entre delitos y penas, la igualdad ante la ley, la legalidad de los delitos y penas, la presunción de inocencia, y la prevención de delitos como objetivo principal de la legislación penal. Critica el sistema de justicia de la época y celebra que los principios de Beccaria continúen vigentes en los sistemas legales modernos.
El documento resume el Tratado de los delitos y de las penas de Cesare Beccaria. En él, Beccaria argumenta que los crímenes son violaciones del contrato social y que la sociedad tiene derecho a defenderse con penas proporcionales a los delitos. Además, establece que ningún hombre puede disponer de la vida de otro. El tratado propone una reforma del sistema penal basada en principios de legalidad, proporcionalidad y humanidad.
El documento explica el nuevo sistema de justicia penal en México, el cual se divide en tres etapas principales: 1) investigación, 2) etapa intermedia, y 3) juicio oral. También describe las salidas alternas como el criterio de oportunidad, justicia alternativa, y proceso abreviado. Finalmente, critica algunos aspectos como la fragmentación de decisiones al dividir a los jueces en diferentes etapas y el riesgo de que el proceso abreviado aumente la cantidad de inocentes en prisión.
Este documento resume un trabajo sobre el tratado de los delitos y las penas de Cesare Beccaria. El trabajo analiza varios capítulos clave del tratado, incluyendo la proporción entre delitos y penas, la graduación de las penas, las pruebas y testigos requeridos, y la prontitud de la aplicación de las penas. El objetivo general del tratado, según se resume, es establecer un sistema penal justo y proporcional basado en los principios de la ilustración.
De los delitos y penas de Cesare Beccaria Maria Olidem
Beccaria critica las leyes penales de su época en su ensayo "De los Delitos y las Penas". Propone que las leyes deben ser claras y simples, las penas proporcionales a los delitos y no crueles, y que el objetivo de las penas es prevenir futuros delitos mediante castigos eficaces y la certeza de su aplicación, no causar sufrimiento por sí mismos. También aboga por limitar el poder discrecional de los jueces y la tortura, y restringir la pena de muerte a delitos que
El documento analiza los delitos sexuales tipificados en el Código Penal venezolano. Define la violación como el acto carnal realizado mediante violencia o amenazas con una persona sin su consentimiento. También se refiere a otros delitos como los actos lascivos, la corrupción de menores, el incesto y los ultrajes al pudor público. Finalmente, analiza conceptos como la prostitución y la agresión sexual desde perspectivas médico-legales y legales.
Este documento presenta un proyecto de ley para establecer un nuevo Código Contravencional para la provincia de Mendoza. El proyecto contiene tres libros con disposiciones generales, definiciones de contravenciones específicas, y el procedimiento contravencional. El Código establece sanciones como arresto, multa, trabajo comunitario, decomiso, inhabilitación, clausura y obligaciones de conducta.
Presentacion penal Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículos y Ley Contra Ilíc...RafaelCaldera5
El documento explica las definiciones legales de hurto y robo de vehículos en Venezuela. Define hurto como apoderarse de un vehículo ajeno sin consentimiento y con intención de lucro, siendo penado con 4-8 años de prisión. El robo implica el uso de violencia o amenazas para apoderarse del vehículo y es penado más severamente con 8-16 años. También describe las agravantes de ambos delitos y las leyes relacionadas a ilícitos cambiarios.
Este discurso critica fuertemente un proyecto de ley presentado por el gobierno sobre terrorismo y financiamiento del terrorismo. El orador argumenta que el proyecto viola los derechos humanos, introduce definiciones problemáticas, y establece sanciones desproporcionadas como 100 años de prisión. Además, el orador señala que el proyecto podría criminalizar conductas legítimas y que existen mejores alternativas que fueron ignoradas. El discurso concluye indicando que por estas razones, la Unión Cívica Rad
El documento describe la aplicación de la justicia restaurativa en un caso de daños culposos por accidente vehicular en Quintana Roo, México. Explica que la mediación y conciliación son mecanismos alternativos apropiados para este tipo de delito no grave. En este caso en particular, las partes involucradas acordaron un convenio de reparación parcial de daños luego de una audiencia de conciliación.
El documento habla sobre el arbitraje virtual o electrónico, definido como la resolución de conflictos a través de medios telemáticos. Explica que un proceso de arbitraje online es documentado e involucra a una tercera parte para invitar a la contraparte a responder dentro de límites de tiempo. También resume la Ley de Arbitraje Comercial de Venezuela, la cual crea mayor seguridad jurídica para inversionistas al solucionar controversias de manera eficiente e imparcial en períodos más cortos que los tribunales ordinarios.
Un nuevo colaborador eficaz reveló que la organización criminal de César Álvarez, ex presidente regional de Áncash, usó sobornos para limpiar la imagen de sus miembros, especialmente de Luis Arroyo, ex alcalde de Santa. El colaborador detalló cómo Rodríguez Altamirano, abogado de Arroyo, entregó dinero a Luis Cortez para sobornar a jueces, fiscales y políticos con el fin de proteger a la red y "volar la cabeza" del fiscal Marco Huamán. Sin embargo, el procurador Christian
Este documento trata sobre la ley sobre el hurto y robo de vehículos y la ley contra la corrupción. Define el hurto y robo de vehículos y establece las penas por estos delitos. También describe las modalidades comunes de hurto y robo de vehículos. Además, explica los principios y delitos cubiertos por la ley contra la corrupción, incluyendo el enriquecimiento ilícito y otros delitos contra el patrimonio público. Finalmente, presenta una sentencia donde dos individuos son condenados por corrupción prop
Tus derechos al atropellar a una personaRod Quintana
Este documento ofrece consejos sobre qué hacer si se atropella a una persona. Recomienda esperar a la policía para levantar un croquis del accidente y firmarlo, anotando cualquier objeción en las observaciones. También aconseja llevar a la víctima al hospital si necesita atención médica urgente, y decirle a la policía que fue un "accidente" en lugar de aceptar la culpa. Adicionalmente, advierte sobre posibles montajes para demandar por grandes sumas de dinero.
Este documento resume varios delitos y faltas tipificados en el Código Penal Venezolano. Entre ellos se encuentran la desaparición forzada de personas, resistencia a la autoridad, simulación de hecho punible, calumnia, falso testimonio, prevaricación, encubrimiento, instigación a delinquir, agavillamiento y un análisis del Libro III sobre faltas. Para cada uno se describe la acción, sujetos, naturaleza jurídica, bien jurídico tutelado y otras características como formas
Este documento describe la calumnia desde diferentes perspectivos. Define la calumnia como la falsa imputación de un delito y compara las leyes de calumnia en países como Bolivia, Argentina y Chile. Explica que la calumnia puede ser verbal o material e identifica los elementos de la calumnia como el bien jurídico protegido, la tipicidad, la imputación falsa de un delito determinado y que el sujeto pasivo debe ser inocente. Finalmente, provee definiciones de calumnia de varios autores.
Este documento presenta una introducción al programa de derecho procesal penal en Guatemala. Explica conceptos básicos como principios constitucionales, derechos humanos y la Convención Americana de Derechos Humanos. También describe los principios y garantías que fundamentan el proceso penal guatemalteco, como el debido proceso, defensa e inocencia. Finalmente, detalla mecanismos de desjudicialización como el criterio de oportunidad, conversión, suspensión condicional de la persecución penal, procedimiento abreviado y mediación.
Este documento resume cinco formas de participación en un delito (co-autoría, cooperadores inmediatos, cómplices, autor material, autor intelectual) y varias causas de extinción de la acción penal y la pena (amnistía, indulto, muerte, perdón, prescripción). Explica que la participación en un delito puede ser directa o indirecta y que la extinción puede ocurrir si se perdona a la víctima, si muere el acusado, o si pasa el tiempo establecido para la prescripción sin que se complete
Presentacion sobre el perdon condicional de la pena profesor Geovanny Vicente...Geovanny Vicente Romero
El documento habla sobre el Perdón Condicional de la Pena en Derecho Penitenciario. Explica que el Perdón Condicional permite al Tribunal eximir o reducir la pena de un imputado si sus antecedentes y conducta anterior indican que no reincidirá. También describe los requisitos para obtener el Perdón Condicional y la Libertad Condicional, así como las diferencias entre estos mecanismos. Concluye resaltando que el Perdón Condicional ha sido una gran garantía que ayuda a descongestionar las cárce
El documento proporciona información sobre los derechos de las personas detenidas en Venezuela y los procedimientos legales que deben seguirse. Explica que nadie puede ser detenido sin una orden judicial, y que toda persona detenida tiene derecho a comunicarse con un abogado y familiares, y a ser llevada ante un juez dentro de las 36 horas. También cubre temas como el debido proceso, las audiencias de presentación, y las medidas cautelares sustitutivas a la prisión preventiva.
El hurto de vehículos automotores y la ley contra la corrupción ensayoUFToro
1) La ley establece penas de prisión de 4 a 8 años por el hurto de vehículos automotores, las cuales pueden aumentar o disminuir dependiendo de circunstancias agravantes o atenuantes. 2) La ley contra la corrupción requiere que los funcionarios públicos administren los bienes públicos de forma honesta y rindan cuentas, y establece sanciones por enriquecimiento ilícito u otros delitos contra el patrimonio público. 3) Las leyes tipifican diferentes delitos relacionados con el hurto de veh
Legislacion penal especial; ley de Corrupcion y robo hurto de vehiculo resa sare
Este documento presenta un resumen de dos leyes. La primera ley trata sobre el robo y hurto de vehículos, estableciendo las penas de prisión por diferentes tipos y circunstancias de este delito. La segunda ley establece un marco jurídico para explicar y sancionar a funcionarios públicos por actos de corrupción como malversación de fondos, peculado y concusión.
El documento habla sobre la ley creada en Venezuela en el año 2000 para establecer las penas por el hurto y robo de vehículos automotores. Describe las penas para diferentes tipos de delitos como el hurto de vehículos, robo de vehículos, desvalijamiento de vehículos, y tentativa de hurto o robo. También cubre circunstancias agravantes que aumentan las penas. Finalmente, resume decisiones de la Corte Suprema de Justicia sobre la devolución de vehículos incautados durante investigaciones penales.
El documento trata sobre la injusticia de la justicia. Explica que aunque existen leyes y derechos establecidos, en la práctica el sistema de justicia no siempre es efectivo y justo, especialmente para personas de bajos recursos económicos. También habla sobre casos de injusticia en procesos penales donde las autoridades no respetan los derechos de los acusados y llevan a cabo procesos corruptos e ineficientes que envían a personas inocentes a la cárcel.
Este documento analiza el tema de la injusticia en el sistema de justicia. Aborda conceptos como justicia, injusticia y derechos, y examina casos de injusticia en procesos penales debido a la desigualdad de posibilidades para personas indígenas o pobres. También incluye un resumen del documental "Presunto Culpable" como ejemplo de injusticia en el sistema judicial mexicano y cómo las personas a veces son encarceladas injustamente debido a fallos en el proceso.
El documento analiza los delitos sexuales tipificados en el Código Penal venezolano. Define la violación como el acto carnal realizado mediante violencia o amenazas con una persona sin su consentimiento. También se refiere a otros delitos como los actos lascivos, la corrupción de menores, el incesto y los ultrajes al pudor público. Finalmente, analiza conceptos como la prostitución y la agresión sexual desde perspectivas médico-legales y legales.
Este documento presenta un proyecto de ley para establecer un nuevo Código Contravencional para la provincia de Mendoza. El proyecto contiene tres libros con disposiciones generales, definiciones de contravenciones específicas, y el procedimiento contravencional. El Código establece sanciones como arresto, multa, trabajo comunitario, decomiso, inhabilitación, clausura y obligaciones de conducta.
Presentacion penal Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículos y Ley Contra Ilíc...RafaelCaldera5
El documento explica las definiciones legales de hurto y robo de vehículos en Venezuela. Define hurto como apoderarse de un vehículo ajeno sin consentimiento y con intención de lucro, siendo penado con 4-8 años de prisión. El robo implica el uso de violencia o amenazas para apoderarse del vehículo y es penado más severamente con 8-16 años. También describe las agravantes de ambos delitos y las leyes relacionadas a ilícitos cambiarios.
Este discurso critica fuertemente un proyecto de ley presentado por el gobierno sobre terrorismo y financiamiento del terrorismo. El orador argumenta que el proyecto viola los derechos humanos, introduce definiciones problemáticas, y establece sanciones desproporcionadas como 100 años de prisión. Además, el orador señala que el proyecto podría criminalizar conductas legítimas y que existen mejores alternativas que fueron ignoradas. El discurso concluye indicando que por estas razones, la Unión Cívica Rad
El documento describe la aplicación de la justicia restaurativa en un caso de daños culposos por accidente vehicular en Quintana Roo, México. Explica que la mediación y conciliación son mecanismos alternativos apropiados para este tipo de delito no grave. En este caso en particular, las partes involucradas acordaron un convenio de reparación parcial de daños luego de una audiencia de conciliación.
El documento habla sobre el arbitraje virtual o electrónico, definido como la resolución de conflictos a través de medios telemáticos. Explica que un proceso de arbitraje online es documentado e involucra a una tercera parte para invitar a la contraparte a responder dentro de límites de tiempo. También resume la Ley de Arbitraje Comercial de Venezuela, la cual crea mayor seguridad jurídica para inversionistas al solucionar controversias de manera eficiente e imparcial en períodos más cortos que los tribunales ordinarios.
Un nuevo colaborador eficaz reveló que la organización criminal de César Álvarez, ex presidente regional de Áncash, usó sobornos para limpiar la imagen de sus miembros, especialmente de Luis Arroyo, ex alcalde de Santa. El colaborador detalló cómo Rodríguez Altamirano, abogado de Arroyo, entregó dinero a Luis Cortez para sobornar a jueces, fiscales y políticos con el fin de proteger a la red y "volar la cabeza" del fiscal Marco Huamán. Sin embargo, el procurador Christian
Este documento trata sobre la ley sobre el hurto y robo de vehículos y la ley contra la corrupción. Define el hurto y robo de vehículos y establece las penas por estos delitos. También describe las modalidades comunes de hurto y robo de vehículos. Además, explica los principios y delitos cubiertos por la ley contra la corrupción, incluyendo el enriquecimiento ilícito y otros delitos contra el patrimonio público. Finalmente, presenta una sentencia donde dos individuos son condenados por corrupción prop
Tus derechos al atropellar a una personaRod Quintana
Este documento ofrece consejos sobre qué hacer si se atropella a una persona. Recomienda esperar a la policía para levantar un croquis del accidente y firmarlo, anotando cualquier objeción en las observaciones. También aconseja llevar a la víctima al hospital si necesita atención médica urgente, y decirle a la policía que fue un "accidente" en lugar de aceptar la culpa. Adicionalmente, advierte sobre posibles montajes para demandar por grandes sumas de dinero.
Este documento resume varios delitos y faltas tipificados en el Código Penal Venezolano. Entre ellos se encuentran la desaparición forzada de personas, resistencia a la autoridad, simulación de hecho punible, calumnia, falso testimonio, prevaricación, encubrimiento, instigación a delinquir, agavillamiento y un análisis del Libro III sobre faltas. Para cada uno se describe la acción, sujetos, naturaleza jurídica, bien jurídico tutelado y otras características como formas
Este documento describe la calumnia desde diferentes perspectivos. Define la calumnia como la falsa imputación de un delito y compara las leyes de calumnia en países como Bolivia, Argentina y Chile. Explica que la calumnia puede ser verbal o material e identifica los elementos de la calumnia como el bien jurídico protegido, la tipicidad, la imputación falsa de un delito determinado y que el sujeto pasivo debe ser inocente. Finalmente, provee definiciones de calumnia de varios autores.
Este documento presenta una introducción al programa de derecho procesal penal en Guatemala. Explica conceptos básicos como principios constitucionales, derechos humanos y la Convención Americana de Derechos Humanos. También describe los principios y garantías que fundamentan el proceso penal guatemalteco, como el debido proceso, defensa e inocencia. Finalmente, detalla mecanismos de desjudicialización como el criterio de oportunidad, conversión, suspensión condicional de la persecución penal, procedimiento abreviado y mediación.
Este documento resume cinco formas de participación en un delito (co-autoría, cooperadores inmediatos, cómplices, autor material, autor intelectual) y varias causas de extinción de la acción penal y la pena (amnistía, indulto, muerte, perdón, prescripción). Explica que la participación en un delito puede ser directa o indirecta y que la extinción puede ocurrir si se perdona a la víctima, si muere el acusado, o si pasa el tiempo establecido para la prescripción sin que se complete
Presentacion sobre el perdon condicional de la pena profesor Geovanny Vicente...Geovanny Vicente Romero
El documento habla sobre el Perdón Condicional de la Pena en Derecho Penitenciario. Explica que el Perdón Condicional permite al Tribunal eximir o reducir la pena de un imputado si sus antecedentes y conducta anterior indican que no reincidirá. También describe los requisitos para obtener el Perdón Condicional y la Libertad Condicional, así como las diferencias entre estos mecanismos. Concluye resaltando que el Perdón Condicional ha sido una gran garantía que ayuda a descongestionar las cárce
El documento proporciona información sobre los derechos de las personas detenidas en Venezuela y los procedimientos legales que deben seguirse. Explica que nadie puede ser detenido sin una orden judicial, y que toda persona detenida tiene derecho a comunicarse con un abogado y familiares, y a ser llevada ante un juez dentro de las 36 horas. También cubre temas como el debido proceso, las audiencias de presentación, y las medidas cautelares sustitutivas a la prisión preventiva.
El hurto de vehículos automotores y la ley contra la corrupción ensayoUFToro
1) La ley establece penas de prisión de 4 a 8 años por el hurto de vehículos automotores, las cuales pueden aumentar o disminuir dependiendo de circunstancias agravantes o atenuantes. 2) La ley contra la corrupción requiere que los funcionarios públicos administren los bienes públicos de forma honesta y rindan cuentas, y establece sanciones por enriquecimiento ilícito u otros delitos contra el patrimonio público. 3) Las leyes tipifican diferentes delitos relacionados con el hurto de veh
Legislacion penal especial; ley de Corrupcion y robo hurto de vehiculo resa sare
Este documento presenta un resumen de dos leyes. La primera ley trata sobre el robo y hurto de vehículos, estableciendo las penas de prisión por diferentes tipos y circunstancias de este delito. La segunda ley establece un marco jurídico para explicar y sancionar a funcionarios públicos por actos de corrupción como malversación de fondos, peculado y concusión.
El documento habla sobre la ley creada en Venezuela en el año 2000 para establecer las penas por el hurto y robo de vehículos automotores. Describe las penas para diferentes tipos de delitos como el hurto de vehículos, robo de vehículos, desvalijamiento de vehículos, y tentativa de hurto o robo. También cubre circunstancias agravantes que aumentan las penas. Finalmente, resume decisiones de la Corte Suprema de Justicia sobre la devolución de vehículos incautados durante investigaciones penales.
El documento trata sobre la injusticia de la justicia. Explica que aunque existen leyes y derechos establecidos, en la práctica el sistema de justicia no siempre es efectivo y justo, especialmente para personas de bajos recursos económicos. También habla sobre casos de injusticia en procesos penales donde las autoridades no respetan los derechos de los acusados y llevan a cabo procesos corruptos e ineficientes que envían a personas inocentes a la cárcel.
Este documento analiza el tema de la injusticia en el sistema de justicia. Aborda conceptos como justicia, injusticia y derechos, y examina casos de injusticia en procesos penales debido a la desigualdad de posibilidades para personas indígenas o pobres. También incluye un resumen del documental "Presunto Culpable" como ejemplo de injusticia en el sistema judicial mexicano y cómo las personas a veces son encarceladas injustamente debido a fallos en el proceso.
Este documento resume el contenido del Libro III del Código Penal venezolano, el cual se refiere a las faltas. Explica que las faltas son actos ilícitos que lesionan derechos pero con menor intensidad que los delitos. Incluye ejemplos de faltas como la embriaguez y maltrato animal. También discute el caso de la "mendicidad" tipificada como falta y argumenta que esto va en contra de los derechos humanos.
Las leyes de criminalidad definen los crímenes y establecen el proceso legal para acusados. Los acusados tienen derecho a representación legal para proteger sus derechos. Los abogados de defensa trabajan para negociar acuerdos o presentar una defensa efectiva en la corte. El proceso legal asegura un juicio justo para todos.
El documento discute el derecho de los detenidos a no declarar ante la policía. Explica que los abogados tienen el deber de aconsejar a sus clientes que no declaren, ya que no tienen acceso a las pruebas del caso. Además, cita la Sentencia 199/2003 del Tribunal Constitucional Español y la Directiva 2013/48/UE del Parlamento Europeo, que establecen el derecho a la asistencia letrada antes de prestar declaración en comisaría.
Manual de instrucciones para intentar salir indemne de una denuncia falsa por...Carlos
Este documento ofrece consejos sobre los derechos legales de las personas detenidas y sobre cómo actuar en caso de ser falsamente acusado de violencia de género o de ser detenido de forma arbitraria. Explica los derechos de las personas detenidas, como el derecho a un abogado y a no declarar, y advierte sobre detenciones ilegales. También cubre temas como la estancia en comisarías, el habeas corpus y qué hacer y no hacer ante un juez. El objetivo es informar a los hombres sobre sus derechos ante la "dictad
El documento presenta un prólogo escrito por Manuela Carmena sobre el libro de Jesús Valverde que analiza la prisión. En él, Carmena destaca la importancia del libro para explicar lo que la cárcel es y no es, y cómo margina a las personas. También reflexiona sobre la responsabilidad de los jueces en las condenas a prisión y la falta de humanización del sistema penitenciario. Finalmente, expresa su esperanza en que un día las cárceles puedan desaparecer.
Artículo de José Luis Ares, Profesor Adjunto de Derecho Procesal Penal en la carrera de Abogacía de la Univ. Nacional del Sur, docente Tutor de la Especialización en Derecho Penal de la UNS, y Juez Correccional del Depto. Judicial de Bahía Blanca
es un ensayo que habla sobre la pena de muerte y todo lo que representa en el debate bioetico, las repercusiones a la sociedad, los planes del gobierno, y una conclusión que deja a lector con su decisión propia.
El Indulto a Alberto Fujimori, como pago por los diez votos de Kenyi Fujimori, para evitar la vacancia presidencial de Pedro Pablo Kuczinsky- Politica peruana muestra que se perdonan los politicos entre ellos, para salvar su pellejo.
Semana01 Los Ladrones No Son Gente Honesta Y AdemáS No Saben Nada De Sistemasjsalcedo
Este documento presenta un caso hipotético sobre dos ladrones interrogados por separado por la policía después de cometer un robo. Cada ladrón puede decidir confesar o callar, y sus decisiones determinarán la sentencia del otro y de sí mismos. Si ambos confiesan, cada uno recibirá 5 años de prisión, pero si ambos callan solo recibirán 1 año. Al razonar solo desde su propia perspectiva en lugar de como un sistema conjunto, cada ladrón elige confesar para minimizar su propia sentencia, resultando en que ambos rec
El documento discute el concepto de justicia y si existe la justicia en la sociedad actual. Señala que la justicia de hoy no es muy justa porque asesinos son liberados mientras personas inocentes son encarceladas. También analiza dos casos concretos donde no parece haber justicia. Finalmente cuestiona si los jueces de hoy son realmente justos o si cualquiera puede llegar a ser juez con solo memorizar los temas requeridos.
El documento discute el concepto de justicia y si existe la justicia en la sociedad actual. Señala que la justicia de hoy no es muy justa porque asesinos son liberados mientras personas inocentes son encarceladas. También analiza dos casos concretos donde no parece haber justicia. Finalmente cuestiona si los jueces de hoy son realmente justos o si cualquiera puede llegar a ser juez con solo memorizar temas.
El documento discute el concepto de justicia y si existe la justicia en la sociedad actual. Señala que la justicia de hoy no es muy justa porque asesinos son liberados mientras personas inocentes son encarceladas. También analiza dos casos concretos donde no parece haber justicia. Finalmente cuestiona si los jueces de hoy son realmente justos o si cualquiera puede llegar a ser juez con solo memorizar los temas requeridos.
Manual "Si te Detienen" adecuado a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Convencidos de que la Seguridad Ciudadana y Democrática no es un fin en sí mismo, sino un medio para garantizar el ejercicio de todos los derechos y libertades de todas las personas que habitan nuestro país -sin ningún tipo de discriminación-, es que realizamos esta herramienta de promoción de derechos que permita, en situaciones de emergencia, poner límites a las prácticas de violencia institucional.
La violencia institucional no es un problema individual, sino colectivo y es el desafío de todos consolidar la movilización y organización popular, para generar debates sinceros y soluciones para estas problemáticas que aquejan principalmente a los sectores más vulnerables de la Patria.
Denuncio al juez magistrado francisco gonzález maílloJam Fly Pelicano
1) El documento denuncia al juez magistrado Francisco González Maíllo por varias razones, incluyendo indemnizar a un culpable cuya declaración fue mentira y aceptar testigos involucrados en el delito.
2) El autor afirma haber sido agredido por más de 15 personas enfrente de un museo y que el juez lo condenó injustamente.
3) También critica al juez por no investigar adecuadamente y no conseguir grabaciones de video que habrían mostrado que el autor se defendió. Pide que el juez re
Denuncio al juez magistrado francisco gonzález maílloJam Fly Pelicano
1) El documento denuncia al juez magistrado Francisco González Maíllo por considerar que cometió errores en un juicio previo. 2) Describe haber pasado tiempo en centros de deportación en varios países europeos debido a no tener documentación y haber sido torturado. 3) Pide justicia y la devolución de su pasaporte y una indemnización.
El documento presenta los comentarios de Julio Piumato ante las comisiones de Justicia y Asuntos Constitucionales del Congreso sobre el Consejo de la Magistratura. Piumato argumenta que el Consejo no ha logrado mejorar la justicia en la Argentina y que ha fallado en su función de seleccionar jueces idóneos e investigar denuncias contra jueces, debido a la influencia de la corporación judicial. También critica que la justicia no haya protegido los derechos de los ciudadanos durante la dictadura militar y la crisis de 2001-
Este documento resume la Reforma Penal de México de 2008. La reforma implicó cambios sustanciales al sistema de justicia penal, reemplazando el sistema anterior por uno acusatorio basado en mayores garantías constitucionales para víctimas y acusados. Además, busca tener un sistema penal más justo y equitativo. Sin embargo, aplicar la reforma ha planteado desafíos como asegurar que los abogados la interpreten correctamente y que no haya corrupción en el sistema de justicia.
1. LA MAFIA JUDICIAL SÍ EXISTE
Ricardo Puentes Melo
Durante casi un año, Periodismo Sin Fronteras estuvo indagando sobre lo que dimos en denominar “El cartel de la
Toga”, la mafia de la justicia que maneja y controla a su antojo condenas, absoluciones y beneficios sin que nadie
jamás se haya atrevido a exponerla ni investigarla.
La existencia de esta mafia es la que explica tantas injusticias en nuestro país. Corrupta como es, maneja miles de
millones de pesos que reciben a cambio de pervertir la justicia para el lado de quien tiene el dinero para pagar.
Logramos que un profesional del Derecho, que trabaja en la rama judicial, nos hablara de sus experiencias y
conocimientos sobre este tema. Lo llamaremos “juez”.
Ricardo Puentes: Gracias por acceder a hablar con nosotros. ¿Qué hace usted dentro de la rama judicial en
Colombia?
Juez: Como le dije, soy graduado en Derecho. Soy juez de la República.
RP: ¿De qué universidad es egresado?
Juez: Eso no es relevante. Pero si trata de señalar, en todas las universidades hay egresados que carecen de ética.
Recuerde al Dr. Ballesteros, ese corrupto que al mismo tiempo que sobornaba y torcía testigos, enseñaba en la
Universidad Externado.
RP: Bien... De acuerdo. ¿Qué tiene usted que contarnos acerca de la mafia existente en la rama judicial?
Juez: Es una mafia muy poderosa y peligrosa. Mucho más que un Cartel de la droga porque no solamente manejan
gatilleros, sino que pueden montarle pruebas a cualquiera, y meterle 40 ó 50 años de cárcel por crímenes que no se
han cometido. Tienen de todo… hasta carteles de testigos.
RP: ¿Usted cree que la corrupción en la justicia colombiana es algo inherente a la cultura del colombiano? ¿Somos
corruptos por naturaleza?
Juez: Generalizar es malo… injusto. Pero sí, la justicia en Colombia es pervertida. Estoy seguro de que el sistema de
justicia ha fracasado debido a esa corrupción ya imparable. Hay varias razones. El sistema Penal Acusatorio es una
mala copia del sistema norteamericano. Aquí, a diferencia de allá, no tenemos jurado de conciencia.
RP: ¿Usted considera que la corrupción se debe a que no hay jurado de conciencia? Eso es un poco simplista…
Juez: No he dicho eso. Es mucho más complejo. Pero este sistema está permitiendo que los jueces sean fácilmente
corruptibles. Acá el sistema es permisivo, premia a los delincuentes, mientras que en Estados Unidos el sistema es
inquisitivo. Acá los jueces premian a los delincuentes solamente por confesar sus delitos. Por esa confesión ya tienen
un 50% de reducción en la pena impuesta. Eso es aberrante.
Yo creo que el problema, el principal problema de este sistema, es que se intenta copiar al sistema norteamericano
sin el principal componente. No hay jurado de conciencia. Y al no haberlo, surgen jueces corruptos que se dejan
comprar la conciencia, a cualquier precio. Y aquí viene otro problema. Los jueces estamos mal pagos. Y eso no
funciona porque es más fácil ser sobornado. Con un tribunal de conciencia el juez no podría dejarse sobornar.
Aquí la justicia se arregla con dinero, no en Derecho.
Hasta sacar un raponero, un ladrón callejero, vale: La corrupción empieza desde la misma policía. Con este sistema
vigente, el policía puede ser arreglado, sobornado… Y no pasa nada. Fíjese que si no hay denuncia de la víctima, la
policía puede dejar ir al ladrón, al atracador. Y, en caso de que el policía sea honesto, un delincuente tiene muchas
opciones de pagar por su libertad. Puede pagar a la Fiscalía, que es la entidad que se encarga de la imputación del
delito. Puede pagar para que le sea imputado un delito más “suave”, con menos cárcel.
RP: Un segundo. No le estoy entendiendo bien…
Juez: Mire… El sistema penal acusatorio le da poder a la policía para que inicie la investigación. Eso es un error. El
delincuente puede comprar a la policía porque ésta es quien conoce de primera instancia, es la parte investigativa.
Cuando no hay flagrancia, la fiscalía solicita a la policía judicial que inicie la investigación. Un delincuente sencillo, un
ladrón o un raponero pueden salir libres si tiene dos millones de pesos para pagar.
RP: Sigo sin entender… ¿Si yo fuera un delincuente, y la policía me sorprende en flagrancia, o lo que sea, yo puedo
ofrecer dos millones de pesos y me dejan libre de inmediato? Roy Barreras, hablando sobre la reforma a la justicia, y
el marco legal para la paz, que beneficiaba a los terroristas
Juez: Cuidado. No he dicho que todos los policías sean corruptos. Pero la corrupción sí está generalizada en esa
entidad. Conozco muchos policías que capturan delincuentes comunes a los que luego fiscales y jueces dejan en
libertad en 24 ó 48 horas. Esos policías saben que allí hay dinero bajo la mesa, entonces se preguntan: ¿por qué yo
2. no puedo comer de esa torta? Y es ahí cuando se corrompen. En su próxima captura negocian con los delincuentes.
Hay casos en que los mismos delincuentes son socios de policías. La policía los deja “trabajar”, delinquir a cambio de
una cuota diaria o semanal.
RP: Bien, supongamos que no se pudo corromper al policía ni al fiscal. ¿Qué sigue ahí?
Juez: Está el Juez de garantías. Es él quien determina que no se le hayan violado los derechos al capturado. También
se puede negociar con el juez de garantías.
RP: ¿Cómo está usted seguro de eso?
Juez: Le voy a responder con otra pregunta: ¿Recuerda el caso Colmenares…? ¿Usted cree que en el caso
Colmenares, cuando le dieron la libertad al Sr. Cárdenas, no hubo dinero, sabiendo que Iguarán fue el Fiscal General,
y que su asistente fue de las funcionarias más corruptas en la fiscalía?
RP: ¿Quién es la asistente de Iguarán?
Juez: Marta Canabal, fiscal delegada de la Unidad de Justicia y Paz. Ella trabajó con Iguarán en su administración y
trabaja ahora con él. Fue de lo más corrupto que ha habido en la Fiscalía. Ambos eran corruptos y lo siguen siendo.
Usted lo sabe.
RP: Sé de Mario Iguarán. Pero de ella, es la primera vez que la oigo mencionar.
Juez: ¿Por qué cree que contratan a Iguarán? A él lo contratan solo para eso. El hace el trabajo criminal. Él fue jefe
de Martha Canabal toda esa rama de justicia. Él fue el Fiscal General de la Nación. Es un corrupto y un tramposo. Él
fue encargado para hacer esa vuelta. Quien le da la libertad al Sr. Cárdenas, de una manera absurda, es el juez de
garantías. Se lo digo: ahí hubo mucho dinero.
En Estados Unidos, proceso que se denuncia es proceso que se falla. Aquí no. Aquí entra la plata. Aquí se negocia.
Por ejemplo, desde el mismo Código Penal se dice que hay delitos que no ameritan prisión domiciliaria, pero algunos
jueces dan casa por cárcel. Sea el delincuente que sea, si se es madre cabeza de familia, o enfermo terminal, o
asesino en serie… lo que sea, le dan casa por cárcel. Sólo se necesita tener el dinero para pagar por eso.
La prisión domiciliaria es potestativa del juez de garantías. El código dice que el juez “podrá conceder prisión
domiciliaria” en ciertos casos. Pero ese “podrá conceder prisión domiciliaria” a alguien depende, se lo aseguro, de si
hay dinero de por medio. Acá en Colombia hay delitos muy graves, a los que el Código impide la prisión domiciliaria,
pero un juez de garantías lo hace sin ningún problema, porque es potestativo, y es de lo que se pegan ellos para
hacer lo que quieran a cambio de dinero.
Le aseguro que si no hay dinero, un juez rara vez usará esa potestad para beneficiar a con prisión domiciliaria quien
si lo necesite y amerite.
¿Por qué a algunos narcotraficantes les dan prisión domiciliara? Por eso, por dinero.
RP: ¿Por qué insiste en echarle la culpa al sistema y no a los individuos?
Juez: No he dicho que toda la culpa es del sistema. Los corruptibles son los individuos. Pero el nuevo sistema penal
acusatorio está tan mal montado que es posible la corrupción. Sólo se necesita el dinero, como le dije.
Le explico más. Un Juez de Circuito puede ser comprado, si se necesita un beneficio. Recuerde que los que dan casa
por cárcel son los jueces de ejecución de penas. Aunque también lo podría hacer uno de circuito. Toda conciencia de
funcionario público tiene su precio. Dependiendo del delito, se puede sobornar a un juez; si es por narcotráfico,
obviamente cuesta más que un proceso por hurto. Dependiendo del delito, así se cobra.
Se puede amarrar desde un juez de conocimiento hasta el de ejecución de penas. Se puede comprar certificados,
todo lo que quiera. El procurador come de ahí. A todos se pueden corromper.
RP: ¿Cómo se puede acceder a esos jueces y funcionarios corruptos?
Juez: Si necesita comprar su libertad, hay quienes le venden el paquete completo.
Usted puede comprar su libertad en 300 millones. Mire le cuento. En 1996, por ejemplo, un juez le dio un beneficio a
un conocido mío; lo amarró jurídicamente para que no se cayera ese beneficio.
RP: No entiendo ¿Qué es “amarrar jurídicamente”?
Juez: Cuando un juez es comprado, éste dicta su fallo u otorga su beneficio con argumentos jurídicos. Por eso es tan
difícil de desenmascararlos. Por más absurdo que parezca ese beneficio, el juez sabe cómo argumentarlo. Ahí le
menciono de nuevo el caso Colmenares. El beneficio es absurdo, pero está sustentado de tal manera que tiene una
apariencia de legalidad. Pero si se escarba, se encontraría fácilmente la corrupción. Pero como aquí nadie se mete
con esa mafia…
¿Recuerda el caso del juez borrachito? El habeas Corpus famoso con el que el Dr. Beltrán dejó en libertad alias el
Indio y a uno de sus hombres. Ahí hubo presión para que se investigara al juez. En ese caso tenían todo el eslabón
de corrupción.
RP: ¿Hay una cadena de corrupción?
Juez: ¡Claro! El primer eslabón es el reparto, de ahí el que reparte lo pasa al juez acordado, al que han “arreglado” y
3. está listo para recibir el proceso. Y es quien le da la libertad. En el caso del juez borracho, los delincuentes, por
medio de sus abogados, habían interpuesto varios Habeas Corpus, ¡y ninguno había prosperado! Hasta que
contactaron a la mafia judicial.
Sé que a este juez le dieron cuatro mil millones de pesos. ¿Un juez que gana cinco millones mensuales, será que no
va a aceptar cuatro mil millones y pagar 4 ó 5 años de cárcel para salir multimillonario? Eso es para pensar.
Claro que ese caso fue excepcional. Cuatro mil millones es mucho, muchísimo dinero, y un juez que meta la mano en
casos de narcotráfico, que reciba soborno, sabe que terminarán en la cárcel; aunque salga multimillonario arruina su
carrera.
Normalmente los costos no son tan exagerados. Por ejemplo, un magistrado vale 500 millones dependiendo del
delito. Y corte suprema, mil, millones.
Yesid Ramírez, ex presidente de la Corte Suprema de Justicia
RP: ¿Conoce casos de la Corte Suprema?
Juez: (Riendo) Sólo le digo que a la Corte Suprema de Justicia se le llama “El Palacio de la moneda” Si quiere ir a
pedir por allá, lleve dinero.
RP: Dicen que la Corte Suprema de Justicia de hoy en día ya no es la misma de hace años, cuando los magistrados
salían de paseo con mafiosos…
Juez: Cuando yo le hablo del sistema, es porque éste permite la corrupción. Si usted quiere ser nombrado
magistrado, que es nombrado por la Corte suprema… porque se nombran entre ellos, cada magistrado debe recibir
500 millones de pesos.
RP: Espere. De nuevo: ¿Me está diciendo que si alguien quiere ser magistrado de la Corte Suprema, necesariamente
debe pagar 500 millones de pesos a cada magistrado?
Juez: No sé si todos han pagado. Pero conozco muchos que sí. Esa es la cuota que se debe pagar, 500 millones por
cada magistrado. Tampoco podría asegurar que todos reciben, pero tampoco diré que no. Por eso es que cuando
llegan allá, tienen que recuperar esa plática que invirtieron. A como dé lugar.
RP: Eso es asqueroso.
Juez: Conozco jueces que se van a negociar casos a Paloquemao: Van y contactan a los sindicados antes de que sus
casos les lleguen a sus despachos, a esa instancia. Jueces penales de circuito.
RP: ¿No exagera un poco…?
Juez: Usted sabe que no exagero. El Consejo Superior de la Judicatura es otro nido de corrupción. El Consejo tiene
dos funciones, dos divisiones: La sala administrativa y la Sala disciplinarias. Eso no sirve para nada. Es inoperante. Si
un abogado es investigado, se puede torcer al magistrado que investiga, se le paga para que archive el proceso… Así
ha sucedido. Conozco abogados famosos que han sido denunciados, pero esas sanciones allá no les prosperan. ¿Por
qué? Porque tienen dinero. La justicia es para los pobres de ruana.
RP: ¿Qué hay si no conozco a nadie de esa mafia judicial? ¿Cómo puedo beneficiarme?
Juez: Supongamos que usted no conoce a nadie de la cadena de corrupción que maneja desde el reparto hacia
arriba. Si usted no pudo torcer ni a la policía judicial, ni al juez de control de garantías ni al juez de conocimiento,
usted puede hacer un preacuerdo. La norma lo permite.
Si acepta cargos, tiene 50% de rebaja de pena. Y puede seguir negociando. Puede buscar la detención domiciliaria o
la libertad condicional, pagando, como le dije.
Mire una cosa importante que le voy a decir. El juez de control de garantías y la fiscalía prácticamente se convierten
en abogados defensores de los criminales. Si tiene dinero, el de control de garantías puede rebajarle lo que sea, con
dinero. El fiscal le puede cambiar la imputación de homicidio agravado, que tiene una pena de 25 a 40 años, a
homicidio simple que es de 13 a 25 años. Luego puede ponerse a trabajar y estudiar en la cárcel. Así, una pena de
15 ó 20 años, usted termina pagando 3 ó 4 años. Los Nule, ellos van a salir impunes. Pagarán muy poco de cárcel y
salen multimillonarios. Pagarán menos de 7 años porque trabajan y estudian. Por cada dos años trabajados y
estudiados le rebajan uno de prisión. Le dan al juez un dinero, y éste acepta certificaciones de estudio, de trabajo…
de lo que sea. Un raponero pobre no tiene esa oportunidad. Por eso los delincuentes pobres pagan más que los
delincuentes ricos.
RP: ¿Qué otras modalidades usan estos del Cartel de la Toga?
Juez: Se puede robar un expediente. Todo se puede. Una secretaria de juzgado, o un dependiente cualquiera de un
juzgado, hasta el juez mismo, puede hacer perder un expediente. Dependiendo de la cifra del proceso se cobra el 10
ó el 15% de la cuantía, en caso de que sea civil y se conozca el monto. Si es una sucesión de 1.000 millones, la
pérdida del expediente puede costar 100 ó 200 millones. Eso depende la necesidad del funcionario, de la agalla del
mismo. Todo se puede negociar.
RP: ¿Cómo puede ser posible que se pierda un expediente?
4. Juez: Se pierden frecuentemente… Se lo aseguro. Es más en el caso que usted está investigando y por el cual me
contactó, puedo asegurarle que la pérdida del expediente costó un buen dinero. Y que todo fue arreglado con un
funcionario del juzgado, uno de medio pelo.
RP: Sí… ya me lo dijo…
Juez: Hay una mafia judicial. Tienen todo a su favor, conocen la norma; en todas las entidades del Estado hay mafia,
el grupo que hace el trabajo. Ellos se juntan y se conocen. Son grupos cerrados. Sé del Consejo de Estado, que han
desarticulado algunas de esas mafias, pero es muy difícil pillarlos. Allá no entra cualquiera. Cualquier fallo torcido lo
blindan jurídicamente para evitar ser judicializados ellos mismos. Esa gente es muy peligrosa. Hasta matones tienen.,
gente de la policía que les hace ciertas “vueltas”. Un funcionario de reparto gana difícilmente un millón de pesos, y
varios de esos funcionarios tienen autos costosísimos, apartamentos lujosos.
RP: ¿Y no hay quién les investigue sus patrimonios y el de sus familias?
Juez: No hay, porque son de la misma mafia. Recuerdo el caso que usted publicó sobre el magistrado de la Corte
Suprema que recibió cinco o seis millones de dólares de un narcotraficante, y que los recibos los firmó su hermana.
¿Por qué nadie investiga los patrimonios del magistrado y su familia? Porque todos son de la misma mafia. Entonces,
como le decía, cualquier funcionario de un juzgado puede desaparecer un proceso. Es algo sencillo. Tenemos una
justicia inoperante. Acá los crímenes prescriben con facilidad, hay más de 80% de impunidad, sin contar las
injusticias.
RP: ¿Qué solución hay?
Juez: Una gran purga. Investigaciones a todos, óigame bien, a todos los funcionarios judiciales. También se necesita
una reforma. Los jurados de conciencia son urgentes. Además, buenos salarios. Se puede. La solución es posible,
pero acá no se quiere porque la mafia de la justicia, lo que usted llama el Cartel de la Toga, es muy poderoso… Es
una cadena de corrupción que produce muchísimo dinero.
La Fiscalía necesita de una reforma urgente. Allá empieza la corrupción seria. Recuerde que quien determina el delito
es el Fiscal. Él es quien imputa. Y el sistema de corrupción permite que el fiscal sea comprado y le impute al
delincuente un delito menos grave. Así funcionan las cosas. El juez espera que el fiscal determine el tipo de delito. El
juez no puede dar lo que no se le pida. Es decir, el juez no puede imputar delitos, es el Fiscal quien lo hace. El juez
queda amarrado a lo que el fiscal solicite.
RP: Una pregunta grosera: ¿Usted se ha dejado comprar alguna vez?
Juez: Tiene razón, es una pregunta grosera