1. Benemérita Universidad Autónoma de
Puebla
Facultad de Derecho
Desarrollo de habilidades en el uso de la
tecnología, la información y la comunicación
Ensayo Final
Profesora: Claudia Cabrera Sánchez
Alumno: Mendez Justo Aldo Jafet
2. Primavera 2017
Mi postura respecto a la implementación del nuevo sistema judicial en México es
que atenta contra el principio de inocencia con el cual contaban las personas en el
sistema anterior, además debido a la inserción de un juicio abreviado en un país
con altos niveles de corrupción es una puerta al aumento de inocentes en las
cárceles. Mostraré cómo funciona el nuevo sistema de justicia además de resaltar
sus deficiencias
Introducción
Enseguida les presentaré un ensayo con el fin de enseñar cual es y cómo funciona
el nuevo sistema de justicia en México, voy a enfatizar cuáles son sus puntos
débiles en comparación con el anterior además de mantener la idea que por el
hecho de ser nuevo no necesariamente es mejor.
Explicaré cada fase de este proceso para ayudar a los estudiantes de Derecho
que empiezan a familiarizar con este proceso ya que vivimos en la transición del
proceso donde entró en vigor los juicios orales por lo cual es nuestro deber
conocerlo para poder cumplir con nuestro objetivo de ejercer con eficiencia y
eficacia.
De igual manera resaltaré las diferencias más notorias que existe entre el sistema
inquisitorio (sistema anterior) y el acusatorio-adversarial (sistema actual) para
poder entender si hay mejoras o deficiencias en la nueva forma de impartir justicia.
Con este ensayo no busco proponer otro sistema de justicia, si no hacer un
análisis y explicación del ya aprobado por el ejecutivo, sin embargo haré una
crítica al ya mencionado.
3. Nuevo sistema de justicia penal en México: ¿Un avance o retroceso?
¿Cómo funciona este nuevo sistema?
Todo empieza con la presentación de la denuncia o querella posteriormente con la
detención del imputado en flagrancia, es decir cuando se está cometiendo el
delito. El caso termina hasta la audiencia de explicación de sentencia, donde el
Juez determina si el imputado es inocente o responsable de haber cometido el
delito. Aquí es importante señalar que en la nueva justicia penal se le nombra
imputado a la persona que en un proceso penal es señalada de probablemente
haber cometido un delito.
Primera etapa: investigación: En la investigación, el Ministerio Público y la Policía
determinarán la probable existencia de un delito y buscarán a la persona que lo
cometió. Una vez que el Ministerio Público cuente con pruebas de que una
persona pudo haber cometido un delito o participado en él, debe acudir con el
Juez y acusarlo formalmente (formularle una imputación) en una audiencia
pública. Por eso a esa persona, a partir de ese momento, se le llama imputado.
4. En el Nuevo Sistema de Justicia Penal existen tres etapas y cada una es
supervisada por un Juez distinto. Cabe señalar que ésta es una de las primeras
deficiencias ya que debe existir un tribunal para impartir justicia pero esto fue
empleado incorrectamente al dividir a los jueces en diferentes etapas del proceso,
con esto solo lograron fragmentar las decisiones en lugar de establecer un debate
entre los jueces lo cual mejoraría la decisión final.
En la etapa de investigación existe el Juez de control, quien está encargado de
revisar que la investigación arroje los datos que indiquen la probable participación
de la persona imputada en el delito investigado. Si es así, autorizará al Ministerio
Público a llevar a esa persona a juicio, para acusarle formalmente. En tanto se
realice el juicio, el Juez de Control puede imponer medidas cautelares al imputado
para evitar que se fugue, obstaculice la investigación o dañe a la víctima. Dichas
medidas pueden ser: asignarle una fianza, prohibirle acercarse a la víctima o
testigos, o salir de la ciudad donde se llevará a cabo el juicio, entre otras.
Segunda etapa (intermedia): Si el Ministerio Público considera que tiene
suficientes pruebas como para suponer que el imputado es culpable, presentará
su acusación ante el Juez. En esa acusación debe agregar la lista de testigos y
peritos o expertos que desea que declaren en el juicio para comprobar la
culpabilidad del imputado. En la etapa intermedia se desarrolla un debate ante el
Juez de Control, en el que el imputado y la víctima, a través de sus abogados o
por ellos mismos, proponen las pruebas que presentarán en el juicio. En ese
momento, el Juez de Control debe decidir cuáles se admitirán.
Tercera etapa (juicio oral): El juicio oral es una audiencia pública en la que el
Ministerio Público (acusador) y la defensa (acusado) debaten sus posturas. El
debate es presidido por un Tribunal de Enjuiciamiento, integrado por uno o tres
jueces, según lo determine cada entidad federativa de nuestro país. El Juez de
5. juicio oral debe escuchar a las partes y valorar las pruebas que se desahogaron
en los interrogatorios. Después, dictará la sentencia que determine la culpabilidad
o inocencia del imputado, la cual tiene que ser leída y explicada de una manera
clara y precisa para el imputado y la víctima.
Salidas alternas de solución a un conflicto: Una aportación del Nuevo Sistema de
Justicia Penal Acusatorio a la ciudadanía es agilizar la solución de los conflictos, y
para ello, ofrece varias posibilidades para que los involucrados puedan llegar a
acuerdos antes de enfrentarse en el Juicio Oral. En la nueva justicia penal no todo
es cárcel. Existen una serie de delitos, que en lo común conocemos como no
graves, que pueden resolverse asegurando la reparación del daño y mediante otro
tipo de sanciones. En delitos como violación y homicidio no aplican las salidas
alternas a un conflicto. Si las siguientes medidas alternativas son administradas
correctamente son un buen aporte para poder realizar justica para el afectado y el
imputado.
Criterio de Oportunidad: si hay forma de garantizar que el acusado repare el daño
ocasionado a la víctima, o esta última manifieste su falta de interés en dicha
reparación, el Ministerio Público tiene la posibilidad de no acusar al imputado ante
la instancia judicial.
Justicia Alternativa: es el método para lograr un acuerdo entre las partes para
reparar el daño, auxiliados por un especialista en Mediación o bien en
Conciliación.
Suspensión Condicional del Proceso: la persona que por primera vez cometa un
delito no grave, podrá solicitar al Juez de Control suspenda el Juicio a cambio de
6. aceptar su culpa, comprometerse a indemnizar por el daño causado, y asumir las
condiciones que le imponga el Juez.
Proceso Abreviado: consiste en la oportunidad que se le otorga a un imputado de
aceptar su responsabilidad, evitándose realizar un juicio más largo que genere
desgaste emocional y económico a la víctima. En ese momento, el imputado inicia
el proceso de reinserción social al responsabilizarse de sus actos. Por esta razón
podrá recibir una pena menor a la que corresponda de acuerdo a la ley. La
diferencia con la Suspensión Condicional del Proceso es que ésta es anterior al
Juicio y no se llega a una pena de prisión, y el Proceso Abreviado se discute ya en
el Juicio y existe la disminución de la pena de prisión.
Para que el proceso abreviado pueda solicitarse, el inculpado debe:
- Admitir la responsabilidad en los hechos por los que se le acusa.
- Estar de acuerdo en ser juzgado conforme los datos recabados durante una
investigación y renuncie al Juicio Oral.
- Que no haya oposición razonable de la víctima y se garantice la reparación del
daño causado.
Recusación.
Cuando el juez no se deslinde del caso a pesar de caer en alguna causa de
impedimento se procederá a la recusación. La solicitud deberá presentarse ante el
7. mismo juez dentro de las 48 horas siguientes a que se haya tenido conocimiento
del impedimento, o se podrá hacer de manera oral dentro de audiencia.
Recibido el escrito de la parte que haya promovido la recusación por quien deba
conocer de ella, se pedirá informe al funcionario recusado, quien lo rendirá dentro
del plazo de veinticuatro horas y señalará día y hora para la audiencia dentro de
los tres días siguientes a que se recibió el informe. Se realizará una audiencia en
que el recusado y el recusador expondrán sus argumentos en debate sin derecho
a réplica a lo que el tribunal dará el fallo sobre si procede o no la recusación.
Solo en 3 casos no procederá la recusación; cuando se cumplan los exhortos, en
los incidentes de competencia y en la calificación de los impedimentos o
recusaciones.
Conclusión
Para finalizar este ensayo diré que por obvias razones son muy parecidos los
sistemas de justicia en México ya que no pueden hacer un cambio tan grande de
un día para otro, sin embargo, es impórtate conocer las pequeñas diferencias que
existen cada uno.
Después de esta pequeña explicación y aclaración será más fácil para la mayoría
entender el funcionamiento de la nueva forma de impartir justicia en nuestro país
8. ya que como futuros abogados es nuestro deber manejar de la mejor manera este
sistema.
Fuentes bibliográficas
1.- Binder, Alberto, Introducción al Derecho Procesal Penal, Instituto de Estudios
Superiores en Derecho Penal, México, 2012.
2.- Natarén, Carlos y José Antonio Caballero, Principios del proceso penal
acusatorio y oral, Serie Juicios Orales, Num. 11, México, IIJ UNAM, 2014.
3.- Suprema Corte de Justicia de la Nación, El sistema de justicia penal en México:
retos y perspectivas, México, SCJN, 2008.