Este documento describe la evolución histórica de la patria potestad desde el derecho romano hasta las leyes modernas. Originalmente, la patria potestad otorgaba al padre un poder casi absoluto sobre sus hijos y otros miembros de la familia. Con el tiempo, este poder se fue limitando y se reconocieron más derechos a los hijos, con enfoque en proteger sus intereses sobre la autoridad paterna. Actualmente, la patria potestad implica una responsabilidad social compleja de criar e integrar a los hijos a la sociedad como adultos respons
Este documento resume la patria potestad en tres oraciones. Define la patria potestad como el conjunto de derechos y deberes que corresponden a los padres sobre la persona y bienes de sus hijos menores para asegurar su cuidado, educación y manutención. Explica que la patria potestad tiene su origen en el derecho romano y ha evolucionado a través de los tiempos para enfocarse más en el interés superior del niño. Finalmente, destaca algunas características clave como su naturaleza de orden público, su carácter temporal
1. En el derecho romano, la patria potestad era un amplio poder que los padres ejercían sobre sus hijos, incluyendo el derecho a la vida o muerte de los hijos.
2. En la actualidad, la patria potestad se concibe como una obligación de los padres hacia los hijos para su educación y protección, en lugar de un poder sobre los hijos.
3. Las principales diferencias entre la patria potestad en el derecho romano y actual es que en roma era un poder del padre sobre los hijos, mientras que ahora es una
Este documento describe aspectos generales del derecho de familia romano. Explica que las personas podían ser alieni iuris (sujetas a la autoridad de otro) o sui iuris (no sujetas a autoridad). Las personas alieni iuris estaban sujetas a la autoridad paternal, marital o del mancipium. El documento también describe el parentesco natural (cognación) y el parentesco civil (agnación), y cómo el sistema romano era patriarcal reconociendo sólo la línea paterna. Finalmente, explica que el matrimonio creaba la relación de dependencia de los
Este documento habla sobre las instituciones familiares, en particular la Patria Potestad. Explica la evolución de la Patria Potestad desde Roma, donde era un poder absoluto del padre, hasta la actualidad donde es un derecho y deber compartido entre padres e hijos. También define la Patria Potestad, sus características y objetivos, que es proteger a los hijos menores. Finalmente, identifica a los sujetos de la Patria Potestad, que son los padres como titulares y los hijos como beneficiarios.
Este documento analiza la naturaleza jurídica de la adopción desde diferentes teorías y la perspectiva de los derechos del niño. Examina los antecedentes de la adopción en Roma y Francia, donde inicialmente respondía a necesidades político-sociales y no al interés superior del niño. Luego discute tres teorías: la contractual, que ve a la adopción como un contrato; la del acto condición, que la conceptualiza como un acto jurídico condicionado por la ley; y la institucional, que prima el interés
El documento describe la familia en la antigua Roma, incluyendo el papel del pater familias, las diferentes formas de parentesco (agnatio y cognatio), y la evolución de la adopción. También define el matrimonio y su importancia para establecer vínculos entre cónyuges y familias, y para legitimar la filiación de los hijos.
El documento describe los conceptos de agnación y cognación en la legislación romana sobre familia. La agnación se refiere al parentesco por línea masculina donde solo son parientes aquellos bajo la autoridad del mismo paterfamilias. La cognación reconoció eventualmente el parentesco tanto por línea paterna como materna. Inicialmente Roma adoptó un sistema patriarcal pero los emperadores reconocieron el parentesco por ambas líneas, conocido como cognación, lo que tuvo implicaciones en el derecho familiar como matrimonios y sucesiones.
El documento describe los conceptos de parentesco en la legislación romana. Existían dos tipos principales de parentesco: la agnación, que unía a parientes por la línea masculina bajo la autoridad de un paterfamilias, y la cognación, que reconocía el parentesco por ambas líneas materna y paterna debido a la concesión de derechos a las mujeres. Inicialmente predominó el sistema patriarcal de agnación, pero luego los emperadores promovieron el reconocimiento de la cognación, estableciendo el parentesco tanto por lí
Este documento resume la patria potestad en tres oraciones. Define la patria potestad como el conjunto de derechos y deberes que corresponden a los padres sobre la persona y bienes de sus hijos menores para asegurar su cuidado, educación y manutención. Explica que la patria potestad tiene su origen en el derecho romano y ha evolucionado a través de los tiempos para enfocarse más en el interés superior del niño. Finalmente, destaca algunas características clave como su naturaleza de orden público, su carácter temporal
1. En el derecho romano, la patria potestad era un amplio poder que los padres ejercían sobre sus hijos, incluyendo el derecho a la vida o muerte de los hijos.
2. En la actualidad, la patria potestad se concibe como una obligación de los padres hacia los hijos para su educación y protección, en lugar de un poder sobre los hijos.
3. Las principales diferencias entre la patria potestad en el derecho romano y actual es que en roma era un poder del padre sobre los hijos, mientras que ahora es una
Este documento describe aspectos generales del derecho de familia romano. Explica que las personas podían ser alieni iuris (sujetas a la autoridad de otro) o sui iuris (no sujetas a autoridad). Las personas alieni iuris estaban sujetas a la autoridad paternal, marital o del mancipium. El documento también describe el parentesco natural (cognación) y el parentesco civil (agnación), y cómo el sistema romano era patriarcal reconociendo sólo la línea paterna. Finalmente, explica que el matrimonio creaba la relación de dependencia de los
Este documento habla sobre las instituciones familiares, en particular la Patria Potestad. Explica la evolución de la Patria Potestad desde Roma, donde era un poder absoluto del padre, hasta la actualidad donde es un derecho y deber compartido entre padres e hijos. También define la Patria Potestad, sus características y objetivos, que es proteger a los hijos menores. Finalmente, identifica a los sujetos de la Patria Potestad, que son los padres como titulares y los hijos como beneficiarios.
Este documento analiza la naturaleza jurídica de la adopción desde diferentes teorías y la perspectiva de los derechos del niño. Examina los antecedentes de la adopción en Roma y Francia, donde inicialmente respondía a necesidades político-sociales y no al interés superior del niño. Luego discute tres teorías: la contractual, que ve a la adopción como un contrato; la del acto condición, que la conceptualiza como un acto jurídico condicionado por la ley; y la institucional, que prima el interés
El documento describe la familia en la antigua Roma, incluyendo el papel del pater familias, las diferentes formas de parentesco (agnatio y cognatio), y la evolución de la adopción. También define el matrimonio y su importancia para establecer vínculos entre cónyuges y familias, y para legitimar la filiación de los hijos.
El documento describe los conceptos de agnación y cognación en la legislación romana sobre familia. La agnación se refiere al parentesco por línea masculina donde solo son parientes aquellos bajo la autoridad del mismo paterfamilias. La cognación reconoció eventualmente el parentesco tanto por línea paterna como materna. Inicialmente Roma adoptó un sistema patriarcal pero los emperadores reconocieron el parentesco por ambas líneas, conocido como cognación, lo que tuvo implicaciones en el derecho familiar como matrimonios y sucesiones.
El documento describe los conceptos de parentesco en la legislación romana. Existían dos tipos principales de parentesco: la agnación, que unía a parientes por la línea masculina bajo la autoridad de un paterfamilias, y la cognación, que reconocía el parentesco por ambas líneas materna y paterna debido a la concesión de derechos a las mujeres. Inicialmente predominó el sistema patriarcal de agnación, pero luego los emperadores promovieron el reconocimiento de la cognación, estableciendo el parentesco tanto por lí
Este documento describe brevemente la evolución histórica del derecho peruano y romano. Explica que el derecho peruano actual se basa en el derecho romano y está codificado en el Código Civil Peruano de 1984. También clasifica el derecho según su naturaleza y materia, e identifica las primeras formas de organización jurídica como la familia patriarcal y la horda, seguida por el matriarcado y finalmente el patriarcado en Roma.
Este documento presenta una introducción al derecho de familia. Explica que la familia es un fenómeno social anterior al derecho y ha evolucionado históricamente de una familia extensa a una más nuclear. También analiza cómo el derecho chileno ha reconocido progresivamente más derechos para la mujer y los hijos, aunque todavía queda camino por recorrer para reconocer otros tipos de familias. Finalmente, resume que la Constitución chilena protege a la familia como núcleo fundamental de la sociedad.
La adopción en Roma antigua tenía dos finalidades: religiosa, para perpetuar el culto familiar, y política, para evitar la extinción de la familia romana. Había dos tipos de adopción: la adrogación, para personas independientes, y la adopción, para dependientes. Con el tiempo, los requisitos de la adopción se simplificaron, bastando la declaración conjunta de los padres y el adoptado ante un magistrado.
1) El documento describe la historia de las relaciones entre padres e hijos en Chile y los cambios en la legislación respecto a la responsabilidad penal de los menores. 2) Inicialmente, los padres tenían amplios poderes sobre sus hijos, incluido el poder de encarcelarlos, pero luego ese poder fue transferido a los tribunales de menores. 3) Actualmente, los menores de 14 años son considerados no imputables, entre 14-18 años son responsables penalmente por delitos graves, y existen procedimientos especiales para faltas cometidas por menores.
El documento presenta una introducción al derecho peruano desde sus orígenes hasta el presente. Explica que el derecho evolucionó de normas no escritas en sociedades antiguas, hasta el poder judicial moderno. Luego describe la etimología de la palabra "derecho" y diferentes definiciones del concepto. Finalmente, resume la evolución histórica del derecho desde las primeras sociedades basadas en la costumbre, hasta la formación del estado moderno y la separación del derecho de lo religioso.
Este documento trata sobre la filiación en la maternidad subrogada. En el Capítulo I, se define la maternidad y filiación en el derecho de familia, explicando que la maternidad ya no depende solo del azar sino también de los avances científicos. Se distinguen la maternidad genética de la maternidad gestacional. En el Capítulo II, se analizarán los conceptos de maternidad subrogada, sus causas y la filiación en este tipo de maternidad.
Este documento presenta información sobre tres temas de derecho romano: el matrimonio romano, la tutela y la curatela. Describe los requisitos, impedimentos y efectos del matrimonio romano, así como las diferentes formas de tutela para menores e incapaces en Roma. También explica la diferencia entre la tutela y la curatela y sus funciones respectivas para la protección legal.
1. El documento explica las características del derecho de familia y su diferencia con el derecho civil patrimonial. Define familia y describe los principios históricos del derecho de familia. 2. Explica conceptos como parentesco, línea, grado, matrimonio, esponsales y subrogación de bienes. 3. Resume los tipos de recompensas en el derecho de familia.
Este documento resume el tema de las sucesiones en 3 oraciones:
1. Explica que las sucesiones son la transmisión de los derechos y bienes de una persona fallecida a sus herederos, y que existen tres tipos principales: sucesión testamentaria, sucesión contractual e intestada.
2. Detalla que las sucesiones se originaron en la antigüedad cuando las culturas le daban importancia a la transmisión de los bienes de un difunto, y que en la antigua Roma se desarrollaron principios como excluir
El sujeto de derecho en derecho romano, esclavitud, causas freddyto10
1. En la antigua Roma, no cualquier ser humano era considerado un sujeto de derecho. Para serlo, se requería ser libre, ciudadano romano y sui iuris (no sometido a la autoridad de otro).
2. El documento explica la evolución histórica del concepto de persona y sujeto de derecho en Roma, desde requerir las tres condiciones mencionadas hasta reconocer capacidad jurídica a todo ser humano libre.
3. También analiza los requisitos para el nacimiento y la muerte de una persona f
Este documento presenta una lección sobre la regulación de la sociedad bajo el Derecho romano, enfocándose en el derecho de personas y el derecho de familia. La lección cubre temas como el estatus legal de las personas en Roma, incluyendo la ciudadanía y la esclavitud; la patria potestad del pater familias sobre sus hijos y descendientes; y el matrimonio romano, incluyendo los requisitos, tipos y disolución. El objetivo es que los estudiantes comprendan cómo se desarrollaron estas áreas clave
Este documento presenta una guía práctica para incorporar una perspectiva de género en la actuación letrada. Explica conceptos clave como el derecho a la igualdad, el derecho a la no discriminación y el derecho a la tutela judicial efectiva. Además, analiza cómo aplicar el enfoque de género en diferentes ámbitos del derecho como el derecho de familia, laboral, derechos sexuales y reproductivos y derecho penal. Finalmente, incluye un marco jurídico internacional y español y jurisprudencia relev
El documento describe las instituciones de la tutela y la curatela en el derecho romano antiguo. La tutela protegía a los menores de edad, mujeres, locos y pródigos al administrar sus bienes y representarlos legalmente. Había tutelas legítimas, testamentarias y dativas. La curatela se aplicaba a los locos y pródigos para administrar sus patrimonios. Con el tiempo, la tutela de las mujeres desapareció y la tutela y curatela se equipararon, estableciendo la capacidad plena a los 25 años.
El documento habla sobre los sujetos del derecho. Define a las personas como los destinatarios del derecho objetivo y titulares de derechos y obligaciones. Explica que las personas pueden ser naturales o jurídicas. Las personas naturales son individuos humanos mientras que las personas jurídicas son entidades creadas por el derecho como sociedades y organizaciones.
El documento define y explica diferentes tipos de parentesco como el parentesco de consanguinidad, el parentesco de afinidad y el parentesco civil. El parentesco de consanguinidad se refiere a la relación entre personas unidas por un vínculo de sangre, mientras que el parentesco de afinidad se establece entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro. El parentesco civil se crea a través de la adopción y genera un vínculo jurídico entre el adoptado y el adoptante.
Matrimonio romano pareja xiomara y reinaldoRaiza Abreu
Este documento describe el matrimonio romano. Resume que el matrimonio romano era una relación de hecho basada en la convivencia y la intención de permanecer unidos. Había dos tipos principales: el matrimonio "cum manu", en el que la esposa quedaba bajo la potestad del marido, y el matrimonio "sine manu", sin esta potestad. También describe los requisitos como la capacidad jurídica, la pubertad y el consentimiento necesario de los contrayentes y sus familias.
El documento describe las instituciones de amparo familiar en el derecho romano, enfocándose en la tutela. Explica que la tutela protege a menores e incapaces y puede ser testamentaria, legítima o dativa. También describe las formalidades para asumir la tutela como hacer un inventario de bienes del pupilo, así como las incapacidades y excusas para ejercerla.
1) El documento describe las diferentes clases sociales y roles dentro de la familia romana tradicional, con el pater familias como jefe de hogar y dueño legal de todos sus miembros, incluyendo esposa, hijos y esclavos.
2) También discute los conceptos de parentesco natural y por afinidad en derecho romano, distinguiendo entre línea directa, ascendente, descendente y colateral.
3) Explica que el parentesco válido legalmente era el parentesco civil (agnatio), no el físico (cognatio),
Este documento presenta una introducción al derecho sucesorio chileno. Explica que la sucesión puede ser derivativa u originaria, y que la sucesión derivativa implica que un nuevo sujeto asume la relación jurídica de un titular anterior. También define la sucesión por causa de muerte como la transmisión del patrimonio de una persona fallecida a sus herederos. Finalmente, resume brevemente las fuentes históricas del derecho sucesorio chileno, incluyendo las Partidas, el derecho romano y el francés.
Para los romanos, el patrimonio incluía todos los bienes, derechos y obligaciones que se heredaban de generación en generación. El patrimonio se componía de derechos reales sobre bienes materiales y derechos personales como créditos y deudas. Los romanos distinguían entre bienes que formaban parte del patrimonio y bienes públicos que no lo eran.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
Este documento describe brevemente la evolución histórica del derecho peruano y romano. Explica que el derecho peruano actual se basa en el derecho romano y está codificado en el Código Civil Peruano de 1984. También clasifica el derecho según su naturaleza y materia, e identifica las primeras formas de organización jurídica como la familia patriarcal y la horda, seguida por el matriarcado y finalmente el patriarcado en Roma.
Este documento presenta una introducción al derecho de familia. Explica que la familia es un fenómeno social anterior al derecho y ha evolucionado históricamente de una familia extensa a una más nuclear. También analiza cómo el derecho chileno ha reconocido progresivamente más derechos para la mujer y los hijos, aunque todavía queda camino por recorrer para reconocer otros tipos de familias. Finalmente, resume que la Constitución chilena protege a la familia como núcleo fundamental de la sociedad.
La adopción en Roma antigua tenía dos finalidades: religiosa, para perpetuar el culto familiar, y política, para evitar la extinción de la familia romana. Había dos tipos de adopción: la adrogación, para personas independientes, y la adopción, para dependientes. Con el tiempo, los requisitos de la adopción se simplificaron, bastando la declaración conjunta de los padres y el adoptado ante un magistrado.
1) El documento describe la historia de las relaciones entre padres e hijos en Chile y los cambios en la legislación respecto a la responsabilidad penal de los menores. 2) Inicialmente, los padres tenían amplios poderes sobre sus hijos, incluido el poder de encarcelarlos, pero luego ese poder fue transferido a los tribunales de menores. 3) Actualmente, los menores de 14 años son considerados no imputables, entre 14-18 años son responsables penalmente por delitos graves, y existen procedimientos especiales para faltas cometidas por menores.
El documento presenta una introducción al derecho peruano desde sus orígenes hasta el presente. Explica que el derecho evolucionó de normas no escritas en sociedades antiguas, hasta el poder judicial moderno. Luego describe la etimología de la palabra "derecho" y diferentes definiciones del concepto. Finalmente, resume la evolución histórica del derecho desde las primeras sociedades basadas en la costumbre, hasta la formación del estado moderno y la separación del derecho de lo religioso.
Este documento trata sobre la filiación en la maternidad subrogada. En el Capítulo I, se define la maternidad y filiación en el derecho de familia, explicando que la maternidad ya no depende solo del azar sino también de los avances científicos. Se distinguen la maternidad genética de la maternidad gestacional. En el Capítulo II, se analizarán los conceptos de maternidad subrogada, sus causas y la filiación en este tipo de maternidad.
Este documento presenta información sobre tres temas de derecho romano: el matrimonio romano, la tutela y la curatela. Describe los requisitos, impedimentos y efectos del matrimonio romano, así como las diferentes formas de tutela para menores e incapaces en Roma. También explica la diferencia entre la tutela y la curatela y sus funciones respectivas para la protección legal.
1. El documento explica las características del derecho de familia y su diferencia con el derecho civil patrimonial. Define familia y describe los principios históricos del derecho de familia. 2. Explica conceptos como parentesco, línea, grado, matrimonio, esponsales y subrogación de bienes. 3. Resume los tipos de recompensas en el derecho de familia.
Este documento resume el tema de las sucesiones en 3 oraciones:
1. Explica que las sucesiones son la transmisión de los derechos y bienes de una persona fallecida a sus herederos, y que existen tres tipos principales: sucesión testamentaria, sucesión contractual e intestada.
2. Detalla que las sucesiones se originaron en la antigüedad cuando las culturas le daban importancia a la transmisión de los bienes de un difunto, y que en la antigua Roma se desarrollaron principios como excluir
El sujeto de derecho en derecho romano, esclavitud, causas freddyto10
1. En la antigua Roma, no cualquier ser humano era considerado un sujeto de derecho. Para serlo, se requería ser libre, ciudadano romano y sui iuris (no sometido a la autoridad de otro).
2. El documento explica la evolución histórica del concepto de persona y sujeto de derecho en Roma, desde requerir las tres condiciones mencionadas hasta reconocer capacidad jurídica a todo ser humano libre.
3. También analiza los requisitos para el nacimiento y la muerte de una persona f
Este documento presenta una lección sobre la regulación de la sociedad bajo el Derecho romano, enfocándose en el derecho de personas y el derecho de familia. La lección cubre temas como el estatus legal de las personas en Roma, incluyendo la ciudadanía y la esclavitud; la patria potestad del pater familias sobre sus hijos y descendientes; y el matrimonio romano, incluyendo los requisitos, tipos y disolución. El objetivo es que los estudiantes comprendan cómo se desarrollaron estas áreas clave
Este documento presenta una guía práctica para incorporar una perspectiva de género en la actuación letrada. Explica conceptos clave como el derecho a la igualdad, el derecho a la no discriminación y el derecho a la tutela judicial efectiva. Además, analiza cómo aplicar el enfoque de género en diferentes ámbitos del derecho como el derecho de familia, laboral, derechos sexuales y reproductivos y derecho penal. Finalmente, incluye un marco jurídico internacional y español y jurisprudencia relev
El documento describe las instituciones de la tutela y la curatela en el derecho romano antiguo. La tutela protegía a los menores de edad, mujeres, locos y pródigos al administrar sus bienes y representarlos legalmente. Había tutelas legítimas, testamentarias y dativas. La curatela se aplicaba a los locos y pródigos para administrar sus patrimonios. Con el tiempo, la tutela de las mujeres desapareció y la tutela y curatela se equipararon, estableciendo la capacidad plena a los 25 años.
El documento habla sobre los sujetos del derecho. Define a las personas como los destinatarios del derecho objetivo y titulares de derechos y obligaciones. Explica que las personas pueden ser naturales o jurídicas. Las personas naturales son individuos humanos mientras que las personas jurídicas son entidades creadas por el derecho como sociedades y organizaciones.
El documento define y explica diferentes tipos de parentesco como el parentesco de consanguinidad, el parentesco de afinidad y el parentesco civil. El parentesco de consanguinidad se refiere a la relación entre personas unidas por un vínculo de sangre, mientras que el parentesco de afinidad se establece entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro. El parentesco civil se crea a través de la adopción y genera un vínculo jurídico entre el adoptado y el adoptante.
Matrimonio romano pareja xiomara y reinaldoRaiza Abreu
Este documento describe el matrimonio romano. Resume que el matrimonio romano era una relación de hecho basada en la convivencia y la intención de permanecer unidos. Había dos tipos principales: el matrimonio "cum manu", en el que la esposa quedaba bajo la potestad del marido, y el matrimonio "sine manu", sin esta potestad. También describe los requisitos como la capacidad jurídica, la pubertad y el consentimiento necesario de los contrayentes y sus familias.
El documento describe las instituciones de amparo familiar en el derecho romano, enfocándose en la tutela. Explica que la tutela protege a menores e incapaces y puede ser testamentaria, legítima o dativa. También describe las formalidades para asumir la tutela como hacer un inventario de bienes del pupilo, así como las incapacidades y excusas para ejercerla.
1) El documento describe las diferentes clases sociales y roles dentro de la familia romana tradicional, con el pater familias como jefe de hogar y dueño legal de todos sus miembros, incluyendo esposa, hijos y esclavos.
2) También discute los conceptos de parentesco natural y por afinidad en derecho romano, distinguiendo entre línea directa, ascendente, descendente y colateral.
3) Explica que el parentesco válido legalmente era el parentesco civil (agnatio), no el físico (cognatio),
Este documento presenta una introducción al derecho sucesorio chileno. Explica que la sucesión puede ser derivativa u originaria, y que la sucesión derivativa implica que un nuevo sujeto asume la relación jurídica de un titular anterior. También define la sucesión por causa de muerte como la transmisión del patrimonio de una persona fallecida a sus herederos. Finalmente, resume brevemente las fuentes históricas del derecho sucesorio chileno, incluyendo las Partidas, el derecho romano y el francés.
Para los romanos, el patrimonio incluía todos los bienes, derechos y obligaciones que se heredaban de generación en generación. El patrimonio se componía de derechos reales sobre bienes materiales y derechos personales como créditos y deudas. Los romanos distinguían entre bienes que formaban parte del patrimonio y bienes públicos que no lo eran.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
Carnavision: anticipa y aprovecha - hackathon Pasto2024 .pdf
LA PATRIA POTESTAD.docx
1.
2. 2
INDICE
INDICE ............................................................................................................................ 2
INTRODUCCION............................................................................................................. 3
LA PATRIA POTESTAD.................................................................................................. 4
Cambios de la patria potestad ..................................................................................... 6
Seguridad de la patria potestad ................................................................................... 7
FUENTES DE LA PATRIA POTESTAD .......................................................................... 9
Los hijos nacidos en justas nupcias............................................................................. 9
Los legitimados.......................................................................................................... 10
Los adoptados ........................................................................................................... 11
ELEMENTOS DE LA PATRIA POTESTAD................................................................... 11
La Patria Potestad dentro del Derecho Civil Guatemalteco ....................................... 12
La Patria Potestad y los conflictos que genera .......................................................... 13
Separación de la Patria Potestad............................................................................... 13
Suspensión de la Patria Potestad.............................................................................. 14
Pérdida de la Patria Potestad .................................................................................... 15
La Patria Potestad y los conflictos................................................................................. 16
El ejercicio de la patria potestad ................................................................................ 16
BIBLIOGRADIA ............................................................................................................. 19
4. 4
LA PATRIA POTESTAD
se ha caracterizado universalmente a la patria potestad como el conjunto de deberes y
derecho adjudicados a los padres respecto de la persona y los bienes de sus hijos
menores de edad no emancipados. Esta noción que proviene del derecho romano, ha
subsistido hasta nuestros días sin demasiadas modificaciones, y así ha debido
consagración legislativa.
Esto quiere decir que la patria potestad pertenece al jefe de familia, quien la ejerce sobre
sus descendientes, que forma la familia civil o agentica. En consecuencia, esta patria
potestad es ejercida por el ascendente varón de mayor de edad. Además, es creada para
proteger los intereses familiares en todos los sentidos y a través de un jefe con plenos
poderes para salvaguardar los intereses del grupo es únicamente una institución que va
a proteger antes que nada los intereses de quien la ejerce. Todos los derechos estaban
de su lado y todas las obligaciones del lado de las personas sometidas a él, y este
sometimiento no cambiaba por razón de la edad ni por la circunstancia de contraer
matrimonio. Es un principio, la autoridad paternal fue semejante a la autoridad del amo
sobre el esclavo: se ejercía de forma total tanto sobre la persona como sobre los bienes.
Sin embargo, poco a poco esta enérgica autoridad fue desapareciendo, hasta que se
convierte a una relación no solo de mayor igualdad, sino con derechos y deberes
recíprocos”.
5. 5
Sin embargo, sus notas definitorias no perfilan estrictamente el polimorfismo de la tarea
paterna, y si bien ese conjunto caracteriza a la institución misma no agota el cúmulo de
funciones que, actualmente, la madre y el padre deben satisfacer. Esta responsabilidad
ha perdido sus notas tradicionales para evolucionar hacia un concepto más complejo, en
el cual la misión de los padres va adquiriendo progresivamente una dimensión social,
alejándose en consecuencia del modelo histórico que situaba a la patria potestad dentro
de la esfera íntima de la familia. La familia está más observada. Puede afirmarse,
entonces, que los padres tienen ante sí, ante los hijos, y ante la sociedad, una tarea de
profunda gestión consistente en la crianza y desarrollo integrales de los hijos, con miras
a desempeñarse en el medio social como adultos responsables.
Esta característica se advierte en varias legislaciones modernas, en particular en los
Códigos de familia latinoamericanos, pues aun conservando la tradicional denominación,
el contenido y objetivos de la patria potestad han sido enriquecidos en función de las
necesidades y desafíos sociales impuestos por el fenómeno global que se ha dado en
llamar la postmodernidad. La circunstancia de haber alcanzado un contenido de netos
perfiles sociales, constituye el punto más alto en la evolución de este instituto.
En efecto, en sus orígenes el derecho romano consideraba a la autoridad paterna como
una verdadera “potestas”, poder del pater familiae que no solo alcanzaba a los hijos, sino
que se extendía “a todas las personas libres que formaban el núcleo familiar, sin distinción
de edad ni de que hubiese o no contraído matrimonio; comprendía a todos los
descendientes, a las mujeres entradas a la familia mediante el matrimonio cum manu y a
los adoptados y arrogados “Belluscio”.
6. 6
Cambios de la patria potestad
Allí la institución de la patria potestad ha sufrido una verdadera evolución. En el derecho
romano primitivo se caracterizaba por ser un poder ejercido sobre todas las personas que
constituían el núcleo familiar. El pater, respecto a los miembros de su familia, tenía el
poder sobre la vida y la muerte podía enajenarlos, juzgarlos, castigarlos e, inclusive,
aplicarles la pena de muerte.
En la época de la república esos poderes se limitaron en virtud de la intervención de los
magistrados públicos, se prohibieron los castigos extremos como la muerte y,
comenzaron a juzgarse en forma pública los delitos.
En materia patrimonial el pater era el titular del patrimonio de todos los integrantes del
núcleo familiar, pero luego fueron apareciendo instituciones a través de las cuales se
entregaban remuneraciones a los hijos para su uso, goce y administración; como así
también en carácter de retribución por funciones que desarrollaban dentro de la sociedad.
Ejemplo: los peculios, el prefecticio y los castrences.
El cristianismo tiene una incidencia remarcada en esta institución, ya que tiende a
proteger más que la autoridad paterna, el interés de los hijos.
7. 7
Seguridad de la patria potestad
Dicho poder extraño estaba protegido, al igual que la propiedad por acciones e interdictos.
La acción, se repite, en la facultada acordad a las personas para reclamar de los
tribunales de justicia la protección de un derecho. Se sostiene, incluso, que la acción es
el mismo derecho ejercido en juicio. La acción que en concreto poseía el paterfamilias
para defensa de sus intereses en relación con los sometidos a su potestad, se
denominaba vindicatoria; y, para el correcto entendimiento de la misma fuerza tener
presente que los hijos, dentro de la organización plebeya de la familia, prácticamente se
asimilaban a las cosas que hacia parte del patrimonio familiar en cabeza del pater; pero
si bien la acción que amparaba el derecho de propiedad sobre las cosas era la
reivindicatoria o rei y vindex; rei: cossa; vindex: venganza, la llamada a amparar la patria
potestad tenía por nombre acción vindicatoria, con apoyo en la cual el pater acudía ante
el magistrado para que, con la intervención de este, se hiciera posible la devolución de
un hijo que otra persona mantenía en su poder derecho alguno.
“Este poder se extendía aún más allá de la mayoría de edad de los sometidos, y
terminaba solamente, por el fallecimiento del jefe, por haber perdido este o el hijo la
libertad o la ciudadanía, por la emancipación del hijo o por haberlo dado en adopción. La
pérdida de la libertad o la ciudadanía del padre o del hijo implicaban también la pérdida
de la patria potestad, puesto que esta solo se le reconocía a los ciudadanos romanos y
podía recaer solo sobre individuos de la misma condición. Esta organización de la patria
potestad fue sufriendo modificaciones a través del tiempo. Desde el derecho de vida y
8. 8
muerte que el paterfamilias tenía sobre sus hijos se fue pasando a un régimen muy
distinto. Este derecho absoluto se fue debilitando. Constantino llegó a castigar con la
pena establecida para el parricida, al paterfamilias que diera muerte a un hijo sin la
autorización del magistrado. Lo mismo sucedió con respecto a la venta de los hijos.
En la ley de las XII tablas se estableció que tres ventas consecutivas traían por
consecuencia libertar al hijo del poder del padre. Más tarde la jurisprudencia llegó a más:
llegó a establecer que la primera venta producía la libertad del hijo. Llegamos así a la
época de Justiniano, en la que el derecho del paterfamilias se ve tan modificado, que
queda reducido a la corrección moderada y bajo la vigilancia de la autoridad. Se pudo
llegar en esa forma a establecer una perfecta distinción entre los derechos del padre
pobre sus hijos, y el poder sobre los esclavos y las cosas. Durante esta evolución
comienza a introducirse el reconocimiento de los peculios. Primeramente, el profecticio.
Se trata de una simple concesión paterna. Se entregaba al hijo una cantidad determinada
de bienes para que los administrara, aunque seguían siendo propiedad del padre. Es
recién, la creación del peculio castrense lo que traerá un reconocimiento de la
personalidad jurídica del alieni-juris o sometido. Se reconoció a los alieni-juris el derecho
de disponer por testamento de los bienes adquiridos en servicios militares. Este es el
origen del peculio castrense, conjunto de bienes que pertenecían al hijo. Luego surgió el
peculio adventicio, sobre el que el padre tenía el usufructo”.
Procedimiento Civil para la designación del curador ad litem. En las acciones civiles
contra el hijo de familia deberá el actor dirigirse a cualquiera de sus padres, para que lo
represente en la litis. Si ninguno pudiere representarlo, se aplicarán las normas del
9. 9
Código de procedimiento Civil para la designación de curador ad litem.
FUENTES DE LA PATRIA POTESTAD
Entendemos por fuentes aquellos modos naturales, o creados por la ley, que la legislación
romana reconoció como susceptibles de crear este vínculo, por lo que diremos que
doctrinariamente tenemos las siguientes:
Los hijos nacidos en justas nupcias
Están sometidos a este poder los hijos legítimos, o sea los nacidos de justas nupcias, y
también el resto de los descendientes nacidos de sus hijos varones. Para determinar si
un hijo ha sido concebido dentro de las justas nupcias, establecieron una presunción sin
admitir prueba en contrario (iuris et de iure) que determinó que el plazo mínimo de un
embarazo era de 180 días y el máximo de trescientos. Según los romanos, la maternidad
era indiscutible, pero el padre era simplemente el que estaba casado con la madre. Por
lo tanto, el matrimonio debería haberse configurado en los períodos en cuestión, para
que el hijo pueda adjudicárselo al padre, de lo contrario, éste podría impugnar su
paternidad. Otro supuesto sería probar no haber tenido relaciones sexuales con su
esposa en esos períodos (por ejemplo, en casos de ausencia o enfermedad).
Como se necesitaba la condición de ciudadano para ejercer la patria potestad la
legislación romana, para favorecer esta institución, la concedió en ciertos casos
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particulares. Cuando un liberto no cumplía los requisitos impuestos por la ley Aelia Sentia,
siendo manumitido antes de los treinta años, no adquiría la condición de ciudadano
romano. Si este liberto se casaba con una ciudadana romana, no era considerada esa
unión como justas nupcias, y por lo tanto los hijos concebidos no estaban bajo su patria
potestad. En tales condiciones, se permitió al padre obtener la ciudadanía romana, y por
consiguiente la potestad sobre sus hijos, si se presentaba al cabo del año de nacido el
hijo, ante el magistrado, probando la existencia del vínculo matrimonial y del hijo nacido
de dicha unión. Si un ciudadano romano contrajera matrimonio con una no ciudadana,
ignorando esa situación, probado el error, se les permitió que la esposa adquiriera la
ciudadanía romana y el hijo concebido de dicha pareja, estuviera bajo la potestad paterna.
También si la situación era inversa, o sea, la mujer, ciudadana y el hombre no,
desconociendo tal circunstancia, se tomó la misma solución que en el caso anterior.
Los legitimados
La legitimación fue otra forma de adquirir la patria potestad, en este caso, sobre los hijos
nacidos de concubinato. Quedaban fuera de la posibilidad de legitimación los hijos
adulterinos e incestuosos.
Para que se produjera la legitimación que equiparaba a estos hijos naturales a los
legítimos, se requería el consentimiento del legitimado, que, en caso de no poder hacerlo
por su corta edad, debía ratificarla posteriormente. Los medios otorgados
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por la ley para que sea válida la legitimación, fueron: el matrimonio subsiguiente de los
padres, la oblación a la curia o el rescripto del emperador. El primer caso exigía que no
existieran impedimentos matrimoniales al momento de la concepción del hijo. Si en este
caso los padres contraían matrimonio, el hijo quedaba equiparado totalmente al hijo
legítimo.
Los adoptados
Esta institución del Derecho Civil, significaba, introducir al adoptado a la familia y crear
un vínculo de patria potestad sin la existencia de un vínculo de sangre. Dentro de la
adopción cabía distinguir la adopción de un alieni iuris, o sea de una persona que ya
estaba bajo el poder de un pater y pasaba a depender de otro y la adrogación, por el cual
una persona sui iuris, o sea no sujeta a patria potestad, pasaba a depender de otra en
calidad de filius. Para ser adoptante, se requería ser capaz, debiendo para ello ser un
hombre sui iuris y ciudadano romano. No podían adoptar los tutores y curadores a sus
pupilos mientras estos fueran menores de 25 años. Las mujeres no podían adoptar, pero
sí ser adoptadas. Tampoco podían hacerlo los menores de 18 años, ni los castrados.
ELEMENTOS DE LA PATRIA POTESTAD
Los hijos e hijas no emancipadas, y los progenitores a quienes les corresponde su
ejercicio.
• Padres
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• Hijos
La Patria Potestad dentro del Derecho Civil Guatemalteco
La Constitución Política de la República establece lo referente a la protección a la familia,
así como de la protección de los menores de edad, y aunque tiene un apartado específico
referente a esto, no desarrolla completamente el tema, sino que únicamente sienta las
bases y define las garantías básicas de la familia en nuestro país. Como nuestro estudio
no está encaminado a la familia, sino a la institución específica de la patria potestad,
nuestro campo de estudio se encuentra contenido en lo que es el Código Civil.
El capítulo VII, del título II, dentro del Libro Primero, Decreto Ley 106, Código Civil, el cual
tiene su base, como la gran parte del derecho guatemalteco, en el derecho romano,
reconoce a la Institución de la patria potestad en una forma parecida a como la veían los
romanos, pero con algunas variaciones nacidas de los cambios que obviamente han
existido desde la época del derecho romano hasta la fecha. Como primer punto, en el
Código se establece como que la patria potestad se ejerce por ambos padres de familia
cuando estos se encuentren casados o bien hayan declarado su unión de hecho, por lo
que sin necesidad de declaración ante juez, se entiende que la obligación de cuidar,
proteger y administrar tanto a la persona como a los bienes de los hijos menores o
interdictos recae sobre ambos padres, quienes deberán hacer prevalecer los derechos
del menor por encima de los propios, así como son éstos quienes tienen la representación
legal del menor, en virtud de lo cual son los padres los responsables por los actos y
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conducta de los menores que se encuentren bajo su representación. Cuando sea el caso
de una madre soltera o madre separada, el hijo quedará en poder de esta y por tanto
será ella quien ejerza en primera instancia la patria potestad. Si los padres entraran en
conflicto con respecto a quien debe ejercer la patria potestad, será un juez quien
determinará este extremo. La patria potestad del hijo adoptivo recaerá exclusivamente
sobre la persona que lo haya adoptado.
La Patria Potestad y los conflictos que genera
El Código Civil, además de establecer los derechos y obligaciones derivadas de la Patria
Potestad, también establece las causas por los que puede ser afectada o incluso
extinguirse la misma, por lo que el presente capítulo está dedicado a conocer cuáles son
estas causas, así como explicarlas en forma amplia para entonces poder analizar casos
concretos y estadísticas completas más adelante desarrolladas.
Separación de la Patria Potestad
Para poder comprender que es la separación, primero debemos conocer su origen
etimológico. Esta palabra proviene del latín Separatĭo, que significa acción y efecto de
separar o separarse. Debemos entender entonces, que la separación de la Patria
Potestad, es el alejamiento de esta a la persona que la tiene, y en este caso el Decreto
Ley 106, Código Civil, establece: “Artículo 269. Separación de la patria potestad. Si el
que ejerce la patria potestad disipa los bienes de los hijos, o por su mala administración,
se disminuyen o deprecian, será separado de ella, a solicitud de los ascendientes del
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menor, sus parientes colaterales, dentro del cuarto grado de consanguinidad, o del
Ministerio Público”.
Basándonos en el artículo citado anteriormente, podemos establecer que cuando nos
referimos a la separación de la Patria Potestad, nos referimos exclusivamente a la
separación de la administración de los bienes, no así al cuidado del hijo menor, por parte
del padre o de la madre a solicitud de los ascendientes del menor, siendo estos:
a) el padre o la madre, cuando la patria potestad recaiga en uno solo de ellos;
b) los abuelos, maternos o paternos del menor. También dice que puede ser solicitado
por los parientes colaterales dentro del cuarto grado de consanguinidad, según lo marca
el mismo código. Esta solicitud se puede hacer por las causas que pongan en riesgo el
patrimonio del menor, como por ejemplo puede ser el mal uso que puede dar el padre a
los bienes, utilizándolos para fines ilícitos, o para enriquecimiento personal, o mala
administración, que no es lo mismo, ya que cuando hablamos de mal uso existe dolo,
mientras que en la mala administración se refiere más a una situación de no poder
administrar los bienes a su cargo.
Suspensión de la Patria Potestad
La palabra separación proviene del latín Suspensĭo y significa acción y efecto de
suspender. Al hablar de suspender nos referimos a la pérdida, pero de forma temporal,
es decir, no definitiva de la patria potestad, por lo que nos referimos a causas que pueden
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ser reparadas o subsanadas por parte del progenitor que cometa el error, por lo que es
una sanción intermedia, por llamarlo de alguna forma. Para definir esto, el Decreto Ley
106, Código Civil, nos dice en su artículo 273 cuales son las causas específicas por las
que se puede suspender la patria potestad, las cuales explicamos a continuación:
Pérdida de la Patria Potestad
Del latín tardío perdĭta, significa pérdida o Carencia, y lo podemos entender como la
privación de lo que se poseía. En lo que respecta a la pérdida de la patria potestad,
debemos entenderla como definitiva, en comparación a la suspensión, y, por lo
consiguiente, las causas que la provocan son de mayor magnitud que las anteriores. En
relación a esto, debemos decir que aunque la pérdida debería ser definitiva, el código
establece como puede ser restituida, tema que trataremos en el capítulo respectivo.
Las causas que pueden conllevar a una pérdida de la patria potestad, se encuentran
contenidas en el artículo 274 del Código Civil, siendo las siguientes:
“Por las costumbres depravadas o escandalosas de los padres, dureza excesiva en el
trato de los hijos o abandono de sus deberes familiares”. Bajo esta condición podemos
establecer que por costumbres depravadas o escandalosas entendemos aquellas
acciones que los padres realicen habitualmente frente a sus hijos, como puede ser de
carácter sexual, o bien cualquier actitud que tengan frente a los hijos y que les pueda dar
un ejemplo moralmente incorrecto, de manera que pueda afectar la educación del menor;
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con dureza excesiva nos referimos a la violencia intrafamiliar, castigar al niño con golpes
o con castigos que puedan atentar contra la salud tanto física como sicológica del menor,
y los cuales originarán problemas en éste; y por abandono de sus deberes familiares se
trata de la falta de atención hacia el desarrollo, la educación, la salud tanto física como
mental del niño, o bien la falta de alimento de éste, por descuido de los padres.
La Patria Potestad y los conflictos
Dentro del estudio que se ha realizado con respecto a la Patria Potestad, es conveniente
establecer cómo se regula en los distintos países de Latinoamérica, por ser el ámbito
territorial más cercano tanto geográficamente como en formas de pensamiento, por lo
que el presente capítulo está destinado a conocer la legislación de Argentina, Brasil,
Bolivia, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Honduras, México, Panamá, Perú y
Venezuela; doce países latinoamericanos en los cuales el nivel cultural, social y
económico tiene variaciones, por lo que nos ayudará a darnos cuenta si el desarrollo en
materia económica y social también conlleva a un cambio de mentalidad con respecto a
una de las instituciones más arraigadas y antiguas del Derecho Civil latino. Para poder
determinar los extremos antes mencionados, hemos dividido este estudio en varias
áreas, las cuales nosotros consideramos son las más importantes para poder estudiar el
fenómeno social y cultural que se da alrededor de la Institución de la Patria Potestad.
El ejercicio de la patria potestad
La evolución histórica de Guatemala nos ha llevado desde un Estado avanzado como el
de los mayas, pasando por un territorio en donde tribus como la Cakchiquel o la tribu
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Quiché se enfrentaban entre sí por el dominio de estas tierras; teniendo luego una
invasión española que nos llevó a tener una época colonial, en la que se tuvo esclavitud,
quizá no con ese nombre, pero sí con esas características que llevaron al más bajo nivel
al guatemalteco frente a los colonizadores españoles y que no cambió mucho con la
Independencia. Ya en la época reciente, hemos visto como un sueño democrático como
fue la revolución de 1944 se vio truncado diez años después y luego gobiernos militares
acompañados de una guerra interna que duró 36 años hasta la actual incipiente
democracia que recién inició en 1985 ha llevado al guatemalteco por un proceso de
carácter ideológico que han marcado la forma de pensar y la forma de educar a sus hijos,
que a su vez está siendo influenciado por la globalización que nos lleva a conocer como
en países desarrollados de Europa la educación de los niños va de la mano con los
avances tecnológicos y como el cuidado de éstos ha cambiado conforme al nivel de
educación que sus habitantes poseen, un nivel en el que el respeto a los derechos
humanos y a una libre formación de los niños que se interesan en nuevos estudios
avanzados; como el nivel universitario es el nivel mínimo de educación en países
cercanos como Cuba o como en países como los del medio oriente las mujeres no tienen
prácticamente ningún derecho.
Todo esto ha creado en Guatemala una diversidad de mentalidades y “tradiciones”, que
varían dependiendo de la situación social de cada familia. De esta manera encontramos
como en la ciudad de Guatemala el padre y la madre trabajan para poder mantener el
hogar, por lo que el niño crece quizá en muchos casos sin la supervisión de los padres y
entonces el niño se educa conforme va conociendo la vida: si es un niño de familia
acomodada, pues tiene posibilidades de salir adelante, pero si por el contrario es de
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familia de escasos recursos, que vive en un barrio pobre o en un asentamiento de
invasores que al no tener la posibilidad de adquirir tierras, deciden apropiarse de
propiedades ajenas para poder ahí establecerse y poder, o por lo menos intentar tener
una vida decente. En ambos casos el niño se educa solo y es el caso del niño de escasos
recursos, algún compañero de escuela y amigo de colonia lo invita a ser parte del grupo,
que posteriormente se vuelve parte de una pandilla juvenil y vemos como entonces se
crea un círculo de delincuencia.
Es cierto, en el caso anterior hemos ido a los extremos, pero lo que quiero mostrar con
esto es que la falta de control de parte de los padres puede provocar que los hijos tomen
caminos equivocados. Pero eso es en la capital, ¿y qué pasa con los departamentos?,
tenemos regiones en oriente en donde el machismo predominante hace que los padres
le enseñen a los varones que ellos son los que mandan y crean personas violentas, y a
las mujeres les enseñan que su función es atender al marido y nada más que eso. En
occidente, todavía tenemos casos en donde la niña es vendida a los doce años de edad
para casarse con el hombre que mejor dote ofrece al padre, con lo cual la patria potestad
solo le sirve al padre para “cerrar un buen negocio”.