Este documento presenta el proyecto de Carta Orgánica del Municipio de Nuestra Señora de La Paz. En menos de 3 oraciones:
El documento establece los valores, principios y definiciones fundamentales de la Carta Orgánica, así como las disposiciones generales sobre la denominación, identidad, marco constitucional y ámbito de aplicación del Municipio de Nuestra Señora de La Paz. Además, presenta los símbolos e idiomas oficiales del municipio y su ubicación geográfica.
La lengua es un sistema de signos que los hablantes aprenden y retienen en su memoria como un código que les permite comunicarse. El habla se refiere al acto individual de comunicación de una persona al utilizar la lengua de forma creativa para expresar un mensaje en un contexto específico. Mientras la lengua es el producto social aprendido de manera pasiva, el habla implica un acto voluntario del individuo al poner en práctica de manera dinámica la lengua en cada interacción.
El documento describe las características del lenguaje oral y escrito, destacando que el oral se basa en sonidos articulados mientras que el escrito usa signos gráficos. Luego compara ambos lenguajes, señalando que el oral es espontáneo e informal mientras que el escrito requiere planeación y es más formal. Finalmente, habla sobre la importancia de enseñar correctamente el uso del lenguaje a las nuevas generaciones.
Este documento presenta una guía para apoyar el trabajo legislativo de los concejales y funcionarios municipales bolivianos. La guía explica el proceso legislativo municipal, el cual incluye tres fases: la fase preparatoria de identificar y analizar el problema; la fase de formulación y fundamentación del proyecto de ley; y la fase de discusión y aprobación. La guía también provee recomendaciones sobre técnicas legislativas como identificar causas y efectos del problema, y analizar alternativas de solución. El objetivo es contrib
Este documento presenta una ley municipal autónoma que crea tres impuestos municipales para el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. La ley establece impuestos a la propiedad de bienes inmuebles, vehículos automotores y transferencias de propiedad dentro de la jurisdicción municipal. La ley se basa en la Constitución Política del Estado y otras leyes que otorgan a los gobiernos municipales la autoridad para crear e implementar impuestos municipales.
Este documento es una ley municipal autónoma del Gobierno Municipal de La Paz que establece principios y políticas para contribuir a la protección del medio ambiente del municipio. La ley prohíbe encender fogatas, vender leña u otros materiales combustibles, y usar juegos pirotécnicos durante la festividad de San Juan, estableciendo sanciones. También promueve la educación ambiental y la participación ciudadana en la protección del medio ambiente.
Este documento presenta una guía para apoyar el trabajo legislativo de los concejales municipales bolivianos. La guía explica el proceso legislativo municipal en tres fases: la fase preparatoria, que incluye la identificación y análisis del problema a resolver y posibles soluciones; la fase de formulación y fundamentación, que cubre la redacción y estructura de proyectos de ley; y la fase de discusión y aprobación en el órgano deliberante municipal. El objetivo es desarrollar las capacidades de concejales
Este documento presenta el informe de actividades de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional de la Asamblea Nacional de Venezuela para el año 2009. Detalla la composición de la comisión, sus subcomisiones y el personal asignado. Además, resume las siete leyes aprobadas por la comisión en 2009 relacionadas con la participación ciudadana, el poder local y los consejos comunales. Finalmente, describe brevemente el proceso de elaboración de dos de estas leyes.
La lengua es un sistema de signos que los hablantes aprenden y retienen en su memoria como un código que les permite comunicarse. El habla se refiere al acto individual de comunicación de una persona al utilizar la lengua de forma creativa para expresar un mensaje en un contexto específico. Mientras la lengua es el producto social aprendido de manera pasiva, el habla implica un acto voluntario del individuo al poner en práctica de manera dinámica la lengua en cada interacción.
El documento describe las características del lenguaje oral y escrito, destacando que el oral se basa en sonidos articulados mientras que el escrito usa signos gráficos. Luego compara ambos lenguajes, señalando que el oral es espontáneo e informal mientras que el escrito requiere planeación y es más formal. Finalmente, habla sobre la importancia de enseñar correctamente el uso del lenguaje a las nuevas generaciones.
Este documento presenta una guía para apoyar el trabajo legislativo de los concejales y funcionarios municipales bolivianos. La guía explica el proceso legislativo municipal, el cual incluye tres fases: la fase preparatoria de identificar y analizar el problema; la fase de formulación y fundamentación del proyecto de ley; y la fase de discusión y aprobación. La guía también provee recomendaciones sobre técnicas legislativas como identificar causas y efectos del problema, y analizar alternativas de solución. El objetivo es contrib
Este documento presenta una ley municipal autónoma que crea tres impuestos municipales para el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. La ley establece impuestos a la propiedad de bienes inmuebles, vehículos automotores y transferencias de propiedad dentro de la jurisdicción municipal. La ley se basa en la Constitución Política del Estado y otras leyes que otorgan a los gobiernos municipales la autoridad para crear e implementar impuestos municipales.
Este documento es una ley municipal autónoma del Gobierno Municipal de La Paz que establece principios y políticas para contribuir a la protección del medio ambiente del municipio. La ley prohíbe encender fogatas, vender leña u otros materiales combustibles, y usar juegos pirotécnicos durante la festividad de San Juan, estableciendo sanciones. También promueve la educación ambiental y la participación ciudadana en la protección del medio ambiente.
Este documento presenta una guía para apoyar el trabajo legislativo de los concejales municipales bolivianos. La guía explica el proceso legislativo municipal en tres fases: la fase preparatoria, que incluye la identificación y análisis del problema a resolver y posibles soluciones; la fase de formulación y fundamentación, que cubre la redacción y estructura de proyectos de ley; y la fase de discusión y aprobación en el órgano deliberante municipal. El objetivo es desarrollar las capacidades de concejales
Este documento presenta el informe de actividades de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional de la Asamblea Nacional de Venezuela para el año 2009. Detalla la composición de la comisión, sus subcomisiones y el personal asignado. Además, resume las siete leyes aprobadas por la comisión en 2009 relacionadas con la participación ciudadana, el poder local y los consejos comunales. Finalmente, describe brevemente el proceso de elaboración de dos de estas leyes.
Este documento presenta el informe de actividades de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional de la Asamblea Nacional de Venezuela para el año 2009. Detalla la composición de la comisión, sus subcomisiones y el personal asignado. Además, resume las siete leyes aprobadas por la comisión relacionadas con la participación ciudadana, el poder local y los consejos comunales. Finalmente, describe brevemente el proceso de elaboración de dos de estas leyes.
Carta orgánica municipalidad de lavalletonimax2012
Este documento presenta la Carta Orgánica Municipal de Lavalle, Corrientes, Argentina. Resume la cronología del proceso de redacción de la carta, incluyendo la convocatoria a elecciones de convencionales constituyentes, su asunción, y las sesiones donde elaboraron el documento final en 2012. Establece los derechos y deberes de los ciudadanos, las políticas en áreas como salud, educación y medio ambiente, y define las autoridades y órganos del gobierno municipal.
El documento presenta la evaluación del proceso de descentralización realizada por la Comisión de Descentralización del Congreso de la República. Describe el proceso de análisis llevado a cabo por la Comisión, que incluyó la recepción de informes, opiniones de expertos, y reuniones con representantes de gobiernos regionales y locales. Sobre esta base, la Comisión identifica la situación actual del proceso, los principales nudos críticos y prioriza una agenda legislativa.
Este documento presenta el informe de gestión legislativa y política de 2015 de la Comisión de Participación Ciudadana, Seguridad y Derechos Humanos del Municipio Libertador. Detalla la función, conformación, misión, visión y estructura organizativa de la comisión. Además, incluye información sobre las sesiones del concejo municipal, el trabajo legislativo realizado y los proyectos aprobados durante el año 2015.
Este documento resume las actividades legislativas realizadas por la Comisión Permanente de Legislación del Cabildo Metropolitano de Caracas durante el primer trimestre de 2011. La Comisión celebró varias reuniones ordinarias y trabajó en varios proyectos de ordenanzas y acuerdos. Algunos proyectos notables incluyen una ordenanza para crear un consejo de seguridad ciudadana y otra para regular las transferencias de fondos entre los municipios del área metropolitana. El Concejal Máximo Sánchez asistió puntualmente
Acta pleno extraordinario y urgente 19 octubre 2011upydalcorcon
El documento presenta los resultados de las elecciones a vocales de las Juntas Municipales de Distrito de Alcorcón. Se eligieron 7 asociaciones en cada una de las 3 Juntas, con sus respectivos portavoces y suplentes. También se informa sobre la designación de Concejales Presidentes efectivos para cada una de las Juntas.
Este documento presenta el informe de la Subcomisión de Estudio de la Discapacidad en la Comunidad Autónoma de Canarias. La subcomisión celebró 16 sesiones en las que escuchó a representantes de organizaciones de discapacitados, funcionarios del gobierno y expertos. El informe analiza la situación de la discapacidad en Canarias y hace propuestas para mejorar las oportunidades e integración de las personas con discapacidad basándose en la Constitución española y las leyes de igualdad de oportunidades.
Este documento presenta la información de la Directiva y las Comisiones del Concejo Municipal de La Paz para el año 2010. Incluye los nombres de la Presidenta, Vicepresidente y Secretario, así como los presidentes y secretarios de las cuatro comisiones. También resume algunas de las actividades y temas más relevantes abordados por el Concejo durante los primeros cinco meses de gestión, como la certificación ISO 9001, el reconocimiento a jóvenes, la creación del Consejo de las Diversidades Sexuales y la aprobación del Programa de
El documento describe los consejos comunales en Venezuela. Explica que los consejos comunales son organizaciones comunitarias que permiten a la gente organizar e implementar proyectos para satisfacer las necesidades locales a través de la participación ciudadana. Los consejos comunales se rigen por la ley de los consejos comunales de Venezuela y tienen la responsabilidad de articular organizaciones comunitarias, integrar a la comunidad, convocar asambleas ciudadanas, y promover y gestionar proyectos para mejorar las condiciones de vida.
Este documento presenta el reglamento de organización y funciones del gobierno autónomo descentralizado de la parroquia rural de Puembo. Establece que la parroquia tiene autonomía política, administrativa y financiera. Describe la estructura organizativa de la parroquia, incluyendo la Asamblea General Ciudadana y la Junta Parroquial. También enumera las funciones y competencias de la parroquia de acuerdo con la Constitución y la ley, como planificar el desarrollo parroquial y gestionar servicios
Este documento describe los procedimientos para la conformación de un Consejo Comunal en Venezuela de acuerdo a la ley orgánica de los Consejos Comunales. Explica los pasos como reunir vecinos, solicitar información a la oficina municipal, decidir la cantidad de familias, elegir voceros voluntarios para informar a las familias, realizar una reunión para dar información sobre los Consejos Comunales, elegir candidatos para el órgano ejecutivo, y registrar formalmente el Consejo Comunal ante la oficina municipal. También define
Plan 10939 ley_orgánica_de_municipalidades_2011GAT Aat
Este documento presenta la Ley Orgánica de Municipalidades de Perú resumida y comentada. Explica que la ley establece el marco legal para los gobiernos locales en Perú y busca promover el desarrollo local a través de la prestación de servicios y la representación vecinal. Además, introduce artículos analíticos de varios expertos sobre temas clave como competencias municipales, participación ciudadana, y asociacionismo municipal. El objetivo es facilitar la aplicación de la ley y fortalecer la gestión municipal.
El documento presenta el plan de desarrollo y ordenamiento territorial de la parroquia San Pedro de la Bendita para los próximos 10 años. Describe las autoridades de la parroquia, los actores sociales y representantes de la comunidad involucrados en el proceso de planificación. El objetivo es mejorar de manera ordenada y equitativa el territorio de la parroquia con la participación democrática de los ciudadanos.
Rendicion de cuentas As. Raul Patino ArocaCPCCS-AN
El documento resume las actividades de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional de Ecuador. Detalla las leyes asignadas a la comisión, las resoluciones aprobadas en diferentes sesiones, y los proyectos de ley en los que están trabajando, incluyendo reformas a leyes de participación ciudadana y protección de migrantes ecuatorianos. La comisión realiza talleres nacionales para recibir comentarios ciudadanos sobre las leyes.
Este documento presenta la Ley Municipal No 020 del 26 de junio de 2012 que crea el Fondo Editorial Municipal "Pensamiento Paceño" del Concejo Municipal de La Paz. El fondo tiene como objetivo publicar y difundir la producción intelectual de la población de La Paz. Se describen los fines, las publicaciones que incluirá, los recursos con los que contará y la estructura de gobierno del fondo a través de un Consejo Editorial.
El documento describe el Consejo Comunal "República Unida" en Venezuela. Resume su misión, visión, ubicación, historia, organizaciones asociadas e integrantes. Explica que el diagnóstico encontró una falta de participación de los ciudadanos en la toma de decisiones sobre proyectos de la comunidad.
El documento describe los principales aspectos de la participación ciudadana en Ecuador. Establece que los ciudadanos tienen derecho a participar de manera protagónica en la toma de decisiones públicas y en el control de las instituciones estatales. Detalla los principales espacios e instancias de participación a nivel nacional y local como los consejos de planificación y los sistemas de participación ciudadana. También explica mecanismos como las audiencias públicas, la silla vacía y las asambleas ciudadanas locales para que los ciudadanos ejerzan su derecho a particip
Este documento es el acta de una reunión de una asociación llamada INZADES en San Juan de Lurigancho. En la reunión se eligió un nuevo consejo directivo para los próximos dos años y se aprobó un nuevo estatuto de la asociación. El estatuto describe la denominación, fines y objetivos de la asociación, los derechos y deberes de los asociados, y los órganos de gobierno incluyendo la asamblea general y el consejo directivo.
Este artículo es un brevísimo ensayo que explora la relación entre religiones y corrupción. Dado que entre estas dos realidades no hay una relación visiblemente inmediata ni directa, es necesario explorar los entramados más profundos que las vinculan, auscultando sus respectivas estructuras, principios, funcionamiento interno y universo de relaciones.
Este análisis lo hacemos tratando de situarnos en un contexto específico, el caso de Bolivia.
Crisis socioambiental, desafíos para las iglesias. Reveladoras coyunturas ent...Miguel Miranda
En el marco del contexto de crisis socioambiental en Sudamérica por la política económica extractivista asumida por los gobiernos, se analizan las acciones y contradicciones de actores sociales, políticos y eclesiales en Bolivia, en el segundo semestre de 2015, señalando algunos desafíos para las iglesias y la sociedad civil.
Este documento presenta el informe de actividades de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional de la Asamblea Nacional de Venezuela para el año 2009. Detalla la composición de la comisión, sus subcomisiones y el personal asignado. Además, resume las siete leyes aprobadas por la comisión relacionadas con la participación ciudadana, el poder local y los consejos comunales. Finalmente, describe brevemente el proceso de elaboración de dos de estas leyes.
Carta orgánica municipalidad de lavalletonimax2012
Este documento presenta la Carta Orgánica Municipal de Lavalle, Corrientes, Argentina. Resume la cronología del proceso de redacción de la carta, incluyendo la convocatoria a elecciones de convencionales constituyentes, su asunción, y las sesiones donde elaboraron el documento final en 2012. Establece los derechos y deberes de los ciudadanos, las políticas en áreas como salud, educación y medio ambiente, y define las autoridades y órganos del gobierno municipal.
El documento presenta la evaluación del proceso de descentralización realizada por la Comisión de Descentralización del Congreso de la República. Describe el proceso de análisis llevado a cabo por la Comisión, que incluyó la recepción de informes, opiniones de expertos, y reuniones con representantes de gobiernos regionales y locales. Sobre esta base, la Comisión identifica la situación actual del proceso, los principales nudos críticos y prioriza una agenda legislativa.
Este documento presenta el informe de gestión legislativa y política de 2015 de la Comisión de Participación Ciudadana, Seguridad y Derechos Humanos del Municipio Libertador. Detalla la función, conformación, misión, visión y estructura organizativa de la comisión. Además, incluye información sobre las sesiones del concejo municipal, el trabajo legislativo realizado y los proyectos aprobados durante el año 2015.
Este documento resume las actividades legislativas realizadas por la Comisión Permanente de Legislación del Cabildo Metropolitano de Caracas durante el primer trimestre de 2011. La Comisión celebró varias reuniones ordinarias y trabajó en varios proyectos de ordenanzas y acuerdos. Algunos proyectos notables incluyen una ordenanza para crear un consejo de seguridad ciudadana y otra para regular las transferencias de fondos entre los municipios del área metropolitana. El Concejal Máximo Sánchez asistió puntualmente
Acta pleno extraordinario y urgente 19 octubre 2011upydalcorcon
El documento presenta los resultados de las elecciones a vocales de las Juntas Municipales de Distrito de Alcorcón. Se eligieron 7 asociaciones en cada una de las 3 Juntas, con sus respectivos portavoces y suplentes. También se informa sobre la designación de Concejales Presidentes efectivos para cada una de las Juntas.
Este documento presenta el informe de la Subcomisión de Estudio de la Discapacidad en la Comunidad Autónoma de Canarias. La subcomisión celebró 16 sesiones en las que escuchó a representantes de organizaciones de discapacitados, funcionarios del gobierno y expertos. El informe analiza la situación de la discapacidad en Canarias y hace propuestas para mejorar las oportunidades e integración de las personas con discapacidad basándose en la Constitución española y las leyes de igualdad de oportunidades.
Este documento presenta la información de la Directiva y las Comisiones del Concejo Municipal de La Paz para el año 2010. Incluye los nombres de la Presidenta, Vicepresidente y Secretario, así como los presidentes y secretarios de las cuatro comisiones. También resume algunas de las actividades y temas más relevantes abordados por el Concejo durante los primeros cinco meses de gestión, como la certificación ISO 9001, el reconocimiento a jóvenes, la creación del Consejo de las Diversidades Sexuales y la aprobación del Programa de
El documento describe los consejos comunales en Venezuela. Explica que los consejos comunales son organizaciones comunitarias que permiten a la gente organizar e implementar proyectos para satisfacer las necesidades locales a través de la participación ciudadana. Los consejos comunales se rigen por la ley de los consejos comunales de Venezuela y tienen la responsabilidad de articular organizaciones comunitarias, integrar a la comunidad, convocar asambleas ciudadanas, y promover y gestionar proyectos para mejorar las condiciones de vida.
Este documento presenta el reglamento de organización y funciones del gobierno autónomo descentralizado de la parroquia rural de Puembo. Establece que la parroquia tiene autonomía política, administrativa y financiera. Describe la estructura organizativa de la parroquia, incluyendo la Asamblea General Ciudadana y la Junta Parroquial. También enumera las funciones y competencias de la parroquia de acuerdo con la Constitución y la ley, como planificar el desarrollo parroquial y gestionar servicios
Este documento describe los procedimientos para la conformación de un Consejo Comunal en Venezuela de acuerdo a la ley orgánica de los Consejos Comunales. Explica los pasos como reunir vecinos, solicitar información a la oficina municipal, decidir la cantidad de familias, elegir voceros voluntarios para informar a las familias, realizar una reunión para dar información sobre los Consejos Comunales, elegir candidatos para el órgano ejecutivo, y registrar formalmente el Consejo Comunal ante la oficina municipal. También define
Plan 10939 ley_orgánica_de_municipalidades_2011GAT Aat
Este documento presenta la Ley Orgánica de Municipalidades de Perú resumida y comentada. Explica que la ley establece el marco legal para los gobiernos locales en Perú y busca promover el desarrollo local a través de la prestación de servicios y la representación vecinal. Además, introduce artículos analíticos de varios expertos sobre temas clave como competencias municipales, participación ciudadana, y asociacionismo municipal. El objetivo es facilitar la aplicación de la ley y fortalecer la gestión municipal.
El documento presenta el plan de desarrollo y ordenamiento territorial de la parroquia San Pedro de la Bendita para los próximos 10 años. Describe las autoridades de la parroquia, los actores sociales y representantes de la comunidad involucrados en el proceso de planificación. El objetivo es mejorar de manera ordenada y equitativa el territorio de la parroquia con la participación democrática de los ciudadanos.
Rendicion de cuentas As. Raul Patino ArocaCPCCS-AN
El documento resume las actividades de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional de Ecuador. Detalla las leyes asignadas a la comisión, las resoluciones aprobadas en diferentes sesiones, y los proyectos de ley en los que están trabajando, incluyendo reformas a leyes de participación ciudadana y protección de migrantes ecuatorianos. La comisión realiza talleres nacionales para recibir comentarios ciudadanos sobre las leyes.
Este documento presenta la Ley Municipal No 020 del 26 de junio de 2012 que crea el Fondo Editorial Municipal "Pensamiento Paceño" del Concejo Municipal de La Paz. El fondo tiene como objetivo publicar y difundir la producción intelectual de la población de La Paz. Se describen los fines, las publicaciones que incluirá, los recursos con los que contará y la estructura de gobierno del fondo a través de un Consejo Editorial.
El documento describe el Consejo Comunal "República Unida" en Venezuela. Resume su misión, visión, ubicación, historia, organizaciones asociadas e integrantes. Explica que el diagnóstico encontró una falta de participación de los ciudadanos en la toma de decisiones sobre proyectos de la comunidad.
El documento describe los principales aspectos de la participación ciudadana en Ecuador. Establece que los ciudadanos tienen derecho a participar de manera protagónica en la toma de decisiones públicas y en el control de las instituciones estatales. Detalla los principales espacios e instancias de participación a nivel nacional y local como los consejos de planificación y los sistemas de participación ciudadana. También explica mecanismos como las audiencias públicas, la silla vacía y las asambleas ciudadanas locales para que los ciudadanos ejerzan su derecho a particip
Este documento es el acta de una reunión de una asociación llamada INZADES en San Juan de Lurigancho. En la reunión se eligió un nuevo consejo directivo para los próximos dos años y se aprobó un nuevo estatuto de la asociación. El estatuto describe la denominación, fines y objetivos de la asociación, los derechos y deberes de los asociados, y los órganos de gobierno incluyendo la asamblea general y el consejo directivo.
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Este artículo es un brevísimo ensayo que explora la relación entre religiones y corrupción. Dado que entre estas dos realidades no hay una relación visiblemente inmediata ni directa, es necesario explorar los entramados más profundos que las vinculan, auscultando sus respectivas estructuras, principios, funcionamiento interno y universo de relaciones.
Este análisis lo hacemos tratando de situarnos en un contexto específico, el caso de Bolivia.
Crisis socioambiental, desafíos para las iglesias. Reveladoras coyunturas ent...Miguel Miranda
En el marco del contexto de crisis socioambiental en Sudamérica por la política económica extractivista asumida por los gobiernos, se analizan las acciones y contradicciones de actores sociales, políticos y eclesiales en Bolivia, en el segundo semestre de 2015, señalando algunos desafíos para las iglesias y la sociedad civil.
Este documento analiza la relación entre la Iglesia institucional y las mujeres, y cómo la Iglesia refuerza y reproduce el patriarcado. Examina cómo las religiones monoteístas están intrínsecamente ligadas al patriarcado desde sus orígenes, y cómo la teología cristiana articula ideológicamente el patriarcado a través de interpretaciones de los textos sagrados que consolidan el poder masculino. El documento también discute las diferentes corrientes del feminismo cristiano y sus posiciones sobre la tradición y literatura bíblica.
Excelente artículo de Julio Córdova, con abundantes datos y argumentos interdisciplinarios (salud pública, sociológicos, teológicos) que contibuyen a elevar la calidad del debate sobre la despenalización del aborto en Bolivia.
Anteproyecto ley municipal PyCS CochabambaMiguel Miranda
Este documento presenta un anteproyecto de ley municipal sobre participación y control social en Cochabamba, Bolivia. Establece el marco normativo para la participación ciudadana y fiscalización de la gestión pública municipal. Define los actores de la participación como juntas vecinales, sindicatos agrarios y organizaciones sociales sectoriales. También establece los principios, derechos y obligaciones de dichos actores para garantizar una gestión pública transparente, responsable y que responda a las necesidades de la ciudadanía.
Ley 341 de Participacion y Control social PROMULGADA 05 febr 2013Miguel Miranda
Esta ley establece el marco legal para la participación y control social en Bolivia. Define los principios, derechos y obligaciones relacionados con la participación ciudadana en la formulación de políticas públicas, el control de la gestión gubernamental y la calidad de los servicios públicos. Además, identifica a los diferentes actores de la sociedad civil que pueden participar en estos procesos de control social.
Proy ley py cs aprobada diputados 18 dic 2012Miguel Miranda
La Unión Europea ha acordado un embargo petrolero contra Rusia en respuesta a la invasión de Ucrania. El embargo prohibirá las importaciones marítimas de petróleo ruso a la UE y pondrá fin a las entregas a través de oleoductos dentro de seis meses. Esta medida forma parte de un sexto paquete de sanciones de la UE destinadas a aumentar la presión económica sobre Moscú y privar al Kremlin de fondos para financiar su guerra.
Comentarios críticos al anteproyecto ley participación y control socialMiguel Miranda
El análisis y comentario se hace al texto presentado al Parlamento a inicios de Noviembre de este año. La noche del 18 de diciembre, con ligeras modificacioes, fue aprobada esta ley en la Cámara de Diputados, en su estación de Detalle.
Participación y control social en la carta orgánica de la pazMiguel Miranda
El documento analiza la Carta Orgánica del Municipio de La Paz y encuentra que promueve la participación ciudadana pero de manera limitada y consultiva. La mayoría de las decisiones estratégicas se concentran en el gabinete municipal sin obligación de consultar a las instancias de participación. Los mecanismos de participación mencionados como consejos y asambleas son no vinculantes. La participación se limita a temas sectoriales específicos y la fiscalización social está prohibida, lo que restringe el control social efectivo.
Anteproyecto ley participacion y control social boliviaMiguel Miranda
Este documento presenta un proyecto de ley sobre participación y control social en Bolivia. El proyecto de ley tiene como objetivo establecer el marco general para la participación y control social de acuerdo con la Constitución de Bolivia. El proyecto de ley contiene 41 artículos divididos en 4 títulos y define los principios, derechos, obligaciones y formas de participación y control social. El proyecto de ley aplicaría a todas las entidades públicas y privadas que administren recursos fiscales o presten servicios públicos a nivel n
Anteproyecto ley participacion y control social bolivia
La paz carta organica municipal final
1. Municipio de Nuestra Señora de La Paz
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
Honorable Concejo Municipal
Proyecto
Carta Orgánica del Municipio
de Nuestra Señora de La Paz
2. ÓRGANO LEGISLATIVO
MUNICIPAL DE LA PAZ
c. Omar Oscar Rocha Rojo
Presidente
c. Guillermo Martin Mendoza Avilés
Vice Presidente
c. Gabriela Teresa Niño de Guzmán
Secretaría
c. Lucio Freddy Miranda Avendaño
Presidente Comisión Desarrollo Económico
Financiero
c.Felipe Jorge Silva Trujillo
Secretario Comisión Desarrollo Económico
Financiero
c. Silvia Elena Tamayo Salvatierra
Presidenta Comisión de Desarrollo Humano
y Culturas
c. Blanca Exaltación Solíz Laura
Secretaría Comisión de Desarrollo Humano
y Culturas
c. Esteban Yana Charcas
Presidente Comisión de Gestión Institucional
y Administrativa
c.Virginia Maria Pinedo
Secretaría Comisión de Gestión Institucional
y Administrativa
c. Carlos Alberto Ramírez Alípaz
Presidente Comisión de Planificación
y Gestión Territorial
c. Denisse Ostermann Stumpf
Secretaría Comisión de Planificación
y Gestión Territorial
Proyecto de Carta Orgánica del Municipio
de Nuestra Señora de La Paz
Editora
Sandra Zapata Cornejo
Co-Edición
Maria Luisa Uriona
Diseño y diagramación
Humberto A. Patty
Colaboración
Daniela Maldonado Rodriguez
Producción
Dirección de Comunicación Concejo Municipal de La Paz
La Paz, Bolivia
3. Municipio de Nuestra Señora de La Paz
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
Honorable Concejo Municipal
PROYECTO
CARTA ORGÁNICA DEL
MUNICIPIO DE NUESTRA
SEÑORA DE LA PAZ
Comisión Especial Carta Orgánica
c. Omar Oscar Rocha Rojo
Presidente
c. Silvia Elena Tamayo Salvatierra
Secretaria
c. Jorge Felipe Silva Trujillo
Secretario
c. Guillermo Martin Mendoza Avilés
Secretario
c. Esteban Yana Charcas
Secretario
La Paz 28 de mayo de 2012
1
Comisión Especial Carta Orgánica
4. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
2
Comisión Especial Carta Orgánica
5. PRESENTACIÓN
Presentación
El artículo Nº 275 de la Constitución Política del Estado, dispone como atribución del Concejo
Municipal, elaborar de manera participativa el proyecto de Carta Orgánica, aprobar por dos ter-
cios del total de sus miembros y someter al control de constitucionalidad antes de proceder al
referéndum municipal aprobatorio.
En cumplimiento del mandato constitucional antes referido, el Concejo Municipal de La Paz apro-
bó por unanimidad la Resolución Municipal Nº 046 de 25 de noviembre de 2010 cuyo objeto
fue la conformación de la Comisión Especial de Formulación del Proyecto de Carta Orgánica
Municipal, integrada por el suscrito en su condición de Presidente (UN), y como Secretarios
los Concejales Jorge Felipe Silva Trujillo (MAS), Silvia Elena Tamayo Salvatierra (MSM), Guillermo
Mendoza Avilés (MAS) y Esteban Yana Charcas(MSM), además de establecerse un conjunto de
tareas técnicas y operativas definidas en la hoja de ruta del proceso y la definición de metas, re-
sultados y objetivos propuestos para la construcción participativa de este instrumento municipal.
El marco jurídico, constitucional y conceptual del documento se sustento en las definiciones
señaladas en la Constitución Política del Estado, cuyo artículo Nº 275 señala que la Carta Orgá-
nica Municipal “…entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial
mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”, además de la disposición contenida en el
artículo Nº 60 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización que determina la naturaleza
jurídica de la Carta Orgánica Municipal como “…la norma institucional básica de las entidades
territoriales autónomas, de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, recono-
cida y amparada por la Constitución Política del Estado como parte integrante del ordenamiento
jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece las
instituciones políticas de las entidades territoriales autónomas, sus competencias, la financiación
de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía desarrollarán sus
actividades y las relaciones con el Estado”.
El proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Paz, es resultado de combinar las importantes
conclusiones de la Asamblea Paceña del año 2009, cuyo documento referencial ha sido la base
para el trabajo de la Comisión y los consensos, acuerdos y visiones alcanzados por las tres fuerzas
políticas que integran la Comisión Especial, las que fueron sincronizadas y compatibilizadas de
forma efectiva, permitiendo en consecuencia concluir con un documento que exprese verdade-
ramente, las aspiraciones y objetivos comunes de todos los paceños y paceñas y sus instituciones
políticas representadas en el Órgano Legislativo Municipal.
Respecto al contenido del proyecto, debemos señalar que la visión municipal paceña esta expre-
sada en 125 artículos organizados en seis títulos que comprenden: Titulo primero: Del Municipio
de Nuestra Señora de La Paz; Titulo segundo: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz; Titulo
tercero: Desarrollo Competencial; Titulo cuarto: Hacienda Municipal, Patrimonio y Bienes Muni-
cipales; Título quinto: Participación Ciudadana y Control Social;
3
Comisión Especial Carta Orgánica
6. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
Título sexto: Jerarquía Normativa y Reforma de la Carta Orgánica Municipal. Forman parte tam-
bién de su contenido una clausula transitoria y dos clausulas finales.
En relación al cumplimiento de los requisitos mínimos de orden legal y constitucional, el proyecto
de Carta Orgánica Municipal de La Paz cumple de manera estricta las exigencias previstas en el
parágrafo primero del artículo Nº 62 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, cuyo
mandato implica la obligación de regular en la normativa municipal que nos ocupa, todos los con-
tenidos mínimos definidos e identificados por la misma, como se podrá verificar en el cuadro de
validación de requisitos que forma parte de la presente publicación.
Habiendo concluido el trabajo de la Comisión Especial con la aprobación del proyecto de Carta
Orgánica, queda su tratamiento y aprobación por dos tercios del Pleno del Concejo Municipal,
previa efectivización de la consulta ciudadana como señala la Resolución Municipal Nº 046/2010
en una nueva Asamblea del Municipio de La Paz convocada por nuestro Alcalde Municipal.
Nuestro reconocimiento, agradecimiento y especial felicitación a los miembros de la Comisión
por su incuestionable compromiso con los intereses y aspiraciones de La Paz, su alta y probada
vocación democrática y sobretodo su espíritu de concertación, que posibilito anteponer cual-
quier diferencia política y contribuir a la construcción de nuestro Municipio.
Finalmente, nos permitimos agradecer a todos los paceños y paceñas, instituciones participantes
en el proceso de construcción de la Carta Orgánica Municipal, al Alcalde Municipal de La Paz Dr.
Luis Antonio Revilla Herrero, a todos los Concejales y Concejalas, equipo consultor y a Visión
Mundial por el apoyo brindado en el trabajo de la Comisión Especial que tiene a bien presentar
el proyecto de Carta Orgánica Municipal de La Paz.
La Paz, junio de 2012
Dr. Omar Oscar Rocha Rojo
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ESPECIAL
4
Comisión Especial Carta Orgánica
7. COMISIÓN ESPECIAL DE ELABORACIÓN
DEL PROYECTO DE CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL
RESOLUCIÓN MUNICIPAL 046/2010
c. Omar Oscar Rocha Rojo(UN)
PRESIDENTE
c. Silvia Tamayo Salvatierra (MSM) c. Jorge Silva Trujillo (MAS)
SECRETARIA SECRETARIO
c. Guillermo Mendoza Avilés (MAS) c. Esteban Yana Charcas (MSM)
SECRETARIO SECRETARIO
5
Comisión Especial Carta Orgánica
8. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
EQUIPO DE CONSULTORES
Consultores de Sistematización y Revisión
Jose Luis Bedregal Vargas
Ernesto Rude
Carlos Rocabado
Javier Zarate
Consultores Especialistas
Iván Arias
Régimen de Participación, control social,
transparencia y ética municipal
Luis García
Régimen de Conservación del Medio Ambiente y Recursos Naturales
y Gestión Integral de Riesgos
Bernardo del Castillo
Órganos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
Gregorio Mamani Quispe
Régimen de Culturas e Interculturalidad en el Municipio de La Paz
Julio Linares
Régimen Patrimonial, Fiscal y Financiero
David Barrientos
Régimen de Planificación Estratégica, Urbano Rural, Integral,
Programación Operativa y Desarrollo Territorial
José Enrique Pinedo
Disposiciones Generales, Jurisdicción Territorial, relaciones
Intergubernamentales y de cooperación del GAMLP y Disposiciones
Finales
Jorge Omar Mostajo Barrios
Régimen de Desarrollo Humano Integral y Régimen de Igualdad,
Equidad Social y Género
María del Carmen Medina
Régimen Electoral e Institutos de Democracia Participativa
Williams Bascope
Régimen de Promoción Económica y Desarrollo Productivo
Dionicio Velasco Rentería
Régimen de Servicios Públicos
6
Comisión Especial Carta Orgánica
9. “No hemos fundado la ciudad con el objetivo de que una
clase de ciudadanos sea particularmente dichosa, sino con
miras a que toda la ciudad sea la más feliz posible... porque
no queremos la dicha de algunos, sino de todos”
Platón La República
7
Comisión Especial Carta Orgánica
10. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
TÍTULO PRIMERO
CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA
SEÑORA DE LA PAZ
CAPÍTULO PRIMERO II. Es de aplicación y cumplimiento obligato-
DISPOSICIONES GENERALES rio en el funcionamiento y relacionamiento
de la Entidad Territorial Autónoma que go-
Artículo 1. bierna al Municipio de Nuestra Señora de La
(DENOMINACIÓN) Paz.
La unidad territorial que se denomina oficial- Artículo 5.
mente Municipio de Nuestra Señora de La (SÍMBOLOS E IDIOMAS)
Paz, forma parte del Estado Unitario Social
de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, I. Son símbolos del Municipio de Nuestra Se-
independiente, soberano, democrático, inter- ñora de La Paz: el Escudo de La Paz, la Bande-
cultural, descentralizado y con autonomías, ra Rojo Punzó y Verde Esmeralda, el Himno
contribuye al cumplimiento de sus fines y a La Paz, la Tea Encendida de la Libertad, el
promueve la participación de la comunidad Illimani, el Choqueyapu, la Kantuta Roja, la
en la búsqueda del bien común. Proclama de la Junta Tuitiva, la Chola Paceña
y las Apachetas.
Artículo 2.
(IDENTIDAD) II. El castellano y el aymará son los idiomas
oficiales del Municipio de Nuestra Señora de
El Municipio de Nuestra Señora de La Paz, es La Paz.
la Sede de Gobierno de Bolivia, crisol de la
nacionalidad y la libertad, líder del desarrollo Artículo 6.
del país con visión y vocación metropolita- (UBICACIÓN)
na, plural y diverso, democrático, intercultu- El Municipio de Nuestra Señora de La Paz,
ral, inclusivo, equitativo, solidario, integrador, está ubicado en el Departamento de La Paz y
transparente y participativo. limita con los municipios de Guanay y Cara-
Artículo 3. navi al norte, con los municipios de Coroico
(MARCO CONSTITUCIONAL) y Yanachachi al este, con los municipios de
Palca, Mecapaca y Achocalla al sur y con los
La presente Carta Orgánica Municipal, es la municipios de Pucarani y El Alto al oeste.
norma de mayor jerarquía del ordenamien-
to jurídico y administrativo del Municipio
de Nuestra Señora de La Paz, se sujeta a la CAPÍTULO SEGUNDO
Constitución Política del Estado y a las Leyes VALORES, PRINCIPIOS
del Estado Plurinacional en el marco de la Y DEFINICIONES
jerarquía constitucional de las normas.
Artículo 7.
Artículo 4. (VALORES)
(ÁMBITO DE APLICACIÓN)
Constituyen valores del Municipio de Nues-
I. La Carta Orgánica del Municipio de Nues- tra Señora de La Paz, la unidad, igualdad,
tra Señora de La Paz, es de cumplimiento inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, re-
obligatorio por todas las personas, bolivianas ciprocidad, respeto, complementariedad, ar-
o extranjeras, naturales o jurídicas, que viven monía, transparencia, equilibrio, igualdad de
o se encuentran en la jurisdicción territorial oportunidades, equidad social, de género y
del Municipio de Nuestra Señora de La Paz. generacional en la participación, bienestar
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Comisión Especial Carta Orgánica
11. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
común, responsabilidad, justicia social, segu- 5) Cultura Ciudadana. Es el ejercicio libre,
ridad jurídica, calidad de vida, convivencia responsable y respetuoso de los dere-
pacifica y respeto al medio ambiente y la na- chos fundamentales, individuales y colec-
turaleza. tivos que otorgan calidad y promueven
la convivencia social en el Municipio de
ARTÍCULO 8. Nuestra Señora de La Paz, así como el
(PRINCIPIOS) uso y preservación del espacio, patrimo-
La presente Carta Orgánica del Municipio de nio y servicios básicos para el desarrollo
Nuestra Señora de La Paz se sustenta en los humano y el bien común.
siguientes principios: 6) Interculturalidad. Es el proceso social
1) Autonomía. Que implica la libre deter- público y privado en el que se desarrolla
minación de su población, la elección di- el intercambio personal y/o colectivo de
recta de las concejalas, los concejales y compartir, dar, intercambiar y respetar
la Alcaldesa o Alcalde Municipal por las principios, valores, creencias, actividades
ciudadanas y los ciudadanos, la adminis- y prácticas humanas de cualquier natura-
tración de sus recursos económicos, el leza u origen, sean estas religiosas, ideo-
ejercicio sin injerencia de otro nivel del lógicas, económicas, políticas y sociales,
Estado de las facultades legislativa, regla- en el marco de la ley, sin discriminación y
mentaria, fiscalizadora, ejecutiva y técni- con acceso irrestricto
ca por sus órganos de Gobierno en el 7) Equidad de género. Es la concepción so-
ámbito de su jurisdicción, competencias cial por el que mujeres y hombres ejer-
y atribuciones en el marco de una efecti- cen los mismos derechos y cumplen los
va participación ciudadana y control so- mismos deberes en todos ámbitos y ac-
cial. tividades sociales, económicas y políticas,
2) Desarrollo Humano Sostenible. Es la con- públicas y privadas, en base al reconoci-
cepción política, filosófica e institucional miento de las diferencias y la participa-
por la cual las personas constituyen el ción paritaria en la construcción social
centro y fin supremo de las acciones del municipal.
Gobierno Autónomo Municipal de La 8) Integralidad territorial. Es la definición
Paz, a efecto de mejorar y dignificar las irrenunciable de mantener, preservar,
condiciones de vida, el ejercicio pleno de fortalecer y defender la unidad e integri-
los derechos y el cumplimiento estricto dad territorial del Municipio de Nuestra
de sus deberes. Señora de La Paz que forma parte de la
3) Construcción colectiva y pertenencia al organización territorial de Bolivia y del
Municipio. Es la decisión de todas las per- Departamento de La Paz.
sonas de participar en la construcción 9) Participación ciudadana y control social.
del Municipio de Nuestra Señora de La Es la responsabilidad individual y colecti-
Paz, como espacio de convivencia pacífi- va de participar activamente en la formu-
ca y respeto de lo común, desarrollando lación y ejecución de políticas públicas
un profundo espíritu de pertenencia e municipales a través de los mecanismos
identidad. habilitados por esta Carta Orgánica y
4) Inclusión plena. Es la decisión plena y ejercer corresponsablemente el control
firme de erradicar definitivamente cual- social sobre la calidad y eficiencia de la
quier tipo y/o forma de discriminación, gestión pública municipal y de los servi-
exclusión, restricción de derechos y des- cios públicos y privados prestados en el
equilibrio e inequidad en la generación y Municipio de Nuestra Señora de La Paz.
acceso a oportunidades.
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Comisión Especial Carta Orgánica
12. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
10)
Responsabilidad Social. Es la decisión 5) Derecho a una ciudad segura;
individual y colectiva de asumir la res-
6) Derecho a habitar en suelos estables y sin
ponsabilidad por las acciones propias
riegos naturales.
ejecutadas en todos los ámbitos de la
actividad colectiva, pública o privada. III. Se reconoce todo derecho emergente
con posterioridad a la aprobación de la pre-
11)
Ética e integridad. Por el cual las per-
sente Carta Orgánica Municipal, no contem-
sonas e instituciones del Municipio de
plado en la Constitución Política del Estado.
Nuestra Señora de La Paz enmarcan sus
Su ejercicio efectivo será regulado por Ley
acciones y responsabilidades en el respe-
Municipal específica.
to pleno de las normas y estado de dere-
cho, anteponiendo el interés colectivo al Artículo 10.
individual. (DEBERES)
12) Sostenibilidad o sustentabilidad. Es la ca- I. Son deberes de las personas del Municipio
pacidad de satisfacer las necesidades de de Nuestra Señora de La Paz:
las generaciones presentes sin compro-
meter las posibilidades de las del futuro 1) Cumplir y respetar la Constitución Políti-
para atender sus propias necesidades. ca del Estado, las leyes y la normativa na-
cional, la Carta Orgánica del Municipio de
13) Respeto a la legalidad. Es la decisión in- Nuestra Señora de La Paz y la legislación
dividual y colectiva de conocer, cumplir y municipal vigente.
hacer cumplir la Constitución Política del
Estado, la Carta Orgánica del Municipio 2) Respetar los derechos individuales y co-
de Nuestra Señora de La Paz, las leyes y lectivos de las personas en el marco de la
la legislación municipal vigente. convivencia armónica.
3)
Cumplir y respetar las normas, usos y
costumbres que el Municipio de Nuestra
CAPÍTULO TERCERO Señora de La Paz va construyendo y gene-
DERECHOS Y DEBERES rando en el marco de su dinámica evolutiva.
Artículo 9. 4) Proteger y conservar los bienes públicos,
(DERECHOS) patrimoniales, históricos, naturales, cultu-
rales y todos aquellos de dominio público
I. El Municipio de Nuestra Señora de La Paz y uso irrestricto por la comunidad.
reconoce, cumple, hace cumplir y promueve
el ejercicio efectivo y pleno de los derechos 5) Hacer un uso sustentable de los recursos
consagrados en la Constitución Política del naturales y las fuentes de energía.
Estado.
II. En ningún caso, se puede alegar desco-
II. Los derechos proclamados en la presen- nocimiento de los deberes expresados en
te Carta Orgánica Municipal no suponen la la presente Carta Orgánica Municipal para
negación de los no enunciados, siendo de- justificar la vulneración y/o eludir su cumpli-
rechos del Municipio de Nuestra Señora de miento.
La Paz, el:
III. Se reconoce los deberes que el ordena-
1) Derecho al espacio público; miento jurídico y constitucional del país, así
como la presente Carta Orgánica, la legisla-
2) Derecho a la movilidad y la accesibilidad;
ción municipal lo dispongan.
3)
Derecho a la participación ciudadana y
control social;
4) Derecho a la paz y tranquilidad;
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Comisión Especial Carta Orgánica
13. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO CUARTO igualdad de oportunidades, respetando su
DE LA ENTIDAD TERRITORIAL diversidad.
AUTÓNOMA
7) Promover la participación ciudadana de-
ARTÍCULO 11. fendiendo en el ámbito de su competen-
(GOBIERNO AUTÓNOMO cia, el ejercicio y práctica de los derechos
MUNICIPAL DE LA PAZ) fundamentales de las personas estantes y
habitantes del Municipio.
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz,
es la Entidad Territorial Autónoma de dere- Artículo 13.
cho público, con personalidad jurídica y pa- (COMPETENCIAS)
trimonio propio que gobierna, administra y
representa institucionalmente al Municipio I. Son competencias exclusivas del Gobierno
de Nuestra Señora de La Paz, esta subordi- Autónomo Municipal de La Paz de conformi-
nado a la Constitución Política del Estado y dad con la Constitución Política del Estado:
tiene igual rango constitucional en relación 1) Elaborar su Carta Orgánica Municipal de
al resto de las entidades territoriales autó- acuerdo a los procedimientos estableci-
nomas del país. dos en la Constitución, la presente Carta
Artículo 12. (FINES) Orgánica y la Ley.
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, 2) Planificar y promover el desarrollo hu-
tiene los siguientes fines: mano en su jurisdicción.
1) Promover la transformación cualitativa y 3) Proponer la iniciativa y convocatoria de
permanente de la calidad de vida de la po- consultas y referendos municipales en
blación. las materias de su competencia.
2) Contribuir a la satisfacción de las nece- 4) Promover el empleo y la mejora de las
sidades colectivas y garantizar la inte- condiciones laborales en el marco de las
gración y participación de los ciudadanos políticas nacionales.
en la planificación y el desarrollo humano 5) Preservar, conservar y contribuir a la
sostenible del Municipio. protección del medio ambiente y recur-
3) Promover y dinamizar el desarrollo hu- sos naturales, fauna silvestre y animales
mano sostenible, equitativo y participativo domésticos.
del Municipio, a través de la formulación y 6) Elaborar de Planes de Ordenamiento Te-
ejecución de políticas, planes, programas rritorial y de uso de suelos, en coordina-
y proyectos concordantes con la planifi- ción con los planes del nivel central del
cación del desarrollo departamental y na- Estado, departamental e indígena.
cional.
7) Planificar, diseñar, construir, conservar y
4) Preservar y conservar, en lo que le co- administrar caminos vecinales en coor-
rresponda, el medio ambiente y los eco- dinación con los pueblos indígenas origi-
sistemas del Municipio, contribuyendo a narios campesinos cuando corresponda.
la ocupación racional del territorio y al
aprovechamiento sostenible de los recur- 8) Construir, mantener y administrar los
sos naturales. aeropuertos públicos locales.
5)
Mantener, fomentar, defender y difundir 9) Establecer y administrar las estadísticas
los valores culturales, históricos, morales municipales.
y cívicos de la población del municipio.
10) Administrar el catastro urbano en el ám-
6) Favorecer la integración social de sus ha- bito de su jurisdicción en conformidad
bitantes, bajo los principios de equidad e a los preceptos y parámetros técnicos
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Comisión Especial Carta Orgánica
14. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
establecidos para los Gobiernos Munici- 23) Elaborar, aprobar y ejecutar sus progra-
pales. mas de operaciones y su presupuesto.
11) Administrar las áreas protegidas muni- 24) Promover y constituir fondos fiduciarios,
cipales en conformidad con los paráme- fondos de inversión y mecanismos de
tros y condiciones establecidas para los transferencia de recursos necesarios e
Gobiernos Autónomos Municipales. inherentes a los ámbitos de sus compe-
tencias.
12) Proponer y promover proyectos de fuen-
tes alternativas y renovables de energía 25) Gestionar centros de información y do-
preservando la seguridad alimentaria de cumentación, archivos, bibliotecas, mu-
alcance municipal. seos, hemerotecas y otros municipales.
13) Controlar la calidad y sanidad en la ela- 26) Constituir empresas públicas municipales.
boración, transporte y venta de produc-
tos alimenticios para el consumo huma- 27) Gestionar el aseo urbano, manejo y tra-
no y animal. tamiento de residuos sólidos en el mar-
co de la política del Estado.
14) Promover el deporte en el ámbito de su
jurisdicción. 28) Diseñar, construir, equipar y mantener la
infraestructura y obras de interés públi-
15) Promover y conservar el patrimonio na- co y bienes de dominio municipal, dentro
tural municipal. de su jurisdicción territorial.
16) Promover y conservar la cultura, patri- 29) Gestionar el desarrollo urbano y asenta-
monio cultural, histórico, artístico, mo- mientos humanos urbanos.
numental, arquitectónico, arqueológico,
paleontológico, científico, tangible e in- 30) Gestionar el servicio de alumbrado pú-
tangible municipal. blico de su jurisdicción.
17) Formular políticas de turismo local. 31) Promover la Cultura y actividades artísti-
cas en el ámbito de su jurisdicción.
18) Gestionar el transporte urbano, registro
de propiedad automotor, ordenamiento 32) Regular los espectáculos públicos y jue-
y educación vial, administración y con- gos recreativos.
trol del tránsito urbano. 33) Regular la publicidad y propaganda ur-
19) Crear y administrar impuestos de carác- bana.
ter municipal, cuyos hechos imponibles 34) Promover y suscribir convenios de aso-
no sean análogos a los impuestos nacio- ciación o mancomunidad municipal con
nales o departamentales. otros municipios.
20) Crear y administrar tasas, patentes a la 35) Suscribir convenios y/o contratos con
actividad económica y contribuciones personas naturales o colectivas, públicas
especiales de carácter municipal. y privadas para el desarrollo y cumpli-
21) Promover proyectos de infraestructura miento de sus atribuciones, competen-
productiva. cias y fines.
22) Expropiar inmuebles por razones de 36) Constituir y reglamentar el funciona-
utilidad y necesidad pública municipal, miento de la Guardia Municipal para
conforme al procedimiento establecido coadyuvar el cumplimiento, ejercicio y
por Ley, así como establecer limitaciones ejecución de sus competencias así como
administrativas y de servidumbre a la el cumplimiento de las normas y resolu-
propiedad, por razones de orden técni- ciones municipales.
co, jurídico y de interés público.
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Comisión Especial Carta Orgánica
15. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
37) Formular políticas que garanticen la de- V. El Gobierno Autónomo Municipal de la
fensa de los consumidores y usuarios en Paz esta facultado a requerir del auxilio de
el ámbito municipal. la fuerza pública para el cumplimiento de sus
competencias exclusivas, compartidas y con-
38) Promover sistemas de micro riego en currentes. Las autoridades responsables de
coordinación con los pueblos indígena las entidades competentes para este efecto,
originario campesinos. no podrán negar su participación bajo res-
39) Promover y desarrollar proyectos y po- ponsabilidad por la función pública por los
líticas para niñez y adolescencia, mujer, resultados y consecuencias del incumpli-
adulto mayor y personas con discapaci- miento a las normas y/o decisiones munici-
dad. pales.
40) Gestionar servicios básicos, así como Artículo 14.
aprobación de las tasas que correspon- (LINEAMIENTOS BASICOS)
dan a su jurisdicción. I. El Gobierno Autónomo Municipal de La
41) Regular la explotación de áridos y agre- Paz, asume como lineamientos básicos de
gados, en coordinación con los pueblos cumplimiento obligatorio por las servidoras
indígena originario campesinos, cuando y los servidores públicos municipales en el
corresponda. ejercicio de sus funciones públicas, los si-
guientes:
42) Planificar el desarrollo municipal en con-
cordancia con la planificación departa- 1) Planificación. Las políticas, estrategias,
mental y nacional. planes, programas, proyectos y accio-nes
del Gobierno Autónomo Municipal de La
43) Participar en empresas de industrializa- Paz, deben estar insertas en el marco del
ción, distribución y comercialización de proceso de planificación integral del Mu-
Hidrocarburos en el territorio municipal nicipio de Nuestra Señora de La Paz. La
en asociación con las entidades naciona- planificación municipal debe garantizar la
les del sector. participación de la sociedad en cada una
de sus etapas y sustentarse en los prin-
44) Ejercer todas las competencias de carác- cipios de corresponsabilidad, trasparencia
ter exclusivo, transferidas o delegadas de y rendición de cuentas clara, completa y
acuerdo con la Constitución Política del oportuna.
Estado y la Ley.
2) Asignación equitativa de recursos, la pla-
II. El Gobierno Autónomo Municipal de La nificación municipal que identifica, define
Paz, ejercerá las competencias compartidas y prioriza las demandas y necesidades de
y concurrentes de conformidad con lo esta- la población, es la base para la asignación
blecido por la Constitución Política del Esta- equitativa de recursos e inversiones, prio-
do y la legislación autonómica. rizando y anteponiendo el interés colecti-
vo al individual.
III. Los Órganos que conforman el Gobier-
no Autónomo Municipal de La Paz, ejercerán 3) Equidad social, por el que se reconoce la
las competencias exclusivas, compartidas y diferencia y el valor social equitativo de
concurrentes, en el marco de sus facultades las personas tanto en lo individual como
legislativas, reglamentarias y ejecutivas. en lo colectivo para alcanzar el pleno res-
peto a sus derechos.
IV. La transferencia, delegación o asignación
de nuevas competencias al Gobierno Autó- 4) Equidad de género, comprende la atención
nomo Municipal de La Paz, deberá prever los equitativa de las necesidades de hombres
recursos suficientes y establecer el marco y mujeres con el fin de alcanzar justicia so-
jurídico constitucional para su ejercicio. cial e igualdad de oportunidades, que ga-
rantice el pleno ejercicio de sus derechos
13
Comisión Especial Carta Orgánica
16. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
en los ámbitos de la vida social, académica, III. El Municipio de Nuestra Señora de La Paz,
económica, política, cultural y familiar. está organizado territorialmente en Macro-
distritos, Distritos y Unidades Territoriales
5) Transversalidad de género, es el enfoque Básicas.
para el logro de la integración de la pers-
pectiva de género en las políticas, planes, Artículo 16.
programas, proyectos y servicios de la ad- (JURISDICCIÓN MUNICIPAL
ministración y la gestión municipal. TÉCNICO ADMINISTRATIVA)
6) Servicio público con calidad humana, im- I. El Gobierno Autónomo Municipal de La
plica el ejercicio de la función pública y la Paz, en el ámbito de su jurisdicción técni-
prestación de los servicios municipales en co administrativa, tiene la capacidad de co-
pleno respeto a la dignidad y los derechos nocer y resolver controversias emergentes
de las personas del Municipio. del ejercicio de sus facultades legislativas,
reglamentarias, ejecutivas, administrativas y
7) Coordinación intrainstitucional, por la técnicas.
cual las unidades organizacionales ejercen
sus funciones en base a un permanente, II. Las decisiones y pronunciamientos emer-
dinámico y proactivo proceso de coordi- gentes del ejercicio de la jurisdicción técnico
nación con el resto de las unidades orga- administrativa, son de cumplimiento obli-
nizacionales. gatorio y surten efectos jurídicos mientras
no sean revocadas, anuladas o declaradas in-
constitucionales.
8) Transparencia, que es la obligación de III. El Gobierno Autónomo Municipal de La
otorgar publicidad a los actos de la admi- Paz, dispone del uso de la fuerza para hacer
nistración municipal, facilitando el acceso cumplir sus decisiones y pronunciamientos
irrestricto a la información en el marco de emergentes del ejercicio de la jurisdicción
los principios de veracidad, responsabili- técnico administrativa.
dad y oportunidad.
IV. En el conocimiento de controversias en el
II. Las políticas, estrategias, planes, programas ámbito de la jurisdicción técnico administra-
y proyectos municipales en su formulación tiva municipal, se garantiza el ejercicio de los
y ejecución, deberán contemplar de modo derechos constitucionales de las partes in-
estricto los lineamientos básicos señalados tervinientes y el cumplimiento de los princi-
precedentemente. pios de debido proceso, defensa, presunción
Artículo 15. de legitimidad, presunción de inocencia y le-
(ORGANIZACIÓN TERRITORIAL) galidad que le asisten a todo procedimiento
administrativo.
I. La organización territorial del Municipio de
Nuestra Señora de La Paz, se sustenta en los V. Las decisiones y pronunciamiento del Go-
principios de equidad, solidaridad, desarrollo, bierno Autónomo Municipal de La Paz, así
sustentabilidad, unidad e integralidad del te- como las normas emergentes del ejercicio
rritorio. de las facultades legislativas, reglamentarias y
ejecutivas, pueden ser impugnadas mediante
II. La organización territorial, tiene como fi- la interposición de los recursos administrati-
nalidad el ejercicio de la gestión municipal vos respectivos y los previstos en el control
desconcentrada, a objeto de procurar efi- constitucional.
ciencia en el ejercicio de las competencias
autonómicas, calidad en la prestación de los VI. La Ley Municipal de procedimientos ad-
servicios municipales y profundización de la ministrativos, regulará el ejercicio de la juris-
participación ciudadana y el control social en dicción técnico administrativa municipal.
el desarrollo municipal.
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Comisión Especial Carta Orgánica
17. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 17. como compatibilizará sus operaciones, es-
(AGOTAMIENTO DE LA VÍA trategias y resultados con los sistemas na-
ADMINISTRATIVA) cionales y departamentales de información
estadística.
I. La vía administrativa quedará agotada en
los casos siguientes: Artículo 20.
(TRANSPARENCIA MUNICIPAL)
1) Cuando se trate de resoluciones de los
recursos administrativos. Se garantiza el libre acceso a la información
municipal a través de medios tecnológicos
2)
Tratándose de las normas municipales y convencionales, la rendición de cuentas
emitidas por el Concejo Municipal en el pública y oportuna de conformidad con el
ejercicio de su facultad legislativa. procedimiento establecido en la normativa
II. Agotada la vía administrativa, el interesa- municipal correspondiente.
do podrá acudir a la impugnación judicial, así Artículo 21.
como impugnar mediante los recursos pre- (LUCHA CONTRA
vistos en la Constitución Política del Estado LA CORRUPCIÓN)
y las leyes aplicables.
I. El Gobierno Autónomo Municipal de La
Artículo 18. Paz, asume como política la lucha contra
(SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN la corrupción, diseña y aplica instrumentos
MUNICIPAL) para prevenir, investigar, procesar y sancionar
La gestión del Gobierno Autónomo Munici- los actos de corrupción de las servidoras y
pal de La Paz, se rige por un único Sistema servidores municipales en el ejercicio de sus
de Administración Municipal que integra y funciones.
relaciona todos los sistemas de información II. La participación de la comunidad es prio-
sectorial y funcional de la entidad en el mar- ridad en la lucha contra la corrupción, a la
co del Sistema de Planificación Integral para que se le garantiza reserva de su identidad
el Desarrollo Municipal. por las denuncias contra servidoras o servi-
Artículo 19. (ESTADÍSTICAS E INDI- dores públicos por la comisión de supuestos
CADORES) actos de corrupción en el ejercicio de sus
funciones.
I. El Gobierno Autónomo Municipal de La
Paz, organiza y opera un sistema de estadís- III. La lucha contra la corrupción municipal, se
ticas e indicadores municipales que permite sustenta en los principios de responsabilidad,
el monitoreo, evaluación y ajuste de los re- presunción de legitimidad e inocencia. Toda
sultados e impactos generados a través de denuncia contra las servidoras y servidores
la ejecución de las estrategias de corto, me- públicos municipales, deberá ser fundamen-
diano y largo plazo definidas por el Sistema tada y debidamente sustentada en elementos
de Planificación Integral para el Desarrollo de convicción probatorios sobre los hechos
Municipal. referidos.
II. El sistema de estadísticas e indicadores
municipales, podrá utilizar las técnicas más
adecuadas para la recopilación, procesamien-
to y actualización de registros administrati-
vos que coadyuven en la formulación y eva-
luación de políticas públicas municipales.
III. El Gobierno Autónomo Municipal de La
Paz, establecerá mecanismos de coordina-
ción con entidades públicas y privadas, así
15
Comisión Especial Carta Orgánica
18. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
TÍTULO SEGUNDO
GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA PAZ
CAPÍTULO PRIMERO Artículo 25. (IMPEDIMENTOS)
CONFORMACIÓN
No podrá ejercer el cargo de Concejal y/o
Artículo 22. Alcalde Municipal, quien tenga acusación
(ORGANOS DE GOBIERNO) formal, sentencia condenatoria ejecutoriada
a pena privativa de libertad, pliego de cargo
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, ejecutoriado, sentencia judicial ejecutoriada
está constituido por un Concejo Municipal por responsabilidad civil contra el Estado o
como Órgano Legislativo integrado por once estén comprendidos en los casos de incom-
(11) miembros con facultad deliberativa, fis- patibilidad o prohibiciones establecidos por
calizadora y legislativa municipal en el ámbito Ley.
de sus competencias y un Órgano Ejecutivo,
presidido por la Alcaldesa o el Alcalde Muni- Artículo 26.
cipal con facultad ejecutiva, administrativa, (INCOMPATIBILIDADES)
técnica y reglamentaria.
El ejercicio del cargo de Concejal y Alcal-
Artículo 23. (ELECCION) de Municipal, es incompatible con cualquier
otro cargo público, sea remunerado o no; su
I. Las concejalas, los concejales y la Alcalde- aceptación supone renuncia tácita al cargo,
sa o el Alcalde Municipal son elegidos por se exceptúa la docencia universitaria.
sufragio universal por un periodo de cinco
(5) años de conformidad con la normativa Artículo 27.
electoral vigente y los principios constitucio- (PROHIBICIONES)
nales democráticos de representación y par-
ticipación. La Alcaldesa o el Alcalde Municipal I. Los concejales y Alcalde Municipal, no po-
podrá ser reelecto de manera continua por drán anteponer sus intereses privados ante
una sola vez. los intereses públicos del Gobierno Autóno-
mo Municipal de La Paz.
II. Para ser elegido Concejal y/o Alcalde Mu-
nicipal, se requiere haber residido de forma II. Las Concejalas y los Concejales Municipa-
permanente al menos los dos años inmedia- les, bajo pérdida del mandato previo proceso
tamente anteriores a la elección en el Muni- y sanción penal, esta prohibidos de:
cipio de Nuestra Señora de La Paz. 1) Intervenir en la decisión de asuntos mu-
III. Para ser Alcaldesa o Alcalde Municipal se nicipales en los cuales tengan interés
requiere haber cumplido veintiún (21) años personal o los tuvieran sus cónyuges, sus
de edad. parientes hasta el cuarto grado de con-
sanguinidad o segundo de afinidad.
Artículo 24.
(POSESION Y EJERCICIO 2) Celebrar contratos por sí o por terceros,
DEL CARGO) sobre bienes, rentas y ejecución de obras,
prestación de servicios o explotaciones
Las Concejalas, los Concejales y la Alcaldesa municipales, concedidas, reguladas o su-
o el Alcalde Municipal, tomarán posesión y pervisadas por el Gobierno Autónomo
ejercerán el cargo de conformidad con las Municipal de La Paz.
previsiones y cumpliendo los requisitos es-
tablecidos en la normativa electoral vigente. 3) Ejercer funciones de administrador, arren-
datario, concesionario o adjudicatario de
bienes, obras, servicios públicos y explo-
16
Comisión Especial Carta Orgánica
19. TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES
taciones municipales, servir de interme- 5) Incapacidad física o mental declarada judi-
diario, fiador, deudor y en cualquier otra cialmente.
actividad financiera, comercial, industrial o
de servicios en general, en la cual se en- 6) Incompatibilidad sobreviniente.
cuentre relacionado el Gobierno Munici- 7)
Sentencia condenatoria ejecutoriada a
pal, sus bienes, servicios y obligaciones. pena privativa de libertad.
4) Usar indebidamente la información y las 8) Pliego de cargo ejecutoriado o sentencia
influencias derivadas del cargo que ejerce judicial ejecutoriada por responsabi-lidad
para obtener beneficios para sí, familiares civil contra el Estado y por las demás cau-
o terceros en los asuntos o trámites que sales establecidas por Ley.
se ventilen en el Gobierno Autónomo
Municipal de La Paz o que se deriven o II. Las concejalas, los concejales y la Alcalde-
generen en éste. sa o el Alcalde que cesen en sus funciones
por el cumplimiento de una de las causales
III. Cuando los intereses del Gobierno Au- establecidas precedentemente serán reem-
tónomo Municipal de La Paz, estuvieran en plazadas de conformidad con las previsiones
contraposición con los del Alcalde su cónyu- señaladas en la presente Carta Orgánica Mu-
ge o sus parientes hasta el cuarto grado de nicipal y la Ley Municipal respectiva.
consanguinidad y segundo de afinidad, aquél
no podrá bajo sanciones de ley, previo pro- Artículo 30.
ceso interno, anteponer sus intereses priva- (REVOCATORIA DEL MANDATO)
dos a los intereses públicos del municipio.
I. Las concejalas, los concejales y la Alcalde-
Artículo 28. sa o el Alcalde, podrán ser revocados de su
(PRESUNCIÓN DE LEGITIMIDAD) mandato, de acuerdo con la ley.
I. Las servidoras y servidores públicos del II. La revocatoria del mandato podrá solici-
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, tarse cuando haya transcurrido al menos la
son responsables de los actos que adoptan mitad del periodo del mandato. La revoca-
en ejercicio de sus competencias, atribucio- toria del mandato no podrá tener lugar du-
nes y funciones públicas. rante el último año de la gestión en el cargo.
II. Las actuaciones de los servidores públicos III. El referendo revocatorio procederá por
municipales, se presumen legitimas por estar iniciativa ciudadana, a solicitud de al menos
sometidas plenamente a la Ley, salvo expresa el quince por ciento de votantes del padrón
declaración judicial en contrario. electoral del Municipio de Nuestra Señora
de La Paz.
Artículo 29.
(CESACION DE FUNCIONES) IV. Producida la revocatoria de mandato, el
afectado cesará inmediatamente en el cargo,
I. Las concejalas, los concejales y la Alcaldesa proveyéndose su suplencia conforme a ley.
o el Alcalde, cesan en sus funciones por el
cumplimiento de una de las siguientes cau- V. La revocatoria procederá una sola vez en
sales: cada mandato constitucional del cargo elec-
to.
1) Fallecimiento.
Artículo 31.
2) Cumplimiento de su mandato de cinco (5) (SUSPENSIÓN TEMPORAL
años. Y DEFINITIVA)
3)
Renuncia escrita y acreditada personal- I. Las concejalas, los concejales y la Alcaldesa
mente. o el Alcalde Municipal, podrán ser suspen-
didas temporalmente de sus cargos por las
4) Revocatoria de mandato.
causales señaladas por ley.
17
Comisión Especial Carta Orgánica
20. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
II. El procedimiento de suspensión tempo- 1) Si la ausencia definitiva se produjese en
ral será establecido por Ley Municipal, cuyo la primera mitad del mandato, se proce-
cumplimiento es estricto y obligatorio. derá a un nuevo proceso eleccionario de
acuerdo con la normativa electoral vigen-
III. El procedimiento de suspensión temporal te.
que no cumpla las condiciones de legalidad
que establece la Ley, son ineficaces y nulos 2) Entre tanto se produzca el proceso elec-
de pleno derecho. cionario, el Concejo Municipal elegirá al
reemplazante que ejercerá el cargo de
IV. La suspensión definitiva de las Concejalas, forma interina, debiendo ser obligatoria-
Concejales y Alcaldesa y Alcalde Municipal, mente una Concejala o Concejal munici-
procede a la sola comprobación del cumpli- pal perteneciente a la misma fuerza políti-
miento de la causal prevista para este efecto. ca del titular.
Artículo 32. III. Si la ausencia definitiva del Alcalde o Al-
(AUSENCIA TEMPORAL) caldesa Municipal se produjese en la segun-
I. En caso de ausencia temporal de las Con- da mitad del mandato, será sustituido por la
cejalas y los Concejales, estos serán reempla- concejala o concejal municipal elegido por
zados por su suplente de conformidad con el el Concejo Municipal de los miembros que
Reglamento Interno del Concejo Municipal. correspondan a la misma fuerza política de la
máxima autoridad ejecutiva.
II. La Alcaldesa o el Alcalde Municipal, podrá
ausentarse temporalmente de conformidad
con las previsiones establecidas por Ley CAPÍTULO SEGUNDO
Municipal, en este caso, el Concejo Munici-
pal elegirá a su reemplazante que ejercerá ORGANO LEGISLATIVO MUNI-
el cargo de forma interina mientras dure la CIPAL
ausencia del titular.
Artículo 34.
III. En el caso de ausencia de la Alcaldesa o el (ORGANO LEGISLATIVO)
Alcalde Municipal por suspensión temporal
de conformidad con la Ley, el Concejo Muni- El Concejo Municipal es el órgano legislativo
cipal elegirá al reemplazante, quien ejercerá y máxima autoridad del Gobierno Autóno-
el cargo de forma interina. La Alcaldesa o el mo Municipal de La Paz, tiene facultad legis-
Alcalde Municipal interino deberá pertene- lativa, deliberante y fiscalizadora en el ámbito
cer obligatoriamente a la fuerza política de la de sus competencias y atribuciones.
autoridad suspendida. Artículo 35.
Artículo 33. (FACULTADES)
(AUSENCIA DEFINITIVA) I. El Concejo Municipal de La Paz, ejerce to-
I. En caso ausencia definitiva de las Conceja- das aquellas facultades reconocidas por la
las y los Concejales Municipales por el cum- Constitución Política del Estado como Ór-
plimiento de una de las causales estableci- gano Legislativo Municipal:
das en la presente Carta Orgánica y la Ley, 1) Facultad Legislativa, que es la capacidad
el Concejal o Concejala suplente asumirá la de legislar que tiene el Concejo Municipal
titularidad y ejercerá el cargo por el resto de para el ejercicio de las competencias ex-
la gestión municipal. clusivas, compartidas y concurrentes por
II. En ausencia definitiva de la Alcaldesa o el el Gobierno Autónomo Municipal de La
Alcalde Municipal, se procederá de confor- Paz.
midad con las siguientes previsiones: 2) Facultad Deliberante, que es la capacidad
de deliberar, analizar y decidir plural y de-
18
Comisión Especial Carta Orgánica
21. TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES
mocráticamente en el Pleno del Conce- 6) Aprobar dentro de los cuarenta (40)
jo Municipal de La Paz, así como entablar días hábiles de su presentación por la
diálogos constructivos con la sociedad or- Alcaldesa o Alcalde Municipal, el Plan de
ganizada para la formulación de políticas Desarrollo Municipal y el Plan de Or-
públicas, elaboración de leyes, ordenanzas denamiento Territorial. En caso que el
y toma de decisiones en beneficio de la Concejo Municipal no se pronuncie en
comunidad. el plazo señalado, el Plan de Desarrollo
Municipal y el Plan de Ordenamiento Te-
3) Facultad Fiscalizadora, que es la capacidad rritorial presentados se darán por apro-
de fiscalización al Órgano Ejecutivo, me- bados.
diante la verificación, evaluación y análisis
del cumplimiento de los planes, progra- 7) Considerar y aprobar el Programa
mas, proyectos y presupuesto municipal, Operativo, Presupuesto Municipal y sus
así como el uso correcto de los recursos respectivas modificaciones y reformu-
municipales en lo fines y objetivos pre- laciones dentro de los veinte (20) días
vistos en la planificación participativa y el hábiles de su presentación por el Alcal-
presupuesto municipal. de o Alcaldesa Municipal; si en el plazo
establecido, el Concejo Municipal no se
II. El Concejo Municipal de La Paz para el pronuncia, los instrumentos de gestión
ejercicio eficiente y responsable de su fa- antes referidos quedan aprobados y se
cultad legislativa, deliberante y fiscalizadora, ejecutan en las condiciones y alcance de
podrá aprobar normas, procedimientos le- su presentación.
gislativos e instrumentos técnicos de gestión.
8) Considerar, aprobar o rechazar den-
Artículo 36. (ATRIBUCIONES) tro de los veinte (20) días hábiles de su
Son atribuciones del Concejo Municipal de presentación por el Alcalde o Alcaldesa
La Paz: Municipal la Estructura Organizacional
del Órgano Ejecutivo Municipal, el Plan
1) Elaborar y aprobar el proyecto de Carta de Personal; transcurrido el plazo antes
Orgánica Municipal y sus modificaciones señalado sin pronunciamiento, los instru-
y remitir al Tribunal Constitucional Plu- mentos de gestión se darán por aproba-
rinacional para el control constitucional dos.
respectivo.
9) Aprobar o rechazar el informe de eje-
2) Organizar su directiva, establecer instan- cución del Programa de Operaciones
cias de deliberación y dotarse de estruc- Anual y la ejecución presupuestaria co-
turas administrativas. rrespondiente a cada gestión anual, pre-
sentados por el Alcalde o Alcaldesa Mu-
3) Ejercer la facultad legislativa, mediante la nicipal dentro de los dos (2) primeros
aprobación y sanción de Leyes Munici- meses de cada año.
pales, Ordenanzas y otro tipo de instru-
mentos normativos para el ejercicio de 10) Conocer y aprobar los Estados Finan-
las competencias exclusivas, comparti- cieros y la memoria anual, dentro de los
das y concurrentes. dos (2) primeros meses de la siguiente
gestión.
4) Aprobar o rechazar por ley municipal la
transferencia o delegación de competen- 11) Fiscalizar la administración del catastro
cias de otra entidad territorial autóno- urbano municipal en el ámbito de su ju-
ma. risdicción, de acuerdo con las normas
catastrales y técnicotributarias emitidas
5) Aprobar o rechazar por ley municipal la por el Órgano Ejecutivo Municipal.
transferencia o delegación de competen-
cias a otra entidad territorial autónoma.
19
Comisión Especial Carta Orgánica
22. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
12) Disponer por Ley Municipal, la creación 21) Designar al Alcalde o Alcaldesa interina
y regulación de Impuestos, Tasas, Paten- en caso de ausencia temporal o definiti-
tes y Contribuciones Especiales presen- va del titular.
tadas por el Órgano Ejecutivo Municipal.
22) Designar al Tribunal de Imprenta de
13) Aprobar o rechazar convenios suscritos acuerdo a Ley.
por el Alcalde Municipal con entidades,
personas jurídicas y/o naturales, publicas 23) Tomar conocimiento de los informes y
y/o privadas, nacionales y/o extranjeras dictámenes emitidos por la Contraloría
sobre asuntos de interés del Gobierno General del Estado y pronunciarse de
Autónomo Municipal de La Paz. acuerdo a Ley cuando así corresponda.
14) Aprobar y/o rechazar los contratos ad- 24) Aprobar la normativa municipal de ho-
ministrativos emergentes de los proce- nores y distinciones, condecoraciones y
sos de contratación de obras, bienes, premios por servicios a la comunidad.
servicios y concesiones municipales sus- 25) Aprobar y sancionar la Ley Municipal
critos por el Alcalde Municipal o la auto- para la enajenación de bienes de domi-
ridad municipal delegada para el efecto nio público y de bienes de dominio ins-
de acuerdo a reglamentación específica. titucional de conformidad con la Consti-
15) Autorizar al Órgano Ejecutivo Municipal, tución Política del Estados y la normativa
la emisión de títulos valores y la nego- en vigencia.
ciación y constitución de empréstitos, 26) Autorizar por dos tercios de votos de
en un plazo máximo de quince (15) días los miembros del Concejo Municipal la
hábiles de presentada la solicitad por el enajenación de bienes municipales con-
Alcalde Municipal. forme a Ley Municipal.
16) Aprobar por Ley Municipal la organiza- 27) Aprobar y sancionar la Ley Municipal de
ción territorial del Municipio de Nuestra constitución del Banco de Tierras y la
Señora de La Paz. administración de la propiedad inmueble
17) Aprobar por Ley Municipal, la creación, municipal.
constitución, fusión, transformación o 28) Aprobar la transferencia o entrega a otro
disolución de empresas municipales y título de bienes a otras entidades públi-
entidades descentralizadas. cas para el cumplimiento de competen-
18) Aprobar la participación del Gobierno cias municipales.
Autónomo Municipal de La Paz, en man- 29) Recibir informe del Alcalde o Alcaldesa
comunidades, asociaciones, hermana- Municipal sobre el desarrollo de la ges-
mientos y organismos intermunicipales, tión, la ejecución y avance de planes, polí-
públicos y privados, nacionales o interna- ticas, programas y proyectos municipales.
cionales u otro tipo de actores privados
para el cumplimiento de sus fines. 30) Fiscalizar las labores de la Alcaldesa o
Alcalde Municipal y en su caso, disponer
19) Emitir normas municipales para el regis- su procesamiento interno en la Comi-
tro de la personalidad jurídica de las or- sión de Ética por responsabilidad admi-
ganizaciones de control social asentadas nistrativa; sancionarlo en caso de existir
en la jurisdicción del municipio. responsabilidad ejecutiva y remitir obra-
20) Aprobar la nominación de calles, aveni- dos a la justicia ordinaria en los casos
das, plazas, parques y establecimientos de responsabilidad civil o penal, constitu-
de educación, salud y otros espacios yéndose en esa última situación en parte
públicos de acuerdo a norma municipal querellante.
específica.
20
Comisión Especial Carta Orgánica
23. TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES
31) Fiscalizar, por iniciativa institucional o 4) Oficinas Macrodistritales del Concejo
mediante requerimiento motivado de las Municipal, son las instancias desconcen-
instancias de control social, a través del tradas que tienen por objeto garantizar el
Alcalde o Alcaldesa Municipal, a las servi- rol representativo, participativo, dialogan-
doras y servidores públicos municipales te y gestor del Concejo Municipal en el
de todos los ámbitos de gestión admi- ámbito territorial del Municipio de Nues-
nistrativa municipal centralizada, descon- tra Señora de La Paz.
centrada y descentralizada.
III. Para el ejercicio de sus facultades legisla-
32) Cumplir las demás atribuciones o res- tivas, deliberante y fiscalizadora, el Concejo
ponsabilidades que le señalen las normas Municipal podrá organizar y dotarse de una
vigentes. estructura administrativa integrada por Di-
recciones y Unidades operativas de acuerdo
Artículo 37. con los principios y parámetros de la admi-
(ORGANIZACIÓN DEL CONCEJO) nistración pública.
I. El Concejo Municipal de La Paz para el IV. El Reglamento Interno, establecerá la or-
cumplimiento de sus facultades y atribucio- ganización y funcionamiento de la estructura
nes, se organiza en una estructura orgánica y orgánica y administrativa del Concejo Muni-
una estructura administrativa. cipal de La Paz.
II. La estructura orgánica del Concejo Mu- Artículo 38. (SESIONES)
nicipal esta conformada por las siguientes
instancias: I. La sesión del Pleno del Concejo Munici-
pal, es la máxima instancia de deliberación y
1)
Pleno del Concejo Municipal; máxima debate de las Concejalas y Concejales para
autoridad del Gobierno Autónomo Mu- la toma de decisiones en el marco de sus
nicipal de La Paz, constituye el órgano facultades autonómicas, a efecto de regular
legislativo, representativo, deliberante y el cumplimiento de las competencias exclusi-
fiscalizador en el marco de sus atribucio- vas, compartidas y concurrentes del Gobier-
nes y competencias autonómicas. no Autónomo Municipal de La Paz.
2) Directiva del Concejo Municipal; instancia II. Las sesiones del Pleno del Concejo Muni-
de dirección, planificación, organización, cipal, son ordinarias o extraordinarias, debe-
gestión y representación del Concejo rán convocarse obligatoriamente de manera
Municipal; esta conformada por una Pre- pública y por escrito.
sidencia, una Vicepresidencia y una Secre-
taría, cuya composición expresa la repre- III. Las sesiones del Pleno del Concejo Mu-
sentación de mayorías y minorías de las nicipal tienen carácter público, y serán re-
fuerzas políticas elegidas y representadas servadas o secretas en los casos y de con-
en el Órgano Legislativo Municipal. formidad con las previsiones y condiciones
establecidas en el Reglamento Interno.
3)
Comisiones del Concejo Municipal, son
instancias técnicas y operativas, res- IV. Para su validez, las sesiones del Pleno del
ponsables del análisis, revisión, elabora- Concejo Municipal deberán efectuarse obli-
ción y aprobación de los proyectos de gatoriamente con el quórum respectivo, que
instrumentos normativos y fiscalización se forma con la asistencia de la mitad más
del Concejo Municipal; son también de uno del total de sus miembros. Son nulos de
su conocimiento los asuntos municipales pleno derecho los actos y decisiones que no
asignados según su competencia y espe- cumplan las condiciones señaladas preceden-
cialidad. La reglamentación interna esta- temente.
blecerá el número, naturaleza, especiali-
dad, atribuciones y características de las V. Las Comisiones del Concejo Municipal,
Comisiones. podrán deliberar y tratar los asuntos de su
21
Comisión Especial Carta Orgánica
24. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
competencia en sesiones ordinarias o ex- Artículo 41.
traordinarias de conformidad con lo estable- (ALCALDESA O ALCALDE
cido en el Reglamento Interno. MUNICIPAL)
Artículo 39. La Alcaldesa o el Alcalde Municipal, es la
(PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO) máxima autoridad ejecutiva y representante
legal del Gobierno Autónomo Municipal de
El Concejo Municipal de La Paz, mediante La Paz.
Ley Municipal establecerá el procedimiento
para el ejercicio de su facultad legislativa y Artículo 42.
regulará la organización y desarrollo del or- (FACULTADES)
denamiento jurídico y administrativo del Go-
bierno Autónomo Municipal de La Paz. Son facultades de la Alcaldesa o Alcalde Mu-
nicipal las siguientes:
1) Facultad ejecutiva, que es la capacidad
CAPÍTULO TERCERO que tiene la Alcaldesa o el Alcalde Muni-
cipal para organizar, planificar, programar
ÓRGANO EJECUTIVO y ejecutar las competencias exclusivas,
MUNICIPAL concurrentes y compartidas en la jurisdic-
Artículo 40. ción del Municipio de Nuestra Señora de
(ÓRGANO EJECUTIVO MUNICIPAL) La Paz en el marco de la planificación y la
normativa municipal vigente.
I. El Órgano Ejecutivo Municipal, es la instan-
cia de ejecución técnica, económico finan- 2) Facultad reglamentaria, que es la capaci-
ciera, administrativa de la gestión municipal, dad de reglamentar el cumplimiento de la
presidida por la Alcaldesa o Alcalde como Leyes Municipales, así como desarrollar la
máxima autoridad ejecutiva del Gobierno normativa necesaria para el ejercicio de
Autónomo Municipal de La Paz. sus atribuciones y competencias.
II. El Órgano Ejecutivo Municipal, esta inte- 3) Facultad administrativa, que es la capaci-
grado por la Alcaldesa o el Alcalde Munici- dad de organizar y dirigir la administración
pal como máxima autoridad y representante pública municipal para el cumplimiento de
legal del Gobierno Autónomo Municipal de las competencias exclusivas, compartidas
La Paz, el Gabinete Municipal, las Secretarias, y concurrentes y el logro de los fines y
Delegaciones, Subalcaldías, las Unidades des- objetivos del Gobierno Autónomo Muni-
concentradas y descentralizadas y otras enti- cipal de La Paz.
dades públicas en las que tenga participación Artículo 43.
el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (COMPETENCIAS)
III. El Órgano Ejecutivo Municipal, podrá es- Son competencias de la Alcaldesa o el Alcal-
tablecer en su estructura nuevas instancias, de Municipal, las siguientes:
cambiar sus denominaciones y/o suprimir las
existentes de acuerdo con la realidad mu- 1) Cumplir y hacer cumplir la presente
nicipal y necesidad institucional a efecto de Carta Orgánica Municipal y toda la nor-
responder de forma eficiente y eficaz con mativa municipal.
sus competencias, atribuciones y responsa-
bilidades. 2) Representar al Gobierno Autónomo
Municipal de La Paz.
IV. La organización, estructura y funciona-
miento del Órgano Ejecutivo Municipal será 3) Ejercer en el ámbito de sus competen-
aprobada mediante Ley Municipal. cias, las facultades ejecutivas, reglamen-
tarias y administrativas para el cumpli-
miento de las competencias exclusivas,
22
Comisión Especial Carta Orgánica
25. TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES
compartidas y concurrentes del Gobier- 16) Suscribir contratos administrativos y/o
no Autónomo Municipal de La Paz. delegar la competencia de suscripción
a otros servidores públicos municipales
4) Promulgar las Leyes y Ordenanzas Muni- y remitir al Concejo Municipal para su
cipales sancionadas por el Concejo Mu- conocimiento y respectivo pronuncia-
nicipal. miento.
5) Reglamentar el cumplimiento de las Leyes 17) Suscribir convenios con entidades, per-
Municipales, sancionadas por el Concejo sonas jurídicas y/o naturales, publicas y/o
Municipal de conformidad con la norma- privadas, nacionales y/o extranjeras so-
tiva municipal vigente. bre asuntos de interés del Gobierno Au-
6) Presentar a consideración del Concejo tónomo Municipal de La Paz y remitir al
Municipal proyectos de Ley, Ordenanza Concejo Municipal para su conocimien-
u otras normas municipales. to y respectivo pronunciamiento.
7) Emitir y dictar normas municipales en el 18) Presidir por si o mediante representante
ámbito ejecutivo de acuerdo a lo dis- designado, los Consejos de Administra-
puesto por Ley Municipal. ción o Directorios de las entidades des-
centralizadas, empresas municipales u
8) Conducir las relaciones intergubernamen- otras en las que el Gobierno Autónomo
tales e internacionales. Municipal de La Paz participe.
9) Organizar, designar, posesionar y dirigir el 19) Administrar el catastro urbano de con-
Gabinete Municipal de conformidad con formidad con las normas técnicas y lega-
la Ley Municipal de organización del Ór- les en vigencia.
gano Ejecutivo Municipal.
20) Organizar la Guardia Municipal creada
10) Designar, posesionar y retirar a las au- por Ley Municipal, reglamentar su fun-
toridades municipales designadas y de li- cionamiento y supervisar el cumplimien-
bre nombramiento y al personal técnico to de sus atribuciones y evaluar la conse-
administrativo, de acuerdo a normativa cución de sus fines y objetivos.
vigente.
21) Solicitar el auxilio de la fuerza pública
11) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y para hacer cumplir las normas y dispo-
evaluar las labores del Órgano Ejecutivo siciones municipales, pudiendo iniciar las
Municipal. acciones que corresponda ante los ór-
ganos competentes en caso de negativa.
12) Establecer Delegaciones Municipales
de acuerdo a las políticas estratégicas y 22) Formular y elevar ante el Concejo Mu-
asuntos prioritarios relacionados con la nicipal para su consideración y aproba-
gestión municipal. ción, los planes de desarrollo municipal y
de ordenamiento territorial, elaborados
13) Designar, posesionar y remover a los con participación de la comunidad.
Secretarios y Delegados Municipales de
acuerdo a Ley Municipal. 23) Formular y elevar ante el Concejo Mu-
nicipal, para su consideración y aproba-
14) Constituir y convocar a instancias con- ción, la programación operativa, el pre-
sultivas y de participación ciudadana. supuesto municipal, sus reformulaciones
y modificaciones.
15) Elaborar, aprobar y aplicar los reglamen-
tos específicos para implantar e institu- 24) Formular y elevar ante el Concejo Muni-
cionalizar los procesos de Administra- cipal para su consideración y aprobación
ción y de Control Gubernamentales, en la estructura organizacional del Órgano
el marco de las normas básicas respec- Ejecutivo Municipal, los manuales de or-
tivas. ganización, funciones y procedimientos
municipales.
23
Comisión Especial Carta Orgánica
26. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
25) Remitir a consideración del Concejo 35) Responder las peticiones de informes es-
Municipal los Estados Financieros audita- critos u orales que requiera el Concejo
dos del Gobierno Autónomo Municipal Municipal en cumplimiento de su facul-
de La Paz. tad fiscalizadora de conformidad con los
plazos y modalidades que señala el Re-
26) Poner a disposición de la autoridad com- glamento Interno del Órgano Legislativo
petente los estados financieros y la eje- Municipal.
cución presupuestaria de la gestión ante-
rior, debidamente suscritos y aprobados 36) Proponer al Concejo Municipal proyec-
por el Concejo Municipal. tos de Ley Municipal para la creación,
delimitación, fusión y/o supresión de uni-
27) Solicitar al Concejo Municipal la autori- dades territoriales que integran la orga-
zación para la adquisición de emprésti- nización territorial del municipio.
tos de acuerdo a normativa vigente.
37) Administrar el sistema de registro del
28) Aprobar los planos generales del Muni- derecho propietario de los vehículos
cipio. registrados en la jurisdicción, legalmente
29) Elaborar y elevar ante el Concejo Muni- importados, ensamblados o fabricados
cipal, para su consideración y aprobación, en el territorio nacional.
el plan de uso de suelos y otros instru- 38) Cumplir con las demás atribuciones y
mentos de planificación y ordenamiento funciones establecidas en la Constitu-
territorial. ción Política del Estado, Carta Orgánica
30) Ejecutar los procesos de expropiación Municipal, leyes nacionales, leyes y nor-
aprobados por el Concejo Municipal de mas municipales para el cumplimiento de
conformidad con la Ley. los fines y objetivos del Gobierno Autó-
nomo Municipal de La Paz.
31) Proponer al Concejo Municipal los pla-
nos de zonificación y valuación zonal, ta- Artículo 44.
blas de valores, según calidad de vía del (ESTRUCTURA)
suelo y la delimitación de cada una de I. El Órgano Ejecutivo Municipal esta consti-
las zonas detectadas por el proceso de tuido por el:
zonificación de conformidad con la nor-
mativa vigente. 1) Gabinete Municipal, instancia de análisis y
toma decisiones para el cumplimiento de
32) Proponer al Concejo Municipal proyec- las competencias municipales. Esta con-
tos de Ley Municipal para la creación y formado por las autoridades municipales
regulación de impuestos, tasas, patentes de mayor jerarquía del Órgano Ejecutivo
y contribuciones especiales. Municipal y es presidida por la Alcaldesa o
33) Proponer al Concejo Municipal proyec- Alcalde Municipal.
tos de Ley Municipal para la constitución, 2)
Las Secretarías Municipales, instancias
así como la disolución de entidades des- responsables de ejecutar las políticas mu-
centralizadas, empresas públicas o mix- nicipales de conformidad con sus compe-
tas u otras para la prestación de servi- tencias y atribuciones asignadas en la or-
cios, ejecución de obras o explotaciones ganización de la estructura municipal.
municipales.
3) Las Delegaciones Municipales, son instan-
34) Presentar ante el Concejo Municipal y cias constituidas y organizadas para el cono-
las instancias de participación social, la cimiento y ejecución de asuntos municipales
memoria anual, informes sustentados de específicos, caracterizados por la especialidad
la ejecución física y presupuestaria de la que revisten sus competencias, ejerciendo
gestión municipal como acto de rendi- las funciones asignadas en representación
ción pública de cuentas. de la Alcaldesa o el Alcalde Municipal.
24
Comisión Especial Carta Orgánica
27. TÍTULO SEGUNDO DISPOSICIONES GENERALES
4) Las Subalcaldías, son las unidades organiza- 1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá-
cionales desconcentradas para la gestión nica, la normativa municipal, el sistema de
del territorio, responsables de la adminis- planificación integral municipal, las políti-
tración de los macrodistritos que integran cas públicas municipales y los instrumen-
la organización territorial del Municipio tos de gestión y administración municipal;
de Nuestra Señora de La Paz.
2) Ejercer las atribuciones y funciones ope-
5) Las unidades desconcentradas, son ins- rativas, técnicas y administrativas del Ór-
tancias con autonomía de gestión admi- gano Ejecutivo Municipal;
nistrativa, legal y técnica, constituidas para
la prestación de servicios municipales, 3) Coordinar cuando corresponda, la ejecu-
ejecución de obras y cumplimiento de ción de sus atribuciones con autoridades,
competencias municipales en el territorio instituciones, organizaciones del control
urbano y rural del municipio. social y otras instancias y representacio-
nes de la sociedad civil;
6) Las unidades descentralizadas, son instan-
cias de derecho público con personería 4) Ejercer sus atribuciones de forma eficien-
jurídica propia, autonomía de gestión y pa- te y eficaz en la prestación de los servicios
trimonio propio, que operan, administran, y la ejecución de obras municipales;
prestan servicios o ejecutan obras muni- 5) Coordinar y participar en la formulación
cipales en el territorio urbano y rural del de la programación operativa y el presu-
Municipio de Nuestra Señora de La Paz. puesto en consulta con las instancias de
II. La Ley Municipal de organización del Ór- participación y control social, en el marco
gano Ejecutivo Municipal, regulará el funcio- del proceso de planificación participativa
namiento, organización y marco competen- municipal.
cial de cada una de las instancias que forma III. Son atribuciones de las Delegaciones Mu-
parte de la estructura municipal señalada nicipales:
precedentemente.
1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá-
Artículo 45. nica, la normativa municipal, el sistema de
(ATRIBUCIONES) planificación integral municipal, las políti-
I. Son atribuciones del Gabinete Municipal: cas públicas municipales y todos los ins-
trumentos de gestión y administración
1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá- municipal.
nica, la normativa municipal, el sistema de
planificación integral municipal, las políti- 2) Ejercer las atribuciones y funciones ope-
cas públicas municipales y los instrumen- rativas y administrativas del Órgano Eje-
tos de gestión y administración municipal; cutivo Municipal delegadas por la Alcalde-
sa o Alcalde Municipal.
2) Expedir los actos y reglamentos que sean
necesarios para ejercer las competencias 3) Coordinar y participar en la formulación
exclusivas, compartidas y concurrentes de la programación operativa y el presu-
del Gobierno Autónomo Municipal de La puesto de la delegación municipal.
Paz; IV. Son atribuciones de las Subalcaldías en el
3) Analizar, aprobar y evaluar los planes, po- ámbito de la gestión territorial desconcen-
líticas, estrategias, programas y proyectos trada:
municipales. 1) Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgá-
II. Son atribuciones de las Secretarías Muni- nica, la normativa municipal, el sistema de
cipales en el ámbito de acción que les co- planificación integral municipal, las políti-
rresponda: cas públicas municipales y los instrumen-
tos de gestión y administración municipal
25
Comisión Especial Carta Orgánica
28. PROYECTO CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ
2) Representar al Órgano Ejecutivo Munici- categorías emergentes con posterioridad a
pal en el ámbito territorial del ejercicio de la aprobación de la presente Carta Orgánica
sus atribuciones. Municipal.
3) Ejercer las atribuciones y funciones opera- III. La Ley Municipal de la Función Pública
tivas, administrativas y técnicas en repre- Municipal, regulará el régimen de los ser-
sentación del Órgano Ejecutivo Municipal. vidores y servidoras públicas, categorías y
clasificación de los cargos, la carrera admi-
4) Coordinar la ejecución de sus atribucio- nistrativa municipal, derechos y obligaciones,
nes con autoridades, instituciones, organi- el régimen de sanciones y el conjunto de
zaciones del control social y otras instan- disposiciones relacionadas con el desempe-
cias y representaciones de la sociedad civil ño de funciones en el Gobierno Autónomo
del Macrodistrito. Municipal de La Paz.
5) Supervisar la eficiente y eficaz prestación IV. El ejercicio de funciones de los servido-
de los servicios y la ejecución de obras res y servidoras públicas y la normativa mu-
municipales. nicipal aplicable, deberá estar en concordan-
6) Coordinar el relacionamiento con las ins- cia y ser compatible con las competencias
tancias de participación y control social. autonómicas y las disposiciones legales na-
cionales que regulan el ejercicio de la función
7) Coordinar y participar en la formulación pública.
de la programación operativa y el presu-
puesto de su ámbito territorial, en con-
sulta con las instancias de participación y
control social, en el marco del proceso de
planificación participativa municipal.
8) Coordinar con las entidades públicas y
privadas del Macrodistrito.
V. El número, la organización y gestión ad-
ministrativa, atribuciones y funciones de las
instancias que integran la estructura del Ór-
gano Ejecutivo Municipal, así como su funcio-
namiento serán regulados por Ley Municipal.
Artículo 46.
(SERVIDORAS Y SERVIDORES
PÚBLICOS)
I. Servidora o Servidor público, es aquella
persona individual que independientemente
de su jerarquía, calidad, fuente de remunera-
ción, presta servicios en relación de depen-
dencia con el Gobierno Autónomo Munici-
pal de La Paz.
II. Los servidores públicos del Gobierno
Autónomo Municipal de La Paz, están com-
prendidos en las categorías de servidores
públicos electos, designados o de libre nom-
bramiento, de carrera administrativa muni-
cipal, eventuales, temporales o a plazo fijo,
sujetos a la Ley General del Trabajo y otras
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Comisión Especial Carta Orgánica