Este documento establece lineamientos para la formulación y aprobación de planes de contingencia a nivel nacional, sectorial, regional y local. Define qué es un plan de contingencia, su contenido mínimo requerido e indica que deben formularse de acuerdo a la normativa vigente sobre gestión de riesgos de desastres. Además, aprueba estos lineamientos y designa al Instituto Nacional de Defensa Civil como la entidad encargada de promover y supervisar su cumplimiento.
Este documento presenta el Reglamento Interno de Funcionamiento del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Establece la naturaleza, objetivos y funciones del CGBVP como una organización cívica nacional de bomberos voluntarios. Además, describe la estructura organizativa del CGBVP a nivel nacional y los libros y registros que debe mantener, incluyendo un escalafón de sus miembros.
Este decreto tiene como objetivo compilar la normatividad expedida por el Gobierno Nacional en ejercicio de sus facultades reglamentarias para la ejecución de las leyes del Sector Administrativo de Planeación Nacional. Define la estructura del sector, incluyendo el Departamento Nacional de Planeación como cabeza del sector, las entidades adscritas y vinculadas, y establece disposiciones generales sobre el objeto y ámbito de aplicación de la normativa compilada. Incluye también la reglamentación sobre contratación estatal, estableciendo conceptos
Este decreto adopta el Plan Nacional de Contingencia contra derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en Colombia. El plan tiene como objetivo servir como instrumento para prevenir, mitigar y corregir los daños causados por derrames, y dotar al sistema nacional de una herramienta para coordinar la prevención y respuesta a estos eventos. El decreto establece la estructura y principios del plan, así como las responsabilidades de las entidades públicas y privadas involucradas en su implementación y actualización.
Este decreto adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. El plan tiene como objetivo orientar las acciones del Estado y la sociedad civil para la prevención y mitigación de riesgos, así como la preparación y recuperación ante desastres. El decreto aprueba el documento Fundamentos y Acción Programática del plan y establece objetivos como la reducción de riesgos, la respuesta efectiva ante desastres, y la recuperación rápida de zonas afectadas. También describe los principales programas que el Sistema Nacional
Este decreto crea el Fondo Adaptación para la recuperación, construcción y reconstrucción de zonas afectadas por el fenómeno de La Niña en Colombia. El Fondo será administrado por un Consejo Directivo que aprobará proyectos y contratos, y supervisará la inversión de recursos. El decreto establece la estructura y funciones del Consejo Directivo y designa a una Gerencia responsable de la ejecución operativa del Fondo y sus proyectos. El patrimonio del Fondo provendrá de fuentes como el presupuesto n
Este documento aprueba la ejecución de simulacros y simulaciones durante los años 2019 al 2021 para evaluar los planes de respuesta ante desastres en el Perú. Se realizarán simulaciones regionales y nacionales de sismos, tsunamis y otros peligros múltiples, así como simulacros nacionales diurnos, vespertinos y nocturnos para poner a prueba la capacidad de respuesta ante desastres a nivel nacional y regional. El objetivo es mejorar la preparación para proteger la vida y el patrimonio de la p
Este decreto establece el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. El sistema está compuesto por entidades públicas y privadas que trabajan para prevenir y atender desastres. Se crea la Oficina Nacional para la Atención de Desastres para coordinar el sistema y desarrollar un Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. El decreto también requiere que las entidades territoriales incluyan componentes de prevención de desastres en sus planes de desarrollo.
Este decreto tiene como objetivo compilar y racionalizar las normas reglamentarias del Ministerio del Interior de Colombia en un único decreto. Describe la estructura del sector administrativo del Ministerio del Interior y compila varios artículos existentes sobre fondos especiales, órganos de asesoría y entidades adscritas al Ministerio. El decreto busca simplificar y organizar de manera coherente la normativa del sector para asegurar la seguridad jurídica.
Este documento presenta el Reglamento Interno de Funcionamiento del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Establece la naturaleza, objetivos y funciones del CGBVP como una organización cívica nacional de bomberos voluntarios. Además, describe la estructura organizativa del CGBVP a nivel nacional y los libros y registros que debe mantener, incluyendo un escalafón de sus miembros.
Este decreto tiene como objetivo compilar la normatividad expedida por el Gobierno Nacional en ejercicio de sus facultades reglamentarias para la ejecución de las leyes del Sector Administrativo de Planeación Nacional. Define la estructura del sector, incluyendo el Departamento Nacional de Planeación como cabeza del sector, las entidades adscritas y vinculadas, y establece disposiciones generales sobre el objeto y ámbito de aplicación de la normativa compilada. Incluye también la reglamentación sobre contratación estatal, estableciendo conceptos
Este decreto adopta el Plan Nacional de Contingencia contra derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en Colombia. El plan tiene como objetivo servir como instrumento para prevenir, mitigar y corregir los daños causados por derrames, y dotar al sistema nacional de una herramienta para coordinar la prevención y respuesta a estos eventos. El decreto establece la estructura y principios del plan, así como las responsabilidades de las entidades públicas y privadas involucradas en su implementación y actualización.
Este decreto adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. El plan tiene como objetivo orientar las acciones del Estado y la sociedad civil para la prevención y mitigación de riesgos, así como la preparación y recuperación ante desastres. El decreto aprueba el documento Fundamentos y Acción Programática del plan y establece objetivos como la reducción de riesgos, la respuesta efectiva ante desastres, y la recuperación rápida de zonas afectadas. También describe los principales programas que el Sistema Nacional
Este decreto crea el Fondo Adaptación para la recuperación, construcción y reconstrucción de zonas afectadas por el fenómeno de La Niña en Colombia. El Fondo será administrado por un Consejo Directivo que aprobará proyectos y contratos, y supervisará la inversión de recursos. El decreto establece la estructura y funciones del Consejo Directivo y designa a una Gerencia responsable de la ejecución operativa del Fondo y sus proyectos. El patrimonio del Fondo provendrá de fuentes como el presupuesto n
Este documento aprueba la ejecución de simulacros y simulaciones durante los años 2019 al 2021 para evaluar los planes de respuesta ante desastres en el Perú. Se realizarán simulaciones regionales y nacionales de sismos, tsunamis y otros peligros múltiples, así como simulacros nacionales diurnos, vespertinos y nocturnos para poner a prueba la capacidad de respuesta ante desastres a nivel nacional y regional. El objetivo es mejorar la preparación para proteger la vida y el patrimonio de la p
Este decreto establece el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. El sistema está compuesto por entidades públicas y privadas que trabajan para prevenir y atender desastres. Se crea la Oficina Nacional para la Atención de Desastres para coordinar el sistema y desarrollar un Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. El decreto también requiere que las entidades territoriales incluyan componentes de prevención de desastres en sus planes de desarrollo.
Este decreto tiene como objetivo compilar y racionalizar las normas reglamentarias del Ministerio del Interior de Colombia en un único decreto. Describe la estructura del sector administrativo del Ministerio del Interior y compila varios artículos existentes sobre fondos especiales, órganos de asesoría y entidades adscritas al Ministerio. El decreto busca simplificar y organizar de manera coherente la normativa del sector para asegurar la seguridad jurídica.
Este documento propone modificar la lista de actividades de intervención inmediata elegibles aprobadas previamente mediante Resolución Directoral N° 066-2020-TP/DE debido a que, según el informe de la Unidad Gerencial de Proyectos, una de las actividades (código 1200000947) no cumple con los requisitos y debe ser excluida. Por lo tanto, se solicita aprobar una nueva lista modificada excluyendo dicha actividad, a fin de continuar con el trámite de solicitud de modificaciones a otras actividades.
La ley crea el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia con el objetivo de definir responsabilidades de organismos públicos y privados en la prevención y atención de desastres, integrar esfuerzos públicos y privados, y garantizar la gestión eficiente de recursos. Se establece la Oficina Nacional para la Atención de Desastres y el Fondo Nacional de Calamidades, y se crean comités a nivel nacional, regional y local para la coordinación.
Este documento establece la creación del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura en Colombia. El fondo tiene como objetivo promover el desarrollo integral de Buenaventura a través de la financiación de proyectos en áreas como salud, educación, vivienda y medio ambiente. Se crea una Junta Administradora del Fondo integrada por representantes del gobierno nacional, departamental, distrital y la comunidad para definir las políticas de inversión. El fondo se financiará con recursos del
Este decreto modifica el Decreto 919 de 1989 para fortalecer la respuesta a la grave calamidad pública causada por el fenómeno de La Niña en Colombia en 2010-2011. Se modifica la conformación de la Junta Directiva del Fondo Nacional de Calamidades para incluir representantes del gobierno central y territorial. También se crea la Gerencia del Fondo Nacional de Calamidades con el fin de coordinar la planeación, ejecución y seguimiento de las actividades de atención humanitaria y rehabilitación durante la emergencia.
Este documento presenta una serie de decretos realizados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal para reformar y agregar diversas disposiciones a la Ley Ambiental y de Protección a la Tierra en el Distrito Federal. Se definen nuevos términos como Suelo de Conservación y se modifican atribuciones de la Secretaría del Medio Ambiente y las delegaciones para mejor administrar y proteger las áreas naturales, de valor ambiental y suelo de conservación. También se crean mecanismos de apoyo para la participación ciudadana en la conservación de
Este decreto establece el reglamento para la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo. El reglamento define los conceptos clave de la ley y establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo, el cual articula los esfuerzos del gobierno, instituciones y sociedad civil para prevenir, responder y recuperarse de desastres. El sistema incluye subsistemas de prevención, preparación, respuesta y recuperación, e instancias de coordinación a nivel sectorial, institucional, técnico y regional.
El documento establece lo siguiente:
1) Se aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades económicas de acuerdo a la estrategia elaborada por el Grupo de Trabajo Multisectorial.
2) Se faculta al Ministerio de la Producción para que disponga el inicio de actividades de conglomerados productivos y comerciales a nivel nacional.
3) Se refrenda el Decreto Supremo por varios Ministros.
Este documento es el Diario Oficial de México del 19 de agosto de 2011. Contiene varios convenios y acuerdos entre diferentes secretarías y dependencias del gobierno mexicano, incluyendo un convenio entre las secretarías de Gobernación y Hacienda con el estado de Zacatecas para establecer los términos generales para la ejecución de obras de reconstrucción de infraestructura estatal o municipal ante desastres naturales, donde el gobierno federal aportará hasta el 50% del costo a través del Fondo de Desastres Natural
D.s. 1878 declaración de emergencia nacional 27-1-2014Keiko Chisaka
El decreto declara una situación de emergencia nacional en Bolivia debido a inundaciones, riadas, granizadas y deslizamientos causados por lluvias intensas y variabilidad climática extrema, afectando a más de 22,000 familias y 80 municipios. Autoriza la transferencia de fondos y reasignación presupuestaria a instituciones para atender la emergencia, brindar asistencia humanitaria y reconstruir áreas afectadas, siguiendo las leyes de reducción de riesgos y autonomías departamentales.
Este documento presenta tres leyes relacionadas con el presupuesto del sector público para el año fiscal 2021 en Perú. La Ley 31084 aprueba el presupuesto anual de gastos para 2021 de S/ 183,029,770,158. La Ley 31085 establece las normas de equilibrio financiero para dicho presupuesto. Y la Ley 31086 regula el endeudamiento del sector público para 2021. El documento también incluye anexos con detalles sobre la distribución del gasto por diferentes categorías.
Este documento presenta el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal de México. Establece disposiciones generales sobre la programación presupuestaria, el ejercicio, la contabilidad y el control del gasto público federal. Asigna responsabilidades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para emitir disposiciones y a las entidades públicas para desarrollar procedimientos de gasto de acuerdo con dichas disposiciones. También define los programas institucionales, sectoriales, multisector
Este documento aprueba la Política Regional de Gestión del Riesgo de Desastres de la Región Apurimac. Describe brevemente la ubicación geográfica de Apurimac y sus tres zonas ecológicas. Luego, establece la necesidad de esta política en línea con los acuerdos internacionales suscritos por Perú y las políticas nacionales, con el objetivo de reducir la vulnerabilidad ante desastres y apoyar el desarrollo sostenible de la región. Finalmente, encarga la implementación de esta política al ejec
Este documento aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano mediante un decreto supremo. El reglamento establece los lineamientos técnicos y procedimientos para la elaboración y aprobación de planes de desarrollo territorial a nivel nacional, provincial y local, con el objetivo de lograr un desarrollo urbano ordenado y sostenible.
Este documento presenta el Programa Especial de Acción ante el Cambio Climático del Estado de Yucatán. Incluye un diagnóstico de las emisiones de gases de efecto invernadero y la situación climática actual y futura en Yucatán. También prioriza sectores como agua, asentamientos humanos y biodiversidad en términos de adaptación al cambio climático. Finalmente, establece dos temas estratégicos: mitigación del cambio climático y adaptación al cambio climático. El gobernador de Yuc
Fondo Nacional de Calamidades. Decreto 1547 de 1984milagmk20
El documento describe la creación y objetivos del Fondo Nacional de Calamidades de Colombia. Se establece que el fondo fue creado en 1984 para atender situaciones de desastre o calamidad con independencia administrativa y patrimonial. Será administrado por una sociedad fiduciaria pública y contará con una Junta Consultora integrada por varios ministerios y entidades gubernamentales para aprobar la transferencia de recursos.
Este documento presenta el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2013 aprobado por la Cámara de Diputados. Establece las asignaciones y reglas para el gasto público federal durante el año, distribuyendo el gasto neto total de $3,956,361,600,000 entre varios anexos y capítulos específicos como gastos obligatorios, proyectos de inversión, provisiones salariales, deuda pública, y recursos para pueblos indígenas, entre otros. También define límites
Este documento presenta cambios en la estructura organizativa de la administración pública del Distrito Federal de México. Se reforman diversas disposiciones del Reglamento Interior para crear una nueva Dirección General de Vigilancia Ambiental, a la cual se le transfieren funciones relacionadas con la inspección y vigilancia ambiental. También se especifican las atribuciones de esta nueva dirección general en materia de cumplimiento de normas ambientales, operación de sistemas de vigilancia, imposición de sanciones y coordinación interinstitucional.
Este documento presenta el Plan Estratégico Institucional 2011-2015 de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias. El plan busca que la institución cumpla con su nuevo rol de rectoría en la gestión del riesgo según la Ley N° 8488. El plan contiene un diagnóstico institucional, un marco estratégico con misión, visión y objetivos, y dos ejes estratégicos: rectoría de la gestión del riesgo y desarrollo de capacidades de rectoría. El
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: mediante Resolución Ministerial 095-2017-PCM, publicada el jueves 13 de abril de 2017 en el Diario Oficial El Peruano, se aprueban la ejecución de simulacros y simulaciones en los años 2017 y 2018
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante Resolución Ministerial N° 080-2016-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el día de ayer 18 de abril de 2016, el Gobierno Central aprobó la ejecución de simulacros y simulaciones ante peligros asociados a fenómenos de origen natural para el año 2016, autorizando al Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) efectuar las coordinaciones técnicas respectivas.
Este documento propone modificar la lista de actividades de intervención inmediata elegibles aprobadas previamente mediante Resolución Directoral N° 066-2020-TP/DE debido a que, según el informe de la Unidad Gerencial de Proyectos, una de las actividades (código 1200000947) no cumple con los requisitos y debe ser excluida. Por lo tanto, se solicita aprobar una nueva lista modificada excluyendo dicha actividad, a fin de continuar con el trámite de solicitud de modificaciones a otras actividades.
La ley crea el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia con el objetivo de definir responsabilidades de organismos públicos y privados en la prevención y atención de desastres, integrar esfuerzos públicos y privados, y garantizar la gestión eficiente de recursos. Se establece la Oficina Nacional para la Atención de Desastres y el Fondo Nacional de Calamidades, y se crean comités a nivel nacional, regional y local para la coordinación.
Este documento establece la creación del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura en Colombia. El fondo tiene como objetivo promover el desarrollo integral de Buenaventura a través de la financiación de proyectos en áreas como salud, educación, vivienda y medio ambiente. Se crea una Junta Administradora del Fondo integrada por representantes del gobierno nacional, departamental, distrital y la comunidad para definir las políticas de inversión. El fondo se financiará con recursos del
Este decreto modifica el Decreto 919 de 1989 para fortalecer la respuesta a la grave calamidad pública causada por el fenómeno de La Niña en Colombia en 2010-2011. Se modifica la conformación de la Junta Directiva del Fondo Nacional de Calamidades para incluir representantes del gobierno central y territorial. También se crea la Gerencia del Fondo Nacional de Calamidades con el fin de coordinar la planeación, ejecución y seguimiento de las actividades de atención humanitaria y rehabilitación durante la emergencia.
Este documento presenta una serie de decretos realizados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal para reformar y agregar diversas disposiciones a la Ley Ambiental y de Protección a la Tierra en el Distrito Federal. Se definen nuevos términos como Suelo de Conservación y se modifican atribuciones de la Secretaría del Medio Ambiente y las delegaciones para mejor administrar y proteger las áreas naturales, de valor ambiental y suelo de conservación. También se crean mecanismos de apoyo para la participación ciudadana en la conservación de
Este decreto establece el reglamento para la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo. El reglamento define los conceptos clave de la ley y establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo, el cual articula los esfuerzos del gobierno, instituciones y sociedad civil para prevenir, responder y recuperarse de desastres. El sistema incluye subsistemas de prevención, preparación, respuesta y recuperación, e instancias de coordinación a nivel sectorial, institucional, técnico y regional.
El documento establece lo siguiente:
1) Se aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades económicas de acuerdo a la estrategia elaborada por el Grupo de Trabajo Multisectorial.
2) Se faculta al Ministerio de la Producción para que disponga el inicio de actividades de conglomerados productivos y comerciales a nivel nacional.
3) Se refrenda el Decreto Supremo por varios Ministros.
Este documento es el Diario Oficial de México del 19 de agosto de 2011. Contiene varios convenios y acuerdos entre diferentes secretarías y dependencias del gobierno mexicano, incluyendo un convenio entre las secretarías de Gobernación y Hacienda con el estado de Zacatecas para establecer los términos generales para la ejecución de obras de reconstrucción de infraestructura estatal o municipal ante desastres naturales, donde el gobierno federal aportará hasta el 50% del costo a través del Fondo de Desastres Natural
D.s. 1878 declaración de emergencia nacional 27-1-2014Keiko Chisaka
El decreto declara una situación de emergencia nacional en Bolivia debido a inundaciones, riadas, granizadas y deslizamientos causados por lluvias intensas y variabilidad climática extrema, afectando a más de 22,000 familias y 80 municipios. Autoriza la transferencia de fondos y reasignación presupuestaria a instituciones para atender la emergencia, brindar asistencia humanitaria y reconstruir áreas afectadas, siguiendo las leyes de reducción de riesgos y autonomías departamentales.
Este documento presenta tres leyes relacionadas con el presupuesto del sector público para el año fiscal 2021 en Perú. La Ley 31084 aprueba el presupuesto anual de gastos para 2021 de S/ 183,029,770,158. La Ley 31085 establece las normas de equilibrio financiero para dicho presupuesto. Y la Ley 31086 regula el endeudamiento del sector público para 2021. El documento también incluye anexos con detalles sobre la distribución del gasto por diferentes categorías.
Este documento presenta el Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal de México. Establece disposiciones generales sobre la programación presupuestaria, el ejercicio, la contabilidad y el control del gasto público federal. Asigna responsabilidades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para emitir disposiciones y a las entidades públicas para desarrollar procedimientos de gasto de acuerdo con dichas disposiciones. También define los programas institucionales, sectoriales, multisector
Este documento aprueba la Política Regional de Gestión del Riesgo de Desastres de la Región Apurimac. Describe brevemente la ubicación geográfica de Apurimac y sus tres zonas ecológicas. Luego, establece la necesidad de esta política en línea con los acuerdos internacionales suscritos por Perú y las políticas nacionales, con el objetivo de reducir la vulnerabilidad ante desastres y apoyar el desarrollo sostenible de la región. Finalmente, encarga la implementación de esta política al ejec
Este documento aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano mediante un decreto supremo. El reglamento establece los lineamientos técnicos y procedimientos para la elaboración y aprobación de planes de desarrollo territorial a nivel nacional, provincial y local, con el objetivo de lograr un desarrollo urbano ordenado y sostenible.
Este documento presenta el Programa Especial de Acción ante el Cambio Climático del Estado de Yucatán. Incluye un diagnóstico de las emisiones de gases de efecto invernadero y la situación climática actual y futura en Yucatán. También prioriza sectores como agua, asentamientos humanos y biodiversidad en términos de adaptación al cambio climático. Finalmente, establece dos temas estratégicos: mitigación del cambio climático y adaptación al cambio climático. El gobernador de Yuc
Fondo Nacional de Calamidades. Decreto 1547 de 1984milagmk20
El documento describe la creación y objetivos del Fondo Nacional de Calamidades de Colombia. Se establece que el fondo fue creado en 1984 para atender situaciones de desastre o calamidad con independencia administrativa y patrimonial. Será administrado por una sociedad fiduciaria pública y contará con una Junta Consultora integrada por varios ministerios y entidades gubernamentales para aprobar la transferencia de recursos.
Este documento presenta el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2013 aprobado por la Cámara de Diputados. Establece las asignaciones y reglas para el gasto público federal durante el año, distribuyendo el gasto neto total de $3,956,361,600,000 entre varios anexos y capítulos específicos como gastos obligatorios, proyectos de inversión, provisiones salariales, deuda pública, y recursos para pueblos indígenas, entre otros. También define límites
Este documento presenta cambios en la estructura organizativa de la administración pública del Distrito Federal de México. Se reforman diversas disposiciones del Reglamento Interior para crear una nueva Dirección General de Vigilancia Ambiental, a la cual se le transfieren funciones relacionadas con la inspección y vigilancia ambiental. También se especifican las atribuciones de esta nueva dirección general en materia de cumplimiento de normas ambientales, operación de sistemas de vigilancia, imposición de sanciones y coordinación interinstitucional.
Este documento presenta el Plan Estratégico Institucional 2011-2015 de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias. El plan busca que la institución cumpla con su nuevo rol de rectoría en la gestión del riesgo según la Ley N° 8488. El plan contiene un diagnóstico institucional, un marco estratégico con misión, visión y objetivos, y dos ejes estratégicos: rectoría de la gestión del riesgo y desarrollo de capacidades de rectoría. El
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: mediante Resolución Ministerial 095-2017-PCM, publicada el jueves 13 de abril de 2017 en el Diario Oficial El Peruano, se aprueban la ejecución de simulacros y simulaciones en los años 2017 y 2018
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante Resolución Ministerial N° 080-2016-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el día de ayer 18 de abril de 2016, el Gobierno Central aprobó la ejecución de simulacros y simulaciones ante peligros asociados a fenómenos de origen natural para el año 2016, autorizando al Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) efectuar las coordinaciones técnicas respectivas.
Este manual establece las funciones y procedimientos de los Comités de Gestión de Riesgos y Comités de Operaciones de Emergencia (CGR/COE) a nivel nacional, provincial y cantonal. El objetivo de los CGR/COE es coordinar las acciones de las instituciones públicas y privadas para minimizar los riesgos y fortalecer la resiliencia de las comunidades. El manual explica el marco normativo de la gestión de riesgos en Ecuador y el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos. También describe las funciones
Este decreto establece el reglamento de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo de Costa Rica. Designa a la Comisión Nacional de Emergencias como el órgano rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo y define sus funciones y responsabilidades. También define términos clave como "declaración de emergencia", "emergencia local y menor", y establece los subsistemas de prevención, mitigación, preparativos y respuesta que componen el sistema nacional.
Este decreto establece el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres en Colombia. Define los objetivos y componentes del sistema, incluyendo la creación de comités a nivel nacional, regional y local. También describe los planes y acciones requeridos para la prevención, atención y recuperación ante desastres, así como los roles de las diferentes entidades públicas y privadas en la implementación del sistema.
Este documento presenta el Plan Nacional de Protección Civil de Chile. El plan tiene como objetivo disponer de una planificación multisectorial en materia de protección civil para el desarrollo de acciones de prevención y atención de emergencias y desastres de manera integral. El plan establece los objetivos, marco conceptual, gestión, procedimientos, flujos de información y medidas administrativas y económicas para el manejo de emergencias a nivel nacional, regional y local.
Este decreto legislativo modifica la Ley No 30556 para establecer medidas adicionales que permitan una ejecución más eficiente del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios en el Perú. Las modificaciones incluyen definir con más detalle las funciones de la Autoridad para la Reconstrucción y las entidades ejecutoras, así como facilitar la transferencia de bienes estatales necesarios para la implementación del plan de reconstrucción.
DS. 038.2021.PCM. Política Nacional GRD al 2050.pdf.pdfAlbaro Gallegos
Este documento aprueba la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050, con el objetivo de proteger la vida y el patrimonio de las personas ante desastres. La política es de obligatorio cumplimiento para el Estado y busca reducir la vulnerabilidad ante desastres a través de la estimación, prevención y reducción de riesgos, así como la respuesta a emergencias y la reconstrucción. La Presidencia del Consejo de Ministros liderará la implementación de esta política multisectorial con la participación de otras entidades del Estado.
Este documento adopta el Plan Nacional de Emergencia y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público en Colombia. También conforma la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos para asesorar en la aplicación del plan. El plan busca prevenir, mitigar y coordinar la respuesta a riesgos asociados con eventos masivos que congreguen más de 1,000 personas. Los alcaldes deben organizar un Puesto de Mando Unificado para coordinar la respuesta en su jurisdicción.
Este decreto supremo aprueba una norma complementaria sobre la declaratoria de estado de emergencia por desastres o peligros inminentes. La norma establece los procedimientos y lineamientos para declarar un estado de emergencia a nivel nacional cuando un desastre supera la capacidad de respuesta regional o local. El decreto busca proteger la vida y bienestar de las personas ante desastres mediante una respuesta efectiva y oportuna del gobierno.
Este documento resume la Ley Nacional de Atención de Emergencias y Prevención de Riesgos de Costa Rica. La ley establece un marco jurídico para coordinar los esfuerzos del gobierno, empresas y sociedad civil para reducir las pérdidas humanas y materiales causadas por desastres naturales y antropogénicos. Se crea la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias para diseñar un Plan Nacional de Gestión de Riesgos y coordinar comités a nivel sectorial, regional y municipal.
Este documento presenta los procedimientos para las brigadas de emergencia en caso de evacuación. Explica las funciones y responsabilidades de las brigadas de primeros auxilios, comunicación, seguridad y contra incendios. También describe los pasos a seguir en caso de amenaza de bomba, sismo o incendio, así como medidas de seguridad generales para trabajadores.
Manual de administración de desastres Municipal. Alva Lis
Este manual presenta las funciones y procedimientos de la organización de protección civil y administración de desastres del municipio bolivariano Zamora del estado Aragua. Describe las unidades, roles y responsabilidades de los equipos de operaciones, gestión de riesgos, educación y capacitación. Además, establece el marco legal que rige estas operaciones a nivel nacional, estatal y municipal.
Ds n° 025 2017-pcm declara en emergencia a huarochiri y lima provinciaLuis Coca Lazo
Este decreto supremo declara el Estado de Emergencia por 45 días en 34 distritos de 6 provincias del departamento de Lima debido a los daños causados por intensas lluvias. Se autoriza al Gobierno Regional de Lima y a los gobiernos locales a ejecutar acciones de respuesta y rehabilitación con el apoyo de varios ministerios y bajo la coordinación del INDECI. El financiamiento provendrá de los presupuestos institucionales de los sectores involucrados.
Decreto municipal cuarentena condicionada riesgo altoahoradigital info
Este decreto municipal establece las medidas de cuarentena condicionada de riesgo alto en la ciudad de Tarija y la provincia Cercado de Tarija, Bolivia, a partir del 6 de julio de 2020. Se permite el reinicio gradual de actividades económicas siguiendo estrictos protocolos de bioseguridad. También se autoriza el retorno del transporte público con horarios y días restringidos dependiendo del número final de la placa, así como la circulación de vehículos particulares siguiendo la misma lógica de días pares e impares
Este documento presenta el Plan Regional de Operaciones de Emergencia (PROE) para la región de Lima. El plan describe la situación actual de la región y los principales peligros naturales y tecnológicos que podrían ocurrir, como sismos, tsunamis, deslizamientos e inundaciones. También establece la misión y ejecución del plan, incluidas las tareas comunes y específicas de los organismos del Sistema Regional de Defensa Civil. El objetivo del plan es coordinar una respuesta efectiva a emergencias para
La Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002 establece las especificaciones para las señales y avisos de protección civil en México, incluyendo los colores, formas y símbolos a utilizar. La norma tiene como objetivo homogenizar la señalización para que la población pueda identificar mensajes de información, precaución, prohibición y obligación ante situaciones de emergencia o desastre. La norma es aplicable a lugares públicos y privados considerando el riesgo y concentración de personas.
Sisclima decreto298-del-24-de-febrero-de-2016-Urna de Cristal
Este decreto establece la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Cambio Climático de Colombia (SISCLIMA) para coordinar las políticas y acciones relacionadas con la mitigación del cambio climático y la adaptación a sus efectos. Se crea la Comisión Intersectorial de Cambio Climático (CICC) como órgano rector del SISCLIMA y los Nodos Regionales de Cambio Climático para coordinar las acciones a nivel regional.
Similar a Peru rm 188-2015-pcm.pdf planes de contingencia indeci (20)
Terapia cinematográfica (6) Películas para entender los trastornos del neurod...JavierGonzalezdeDios
Los trastornos del neurodesarrollo comprenden un grupo heterogéneo de trastornos crónicos que se manifiestan en períodos tempranos de la niñez y que, en conjunto, comparten una alteración en la adquisición de habilidades cognitivas, motoras, del lenguaje y/o sociales que impactan significativamente en el funcionamiento personal, social y académico. Tienen su origen en la primera infancia o durante el proceso de desarrollo y comprende a heterogéneos procesos englobados bajo esta etiqueta.
El Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales en su quinta edición (DSM-V) incluye dentro los trastornos del neurodesarrollo los siguientes siete grupos: Discapacidad intelectual, Trastornos de la comunicación, Trastorno del espectro del autismo (TEA), Trastorno de atención con hiperactividad (TDAH), Trastornos específico del aprendizaje, Trastornos motores y Trastornos de tics. Es importante tener en cuenta que en una misma persona puede manifestarse más de un trastorno del neurodesarrollo. Y, dentro de todos los trastornos del neurodesarrollo, el autismo adquiere una especial importancia, por lo que será considerado en el próximo capítulo de la serie “Terapia cinematográfica” de forma particular.
Y esta gran diversidad también la ha reflejado en la gran pantalla y en las historias “de cine” que el séptimo arte nos ha regalado. Y hoy proponemos un recordatorio de la amplia variedad y complejidad de los trastornos del neurodesarrollo en la infancia a través de 7 películas argumentales. Estas películas son, por orden cronológico de estreno:
- El milagro de Ana Sullivan (The Miracle Worker, Arthur Penn, 1962) 6, para valorar el milagro de la palabra, el milagro del lenguaje y de los sentidos.
- Forrest Gump (Robert Zemeckis, 1994) 7, para comprender el valor de la lucha por encontrar cuál es la meta de cada uno, una mezcla de destino y sueños propios.
- Estrellas en la Tierra (Taare Zameen Par, Aamir Khan, 2007) 8, para confirmar que cada niño y niña es especial, incluso con sus potenciales deficiencias psíquicas, físicas y/o sensoriales.
- El primero de la clase (Front of the Class, Peter Werner, 2008) 9, para demostrar el valor de la superación y como, a pesar de nuestras dificultades, somos merecedores de oportunidades.
- Cromosoma 5 (María Ripoll, 2013) 10, para entender la soledad del corredor de fondo ante los trastornos del neurodesarrollo.
- Gabrielle (Louise Archambault, 2013) 11, para intentar normalizar las relaciones afectivas y amorosas entre dos personas con enfermedades mentales y discapacidad.
- Línea de meta (Paola García Costas, 2014) 12, para interiorizar que la carrera de la vida es especialmente difícil para algunos.
Siete películas argumentales que el séptimo arte nos presenta con protagonistas afectos con diferentes trastornos del neurodesarrollo durante su infancia, adolescencia y juventud y que nos ayudan a comprender que cada persona es especial, diversa y con capacidades diferenciales que hay que respetar y potenciar.
Pòster presentat per la pediatra de BSA Sofía Benítez al 70 Congrés de la Sociedad Española de Pediatría, celebrat a Còrdoba del 6 al 8 de juny de 2024.
En esta presentación encontrarán información detallada sobre cómo realizar correctamente la maniobra de Heimlich y también información sobre lo que es la asfixia.
Peru rm 188-2015-pcm.pdf planes de contingencia indeci
1. Que, conforme a lo establecido en el inciso e) del artículo 13 de la Ley N°
29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
(SINAGERD), el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI tiene entre sus
funciones, elaborar los lineamientos para el desarrollo de los instrumentos técnicos
que las entidades públicas puedan utilizar para la planificación, organización,
ejecución y seguimiento de las acciones de preparación, respuesta y rehabilitación;
N° 188-2015-PCM
Lima, 1 1 A60. 2015
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 37.1 del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 29664 que
crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado por D.S. N°
048-2011-PCM, dispone que el Pian Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
tiene por objeto establecer las líneas estratégicas, los objetivos y las acciones, de
carácter plurianual necesarios para concretar lo establecido en la Ley y la Política
Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; dicho Plan se articula con los
instrumentos de planificación sectorial, regional y local, siendo alguno de ellos los
planes previstos en el artículo 39, numeral 39.1 del citado Reglamento, entre los que
se encuentran los Planes de Contingencia;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 2.16 del artículo 2 del
mencionado Reglamento, los Planes de Contingencia son los procedimientos
específicos preestablecidos de coordinación, alerta, movilización y respuesta ante la
ocurrencia o inminencia de un evento particular para el cual se tiene escenarios
definidos, el mismo que se emite a nivel nacional, regional y local;
Que, el artículo 14 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-
2011-PCM prevé que los Ministros, los Presidentes de Gobiernos Regionales y los
Alcaldes, aseguran el desarrollo de adecuados canales de comunicación y
construyen sus herramientas de gestión para que los lineamientos de política
sectorial y las acciones operativas en materia de Gestión de Riesgo de Desastres,
se ejecuten oportuna y coherentemente; sus responsabilidades, competencias y
actividades se materializan conforme a sus respectivos Planes de Contingencia,
entre otros planes sectoriales; dicha obligación alcanza a las empresas del Estado,
a los operadores de concesiones públicas, a los organismos reguladores, a las
Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, según lo previsto en el numeral 34.3
del artículo 34, y el numeral 39.1 del artículo 39 del mencionado Reglamento y el
numeral 17.3 del artículo 17 de la Ley N° 29664, respectivamente;
2. integrantes del SINAGERD, a través de Lineamientos que permitan formular y
aprobar los Planes de Contingencia a nivel nacional, regional y ¡ocal en tal sentido,
con la finalidad de regular ef cientemente sus contenidos, resulta necesatio
aprobarla;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2) del articulo 125 de la
Constitución Política del Perú y el artículo 19 de la Ley N° 2915B, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del
Riesgo de Desastres (SINAGEFm), y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 048-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la
Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-
2007-PCM y sus modificatorias:
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos para la Formulación y AproIJacfón de
Planes de Contingencia, que en Anexo forman parte integrante de la presente
Resolución Ministerial,
Artículo 2.- El Instituto Nacional de Defensa Civil (iNDECI) es la entidad
encargada de promover, seguir y ~;upervisar el cumplinliento de los Lireamientos
aprobados por la presente Resolución asi como absolver consultas sobre los
aspectos no contemplados, en el ámbito oe su competencia
Artículo 3.- Disponer la pubLcación de la presente Resoluc:ón Ministerial en
el Diario Oficial 'El Peruano", Adicionalmente, los Lineamientos para la Formulación
y Aprobación de Planes de Contingencia, serán publicados en el portal de la
Presidencia del Consejo de Ministros (wwwpcmgobpe) y en el portal del Instituto
Nacional de Defensa Civil -INDECI (www.indecigob.pe) el mismo clía de la
publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo
establecido en la Resolución Ministerial W 153-2015-PCM,
Regístrese, comuníquese y publíquese
::?~ j¡¿~
'PEDRO"CAT-E"R"IANOBEiiloc;
presidente del Gen~ejo dlL __ .-J
Ministros
3. LINEAMIENTOS PARA LA FORMULACION y APROBACIÓN
DE LOS PLANES DE CONTINGENCIA
1. FINALIDAD
Fortalecer la preparación de las entidades integrantes del Sistema Nacional de
Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, estableciendo lineamientos que
permitan formular y aprobar los Planes de Contingencia ante la inminencia u
ocurrencia de un evento particular, en concordancia con la normatividad vigente.
11. OBJETIVO
Establecer las disposiciones relacionadas a la formulación, aprobación, difusión,
implementación y evaluación de los Planes de Contingencia a nivel nacional,
sectorial, regional y local, en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del
Riesgo de Desastres - PLANAGERD.
111. BASE LEGAL
1. Ley N° 29664, Ley de Creación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de
Desastres - SINAGERD y sus modificatorias.
2. Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
3. Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.
4. Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
5. Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, Reglamento de la Ley 29664 que crea el
SINAGERD.
6. Decreto Supremo N° 111-2012-PCM, que incorpora la Política Nacional de
Gestión del Riesgo de Desastres como Política Nacional de cumplimiento
obligatorio.
7. Decreto Supremo W 034-2014-PCM que aprueba el Plan Nacional de Gestión
del Riesgo de Desastres 2014-2021.
8. Resolución Ministerial N° 046-2013-PCM, Lineamientos que definen el marco
de responsabilidades en Gestión de Riesgo de Desastres en las entidades del
Estado en los tres niveles de Gobierno.
9. Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM que aprueba los lineamientos para la
constitución y funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del
Riesgo de Desastres.
10. Resolución Ministerial N° 180-2013-PCM que aprueba los Lineamientos para la
organización, constitución y funcionamiento de las Plataformas de Defensa
Civil.
IV. ALCANCE
El presente lineamiento es de aplicación y cumplimiento de las entidades de los tres
niveles de gobierno integrantes del SINAGERD.
1
4. v. DISPOSICIONES GENERALES
5.1 Definición del Plan de Contingencia
Son procedimientos específicos preestablecidos de ccordlnación, alerta,
movilización y respuesta ar te la ocurrencia o inminencia de un evento particular
para el cual se tiene escenarios definidos. Se emiten a nivel nacional. regional
y 10cal1
Constituye un instrumento técnco de planeamiento especifico y gestión
obligatorio, cuyo propósito e3 proteger la vida humana y el patrimo'lio, contietle
las responsabilidades, competencias, tareas y actividades de los involucrados
en la ejecución del plan, a fin de mantener un adecuado canal de comunicació'l
entre estos Asimismo, forma parte de los planes especificos por orocesos2 '/
es elaborado en concordancia con el PLANAGERD
El plan de contingencia se ejecuta ante la inminencia u oculrencia súbita de un
evento que pone en riesgo a lélpoblación y cuando correspon.:::iase articula con
el Plan de Operaciones de EITerger.cia
5.2 Contenido de los Planes de Contingencia
Los Planes de Contingencia de,)en contener COl1lOminimo lo siguie"te
a) Escenario definido
Comprende la descripción de un evento particular considerando su
ocurrencia o Inminencia; identificándolo en térrninos de magnitud,
duración, ubicación espaCial y consignando en fOíma precisa su sEcuencia
y características de manifestación
Para cada uno de los esce,anos descritos detalla el potencial impacto
directo en
• Personas
• Líneas vitales y servicios básicos
• Infraestructura productiva
• Vivienda
• Ambiente
b) Procedimiento de Coordinación
Comprende las acciones que deben desarrollar las entidades en los tres
niveles de gobierno para 10~lrar la participación interinstituciona! y la
provisión de serviCIOSen apoyo a las actividades de alerta, movilización y
respuesta, de acuerdo a sus competencias y en concordancia con lo
establecido en los lineamientos para la conformación y diseño de los
Sistemas de Alerta Temprana SAT.
c) Procedimiento de Alerta
Comprende las acciones que de8en ejecutar las entidades que integran el
SINAGERD con anterioridad a la ocurrencia de un evento, con el fin de :we
sus órganos operativos activen ¡::rocedimientos de acción prees+ablecidos
y la población desarrolle acciones específicas en concordancia cor' lo
establecido en íos lineamientos para la conformación y diseño de los SAT
Numeral 2.16 del articulo 2 del Reglamento de la Ley N° 296li4 que crea ei S¡stel~!a Nacc:>a' ,-~eGestlÓ'Jel Riesgo
Desastres, aprobado por Decreto Supremo N' Ot,8-2011-F'CM
ículo 39 del Reglamento de la Ley N' 29664 eue crea el Si3tema N,JCIo~ai de Gest'on ce, R'esge eje [lesas:ces
probado por Decreto Supremo N' 048.2011-PCM iJecreto SlJorerno j' 048-2011'[oC!1
2
5. d) Procedimiento de Movilización
Comprende las acciones que deben desarrollar el Estado y las personas
naturales y jurídicas ante un desastre de gran magnitud, que requiere de
la utilización de los recursos, bienes y servicios disponibles, para atender
a la población3
.
Asimismo, para los gobiernos regionales y locales, comprende las
acciones que deben ejecutar de acuerdo a sus competencias, en
coordinación con las personas naturales y jurídicas de su jurisdicción, para
la utilización de los recursos, bienes y servicios disponibles, en beneficio
de la población.
e) Procedimiento de Respuesta
Comprende el conjunto de acciones y actividades que se ejecutan ante una
emergencia o desastre, inmediatamente de ocurrido éste, así como para
la minimización de posibles daños ante la identificación de un peligro
inminente.
f) Recursos financieros, logísticos y humanos
Comprende los recursos financieros, logísticos y humanos que demanda
la implementación del Plan de Contingencia.
g) Mecanismo de evaluación
Comprende las acciones necesarias para la revisión, actualización y
modificación del plan de manera continua.
5.3 Tipos de Planes de Contingencia por Niveles de Intervención
Los Planes de Contingencia conforme a la naturaleza de su intervención
comp~enden:
5.3.1 Plan de Contingencia Nacional PCN
5.3.2 Plan de Contingencia Regional PCR
5.3.3 Plan de Contingencia Local PCL
5.3.4 Plan de Contingencia Sectorial PCS
5.3.1 Plan de Contingencia Nacional (PCN)
Elaborado por ellNDECI con participación de los sectores competentes
y aprobado por el ente rector del SINAGERD, con la finalidad de
promover la coordinación multisectorial y articulación entre los tres
niveles de gobierno, ante la ocurrencia o inminencia de un evento
particular para el cual se tiene escenarios definidos, que requiere la
intervención del gobierno nacional, siendo de cumplimiento obligatorio
para todas las entidades involucradas.
El mencionado Plan debe ser articulado entre otros con:
e El Plan Nacional de Operaciones de Emergencia.
• Los planes para la continuidad de servicios.
e Los planes de continuidad operativa de cada entidad competente.
e Los protocolos de respuesta ante desastres.
5.3.2 Plan de Contingencia Regional (PCR)
Elaborado por el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de
Desastres, con la participación de la Plataforma de Defensa Civil y
aprobado por el Presidente Regional, mediante documento normativo
3
6. con acuerdo de :onsejo, con la finalidad de brindar atención a la
población ante la ocurrencia o inminencia de un evento particular para
el cual se tiene e:3cena"¡os definidos que supere la capacidad de la
municipalidad prolincial. promoviendo la ar'ticulación con el nivel
nacional en cuanto corresponda siendo de cun' plimiellto obligatorio
para todas las entidades ,nvolucradas
El mencionado Plan debe ser articulado COII
• El Plan de Contingencia Nacional correspondiente
• Plan de Operaciones de Emergencia Regional
• Los planes de continuidad de ser'vicios
• Los planes de contimndad operativa
5.3.3 Plan de Contingencia Local (PCL)
Elaborado por el Grl'po de Trabajo de la Gestión del Riesgo de
Desastres de la municipalidad provincial y distntaL con la pérticlpación
de la Plataforma de Defensa Civil, aprobado por el Alcalde Pr'ovincial o
Distritaí, mediante docuillento normativo con acuerdo de conseJo. según
corresponda, con la finélidad de brindar atención a la r'oblación ante la
ocurrencia o inminencia de un evento particular para el cua, se tiene
escenarios definidos, promoviendo la articulación entr'e la municipalidad
distrital y ¡a municipalidad provincial o el nivel regional en cuanto
corresponda
El mencionado Plan debe ser articulado co'-!
• El Plan de Contingerlcia Pmvincial y/o Regional correspondiente
• Los planes de operaciones de emergencia local
• Los planes de continu,dad de servicios
• Los planes de continuidad operativa
5.3.4 Plan de Contingencia Sectorial (PCS)
Elaborado por el Grupo ce Trabajo de la Gestión del Riesgo de
Desastres y aprobado por el Ministro mediante ResolUCión Mini~terial
en los casos que sea competencia del gobierno nacional, ante la
ocurrencia o inminencia de un evento particular para el cual se ':iene
escenarios definidos, que requiere la intervención sectorial siendo de
cumplimiento obligatorio para todas las entidades involucradas
El contenido general del Plan, debe articularse con los :Jlanes de
continuidad operativa y planes de continuidad de servicios segLIIl
corresponda,
Complementariamente 3 esto~; planes los Grupos de Trabajo de la
Gestión del Riesgo de Desastres de cada ministerio eilliten y aprueban
guías, para estandarizar la elaboración de planes de contingencia
sectorial.
Además, se deben formular pléllles de contingencia Vinculados a los
servicios públicos y a las actividades reguladas de acuerdo a sus
com petencias.
4
7. a) Plan de Contingencia de Servicios Públicos (PCSP)
Las empresas del estado y operadores de concesiones públicas,
deben elaborar y aprobar sus planes de contingencia, ante la
ocurrencia o inminencia de un evento particular para el cual se tiene
escenarios definidos, con la finalidad de garantizar la continuidad
de los servicios públicos, manteniendo comunicación y
coordinación permanente con la autoridad regional o local, según
corresponda.
Se considera las siguientes actividades:
• Portuarias.
• Aeroportuarias.
• Agua, desagüe y saneamiento.
• Generación, transmisión y distribución de electricidad.
• Radiodifusión y televisión.
• Telefonía.
• Transporte.
• Entre otras.
Estos Planes se rigen de acuerdo a la normativa del Sector
correspondiente.
b) Plan de Contingencia de Actividades Reguladas (PCAR)
Las entidades públicas y privadas que desarrollan actividades
reguladas, elaboran y aprueban sus planes de contingencia, de
acuerdo a los lineamientos establecidos por los organismos
reguladores, ante la ocurrencia o inminencia de un evento particular
para el cual se tiene escenarios definidos, que puedan producir
afectaciones a la vida y salud de la población.
Entre ellos tenemos:
• Accidentes radiológicos: elaborados sobre la base de las guías
aprobadas por el Instituto Peruano de Energía Nuclear.
• Accidentes mineros y de hidrocarburos: elaborados sobre la
base de las guias aprobadas por OSINERGMIN.
• Entre otras actividades que consideran regulación especial.
VI. DISPOSICIONES ESPECíFICAS
6.1 Etapa de formulación del Plan
La formulación del Plan se inicia con la conformación de un equipo técnico que
será nombrado por el Ministro, Presidente Regional o Alcalde en su calidad de
Presidente del Grupo de Trabajo en Gestión del Riesgo de Desastres, según
corresponda el nivel del Plan, para el caso del Plan de Contingencia Nacional
será nombrado por el Jefe del iNDECI.
5
8. En la etapa de formulación, con fines descriptivos y corno rnarco referencial para
su aplicación, se debe seguir la siguiente secuencia
a) Conformación de un Equipo Técnico
El Grupo de Trabajo en Gestión del Riesgo de Desastres - C;TGRD. será el
responsable de conformar' dn Equipo de profesionales y tecnicos. para la
elaboración del Plan de Contingencia El pr'esidente puede Invitar a
Profesionales y Técnicos de entidades científicas universidades, colegios
profesionales, especia,istas e integrantes de la sociedad civil, para apoyar
al EquIpo Técnico, estcrá liderado por el Jefe de la Oficina de Defensa Civil
o Gerencia relacionada a la Gestión del Riesgo de Desastres
b) Establecimiento del Plan de Trabajo del Equipo Técnico
El Plan de Trabajo deberá incluir' tar'eas responsabilidades, plazos y
recursos necesarios para el cumplimiento del objetivo es~ableciendo un
cronograma que indique la fecha de culminación del PI2n de Contingencia
e) Definición del Escenario
Recopilación de Información sobre peligr'os vulnerabilidades y riesgos
según su ubicación geogl'áfica y/o actividad económica, nformación que se
utiliza para definir el escenario y deternlina¡' el nivel de riesgo q,Je motiva la
formulación del plan de contingencia, estableciendo prior'dades.
d) Elaboración del documento que contiene el Plan de Contingencia
El plan de contingenca deberá contener tos procedirr1ientos de
coordinación, alerta, alarma, movilización y respuesta ante la ocurrencia
súbita o inminencia de oCLli'rencia de un peligro de ongen natural o inducido
por la acción humana, para proteger la vida de la poblaclór' y su patnrnonio
para lo cual se desarrollará la siguiente estructura
• Plan de Contingencia Nacional (PCN) (*)
1. Información genel'al.
Información del marco en el cual se desarrollará el Plan de
Contingencia
2. Base Legal (normativa relacionada)
3, Objetivos del plan de contingencia
3.1 Objetivo general.
3.2 Objetivos especificos
4. Determinación del Escenario de Riesgo
4.1 Identificación de F)eligros
4.2 Identificación de lél Vulnerabilidad.
4.3 Determinación del Riesgo
5. Organización frente a una Emergencia
6, Procedimientos Especí'icos
6,1 Procedimiento de Jderta.
6,2 Procedimiento de Coordinación
6,3 Procedimiento de rv'ovilización.
6.4 Procedimiento de R:;spuesta
7. Anexos:
Cuadro de Peligros.
Mapa de Peligros y/o Riesgos
Directorio Telefónico de Emergencia
Protocolo de Comunicación conforme al Sistema d,:;
Comunicaciones en Emer::¡encia
Otros aplicables.
(*) El INDECIpodrá ampliar. incrementar y/o detallar 3Ig"n05 i,S¡'eC'cs "~e '2 estrJctl;ré'
planteada
6
9. o Plan de Contingencia Sectorial (PCS) (*)
1. Información general.
Información del marco en el cual se desarrollará el Plan de
Contingencia.
2. Base Legal (normativa relacionada).
3. Objetivos del plan de contingencia
3.1 Objetivo general.
3.2 Objetivos específicos.
4. Determinación del Escenario de Riesgo.
4.1 Identificación de Peligros.
4.2 Identificación de la Vulnerabilidad.
4.3 Determinación del Riesgo.
5. Organización frente a una Emergencia.
5.1 Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres.
6. Procedimientos Especificas.
6.1 Procedimiento de Alerta.
6.2 Procedimiento de Coordinación.
6.3 Procedimiento de Respuesta.
6.4 Procedimiento para la Continuidad de Servicios.
7. Anexos:
Protocolo de continuidad de las actividades del sector.
Directorio Telefónico de Emergencia.
Protocolo de Comunicación conforme al Sistema de
Comunicaciones en Emergencia.
(*) Los sectores podrán amp;iar, incrementar y/o detallar aigunos aspectos de la estructura
planteada.
o Plan de Contingencia de Servicios Públicos (PCSP) y
Actividades Reguladas (*)
1. Información general.
Información del marco en el cual se desarrollará el Plan de
Contingencia.
2. Base Legal (normativa relacionada).
3. Objetivos del plan de contingencia.
3.1 Objetivo general.
3.2 Objetivos específicos.
4. Determinación del Escenario de Riesgo.
4.1 Identificación de Peligros.
4.2 Identificación de la Vulnerabilidad.
4.3 Determinación de! Riesgo.
5. Protocolo para la continuidad de servicios.
6. Anexos aplicables.
(*) Los sectores competentes podrán ampliar, incrementar y/o detallar algunos aspectos de
la estructura planteada.
o Plan de Contingencia Local y Regional (PCL, PCR) (*)
1. Información general (local o regional).
Información del marco en el cual se desarrollará el Plan de
Contingencia.
2. Base Legal (normativa relacionada)
3. Objetivos del plan de contingencia
3.1 Objetivo general.
3.2 Objetivos específicos.
4. Determinación del Escenario de Riesgo.
4.1 Identificación de Peligros.
4.2 Identificación de la Vulnerabilidad.
4.3 Determinación del Riesgo.
Organización frente a una Emergencia.
5.1 Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres.
7
10. 5.2 Plataforr.la de Defensa Civil
6 Procedimientos Específicos
61 Procedirr,iento:le Alerta
6.2 Procedimiento de Coordinación
6.3 Procedimiento de Respuesta
6.4 Procedimi:;nto oe Movilización (cuando corresponda)
7. Anexos
Mapa de Evacuación en caso corr"esponcia
Mapa de Puntos de Concentración en caso cmresporda
Mapa de Zonas de Seguridad ante los diferentes peligros en caso
corresponda.
Directorio Telefénico ele Emergencia
Protocolo de Com'Jnicación conforme ai S;stema de
Comunicaciones en Emergencia
Otros aplicables.
(") Las entidades pOdrán a.l:pllar incre"lentar oeta'¡,,: ase'o'ctos "o ia est'uct'Yé'
olanteada
6.2 Etapa de Aprobación del Plal
Culminado el proceso de formulación. ;a etapa de aprobación tefldrá la
siguiente secuencia'
El Equipo Técnico realizará la pr,:;sentacióll de la propuesta del f:Jlan.al Grupo
de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastr"es CO!-r8spondlente o él quien
corresponda, para su aprobaciór .
Los planes de contingencia son aprobados por el funcionario de rr,ás alto
nivel, Ministro, Presidente del Gobierno Regional o Alcaide etc segLlrl el tipO
del plan, con la Resolución correspondiente.
6.3 Etapa de Difusión del Plan
Una vez aprobado el plan se debe poner a disposición de todas las unidades
orgánicas, organismos públicos de~centralizados y dependencias del Sector.
Gobierno Regional, Gobierno Local directamente involucrados en el presente
Plan, a fin de que puedan conocer ~us responsabilidades y participaciór,: íos
titulares, de cada entidad involucrada son responsables de estas aCCiones.
La difusión puede ser por medios imp"esos, talleres. reuniones, etc asimismo
deberá ser publicada en el portal institucional. para conOClmlen:o de la
población
8
6.4 Etapa de Implementación y Ejecucion del Plan
Se define la etapa de implementación al proceso mediante el cual se cubren
las necesidades previamente identifi:::adas para !a aplicación dei plan
Asimismo la ejecución corresponde él. la materialización del mismo, que
implica entre otros aspectos: difusión, socialización y sensibilización de la
población; siendo necesario disponer dE'[os recursos para ello
11. ..
INDECI o el Ministro, según la modalidad del plan, serán los responsables de
su implementación.
Los planes de contingencia se activan automáticamente ante la ocurrencia
súbita o inminencia de ocurrencia de un peligro de origen natural o inducido
por la acción humana, para proteger la vida de la población y su patrimonio.
6.5 Etapa de Evaluación y actualización del Plan
Permite valorar la eficacia y utilidad del Plan en la atención de la emergencia
o desastre, mediante el seguimiento de su aplicación, la valoración de
opiniones del personal operativo, las intervenciones y actividades realizadas.
Los planes de contingencia son temporales y su actualización debe conllevar
a la mejora continua, en función de las experiencias, los simulacros y las
simulaciones; y los cambios generados en cuanto al incremento de la
vulnerabilidad o cambios normativos.
6.6 Articulación y coordinación con otros planes
El Plan de Contingencia Local (Distrital y Provincial) debe elaborarse
asegurando la articulación y coordinación con las actividades realizadas en el
marco de un Plan de Contingencia Regional, el mismo que deberá asegurar
su articulación y coordinación con las actividades realizadas en el marco del
Plan de Contingencia Nacional.
Los planes de contingencia sectoriales elaborados por el gobierno nacional
asegurarán su articulación y coordinación con los Planes de Contingencia
Nacional, Regional o Local, según corresponda.
Los Gobiernos Regionales y Locales podrán elaborar planes de contingencia
conjuntos, siempre y cuando se identifique la inminencia de un evento o la
ocurrencia del mismo, que involucre la afectación de distritos, provincias o
regiones, colindantes, mediante convenios u otros alianzas estratégicas.
VII. RESPONSABILIDADES
Son responsables de la aplicación y cumplimiento del presente lineamiento las
máximas autoridades de los tres niveles de Gobierno quienes presiden los Grupos
de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres - GTGRD, así como el titular de
las entidades prestadoras de servicios públicos y organismos reguladores.
VIII. DISPOSICIONES FINALES
9
1. El INDECI de acuerdo a sus competencias es responsable de promover e
impulsar en los tres niveles de gobierno la formulación, aprobación y ejecución
de los Planes de Contingencia, dando cumplimiento al presente lineamiento y
demás disposiciones que se emitan sobre la materia.
2. La elaboración de los Planes de Contingencia de Servicios Públicos (PCSP) y
de los Planes de Contingencia de Actividades Reguladas (PCAR), es
respon~abilidad de las empresas del Estado, los operadores de concesiones
12. públicas, los organismos re~uladores y de los titulares de actividades reguladas
según corresponda
3. Los Planes de Contingencia formulados por los tres mIeles de gobrer-no
deberán ser remitidos allNDECI para conocimiento y nlonitoreo respectivo
4. Las actividades serlaladas en los Planes de Contingencia deben ser
incorporadas en el respectivo Plan OperatiVO Inst:tuciona! (POI) para garantizar
su realización y financiamiento
IX. GLOSARIO DE TÉRMINOS
Plan de Continuidad OperatiVé: Instrumento que debe forriar p3rte de las
operaciones habituales de la Enticad, i¡'cluye la identificación de las actividades y
servicios críticos que requieren ser ejecutados y prestados de manera inintelTumpida
la determinación de las medidas y acciones que permitan que la Entidad de manera
eficiente y eficaz siga cumpliendo con sus objetivos asi corno la relación del personal
que se encontrará a cargo de la ejecución de las mencionadas actividades. Incluye los
protocolos, la realización de pruebas y ensayos. entre otros elementos serlalados en
los Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa en las Entidades
Públicas en los tres Niveles de Gobierno. (En concordancia con la F,(M N° 028-2015-
PCM).
Plan de Continuidad de Servicios: Documento que contiene la planificación de
actividades y ejecución de acciones pe:ra la prestación de servicios públiCOS después
de la ocurrencia de un evento que altere su funcionamiento
Plan de Continuidad de Negocios: Es un plan que establece cómo ur a mganización
debe recuperar y r-estaurar sus funciones críticas, parcial o totalnlente interrumpidas
dentro de un tiempo predeterminado después de una intem¡pciór¡ no de~eada o
desastre.
10