Esta ley faculta al Presidente de Chile para realizar un aporte extraordinario de capital de hasta $500 millones de dólares al Banco del Estado de Chile. También amplía el patrimonio del Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios en $130 millones de dólares para otorgar mayores garantías a pequeñas y medianas empresas. Además, establece que el Banco del Estado de Chile deberá informar anualmente al Congreso sobre su funcionamiento y desarrollo.