Este documento trata sobre la ley de propiedad intelectual y las diferentes licencias de software. Explica los conceptos básicos de derechos de autor, propiedad industrial y los organismos que regulan estos derechos. Luego describe los diferentes tipos de licencias de software como licencias OEM, FPP, académicas, por volumen, software libre con licencias GPL, BSD y otras. Finalmente, define conceptos como freeware, shareware, adware y abandonware.
2. Son todas aquellas creaciones derivadas del talento
humano, las cuales son objeto de protección por diferentes
normas jurídicas.
DERECHOS SOBRE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
La propiedad intelectual conlleva a dos clases de
derechos.
Derecho Moral
Derecho patrimonial
Derechos de l autor
Propiedad industrial
3. Es un conjunto de bienes más o menos heterogéneos,
cuya característica común consiste en ser el objeto sobre
el cuál recae el derecho sobre un bien inmaterial
relacionado con la actividad industrial o comercial de un
empresario.
REGULADORES .
El ministerio del interior regula los derechos del autor
la superintendencia de industria y comercio que regula
la propiedad industrial y comercial
El ministerio de salud e INVIMA
4. Es la representación de los derechos que confiere la
Ley de Propiedad Intelectual
El derecho de autor comprende los derechos patrimonial
y moral, que protegen el aprovechamiento, la paternidad
y la integridad de la obra.
El derecho de autor es el conjunto de normas, legales que
protegen al autor y a su obra intelectual.
Los derechos conexos al derecho de autor proporcionan
protección a los artistas intérpretes y ejecutantes (por
ejemplo, actores y músicos), los productores, y los
organismos de radiodifusión
5. OMPI
La Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual (OMPI) es un organismo especializado
del sistema de organizaciones de las Naciones
Unidas. Su objetivo es desarrollar un sistema de
propiedad intelectual (P.I.) internacional, que sea
equilibrado y accesible y recompense la creatividad,
estimule la innovación y contribuya al desarrollo
económico, salvaguardando a la vez el interés
público.
6. La CISAC, la Confederación Internacional de
Sociedades de Autores y Compositores, trabaja para
incrementar el reconocimiento y la protección de los
derechos de los creadores. En 2006, la CISAC agrupa
217 sociedades de autores en 114 países y representa
indirectamente a más de 2,5 millones de creadores
dentro de todos los repertorios artísticos: música,
teatro, literatura, obras audiovisuales y artes gráficas
y visuales.
7. CREAIMAGEN. Tiene por objetivo proteger y
administrar el derecho de autor de los artistas
plásticos, escultores, fotógrafos.
SCD. El propósito fundamental de esta institución
es el de administrar los derechos de ejecución
pública y de reproducción de las obras musicales de
sus asociados, lo cual implica.
CONVENIO DE VERNA. protección ante cualquier
cambio posible en las producciones en el dominio
literario, científico y de artes plásticas (Formas de
expresión.
8. Es título que habilita a su creador, para explotar en forma
exclusiva una invención industrial, con el fin de obtener un
nuevo producto o para desarrollar un nuevo procedimiento
que permite llegar a un resultado (químico, físico,
mecánico, entre otros)
QUE ES EL INFORME. Este informe se redacta con
el objetivo de ver qué otras publicaciones hay
relacionadas con el invento, y de ver si estas
publicaciones afectan a la novedad o a la
actividad inventiva de la solicitud de patente.
9. Símbolo que utiliza un fabricante o comerciante
para identificar sus productos y distinguirlos de
sus competidores. Pueden ser :
Figurativas (contiene una figura o un signo visual).
Nominativas (formada por una letra o varias)
Mixtas (combinación de la figurativa y la
nominativa).
11. LICENCIAS OEM.
Las licencias OEM son licencias de software que
forzosamente deben ser distribuidas con un hardware
específico. No está permitida la comercialización de
software oem sin que exista un equipo físico de por
medio. Este tipo de licencia está dirigido a fabricantes o
ensambladores de equipo que venden sus productos con
software preinstalado.
LICENCIAS FPP.
Este tipo de licencias son las que podemos encontrar a la
venta directa al público.
12. LICENCIAS ACADEMICAS. se pueden adquirir en
productos con caja tipo retail, o bien simplemente los
códigos de licencia que permiten su instalación y uso.
LICENCIAS POR VOLUMEN.
Los acuerdos de licencias por volumen pueden variar
dependiendo de cada fabricante pero generalmente
aplican a partir de 5 licencias de producto.
SOFTWARE LIBRE.
La Libertad de estudiar el funcionamiento del programa
y adaptarlo.
13. LICENCIAMIENTO GPL
En este tipo de licencia, el autor conserva los
derechos de autor (copyright) y permite la
redistribución y modificación bajo términos diseñados
LICENCIAS BSD. El autor, bajo esta licencia, mantiene
la protección de copyright únicamente para la renuncia
de garantía y para requerir la adecuada atribución de la
autoría en trabajos derivados, pero permite la libre
redistribución y modificación. Es altamente compatible
con las licencias GPL y por lo tanto son normalmente
absorbidas por ella al mezclarse.
14. Licencia MPL.
Este tipo de licencia se usa extensivamente en una gran
cantidad de productos de software libre y ha tenido
muchisimas derivaciones.
Licencia Copileft.
). El autor permite desde el inicio la redistribución y
modificación del software, y también se permite añadirle
restricciones adicionales. Si un programa es libre pero no
protegido con copyleft, entonces algunas copias o
versiones modificadas pueden no ser libres
completamente.
15. Licencia freeware.
El freeware es software que incluye una licencia de uso la
cual permite que el programa sea utilizado en forma
gratuita por cualquier persona, pero no permite la
modificación del software, ni la venta del mismo.
Licencia shareware.
El objetivo es que el usuario disponga de tiempo
suficiente para evaluar las características del programa a
fin de decidir o no su compra. El software ofrecido como
shareware.
16. ADWARE. El adware es software que por lo general en
los términos de su licencia, no es modificable, tampoco
vendible.
ABANDONWARE. Esta categoría de software está
conformada por productos cuyos fabricantes
desaparecieron, quebraron, o dejaro de dar soporte al
producto
CREATIVE COMMONS. . La idea principal detrás de
ellas es posibilitar un modelo legal ayudado por
herramientas informáticas, para así facilitar la
distribución y el uso de contenidos