Este documento resume las principales leyes y reformas legales en España relacionadas con la protección de menores. Explica que la Constitución Española de 1978 y tratados internacionales establecen la protección de los derechos de los menores. Desde entonces se han promulgado varias leyes para renovar el marco jurídico de los menores, incluyendo leyes sobre tutela, adopción, exhibicionismo sexual y competencia de juzgados de menores. La ley más importante ha sido la Ley 21/1987 que introdujo conceptos como el desamparo
Este documento presenta la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero sobre la Protección Jurídica del Menor en España. La ley busca actualizar la protección de los menores para reflejar los cambios sociales y culturales, reconociendo a los menores como sujetos de derechos con capacidad progresiva para ejercerlos. La ley modifica artículos del Código Civil relacionados con la tutela, adopción y desamparo de menores. También establece obligaciones para las autoridades y ciudadanos para investigar y denunciar situaciones de
Este documento presenta una ley orgánica española de 1996 sobre la protección jurídica de los menores. Explica que la ley tiene como objetivo actualizar la legislación para mejorar la protección de los derechos de los menores de acuerdo con tratados internacionales y las necesidades sociales cambiantes. Modifica aspectos como los procedimientos de protección de menores en riesgo o desamparo, los tipos de acogimiento familiar, y el reconocimiento de los menores como sujetos de derechos.
Este documento presenta la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero sobre la Protección Jurídica del Menor en España. La ley tiene como objetivo actualizar la protección de los menores para reflejar los cambios sociales y culturales en la sociedad española, en línea con tratados internacionales. Algunas de las reformas clave incluyen distinguir entre situaciones de riesgo y desamparo de menores, agilizar los procedimientos de protección de menores, y reconocer a los menores como sujetos activos con derechos que deben ser
Evolución y cambio de paradigma respecto a las Políticas Públicas en materia de Infancia, Familia y adolescencia en Chile
Clase del Postítulo en Psicología Jurídica en el Procedimiento de Familia y Derechos de la Infancia
Universidad san Sebastián, Sede Puerto Montt, 2014
Sistema de protección a la infancia y la adolescencia.José María
El documento describe las modificaciones introducidas por la Ley 26/2015 a la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y al Código Civil de España. La ley introduce cambios para mejorar la protección de los menores, incluyendo una mayor protección contra la violencia, el reconocimiento de nuevos deberes de los menores, y disposiciones sobre los derechos de los menores extranjeros y la alfabetización digital. También modifica varias leyes relacionadas con aspectos como la discapacidad, la educación y la salud.
Decreto 42 2000, de 7 de enero, por el que se refunde la normativa reguladora...IndependienteBC
Este documento resume el Decreto 42/2000 que refunde la normativa de Galicia sobre la familia, la infancia y la adolescencia. El decreto unifica varias disposiciones anteriores y actualiza la normativa para mejorar la seguridad jurídica y facilitar el uso de los textos. Regula aspectos como el Observatorio de la Familia, la protección del menor, la adopción y el régimen sancionador.
l número 111 del BOA de fecha 08/06/2010 publica la LEY 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres.
Este documento presenta el Libro Segundo del Código Civil de Cataluña relativo a la persona y la familia. El Libro Segundo regula asuntos como la personalidad civil, la capacidad, la autonomía de la persona en materia de salud, las instituciones de protección de la persona, la familia y otras relaciones de convivencia. El documento explica los principios, estructura y contenido del nuevo Libro Segundo, el cual introduce cambios para adecuar la legislación a las realidades sociales actuales de Cataluña.
Este documento presenta la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero sobre la Protección Jurídica del Menor en España. La ley busca actualizar la protección de los menores para reflejar los cambios sociales y culturales, reconociendo a los menores como sujetos de derechos con capacidad progresiva para ejercerlos. La ley modifica artículos del Código Civil relacionados con la tutela, adopción y desamparo de menores. También establece obligaciones para las autoridades y ciudadanos para investigar y denunciar situaciones de
Este documento presenta una ley orgánica española de 1996 sobre la protección jurídica de los menores. Explica que la ley tiene como objetivo actualizar la legislación para mejorar la protección de los derechos de los menores de acuerdo con tratados internacionales y las necesidades sociales cambiantes. Modifica aspectos como los procedimientos de protección de menores en riesgo o desamparo, los tipos de acogimiento familiar, y el reconocimiento de los menores como sujetos de derechos.
Este documento presenta la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero sobre la Protección Jurídica del Menor en España. La ley tiene como objetivo actualizar la protección de los menores para reflejar los cambios sociales y culturales en la sociedad española, en línea con tratados internacionales. Algunas de las reformas clave incluyen distinguir entre situaciones de riesgo y desamparo de menores, agilizar los procedimientos de protección de menores, y reconocer a los menores como sujetos activos con derechos que deben ser
Evolución y cambio de paradigma respecto a las Políticas Públicas en materia de Infancia, Familia y adolescencia en Chile
Clase del Postítulo en Psicología Jurídica en el Procedimiento de Familia y Derechos de la Infancia
Universidad san Sebastián, Sede Puerto Montt, 2014
Sistema de protección a la infancia y la adolescencia.José María
El documento describe las modificaciones introducidas por la Ley 26/2015 a la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y al Código Civil de España. La ley introduce cambios para mejorar la protección de los menores, incluyendo una mayor protección contra la violencia, el reconocimiento de nuevos deberes de los menores, y disposiciones sobre los derechos de los menores extranjeros y la alfabetización digital. También modifica varias leyes relacionadas con aspectos como la discapacidad, la educación y la salud.
Decreto 42 2000, de 7 de enero, por el que se refunde la normativa reguladora...IndependienteBC
Este documento resume el Decreto 42/2000 que refunde la normativa de Galicia sobre la familia, la infancia y la adolescencia. El decreto unifica varias disposiciones anteriores y actualiza la normativa para mejorar la seguridad jurídica y facilitar el uso de los textos. Regula aspectos como el Observatorio de la Familia, la protección del menor, la adopción y el régimen sancionador.
l número 111 del BOA de fecha 08/06/2010 publica la LEY 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres.
Este documento presenta el Libro Segundo del Código Civil de Cataluña relativo a la persona y la familia. El Libro Segundo regula asuntos como la personalidad civil, la capacidad, la autonomía de la persona en materia de salud, las instituciones de protección de la persona, la familia y otras relaciones de convivencia. El documento explica los principios, estructura y contenido del nuevo Libro Segundo, el cual introduce cambios para adecuar la legislación a las realidades sociales actuales de Cataluña.
La ley 1098 de 2006 establece el Código de la Infancia y la Adolescencia de Colombia. El código tiene como objetivo garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes a través de la protección integral. Define principios como el interés superior del niño y la corresponsabilidad de la familia, sociedad y Estado en la protección de los derechos de los menores. Establece que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos y que sus derechos deben prevalecer sobre otros intereses.
La reforma introduce tres principales cambios en la LO de Protección Jurídica del Menor: 1) introduce deberes para los menores y nuevas actuaciones de protección, 2) crea un Registro de Delincuentes Sexuales para compartir datos a nivel internacional, y 3) reforma las instituciones de protección priorizando las medidas familiares sobre las residenciales.
Ensayo sobre la Lay Organica contra la delincuencia organizada, Ley Organica para la Proteccion de Niños, niñas y adolescentes y Sistema de Responsabilidad Penal para los Adolescentes
Martínez de Aguirre, Carlos
Catedrático de Derecho Civil, Universidad de Zaragoza
Cuaderno de Políticas Familiares, Revista del Instituto de Estudios Superiores de la Familia, Nº 1, 2015, pp. 4-11.
Este documento analiza las leyes chilenas que establecen un sistema de responsabilidad penal para adolescentes infractores de la ley. Argumenta que estas leyes priman el enfoque de seguridad pública y control penal por sobre los derechos humanos de los niños y adolescentes. Específicamente, la ley permite la privación de libertad de menores como primer recurso en lugar de último recurso, y no garantiza la especialización del personal ni elementos de justicia restaurativa. Además, Chile carece de una política integral de protección de derechos de la infancia.
Constitución política del Estado de AguascalientesOVSGAgs
Este documento presenta la Constitución Política del Estado de Aguascalientes. Establece 19 capítulos que describen la forma de gobierno, territorio, habitantes, división de poderes, poderes legislativo, ejecutivo y judicial, hacienda pública, municipios y responsabilidad de los servidores públicos entre otros aspectos. Fue reformada por última vez el 5 de diciembre de 2013 y contiene 95 artículos que definen la estructura política y administrativa del estado de acuerdo a la Constitución Mexicana.
El documento propone una nueva ley de Familia Solidaria en la provincia de San Luis que actualice la normativa vigente sobre este tema. La nueva ley mantendría el registro de familias solidarias y procuraría dar respuestas eficaces a los desafíos actuales relacionados con la protección de personas en situación de vulnerabilidad, como niños, adolescentes y adultos mayores, teniendo en cuenta el interés superior de estas personas.
Este documento presenta un resumen de los 16 artículos introductorios del Código de la Infancia y la Adolescencia de Colombia. Establece los objetivos de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y define los principios rectores como la protección integral, el interés superior y la corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad. También determina los sujetos protegidos y los enfoques de género e interculturalidad.
Proyecto de ley del código de la niña, niño y adolescenteErbol Digital
Este documento presenta un anteproyecto de ley para un nuevo Código de la Niña, Niño y Adolescente en Bolivia. El código tiene como objetivo garantizar los derechos de los niños y adolescentes establecidos en la Constitución boliviana y la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. El documento explica la necesidad de actualizar la legislación boliviana sobre la niñez para fortalecer la protección de los derechos de los niños y adolescentes y crear un sistema de justicia juvenil. El ante
La ley establece el marco jurídico para la promoción, atención y protección de menores en Castilla-La Mancha. Reconoce una serie de derechos de los menores como la identidad, protección contra malos tratos, honor, información, ideología, participación, ser oído, salud, educación y cultura. También establece deberes de los menores. Define situaciones de riesgo y desamparo y establece medidas de protección como prevención, apoyo familiar, tutela administrativa, acogimiento y adopción. Regula
Este documento discute la custodia compartida como un modelo preferente tras la ruptura de una pareja. Argumenta que la custodia compartida debería ser la norma en lugar de la excepción, y que los requisitos legales actuales en España hacen casi imposible este modelo. También sugiere que las denuncias falsas se usan a menudo para evitar la custodia compartida y separar a los padres de sus hijos.
Propuesta de ley gallega de corresponsabilidad parentalkidetza
El documento presenta una propuesta de ley de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura de pareja en Galicia. La ley tiene como objetivos promover la igualdad entre progenitores y defender el interés superior del menor. Establece la custodia compartida como preferente y fomenta la mediación familiar y programas de apoyo a la cooparentalidad. Se compone de ocho capítulos que regulan aspectos como los derechos de los padres y menores, los contratos y planes de cooparentalidad, y las medidas económicas y de viv
Propuesta ley vasca de corresponsabilidad parenta liniciativa popular1DUNBOA
Este documento presenta una propuesta de ley de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura de la convivencia de los padres con hijos o parejas sin hijos en la Comunidad Autónoma Vasca. La ley tiene como objetivos promover la igualdad entre padres y defender el interés superior del menor. Establece el derecho del menor a mantener una relación con ambos padres tras una ruptura y a vivir en un sistema de custodia compartida de forma igualitaria siempre que no sea contra el interés del menor. La ley también busca establecer acuer
Este documento describe el sistema de protección infantil en España. Explica que la protección infantil incluye actividades familiares, sociales, sanitarias y educativas que garantizan el desarrollo integral de los niños. También describe los principios fundamentales de la protección infantil según la legislación española y la Unión Europea. Finalmente, analiza las características sociosanitarias comunes de los menores bajo medidas de protección como acogimiento residencial.
Este documento presenta la materia Instituciones del Derecho Privado I. Los objetivos incluyen desarrollar un marco teórico del derecho privado y competencias cognitivas en temas jurídicos. También busca relacionar saberes previos con nuevos conceptos en derecho privado, identificar y analizar legislación vigente, y desarrollar una actitud proactiva en los estudiantes. La materia es útil para la vida diaria y sirve de base para otras asignaturas jurídicas y el futuro ejercicio profesional. Los temas
El documento enumera las leyes y convenios internacionales que establecen y protegen los derechos de los niños en España. Entre ellos se encuentran la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, la Carta Europea de Derechos del Niño, el Código Civil español y varias leyes orgánicas que tratan asuntos como la protección jurídica de menores, delitos contra la libertad sexual y protección de víctimas de malos tratos. Las comunidades autónomas también tienen competencias sobre la asistencia social y
La ley establece el marco jurídico para la protección de menores en Castilla-La Mancha. Reconoce una serie de derechos de los menores como la identidad, protección contra malos tratos, honor, información, salud y educación. También establece deberes de los menores. Define situaciones de riesgo y desamparo y establece medidas de protección como acogimiento familiar o residencial y adopción. Regula la creación de un registro de situaciones de menores y corresponde a la comunidad autónoma la ejecución de medidas judiciales sobre
La ley establece el marco jurídico para la protección de menores en Castilla-La Mancha. Define situaciones de riesgo como negligencia o maltrato por parte de los padres, y situaciones de desamparo como abandono o maltrato grave. Establece que la administración regional asumirá la tutela de menores desamparados y podrá adoptar medidas de acogimiento familiar o residencial, así como promover la adopción cuando no sea posible la permanencia con la familia biológica. También regula la protección de menores en conflicto social
Lucy enjoys math because she likes learning problems and multiplication. Her favorite book series is about Geronimo Stilton and his friends going on adventures. She likes soccer because it allows her to score goals, get exercise, and burn energy. She enjoys jello for its bounciness and different colors like red, orange, yellow, and blue. Her favorite animal is the dolphin because they are kind, gentle mammals that need to breathe air like people when underwater.
La ley 1098 de 2006 establece el Código de la Infancia y la Adolescencia de Colombia. El código tiene como objetivo garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes a través de la protección integral. Define principios como el interés superior del niño y la corresponsabilidad de la familia, sociedad y Estado en la protección de los derechos de los menores. Establece que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos y que sus derechos deben prevalecer sobre otros intereses.
La reforma introduce tres principales cambios en la LO de Protección Jurídica del Menor: 1) introduce deberes para los menores y nuevas actuaciones de protección, 2) crea un Registro de Delincuentes Sexuales para compartir datos a nivel internacional, y 3) reforma las instituciones de protección priorizando las medidas familiares sobre las residenciales.
Ensayo sobre la Lay Organica contra la delincuencia organizada, Ley Organica para la Proteccion de Niños, niñas y adolescentes y Sistema de Responsabilidad Penal para los Adolescentes
Martínez de Aguirre, Carlos
Catedrático de Derecho Civil, Universidad de Zaragoza
Cuaderno de Políticas Familiares, Revista del Instituto de Estudios Superiores de la Familia, Nº 1, 2015, pp. 4-11.
Este documento analiza las leyes chilenas que establecen un sistema de responsabilidad penal para adolescentes infractores de la ley. Argumenta que estas leyes priman el enfoque de seguridad pública y control penal por sobre los derechos humanos de los niños y adolescentes. Específicamente, la ley permite la privación de libertad de menores como primer recurso en lugar de último recurso, y no garantiza la especialización del personal ni elementos de justicia restaurativa. Además, Chile carece de una política integral de protección de derechos de la infancia.
Constitución política del Estado de AguascalientesOVSGAgs
Este documento presenta la Constitución Política del Estado de Aguascalientes. Establece 19 capítulos que describen la forma de gobierno, territorio, habitantes, división de poderes, poderes legislativo, ejecutivo y judicial, hacienda pública, municipios y responsabilidad de los servidores públicos entre otros aspectos. Fue reformada por última vez el 5 de diciembre de 2013 y contiene 95 artículos que definen la estructura política y administrativa del estado de acuerdo a la Constitución Mexicana.
El documento propone una nueva ley de Familia Solidaria en la provincia de San Luis que actualice la normativa vigente sobre este tema. La nueva ley mantendría el registro de familias solidarias y procuraría dar respuestas eficaces a los desafíos actuales relacionados con la protección de personas en situación de vulnerabilidad, como niños, adolescentes y adultos mayores, teniendo en cuenta el interés superior de estas personas.
Este documento presenta un resumen de los 16 artículos introductorios del Código de la Infancia y la Adolescencia de Colombia. Establece los objetivos de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y define los principios rectores como la protección integral, el interés superior y la corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad. También determina los sujetos protegidos y los enfoques de género e interculturalidad.
Proyecto de ley del código de la niña, niño y adolescenteErbol Digital
Este documento presenta un anteproyecto de ley para un nuevo Código de la Niña, Niño y Adolescente en Bolivia. El código tiene como objetivo garantizar los derechos de los niños y adolescentes establecidos en la Constitución boliviana y la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. El documento explica la necesidad de actualizar la legislación boliviana sobre la niñez para fortalecer la protección de los derechos de los niños y adolescentes y crear un sistema de justicia juvenil. El ante
La ley establece el marco jurídico para la promoción, atención y protección de menores en Castilla-La Mancha. Reconoce una serie de derechos de los menores como la identidad, protección contra malos tratos, honor, información, ideología, participación, ser oído, salud, educación y cultura. También establece deberes de los menores. Define situaciones de riesgo y desamparo y establece medidas de protección como prevención, apoyo familiar, tutela administrativa, acogimiento y adopción. Regula
Este documento discute la custodia compartida como un modelo preferente tras la ruptura de una pareja. Argumenta que la custodia compartida debería ser la norma en lugar de la excepción, y que los requisitos legales actuales en España hacen casi imposible este modelo. También sugiere que las denuncias falsas se usan a menudo para evitar la custodia compartida y separar a los padres de sus hijos.
Propuesta de ley gallega de corresponsabilidad parentalkidetza
El documento presenta una propuesta de ley de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura de pareja en Galicia. La ley tiene como objetivos promover la igualdad entre progenitores y defender el interés superior del menor. Establece la custodia compartida como preferente y fomenta la mediación familiar y programas de apoyo a la cooparentalidad. Se compone de ocho capítulos que regulan aspectos como los derechos de los padres y menores, los contratos y planes de cooparentalidad, y las medidas económicas y de viv
Propuesta ley vasca de corresponsabilidad parenta liniciativa popular1DUNBOA
Este documento presenta una propuesta de ley de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura de la convivencia de los padres con hijos o parejas sin hijos en la Comunidad Autónoma Vasca. La ley tiene como objetivos promover la igualdad entre padres y defender el interés superior del menor. Establece el derecho del menor a mantener una relación con ambos padres tras una ruptura y a vivir en un sistema de custodia compartida de forma igualitaria siempre que no sea contra el interés del menor. La ley también busca establecer acuer
Este documento describe el sistema de protección infantil en España. Explica que la protección infantil incluye actividades familiares, sociales, sanitarias y educativas que garantizan el desarrollo integral de los niños. También describe los principios fundamentales de la protección infantil según la legislación española y la Unión Europea. Finalmente, analiza las características sociosanitarias comunes de los menores bajo medidas de protección como acogimiento residencial.
Este documento presenta la materia Instituciones del Derecho Privado I. Los objetivos incluyen desarrollar un marco teórico del derecho privado y competencias cognitivas en temas jurídicos. También busca relacionar saberes previos con nuevos conceptos en derecho privado, identificar y analizar legislación vigente, y desarrollar una actitud proactiva en los estudiantes. La materia es útil para la vida diaria y sirve de base para otras asignaturas jurídicas y el futuro ejercicio profesional. Los temas
El documento enumera las leyes y convenios internacionales que establecen y protegen los derechos de los niños en España. Entre ellos se encuentran la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, la Carta Europea de Derechos del Niño, el Código Civil español y varias leyes orgánicas que tratan asuntos como la protección jurídica de menores, delitos contra la libertad sexual y protección de víctimas de malos tratos. Las comunidades autónomas también tienen competencias sobre la asistencia social y
La ley establece el marco jurídico para la protección de menores en Castilla-La Mancha. Reconoce una serie de derechos de los menores como la identidad, protección contra malos tratos, honor, información, salud y educación. También establece deberes de los menores. Define situaciones de riesgo y desamparo y establece medidas de protección como acogimiento familiar o residencial y adopción. Regula la creación de un registro de situaciones de menores y corresponde a la comunidad autónoma la ejecución de medidas judiciales sobre
La ley establece el marco jurídico para la protección de menores en Castilla-La Mancha. Define situaciones de riesgo como negligencia o maltrato por parte de los padres, y situaciones de desamparo como abandono o maltrato grave. Establece que la administración regional asumirá la tutela de menores desamparados y podrá adoptar medidas de acogimiento familiar o residencial, así como promover la adopción cuando no sea posible la permanencia con la familia biológica. También regula la protección de menores en conflicto social
Lucy enjoys math because she likes learning problems and multiplication. Her favorite book series is about Geronimo Stilton and his friends going on adventures. She likes soccer because it allows her to score goals, get exercise, and burn energy. She enjoys jello for its bounciness and different colors like red, orange, yellow, and blue. Her favorite animal is the dolphin because they are kind, gentle mammals that need to breathe air like people when underwater.
This document discusses privacy issues related to libraries in the digital age. It provides an overview of privacy laws in the US and how they relate to libraries. While the right to privacy is not explicitly outlined in the Constitution, many court cases have recognized this right. Most states have passed laws to protect library user privacy, though these laws often do not address new digital technologies. The document examines challenges to privacy from entities like the FBI and technologies like digital records, filters and reference services. It concludes with recommendations that libraries update policies to collect minimum data, limit access, inform users of policies and collaborate with vendors on security.
Here are the scrambled words unscrambled:
RENTCATSIG = CATSITTER
SONSTIG = NOTICES
KANRIGEB = BAKERING
GETANRI = TRAINING
NILOGI = LOGGING
GLUNPIL = PULLING
Lying TRASH around
Putting FIREWOOD upon the FIRE
Bringing in MUD and soiling the CARPET
Leaving the DOOR unclosed
Spilling MILK
Fading FURNITURE
ISTAO Master in Strategia e Management d’Impresa 10.3.14Alessandro Daliana
ROKC™ e l’Internazionalizzazione
Il Metodo Return On Key Component™ Applicato a le Strategie d’Internazionalizzazione d’Impresa
ISTAO - Istituto Adriano Olivetti, Ancona, Italy
Master in Strategia e Management d’Impresa
10 Marzo 2014
Este documento presenta dos presentaciones sobre temas de informática. La primera presentación cubre cómo publicar páginas web y presentar archivos en PowerPoint. La segunda presentación describe diferentes tipos de virus de computadora e incluye un ejemplo de video creado en Movie Maker. El documento concluye que es importante estar informado para evitar estafas cibernéticas y daños a la computadora, y que Movie Maker facilita la creación de videos para presentaciones.
La función es una relación entre dos variables donde a cada valor de la primera variable le corresponde un único valor de la segunda. Existen dos tipos de variables en una función: la variable independiente y la variable dependiente. Una función lineal relaciona las variables a través de la ecuación y=mx, mientras que una función afín lo hace a través de y=mx+n.
El documento describe los volcanes, incluyendo su estructura interna caliente, las partes que los componen como el cráter y la cámara magmática, y lo que expulsan como lava, gases y piroclastos. También explica los diferentes tipos de conos volcánicos como escudos y estratovolcanes, y menciona dos volcanes específicos, el Timanfaya y el Teide. Además, señala algunas señales que pueden avisar de una futura erupción volcánica como terremotos menores y camb
El documento presenta breves perfiles de 11 niños de 10-11 años que forman parte de un periódico escolar. Cada perfil incluye la sección a la que pertenece el niño y sus intereses como escuchar música, practicar deportes y pasar tiempo con amigos.
Este documento conmemora el segundo aniversario de la resistencia del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) contra la extinción de Luz y Fuerza del Centro ordenada por el gobierno de Felipe Calderón. En tres oraciones resume que el SME se ha fortalecido en su lucha y no ha aceptado la liquidación ofrecida; que los usuarios continúan apoyando al SME mediante la huelga de pagos debido al alza de tarifas; y que exigen la reposición de los electricistas en sus puestos de trabajo para restaur
Este documento presenta la misión, visión y un problema relacionado con la apatía de las niñas y jóvenes hacia la actividad física de una institución educativa. Su misión es formar personas útiles, conciliadoras y transformadoras a través de pilares como el emprendimiento, la productividad y la comunicación asertiva. Su visión es ser una institución líder en promover estrategias innovadoras para el desarrollo personal y la convivencia en el 2015. El problema descrito es la falta de educación física en niñas y
Open Day Corso di Preparazione al Test di Medicina 2012-13IPE Business School
Anche quest'anno l'I.P.E., attraverso il suo MedicaLab, propone il suo Corso di Preparazione al Test di Medicina. Scopri ogni dettaglio nella seguente presentazione.
This document provides information about Govind Rubber Limited (GRL), a tire manufacturing company that is part of the VM Poddar Group. It discusses GRL's manufacturing facilities and capacity, product portfolio including bicycle and auto tires, key customers in India and international markets, and distribution network spanning various global regions. The document also outlines the company's subsidiaries and joint ventures involved in related industries.
La historia narra la historia de una hormiga productiva y feliz que trabajaba felizmente hasta que su empresa comenzó a contratar más y más supervisores, gerentes y consultores hasta que finalmente la hormiga fue despedida a pesar de ser productiva. La moraleja es que es mejor no ser una hormiga trabajadora y feliz para evitar ser explotada por aquellos en posiciones de poder.
El documento presenta los hallazgos de la Red Social de Educadores Aulas Fundación Telefónica. Se detallan las publicaciones de noticias educativas, las buenas prácticas compartidas, los recursos educativos publicados y la participación en foros de discusión. El documento analiza las actividades de la red social agrupadas en cuatro secciones: publicación de noticias, buenas prácticas, recursos y foros.
El documento resume la legislación internacional, nacional y autonómica de Andalucía sobre la protección de menores. A nivel internacional destaca la Convención de los Derechos del Niño de 1989, que establece 10 principios fundamentales como el derecho a la educación y a crecer en un ambiente de afecto. A nivel nacional, la Constitución y la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor de 1996 garantizan la protección de los niños. Finalmente, la legislación de Andalucía comprende el Estatuto de
Este documento presenta la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Venezuela. Establece el Sistema Rector Nacional para la Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia, liderado por el Ministerio de Comunas y Protección Social. Fortalece los derechos de los niños, incluyendo el derecho a vivir en familia, a no ser separados de ella, y a no recibir castigos físicos. También modifica instituciones familiares como la guarda y las visitas.
Este documento presenta un resumen de un trabajo de investigación sobre la efectividad de la doctrina de la protección integral como mecanismo de prevención social en el sistema penal de responsabilidad del adolescente en Venezuela. Introduce el tema, plantea la pregunta de investigación, los objetivos y la justificación. Explica conceptos clave como la doctrina de protección integral y el sistema penal de responsabilidad del adolescente. Finalmente, presenta el marco teórico y metodológico que guiará la investigación.
Protocolo Actuación. Impartición Justicia con Niños y AdolescentesAbogado Morelos
Este documento presenta el Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren niñas, niños y adolescentes. El Protocolo tiene como objetivo garantizar los derechos de la infancia reconocidos en instrumentos internacionales y en la Constitución mexicana, tomando en cuenta las características propias del desarrollo de niños y adolescentes. El Protocolo establece principios generales y consideraciones específicas para juzgadores en diferentes materias, a fin de dar un trato especializado a la infancia en el sistema de just
Informe sobre seguimiento a la aplicación e implementación de la ley 1622 de ...Ektwr1982
Este documento presenta el informe del Ministerio Público sobre el seguimiento a la aplicación e implementación de la Ley 1622 de 2013 (Estatuto de Ciudadanía Juvenil). El informe describe la normatividad nacional e internacional relacionada con los derechos de los jóvenes, y resume los hallazgos del seguimiento realizado a entidades del orden nacional y territorial encargadas de temas de juventud. El Ministerio Público concluye que debe continuar monitoreando el cumplimiento de la ley y la garantía de los derechos de los jó
La ley reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derechos y crea un Sistema Nacional de Protección Integral para garantizar el ejercicio y disfrute de sus derechos. El objetivo es brindar seguridad y certeza jurídica para su desarrollo, tomando en cuenta tratados internacionales sobre derechos humanos como la Convención sobre los Derechos del Niño.
La ley tiene la finalidad de garantizar el ejercicio y disfrute pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en El Salvador mediante la creación de un Sistema Nacional de Protección Integral que cuente con la participación del Estado, las familias y la sociedad. El objetivo principal de la ley es reconocer a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos plenos en lugar de objetos de derecho.
La ley tiene la finalidad de garantizar el ejercicio y disfrute pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en El Salvador al crear un Sistema Nacional de Protección Integral. Reconoce a los niños como seres humanos completamente dependientes y sujetos de derechos, protegiéndolos de manera integral ya que el estado debe brindarles seguridad y certeza jurídica para su desarrollo.
La ley tiene la finalidad de garantizar el ejercicio y disfrute pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en El Salvador mediante la creación de un Sistema Nacional de Protección Integral. Reconoce a los niños como seres humanos completamente dependientes y sujetos de derechos, estableciendo normas para su protección en línea con la Convención sobre los Derechos del Niño.
Este documento analiza el cumplimiento de las normas jurídicas ecuatorianas y los convenios internacionales relacionados con los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Revisa la evolución histórica del marco legal de protección infantil en Ecuador y destaca la promulgación en 2003 del Código de la Niñez y Adolescencia, el cual adopta un enfoque de derechos y participación. Finalmente, propone evaluar las acciones gubernamentales para garantizar el cumplimiento efectivo de los principios establecidos en
La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena presenta una iniciativa para reformar la Ley del Seguro Social de México a fin de garantizar la protección del derecho a la salud y la seguridad social de todos los niños, niñas y adolescentes hijos de asegurados o pensionados hasta los 18 años, en línea con tratados internacionales sobre los derechos de la infancia. Actualmente la ley sólo otorga estos beneficios a menores de 16 años.
Anàlisis del còdigo de la niñez y adolescencia JoselynBelen
INTRODUCCIÓN.-
El Código de la Niñez y Adolescencia (Ley No. 100, publicada en Registro Oficial 737 de 3 de Enero del 2003 y vigente desde el 3 de julio de ese mismo año) es la finalización de un largo proceso de discusión, redacción y debate legislativo que se inició cuando la reforma legislativa de 1992 demostró su inadecuación con los principios y contenidos de la Convención sobre los Derechos del Niño.
1) El documento habla sobre un proyecto de ley integral para la infancia y la adolescencia en Colombia que busca actualizar el Código del Menor vigente desde 1989. 2) Un grupo de entidades gubernamentales, del sistema de Naciones Unidas y ONGs trabajaron desde 2002 en la formulación de este proyecto de ley. 3) El proyecto reconoce a los niños y niñas como sujetos titulares de derechos y se fundamenta en la Convención sobre los Derechos del Niño para garantizar una protección integral de los mismos.
El documento describe el proceso de creación de un nuevo proyecto de ley integral para la infancia y la adolescencia en Colombia. El proyecto busca actualizar la legislación relacionada con los niños para alinearla con la Convención sobre los Derechos del Niño y otros instrumentos internacionales. Se creó una alianza entre entidades gubernamentales, el sistema de Naciones Unidas y ONGs para desarrollar el proyecto de ley de manera conjunta. El proyecto reconoce a los niños como titulares de derechos y se basa en
Este documento describe la necesidad de reformar la Ley 14-94 para mejorar la protección de los derechos de los niños en la República Dominicana. La reforma propone un Código que codifique las leyes relacionadas con los derechos de los niños en un solo documento para hacerlas más funcionales. También crea un Sistema Nacional de Protección para garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños a través de la coordinación entre instituciones gubernamentales y no gubernamentales.
Este documento presenta una ley recientemente aprobada por el Parlamento Vasco sobre las relaciones familiares en casos de separación o ruptura de los progenitores. La ley tiene como objetivo principal defender el interés superior de los hijos menores en situaciones de ruptura parental y promover la igualdad entre hombres y mujeres. Se basa en principios como la corresponsabilidad parental y el derecho de los menores a mantener relaciones con ambos progenitores. La ley consta de seis capítulos que regulan aspectos como los acuerdos de custodia, la mediación familiar y las
Este documento presenta una ley recientemente aprobada por el Parlamento Vasco sobre las relaciones familiares en casos de separación o ruptura de los progenitores. La ley tiene como objetivo principal defender el interés superior de los hijos menores en estos casos y promover la igualdad. Establece la custodia compartida como el régimen preferente y regula aspectos como los pactos de ruptura, la mediación familiar, las medidas judiciales y el uso de la vivienda familiar.
Este documento presenta una ley recientemente aprobada por el Parlamento Vasco sobre las relaciones familiares en casos de separación o ruptura de los progenitores. La ley tiene como objetivo principal defender el interés superior de los hijos menores en situaciones de ruptura parental y promover la igualdad entre hombres y mujeres. Se basa en principios como la corresponsabilidad parental y el derecho de los menores a mantener relaciones con ambos progenitores. La ley consta de seis capítulos que regulan aspectos como los acuerdos de custodia, la mediación familiar y las
Las nuevas tecnologías en Educación InfantilNereaeinfantil
La educación infantil se divide en dos ciclos de 0-3 años y 3-6 años, respectivamente. Los objetivos incluyen el desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños en colaboración con las familias. Internet es un recurso valioso pero su uso depende de la disponibilidad de recursos y capacitación de los docentes. Los valores como la amistad, generosidad, bondad, diversidad y respeto son importantes de enseñar a una edad temprana.
La educación infantil se divide en dos ciclos de 0-3 años y 3-6 años, respectivamente. Los objetivos incluyen el desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños en colaboración con las familias. Internet se considera un recurso importante, aunque su uso depende de factores como la capacitación de los docentes y los recursos disponibles. Los valores como la amistad, generosidad, bondad, diversidad y respeto son importantes de enseñar a una edad temprana.
La educación infantil se divide en dos ciclos de 0-3 años y 3-6 años, respectivamente. Los objetivos incluyen el desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños en colaboración con las familias. Internet es un recurso valioso pero su uso depende de la disponibilidad de recursos. Los valores como la amistad, generosidad, bondad, diversidad y respeto son importantes de enseñar a una edad temprana.
La educación infantil se divide en dos ciclos de 0-3 años y 3-6 años, respectivamente. Los objetivos incluyen el desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños en colaboración con las familias. Internet es un recurso valioso pero su uso depende de la disponibilidad de recursos económicos. Los valores como la amistad, generosidad, bondad, diversidad y respeto son importantes de enseñar a una edad temprana.
El documento describe la importancia del juego para los seres humanos, señalando que permite experimentar conductas sociales y desarrollar capacidades intelectuales, motrices y afectivas. Explica que el juego sirve para la adecuación al entorno social y estimula el desarrollo físico, afectivo, social e intelectual, desarrollando capacidades como la creatividad, agilidad mental, imaginación y fantasía. Además, posibilita la interiorización de aprendizajes significativos y ayuda a estructurar el lenguaje
El documento describe la importancia del juego para los seres humanos, señalando que permite experimentar conductas sociales y desarrollar capacidades intelectuales, motrices y afectivas. Explica que el juego sirve para la adecuación al entorno social y estimula el desarrollo físico, afectivo, social e intelectual, desarrollando capacidades como la creatividad, agilidad mental, imaginación y fantasía. Además, posibilita la interiorización de aprendizajes significativos y ayuda a estructurar el lenguaje
El documento describe la importancia del juego para los seres humanos, señalando que permite experimentar conductas sociales y desarrollar capacidades intelectuales, motrices y afectivas. Explica que el juego sirve para la adecuación al entorno social y estimula el desarrollo físico, afectivo, social e intelectual, desarrollando capacidades como la creatividad, agilidad mental, imaginación y fantasía. Además, posibilita la interiorización de aprendizajes significativos y ayuda a estructurar el lenguaje
El documento describe la importancia del juego para los seres humanos, señalando que permite experimentar conductas sociales y desarrollar capacidades intelectuales, motrices y afectivas. Explica que el juego sirve para la adecuación al entorno social y estimula el desarrollo físico, afectivo, social e intelectual, desarrollando capacidades como la creatividad, agilidad mental, imaginación y fantasía. Además, posibilita la interiorización de aprendizajes significativos y ayuda a estructurar el lenguaje
Este documento describe diferentes tipos de familias, incluyendo familias compuestas por más de dos generaciones, familias formadas por padres biológicos o adoptivos, y familias formadas por divorcio, embarazo precoz o muerte de uno de los cónyuges. También discute el papel de la familia en la socialización primaria del niño y enseñanza de habilidades fundamentales, y cómo esto influye en el aprendizaje posterior del niño en la escuela.
Este documento describe diferentes tipos de familias y el papel de la familia en la educación de los niños. Las familias pueden estar compuestas de miembros biológicos o adoptados de más de dos generaciones. Las familias pueden formarse por divorcio, embarazo precoz o muerte de uno de los cónyuges. La familia enseña al niño habilidades fundamentales como hablar, vestirse y compartir a través de la socialización primaria, lo que facilita la enseñanza escolar posterior. Sin embargo, la familia ya no cubre
Este documento describe diferentes tipos de familias y el papel de la familia en la educación de los niños. Las familias pueden estar compuestas de miembros biológicos o adoptados de más de dos generaciones. Las familias se forman por divorcio, embarazo precoz o muerte de uno de los cónyuges. La familia enseña al niño habilidades fundamentales como hablar, vestirse y compartir a través de la socialización primaria, lo que facilita la enseñanza escolar posterior. Sin embargo, la familia ya no cubre complet
Este documento describe el síndrome del emperador, un fenómeno de maltrato de hijos a padres que se ha multiplicado en los últimos años. Explica que las causas pueden ser factores genéticos, familiares o ambientales como la falta de afecto o autoridad. Además, señala que la mayoría de los casos ocurren en familias monoparentales o con madres que tienen nuevas parejas, y que la edad promedio de los menores denunciados es baja. Para hacerle frente, sugiere desarrollar las emociones morales de
Teoría de las necesidades humanas de abraham maslowNereaeinfantil
La teoría de las necesidades humanas de Abraham Maslow clasifica las necesidades humanas en 5 categorías jerarquizadas en forma de pirámide: 1) Necesidades fisiológicas como alimentación y refugio; 2) Necesidades de seguridad como estabilidad y ausencia de miedo; 3) Necesidades sociales como amistades y pertenencia a grupos; 4) Necesidades de estima como respeto propio y prestigio social; 5) Necesidad de autorrealización como desarrollo personal y logros.
Tipos de familia e importancia en la educación infantilNereaeinfantil
El documento describe diferentes tipos de familias e identifica su importancia en la educación infantil. Describe la familia nuclear compuesta por padres e hijos, la familia extensa que incluye abuelos y tíos, la familia monoparental dirigida por un solo padre, la familia de madre soltera donde la madre asume la crianza sola, y la familia de padres separados que ya no son pareja pero siguen siendo padres.
Este documento resume las principales etapas del desarrollo infantil desde el nacimiento hasta los 10 años, incluyendo el desarrollo del habla, las expresiones faciales, el desarrollo psicomotor, cognitivo y emocional, y las características apropiadas de los juguetes para cada edad. Divide la infancia en cuatro etapas clave y describe cómo los niños adquieren el habla, expresan emociones, aprenden sobre el mundo y se desarrollan cognitiva y socialmente a través de la interacción y el j
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
Durante el período citado se sucedieron tres presidencias radicales a cargo de Hipólito Yrigoyen (1916-1922),
Marcelo T. de Alvear (1922-1928) y la segunda presidencia de Yrigoyen, a partir de 1928 la cual fue
interrumpida por el golpe de estado de 1930. Entre 1916 y 1922, el primer gobierno radical enfrentó el
desafío que significaba gobernar respetando las reglas del juego democrático e impulsando, al mismo
tiempo, las medidas que aseguraran la concreción de los intereses de los diferentes grupos sociales que
habían apoyado al radicalismo.
pueblos originarios de chile presentacion twinkl.pptx
Ley del menor
1. LEY DEL MENOR – <br />1. La Constitución Española de 1978 al enumerar, en el Capítulo III del Título I, los principios rectores de la política social y económica, hace mención en primer lugar a la obligación de los Poderes Públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia y dentro de ésta, con carácter singular, la de los menores.<br />Esta preocupación por dotar al menor de un adecuado marco jurídico de protección trasciende también de diversos Tratados Internacionales ratificados en los últimos años por España y, muy especialmente, de la Convención de Derechos del Niño, de Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1989, ratificada por España el 30 de noviembre de 1990, que marca el inicio de una nueva filosofía en relación con el menor, basada en un mayor reconocimiento del papel que éste desempeña en la sociedad y en la exigencia de un mayor protagonismo para el mismo.<br />Esta necesidad ha sido compartida por otras instancias internacionales, como el Parlamento Europeo que, a través de la Resolución A 3-0172/92, aprobó la Carta Europea de los Derechos del Niño.<br />Consecuente con el mandato constitucional y con la tendencia general apuntada, se ha llevado a cabo, en los últimos años, un importante proceso de renovación de nuestro ordenamiento jurídico en materia de menores.<br />Primero fue la Ley 11/1981, de 13 de mayo, de modificación de la Filiación, Patria Potestad y Régimen Económico del Matrimonio, que suprimió la distinción entre filiación legítima e ilegítima, equiparó al padre y a la madre a efectos del ejercicio de la patria potestad e introdujo la investigación de la paternidad.<br />Después se han promulgado, entre otras, las Leyes 13/1983, de 24 de octubre, sobre la tutela; la Ley 21/1987, de 11 de noviembre, por la que se modifican determinados artículos del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de adopción; la Ley Orgánica 5/1988, de 9 de junio, sobre exhibicionismo y provocación sexual en relación con los menores; la Ley Orgánica 4/1992, de 5 de junio, sobre reforma de la Ley reguladora de la competencia y el procedimiento de los Juzgados de Menores; y la Ley 25/1994, de 12 de julio, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 89/552/CEE, sobre la coordinación de disposiciones legales reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva.<br />De las Leyes citadas, la 21/1987, de 11 de noviembre, es la que, sin duda, ha introducido cambios más sustanciales en el ámbito de la protección del menor.<br />A raíz de la misma, el anticuado concepto de abandono fue sustituido por la institución del desamparo, cambio que ha dado lugar a una considerable agilización de los procedimientos de protección del menor al permitir la asunción automática, por parte de la entidad pública competente, de la tutela de aquél en los supuestos de desprotección grave del mismo.<br />Asimismo, introdujo la consideración de la adopción como un elemento de plena integración familiar, la configuración del acogimiento familiar como una nueva institución de protección del menor, la generalización del interés superior del menor como principio inspirador de todas las actuaciones relacionadas con aquél, tanto administrativas como judiciales; y el incremento de las facultades del Ministerio Fiscal en relación con los menores, así como de sus correlativas obligaciones.<br />No obstante, y pese al indudable avance que esta Ley supuso y a las importantes innovaciones que introdujo, su aplicación ha ido poniendo de manifiesto determinadas lagunas, a la vez que el tiempo transcurrido desde su promulgación ha hecho surgir nuevas necesidades y demandas en la sociedad.<br />Numerosas instituciones, tanto públicas como privadas -las dos Cámaras Parlamentarias, el Defensor del Pueblo, el Fiscal General del Estado y diversas asociaciones relacionadas con los menores-, se han hecho eco de estas demandas, trasladando al Gobierno la necesidad de adecuar el ordenamiento a la realidad de nuestra sociedad actual.<br />2. La presente Ley pretende ser la primera respuesta a estas demandas, abordando una reforma en profundidad de las tradicionales instituciones de protección del menor reguladas en el Código Civil.<br />En este sentido -y aunque el núcleo central de la Ley lo constituye, como no podía ser de otra forma, la modificación de los correspondientes preceptos del citado Código-, su contenido trasciende los límites de éste para construir un amplio marco jurídico de protección que vincula a todos los Poderes Públicos, a las instituciones específicamente relacionadas con los menores, a los padres y familiares y a los ciudadanos en general.<br />Las transformaciones sociales y culturales operadas en nuestra sociedad han provocado un cambio en el status social del niño y como consecuencia de ello se ha dado un nuevo enfoque a la construcción del edificio de los derechos humanos de la infancia.<br />Este enfoque reformula la estructura del derecho a la protección de la infancia vigente en España y en la mayoría de los países desarrollados desde finales del siglo XX, y consiste fundamentalmente en el reconocimiento pleno de la titularidad de derechos en los menores de edad y de una capacidad progresiva para ejercerlos.<br />El desarrollo legislativo postconstitucional refleja esta tendencia, introduciendo la condición de sujeto de derechos a las personas menores de edad. Así, el concepto ser escuchado si tuviere suficiente juicio se ha ido trasladando a todo el ordenamiento jurídico en todas aquellas cuestiones que le afectan. Este concepto introduce la dimensión del desarrollo evolutivo en el ejercicio directo de sus derechos.<br />Las limitaciones que pudieran derivarse del hecho evolutivo deben interpretarse de forma restrictiva. Más aún, esas limitaciones deben centrarse más en los procedimientos, de tal manera que se adoptarán aquéllos que sean más adecuados a la edad del sujeto.<br />El ordenamiento jurídico, y esta Ley en particular, va reflejando progresivamente una concepción de las personas menores de edad como sujetos activos, participativos y creativos, con capacidad de modificar su propio medio personal y social; de participar en la búsqueda y satisfacción de sus necesidades y en la satisfacción de las necesidades de los demás.<br />El conocimiento científico actual nos permite concluir que no existe una diferencia tajante entre las necesidades de protección y las necesidades relacionadas con la autonomía del sujeto, sino que la mejor forma de garantizar social y jurídicamente la protección a la infancia es promover su autonomía como sujetos. De esta manera podrán ir construyendo progresivamente una percepción de control acerca de su situación personal y de su proyección de futuro. Este es el punto crítico de todos los sistemas de protección a la infancia en la actualidad. Y, por lo tanto, es el reto para todos los ordenamientos jurídicos y los dispositivos de promoción y protección de las personas menores de edad. Esta es la concepción del sujeto sobre la que descansa la presente Ley: las necesidades de los menores como eje de sus derechos y de su protección.<br />El Título I comienza enunciando un reconocimiento general de derechos contenidos en los Tratados Internacionales de los que España es parte, que además deben ser utilizados como mecanismo de interpretación de las distintas normas de aplicación a las personas menores de edad.<br />Por otra parte, del conjunto de derechos de los menores, se ha observado la necesidad de matizar algunos de ellos, combinando, por una parte, la posibilidad de su ejercicio con la necesaria protección que, por razón de la edad, los menores merecen.<br />Así, con el fin de reforzar los mecanismos de garantía previstos en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, se prohíbe la difusión de datos o imágenes referidos a menores de edad en los medios de comunicación cuando sea contrario a su interés, incluso cuando conste el consentimiento del menor. Con ello se pretende proteger al menor, que puede ser objeto de manipulación incluso por sus propios representantes legales o grupos en que se mueve. Completa esta modificación la legitimación activa al Ministerio Fiscal.<br />El derecho a la participación de los menores también se ha recogido expresamente en el articulado, con referencia al derecho a formar parte de asociaciones y a promover asociaciones infantiles y juveniles, con ciertos requisitos, que se completa con el derecho a participar en reuniones públicas y manifestaciones pacíficas, estableciéndose el requisito de la autorización de los padres, tutores o guardadores.<br />La Ley regula los principios generales de actuación frente a situaciones de desprotección social, incluyendo la obligación de la entidad pública de investigar los hechos que conozca para corregir la situación mediante la intervención de los Servicios Sociales o, en su caso, asumiendo la tutela del menor por Ministerio de la Ley.<br />De igual modo, se establece la obligación de toda persona que detecte una situación de riesgo o posible desamparo de un menor, de prestarle auxilio inmediato y de comunicar el hecho a la autoridad o sus agentes más próximos.<br />Con carácter específico se prevé, asimismo, el deber de los ciudadanos de comunicar a las autoridades públicas competentes la ausencia del menor, de forma habitual o sin justificación, del centro escolar.<br />De innovadora se puede calificar la distinción, dentro de las situaciones de desprotección social del menor, entre situaciones de riesgo y de desamparo que dan lugar a un grado distinto de intervención de la entidad pública. Mientras en las situaciones de riesgo, caracterizadas por la existencia de un perjuicio para el menor que no alcanza la gravedad suficiente para justificar su separación del núcleo familiar, la citada intervención se limita a intentar eliminar, dentro de la institución familiar, los factores de riesgo, en las situaciones de desamparo, donde la gravedad de los hechos aconseja la extracción del menor de la familia, aquélla se concreta en la asunción por la entidad pública de la tutela del menor y la consiguiente suspensión de la patria potestad o tutela ordinaria.<br />Subyace a lo largo de la Ley una preocupación basada en la experiencia extraída de la aplicación de la Ley 21/1987, por agilizar y clarificar los trámites de los procedimientos administrativos y judiciales que afectan al menor, con la finalidad de que éste no quede indefenso o desprotegido en ningún momento.<br />Esta es la razón por la que, además de establecerse como principio general, el de que toda actuación habrá de tener fundamentalmente en cuenta el interés del menor y no interferir en su vida escolar, social o laboral, se determina que las resoluciones que aprecien la existencia de la situación de desamparo deberán notificarse a los padres, tutores y guardadores, en un plazo de cuarenta y ocho horas, informándoles, asimismo, y, a ser posible, de forma presencial y de modo claro y comprensible, de las causas que dieron lugar a la intervención de la Administración y de los posibles efectos de la decisión adoptada.<br />Respecto a las medidas que los Jueces pueden adoptar para evitar situaciones perjudiciales para los hijos, que contempla actualmente el Código Civil en el artículo 158, se amplían a todos los menores, y a situaciones que exceden del ámbito de las relaciones paterno-filiales, haciéndose extensivas a las derivadas de la tutela y de la guarda, y se establece la posibilidad de que el Juez las adopte con carácter cautelar al inicio o en el curso de cualquier proceso civil o penal.<br />En definitiva, se trata de consagrar un principio de agilidad e inmediatez en todos los procedimientos tanto administrativos como judiciales que afectan a menores para evitar perjuicios innecesarios que puedan derivar de la rigidez de aquéllos.<br />Mención especial merece el acogimiento familiar, figura que introdujo la Ley 21/1987. Este puede constituirse por la entidad pública competente cuando concurre el consentimiento de los padres. En otro caso, debe dirigirse al Juez para que sea éste quien constituya el acogimiento. La aplicación de este precepto ha obligado, hasta ahora, a las entidades públicas a internar a los menores en algún centro, incluso en aquellos casos en los que la familia extensa ha manifestado su intención de acoger al menor, por no contar con la voluntad de los padres con el consiguiente perjuicio psicológico y emocional que ello lleva consigo para los niños, que se ven privados innecesariamente de la permanencia en un ambiente familiar.<br />Para remediar esta situación, la presente Ley recoge la posibilidad de que la entidad pública pueda acordar en interés del menor un acogimiento provisional en familia. Este podrá ser acordado por la entidad pública cuando los padres no consientan o se opongan al acogimiento, y subsistirá mientras se tramita el necesario expediente, en tanto no se produzca resolución judicial. De esta manera, se facilita la Constitución del acogimiento de aquellos niños sobre los que sus padres han mostrado el máximo desinterés.<br />Hasta ahora, la legislación concebía el acogimiento como una situación temporal y por tanto la regulación del mismo no hacía distinciones respecto a las distintas circunstancias en que podía encontrarse el menor, dando siempre a la familia acogedora una autonomía limitada en cuanto al cuidado del menor.<br />Una reflexión que actualmente se está haciendo en muchos países es si las instituciones jurídicas de protección de menores dan respuesta a la diversidad de situaciones de desprotección en la que éstos se encuentran. La respuesta es que tanto la diversificación de instituciones jurídicas como la flexibilización de las prácticas profesionales, son indispensables para mejorar cualitativamente los sistemas de protección a la infancia. Esta Ley opta en esta dirección, flexibilizando la acogida familiar y adecuando el marco de relaciones entre los acogedores y el menor acogido en función de la estabilidad de la acogida.<br />Atendiendo a la finalidad del mismo, se recogen tres tipos de acogimiento.<br />Junto al acogimiento simple, cuando se dan las condiciones de temporalidad, en las que es relativamente previsible el retorno del menor a su familia, se introduce la posibilidad de constituirlo con carácter permanente, en aquellos casos en los que la edad u otras circunstancias del menor o su familia aconsejan dotarlo de una mayor estabilidad, ampliando la autonomía de la familia acogedora respecto a las funciones derivadas del cuidado del menor, mediante la atribución por el Juez de aquellas facultades de la tutela que faciliten el desempeño de sus responsabilidades.<br />También se recoge expresamente la modalidad del acogimiento preadoptivo que en la Ley 21/1987 aparecía únicamente en la exposición de motivos, y que también existe en otras legislaciones. Esta Ley prevé la posibilidad de establecer un período preadoptivo, a través de la formalización de un acogimiento con esta finalidad, bien sea porque la entidad pública eleve la propuesta de adopción de un menor o cuando considere necesario establecer un período de adaptación del menor a la familia antes de elevar al Juez dicha propuesta.<br />Con ello, se subsanan las insuficiencias de que adolecía el artículo 173.1 del Código Civil diferenciando entre los distintos tipos de acogimiento en función de que la situación de la familia pueda mejorar y que el retorno del menor no implique riesgos para éste, que las circunstancias aconsejen que se constituya con carácter permanente, o que convenga constituirlo con carácter preadoptivo.<br />También se contemplan los extremos que deben recogerse en el documento de formalización que el Código Civil exige.<br />En materia de adopción, la Ley introduce la exigencia del requisito de idoneidad de los adoptantes, que habrá de ser apreciado por la entidad pública, si es ésta la que formula la propuesta, o directamente por el Juez, en otro caso. Este requisito, si bien no estaba expresamente establecido en nuestro derecho positivo, su exigencia aparece explícitamente en la Convención de los Derechos del Niño y en el Convenio de La Haya sobre protección de menores y cooperación en materia de adopción internacional y se tenía en cuenta en la práctica en los procedimientos de selección de familias adoptantes.<br />La Ley aborda la regulación de la adopción internacional. En los últimos años se ha producido un aumento considerable de las adopciones de niños extranjeros por parte de adoptantes españoles. En el momento de la elaboración de la Ley 21/1987 no era un fenómeno tan extendido y no había suficiente perspectiva para abordarlo en dicha reforma. La Ley diferencia las funciones que han de ejercer directamente las entidades públicas de aquellas funciones de mediación que puedan delegar en agencias privadas que gocen de la correspondiente acreditación. Asimismo, establece las condiciones y requisitos para la acreditación de estas agencias, entre los que es de destacar la ausencia de fin de lucro por parte de las mismas.<br />Además se modifica el artículo 9.5 del Código Civil estableciendo la necesidad de la idoneidad de los adoptantes para la eficacia en nuestro país de las adopciones constituidas en el extranjero, dando de esta manera cumplimiento al compromiso adquirido en el momento de la ratificación de la Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas que obliga a los Estados Parte a velar porque los niños o niñas que sean adoptados en otro país gocen de los mismos derechos que los nacionales en la adopción.<br />Finalmente, se abordan también en la presente Ley algunos aspectos de la tutela, desarrollando aquellos artículos del Código Civil que requieren matizaciones cuando afecten a menores de edad. Así, la tutela de un menor de edad debe tender, cuando sea posible, a la integración del menor en la familia del tutor. Además se introduce como causa de remoción la existencia de graves y reiterados problemas de convivencia y se da en este procedimiento audiencia al menor.<br />En todo el texto aparece reforzada la intervención del Ministerio Fiscal, siguiendo la tendencia iniciada con la Ley 21/1987, ampliando los cauces de actuación de esta institución, a la que, por su propio Estatuto, corresponde la representación de los menores e incapaces que carezcan de representación legal.<br />Otra cuestión que se aborda en la Ley es el internamiento del menor en centro psiquiátrico y que con el objetivo de que se realice con las máximas garantías por tratarse de un menor de edad, se somete a la autorización judicial previa y a las reglas del artículo 211 del Código Civil, con informe preceptivo del Ministerio Fiscal, equiparando, a estos efectos, el menor al presunto incapaz y no considerando válido el consentimiento de sus padres para que el internamiento se considere voluntario, excepción hecha del internamiento de urgencia.<br />3. La Ley pretende ser respetuosa con el reparto constitucional y estatutario de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas.<br />En este sentido, la Ley regula aspectos relativos a la legislación civil y procesal y a la Administración de Justicia, para los que goza de habilitación constitucional específica en los apartados 5, 6 y 8 del artículo 149.1.<br />No obstante, se dejan a salvo, en una disposición final específica, las competencias de las Comunidades Autónomas que dispongan de Derecho Civil, Foral o especial propio, para las que la Ley se declara subsidiaria respecto de las disposiciones específicas vigentes en aquéllas.<br />Asimismo, cuando se hace referencia a competencias de carácter administrativo, se especifica que las mismas corresponden a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con el reparto constitucional de competencias y las asumidas por aquéllas en sus respectivos Estatutos.<br />4. Por último se incorpora a la Ley la modificación de una serie de artículos del Código Civil con el fin de depurar los desajustes gramaticales y de contenido producidos por las sucesivas reformas parciales operadas en el Código.<br />Al margen de otras reformas que tan sólo afectaron tangencialmente a la institución de la tutela, la Ley 13/1983, de 24 de octubre, modificó el Título X del Libro I del Código Civil, rubricado De la tutela, de la curatela y de la guarda de los menores o incapacitados y mejoró el régimen de la tutela ordinaria que ya contemplaba el Código Civil. Asimismo, la Ley 21/1987, de 11 de noviembre, dio una nueva redacción a los artículos que regulan la tutela asumida por Ministerio de la Ley por las entidades públicas y cuya reforma ahora se aborda.<br />La coexistencia de estas dos vertientes de la institución de la tutela demanda una armonía interna en el Código Civil que la Sección Primera, de Derecho Privado, de la Comisión General de Codificación ha cubierto a través de la modificación de los artículos citados que, tras la reforma de 1983, ya resultaban incoherentes o de compleja aplicación práctica.<br />De este modo, y dado que la Ley tiene como objetivo básico la protección de los menores de edad a través de la tutela administrativa se ha incorporado la modificación de otros artículos en su gran mayoría conexos con esta materia.<br />Nerea García Gutiérrez<br />Iº Magisterio Infantil<br />