SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 4
Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Económicas y Sociales
Escuela de Comunicación Social
La Ley del Ejercicio del Periodista en la mayoría de sus artículos vela por la
seguridad del Colegio Nacional del Periodista. Específica como debe ser
elegido todo el personal del colegio, cuanto tiempo durara cada directiva, entre
otros. Sin embargo para llamarse Ley del Ejercicio del Periodista reza muy
poco sobre los deberes y derechos sobre la labor de un comunicador social
entre ellos se encuentra el capítulo 8 que expresa que el periodista no se ve
obligado a revelar la fuente de la información.
Artículo 1.- El ejercicio de la profesión de Periodista se regirá por la presente
Ley y su Reglamento. Los miembros del Colegio Nacional de Periodistas (CNP)
estarán sometidos como tales a los reglamentos internos del Colegio, al Código
de Ética del Periodista Venezolano y a las resoluciones que dicten los órganos
competentes del Colegio.
Artículo 2.- Para el ejercicio de la profesión de periodista se requiere poseer el
título de Licenciado en Periodismo, Licenciado en Comunicación Social o título
equivalente, expedido en el país por una Universidad, o título revalidado
legalmente; y estar inscrito en el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y en el
Instituto de Previsión Social del Periodista (IPSP). Los ciudadanos que cumplan
con los requisitos establecidos en esta disposición, serán los únicos
autorizados para utilizar el título de Periodista Profesional.
Parágrafo Único: mientras cumplen con la obligación de la reválida indicada en
este artículo y previa presentación de la constancia del Consejo Universitario,
el periodista graduado en el exterior podrá ser autorizado por la Junta Directiva
Nacional del Colegio Nacional de Periodistas para ejercer por el lapso de un (1)
año prorrogable por un período igual, previa petición razonada del interesado y
verificación por la misma Junta Directiva del desarrollo normal del
procedimiento académico y administrativo de reválida.
Artículo 3.- Son funciones propias del periodista en el ejercicio de su profesión
la búsqueda, la preparación y la redacción de noticias; la edición gráfica, la
ilustración fotográfica, la realización de la entrevista periodística, reportajes y
demás trabajos periodísticos, así como su coordinación en los medios de
comunicación social impresos, radiofónicos y audiovisuales, agencias
informativas, secciones u oficinas de prensa o información de empresas o
instituciones públicas o privadas. Los periodistas que ejerzan en medios
radiofónicos y audiovisuales están autorizados para efectuar las locuciones
propias o vinculadas con la actividad profesional.
Parágrafo Primero: quedan exceptuadas las funciones de la misma índole que
ejerzan en órganos de difusión impresos o audiovisuales dependientes de
instituciones oficiales o privadas sin fines de lucro, de carácter cultural, político,
sindical, religioso, científico, técnico, ecológico, vecinal o estudiantil, que
tengan como único fin la información y divulgación de sus propias actividades.
Parágrafo Segundo: los directores de medios de comunicación social, aunque
no sean periodistas, ejercerán plenamente sus funciones de dirección,
conducción de programas radiales y audiovisuales, coordinación y
planificación, garantizando la libertad de los ciudadanos y la pluralidad
informativa. Los directores de programas de medios radiofónicos y
audiovisuales, los moderadores, animadores y locutores ejercerán plenamente
sus funciones, aunque no sean periodistas.
Parágrafo Tercero: los reporteros gráficos podrán ejercer la actividad aún
cuando no sen miembros del Colegio Nacional de Periodistas. En su caso no
estarán amparados por esta Ley.
Otro artículo es el que emite que ningún periodista puede ser obligado a
adulterar la información y por ultimo el artículo 43 que informa del Fondo
Especial de Jubilación que es un ahorro para los periodistas jubilados.
Ademas de estos artículos la Ley del Ejercicio del Periodista no establece mas
información sobre la profesión del Comunicador Social, se debe a las pocas
actualizaciones que se le han realizado. Actualmente son muchas las maneras
de comunicar no contempla la ley.
Ya sabemos que el periodista no puede ser obligado a tergiversar la
información la información pero la ley no expresa a donde puede acudir el
comunicador en caso de suceder tal situación, o si el Colegio de Periodista
puede encargarse de la defensa.
Si hablamos en cuanto a condena de la violación de esta ley tenemos los
artículos 3, 34 y 39:
El Art 39, las personas que ejerzan ilegalmente el título de periodista será
sancionado con prisión de 3 a 6 meses. Lo cual es muy poco tiempo ya que
con lo rápido que avanza la comunicación actualmente los delitos pueden ser
muy graves.
El Art 34, adulterar o negarse a rectificar información. Estimular el ejercicio
ilegal del periodismo. Aquí eta aparentemente completa pero últimamente se
ha visto como poco a poco en una información acusan, cambian la perspectiva
u ocasionan desorden sin ser visiblemente delito.
FUENTES CONSULTADAS
http://www.cnpven.org/seccions/leyes-y-reglamentos
http://misionsucresjm.blogspot.com/2012/02/la-ley-del-ejercicio-del-periodista-
en.html

Más contenido relacionado

Similar a Ley del periodismo

Ley de Ejercicio del Periodismo
Ley de Ejercicio del PeriodismoLey de Ejercicio del Periodismo
Ley de Ejercicio del PeriodismoManuel Zapata
 
Realmente es necesaria una nueva ley de comunicación social en venezuela
Realmente es necesaria una nueva ley de comunicación social en venezuelaRealmente es necesaria una nueva ley de comunicación social en venezuela
Realmente es necesaria una nueva ley de comunicación social en venezuelaRonald Marrero
 
Proyecto ley colegiatura
Proyecto ley colegiaturaProyecto ley colegiatura
Proyecto ley colegiaturaCNPWEB
 
ley del ejercicio del periodista
ley del ejercicio del periodista ley del ejercicio del periodista
ley del ejercicio del periodista Jinmy Sosa Rauseo
 
Presentación ley del ejercicio del periodismo
Presentación   ley del ejercicio del periodismoPresentación   ley del ejercicio del periodismo
Presentación ley del ejercicio del periodismoJorge Rodríguez
 
Etica y legislacion de la comunicacion
Etica y legislacion de la comunicacionEtica y legislacion de la comunicacion
Etica y legislacion de la comunicacionWilfer Daniel
 
Dr. Mauro Andino Presentación UASB Ley de Comuncación
Dr. Mauro Andino Presentación UASB Ley de Comuncación  Dr. Mauro Andino Presentación UASB Ley de Comuncación
Dr. Mauro Andino Presentación UASB Ley de Comuncación Mauro Andino
 
Análisis jurídico proyecto de ley comunicación
Análisis jurídico proyecto de ley comunicaciónAnálisis jurídico proyecto de ley comunicación
Análisis jurídico proyecto de ley comunicaciónPao Oleas García
 
Exposicion de radio i
Exposicion de radio iExposicion de radio i
Exposicion de radio iManuel Zapata
 
Análisis jurídico proyecto de ley comunicación
Análisis jurídico proyecto de ley comunicaciónAnálisis jurídico proyecto de ley comunicación
Análisis jurídico proyecto de ley comunicaciónPao Oleas García
 
Ley de comunicación 30.01.2012
Ley de comunicación 30.01.2012Ley de comunicación 30.01.2012
Ley de comunicación 30.01.2012Mauro Andino
 
Artículos que tocan la censura previa.
Artículos que tocan la censura previa. Artículos que tocan la censura previa.
Artículos que tocan la censura previa. LoFundamental
 
LEY DE EJERCICIO DEL PERIODISMO
LEY DE EJERCICIO DEL PERIODISMOLEY DE EJERCICIO DEL PERIODISMO
LEY DE EJERCICIO DEL PERIODISMOYusve Rodríguez
 
Ley del Ejercicio del Periodismo
Ley del Ejercicio del PeriodismoLey del Ejercicio del Periodismo
Ley del Ejercicio del PeriodismoCarlos Saer
 
Ley del Ejercicio del Periodismo
Ley del Ejercicio del PeriodismoLey del Ejercicio del Periodismo
Ley del Ejercicio del PeriodismoCarlos Saer
 
Ley de Ejercicio del Periodismo
Ley de Ejercicio del PeriodismoLey de Ejercicio del Periodismo
Ley de Ejercicio del PeriodismoMariamirgrey09
 
Ley del ejercicio del periodismo
Ley del ejercicio del periodismoLey del ejercicio del periodismo
Ley del ejercicio del periodismomartinmontes95
 
¿Qué es ser un periodista en Ecuador?
¿Qué es ser un periodista en Ecuador? ¿Qué es ser un periodista en Ecuador?
¿Qué es ser un periodista en Ecuador? Mauro Andino
 
Nota FoPreMi por AIP
Nota FoPreMi por AIPNota FoPreMi por AIP
Nota FoPreMi por AIPFoPreMi
 
Ley De Ejercicio Del Periodismo.pptx
Ley De Ejercicio Del Periodismo.pptxLey De Ejercicio Del Periodismo.pptx
Ley De Ejercicio Del Periodismo.pptxsamilrodriguez
 

Similar a Ley del periodismo (20)

Ley de Ejercicio del Periodismo
Ley de Ejercicio del PeriodismoLey de Ejercicio del Periodismo
Ley de Ejercicio del Periodismo
 
Realmente es necesaria una nueva ley de comunicación social en venezuela
Realmente es necesaria una nueva ley de comunicación social en venezuelaRealmente es necesaria una nueva ley de comunicación social en venezuela
Realmente es necesaria una nueva ley de comunicación social en venezuela
 
Proyecto ley colegiatura
Proyecto ley colegiaturaProyecto ley colegiatura
Proyecto ley colegiatura
 
ley del ejercicio del periodista
ley del ejercicio del periodista ley del ejercicio del periodista
ley del ejercicio del periodista
 
Presentación ley del ejercicio del periodismo
Presentación   ley del ejercicio del periodismoPresentación   ley del ejercicio del periodismo
Presentación ley del ejercicio del periodismo
 
Etica y legislacion de la comunicacion
Etica y legislacion de la comunicacionEtica y legislacion de la comunicacion
Etica y legislacion de la comunicacion
 
Dr. Mauro Andino Presentación UASB Ley de Comuncación
Dr. Mauro Andino Presentación UASB Ley de Comuncación  Dr. Mauro Andino Presentación UASB Ley de Comuncación
Dr. Mauro Andino Presentación UASB Ley de Comuncación
 
Análisis jurídico proyecto de ley comunicación
Análisis jurídico proyecto de ley comunicaciónAnálisis jurídico proyecto de ley comunicación
Análisis jurídico proyecto de ley comunicación
 
Exposicion de radio i
Exposicion de radio iExposicion de radio i
Exposicion de radio i
 
Análisis jurídico proyecto de ley comunicación
Análisis jurídico proyecto de ley comunicaciónAnálisis jurídico proyecto de ley comunicación
Análisis jurídico proyecto de ley comunicación
 
Ley de comunicación 30.01.2012
Ley de comunicación 30.01.2012Ley de comunicación 30.01.2012
Ley de comunicación 30.01.2012
 
Artículos que tocan la censura previa.
Artículos que tocan la censura previa. Artículos que tocan la censura previa.
Artículos que tocan la censura previa.
 
LEY DE EJERCICIO DEL PERIODISMO
LEY DE EJERCICIO DEL PERIODISMOLEY DE EJERCICIO DEL PERIODISMO
LEY DE EJERCICIO DEL PERIODISMO
 
Ley del Ejercicio del Periodismo
Ley del Ejercicio del PeriodismoLey del Ejercicio del Periodismo
Ley del Ejercicio del Periodismo
 
Ley del Ejercicio del Periodismo
Ley del Ejercicio del PeriodismoLey del Ejercicio del Periodismo
Ley del Ejercicio del Periodismo
 
Ley de Ejercicio del Periodismo
Ley de Ejercicio del PeriodismoLey de Ejercicio del Periodismo
Ley de Ejercicio del Periodismo
 
Ley del ejercicio del periodismo
Ley del ejercicio del periodismoLey del ejercicio del periodismo
Ley del ejercicio del periodismo
 
¿Qué es ser un periodista en Ecuador?
¿Qué es ser un periodista en Ecuador? ¿Qué es ser un periodista en Ecuador?
¿Qué es ser un periodista en Ecuador?
 
Nota FoPreMi por AIP
Nota FoPreMi por AIPNota FoPreMi por AIP
Nota FoPreMi por AIP
 
Ley De Ejercicio Del Periodismo.pptx
Ley De Ejercicio Del Periodismo.pptxLey De Ejercicio Del Periodismo.pptx
Ley De Ejercicio Del Periodismo.pptx
 

Último

12 Clasificacion de las Computadoras.pdf
12 Clasificacion de las Computadoras.pdf12 Clasificacion de las Computadoras.pdf
12 Clasificacion de las Computadoras.pdfedwinmelgarschlink2
 
02. Mr. Spencer (T.L. Sawn).pdf.libro de un señor
02. Mr. Spencer (T.L. Sawn).pdf.libro de un señor02. Mr. Spencer (T.L. Sawn).pdf.libro de un señor
02. Mr. Spencer (T.L. Sawn).pdf.libro de un señorkkte210207
 
NUVO PROGRAMAS DE ESCUELAS NUEVO-ACUERDO-CTE.pdf
NUVO PROGRAMAS DE ESCUELAS NUEVO-ACUERDO-CTE.pdfNUVO PROGRAMAS DE ESCUELAS NUEVO-ACUERDO-CTE.pdf
NUVO PROGRAMAS DE ESCUELAS NUEVO-ACUERDO-CTE.pdfisrael garcia
 
memoria de la empresa Pil Andina para d
memoria de la empresa Pil Andina para  dmemoria de la empresa Pil Andina para  d
memoria de la empresa Pil Andina para dRodrigoAveranga2
 
Las redes sociales en el mercado digital
Las redes sociales en el mercado digitalLas redes sociales en el mercado digital
Las redes sociales en el mercado digitalNayaniJulietaRamosRa
 
Guia para el registro en el sitio slideshare.pdf
Guia para el registro en el sitio slideshare.pdfGuia para el registro en el sitio slideshare.pdf
Guia para el registro en el sitio slideshare.pdflauradbernals
 

Último (6)

12 Clasificacion de las Computadoras.pdf
12 Clasificacion de las Computadoras.pdf12 Clasificacion de las Computadoras.pdf
12 Clasificacion de las Computadoras.pdf
 
02. Mr. Spencer (T.L. Sawn).pdf.libro de un señor
02. Mr. Spencer (T.L. Sawn).pdf.libro de un señor02. Mr. Spencer (T.L. Sawn).pdf.libro de un señor
02. Mr. Spencer (T.L. Sawn).pdf.libro de un señor
 
NUVO PROGRAMAS DE ESCUELAS NUEVO-ACUERDO-CTE.pdf
NUVO PROGRAMAS DE ESCUELAS NUEVO-ACUERDO-CTE.pdfNUVO PROGRAMAS DE ESCUELAS NUEVO-ACUERDO-CTE.pdf
NUVO PROGRAMAS DE ESCUELAS NUEVO-ACUERDO-CTE.pdf
 
memoria de la empresa Pil Andina para d
memoria de la empresa Pil Andina para  dmemoria de la empresa Pil Andina para  d
memoria de la empresa Pil Andina para d
 
Las redes sociales en el mercado digital
Las redes sociales en el mercado digitalLas redes sociales en el mercado digital
Las redes sociales en el mercado digital
 
Guia para el registro en el sitio slideshare.pdf
Guia para el registro en el sitio slideshare.pdfGuia para el registro en el sitio slideshare.pdf
Guia para el registro en el sitio slideshare.pdf
 

Ley del periodismo

  • 1. Universidad Fermín Toro Facultad de Ciencias Económicas y Sociales Escuela de Comunicación Social
  • 2. La Ley del Ejercicio del Periodista en la mayoría de sus artículos vela por la seguridad del Colegio Nacional del Periodista. Específica como debe ser elegido todo el personal del colegio, cuanto tiempo durara cada directiva, entre otros. Sin embargo para llamarse Ley del Ejercicio del Periodista reza muy poco sobre los deberes y derechos sobre la labor de un comunicador social entre ellos se encuentra el capítulo 8 que expresa que el periodista no se ve obligado a revelar la fuente de la información. Artículo 1.- El ejercicio de la profesión de Periodista se regirá por la presente Ley y su Reglamento. Los miembros del Colegio Nacional de Periodistas (CNP) estarán sometidos como tales a los reglamentos internos del Colegio, al Código de Ética del Periodista Venezolano y a las resoluciones que dicten los órganos competentes del Colegio. Artículo 2.- Para el ejercicio de la profesión de periodista se requiere poseer el título de Licenciado en Periodismo, Licenciado en Comunicación Social o título equivalente, expedido en el país por una Universidad, o título revalidado legalmente; y estar inscrito en el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y en el Instituto de Previsión Social del Periodista (IPSP). Los ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en esta disposición, serán los únicos autorizados para utilizar el título de Periodista Profesional. Parágrafo Único: mientras cumplen con la obligación de la reválida indicada en este artículo y previa presentación de la constancia del Consejo Universitario, el periodista graduado en el exterior podrá ser autorizado por la Junta Directiva Nacional del Colegio Nacional de Periodistas para ejercer por el lapso de un (1) año prorrogable por un período igual, previa petición razonada del interesado y verificación por la misma Junta Directiva del desarrollo normal del procedimiento académico y administrativo de reválida. Artículo 3.- Son funciones propias del periodista en el ejercicio de su profesión la búsqueda, la preparación y la redacción de noticias; la edición gráfica, la ilustración fotográfica, la realización de la entrevista periodística, reportajes y demás trabajos periodísticos, así como su coordinación en los medios de comunicación social impresos, radiofónicos y audiovisuales, agencias informativas, secciones u oficinas de prensa o información de empresas o instituciones públicas o privadas. Los periodistas que ejerzan en medios radiofónicos y audiovisuales están autorizados para efectuar las locuciones propias o vinculadas con la actividad profesional. Parágrafo Primero: quedan exceptuadas las funciones de la misma índole que ejerzan en órganos de difusión impresos o audiovisuales dependientes de instituciones oficiales o privadas sin fines de lucro, de carácter cultural, político, sindical, religioso, científico, técnico, ecológico, vecinal o estudiantil, que tengan como único fin la información y divulgación de sus propias actividades.
  • 3. Parágrafo Segundo: los directores de medios de comunicación social, aunque no sean periodistas, ejercerán plenamente sus funciones de dirección, conducción de programas radiales y audiovisuales, coordinación y planificación, garantizando la libertad de los ciudadanos y la pluralidad informativa. Los directores de programas de medios radiofónicos y audiovisuales, los moderadores, animadores y locutores ejercerán plenamente sus funciones, aunque no sean periodistas. Parágrafo Tercero: los reporteros gráficos podrán ejercer la actividad aún cuando no sen miembros del Colegio Nacional de Periodistas. En su caso no estarán amparados por esta Ley. Otro artículo es el que emite que ningún periodista puede ser obligado a adulterar la información y por ultimo el artículo 43 que informa del Fondo Especial de Jubilación que es un ahorro para los periodistas jubilados. Ademas de estos artículos la Ley del Ejercicio del Periodista no establece mas información sobre la profesión del Comunicador Social, se debe a las pocas actualizaciones que se le han realizado. Actualmente son muchas las maneras de comunicar no contempla la ley. Ya sabemos que el periodista no puede ser obligado a tergiversar la información la información pero la ley no expresa a donde puede acudir el comunicador en caso de suceder tal situación, o si el Colegio de Periodista puede encargarse de la defensa. Si hablamos en cuanto a condena de la violación de esta ley tenemos los artículos 3, 34 y 39: El Art 39, las personas que ejerzan ilegalmente el título de periodista será sancionado con prisión de 3 a 6 meses. Lo cual es muy poco tiempo ya que con lo rápido que avanza la comunicación actualmente los delitos pueden ser muy graves. El Art 34, adulterar o negarse a rectificar información. Estimular el ejercicio ilegal del periodismo. Aquí eta aparentemente completa pero últimamente se ha visto como poco a poco en una información acusan, cambian la perspectiva u ocasionan desorden sin ser visiblemente delito.