Enmienda a la ley de transito. Para enmendar el inciso (n) y añadir el inciso (o) al Artículo 10.16 a la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de prohibir el uso de bicicletas, autociclos o motonetas en las autopistas, carreteras estatales y vías públicas principales; y para otros fines.
Se enseña al ciudadano a elaborar un "Proyecto de Ley", para que pueda facilitar el trabajo del funcionario público que conforme a ley tiene la prerrogativa de la iniciativa legislativa, como es el caso del Congresista (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y C...ComunicacionDerechos
Para dar cumplimiento a la atribución 3 del parágrafo I, del artículo 159 de la Constitución Política del Estado, remito a usted el Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación. Solicito a los Representantes Nacionales, la aprobación constitucional pertinente.
Se enseña al ciudadano a elaborar un "Proyecto de Ley", para que pueda facilitar el trabajo del funcionario público que conforme a ley tiene la prerrogativa de la iniciativa legislativa, como es el caso del Congresista (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y C...ComunicacionDerechos
Para dar cumplimiento a la atribución 3 del parágrafo I, del artículo 159 de la Constitución Política del Estado, remito a usted el Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación. Solicito a los Representantes Nacionales, la aprobación constitucional pertinente.
presentado por los legisladores Julián Obiglio, Federico Pinedo, Pablo Tonelli, Jorge Triaca y Cornelia Schmidt-Liermann (PRO), Carlos Carranza (Frente Renovador), Carlos Brown y Gustavo Ferrari (Frente Peronista) y Walter Aguilar (Compromiso Federal).
Esta es la Ley de Seguros de Bolivia vigente a la fecha. Espero les sea de utilidad amigos. También pueden ver más sobre seguros de vida en este link http://effecorp.com/plataforma/course/view.php?id=32
La realidad municipal boliviana reporta debilidades en el proceso de concepción y
asunción eficaz de la recientemente instituida facultad legislativa.
Los cambios en el escenario político e institucional han evidenciado la aparición
de nuevos actores en la dinámica municipal y una renovación de élites políticas que
denotan un fortalecimiento del proceso democrático y sociopolítico sin precedentes.
Estos cambios, y los factores positivos que conllevan, pueden venir acompañados de
un debilitamiento de las capacidades de gestión legislativa, fiscalizadora y ejecutiva,
determinados por la alta rotación y movilidad funcionarias.
Un nuevo concepto de hacer negocios a nivel mundial. Un proyecto global en el ramo de la tecnología y el marketing digital para hacer aun más real la oportunidad de ganar
dinero y compartir esto con otras personas.
Al elegir las redes de mercadeo como canal de comunicación y distribución, generamos el marketing más
agresivo que existe en la actualidad.
La gran diferencia con otras empresas de mercadeo en red, radica en nuestra filosofía de comercializar
productos y servicios de uso diario con las mismas marcas, promociones y precios a los que estas
acostumbrado. Nuestra innovación es que a partir de ahora, ganarás un porcentaje de las utilidades de los
productos o servicios de esas empresas, con sólo recomendar nuestro sistema.
Resolución Ministerio de Transporte Colombia Nº160 de Febrero 02 de 2017Jairo Sandoval H
Por la cual se reglamenta el registro y la circulación de los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo y se dictan otras disposiciones
Resolución 0160 de 2017 del Ministerio del Transporte de Colombia "Por medio de la cual se reglamenta el registro y la circulación de los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo y otras disposiciones"
presentado por los legisladores Julián Obiglio, Federico Pinedo, Pablo Tonelli, Jorge Triaca y Cornelia Schmidt-Liermann (PRO), Carlos Carranza (Frente Renovador), Carlos Brown y Gustavo Ferrari (Frente Peronista) y Walter Aguilar (Compromiso Federal).
Esta es la Ley de Seguros de Bolivia vigente a la fecha. Espero les sea de utilidad amigos. También pueden ver más sobre seguros de vida en este link http://effecorp.com/plataforma/course/view.php?id=32
La realidad municipal boliviana reporta debilidades en el proceso de concepción y
asunción eficaz de la recientemente instituida facultad legislativa.
Los cambios en el escenario político e institucional han evidenciado la aparición
de nuevos actores en la dinámica municipal y una renovación de élites políticas que
denotan un fortalecimiento del proceso democrático y sociopolítico sin precedentes.
Estos cambios, y los factores positivos que conllevan, pueden venir acompañados de
un debilitamiento de las capacidades de gestión legislativa, fiscalizadora y ejecutiva,
determinados por la alta rotación y movilidad funcionarias.
Un nuevo concepto de hacer negocios a nivel mundial. Un proyecto global en el ramo de la tecnología y el marketing digital para hacer aun más real la oportunidad de ganar
dinero y compartir esto con otras personas.
Al elegir las redes de mercadeo como canal de comunicación y distribución, generamos el marketing más
agresivo que existe en la actualidad.
La gran diferencia con otras empresas de mercadeo en red, radica en nuestra filosofía de comercializar
productos y servicios de uso diario con las mismas marcas, promociones y precios a los que estas
acostumbrado. Nuestra innovación es que a partir de ahora, ganarás un porcentaje de las utilidades de los
productos o servicios de esas empresas, con sólo recomendar nuestro sistema.
Resolución Ministerio de Transporte Colombia Nº160 de Febrero 02 de 2017Jairo Sandoval H
Por la cual se reglamenta el registro y la circulación de los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo y se dictan otras disposiciones
Resolución 0160 de 2017 del Ministerio del Transporte de Colombia "Por medio de la cual se reglamenta el registro y la circulación de los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo y otras disposiciones"
Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los titulares de todas las dependencias y de los órganos que componen a las admiistración pública del gobierno del Distrito Federal, así como al presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y a los diputados integrentes de la VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a que promuevan los derechos del peatón y que el día 17 de agosto, en el que se celebra el día iternacional del peatón, se promueva entre los trabajadores y empleados la movilidad peatonal y el no uso del automóvil en el referido día.
Decreto Alcaldía de San José de Cúcuta 0698 de Julio 19 de 2016Jairo Sandoval H
Decreto Alcaldía de San José de Cúcuta 0698 de Julio 19 de 2016
Por medio del cual se reglamenta la circulación de motocicletas, motocarros, tricimotos y cuatrimotos y se dictan otras disposiciones.
PROPOSICIÓN NO DE LEY
El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la adopción de las siguientes medidas en relación con el apoyo a la bicicleta como alternativa de movilidad sostenible :
1-Incluir en el Decreto correspondiente a 2014 la bicicleta eléctrica de pedaleo asistido mediante una batería, considerándola como uno más de los vehículos eléctricos que podrán beneficiarse de la concesión de subvenciones directas destinadas a su adquisición
2-Rebajar el IVA que se aplica en la venta de bicicletas convencionales y eléctricas de pedaleo asistido, pasando del 21% actual a un IVA reducido del 10 % para fomentar un medio de transporte no contaminante que produce importantes retornos y ahorros también evaluables económicamente.
3. Presentar en el plazo de tres meses un Plan Nacional de la Bicicleta de carácter estratégico, como existe en otros Estados Europeos, para promover su uso en las ciudades así como una cultura del transporte sostenible.
4. Constituir el Consejo Estatal de la Bicicleta como entidad de participación plural que acoja a los diferentes Ministerios implicados, entidades, asociaciones, empresas y colectivos del sector que permita el diálogo sobre el Plan y las nuevas normativas y realice funciones de impulso, coordinación y seguimiento de las acciones a poner en marcha.
Antecedentes y considerandos de la movilidad en CoyoacánLaura Ballesteros
Proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita a los titulares de la Seduvi, de la Secretaría
del medio ambiente, de la Secretaría de Movilidad y al Coordinador General de la Autoridad del Espacio Público, a realizar las gestiones administrativas necesarias para que las obras de integración el centro comercial Oasis
Entre las novedades introducidas por el Código Aduanero (Ley 22415 y Normas complementarias), quizás la más importante es el articulado referido a la determinación del Valor Imponible de Exportación; es decir la base sobre la que el exportador calcula el pago de los derechos de exportación.
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID.
Opportunities, constraints and challenges for the development of the small and medium enterprise (SME) sector in Central America, with an analytical study of the SME sector in Nicaragua. - focused on the current supply and demand gap for credit and financial services.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
Guía para hacer un Plan de Negocio para tu emprendimiento.pdfpppilarparedespampin
Esta Guía te ayudará a hacer un Plan de Negocio para tu emprendimiento. Con todo lo necesario para estructurar tu proyecto: desde Marketing hasta Finanzas, lo imprescindible para presentar tu idea. Con esta guía te será muy fácil convencer a tus inversores y lograr la financiación que necesitas.
PREVENCION DELITOS RELACIONADOS COM INT.pptxjohnsegura13
Concientizar y sensibilizar a los funcionarios, sobre la importancia de promover la seguridad en sus operaciones de comercio internacional, mediante la unificación de criterios relacionados con la trazabilidad de sus operaciones.
1. GOBIERNO DE PUERTO RICO
16ta. Asamblea _ta. Sesión
Legislativa Extraordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 0013
19 DE OCTUBRE DE 2012
Presentado por el senador Pagán Lavergny
Referido a la Comisión de Transportación e Infraestructura
LEY
Para enmendar el inciso (n) y añadir el inciso (o) al Artículo 10.16 a la Ley 22-2000, según
enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de
prohibir el uso de bicicletas, autociclos o motonetas en las autopistas, carreteras estatales y
vías públicas principales; y para otros fines.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Es de todos conocido el compromiso y obligación de esta Asamblea Legislativa de
cuidar, preservar y promover la seguridad pública. La Ley 22-2000, según enmendada, conocida
como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, contiene disposiciones especiales que
tipifican como delitos menos graves y grave la conducta de los ciudadanos que violan las
disposiciones de esta Ley, llegando a imponer penas que varían desde multas hasta cárcel.
Recientemente se ha proliferado la práctica de alterar bicicletas, autociclos o motonetas
corrientes, según definidas en la Ley 22, supra, añadiéndole motores de gasolina mayor al
permitido por ley, de forma tal que éste provea la propulsión de la misma. Cabe destacar que
desde el punto de vista técnico, al agregar un motor a una bicicleta cambian las características de
funcionamiento del vehículo; cambiando por completo la definición segura que se la ha dado a la
bicicleta. Cuando hablamos de bicicletas transformadas nos referimos a los autociclos o
motonetas. El autociclo o motoneta se define como aquella motocicleta, minibike o monopatín,
provista de motor cuya capacidad de frenaje no exceda de cinco (5) caballos de fuerza; así como
toda bicicleta a la cual se le hubiere adherido o instalado un motor. Esta definición incluye
cualquier bicicleta a la que se le añada un motor.
2. 2
Las bicicletas constituyen una alternativa de transporte accesible a las personas que no
pueden costear un gasto diario de transporte ni adquirir un vehículo de motor. Son una
alternativa de transporte económico, liviano y de bajo consumo, en adición a su designio
recreativo. Sin embargo, pueden tornarse inseguras para circular en el agitado tránsito vehicular
cuando se les coloca un motor.
Las bicicletas, autociclos o motonetas con motor de más de cinco (5) caballos de fuerza,
que por lo general son añadidos de forma casera por sus dueños, pueden lograr alcanzar un pico
de velocidad mayor a los cincuenta (50) kilómetros por hora; velocidad mayor a la autorizada
por ley. Por lo tanto, debemos pensar en el daño que puede causar una bicicleta, autociclo o
motoneta alterada. Esta modificación puede ocasionar una inestabilidad en el conductor debido a
lo liviana que es una bicicleta y a la velocidad que ésta puede alcanzar cuando es alterada. En el
caso de las bicicletas alteradas, se podría dar el caso que las “pastillas” de los frenos, cuya
función es aminorar la fuerza centrífuga de una rueda, no respondan como es debido por el
exceso de velocidad en que se conduce la bicicleta. La Asamblea Legislativa entiende que la
seguridad de los usuarios de estos vehículos alterados se resiente y aumenta el riesgo de un
accidente de tránsito. Además que, en caso de ocurrir un accidente, la gravedad de las lesiones
también aumenta.
Ante el explosivo aumento de la proliferación de estos vehículos alterados, la Asamblea
Legislativa presenta legislación, en cumpliendo de su política pública de velar por la seguridad
de todos los ciudadanos, para prevenir cualquier tipo de tragedia con este tipo de vehículos
alterados.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-Se enmienda el inciso (n) y se añade el inciso (o) del Artículo 10.16 de la Ley1
22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, para2
que lean como sigue:3
“Artículo 10.16 – Uso de motocicletas, autociclos o motonetas4
Toda persona que conduzca una motocicleta, autociclo o motoneta en las vías públicas lo5
hará con sujeción a las siguientes normas:6
(a) …7
(n) No podrán transitar en las autopistas, carreteras estatales o demás vías8
públicas aquellas motocicletas comúnmente conocidas como de todo terreno o9
“four tracks” y los, autociclos o motonetas que excedan los cinco (5) caballos10
3. 3
de fuerza. A modo de excepción, estarán autorizadas a transitar exclusivamente11
por caminos vecinales, carreteras municipales o carreteras estatales, solamente12
en zona rural las motocicletas, autociclos o motonetas según se define el13
término en esta Ley. En todo caso, estos vehículos deberán cumplir con todas14
las disposiciones de esta Ley aplicables a las motocicletas, autociclos o15
motonetas…16
(o) Toda motocicleta, autociclo o motoneta que transite por las vías de rodaje en17
violación a las disposiciones de esta Ley será confiscada por la Policía de Puerto18
Rico.19
Toda persona que viole las disposiciones de este Artículo incurrirá en una falta20
administrativa y será sancionada con una multa de [cincuenta (50)] setenta y21
cinco (75) dólares.22
Artículo 2.-Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.23