Este decreto supremo establece los límites máximos permisibles de radiaciones no ionizantes en telecomunicaciones en Perú. Adopta los valores de referencia establecidos por la Comisión Internacional de Protección en Radiaciones No Ionizantes para exposición ocupacional y poblacional. También establece obligaciones para solicitantes de concesiones, titulares de concesiones vigentes, y la autoridad competente para la supervisión del cumplimiento.