Este decreto establece las regulaciones para la concesión del servicio de radiodifusión sonora en Colombia. Define la radiodifusión sonora como un servicio público orientado a satisfacer las necesidades de comunicación de los habitantes del país. Establece el Plan General de Radiodifusión Sonora y los criterios para la concesión del servicio tanto en gestión directa por el Estado como en gestión indirecta a través de licencias. Determina también los parámetros técnicos esenciales y no esenciales de una estación de radiodifusión así como