Capitulo III De las
limitaciones y
excepciones al derecho
del autor
Art. 31 Art. 33 Art. 38
Es permitido citar a
un autor
transcribiendo los
pasajes necesarios
Pueden ser
reconocidas
cualquier título,
publicados por la
prensa
Las bibliotecas
públicas pueden
reproducir para el
uso exclusivo de
sus lectores
Art. 32 Art. 34
Es permitido
utilizar obras
literarias o parte
de ellas,
destinadas a la
enseñanza
Será licita la reproducción
y distribución al público
de noticias
Ley 23 de 1982
Art. 41 Art. 235
Es permitido a
todos reproducir la
Constitución, leyes,
decretos, y demás
actos
administrativos
El que sin ser autor
se atribuya
falsamente
cualquiera de esas
calidades, será
sancionado con
arresto y multa
Art. 39 Art. 236
Será permitido
reproducir por
medio de pinturas,
dibujos, fotografías
o películas
Toda publicación
ilícita será
adjudicada en la
sentencia
condenatoria, al
titular cuyos
derechos de
autor fueron
defraudados
Capitulo XVII De las
Sanciones
Art. 237 Art. 239 Art. 241
De los procesos
a que den lugar a
tales infracciones
conocerán las
autoridades
penales
La acción penal
que originan la
sin fracciones a
esta Ley es
pública en todos
los casos y se
inicia de oficio.
El propietario de
las actividades
realizadas en los
lugares incluidos
en el artículo 159
de esta Ley por las
violaciones a los
derechos de autor
Art. 238 Art. 240
La acción civil para
el resarcimiento del
daño o perjuicio
causado por la
infracción de esta
Ley puede ejercerse
dentro del proceso
penal
Las asociaciones
a que se refiere
el Capítulo XVI,
podrán demandar
a nombre propio,
en lo civil y en lo
penal

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  • 1.
    Capitulo III Delas limitaciones y excepciones al derecho del autor Art. 31 Art. 33 Art. 38 Es permitido citar a un autor transcribiendo los pasajes necesarios Pueden ser reconocidas cualquier título, publicados por la prensa Las bibliotecas públicas pueden reproducir para el uso exclusivo de sus lectores Art. 32 Art. 34 Es permitido utilizar obras literarias o parte de ellas, destinadas a la enseñanza Será licita la reproducción y distribución al público de noticias
  • 2.
    Ley 23 de1982 Art. 41 Art. 235 Es permitido a todos reproducir la Constitución, leyes, decretos, y demás actos administrativos El que sin ser autor se atribuya falsamente cualquiera de esas calidades, será sancionado con arresto y multa Art. 39 Art. 236 Será permitido reproducir por medio de pinturas, dibujos, fotografías o películas Toda publicación ilícita será adjudicada en la sentencia condenatoria, al titular cuyos derechos de autor fueron defraudados
  • 3.
    Capitulo XVII Delas Sanciones Art. 237 Art. 239 Art. 241 De los procesos a que den lugar a tales infracciones conocerán las autoridades penales La acción penal que originan la sin fracciones a esta Ley es pública en todos los casos y se inicia de oficio. El propietario de las actividades realizadas en los lugares incluidos en el artículo 159 de esta Ley por las violaciones a los derechos de autor Art. 238 Art. 240 La acción civil para el resarcimiento del daño o perjuicio causado por la infracción de esta Ley puede ejercerse dentro del proceso penal Las asociaciones a que se refiere el Capítulo XVI, podrán demandar a nombre propio, en lo civil y en lo penal