4. •Organismo público descentralizado encargado de
coordinar el Sistema Nacional de Asistencia Social
Pública y Privada; así como del desarrollo integral
del individuo, de la familia y de la comunidad,
principalmente de quienes por su condición física,
mental o social enfrentan una situación de
vulnerabilidad, hasta lograr su incorporación a una,
promotor de la protección integral de los derechos
de niñas, niños y adolescentes, bajo el imperativo
constitucional del interés superior de la niñez.
• 32 Sistemas Municipales
• 2449 Sistemas Municipales
• Más de 2500 instituciones privadas
5. Reforma a la Ley de Migración en 2020 y
se aprueba un acuerdo para la habilitación de espacios de alojamiento para niñas, niños y
adolescentes
Introduce el concepto de niña, niño y
adolescente migrante (tanto acompañado, no
acompañado y/o separado): Cualquier persona
migrante nacional o extranjera, menor de
dieciocho años. [arts. 3 Frac. XIX, XX y XXI]
Introduce la obligación para el DIF
correspondiente, de proporcionar asistencia
social y la de otorgar facilidades de estancia,
cuidados alternativos y protección, para toda la
niñez migrante.
Se agrega la necesidad de “garantizar el
principio de unidad familiar”, lo que tendrá que
ser aclarado en las disposiciones
reglamentarias, mismas que ya se están
trabajando. [art. 20 frac XI, 29, 95 párrafo
tercero, 98 párrafo segundo, 112., cumpliendo el
principio de no privación de la libertad]
Lo anterior representa un reto, ya que la
reforma especifica en su artículo 99, párrafo
tercero, que el INM en ningún caso presentará,
ni alojará a NNA en estaciones migratorias ni en
estaciones habilitadas como tales
6. • Con la entrada en vigor de esta reforma, el Estado mexicano da cumplimiento a diversos tratados
internacionales y recomendaciones de comités internacionales de derechos humanos y abre
camino hacia un mejor cumplimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes en situación
de movilidad en el país.
• Las reformas ayudarán al fortalecimiento del sistema de protección de la niñez, beneficiando así a
las niñas, niños y adolescentes en contexto de movilidad humana, al garantizarles el cumplimiento
de sus derechos de forma integral y al poner como eje su interés superior.
7. “Modelo de Atención Integral para la Niñez y Adolescencia en Situación de
Movilidad”
• Representa una base para la atención a NNA, refuerza conceptualmente la tarea de los proyectos
y programas para que garanticen la protección, integridad, derechos e interés superior de la niñez.
• El modelo provee las pautas para crear las condiciones estructurales adecuadas que permitan el
seguimiento efectivo e individualizado de NNA desde una visión multidisciplinaria.
8. Componentes del
modelo de atención
residencial:
Atención Integral:
Salud física, mental,
emocional, educación
integral y desarrollo
Derecho a vivir en
familia y
reintegración
familiar
Enfoque de
integración
comunitaria/Redes
de apoyo
institucional:
9. • Acompañar a NNA forma progresiva a nivel psico-social y formativo durante su
acompañamiento para desarrollar habilidades de vida de forma práctica.
• Facilitar las condiciones para que los NNA encuentren condiciones para
reintegrarse a su comunidad de tránsito o acogida en México.
• Fortalecer las capacidades de las diferentes modalidades de cuidados para la
atención de NNA con el apoyo de recursos locales.
• Mejorar la coordinación con servicios públicos y privados para responder las
necesidades individuales o grupales de los NNA.
• Promover espacios y actividades recreativas planificadas y supervisadas para
fortalecer la convivencia pacífica e integración entre las comunidades de
acogida y las diferentes modalidades de cuidados.