Este documento resume un trabajo final sobre derecho comercial. Aborda temas como el derecho comercial, sus clasificaciones y fuentes. También examina los seis instrumentos de pago más utilizados e incluye ejemplos de cada uno. Por último, analiza conceptos como los contratos electrónicos y la firma digital.
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( II Bimestre Abril Agosto 2011)Videoconferencias UTPL
Universidad Técnica Particular de Loja
Ciclo Académico Abril Agosto 2011
Carrera: Ciencias Jurídicas
Docente: Dr. Franco Astudillo
Ciclo: Octavo
Bimestre: Segundo
LEGISLACIÓN MERCANTIL, MONETARIA Y BANCARIA( II Bimestre Abril Agosto 2011)Videoconferencias UTPL
Universidad Técnica Particular de Loja
Ciclo Académico Abril Agosto 2011
Carrera: Ciencias Jurídicas
Docente: Dr. Franco Astudillo
Ciclo: Octavo
Bimestre: Segundo
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
Automatización de proceso de producción de la empresa Gloria SA (1).pptx
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1. UNIVERSIDAD ABIERTA PARAADULTOS
Asignatura
Legislación Comercial
Facilitadora:
Participantes:
Angela Escolástico Santos
Matrícula :
16-11765
Tema:
Trabajo Final
Fecha:
Recinto Cibao Oriental
Nagua, María Trinidad Sánchez, República Dominicana
09 de Junio del 2021
2. Introducción
El siguiente trabajo se basa en una presentación de Power
Point, dicho trabajo nos enfocaremos en una recopilación
de los temas mas relevantes, mas leídos e importante para
toda organización como para un profesional, lo primero
que veremos es sobre que es el derecho comercial, su
clasificación y sus fuentes, donde sabemos que el
comercio se califica en terrestre, marítimo y aéreo.,
asimismo estaremos realizando una investigación acerca
de los 6 instrumentos de pagos mas utilizados, e
indicando un ejemplo de uso, es un tema de mucha
importancia para cada empresa y usuario porque con este
tema se pueden organizar en el departamento de
contabilidad y a cada uno de sus empelado para que
puedan llevar acaba su trabajo.
3. El derecho comercial es una rama del derecho civil, el cual es el que
contiene las reglas del Derecho Común que se aplican a las relaciones de
los particulares entre sí.
Entonces, el derecho comercial es el que contiene las reglas cuya
aplicación están reservadas a los actos de comercio, o sea las operaciones
mercantiles.
Es el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de
su profesión, siendo así que se puede decir que es una actividad
socioeconómica destinada a regir las relaciones jurídicas que se derivan
del comercio, y resolver los problemas que surgen entre los
comerciantes.
4. Es un derecho profesional, es decir, atañe al oficio específico de un sector
profesional (el comerciante y el empresarial)
Es individualista, pues no suele considerar las transacciones en que
intervienen los derechos públicos, sino que se centra en el derecho
privado
Es consuetudinario, ya que se basa en la tradición comercial de los países.
Es progresivo, pues se actualiza conforme cambian las condiciones del
ejercicio comercial.
Es global o internacionalizado, dado que supera las fronteras nacionales y
regula también las transacciones comerciales internacionales entre
particulares o empresas trasnacionales.
Adaptabilidad.
5. Son llamadas fuentes del derecho comercial-mercantil,
todas aquellos en donde se origina, nace, se nutre esta
rama del derecho para imponer y exigir conductas a
sus usuarios. Las principales son La Constitución, la
ley, los reglamentos de la ley, la jurisprudencia, la
doctrina, la práctica comercial (Usos y las Costumbres
y los tratados internacionales).
6. La ley. Dado que el derecho mercantil es también una
forma de derecho positivo, posee una normativa escrita y
publicada de los códigos y condiciones que constituyen la
ley mercantil. De haber lagunas en ello, regirá el Derecho
común en su lugar.
La costumbre. Dado que el comercio es muy anterior al
surgimiento de esta rama del derecho, ella es heredera de
las tradiciones y usanzas comerciales específicas de su
comunidad o región.
La jurisprudencia. Los distintos organismos mercantiles
nacionales e internacionales interpretan la ley para zanjar
disputas, y crean así un corpus de decisiones históricas
que sirve de base para futuras leyes y decisiones
8. Los actos de comercio son todas la acción que una persona
o una empresa realiza por medio de la cual logra concretar
la compra de un bien o de un servicio pagando una suma
de dinero que ha sido acordada por la persona que vende
el producto o servicio.
En el acto de comercio existe un intercambio de bienes o
servicios, es decir, son de naturaleza eminentemente
comercial.
9. Son aquellos que su naturaleza es netamente
comercial, quedando establecido en el código de
comercio los diferentes actos considerados comerciales
por la ley. Las partes intervinientes pueden ser o no
comerciantes.
10. Son actos subjetivos los actos cuya comercialidad resulta de
forma de su ejercicio, y los actos que son mercantiles en razon
de otro acto que es el principal. Son actos de comercio
subjetivos porque se toma en cuenta para su determinación la
cualidad de comerciante de la parte interviniente. Son actos
principalmente de índole civil, relacionados con la familia y con
el estado
11. Son aquellos que para una parte tienen
carácter civil t para otra comercial.
Las reglas de las pruevas y
12.
13. Los 6 instrumentos de pago mas utilizados,
e indicando ejemplos de uso. Distintos
tipos de cheques.
14.
15. El Dinero
Concepto
Es un conjunto de activos de una economía que las personas regularmente
están dispuestas a usar como medio de pago para comprar y vender bienes
y servicios.
Ejemplo de uso:
Podemos distinguir tres funciones principales del dinero: como moneda de
cambio para adquirir bienes y servicios, como unidad de cuenta para fijar
precios, y como un depósito de valor, que implica que el dinero puede
guardarse para ser usado posteriormente, lo que hace posible el ahorro.
16. Tarjeta de crédito:
Es un medio material de identificación del usuario que puede ser una tarjeta plástica con una
banda magnética, un microchip y un número visible. Es emitida por una institución bancaria o
entidad financiera que le autoriza a una persona cuyo favor es emitida para hacer pagos de
negocios.
Ejemplo de uso.
Podrás disponer de efectivos a y través de los cajeros automáticos.
Tarjeta de debito:
Es la tarjeta de plástico emitida por una institución financiera que sirve para realizar la compra de
bienes y servicios sin tener que llevar dinero en efectivo, en otra palabras la tarjeta de debito se
utiliza con cargo a una cuenta que el mismo dueño de la tarjeta posee en el banco o una
institución.
Ejemplo de uso.
Las tarjetas de débito te permiten acceder a tu dinero rápidamente para pagar en establecimientos,
como que si fuera efectivo
Ángela Escolástico Santos
17. El cheque
Es un documento por el cual una persona ordena a otra pagar una suma de
dinero determinada a la presentación, a la orden de una tercera o de la misma
que da la orden de hacer dicho cheque. Por otra parte el cheque es una orden de
pago que sirve a una persona denominada (librador), para retirar en su provecho
o en provecho de un tercero (tenedor o beneficiario), todo o parte de los fondos
disponibles en su cuenta.
Naturaleza Jurídica del Cheque
La ley 2859 (1951), modificada por la ley 62-2000, es el carácter de obligación
del suscriptor del cheque se determina por la causa de su libramiento civil o
comercial, según sea el caso, en el cheque existen un contrato de mandato por
virtud del cual el librado se obliga a pagar en su nombre y por cuanta del librador
la suma de dinero determinada en el cheque a su tenedor legitimo. En materia
real la naturaleza jurídica del cheque es contractual.
Yidelka Dayana Valdez-Bonao
18. Letra de cambio:
Se llama letra de cambio a los títulos de valores que se extiende por una persona, ya sea un
acreedor o librador, y este recoge la obligación de pago aceptada por otra persona como es el
deudor o librador de una cantidad determinada en la fecha de su vencimiento que se
encuentra regulado en los artículos 110 del código del comercio dominicano.
Elementos de la letra de cambio
El Librador: Es la persona que emite la letra de cambio ósea el Acreedor dando orden de
pago a otra persona ósea el Deudor.
Librado: Es la persona a la que va dirigida la orden de pago Deudor.
Endosante: Es el acreedor es original o posterior ósea es quien transmite el derecho al
cobro.
Endosatario: Es la persona acreedora actual a quien se ha transmitido el derecho de cobro.
Tenedor : Es aquella persona que posee el titulo en cada momento.
Avalista: Es la persona que garantiza a todos o partes del pago.
Ángela Escolástico Santos
19. Ángela Escolástico Santos
El pagare:
En el Código de Comercio Dominicano desde (1884), el origen del pagare, al igual que la letra de
cambio, se remota a la edad media, por lo que el Pagare, es un documento en sentido particular
que figura con el compromiso del emisor de abonar una cantidad determinada en una fecha
prefijada que se trata de una deuda a corto plazo, para otros esta figura obedeció a las dificultades
que presentaba la letra de cambio en cuanto a su uso dada la necesaria intervención de un tercero
en el cambio.
Menciones obligatorias del pagare
Como lo dice el artículo 188 del código de comercio que nos indica que le pagare a la orden
deberá tener las siguientes menciones obligatorias la cuales son:
La Fecha,
La Cantidad que deba pagarse
El nombre de aquel a cuya orden está suscrito,
La época en que se ha de efectuar el pago,
valor que se haya dado en dinero efectivo, en mercancía en cuentas, o de cualquier otra manera.
Ejemplos de uso
Este documento es el más utilizado para respaldar operaciones de compra-venta y para préstamos
personales, y deberán liquidarse a una fecha determinada.
20. El Vale
En el código de comercio dominicano (1884) este es un titulo de crédito por
el cual la persona que lo firma se reconoce deudora por el valor de bienes
entregados o servicios prestados y se obliga a pagarlos la forma de proceder
con el vale consiste en que una institución determinada deudor posee un
acuerdo con un suplidor determinado acreedor y el primero que envía un
documento firmado para que el segundo despache o entregue lo bien
acordado.
Ejemplos de uso
Sirve como documento de prueba al beneficiario.
Ángela Escolástico Santos
21. Nota de crédito:
Es el comprobante o documento debidamente identificado con los
distintivos de la institución que una empresa envía a su cliente con
el objetivo de informar el descuento o la acreditación en su cuenta
de un valor determinado por el concepto que se indica en la misma
nota de crédito.
Ejemplo de uso: Supongamos que vendo 10 bicicletas a un cliente,
le mando una factura por $10,000 pesos
Nota debito:
Son los comprobante o documento debidamente identificado con
los distintivos de la institución que una empresa envía a su cliente
con la notificación de haber cargado o aplicado o debitado en su
cuenta con la empresa una determinada suma, valor o cantidad del
balance que se indica en la misma nota.
Ejemplos de uso
las notas de débito se utilizan para incrementar el valor de la
factura por aumento del precio o recargos por deuda del cliente.
Ángela Escolástico Santos
22. 1. Cheque a la Orden: Es el que lleva el nombre del tenedor, precedido por la clausula (A
la Orden) y que puede ser endosado.
2. Cheque nominativo: Este lleva el nombre del tenedor y que no puede ser endosado.
3. Cheque al Portador: Es el cheque que no lleva el nombre del tenedor y que puede ser
cambiado o canjeado por cualquier persona.
4. Cheque Cruzado: Es el cheque sobre el cual se han trazado dos líneas paralelas
transversales, en las que se indica al banco o a la sociedad, mediante los cuales ha de
hacerse efectivo.
5. Cheques viajeros o travel check: Este es para uso de turistas, emitido por un banco y
que puede pagar cualquier de sus agencias.
6. Cheques Documentario: Este cheque solo se puede abonarse si va acompañado por
un determinado documento, como factura, pólizas de seguros.
7. Cheque en Blanco: Es el cheque que ha sido emitido y firmado por su emisor pero que
carece de la consignación del valor o monto por le cual debe ser cobrado.
8. Cheque Certificado: Este literalmente es el que banco retira el importe señalado en el
cheque de la cuenta de la persona que lo expide sellado y firmado con prueba de
garantía.
23. Cheque a la orden Cheque Nominativo
Cheque Al Portador
Ángela Escolástico Santos
Cheque Documentario
25. Provisión de Fondo de Cheque:
La provisión de fondos es la que descansa en un relación entre liberador –librado de carácter
extra cambiario que aun produciendo efectos entre ellos no afecta a las respectivas
obligaciones cambiarias y asumidas por uno o por otros, la provisión de fondos como
obligación del liberador antes y ahora es decisiva para que el cambio en el ámbito de las
relaciones causales.
Presentación de Pago, transmisión del Cheque y Solidaridad:
La presentación de pago de cheque consiste en la exhibición material del cheque al banco
girado con el requerimiento de abonar al presentante la suma indicada en el mismo, La
transmisión del pago de un cheques es cuando se emite en beneficio de una persona
determinada, con o sin clausula a la orden se transmite por endoso, tanto que el cheque al
portador se transmite por la entrega del documento, la solidaridad en cambio es la obligación
impuesta a cada uno de los deudores, de pagar solo por todas las cosas que se debe en
común, así lo establece el ART. 262
Propuesta de cheque:
Es el acto mediante el cual se hace constar formalmente la falta de pago o aceptación total o
parcial de un titulo o valor, como elemento probatorio y a fin evitar que caduquen las acciones
cambiarias de regreso que tiene derecho a ejercer su último tenedor.
Ángela Escolástico Santos
26. Uso de los contratos
electrónicos y la firma digital
o electrónica.
27. Títulos de Valores:
Segun la ley 19-00(2000) son las normas pactadas por los propios
mercaderes para dar respuesta a las necesidades colectivas por el motivo
de su creación fue el interés de los mercaderes de aplicar normas rápidas
y ejecutivas es decir que garantizaran de una forma más rápida el cobro
de los créditos.
Firma Digital:
Es el reemplazo de la firma ológrafa que manifiesta la misma intención y
expresión de voluntad a través del medio electrónico sustentada en el
régimen legal, la firma digitales es un valor numérico que se adhiere a un
mensaje de datos y que utilizando u procedimiento matemático conocido
vinculado a la clave del usuario y al texto del mensaje permite determinar
que tiene un valor para ser usada en todo el país.
Ejemplos de uso
Este documento es el más utilizado para respaldar operaciones de
compra-venta y para préstamos personales, y deberán liquidarse a una
fecha determinada.
Ángela Escolástico Santos
28. Valor probatorio de los documentos digitales
Hablar del valor probatorio de lo que se puede
denominar documento digital o electrónico implica
referirnos a las nociones de forma y pruebas de
los actos jurídicos es decir los actos voluntarios
licititos que tenga por fin inmediato establecer
entre las personas, relaciones jurídicas y crear,
modificar transferir , conservar o aniquilar los
derecho de cada ciudadanos así lo estable el
articulo 944 CC, así como el art 12 y 950 del
Código, establece que la forma y solemnidades de
los contratos y de todo instrumento publico son
regidas por las leyes y uso del lugar en que los
actos se realicen.
Ángela Escolástico Santos
29. El concepto de personalidad jurídica de las sociedades
comerciales, y mencione cuales sociedades carecen de
esa personalidad jurídica.
30. El concepto de Contrato de
Sociedad y los elementos que
debe contener.
31. Concepto y tipos de socios, la clasificación
de los aportes, las responsabilidades y
obligaciones de los socios.
33. CONCLUSION
Al concluir este trabajo donde pude apreciar y aprender muchas cosa sobre el tema de los Medios De Pagos en el área del
Comercio ya que es un tema bastante completo en el que aprendí mucha cosas para ponerla en práctica en mi trabajo, en mi vida
diaria .