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MÉXICO ANTE LOS DERECHOS HUMANOS
Trujillo-Perú, julio 14.2011
Excma.
Junta Directiva del Colegio de Abogados Procesalistas.
Tuxtla Gutiérrez
Estado de Chiapas
MÉXICO
Distinguidos colegiados:
Ante la pregunta que me formulara vuestra institución, representada por su presidente
Dr. Alfonso Jaime Martínez Lazcano ¿En México se respetan los Derechos Humanos? he
advertido la inocultable preocupación de vuestro gremio ante la refinada espiral de violencia
que en la última década, azota más que nunca a la sociedad mexicana.
La referida interrogante abre cuestiones de no menor preocupación para la sociedad
azteca y para los países americanos.
ESTADO DE DERECHO: denominado Rule of law1
por el sistema anglosajón. Es aquel
en el que el régimen de una nación está sometido a la Constitución y al Imperio de la Ley. El
orden jurídico instituido responde al interés colectivo, y garantiza la normal vida social. El
gobierno cumple y hace cumplir los principios universales de libertad, igualdad y fraternidad.
Su función está consagrada al logro del bien común, que crea condiciones sociales de
absoluto respeto y de bienestar en el orden público.
Cuando los nobles fines del Estado de Derecho son ignorados, eludidos o violados por
un gobierno, el mandato otorgado por la sociedad a sus representantes deviene en don
precario. El bien común se convierte en una miseria denominada arbitrariedad: caos,
violencia, exclusión, egoísmo e iniquidad; quiebra de los valores del espíritu, atrofia de la
inteligencia, vacío de ideas o creencias, o en la crisis moral denominada por el filósofo
francés Julien Benda2
la traición de los clérigos o la culpa de los intelectuales -a quienes
llama intelectuales apátridas- por haber traicionado la causa del espíritu, sometiendo su
pluma a las tentaciones y lisonjas de los intereses políticos.
ESTADO DE DERECHO EN MÉXICO: el mítico, belicista y teocrático Imperio Azteca
que legó a la posteridad un avanzado desarrollo de las ciencias matemática, astronomía y
arquitectura; sucumbió al conjuro de la invasión extranjera, que hizo trizas sus palacios, sus
monarcas, sus deidades y sus caciques; arruinó su agricultura, sus industrias y su arte
primoroso; profanó sus tumbas; deshonró a sus mujeres, y destruyó los lazos de su familia.
Pueblo agotado por el sufrimiento, observó impotente el quebrantamiento del hilo de su
historia por la misteriosa y súbita calamidad de la conquista.
Raza cósmica, en acertada frase de José Vasconcelos; infatigable, industriosa,
ingeniosa, y guerrera; con su águila real a cuestas -símbolo vivo de su identidad mayestática-
caminó por los siglos humillada, con una indescriptible existencia, sin los estímulos de la
libertad, y sin la noción de patria. El mexicano de ayer sintió el abatimiento, la esclavitud y
la degradación de su estirpe, bajo un régimen que legalmente le amparaba pero que en la
práctica le explotaba de modo abyecto por la insaciable codicia de su invasor.
Raza cetrina, influyó decididamente en la resuelta personalidad atávica de sus hijos,
quienes un día no pudieron soportar ya más sus sufrimientos, reconcentrados durante tres
siglos; sus sollozos reprimidos y su martirio estallaron impetuosos para librarse de la
opresión, dejando una estela luminosa de paradigmas y mártires, pioneros de las luchas
revolucionarias por la independencia de su pueblo; y por la instalación de su Estado de
Derecho.
México, enaltecido por los abnegados sacrificios de Hidalgo, Allende, Aldama,
Matamoros, Morelos, Guerrero; y los inmortales niños héroes de Chapultepec, autores de
uno de los épicos sucesos más sublimes y gloriosos del que tenga recuerdo la humanidad;
caídos al defender el honor de su bandera y la integridad de su territorio contra el invasor;
entre otros dechados combatientes que se inmolaron por el tan acariciado sueño de su causa
libertaria.
El Estado de Derecho mexicano está sintetizado en sus tres Constituciones: la de 1824,
de Valentín Gómez Frías; la de 1857, de Benito Juárez; y la de 1917, o Constitución de
Querétaro de Venustiano Carranza, bajo cuyo imperio vive la nación mexicana el día de hoy.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, que precede en dos
años a la Constitución alemana de Weimar, constituye un instrumento jurídico de
trascendencia universal por su contenido prohibitivo de reelección presidencial, de medidas
de inclusión social, reforma agraria, enseñanza laica, garantías individuales y de derechos y
libertades sociales, que parecen haberse perdido.3
Siendo esto así, estamos persuadidos que, dentro de un marco teórico, México vive y
disfruta de un auténtico Estado de Derecho. Empero, la actual situación social de los Estados
Unidos Mexicanos, es totalmente nugatoria. México ha sido sitiado y tomado por un período
de convulsa anarquía, por una generalizada agitación violenta de agrupaciones políticas,
sociales y delictivas. Éstas han trastornado la normalidad de la vida colectiva, al punto de
provocar atención planetaria debido a la crónica reiteración de la violación de los derechos
humanos; ora por parte del narco-gansterismo, ora por la corrupción en las esferas del
gobierno y en las instituciones tutelares de la nación; por el cohecho alimentado por la
avaricia y la impunidad, por una verdadera hipertrofia de riquezas mal habidas. Males
dominantes e incurables; abominables hábitos que han creado en el mexicano honesto un
sentimiento de total desconfianza y desconsuelo.
Así, el ciudadano de a pie, sea obrero, ama de casa, o estudiante; el empresario,
funcionario, o profesional libre, viven carentes del derecho a la seguridad y se encuentran a
menudo en total indefensión frente al vándalo, al secuestrador, al sicario o autoridad corrupta.
La sociedad mexicana no ignora que las malvivientes organizaciones, con armas sofisticadas
en mano, muchas veces están integradas por quienes a la vez pertenecen a sus mismas fuerzas
del orden, motivo por el cual su desarticulación resulta tarea tan difícil y casi imposible; y
más, si se tiene en cuenta que esta crisis se desborda con la creciente política de impunidad
a la conspiración delictiva, que ha erosionado hasta la raíz la confianza del mexicano de hoy.
LA SEGURIDAD ES UN DERECHO HUMANO: la seguridad de la sociedad es un
concepto inmanente y consustancial de la convivencia democrática. Es obligación
inexcusable del Estado, garantizar el derecho a la seguridad de sus súbditos frente al delito y
a la violencia. La CIDH, considera la falta de seguridad como una violación a los derechos
humanos por parte de un Estado, porque atenta contra el derecho a la vida, a la integridad
personal y a la libertad4
. Ergo, si el actual escenario de la sociedad mexicana se encuentra
huérfano de seguridad jurídica, debemos convenir, reiterando desde luego, que en México no
se respetan los Derechos Humanos.
La Universidad de Vandervilt, de Tennessee-EEUU, a través de su Proyecto de Opinión
Pública de América Latina5
ha hecho estudios en 26 países de Latinoamérica y el Caribe,
publicando los resultados estadísticos que indican que Perú presenta el nivel más alto de
percepción de inseguridad con un deshonroso 53.8%, ubicándose a cuatro posiciones de
México, en tanto que este último país se halla en el segundo lugar, después de Haití, como la
nación más corrupta de América Latina en términos de gestiones públicas y privadas. Es más,
México figura en primer lugar en victimización por corrupción en América, seguido por
Bolivia y Perú.
VIGENCIA DE LOS DDHH: es un lugar común de toda plataforma política, prometer a
su sociedad una lucha frontal contra la delincuencia, corrupción y crimen organizado a través
de la represión. Sin embargo, toda acción de solo la fuerza aplicada a desterrar la violencia
en cualquiera de sus formas, estará destinada al fracaso, porque la violencia no es la causa
del malestar social sino el efecto; no es el origen, sino la consecuencia de los yerros de un
gobierno, de las promesas incumplidas, de la desilusión política. Por tanto, el fermento social
deberá confrontarse desde el análisis etiológico del disvalor; porque ejercer solo la represión
contra el crimen equivale a pretender la sanación del paciente remitiéndole la fiebre. Es creer
que eliminando el síntoma desaparecerá el tumor. Es solo atender el continente y desatender
el contenido.
En el Perú, desde el mes de mayo del presente año, la etnia Aymara, ubicada desde
tiempo inmemorial en la meseta andina del lago Titicaca, ha iniciado una violenta oposición
contra las concesiones mineras y de hidrocarburos que el Estado peruano ha otorgado, en su
territorio nativo, a la empresa privada. Ante este conflicto que atenta contra el turismo y el
libre desplazamiento internacional con Bolivia, se anuncia oficialmente la decisión de hacer
respetar la ley para conjurar la asonada; amenazando con apresar a los líderes levantiscos.
Vale decir, el gobierno comunica la drástica represión contra lo que llama “insurrección”.
De materializarse las anunciadas medidas represivas oficiales, estaríamos frente a la
flagrante violación de los DDHH de esta minoría étnica. Los pueblos indígenas de América
guardan celosamente la tradición cultural de sus antepasados que representa su legado
ancestral: divinidades tutelares, lenguas, costumbres, usos, y la reverencia a sus caciques. El
aborigen americano llega hasta la idolatría por la tierra, porque le prodiga fruto para la
subsistencia y alimento para su fauna. Los aztecas la denominan coatlicue en su lengua
náhuatl; los quechuas la llaman pachamama; y los aymaras de dicen laq’a.
Cuando los naturales observan que personas extrañas maniobran sobre su venerada
tierra realizando perforaciones, socavones, o trabajos de usina que contaminan su medio
ambiente, sus ríos, su biodiversidad y ecosistema, provocando daño en la salud de sus hijos;
y cuando son notificados del despojo, conminándoles a abandonar sus heredades de posesión
milenaria que constituyen su hábitat natural, sienten el grave ataque iconoclasta y sacrílego
contra su patrimonio ancestral. El cielo no se desploma en venganza de la mayor de las
profanaciones. El indio americano siente desprecio por su invasor y a la vez miedo, y una
tristeza profunda, incurable. Amenazado por el desarraigo se ve desorientado, sin rumbo y
sin guía. El culto, que es el homenaje de amor, de respeto y honor a un ser superior, no se
puede coartar ni reprimir con las balas.
El mecanismo de solución del conflicto no lo tiene la Constitución ni la Ley, por lo
que toda acción política y legalista siempre resulta frustránea. Los resultados serán óptimos
si se busca la integración y asimilación de los pueblos aborígenes a través de la sociología
rural, la pedagogía científica, la antropología, y el derecho natural o estimativa jurídica6
-
ideal de la justicia- que es el conjunto de principios superiores a la ley positiva; formados por
la evolución social y las circunstancias históricas; derechos sagrados que se derivan, por
encima de toda ley escrita, de la naturaleza racional y libre del hombre.
La patología social que se manifiesta a través del inequívoco síndrome de la violencia,
exige drásticas medidas destinadas a equilibrar las frustraciones de una colectividad en crisis.
Para ello se precisa de una estrategia sociológica, económica y educativa con logística propia,
destinada a la integración de la subditancia colectiva.
Distinguidos doctores:
Honrando la memoria del ilustre peruano Fray Melchor de Talamantes, misionero,
precursor y mártir de la Independencia de México, quien figura en el texto de vuestra
Constitución Política de 1917, Capítulo I -Antecedentes- ítem VIII, me permito traer algo a
las mientes:
Vds. más que nadie conocen la falta de seguridad jurídica en su Estado de Chiapas.
Fueron testigos de excepción en 1994 de los asesinatos de 1.000 indígenas y campesinos
abatidos en San Cristóbal de las Casas, como consecuencia del levantamiento de los
aborígenes que demandaban respeto por sus derechos; de la masacre en el mercado de
Ocosingo que privó la vida a 57 naturales, y de los crímenes en Acteal en 1997 que cobraron
45 víctimas indígenas tzotziles, entre ellos niños y mujeres en gestación; ejecuciones
extrajudiciales sumarias perpetradas por miembros del ejército mexicano, que hasta hoy
permanecen en la impunidad. Repudiable abuso de la fuerza pública, propia de un gobierno
cuyo sistema descansa sobre bases que condena la ciencia, en nombre de la dignidad humana,
de la libertad del individuo, y del progreso de las naciones.
Vuestra noble casta, heredera de las enseñanzas de una pléyade de insignes juristas de
la talla de Ignacio Ramírez Calzada, José Vasconcelos Calderón, Eduardo García Máynez,
Héctor Fix Zamudio, Cipriano Gómez Lara, y Teresita Rendón Huerta entre otros no menos
ilustres, y de los tres Premios Nobel mexicanos; deberá dirigir su clamor hacia la tarea
prioritaria del Estado que es la de revertir el caos, la anarquía y la corrupción, mediante
acciones de prevención: excelencia educativa con inclusión social, que comprenda la
proscripción de los programas televisivos alienantes y el control del internet, ahítos de
información parcializada a favor de subalternos intereses. Deliciosas porquerías saturadas de
frivolidad y violencia; factores etiológicos de la anomia y la disfunción social, que
constituyen el peor tósigo moral para el educando.
Estemos convencidos, que es necesario contar con la invencible seguridad en las
virtudes de la educación para corregir los defectos de nuestro organismo social. Solo la
educación podrá darnos unidad nacional y progreso estable. Sin ella seremos un pueblo
dividido, débil, y de inquietud silvestre; sometido a las sombrías perturbaciones de una vida
social inestable. Para ello es impostergable desterrar la exclusión que es la más defectuosa
organización del servicio gubernativo de la enseñanza.
¶ Impulsados por el imperativo categórico de la ética kantiana7
, seamos artífices de
una reforma educacional en todos sus niveles, reivindicando sus designios hacia los valores
del bien ser, y de sus resultados jamás seremos desmentidos. No es creador, ni por tanto libre,
el que no da origen a las cosas. No es instrumento, ni por tanto esclavo, el que les comunica
su espíritu en la forma.
En este orden de ideas, encaminamos nuestra profesión en defensa de las causas justas
-orabunt causas melius- con los tres objetivos que quería José Ortega y Gasset: social,
científico y profesional; grandes misiones que existen y se orientan para servir a un valor
supremo: LA VERDAD, criatura del pensamiento dialéctico, único camino que nos hará libres,
como lo señala la Ley Sagrada.8
Libres de los prejuicios, de la intolerancia, del fanatismo,
de la esclavitud, de las camarillas; y sobre todo libres de la mezquindad y del odio, para no
medir a los demás con el propio peso del resentimiento.
Y este principio de la libertad, consagrado en la Declaración Universal de los Derechos
del Hombre y del Ciudadano, sancionado en París por la Asamblea Constituyente francesa
en 1789, §1°, está inmortalizado en los mandamientos del abogado que simbolizan el
Decálogo de honor, de profesión y de fe entre nosotros y cuyo VIII precepto, según el jurista
uruguayo Dr. Eduardo Couture Etcheverry es… sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual
no hay Derecho, ni justicia ni paz.9
Así también, patrocinemos porque la paz de una nación ocupe un orden prioritario en
la agenda del gobierno. No es un tema que se deba posponer, porque la corrupción, cada día
más audaz, que casi siempre se gesta en las esferas superiores, produce un debilitamiento del
poder civil, y contribuye a la perversión de las costumbres. Es una constante amenaza
envuelta en eterno oprobio. La espada de Damocles que se cierne sobre el orden jurídico
establecido; poniendo en riesgo la vigencia de las estructuras democráticas, de sus
instituciones, y de la gobernabilidad en los países de América.
Aceptemos el axioma. La existencia del crimen se debe al doble discurso político,
discriminación, exclusión educativa, márgenes extremos de diferenciación social; y a
gobernar solo mirando la letra de la ley, omitiendo interpretar el cumplimiento del mandato
que su espíritu instrumenta.
Desde la solariega y primaveral ciudad peruana de Trujillo, capital del prehispánico
Imperio Chimú; de fundación legendaria; dos veces capital de la República; de seculares
casonas con elegantes baldosas; cuna de César Vallejo, Haya de la Torre y Larco Herrera; de
espíritu vernáculo y campestre; de economía agraria y de hombres rurales y afanados, como
suelen estarlo con la irrigación de la tierra; de un pasado con blasones, heráldica y escudo de
armas, y con un futuro cargado de esperanzas; reciban todos mis colegas, representados por
el Excmo. Doctor Alfonso Jaime Martínez Lazcano, el mejor deseo de ventura institucional.
Propicia es la oportunidad, para dispensarles los sentimientos más distinguidos de mi
especial consideración y estima.
Dr. Alejandro Cruzado Balcázar
ICAL Reg. 437 - CALL Reg. 4372
FIA Reg. 084/4086 - UIA Reg. MIO 15173
_________________________________
CITAS:
1. CRUZADO BALCÁZAR, Alejandro & CRUZADO MONTOYA, Alejandro:
2006 El Sistema Jurídico de los Estados Unidos de Norteamérica. Principios
generales del Derecho Anglosajón. Trujillo-Perú. Ed. Nuevo Norte S.A.
pág. 152
2. BENDA, Julien:
2000 La traición de los clérigos. Barcelona, España. Ed. Círculo de Lectores.
Traducción de Rodolfo Berraquero, pássim.
3. GARCÍA RAMÍREZ, Sergio:
1998 La Constitución de Querétaro. En la Revista de la Facultad de Derecho
de México. UNAM. México D.F. tomo XLVIII, nos
217-218; págs. 207-
215
4. COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, órgano principal y autónomo de
la OEA: Informe del 31 de diciembre del año 2009, ítem IV.
5. Estudios realizados con el apoyo de la Agencia de los EEUU para el Desarrollo [USAID].
Consideraciones porcentuales que figuran en el Barómetro de las Américas.
A conclusiones similares, llegan las doctoras Irma Eréndira Sandoval Ballesteros del Instituto de
Investigaciones Sociales [IIS] de la UNAM; y Mayra Buvinic del Banco Mundial.
6. DEL VECCHIO, Giorgio:
1991 Filosofía del Derecho. Barcelona, España. Ed. Bosch, Casa Editorial,
pág. 282
RECASENS SICHES, Luis:
1961 Filosofía del Derecho. México. México D.F. Editorial PORRUA,
S.A. pág. 376
Constitución Italiana de 1947, §2°
Constitución Española de 1978, §Preámbulo, ítem 3
Constitución de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, §2°- reformado
Constitución de la Quinta República Francesa de 1958, §Preámbulo, ab initio
Constitución de la República Federal Alemana de 1949, §1°.1
7. KANT, Immanuel:
2001 Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Madrid, España.
Ed. Alianza Editorial. Traducción de Roberto Rodríguez Aramayo.
[Ed. Bilingüe: Ariel, Barcelona. Traducción de José Mardomingo, pág.
173]
8. ESCRITURAS BÍBLICAS:
Juan: VIII. §32
9. ANDÍA CHÁVEZ, Juan:
2007 Deontología Jurídica. Lima-Perú. Ed. Centro de Investigación y
Capacitación Empresarial. Segunda edición, pág. 22

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México ante los Derechos Humanos

  • 1. MÉXICO ANTE LOS DERECHOS HUMANOS Trujillo-Perú, julio 14.2011 Excma. Junta Directiva del Colegio de Abogados Procesalistas. Tuxtla Gutiérrez Estado de Chiapas MÉXICO Distinguidos colegiados: Ante la pregunta que me formulara vuestra institución, representada por su presidente Dr. Alfonso Jaime Martínez Lazcano ¿En México se respetan los Derechos Humanos? he advertido la inocultable preocupación de vuestro gremio ante la refinada espiral de violencia que en la última década, azota más que nunca a la sociedad mexicana. La referida interrogante abre cuestiones de no menor preocupación para la sociedad azteca y para los países americanos. ESTADO DE DERECHO: denominado Rule of law1 por el sistema anglosajón. Es aquel en el que el régimen de una nación está sometido a la Constitución y al Imperio de la Ley. El orden jurídico instituido responde al interés colectivo, y garantiza la normal vida social. El gobierno cumple y hace cumplir los principios universales de libertad, igualdad y fraternidad. Su función está consagrada al logro del bien común, que crea condiciones sociales de absoluto respeto y de bienestar en el orden público. Cuando los nobles fines del Estado de Derecho son ignorados, eludidos o violados por un gobierno, el mandato otorgado por la sociedad a sus representantes deviene en don precario. El bien común se convierte en una miseria denominada arbitrariedad: caos, violencia, exclusión, egoísmo e iniquidad; quiebra de los valores del espíritu, atrofia de la inteligencia, vacío de ideas o creencias, o en la crisis moral denominada por el filósofo francés Julien Benda2 la traición de los clérigos o la culpa de los intelectuales -a quienes llama intelectuales apátridas- por haber traicionado la causa del espíritu, sometiendo su pluma a las tentaciones y lisonjas de los intereses políticos. ESTADO DE DERECHO EN MÉXICO: el mítico, belicista y teocrático Imperio Azteca que legó a la posteridad un avanzado desarrollo de las ciencias matemática, astronomía y arquitectura; sucumbió al conjuro de la invasión extranjera, que hizo trizas sus palacios, sus monarcas, sus deidades y sus caciques; arruinó su agricultura, sus industrias y su arte primoroso; profanó sus tumbas; deshonró a sus mujeres, y destruyó los lazos de su familia. Pueblo agotado por el sufrimiento, observó impotente el quebrantamiento del hilo de su historia por la misteriosa y súbita calamidad de la conquista. Raza cósmica, en acertada frase de José Vasconcelos; infatigable, industriosa, ingeniosa, y guerrera; con su águila real a cuestas -símbolo vivo de su identidad mayestática- caminó por los siglos humillada, con una indescriptible existencia, sin los estímulos de la
  • 2. libertad, y sin la noción de patria. El mexicano de ayer sintió el abatimiento, la esclavitud y la degradación de su estirpe, bajo un régimen que legalmente le amparaba pero que en la práctica le explotaba de modo abyecto por la insaciable codicia de su invasor. Raza cetrina, influyó decididamente en la resuelta personalidad atávica de sus hijos, quienes un día no pudieron soportar ya más sus sufrimientos, reconcentrados durante tres siglos; sus sollozos reprimidos y su martirio estallaron impetuosos para librarse de la opresión, dejando una estela luminosa de paradigmas y mártires, pioneros de las luchas revolucionarias por la independencia de su pueblo; y por la instalación de su Estado de Derecho. México, enaltecido por los abnegados sacrificios de Hidalgo, Allende, Aldama, Matamoros, Morelos, Guerrero; y los inmortales niños héroes de Chapultepec, autores de uno de los épicos sucesos más sublimes y gloriosos del que tenga recuerdo la humanidad; caídos al defender el honor de su bandera y la integridad de su territorio contra el invasor; entre otros dechados combatientes que se inmolaron por el tan acariciado sueño de su causa libertaria. El Estado de Derecho mexicano está sintetizado en sus tres Constituciones: la de 1824, de Valentín Gómez Frías; la de 1857, de Benito Juárez; y la de 1917, o Constitución de Querétaro de Venustiano Carranza, bajo cuyo imperio vive la nación mexicana el día de hoy. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, que precede en dos años a la Constitución alemana de Weimar, constituye un instrumento jurídico de trascendencia universal por su contenido prohibitivo de reelección presidencial, de medidas de inclusión social, reforma agraria, enseñanza laica, garantías individuales y de derechos y libertades sociales, que parecen haberse perdido.3 Siendo esto así, estamos persuadidos que, dentro de un marco teórico, México vive y disfruta de un auténtico Estado de Derecho. Empero, la actual situación social de los Estados Unidos Mexicanos, es totalmente nugatoria. México ha sido sitiado y tomado por un período de convulsa anarquía, por una generalizada agitación violenta de agrupaciones políticas, sociales y delictivas. Éstas han trastornado la normalidad de la vida colectiva, al punto de provocar atención planetaria debido a la crónica reiteración de la violación de los derechos humanos; ora por parte del narco-gansterismo, ora por la corrupción en las esferas del gobierno y en las instituciones tutelares de la nación; por el cohecho alimentado por la avaricia y la impunidad, por una verdadera hipertrofia de riquezas mal habidas. Males dominantes e incurables; abominables hábitos que han creado en el mexicano honesto un sentimiento de total desconfianza y desconsuelo. Así, el ciudadano de a pie, sea obrero, ama de casa, o estudiante; el empresario, funcionario, o profesional libre, viven carentes del derecho a la seguridad y se encuentran a menudo en total indefensión frente al vándalo, al secuestrador, al sicario o autoridad corrupta. La sociedad mexicana no ignora que las malvivientes organizaciones, con armas sofisticadas en mano, muchas veces están integradas por quienes a la vez pertenecen a sus mismas fuerzas del orden, motivo por el cual su desarticulación resulta tarea tan difícil y casi imposible; y
  • 3. más, si se tiene en cuenta que esta crisis se desborda con la creciente política de impunidad a la conspiración delictiva, que ha erosionado hasta la raíz la confianza del mexicano de hoy. LA SEGURIDAD ES UN DERECHO HUMANO: la seguridad de la sociedad es un concepto inmanente y consustancial de la convivencia democrática. Es obligación inexcusable del Estado, garantizar el derecho a la seguridad de sus súbditos frente al delito y a la violencia. La CIDH, considera la falta de seguridad como una violación a los derechos humanos por parte de un Estado, porque atenta contra el derecho a la vida, a la integridad personal y a la libertad4 . Ergo, si el actual escenario de la sociedad mexicana se encuentra huérfano de seguridad jurídica, debemos convenir, reiterando desde luego, que en México no se respetan los Derechos Humanos. La Universidad de Vandervilt, de Tennessee-EEUU, a través de su Proyecto de Opinión Pública de América Latina5 ha hecho estudios en 26 países de Latinoamérica y el Caribe, publicando los resultados estadísticos que indican que Perú presenta el nivel más alto de percepción de inseguridad con un deshonroso 53.8%, ubicándose a cuatro posiciones de México, en tanto que este último país se halla en el segundo lugar, después de Haití, como la nación más corrupta de América Latina en términos de gestiones públicas y privadas. Es más, México figura en primer lugar en victimización por corrupción en América, seguido por Bolivia y Perú. VIGENCIA DE LOS DDHH: es un lugar común de toda plataforma política, prometer a su sociedad una lucha frontal contra la delincuencia, corrupción y crimen organizado a través de la represión. Sin embargo, toda acción de solo la fuerza aplicada a desterrar la violencia en cualquiera de sus formas, estará destinada al fracaso, porque la violencia no es la causa del malestar social sino el efecto; no es el origen, sino la consecuencia de los yerros de un gobierno, de las promesas incumplidas, de la desilusión política. Por tanto, el fermento social deberá confrontarse desde el análisis etiológico del disvalor; porque ejercer solo la represión contra el crimen equivale a pretender la sanación del paciente remitiéndole la fiebre. Es creer que eliminando el síntoma desaparecerá el tumor. Es solo atender el continente y desatender el contenido. En el Perú, desde el mes de mayo del presente año, la etnia Aymara, ubicada desde tiempo inmemorial en la meseta andina del lago Titicaca, ha iniciado una violenta oposición contra las concesiones mineras y de hidrocarburos que el Estado peruano ha otorgado, en su territorio nativo, a la empresa privada. Ante este conflicto que atenta contra el turismo y el libre desplazamiento internacional con Bolivia, se anuncia oficialmente la decisión de hacer respetar la ley para conjurar la asonada; amenazando con apresar a los líderes levantiscos. Vale decir, el gobierno comunica la drástica represión contra lo que llama “insurrección”. De materializarse las anunciadas medidas represivas oficiales, estaríamos frente a la flagrante violación de los DDHH de esta minoría étnica. Los pueblos indígenas de América guardan celosamente la tradición cultural de sus antepasados que representa su legado ancestral: divinidades tutelares, lenguas, costumbres, usos, y la reverencia a sus caciques. El aborigen americano llega hasta la idolatría por la tierra, porque le prodiga fruto para la subsistencia y alimento para su fauna. Los aztecas la denominan coatlicue en su lengua náhuatl; los quechuas la llaman pachamama; y los aymaras de dicen laq’a.
  • 4. Cuando los naturales observan que personas extrañas maniobran sobre su venerada tierra realizando perforaciones, socavones, o trabajos de usina que contaminan su medio ambiente, sus ríos, su biodiversidad y ecosistema, provocando daño en la salud de sus hijos; y cuando son notificados del despojo, conminándoles a abandonar sus heredades de posesión milenaria que constituyen su hábitat natural, sienten el grave ataque iconoclasta y sacrílego contra su patrimonio ancestral. El cielo no se desploma en venganza de la mayor de las profanaciones. El indio americano siente desprecio por su invasor y a la vez miedo, y una tristeza profunda, incurable. Amenazado por el desarraigo se ve desorientado, sin rumbo y sin guía. El culto, que es el homenaje de amor, de respeto y honor a un ser superior, no se puede coartar ni reprimir con las balas. El mecanismo de solución del conflicto no lo tiene la Constitución ni la Ley, por lo que toda acción política y legalista siempre resulta frustránea. Los resultados serán óptimos si se busca la integración y asimilación de los pueblos aborígenes a través de la sociología rural, la pedagogía científica, la antropología, y el derecho natural o estimativa jurídica6 - ideal de la justicia- que es el conjunto de principios superiores a la ley positiva; formados por la evolución social y las circunstancias históricas; derechos sagrados que se derivan, por encima de toda ley escrita, de la naturaleza racional y libre del hombre. La patología social que se manifiesta a través del inequívoco síndrome de la violencia, exige drásticas medidas destinadas a equilibrar las frustraciones de una colectividad en crisis. Para ello se precisa de una estrategia sociológica, económica y educativa con logística propia, destinada a la integración de la subditancia colectiva. Distinguidos doctores: Honrando la memoria del ilustre peruano Fray Melchor de Talamantes, misionero, precursor y mártir de la Independencia de México, quien figura en el texto de vuestra Constitución Política de 1917, Capítulo I -Antecedentes- ítem VIII, me permito traer algo a las mientes: Vds. más que nadie conocen la falta de seguridad jurídica en su Estado de Chiapas. Fueron testigos de excepción en 1994 de los asesinatos de 1.000 indígenas y campesinos abatidos en San Cristóbal de las Casas, como consecuencia del levantamiento de los aborígenes que demandaban respeto por sus derechos; de la masacre en el mercado de Ocosingo que privó la vida a 57 naturales, y de los crímenes en Acteal en 1997 que cobraron 45 víctimas indígenas tzotziles, entre ellos niños y mujeres en gestación; ejecuciones extrajudiciales sumarias perpetradas por miembros del ejército mexicano, que hasta hoy permanecen en la impunidad. Repudiable abuso de la fuerza pública, propia de un gobierno cuyo sistema descansa sobre bases que condena la ciencia, en nombre de la dignidad humana, de la libertad del individuo, y del progreso de las naciones. Vuestra noble casta, heredera de las enseñanzas de una pléyade de insignes juristas de la talla de Ignacio Ramírez Calzada, José Vasconcelos Calderón, Eduardo García Máynez, Héctor Fix Zamudio, Cipriano Gómez Lara, y Teresita Rendón Huerta entre otros no menos ilustres, y de los tres Premios Nobel mexicanos; deberá dirigir su clamor hacia la tarea
  • 5. prioritaria del Estado que es la de revertir el caos, la anarquía y la corrupción, mediante acciones de prevención: excelencia educativa con inclusión social, que comprenda la proscripción de los programas televisivos alienantes y el control del internet, ahítos de información parcializada a favor de subalternos intereses. Deliciosas porquerías saturadas de frivolidad y violencia; factores etiológicos de la anomia y la disfunción social, que constituyen el peor tósigo moral para el educando. Estemos convencidos, que es necesario contar con la invencible seguridad en las virtudes de la educación para corregir los defectos de nuestro organismo social. Solo la educación podrá darnos unidad nacional y progreso estable. Sin ella seremos un pueblo dividido, débil, y de inquietud silvestre; sometido a las sombrías perturbaciones de una vida social inestable. Para ello es impostergable desterrar la exclusión que es la más defectuosa organización del servicio gubernativo de la enseñanza. ¶ Impulsados por el imperativo categórico de la ética kantiana7 , seamos artífices de una reforma educacional en todos sus niveles, reivindicando sus designios hacia los valores del bien ser, y de sus resultados jamás seremos desmentidos. No es creador, ni por tanto libre, el que no da origen a las cosas. No es instrumento, ni por tanto esclavo, el que les comunica su espíritu en la forma. En este orden de ideas, encaminamos nuestra profesión en defensa de las causas justas -orabunt causas melius- con los tres objetivos que quería José Ortega y Gasset: social, científico y profesional; grandes misiones que existen y se orientan para servir a un valor supremo: LA VERDAD, criatura del pensamiento dialéctico, único camino que nos hará libres, como lo señala la Ley Sagrada.8 Libres de los prejuicios, de la intolerancia, del fanatismo, de la esclavitud, de las camarillas; y sobre todo libres de la mezquindad y del odio, para no medir a los demás con el propio peso del resentimiento. Y este principio de la libertad, consagrado en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, sancionado en París por la Asamblea Constituyente francesa en 1789, §1°, está inmortalizado en los mandamientos del abogado que simbolizan el Decálogo de honor, de profesión y de fe entre nosotros y cuyo VIII precepto, según el jurista uruguayo Dr. Eduardo Couture Etcheverry es… sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay Derecho, ni justicia ni paz.9 Así también, patrocinemos porque la paz de una nación ocupe un orden prioritario en la agenda del gobierno. No es un tema que se deba posponer, porque la corrupción, cada día más audaz, que casi siempre se gesta en las esferas superiores, produce un debilitamiento del poder civil, y contribuye a la perversión de las costumbres. Es una constante amenaza envuelta en eterno oprobio. La espada de Damocles que se cierne sobre el orden jurídico establecido; poniendo en riesgo la vigencia de las estructuras democráticas, de sus instituciones, y de la gobernabilidad en los países de América. Aceptemos el axioma. La existencia del crimen se debe al doble discurso político, discriminación, exclusión educativa, márgenes extremos de diferenciación social; y a gobernar solo mirando la letra de la ley, omitiendo interpretar el cumplimiento del mandato que su espíritu instrumenta.
  • 6. Desde la solariega y primaveral ciudad peruana de Trujillo, capital del prehispánico Imperio Chimú; de fundación legendaria; dos veces capital de la República; de seculares casonas con elegantes baldosas; cuna de César Vallejo, Haya de la Torre y Larco Herrera; de espíritu vernáculo y campestre; de economía agraria y de hombres rurales y afanados, como suelen estarlo con la irrigación de la tierra; de un pasado con blasones, heráldica y escudo de armas, y con un futuro cargado de esperanzas; reciban todos mis colegas, representados por el Excmo. Doctor Alfonso Jaime Martínez Lazcano, el mejor deseo de ventura institucional. Propicia es la oportunidad, para dispensarles los sentimientos más distinguidos de mi especial consideración y estima. Dr. Alejandro Cruzado Balcázar ICAL Reg. 437 - CALL Reg. 4372 FIA Reg. 084/4086 - UIA Reg. MIO 15173 _________________________________ CITAS: 1. CRUZADO BALCÁZAR, Alejandro & CRUZADO MONTOYA, Alejandro: 2006 El Sistema Jurídico de los Estados Unidos de Norteamérica. Principios generales del Derecho Anglosajón. Trujillo-Perú. Ed. Nuevo Norte S.A. pág. 152 2. BENDA, Julien: 2000 La traición de los clérigos. Barcelona, España. Ed. Círculo de Lectores. Traducción de Rodolfo Berraquero, pássim. 3. GARCÍA RAMÍREZ, Sergio: 1998 La Constitución de Querétaro. En la Revista de la Facultad de Derecho de México. UNAM. México D.F. tomo XLVIII, nos 217-218; págs. 207- 215 4. COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, órgano principal y autónomo de la OEA: Informe del 31 de diciembre del año 2009, ítem IV. 5. Estudios realizados con el apoyo de la Agencia de los EEUU para el Desarrollo [USAID]. Consideraciones porcentuales que figuran en el Barómetro de las Américas. A conclusiones similares, llegan las doctoras Irma Eréndira Sandoval Ballesteros del Instituto de Investigaciones Sociales [IIS] de la UNAM; y Mayra Buvinic del Banco Mundial. 6. DEL VECCHIO, Giorgio: 1991 Filosofía del Derecho. Barcelona, España. Ed. Bosch, Casa Editorial, pág. 282
  • 7. RECASENS SICHES, Luis: 1961 Filosofía del Derecho. México. México D.F. Editorial PORRUA, S.A. pág. 376 Constitución Italiana de 1947, §2° Constitución Española de 1978, §Preámbulo, ítem 3 Constitución de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, §2°- reformado Constitución de la Quinta República Francesa de 1958, §Preámbulo, ab initio Constitución de la República Federal Alemana de 1949, §1°.1 7. KANT, Immanuel: 2001 Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Madrid, España. Ed. Alianza Editorial. Traducción de Roberto Rodríguez Aramayo. [Ed. Bilingüe: Ariel, Barcelona. Traducción de José Mardomingo, pág. 173] 8. ESCRITURAS BÍBLICAS: Juan: VIII. §32 9. ANDÍA CHÁVEZ, Juan: 2007 Deontología Jurídica. Lima-Perú. Ed. Centro de Investigación y Capacitación Empresarial. Segunda edición, pág. 22